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Revista de Psicopatología y Psicología Clínica
Vol. I. N» 2, pp.123-133, 1996
SOBRE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS EN
CONSEJO PSICOLÓGICO Y PSICOTERAPIA
Mark H. Bickhard,
Lehigh University
RESUMEN
Las cuestiones y principios éticos son de fundamental inrtportancia para las rela-
ciones interpersonales que se dan en el contexto de la psicoterapia. Afirmamos, de
hecho, que la relación terapéutica no es solamente una relación a la que se aplican
consideraciones éticas, sino que también, y sobre todo.es una relación que, en si
misma, se constituye éticamente. Sin embargo, los fundamentos conceptuales domi-
nantes en la actualidad para la comprensión de la ética y la creación de políticas
coherentes son confusos e inadecuados. En particular, la noción de relaciones duales
como algo que supone aspectos antiéticos, es conceptualmente vacía. A lo largo de
este trabajo argumentaré que esta vacuidad en el concepto no es meramente un error
neutro en lo que al pensamiento ético se refiere, sino que es manifiestamente dañino
y conlleva consecuencias, ellas si, antiéticas. El hecho es que siendo conceptualmente
vacia, la noción de relación dual es fácilmente invocada para ponerla al servicio de
valores intrínsecamente antiéticos o al menos, no revisados con anterioridad. A cam-
bio, yo sugiero una explicación alternativa aplicada particularmente a las violaciones
éticas involucradas en las relaciones sexuales entre terapeuta y paciente.
PALABRAS CLAVE: Ética, principios éticos, psicoterapia, consejo psicológico, re-
laciones duales, paternalismo, relaciones sexuales, relación terapeuta-cliente, relacio-
nes sexuales terapeuta-cliente.
ABSTRACT
Issues of ethics and of principies of ethics are of fundamental importance for the
relationships involved in counselling and psychotherapy. The author argües that the
therapy reiationship is not only a relationship to which ethical considerations apply, but
that it is, more deeply, a relationship that is ethically constituted. Nevertheless, the
dominant contemporary conceptual foundations for understanding these issues, and for
creating policy, are muddied and inadequate. in particular, the notion of a dual relationship
as somehow intrinsically involving unethical aspects is conceptually empty. In this paper
the author argües that this emptiness is itself not merely a neutral error in ethical
thought, but that it is expressiy harmful and yields unethical consequences. In particular,
in being conceptually empty, the dual relationship notion is easily invoked in the service
of intrinsically unethical background valúes or unexamined valúes. The author offers
an alternative explanation about the ethical violations involved in therapist-client sexual
relationships.
KEY WORDS; Ethics, ethical principies, psychotherapy, counseling, dual relationships,
patronization, sexual relationships, therapist-client relationships, therapist-client sexual
relationships
Correspondencia: Prof. Mark H.Bickhard, Department of Psychology, Lehigh University, Bethlehem, PA 18015. USA. E-mail:
mhbO lehigh.edu
124 M.H. BICKHARD
RELACIONES DUALES
Una relación dual es aquella que. sosteni-
da entre dos personas, supone dos o nnás
roles relaciónales. Más concretamente, el tér-
mino suele aplicarse cuando hay poder dife-
rencial entre las dos personas y según los
múltiples roles que asuman -con una persona
asumiendo uno o varios roles que suponen
una gran diferencia de poder en comparación
con la otra persona involucrada. Una relación
dual en este sentido es tomada como intrín-
secamente antiética, generalmente por la
potencial explotación a la que la persona con
el rol de mayor poder podría someter a la otra.
Un caso paradigmático de esta explotación
del diferencial de poder existente en una re-
lación de terapia, es el de las relaciones se-
xuales que pueden darse entre terapeuta y
cliente. Esta explotación es universalmente
condenada y la aplicación de la noción de
relación dual en esta situación -una relación
terapéutica sostenida simultáneamente con
relaciones sexuales entre los involucrados es
una clara relación dual con un diferencial de
poder-. Aquí, el principio de relación dual juzga
como antiético algo que de hecho es univer-
salmente considerado como tal.
Sin embargo, este es un razonamiento falaz
y peligroso. Constituye una instancia de la
clásica falacia que se basa en el siguiente
razonamiento: "Si A entonces B"; si acorda-
mos 6, entonces concluimos A. Una versión
simple de esto mismo sería: "Si Johnson mató
a Jones (A), entonces Jones está muerto(B)";
si por otra parte decimos que "Jones está
muerto(B)", entonces, concluímos que
"Johnson mató a Jones(A)". La falacia, ilus-
trada de esta manera, es aún más clara. En
el caso de la noción de relación dual, tenemos
una versión implícita de esta misma falacia.
Comenzamos con algo como "Si la noción de
relación dual es un razonamiento válido para
explicar una relación intrínsecamente antiética,
entonces, como la existencia de una relación
sexual entre terapeuta y cliente es una rela-
ción dual, la relación sexual entre ellos es
antiética"; estamos de acuerdo en que una
relación sexual entre terapeuta y paciente es
antiética, por tanto, concluímos que la noción
de relación dual explica intrínsecamente una
forma antiética de relación. Este estilo de
razonamiento, sin embargo, apoya cualquier
principio aceptado que tenga como implica-
ción la conclusión de que la confluencia de
terapia y relaciones sexuales es antiética. Por
ejemplo, podemos extender este razonamien-
to para el principio de que "cualquier relación
en la que las partes bajo consideración están
respirando es antiética". Esto ciertamente
conllevaría la conclusión deseable que la tera-
pia y las relaciones sexuales son antiéticas, lo
que sin embargo no adoptamos como princi-
pio. ¿Por qué? Porque es absurdo: toda rela-
ción implica necesariamente que haya respi-
ración; este principio es cumplido por todas
las relaciones, por tanto el principio no distin-
gue lo ético de lo antiético.
¿Por qué, sin embargo, nos vemos tan
tentados a aceptar esta forma de razonamien-
to en el caso de las relaciones duales? La
respuesta, por supuesto, puede diferir entre
aquellos que lo aceptan, pero la mayor fuente
para dicha tentación parece ser la intuición de
que el diferencial de poder dentro de las re-
laciones duales intrínsecamente supone ries-
gos. En particular, está el ríesgo de que la
explotación potencial a la que puede someter-
se a quien tiene menos poder será extrema-
damente tentadora para el más fuerte; o que
tal explotación se dé inadvertidamente; o que
la explotación sea percibida por parte del
miembro menos poderoso, así sea incorrecta-
mente; o que el potencial de explotación será
per se preocupante o confuso. Por lo tanto,
parece haber poca duda en cuanto a que éstos
son riesgos potenciales de las relaciones
duales.
La existencia de riesgos, sin embargo, no
significa inevitablemente que algo es antiético:
tampoco sirve para diferenciar lo ético de lo
antiético. Sin embargo, el someter a alguien
a un riesgo innecesario o sin su consentimien-
to, sí puede ser considerado como algo anti-
ético. Luego, quizás, es más bien esto último
lo que determina que una relación dual sea
antiética.
Como las relaciones duales involucran sus
propias formas particulares de riesgos, enton-
ces someter innecesariamente a alguien a
dichos riesgos o sin su consentimiento puede
ser señalado como antiético. El criterio "sin su
consentimiento" no es el más adecuado para
abogar por el principio de relación dual. Cier-
tamente, puede aceptarse que hacerie algo a
ÉTICA Y PSICOTERAPIA 125
alguien, o con alguien, o por alguien sin o en
contra de su consentimiento es, claramente,
antiético o muy peligroso éticamente. Pero lo
que ocurre es que basarse en cuestiones de
consentimiento para hacer juicios éticos impli-
ca que el aspecto antiético de las relaciones
duales sea la violación del consentimiento y
no la relación dual per se. La noción de rela-
ción dual entonces será éticamente irrelevan-
te.
La cuestión ética de la explotación per se
no puede apoyar el principio de relación dual.
Se aceptará que la explotación es algo anti-
ético, pero con este principio solo una relación
dual en la que se dé explotación será antiética
en virtud de tal explotación, no debido a la
dualidad. Y las relaciones duales en las que
tal explotación no ocurra no serán intrínseca-
mente antiéticas. De nuevo, la noción de rela-
ción dual per se será éticamente irrelevante.
De manera similar, el criterio de exponer
a alguien a un "riesgo innecesario" es inade-
cuado para explicar un carácter intrínsecamen-
te antiético de las relaciones duales. La razón
aquí es, simplemente, que para tener fuerza
ética, el criterio de "riesgo innecesario" requie-
re que tal riesgo sea razonablemente evitable
-que de hecho sea "innecesario". Y es aquí
donde encontramos la mayor vacuidad de la
noción de relación dual.
Las relaciones duales suponen sus propios
riesgos particulares. Por tanto, mientras una
relación dual sea evitable, el involucrar a al-
guien en ella supondrá que se le está exponien-
do a riesgos innecesarios. Desafortunadamente
las relaciones duales, y con ellas los riesgos
particulares que suponen, no son evitables. La
dualidad y, más específicamente, la dualidad
en cuanto al diferencial de poder de los roles
involucrados, es inevitable en cualquier rela-
ción posible. La dualidad es vacía, como lo es
el hecho de respirar, como criterio para diferen-
ciar lo ético de lo antiético.
Intercambiar saludos con la persona en la
registradora de un supermercado constituye
una relación dual. Incluso sin intercambiar el
saludo, los roles duales de la transacción fi-
nanciera y el de respetar el espacio del otro
existen. Estos ejemplos son triviales, pero sus
implicaciones no lo son: si la noción de rela-
ción dual se aplica en instancias de interac-
ción tan triviales, entonces es claro que no
puede emplearse para diferenciar entre ético
y antiético sin importar qué tanto se aplica
también en instancias paradigmáticas como la
de terapia y las relaciones sexuales. Las re-
laciones duales, al ser inevitables en general,
también son inevitables en muchas otras cir-
cunstancias menos triviales. En el caso de
una relación profesional, consideremos el caso
de un terapeuta que vive en un pueblo o ciudad
pequeña: muchos de sus clientes inevitable-
mente serán personas que él o ella conozca.
La aplicación de la noción de relación dual
como criterio de ética en tal caso no es algo
meramente trivial, sino potencialmente muy
dañino. La negación de los servicios en tales
comunidades, la preocupación del terapeuta
por la aplicabilidad de tales "principios éticos"
en su práctica, y la confusión por falta de una
guia ética por parte de un principio tan vacio,
son unos de los peligros posibles. Qué signi-
ficado puede tener una base moral que sola-
mente es aplicable en una gran ciudad y en fun-
ción del anonimato de una comunidad, como
por ejemplo, la ciudad de Manhattan?
En un ambiente educativo, en situaciones
de supervisión, cursos experienciales, cursos
tutoriales y evaluaciones profesionales hechas
a los estudiantes, habrá combinaciones de roles
de profesor-terapeuta y de profesor-evaluador,
y en todas ellas habrá relaciones duales con
diferencias de poder. Todas poseen intrínse-
camente los riesgos particulares de las rela-
ciones duales -todos los riesgos concemientes
a posible explotación, miedos de explotación
y demás, propios de la diferencia de poder da-
da en tales relaciones. De nuevo, esto no lleva
a la condenación ética de tales roles -aunque
puede alertar en cuanto a algunos riesgos
posibles. En cambio, esto proporciona aún más
ejemplos de la absoluta vacuidad de la rela-
ción dual como criterio ético.
La abolición de "la relación dual" como
criterio ético es muy importante, pero es sólo
una parte de la tarea. Es únicamente la parte
conceptual de la tarea. Queda pendiente la
parte ética de deshacer y prevenir el gran
daño que se ha hecho, y que puede ser hecho,
como consecuencia de la popularidad de un
principio tan vacío dentro de la ética. El daño
es, en gran parte, resultado del hecho de que
al aplicar como principio ético algo que es
conceptualmente vacío y que es aplicado a
126 M.H. BICKHARD
todo, todos los criterios reales para diferenciar
aquello que se condena y aquello que no se
condena son, inevitablemente, intuitivos, es-
condidos tras el alegado principio y por tanto,
no abiertos a una discusión racional. Las ra-
zones reales, por ejemplo, por las que la terapia
y las relaciones sexuales son condenadas o
deben serio, y por las que las relaciones pro-
fesor-evaluador, no lo son y no deben serio,
no están disponibles para consideración ni
discusión. Esto es, el daño patrocinado por el
principio de relación dual no puede ser enten-
dido sin reconocer primero que es solamente
un principio particular y no un valor. La noción
de que las relaciones duales son intrínseca-
mente antiéticas es un principio conceptual
puesto al servicio de ciertos valores. Es un
intento de imposición de dichos valores, inven-
tado precisamente con tal propósito; no tiene
una fuerza moral por sí misma, pero parece
que la adquiriera sólo por estar al servicio de
tales valores, en virtud de su aplicabilidad
como un sustituto de esos otros valores. En
este caso, los valores relevantes históricamen-
te son aquellos concernientes a la ética de la
relación terapéutica. La noción de relación dual
supuestamente proporciona un principio por el
cual las relaciones antiéticas pueden ser de-
finidas, distinguidas y sancionadas, y que sus-
tituye a valores éticos subyacentes menos
claros. Notemos que esta función de la noción
es, de hecho, la única manera posible de
introducida, ya que ella no diferencia -estric-
tamente- ninguna relación de otra. Sin ios
valores subyacentes en cuyo servicio el prin-
cipio de relación dual supuestamente es apli-
cado, no habria forma de diferenciar la rela-
ción con la empleada del supemnercado de las
relaciones sexuales en una situación de tera-
pia.
Lo contrario de esto, sin embargo, es que
al ser vacia la noción de relación dual, puede
ser aplicada al servicio de cualquier conjunto
de valores. Aún más, su función de máscara
como valor ético en sí misma opaca tanto la
existencia como el contenido de los valores
reales subyacentes a ella. Oscurece los valores
al servicio de los cuales es aplicada -quizás
incluso los oscurece para quienes la están
aplicando!.
Algo no gusta y parece malo y -muy segu-
ramente- viola el principio de relación dual,
por tanto es antiético y debe ser prohibido y
sancionado en caso de violación. Esto, de por
sí, ya es una situación extremadamente peli-
grosa. Incluso en este nivel preliminar de
análisis, encontramos que una consideración
racional por parte del individuo y una discu-
sión racional en la comunidad son inhibidas
simplemente porque las cuestiones reales están
escondidas.
Cuando cuestiones genuínas son esquiva-
das en favor de principios vacíos, se abre una
amplia puerta para cometer abusos -tanto de
manera intencional como no intencional. In-
clusive para una persona bien intencionada es
difícil escapar al efecto dañino del principio
vacio de las relaciones duales sin que, de al-
guna manera, ignore y evada las aseveracio-
nes hechas a favor del mismo principio. Una
vez que se le da algún crédito a dicho prin-
cipio, es imposible pensar claramente o permi-
tirte a alguien más hacerio, en cuestiones con-
cernientes a las relaciones -después de todo,
el principio siempre aplica y, por tanto, siem-
pre habrá que darie crédito. El abuso enton-
ces, intencional o no, se da cuando se usa el
principio al servicio de valores que -si son
examinados clara y justamente- serán, en el
mejor de los casos, debatibles y en el peor,
totalmente antiéticos. Tal examen y discusión
abierta sin embargo, es precisamente lo que
se ha excluido al aceptar una premisa de pen-
samiento vacía.
PATERNAUSMO
Uno de los valores más pemiciosos en este
campo, al servicio del cual se invoca con
frecuencia el principio de relación dual, es aquel
de cuidar a otros "por su propio bien". Este
es un valor positivo prima fácil en cuanto hace
alusión a la vigilancia hecha en favor del
bienestar de los otros. Desafortunadamente,
con frecuencia es una preocupación por el
bienestar de otros en donde tal bienestar es
definido, supervisado e impuesto por una per-
sona o personas externas que asumen tal rol
sin importar el conocimiento o consentimiento
que aquellos protegidos tengan sobre el hecho
de que se les está cuidando. Esto, usualmen-
te. constituye una práctica de patemalismo.
El patemalismo está entre los valores más
peligrosos que constituyen vicios y excesos
ÉTICA Y PSICOTERAPIA 127
morales. Es algo muy difícil de combatir, pues
se basa en -así lo proclama- una rectitud moral
que se hace "por el propio bien" de alguien.
Es algo que es deshumanizante y minimizante.
Que se plantea desde una asunción de supe-
rioridad de un alguien que infantiliza a otro.
Viola intrínsecamente los dere-chos de los
adultos y perpetúa tal violación, ya que las
victimas dejan de ser consideradas como seres
humanos adultos, para pasar a ser protegidos
por unos benefactores más sabios y conoce-
dores que los primeros.
En ciertas instancias, este paternalismo es
apoyado por modelos de personalidad y psi-
coterapia en donde los individuos, principal-
mente los que son clientes, son concebidos
como intrínsecamente regresivos e infantiles
-al menos con relación a su terapeuta-, y
condenados a permanecer así para siempre.
El tratamiento dado a clientes o estudiantes -
-o a razas o grupos étnicos o clases sociales,
entre otros- como seres intrínsecamente in-
fantiles, frágiles, regresivos, débiles, ingenuos
e impotentes, es una forma de moralismo
autoritario que pretende presentarse a sí mis-
ma, y ante aquellos a quienes involucra, como
caridad y sensibilidad moral. Se basa en la
premisa de que se debe proteger a esos otros.
Desafortunadamente, desde esta perspectiva,
los "otros" son "cuidados" ya sea que quieran
o no serlo -porque después de todo, desde un
primer momento los juicios de aquellos a
quienes se protege son asumidos como irre-
levantes. En el mejor de los casos, esto sim-
plemente perpetúa sentimientos personales de
impotencia e inadecuación; en el peor de los
casos, y más comúnmente, lesiona cualquier
sentido de poder o legitimidad que los indivi-
duos puedan haber tenido. Este moralismo
autoritario divide en dos cualquier tipo de
sociedad libre y excluye cualquier posibilidad
de igualdad en una comunidad. Constituye una
de las formas más extremas de elitismo ya
que se basa en supuestos de diferencias in-
trínsecas y permanentes, y porque permea
todos los dominios de la vida -después de
todo, los niños deben ser protegidos por su
propio bien en todas las áreas de su vida.
El paternalismo favorece directamente
muchos excesos subsidiarios. Primero, anula
explícitamente la distinción entre ética y vo-
luntad: cuidar a infantes es protegerlos, aún
en contra de su propia voluntad, para prevenir
violaciones éticas. En el aspecto que estamos
discutiendo, se da una violación flagrante del
derectio fundamental a la intimidad que cual-
quier adulto tiene. Entre los derechos de los
ciudadanos adultos a la igualdad en sociedad,
está el derecho a tomar las propias decisiones
aun cuando los protectores autodesignados
arguyan que se trata de decisiones equivoca-
das. Sólo consideraciones serías, cuidadosas
y racionalmente constituidas -y abiertamente
debatidas- pueden justificar violaciones de este
derecho. Tal debate abierto, por supuesto, no
es patrocinado por principios éticos ofuscados
y vacíos puestos al servicio de valo-res
paternalistas encubiertos.
Un segundo exceso moralista se deriva de
la instancia paternalista y consiste en la abo-
lición de cualquier distinción entre cuestiones
éticas y de voluntad, por un lado, y cuestiones
de intrusión legítima de interés por parte de
una autoridad constituida -o no constituída-
por otro. Ni la inmoralidad ni la falta de vo-
luntad justifican per se la intrusión del estado,
o de un "comité de examen" de psicólogos,
o de la comunidad de psicólogos, en la vida
privada de los adultos. Ciertamente las intru-
siones son justificadas, pero no en virtud de
la inmoralidad o la falta de juicio únicamente,
pues se requieren muchas más condiciones
para ello. El paternalismo, por supuesto, presu-
pone la legitimidad de tal intrusión en cual-
quiera y todos los casos en los que el pater-
nalista siente que hay inmoralidad o falta de
juicio involucrados. El paternalismo intrínse-
camente excluye el derecho a la privacidad y
a la autodeterminación en la "búsqueda de la
felicidad" de aquel a quien se protege- al igual
que se excluyen dichos derechos a los niños.
Tanto en la naturaleza del paternalismo como
en principios éticos vacíos, se excluyen,
inherentemente, consideraciones sobre el dere-
cho a la interferencia -o la falta de ese dere-
cho- en la vida de los demás. Simplemente,
nunca se considera. El patemalismo destruye
la relevancia de las libertades individuales.
Más aún, en una atmósfera paternalista
nunca hay condiciones para discusiones abier-
tas y racionales en las que -de acuerdo con
un curso normal de los eventos- las opresio-
nes y los problemas del paternalismo puedan
ser cuestionados. Una discusión abierta y
128 M.H. BICKHARD
racional, precisamente, requiere de respeto y
legitimización de todos aquellos involucrados
lo cual es desde el principio excluido, por la
autoafirmación de poder y legitimidad que el
paternalista se acredita. La perpetuación de
actitudes y posturas paternalistas depende de
hecho de evitar o suprinnir la pregunta "¿quién
vigilará a los vigilantes?". El patemalismo anula
toda discusión en la que surjan tales pregun-
tas, negando la igualdad sobre la que dichas
discusiones deben basarse.
Un caso paradigmático de tal confusión
paternalista es el de las relaciones de pareja
establecidas entre profesores y alumnos. Cier-
tamente, esto involucra un diferencial de poder
por ser una relación dual con riesgos inminen-
tes -incluyendo nesgas de explotación antiética
o de intentos de explotación. Incluso, es algo
que puede ser considerado improcedente. Pero
ninguna de estas consideraciones -per se-
justífica cualquier intrusión en la vida de los
individuos involucrados. Sólo una presunción
patemalista puede llevar a la conclusión de
que tal intrusión es justificada y, en tal caso,
con frecuencia se desconoce que los dere-
chos de los estudiantes están siendo violados,
que los estudiantes están siendo tratados como
niños incompetentes a quienes se puede con-
trolar y en cuyas vidas es posible involucrarse
con el argumento de que se les está cuidando
por su propio bien.
Otro paradigma de relevancia es el de las
relaciones terapéuticas entre profesores y
alumnos. De nuevo, hay que tener en cuenta
que hay riesgos potenciales, pero también,
que es una cuestión que no concierne a nadie
más que a los que están directamente involu-
crados. Es aún más perjudicial la intrusión
patemalista en la decisión del estudiante de
si debe o no comenzar una relación terapéu-
tica con un miembro de su profesorado, que
los riesgos implícitos que tal relación pudiera
tener. La actitud paternalista viola directamen-
te la legitimidad y la integridad, e ignora la ma-
durez de las personas objeto del paternalismo
-lo cual es un perjuicio explícito para cualquier
involucrado.
La educación que se proporcione acerca
de los riesgos posibles, los derechos de los
demás -por ejemplo, guías y criterios de cau-
tela- es el enfoque apropiado que se debe dar
a estas cuestiones relativas a la autonomía de
los individuos. El paternalismo, por el contra-
rio, inhibe y viola desde el principio tal auto-
nomía.
Es un hecho, sin embargo, que existen
muchos que quieren ser cuidados -que buscan
el sentido de pertenencia, seguridad y cer-
tidumbre de ser protegidos, y que, por tanto
están listos a sacrificar sus propios derechos
al igual que los derechos de los otros, al servicio
de tal beneficio de refugio y protección. Se
trata de aquellos que, en otras palabras, inten-
tan permanecer niños y evadir las responsabili-
dades adultas. Y, aunque esta postura presu-
me evidentemente un nivel inferior al del ser
humano adulto, el costo y el insulto de ser
objeto de paternalismo no se sienten con la
misma fuerza. Es un autoengaño existencial
en que se incurre para evitar tomar las propias
decisiones y cometer los propios errores, que
resulta bastante dramático. Pero sin importar
qué tan dramático, ni qué tan fuerte y qué
tanto sentido tenga ese deseo de evadir la
responsabilidad adulta, no puede erigirse como
un juicio ético para acogerse o defenderse de
otras personas. En ningún terreno es válido
como criterio para imponer como obligación
ética que haya algunos que deseen someterse
al paternalismo.
La noción de relación dual, por supuesto,
está diseñada idealmente al servicio de tales
actitudes y valores paternalistas. Son actitu-
des que, de hecho, parecen haber sido útiles
en la constitución inicial del principio vacío del
que hablamos: la noción de relación dual da
la apariencia de una preocupación por el
miembro más débil en una relación en la que
hay un diferencial de poder involucrado. Pero
debido al hecho de que se trata de un principio
vacío, es una noción que da vía libre al
paternalismo encubierto -o cualquier otro va-
lor conveniente que sea enmarcable dentro
del marco de la relación dual.
Otra palabra muy sonada, invocada al servi-
cio de tales valores, es la de "profesionalismo".
Como un principio moral o ético per se, pro-
fesionalismo es una palabra ambigua -consi-
deremos la noción de profesionalismo aplica-
da a los guardias de los campos de concentra-
ción. Claramente, la palabra puede ser invo-
cada al servicio de otros valores, los cuales
deben ser explícitos, defendibles y abiertos a
debate por derecho propio. Pero argüir
ÉTICA Y PSICOTERAPIA 129
"profesionalismo" no es una forma legítima de
cerrar el debate.
Se ha insinuado que a mayor poder y
conocimiento en un profesional a cargo de
una relación con un cliente, hay mayor res-
ponsabilidad de su parte que de parte del
cliente en el sostenimiento de tal relación. Esto
es probablemente correcto y digno de ser
enfatizado. Pero también se dice que una re-
lación profesor-alumno es una relación profe-
sional-cliente al igual que lo es la de terapeu-
ta-paciente. Y esta noción es potencialmente
atractiva, pero ciertamente más debatible, sin
ser establecida de manera a príori. En parti-
cular, depende profundamente de caracteriza-
ciones más específicas de lo que es "pro-
fesionalismo" -y de la resolución de la ambi-
güedad del concepto de profesionalismo.
Desafortunadamente, una perspectiva muy
común dlB la relación profesional-cliente se
construye sobre la base de que el profesional
ejerce un conocimiento superior y está más
habilitado que su cliente para decidir sobre "el
propio bien" de este último. Esto constituye
una construcción trágica para casi todas las
instancias que involucran profesionalismo -y,
ciertamente, es igualmente trágica en la rela-
ción terapeuta-cliente y en la de profesor-alum-
no-. Constituye una postura fundamentalmen-
te patemalista hacia el cliente o el estudiante.
El "cliente", según esta perspectiva, ha per-
dido su derecho a tomar sus propias decisio-
nes y ha sido infantilizado. En terapia, esto es
algo que perjudica el autonrespeto y la legitimi-
dad del cliente; en la educación, atenta contra
el autorrespeto y la legitimidad del estudiante.
En la educación, esta visión de profesio-
nalismo operando al servicio del cliente tam-
bién reduce las funciones de los miembros del
profesorado a una labor meramente instru-
mental y limitada -lo que es una visión bas-
tante pobre de la educación-. Se pierde la
riqueza y la fascinación del cuestionamiento,
el reto, el descubrimiento, la crítica, la falsea-
biíidad, el mejoramiento y todos los otros
aspectos vitales de la educación genuina. Se
pierden todos los valores esenciales del cono-
cimiento y de la búsqueda de éste. En la
medida en que lo "profesional" es tomado como
algo que implica algo que se hace sobre el
cliente, más que con el cliente, el aplicario a
la educación es algo insultante. Si, por ejem-
plo, lo "profesional" acarrea connotaciones de
guía a lo largo de un excitante y arriesgado
camino en donde la exploración se hace con-
juntamente, entonces las inquietudes mencio-
nadas no surgen y -en la misma medida- el
paternalismo no se ejerce.
Se ha sostenido, sin embargo, que la per-
sona responsable en la relación (profesional)
profesor-estudiante es el profesor. Y esto es
bastante escandaloso. Tai responsabilidad sería
apenas defendible como una postura hacia los
niños -los niños también pueden ser objeto de
paternalismo, de condescendencia y también
de deshumanización, lo que de hecho, se
encuentra como uno de los daños más comu-
nes proferidos en la infancia-; pero pretender
que esta postura de responsabilidad sea asu-
mida con los estudiantes es paternalismo en
su forma más peligrosa. Es algo que nominal-
mente se hace por el bien del estudiante, pero
que de hecho lo despoja de sus derechos a
la privacidad, a tomar decisiones libres y a
someterse al poder legítimo que hay en una
relación profesor-estudiante. Es un manejo
directo y equívoco del poder sobre el estu-
diante, tsajo la apariencia de algo que se hace
'por su bien'. Un estudiante, como cualquier
otra persona, debe estar alerta ante cualquiera
que venga a haceríe el bien. Thoreau sugiere
que la respuesta apropiada en un caso así
sería la de "correr para salvar la propia vida".
Una manifestación contemporánea de la
actitud paternalista, generalizada a nivel
institucional, es la propuesta de juzgar como
oficialmente antiética, cualquier relación sexual
entre un terapeuta y cualquier persona que
alguna vez haya sido su cliente en cualquier
momento del pasado. Aquí el supuesto del
paternalismo y la noción de relación dual van
de la mano: prohibir una relación entre un
terapeuta y alguien que anteriormente fue su
cliente, únicamente sobre la base del principio
de relación dual, implica correr el riesgo de
exponer cualquier otro tipo de relación a la
misma vacuidad peligrosa que la aplicación
de dicho principio supone. Lo que hace falta
es una instancia en la que el concepto de
relación dual pueda ser aplicado en fomna
parecida al paradigma del paralelo terapia-
relación sexual y. por consiguiente, continúe
confundiendo con su vacuidad fundamental.
En este punto, el paternalismo básico infan-
130 M.H. BICKHARD
tilizante viene al rescate: una vez que se ha
sido cliente, se seguirá siendo cliente -por tanto,
siempre requerirá ser cuidado por una institu-
ción o por benefactores externos- a pesar, e
incluso a costa, del conocimiento, el consen-
timiento, la petición del individuo o cualquier
otro aspecto incompatible con la, por defini-
ción, persona incompetente que se supone
que es. Esta persona tan patética, con razón
necesitará ser cuidada por benefactores exter-
nos y protegida contra explotadores potencia-
les con quienes tenga relaciones de poder
diferenciales. Más aún, cualquier persona así
de infantil, necesariamente estará en una seria
diferencia de poder en la relación con su ex-
terapeuta -por esto la supuesta necesidad de
ser protegida y así, la aplicabilidad del prin-
cipio de relación dual-. Es decir que, la
infantilización del cliente, que es inherente a
una actitud paternalista general, sirve como
terreno para demostrar la supuesta aplica-
bilidad del principio de relación dual al servicio
de tal patemalismo. Los niños, después de
todo, son el paradigma de las personas que
necesitan ser cuidadas -por su propio bien e
incluso si se requiere, a costa de sus propios
deseos-. Si alguno de los supuestos de esta
desagradable cadena de razonamientos y
motivaciones fuera cierto -si la terapia siem-
pre sometiera inherentemente a los pacientes
a ser menos adultos- entonces la terapia
debería ser prohibida por constituir un azote
para la humanidad.
Se ha sugerido que un motivo para la
propuesta de "una vez que se es cliente, se
es cliente por siempre" es el asegurar que los
terapeutas no terminen una relación terapéu-
tica en favor de una eventual relación sexual
con sus clientes. Esto es, según esta sugeren-
cia, que el intento no debe ser mantener o
presumir que los ex-clientes son intnnseca-
mente infantiles y que permanentemente ne-
cesitan ser cuidados, sino más bien, proteger-
los de influencias explotadoras indebidas por
parte de los terapeutas en el contexto de una
relación terapéutica -una influencia indebida
por parte del terapeuta durante la terapia podria
producir una explotación antiética de la rela-
ción en favor de una relación sexual que
técnicamente se comenzaría después de ter-
minada la relación terapéutica-. En otras pa-
labras, puede haber un tecnicismo invo-lucra-
do en la prohibición de terapia-relación sexual
en donde pudieran propiciarse relaciones de
explotación, con los terapeutas salvándose de
ser caracterizados y sancionados por ello, sólo
por el hecho de que la relación terapéutica
estuviera técnicamente terminada. La expre-
sión "una vez que se es cliente, se es cliente
por siempre" ciertamente da lugar al
sancionamiento oficial de explotaciones de ese
estilo. La insinuación de esta afirmación, por
supuesto, es la de que el principio de "una vez
cliente, se es cliente por siempre", no sería
tomado en serio y, portante, no sería aplicado
en situaciones en donde no pudiera hablarse
de explotación de la relación terapéutica ori-
ginal. En otras palabras, la premisa se adop-
taria como tal, como una forma general de
otorgar poderes rápidos a quienes censuran
bajo el supuesto de que los usarían únicamen-
te para causas justas.
Una simple prohibición ética hecha oficial-
mente por la APA en contra de un respiro por
parte del terapeuta, lograría el mismo objetivo
sin tanto ofuscamiento. Podríamos confiar a
los comités de ética la aplicación de este
principio solamente en casos real y claramen-
te antiéticos -fueran los que fueran- y todos
"dormiríamos tranquilos" sabiendo que tales
problemas se evitarían. La racionalidad para
el principio "una vez cliente, siempre cliente",
es absurda en el más peligroso aunque inge-
nuo de los extremos. Oscurece totalmente
cualesquiera que sean los principios de aplica-
bilidad que se intenten, pues por ser un princi-
pio arbitrario y vacío, puede distorsionarse
ampliamente con el tiempo, con interpretacio-
nes y reinterpretaciones, políticas, gustos,
disgustos y caprichos personales y todas las
inevitables influencias de ese estilo. La vacui-
dad del principio de relación dual se recrea
aquí simple y, al menos parcialmente, con
base en el supuesto de que no todas las ins-
tancias del principio deben ser o, de hecho,
serán sancionadas.
La fe ingenua en que tan arbitrario poder
será siempre ejercido "por el bien" de otros es
aterrador. No lo es, de hecho, si usted se asu-
me a sí mismo como parte de aquellos que
aplican los principios por el bien de unos u
otros, pero sí si se coloca en el paquete de
los que están siendo protegidos o sancionados
por violar el principio. Es decir, no es aterrador
ÉTICA Y PSICOTERAPIA 131
mientras usted se asuma como parte de la
élite de los verdaderos adultos, que tienen
fervor y afición moral, santurronería y humil-
dad propia y sentimiento del deber de cuidar
a todos aquellos patéticos y pobres indefensos
infantes -los ex-clientes- del mundo.
Estoy usando un fuerte sarcasmo en estas
palabras. Algunos con seguridad sentirán que
estoy siendo desmesuradamente fuerte -que,
incluso si el análisis es correcto, las posicio-
nes criticadas son tomadas de buena fe y, en
el peor de los casos, son errores bien inten-
cionados por parte de los involucrados. Este
argumento se fundamenta en el supuesto de
que las buenas intenciones presumiblemente
involucradas dejan los crímenes cometidos, si
los hay, moralmente no viables. Como res-
puesta, yo cito la renombrada banalidad de la
maldad. Mucha maldad, de hecho, se basa en
serias buenas intenciones mal guiadas, y son
perpetradas y ejecutadas por funcionarios
banales. La Inquisición y Adolf Eichmannn son
ejemplos pragmáticos de "buenas intenciones"
y banalidad. Mi argumento es, precisamente,
que la total vacuidad de principios tales como
el de las relaciones duales, y el rampante
patemalismo oculto que implica, han estimu-
lado y perpetrado daños y perjuicios -daños y
perjuicios moralmente reprensibles-. Estas ac-
titudes y orientaciones en el terreno son fuen-
te peligrosa de maldad oficial y semi-oficial.
En el más abstracto, pero quizás más im-
portante de los niveles, los principios vacíos
que meramente sirven para ocultar las bases
reales de una decisión, no pueden ser útiles
sino inhibidores de una exploración y debate
racional de la ética involucrada -en cualquier
relación en cuestión. Esto es una profunda y
seria supresión de los derechos de la sociedad
civil, y un entrenamiento profundamente pe-
ligroso para los estudiantes en cuanto a que
acepten irracionalmente los edictos y la auto-
ridad. Es un entrenamiento para el vivir -al
menos para el vivir profesional- en términos
de dogma, no en términos de deliberación
racional y crítica. Un dogma, sin embargo, es
siempre perjudicial, y su promulgación es in-
trínsecamente antiética.
Aún más directamente, los casos para-
digmáticos sobre los que se han construido
éstos principios -relaciones explotadoras entre
terapeutas y clientes- envuelven fuertes y
justifícadas emociones. Sin embargo, sin la
clarificación de un discurso abierto, crítico y
racional, la intensidad de dichas emociones es
aplicada, además, sobre cualquiera que cues-
tione o tenga dudas acerca de dichos princi-
pios vacíos. El resultado aquí no es simple-
mente una inhibición de la discusión racional
en virtud del hecho de que los principios rea-
les y los valores involucrados están ocultos,
sino la supresión explícita de la discusión por
intimidación emocional o culpabilizante ~la
intimidación por la intensidad de la reacción
emocional ante una crítica o duda sobre di-
chos principios vacíos es sentida como una de-
fensa de o excusa para la explotación sexual.
Es la intimidación por medio de la culpa de
quienes critican o dudan de dichos principios
acusándoles de estar defendiendo o excusan-
do algo en beneficio de los derechos de los
intrínsecamente machos rapaces. Esta inti-
midación impone serias violaciones básicas
de respetuo mutuo y discusión abierta. Esta
intensidad, de hecho, puede ser mitigada me-
diante proteccionismo hacia el individuo que
está cuestionando o dudando -él o ella es
ignorante o simplemente está equivocado y
por ello necesita ser guiado hacia el camino
correcto del pensamiento y los valores. Este
paternalismo es aún más sutil que la conde-
nación directa, porque combina la confusión
conceptual de principios vacíos con la confu-
sión moral de actitudes paternalistas.
Hay aún otro nivel de evolución en lo perju-
dicial de este "cáncer". La santurronería que
es inherente a la actitud patemalista, junto con
la intensidad emocional de las cuestiones éticas
paradigmáticas, más la vacuidad conceptual y
la supresión de racionalidad inherente en los
supuestos principios éticos, y el autoritarismo
intrínseco con el que dichas posiciones son
presentadas, se combinan para producir una
atmósfera social de moralidad excesiva, faná-
tica e irracional. La consecuencia directa es
una vigilancia chismosa, maliciosa, odiosa e
hiriente entre aquellos atrapados en el dogma
prevaleciente. En esto, no solamente hay con-
sideraciones reales escondidas, y no solamente
se enseña la condescendencia del paterna-
lismo, sino que se promueve la tragedia ética
de mojigateria fanática en las masas.
132 M.H. BICKHARD
UN PRINCIPIO ETICO ALTERNATIVO
No he criticado, ni criticaré, la intuición
básica de que una mezcla de terapia y rela-
ción sexual es algo intrínsecamente antiético.
Desafortunadamente, cuando intuiciones váli-
das como ésta son fundadas en principios
vacíos como el de las relaciones duales, la de-
nuncia de tal vacuidad deja la intuición subya-
cente carente de una verdadera racionalidad.
Esto, en sí mismo, es peligroso: cualquier
reconocimiento de tal vacuidad amenaza el
soporte y la fuerza de una conclusión ética.
Yo quiero ofrecer, para consideración, un
principio ético alternativo que apoye dicha in-
tuición. Es un principio que es intrínseco a la
naturaleza de lo que es una relación terapéu-
tica. Es decir, yo resalto la inherencia de una
naturaleza ética que hay en la relación tera-
péutica per se, y no en un principio ético
aplicable a la relación terapéutica. Si esto es
válido, entonces este principio es mucho más
fuerte y convincente que la aplicación del
principio vacío de las relaciones duales.
Consideremos primero la pregunta de si
una relación sexual puede o no ser también
una relación terapéutica. La respuesta, espe-
ro, es "sí". Si no, la vida de matrimonio estaría
en serios problemas. Pero esto da lugar a la
siguiente pregunta acerca de qué diferencia
existe entre relación terapéutica -característi-
ca que una relación sexual también puede
tener- y una relación de terapia.
En una relación terapéutica, entre otras
cosas, se alcanza un propósito o función tera-
péutica. Una relación de terapia es una rela-
ción contractualmente obligada a maximizar la
función terapéutica. Es precisamente dicha obli-
gación lo que para mí constituye una relación
como relación de terapia, y no como otro tipo
de relación.
Dentro de las características más impor-
tantes de una relación de terapia al servicio
de tal obligación están las limitaciones intrín-
secas que tiene. Es decir, las limitaciones
relativas a las condiciones definidas de com-
promiso, tiempo y reducción de asuntos per-
sonales entre el terapeuta y el cliente, como
una forma de proteger la habilidad de ambos,
terapeuta y cliente, para explorar las cuestio-
nes del cliente con mínimas intrusiones y
distorsiones de aspectos externos no relacio-
nados. Estos asuntos externos nunca pueden
ser enteramente eliminados, pero, entre las
obligaciones fundamentales del terapeuta, está
la de minimizar sus intrusiones.
Contrariamente, es una violación ética y
contractual de la relación de terapia permitir
-y ciertamente promover o dar lugar a- la
intrusión de dichos aspectos extemos en el
ámbito de la relación de terapia. Esta viola-
ción de los límites de la relación de terapia
efectivamente la destruye como tal. Destruye
la protección involucrada en la obligación de
minimizar tales irrupciones, porque los asun-
tos externos se involucran. La protección sólo
funciona como una ayuda, un soporte para la
confianza y seguridad del cliente -y del tera-
peuta- de que tales asuntos extemos serán
minimizados y por tanto, no tendrán que ser
tomados en cuenta. La confianza y la segu-
ridad son irremediablemente destruidas, es
decir, su obligación es irremediablemente vio-
lada, con la intrusión de asuntos sexuales.
Esta obligación de minimizar asuntos ex-
ternos ajenos a la terapia, es independiente de
cualquier forma, explotadora o no, en que
dichas cuestiones puedan involucrarse. Un
terapeuta, como terapeuta, tiene la obligación
intrínseca de minimizar cualquier intrusión, sin
importar la manera en que se presenten. Una
intrusión ejercida en forma explotadora cons-
tituye una violación ética adicional ala intrusión
en sí misma.
La explotación, en cualquier relación -tera-
pia-cliente, profesor-alumno o cualquier otra-
es en sí misma e intrínsicamente antiética.
Nada en este análisis debe ser tomado como
que se está descontando o minimizando la
importancia o validez de tales consideracio-
nes y principios éticos adicionales. Lo que yo
estoy proponiendo, además del rango amplio
de consideraciones éticas que puede ser
aplicado a la relación de terapia, es un prin-
cipio ético que es inherente y especifico de la
relación de terapia per se (Bickhard, 1989).
Notemos que este principio conlleva un
sentido intrínseco por el cual el paralelo tera-
pia-relación sexual es antiético -con la posible
excepción de las relaciones sexuales sub-
rrogadas, en las cuales la sexualidad hace
parte del contrato desde el principio. La volun-
tad o eficacia de tales relaciones sexuales
subrrogadas -o su carencia- no es abordada
por tales consideraciones.
ÉTICA Y PSICOTERAPIA 133
Es importante enfatizar que la obligación
es minimizar los asuntos externos, mas no
asegurar su ausencia. Estos no pueden ser evi-
tados del todo, y algunas relaciones los inclui-
rán más que otras. Ejemplos incluyen las obli-
gaciones éticas y legales de advertir a otros
sobre peligros potenciales, o las relaciones de
terapia entre individuos que ya tienen una
o más relaciones. La obligación ética involu-
crada es la de minimizar, no eliminar, la in-
trusión de cuestiones extemas. Esto incluye una
obligación de informar y educar a los indivi-
duos en lo concemiente a los riesgos poten-
ciales involucrados en tales relaciones. Esto,
para mi, es la perspectiva ética correcta en
caso de relaciones de terapia entre individuos
que ya se conocen -como en sectores de
provincia o comunidades pequeñas- o entre
profesores y estudiantes. No es propio -de
tiectio, es paternalista y dañino- prohibir aes
relaciones de terapia.
El principio que yo ofrezco, entonces, no
apoya todas las instancias que uno desearía
cubrir bajo el principio de relaciones duales.
Sugiero, sin embargo, que aquellas instancias
excluidas no son necesariamente antiéticas.
Claramente pueden ser antiéticas -cualquier
relación puede serio-, pero el principio de
relación dual tía sido usado como si fuera algo
inherente e inevitablemente antiético, y eso es
inaceptable. No se puede juzgar válidamente
como antiético algo cuya base está en un
principio vacío de relación dual, o sobre cual-
quier otro de sus valores paternalistas de base.
Como mínimo, cualquiera de aquellos argu-
mentos de violaciones éticas requiere un ree-
xamen cuidadoso de sus bases a la luz de las
consideraciones presentadas aquí.
CONCLUSIÓN
La intuición central y paradigmática del
paralelo terapia-relación sexual como algo an-
tiético es, para mí, correcta. Desafortunada-
mente, se la ha basado en principios y valores
que son vacíos, confusos, paternalistas y
dañinos. El patemalismo, en particular, es des-
humanizante así se trate de clientes, ex-clien-
tes, estudiantes u otros -incluidos niños. Este
complejo de actitudes, valores y falta de ló-
gica debe ser confrontado. Aún más, desafor-
tunadamente uno de los daños causados por
este complejo es precisamente la inhibición,
la represión y el castigo infringidos a quienes
se atreven a cuestionarios -la abolición de la
razón, la crítica y la discusión.
Una vez confrontada, sin embargo, la in-
tuición básica concerniente al paralelo terapia-
relación sexual aparentemente queda sin un
soporte racional. Yo ofrezco un soporte racio-
nal alternativo para esta intuición, que es
mucho más fuerte, y mucho más intrínseco a
la naturaleza de la terapia per se, que los
estándares racionales. Es en efecto, "una
simple" explicación de un aspecto de la rela-
ción de terapia, que es el de su carácter in-
trínsecamente ético.
Más importante aún es mi deseo de esti-
mular la discusión critica y racional de tales
cuestiones y la creación de una atmósfera
facilitadora de tal discusión. De otra manera,
la consecuencia más insidiosa de las cuestio-
nes "éticas" dominantes en este campo es un
autoritarismo paternalista y la resultante su-
presión -algunas veces, viciosa- del debate
racional de tales cuestiones en sí mismas.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Bickhard, M.H. (1989). Ethical psychotherapy and
psychotherapy as ethics: A response to Perrez.
New Ideas in Psychiology, 7(2), 159-164.
NOTAS
' Traducción de Sonia Jiménez Suárez

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Bickhard, m, h (1996)

  • 1. Revista de Psicopatología y Psicología Clínica Vol. I. N» 2, pp.123-133, 1996 SOBRE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS EN CONSEJO PSICOLÓGICO Y PSICOTERAPIA Mark H. Bickhard, Lehigh University RESUMEN Las cuestiones y principios éticos son de fundamental inrtportancia para las rela- ciones interpersonales que se dan en el contexto de la psicoterapia. Afirmamos, de hecho, que la relación terapéutica no es solamente una relación a la que se aplican consideraciones éticas, sino que también, y sobre todo.es una relación que, en si misma, se constituye éticamente. Sin embargo, los fundamentos conceptuales domi- nantes en la actualidad para la comprensión de la ética y la creación de políticas coherentes son confusos e inadecuados. En particular, la noción de relaciones duales como algo que supone aspectos antiéticos, es conceptualmente vacía. A lo largo de este trabajo argumentaré que esta vacuidad en el concepto no es meramente un error neutro en lo que al pensamiento ético se refiere, sino que es manifiestamente dañino y conlleva consecuencias, ellas si, antiéticas. El hecho es que siendo conceptualmente vacia, la noción de relación dual es fácilmente invocada para ponerla al servicio de valores intrínsecamente antiéticos o al menos, no revisados con anterioridad. A cam- bio, yo sugiero una explicación alternativa aplicada particularmente a las violaciones éticas involucradas en las relaciones sexuales entre terapeuta y paciente. PALABRAS CLAVE: Ética, principios éticos, psicoterapia, consejo psicológico, re- laciones duales, paternalismo, relaciones sexuales, relación terapeuta-cliente, relacio- nes sexuales terapeuta-cliente. ABSTRACT Issues of ethics and of principies of ethics are of fundamental importance for the relationships involved in counselling and psychotherapy. The author argües that the therapy reiationship is not only a relationship to which ethical considerations apply, but that it is, more deeply, a relationship that is ethically constituted. Nevertheless, the dominant contemporary conceptual foundations for understanding these issues, and for creating policy, are muddied and inadequate. in particular, the notion of a dual relationship as somehow intrinsically involving unethical aspects is conceptually empty. In this paper the author argües that this emptiness is itself not merely a neutral error in ethical thought, but that it is expressiy harmful and yields unethical consequences. In particular, in being conceptually empty, the dual relationship notion is easily invoked in the service of intrinsically unethical background valúes or unexamined valúes. The author offers an alternative explanation about the ethical violations involved in therapist-client sexual relationships. KEY WORDS; Ethics, ethical principies, psychotherapy, counseling, dual relationships, patronization, sexual relationships, therapist-client relationships, therapist-client sexual relationships Correspondencia: Prof. Mark H.Bickhard, Department of Psychology, Lehigh University, Bethlehem, PA 18015. USA. E-mail: mhbO lehigh.edu
  • 2. 124 M.H. BICKHARD RELACIONES DUALES Una relación dual es aquella que. sosteni- da entre dos personas, supone dos o nnás roles relaciónales. Más concretamente, el tér- mino suele aplicarse cuando hay poder dife- rencial entre las dos personas y según los múltiples roles que asuman -con una persona asumiendo uno o varios roles que suponen una gran diferencia de poder en comparación con la otra persona involucrada. Una relación dual en este sentido es tomada como intrín- secamente antiética, generalmente por la potencial explotación a la que la persona con el rol de mayor poder podría someter a la otra. Un caso paradigmático de esta explotación del diferencial de poder existente en una re- lación de terapia, es el de las relaciones se- xuales que pueden darse entre terapeuta y cliente. Esta explotación es universalmente condenada y la aplicación de la noción de relación dual en esta situación -una relación terapéutica sostenida simultáneamente con relaciones sexuales entre los involucrados es una clara relación dual con un diferencial de poder-. Aquí, el principio de relación dual juzga como antiético algo que de hecho es univer- salmente considerado como tal. Sin embargo, este es un razonamiento falaz y peligroso. Constituye una instancia de la clásica falacia que se basa en el siguiente razonamiento: "Si A entonces B"; si acorda- mos 6, entonces concluimos A. Una versión simple de esto mismo sería: "Si Johnson mató a Jones (A), entonces Jones está muerto(B)"; si por otra parte decimos que "Jones está muerto(B)", entonces, concluímos que "Johnson mató a Jones(A)". La falacia, ilus- trada de esta manera, es aún más clara. En el caso de la noción de relación dual, tenemos una versión implícita de esta misma falacia. Comenzamos con algo como "Si la noción de relación dual es un razonamiento válido para explicar una relación intrínsecamente antiética, entonces, como la existencia de una relación sexual entre terapeuta y cliente es una rela- ción dual, la relación sexual entre ellos es antiética"; estamos de acuerdo en que una relación sexual entre terapeuta y paciente es antiética, por tanto, concluímos que la noción de relación dual explica intrínsecamente una forma antiética de relación. Este estilo de razonamiento, sin embargo, apoya cualquier principio aceptado que tenga como implica- ción la conclusión de que la confluencia de terapia y relaciones sexuales es antiética. Por ejemplo, podemos extender este razonamien- to para el principio de que "cualquier relación en la que las partes bajo consideración están respirando es antiética". Esto ciertamente conllevaría la conclusión deseable que la tera- pia y las relaciones sexuales son antiéticas, lo que sin embargo no adoptamos como princi- pio. ¿Por qué? Porque es absurdo: toda rela- ción implica necesariamente que haya respi- ración; este principio es cumplido por todas las relaciones, por tanto el principio no distin- gue lo ético de lo antiético. ¿Por qué, sin embargo, nos vemos tan tentados a aceptar esta forma de razonamien- to en el caso de las relaciones duales? La respuesta, por supuesto, puede diferir entre aquellos que lo aceptan, pero la mayor fuente para dicha tentación parece ser la intuición de que el diferencial de poder dentro de las re- laciones duales intrínsecamente supone ries- gos. En particular, está el ríesgo de que la explotación potencial a la que puede someter- se a quien tiene menos poder será extrema- damente tentadora para el más fuerte; o que tal explotación se dé inadvertidamente; o que la explotación sea percibida por parte del miembro menos poderoso, así sea incorrecta- mente; o que el potencial de explotación será per se preocupante o confuso. Por lo tanto, parece haber poca duda en cuanto a que éstos son riesgos potenciales de las relaciones duales. La existencia de riesgos, sin embargo, no significa inevitablemente que algo es antiético: tampoco sirve para diferenciar lo ético de lo antiético. Sin embargo, el someter a alguien a un riesgo innecesario o sin su consentimien- to, sí puede ser considerado como algo anti- ético. Luego, quizás, es más bien esto último lo que determina que una relación dual sea antiética. Como las relaciones duales involucran sus propias formas particulares de riesgos, enton- ces someter innecesariamente a alguien a dichos riesgos o sin su consentimiento puede ser señalado como antiético. El criterio "sin su consentimiento" no es el más adecuado para abogar por el principio de relación dual. Cier- tamente, puede aceptarse que hacerie algo a
  • 3. ÉTICA Y PSICOTERAPIA 125 alguien, o con alguien, o por alguien sin o en contra de su consentimiento es, claramente, antiético o muy peligroso éticamente. Pero lo que ocurre es que basarse en cuestiones de consentimiento para hacer juicios éticos impli- ca que el aspecto antiético de las relaciones duales sea la violación del consentimiento y no la relación dual per se. La noción de rela- ción dual entonces será éticamente irrelevan- te. La cuestión ética de la explotación per se no puede apoyar el principio de relación dual. Se aceptará que la explotación es algo anti- ético, pero con este principio solo una relación dual en la que se dé explotación será antiética en virtud de tal explotación, no debido a la dualidad. Y las relaciones duales en las que tal explotación no ocurra no serán intrínseca- mente antiéticas. De nuevo, la noción de rela- ción dual per se será éticamente irrelevante. De manera similar, el criterio de exponer a alguien a un "riesgo innecesario" es inade- cuado para explicar un carácter intrínsecamen- te antiético de las relaciones duales. La razón aquí es, simplemente, que para tener fuerza ética, el criterio de "riesgo innecesario" requie- re que tal riesgo sea razonablemente evitable -que de hecho sea "innecesario". Y es aquí donde encontramos la mayor vacuidad de la noción de relación dual. Las relaciones duales suponen sus propios riesgos particulares. Por tanto, mientras una relación dual sea evitable, el involucrar a al- guien en ella supondrá que se le está exponien- do a riesgos innecesarios. Desafortunadamente las relaciones duales, y con ellas los riesgos particulares que suponen, no son evitables. La dualidad y, más específicamente, la dualidad en cuanto al diferencial de poder de los roles involucrados, es inevitable en cualquier rela- ción posible. La dualidad es vacía, como lo es el hecho de respirar, como criterio para diferen- ciar lo ético de lo antiético. Intercambiar saludos con la persona en la registradora de un supermercado constituye una relación dual. Incluso sin intercambiar el saludo, los roles duales de la transacción fi- nanciera y el de respetar el espacio del otro existen. Estos ejemplos son triviales, pero sus implicaciones no lo son: si la noción de rela- ción dual se aplica en instancias de interac- ción tan triviales, entonces es claro que no puede emplearse para diferenciar entre ético y antiético sin importar qué tanto se aplica también en instancias paradigmáticas como la de terapia y las relaciones sexuales. Las re- laciones duales, al ser inevitables en general, también son inevitables en muchas otras cir- cunstancias menos triviales. En el caso de una relación profesional, consideremos el caso de un terapeuta que vive en un pueblo o ciudad pequeña: muchos de sus clientes inevitable- mente serán personas que él o ella conozca. La aplicación de la noción de relación dual como criterio de ética en tal caso no es algo meramente trivial, sino potencialmente muy dañino. La negación de los servicios en tales comunidades, la preocupación del terapeuta por la aplicabilidad de tales "principios éticos" en su práctica, y la confusión por falta de una guia ética por parte de un principio tan vacio, son unos de los peligros posibles. Qué signi- ficado puede tener una base moral que sola- mente es aplicable en una gran ciudad y en fun- ción del anonimato de una comunidad, como por ejemplo, la ciudad de Manhattan? En un ambiente educativo, en situaciones de supervisión, cursos experienciales, cursos tutoriales y evaluaciones profesionales hechas a los estudiantes, habrá combinaciones de roles de profesor-terapeuta y de profesor-evaluador, y en todas ellas habrá relaciones duales con diferencias de poder. Todas poseen intrínse- camente los riesgos particulares de las rela- ciones duales -todos los riesgos concemientes a posible explotación, miedos de explotación y demás, propios de la diferencia de poder da- da en tales relaciones. De nuevo, esto no lleva a la condenación ética de tales roles -aunque puede alertar en cuanto a algunos riesgos posibles. En cambio, esto proporciona aún más ejemplos de la absoluta vacuidad de la rela- ción dual como criterio ético. La abolición de "la relación dual" como criterio ético es muy importante, pero es sólo una parte de la tarea. Es únicamente la parte conceptual de la tarea. Queda pendiente la parte ética de deshacer y prevenir el gran daño que se ha hecho, y que puede ser hecho, como consecuencia de la popularidad de un principio tan vacío dentro de la ética. El daño es, en gran parte, resultado del hecho de que al aplicar como principio ético algo que es conceptualmente vacío y que es aplicado a
  • 4. 126 M.H. BICKHARD todo, todos los criterios reales para diferenciar aquello que se condena y aquello que no se condena son, inevitablemente, intuitivos, es- condidos tras el alegado principio y por tanto, no abiertos a una discusión racional. Las ra- zones reales, por ejemplo, por las que la terapia y las relaciones sexuales son condenadas o deben serio, y por las que las relaciones pro- fesor-evaluador, no lo son y no deben serio, no están disponibles para consideración ni discusión. Esto es, el daño patrocinado por el principio de relación dual no puede ser enten- dido sin reconocer primero que es solamente un principio particular y no un valor. La noción de que las relaciones duales son intrínseca- mente antiéticas es un principio conceptual puesto al servicio de ciertos valores. Es un intento de imposición de dichos valores, inven- tado precisamente con tal propósito; no tiene una fuerza moral por sí misma, pero parece que la adquiriera sólo por estar al servicio de tales valores, en virtud de su aplicabilidad como un sustituto de esos otros valores. En este caso, los valores relevantes históricamen- te son aquellos concernientes a la ética de la relación terapéutica. La noción de relación dual supuestamente proporciona un principio por el cual las relaciones antiéticas pueden ser de- finidas, distinguidas y sancionadas, y que sus- tituye a valores éticos subyacentes menos claros. Notemos que esta función de la noción es, de hecho, la única manera posible de introducida, ya que ella no diferencia -estric- tamente- ninguna relación de otra. Sin ios valores subyacentes en cuyo servicio el prin- cipio de relación dual supuestamente es apli- cado, no habria forma de diferenciar la rela- ción con la empleada del supemnercado de las relaciones sexuales en una situación de tera- pia. Lo contrario de esto, sin embargo, es que al ser vacia la noción de relación dual, puede ser aplicada al servicio de cualquier conjunto de valores. Aún más, su función de máscara como valor ético en sí misma opaca tanto la existencia como el contenido de los valores reales subyacentes a ella. Oscurece los valores al servicio de los cuales es aplicada -quizás incluso los oscurece para quienes la están aplicando!. Algo no gusta y parece malo y -muy segu- ramente- viola el principio de relación dual, por tanto es antiético y debe ser prohibido y sancionado en caso de violación. Esto, de por sí, ya es una situación extremadamente peli- grosa. Incluso en este nivel preliminar de análisis, encontramos que una consideración racional por parte del individuo y una discu- sión racional en la comunidad son inhibidas simplemente porque las cuestiones reales están escondidas. Cuando cuestiones genuínas son esquiva- das en favor de principios vacíos, se abre una amplia puerta para cometer abusos -tanto de manera intencional como no intencional. In- clusive para una persona bien intencionada es difícil escapar al efecto dañino del principio vacio de las relaciones duales sin que, de al- guna manera, ignore y evada las aseveracio- nes hechas a favor del mismo principio. Una vez que se le da algún crédito a dicho prin- cipio, es imposible pensar claramente o permi- tirte a alguien más hacerio, en cuestiones con- cernientes a las relaciones -después de todo, el principio siempre aplica y, por tanto, siem- pre habrá que darie crédito. El abuso enton- ces, intencional o no, se da cuando se usa el principio al servicio de valores que -si son examinados clara y justamente- serán, en el mejor de los casos, debatibles y en el peor, totalmente antiéticos. Tal examen y discusión abierta sin embargo, es precisamente lo que se ha excluido al aceptar una premisa de pen- samiento vacía. PATERNAUSMO Uno de los valores más pemiciosos en este campo, al servicio del cual se invoca con frecuencia el principio de relación dual, es aquel de cuidar a otros "por su propio bien". Este es un valor positivo prima fácil en cuanto hace alusión a la vigilancia hecha en favor del bienestar de los otros. Desafortunadamente, con frecuencia es una preocupación por el bienestar de otros en donde tal bienestar es definido, supervisado e impuesto por una per- sona o personas externas que asumen tal rol sin importar el conocimiento o consentimiento que aquellos protegidos tengan sobre el hecho de que se les está cuidando. Esto, usualmen- te. constituye una práctica de patemalismo. El patemalismo está entre los valores más peligrosos que constituyen vicios y excesos
  • 5. ÉTICA Y PSICOTERAPIA 127 morales. Es algo muy difícil de combatir, pues se basa en -así lo proclama- una rectitud moral que se hace "por el propio bien" de alguien. Es algo que es deshumanizante y minimizante. Que se plantea desde una asunción de supe- rioridad de un alguien que infantiliza a otro. Viola intrínsecamente los dere-chos de los adultos y perpetúa tal violación, ya que las victimas dejan de ser consideradas como seres humanos adultos, para pasar a ser protegidos por unos benefactores más sabios y conoce- dores que los primeros. En ciertas instancias, este paternalismo es apoyado por modelos de personalidad y psi- coterapia en donde los individuos, principal- mente los que son clientes, son concebidos como intrínsecamente regresivos e infantiles -al menos con relación a su terapeuta-, y condenados a permanecer así para siempre. El tratamiento dado a clientes o estudiantes - -o a razas o grupos étnicos o clases sociales, entre otros- como seres intrínsecamente in- fantiles, frágiles, regresivos, débiles, ingenuos e impotentes, es una forma de moralismo autoritario que pretende presentarse a sí mis- ma, y ante aquellos a quienes involucra, como caridad y sensibilidad moral. Se basa en la premisa de que se debe proteger a esos otros. Desafortunadamente, desde esta perspectiva, los "otros" son "cuidados" ya sea que quieran o no serlo -porque después de todo, desde un primer momento los juicios de aquellos a quienes se protege son asumidos como irre- levantes. En el mejor de los casos, esto sim- plemente perpetúa sentimientos personales de impotencia e inadecuación; en el peor de los casos, y más comúnmente, lesiona cualquier sentido de poder o legitimidad que los indivi- duos puedan haber tenido. Este moralismo autoritario divide en dos cualquier tipo de sociedad libre y excluye cualquier posibilidad de igualdad en una comunidad. Constituye una de las formas más extremas de elitismo ya que se basa en supuestos de diferencias in- trínsecas y permanentes, y porque permea todos los dominios de la vida -después de todo, los niños deben ser protegidos por su propio bien en todas las áreas de su vida. El paternalismo favorece directamente muchos excesos subsidiarios. Primero, anula explícitamente la distinción entre ética y vo- luntad: cuidar a infantes es protegerlos, aún en contra de su propia voluntad, para prevenir violaciones éticas. En el aspecto que estamos discutiendo, se da una violación flagrante del derectio fundamental a la intimidad que cual- quier adulto tiene. Entre los derechos de los ciudadanos adultos a la igualdad en sociedad, está el derecho a tomar las propias decisiones aun cuando los protectores autodesignados arguyan que se trata de decisiones equivoca- das. Sólo consideraciones serías, cuidadosas y racionalmente constituidas -y abiertamente debatidas- pueden justificar violaciones de este derecho. Tal debate abierto, por supuesto, no es patrocinado por principios éticos ofuscados y vacíos puestos al servicio de valo-res paternalistas encubiertos. Un segundo exceso moralista se deriva de la instancia paternalista y consiste en la abo- lición de cualquier distinción entre cuestiones éticas y de voluntad, por un lado, y cuestiones de intrusión legítima de interés por parte de una autoridad constituida -o no constituída- por otro. Ni la inmoralidad ni la falta de vo- luntad justifican per se la intrusión del estado, o de un "comité de examen" de psicólogos, o de la comunidad de psicólogos, en la vida privada de los adultos. Ciertamente las intru- siones son justificadas, pero no en virtud de la inmoralidad o la falta de juicio únicamente, pues se requieren muchas más condiciones para ello. El paternalismo, por supuesto, presu- pone la legitimidad de tal intrusión en cual- quiera y todos los casos en los que el pater- nalista siente que hay inmoralidad o falta de juicio involucrados. El paternalismo intrínse- camente excluye el derecho a la privacidad y a la autodeterminación en la "búsqueda de la felicidad" de aquel a quien se protege- al igual que se excluyen dichos derechos a los niños. Tanto en la naturaleza del paternalismo como en principios éticos vacíos, se excluyen, inherentemente, consideraciones sobre el dere- cho a la interferencia -o la falta de ese dere- cho- en la vida de los demás. Simplemente, nunca se considera. El patemalismo destruye la relevancia de las libertades individuales. Más aún, en una atmósfera paternalista nunca hay condiciones para discusiones abier- tas y racionales en las que -de acuerdo con un curso normal de los eventos- las opresio- nes y los problemas del paternalismo puedan ser cuestionados. Una discusión abierta y
  • 6. 128 M.H. BICKHARD racional, precisamente, requiere de respeto y legitimización de todos aquellos involucrados lo cual es desde el principio excluido, por la autoafirmación de poder y legitimidad que el paternalista se acredita. La perpetuación de actitudes y posturas paternalistas depende de hecho de evitar o suprinnir la pregunta "¿quién vigilará a los vigilantes?". El patemalismo anula toda discusión en la que surjan tales pregun- tas, negando la igualdad sobre la que dichas discusiones deben basarse. Un caso paradigmático de tal confusión paternalista es el de las relaciones de pareja establecidas entre profesores y alumnos. Cier- tamente, esto involucra un diferencial de poder por ser una relación dual con riesgos inminen- tes -incluyendo nesgas de explotación antiética o de intentos de explotación. Incluso, es algo que puede ser considerado improcedente. Pero ninguna de estas consideraciones -per se- justífica cualquier intrusión en la vida de los individuos involucrados. Sólo una presunción patemalista puede llevar a la conclusión de que tal intrusión es justificada y, en tal caso, con frecuencia se desconoce que los dere- chos de los estudiantes están siendo violados, que los estudiantes están siendo tratados como niños incompetentes a quienes se puede con- trolar y en cuyas vidas es posible involucrarse con el argumento de que se les está cuidando por su propio bien. Otro paradigma de relevancia es el de las relaciones terapéuticas entre profesores y alumnos. De nuevo, hay que tener en cuenta que hay riesgos potenciales, pero también, que es una cuestión que no concierne a nadie más que a los que están directamente involu- crados. Es aún más perjudicial la intrusión patemalista en la decisión del estudiante de si debe o no comenzar una relación terapéu- tica con un miembro de su profesorado, que los riesgos implícitos que tal relación pudiera tener. La actitud paternalista viola directamen- te la legitimidad y la integridad, e ignora la ma- durez de las personas objeto del paternalismo -lo cual es un perjuicio explícito para cualquier involucrado. La educación que se proporcione acerca de los riesgos posibles, los derechos de los demás -por ejemplo, guías y criterios de cau- tela- es el enfoque apropiado que se debe dar a estas cuestiones relativas a la autonomía de los individuos. El paternalismo, por el contra- rio, inhibe y viola desde el principio tal auto- nomía. Es un hecho, sin embargo, que existen muchos que quieren ser cuidados -que buscan el sentido de pertenencia, seguridad y cer- tidumbre de ser protegidos, y que, por tanto están listos a sacrificar sus propios derechos al igual que los derechos de los otros, al servicio de tal beneficio de refugio y protección. Se trata de aquellos que, en otras palabras, inten- tan permanecer niños y evadir las responsabili- dades adultas. Y, aunque esta postura presu- me evidentemente un nivel inferior al del ser humano adulto, el costo y el insulto de ser objeto de paternalismo no se sienten con la misma fuerza. Es un autoengaño existencial en que se incurre para evitar tomar las propias decisiones y cometer los propios errores, que resulta bastante dramático. Pero sin importar qué tan dramático, ni qué tan fuerte y qué tanto sentido tenga ese deseo de evadir la responsabilidad adulta, no puede erigirse como un juicio ético para acogerse o defenderse de otras personas. En ningún terreno es válido como criterio para imponer como obligación ética que haya algunos que deseen someterse al paternalismo. La noción de relación dual, por supuesto, está diseñada idealmente al servicio de tales actitudes y valores paternalistas. Son actitu- des que, de hecho, parecen haber sido útiles en la constitución inicial del principio vacío del que hablamos: la noción de relación dual da la apariencia de una preocupación por el miembro más débil en una relación en la que hay un diferencial de poder involucrado. Pero debido al hecho de que se trata de un principio vacío, es una noción que da vía libre al paternalismo encubierto -o cualquier otro va- lor conveniente que sea enmarcable dentro del marco de la relación dual. Otra palabra muy sonada, invocada al servi- cio de tales valores, es la de "profesionalismo". Como un principio moral o ético per se, pro- fesionalismo es una palabra ambigua -consi- deremos la noción de profesionalismo aplica- da a los guardias de los campos de concentra- ción. Claramente, la palabra puede ser invo- cada al servicio de otros valores, los cuales deben ser explícitos, defendibles y abiertos a debate por derecho propio. Pero argüir
  • 7. ÉTICA Y PSICOTERAPIA 129 "profesionalismo" no es una forma legítima de cerrar el debate. Se ha insinuado que a mayor poder y conocimiento en un profesional a cargo de una relación con un cliente, hay mayor res- ponsabilidad de su parte que de parte del cliente en el sostenimiento de tal relación. Esto es probablemente correcto y digno de ser enfatizado. Pero también se dice que una re- lación profesor-alumno es una relación profe- sional-cliente al igual que lo es la de terapeu- ta-paciente. Y esta noción es potencialmente atractiva, pero ciertamente más debatible, sin ser establecida de manera a príori. En parti- cular, depende profundamente de caracteriza- ciones más específicas de lo que es "pro- fesionalismo" -y de la resolución de la ambi- güedad del concepto de profesionalismo. Desafortunadamente, una perspectiva muy común dlB la relación profesional-cliente se construye sobre la base de que el profesional ejerce un conocimiento superior y está más habilitado que su cliente para decidir sobre "el propio bien" de este último. Esto constituye una construcción trágica para casi todas las instancias que involucran profesionalismo -y, ciertamente, es igualmente trágica en la rela- ción terapeuta-cliente y en la de profesor-alum- no-. Constituye una postura fundamentalmen- te patemalista hacia el cliente o el estudiante. El "cliente", según esta perspectiva, ha per- dido su derecho a tomar sus propias decisio- nes y ha sido infantilizado. En terapia, esto es algo que perjudica el autonrespeto y la legitimi- dad del cliente; en la educación, atenta contra el autorrespeto y la legitimidad del estudiante. En la educación, esta visión de profesio- nalismo operando al servicio del cliente tam- bién reduce las funciones de los miembros del profesorado a una labor meramente instru- mental y limitada -lo que es una visión bas- tante pobre de la educación-. Se pierde la riqueza y la fascinación del cuestionamiento, el reto, el descubrimiento, la crítica, la falsea- biíidad, el mejoramiento y todos los otros aspectos vitales de la educación genuina. Se pierden todos los valores esenciales del cono- cimiento y de la búsqueda de éste. En la medida en que lo "profesional" es tomado como algo que implica algo que se hace sobre el cliente, más que con el cliente, el aplicario a la educación es algo insultante. Si, por ejem- plo, lo "profesional" acarrea connotaciones de guía a lo largo de un excitante y arriesgado camino en donde la exploración se hace con- juntamente, entonces las inquietudes mencio- nadas no surgen y -en la misma medida- el paternalismo no se ejerce. Se ha sostenido, sin embargo, que la per- sona responsable en la relación (profesional) profesor-estudiante es el profesor. Y esto es bastante escandaloso. Tai responsabilidad sería apenas defendible como una postura hacia los niños -los niños también pueden ser objeto de paternalismo, de condescendencia y también de deshumanización, lo que de hecho, se encuentra como uno de los daños más comu- nes proferidos en la infancia-; pero pretender que esta postura de responsabilidad sea asu- mida con los estudiantes es paternalismo en su forma más peligrosa. Es algo que nominal- mente se hace por el bien del estudiante, pero que de hecho lo despoja de sus derechos a la privacidad, a tomar decisiones libres y a someterse al poder legítimo que hay en una relación profesor-estudiante. Es un manejo directo y equívoco del poder sobre el estu- diante, tsajo la apariencia de algo que se hace 'por su bien'. Un estudiante, como cualquier otra persona, debe estar alerta ante cualquiera que venga a haceríe el bien. Thoreau sugiere que la respuesta apropiada en un caso así sería la de "correr para salvar la propia vida". Una manifestación contemporánea de la actitud paternalista, generalizada a nivel institucional, es la propuesta de juzgar como oficialmente antiética, cualquier relación sexual entre un terapeuta y cualquier persona que alguna vez haya sido su cliente en cualquier momento del pasado. Aquí el supuesto del paternalismo y la noción de relación dual van de la mano: prohibir una relación entre un terapeuta y alguien que anteriormente fue su cliente, únicamente sobre la base del principio de relación dual, implica correr el riesgo de exponer cualquier otro tipo de relación a la misma vacuidad peligrosa que la aplicación de dicho principio supone. Lo que hace falta es una instancia en la que el concepto de relación dual pueda ser aplicado en fomna parecida al paradigma del paralelo terapia- relación sexual y. por consiguiente, continúe confundiendo con su vacuidad fundamental. En este punto, el paternalismo básico infan-
  • 8. 130 M.H. BICKHARD tilizante viene al rescate: una vez que se ha sido cliente, se seguirá siendo cliente -por tanto, siempre requerirá ser cuidado por una institu- ción o por benefactores externos- a pesar, e incluso a costa, del conocimiento, el consen- timiento, la petición del individuo o cualquier otro aspecto incompatible con la, por defini- ción, persona incompetente que se supone que es. Esta persona tan patética, con razón necesitará ser cuidada por benefactores exter- nos y protegida contra explotadores potencia- les con quienes tenga relaciones de poder diferenciales. Más aún, cualquier persona así de infantil, necesariamente estará en una seria diferencia de poder en la relación con su ex- terapeuta -por esto la supuesta necesidad de ser protegida y así, la aplicabilidad del prin- cipio de relación dual-. Es decir que, la infantilización del cliente, que es inherente a una actitud paternalista general, sirve como terreno para demostrar la supuesta aplica- bilidad del principio de relación dual al servicio de tal patemalismo. Los niños, después de todo, son el paradigma de las personas que necesitan ser cuidadas -por su propio bien e incluso si se requiere, a costa de sus propios deseos-. Si alguno de los supuestos de esta desagradable cadena de razonamientos y motivaciones fuera cierto -si la terapia siem- pre sometiera inherentemente a los pacientes a ser menos adultos- entonces la terapia debería ser prohibida por constituir un azote para la humanidad. Se ha sugerido que un motivo para la propuesta de "una vez que se es cliente, se es cliente por siempre" es el asegurar que los terapeutas no terminen una relación terapéu- tica en favor de una eventual relación sexual con sus clientes. Esto es, según esta sugeren- cia, que el intento no debe ser mantener o presumir que los ex-clientes son intnnseca- mente infantiles y que permanentemente ne- cesitan ser cuidados, sino más bien, proteger- los de influencias explotadoras indebidas por parte de los terapeutas en el contexto de una relación terapéutica -una influencia indebida por parte del terapeuta durante la terapia podria producir una explotación antiética de la rela- ción en favor de una relación sexual que técnicamente se comenzaría después de ter- minada la relación terapéutica-. En otras pa- labras, puede haber un tecnicismo invo-lucra- do en la prohibición de terapia-relación sexual en donde pudieran propiciarse relaciones de explotación, con los terapeutas salvándose de ser caracterizados y sancionados por ello, sólo por el hecho de que la relación terapéutica estuviera técnicamente terminada. La expre- sión "una vez que se es cliente, se es cliente por siempre" ciertamente da lugar al sancionamiento oficial de explotaciones de ese estilo. La insinuación de esta afirmación, por supuesto, es la de que el principio de "una vez cliente, se es cliente por siempre", no sería tomado en serio y, portante, no sería aplicado en situaciones en donde no pudiera hablarse de explotación de la relación terapéutica ori- ginal. En otras palabras, la premisa se adop- taria como tal, como una forma general de otorgar poderes rápidos a quienes censuran bajo el supuesto de que los usarían únicamen- te para causas justas. Una simple prohibición ética hecha oficial- mente por la APA en contra de un respiro por parte del terapeuta, lograría el mismo objetivo sin tanto ofuscamiento. Podríamos confiar a los comités de ética la aplicación de este principio solamente en casos real y claramen- te antiéticos -fueran los que fueran- y todos "dormiríamos tranquilos" sabiendo que tales problemas se evitarían. La racionalidad para el principio "una vez cliente, siempre cliente", es absurda en el más peligroso aunque inge- nuo de los extremos. Oscurece totalmente cualesquiera que sean los principios de aplica- bilidad que se intenten, pues por ser un princi- pio arbitrario y vacío, puede distorsionarse ampliamente con el tiempo, con interpretacio- nes y reinterpretaciones, políticas, gustos, disgustos y caprichos personales y todas las inevitables influencias de ese estilo. La vacui- dad del principio de relación dual se recrea aquí simple y, al menos parcialmente, con base en el supuesto de que no todas las ins- tancias del principio deben ser o, de hecho, serán sancionadas. La fe ingenua en que tan arbitrario poder será siempre ejercido "por el bien" de otros es aterrador. No lo es, de hecho, si usted se asu- me a sí mismo como parte de aquellos que aplican los principios por el bien de unos u otros, pero sí si se coloca en el paquete de los que están siendo protegidos o sancionados por violar el principio. Es decir, no es aterrador
  • 9. ÉTICA Y PSICOTERAPIA 131 mientras usted se asuma como parte de la élite de los verdaderos adultos, que tienen fervor y afición moral, santurronería y humil- dad propia y sentimiento del deber de cuidar a todos aquellos patéticos y pobres indefensos infantes -los ex-clientes- del mundo. Estoy usando un fuerte sarcasmo en estas palabras. Algunos con seguridad sentirán que estoy siendo desmesuradamente fuerte -que, incluso si el análisis es correcto, las posicio- nes criticadas son tomadas de buena fe y, en el peor de los casos, son errores bien inten- cionados por parte de los involucrados. Este argumento se fundamenta en el supuesto de que las buenas intenciones presumiblemente involucradas dejan los crímenes cometidos, si los hay, moralmente no viables. Como res- puesta, yo cito la renombrada banalidad de la maldad. Mucha maldad, de hecho, se basa en serias buenas intenciones mal guiadas, y son perpetradas y ejecutadas por funcionarios banales. La Inquisición y Adolf Eichmannn son ejemplos pragmáticos de "buenas intenciones" y banalidad. Mi argumento es, precisamente, que la total vacuidad de principios tales como el de las relaciones duales, y el rampante patemalismo oculto que implica, han estimu- lado y perpetrado daños y perjuicios -daños y perjuicios moralmente reprensibles-. Estas ac- titudes y orientaciones en el terreno son fuen- te peligrosa de maldad oficial y semi-oficial. En el más abstracto, pero quizás más im- portante de los niveles, los principios vacíos que meramente sirven para ocultar las bases reales de una decisión, no pueden ser útiles sino inhibidores de una exploración y debate racional de la ética involucrada -en cualquier relación en cuestión. Esto es una profunda y seria supresión de los derechos de la sociedad civil, y un entrenamiento profundamente pe- ligroso para los estudiantes en cuanto a que acepten irracionalmente los edictos y la auto- ridad. Es un entrenamiento para el vivir -al menos para el vivir profesional- en términos de dogma, no en términos de deliberación racional y crítica. Un dogma, sin embargo, es siempre perjudicial, y su promulgación es in- trínsecamente antiética. Aún más directamente, los casos para- digmáticos sobre los que se han construido éstos principios -relaciones explotadoras entre terapeutas y clientes- envuelven fuertes y justifícadas emociones. Sin embargo, sin la clarificación de un discurso abierto, crítico y racional, la intensidad de dichas emociones es aplicada, además, sobre cualquiera que cues- tione o tenga dudas acerca de dichos princi- pios vacíos. El resultado aquí no es simple- mente una inhibición de la discusión racional en virtud del hecho de que los principios rea- les y los valores involucrados están ocultos, sino la supresión explícita de la discusión por intimidación emocional o culpabilizante ~la intimidación por la intensidad de la reacción emocional ante una crítica o duda sobre di- chos principios vacíos es sentida como una de- fensa de o excusa para la explotación sexual. Es la intimidación por medio de la culpa de quienes critican o dudan de dichos principios acusándoles de estar defendiendo o excusan- do algo en beneficio de los derechos de los intrínsecamente machos rapaces. Esta inti- midación impone serias violaciones básicas de respetuo mutuo y discusión abierta. Esta intensidad, de hecho, puede ser mitigada me- diante proteccionismo hacia el individuo que está cuestionando o dudando -él o ella es ignorante o simplemente está equivocado y por ello necesita ser guiado hacia el camino correcto del pensamiento y los valores. Este paternalismo es aún más sutil que la conde- nación directa, porque combina la confusión conceptual de principios vacíos con la confu- sión moral de actitudes paternalistas. Hay aún otro nivel de evolución en lo perju- dicial de este "cáncer". La santurronería que es inherente a la actitud patemalista, junto con la intensidad emocional de las cuestiones éticas paradigmáticas, más la vacuidad conceptual y la supresión de racionalidad inherente en los supuestos principios éticos, y el autoritarismo intrínseco con el que dichas posiciones son presentadas, se combinan para producir una atmósfera social de moralidad excesiva, faná- tica e irracional. La consecuencia directa es una vigilancia chismosa, maliciosa, odiosa e hiriente entre aquellos atrapados en el dogma prevaleciente. En esto, no solamente hay con- sideraciones reales escondidas, y no solamente se enseña la condescendencia del paterna- lismo, sino que se promueve la tragedia ética de mojigateria fanática en las masas.
  • 10. 132 M.H. BICKHARD UN PRINCIPIO ETICO ALTERNATIVO No he criticado, ni criticaré, la intuición básica de que una mezcla de terapia y rela- ción sexual es algo intrínsecamente antiético. Desafortunadamente, cuando intuiciones váli- das como ésta son fundadas en principios vacíos como el de las relaciones duales, la de- nuncia de tal vacuidad deja la intuición subya- cente carente de una verdadera racionalidad. Esto, en sí mismo, es peligroso: cualquier reconocimiento de tal vacuidad amenaza el soporte y la fuerza de una conclusión ética. Yo quiero ofrecer, para consideración, un principio ético alternativo que apoye dicha in- tuición. Es un principio que es intrínseco a la naturaleza de lo que es una relación terapéu- tica. Es decir, yo resalto la inherencia de una naturaleza ética que hay en la relación tera- péutica per se, y no en un principio ético aplicable a la relación terapéutica. Si esto es válido, entonces este principio es mucho más fuerte y convincente que la aplicación del principio vacío de las relaciones duales. Consideremos primero la pregunta de si una relación sexual puede o no ser también una relación terapéutica. La respuesta, espe- ro, es "sí". Si no, la vida de matrimonio estaría en serios problemas. Pero esto da lugar a la siguiente pregunta acerca de qué diferencia existe entre relación terapéutica -característi- ca que una relación sexual también puede tener- y una relación de terapia. En una relación terapéutica, entre otras cosas, se alcanza un propósito o función tera- péutica. Una relación de terapia es una rela- ción contractualmente obligada a maximizar la función terapéutica. Es precisamente dicha obli- gación lo que para mí constituye una relación como relación de terapia, y no como otro tipo de relación. Dentro de las características más impor- tantes de una relación de terapia al servicio de tal obligación están las limitaciones intrín- secas que tiene. Es decir, las limitaciones relativas a las condiciones definidas de com- promiso, tiempo y reducción de asuntos per- sonales entre el terapeuta y el cliente, como una forma de proteger la habilidad de ambos, terapeuta y cliente, para explorar las cuestio- nes del cliente con mínimas intrusiones y distorsiones de aspectos externos no relacio- nados. Estos asuntos externos nunca pueden ser enteramente eliminados, pero, entre las obligaciones fundamentales del terapeuta, está la de minimizar sus intrusiones. Contrariamente, es una violación ética y contractual de la relación de terapia permitir -y ciertamente promover o dar lugar a- la intrusión de dichos aspectos extemos en el ámbito de la relación de terapia. Esta viola- ción de los límites de la relación de terapia efectivamente la destruye como tal. Destruye la protección involucrada en la obligación de minimizar tales irrupciones, porque los asun- tos externos se involucran. La protección sólo funciona como una ayuda, un soporte para la confianza y seguridad del cliente -y del tera- peuta- de que tales asuntos extemos serán minimizados y por tanto, no tendrán que ser tomados en cuenta. La confianza y la segu- ridad son irremediablemente destruidas, es decir, su obligación es irremediablemente vio- lada, con la intrusión de asuntos sexuales. Esta obligación de minimizar asuntos ex- ternos ajenos a la terapia, es independiente de cualquier forma, explotadora o no, en que dichas cuestiones puedan involucrarse. Un terapeuta, como terapeuta, tiene la obligación intrínseca de minimizar cualquier intrusión, sin importar la manera en que se presenten. Una intrusión ejercida en forma explotadora cons- tituye una violación ética adicional ala intrusión en sí misma. La explotación, en cualquier relación -tera- pia-cliente, profesor-alumno o cualquier otra- es en sí misma e intrínsicamente antiética. Nada en este análisis debe ser tomado como que se está descontando o minimizando la importancia o validez de tales consideracio- nes y principios éticos adicionales. Lo que yo estoy proponiendo, además del rango amplio de consideraciones éticas que puede ser aplicado a la relación de terapia, es un prin- cipio ético que es inherente y especifico de la relación de terapia per se (Bickhard, 1989). Notemos que este principio conlleva un sentido intrínseco por el cual el paralelo tera- pia-relación sexual es antiético -con la posible excepción de las relaciones sexuales sub- rrogadas, en las cuales la sexualidad hace parte del contrato desde el principio. La volun- tad o eficacia de tales relaciones sexuales subrrogadas -o su carencia- no es abordada por tales consideraciones.
  • 11. ÉTICA Y PSICOTERAPIA 133 Es importante enfatizar que la obligación es minimizar los asuntos externos, mas no asegurar su ausencia. Estos no pueden ser evi- tados del todo, y algunas relaciones los inclui- rán más que otras. Ejemplos incluyen las obli- gaciones éticas y legales de advertir a otros sobre peligros potenciales, o las relaciones de terapia entre individuos que ya tienen una o más relaciones. La obligación ética involu- crada es la de minimizar, no eliminar, la in- trusión de cuestiones extemas. Esto incluye una obligación de informar y educar a los indivi- duos en lo concemiente a los riesgos poten- ciales involucrados en tales relaciones. Esto, para mi, es la perspectiva ética correcta en caso de relaciones de terapia entre individuos que ya se conocen -como en sectores de provincia o comunidades pequeñas- o entre profesores y estudiantes. No es propio -de tiectio, es paternalista y dañino- prohibir aes relaciones de terapia. El principio que yo ofrezco, entonces, no apoya todas las instancias que uno desearía cubrir bajo el principio de relaciones duales. Sugiero, sin embargo, que aquellas instancias excluidas no son necesariamente antiéticas. Claramente pueden ser antiéticas -cualquier relación puede serio-, pero el principio de relación dual tía sido usado como si fuera algo inherente e inevitablemente antiético, y eso es inaceptable. No se puede juzgar válidamente como antiético algo cuya base está en un principio vacío de relación dual, o sobre cual- quier otro de sus valores paternalistas de base. Como mínimo, cualquiera de aquellos argu- mentos de violaciones éticas requiere un ree- xamen cuidadoso de sus bases a la luz de las consideraciones presentadas aquí. CONCLUSIÓN La intuición central y paradigmática del paralelo terapia-relación sexual como algo an- tiético es, para mí, correcta. Desafortunada- mente, se la ha basado en principios y valores que son vacíos, confusos, paternalistas y dañinos. El patemalismo, en particular, es des- humanizante así se trate de clientes, ex-clien- tes, estudiantes u otros -incluidos niños. Este complejo de actitudes, valores y falta de ló- gica debe ser confrontado. Aún más, desafor- tunadamente uno de los daños causados por este complejo es precisamente la inhibición, la represión y el castigo infringidos a quienes se atreven a cuestionarios -la abolición de la razón, la crítica y la discusión. Una vez confrontada, sin embargo, la in- tuición básica concerniente al paralelo terapia- relación sexual aparentemente queda sin un soporte racional. Yo ofrezco un soporte racio- nal alternativo para esta intuición, que es mucho más fuerte, y mucho más intrínseco a la naturaleza de la terapia per se, que los estándares racionales. Es en efecto, "una simple" explicación de un aspecto de la rela- ción de terapia, que es el de su carácter in- trínsecamente ético. Más importante aún es mi deseo de esti- mular la discusión critica y racional de tales cuestiones y la creación de una atmósfera facilitadora de tal discusión. De otra manera, la consecuencia más insidiosa de las cuestio- nes "éticas" dominantes en este campo es un autoritarismo paternalista y la resultante su- presión -algunas veces, viciosa- del debate racional de tales cuestiones en sí mismas. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Bickhard, M.H. (1989). Ethical psychotherapy and psychotherapy as ethics: A response to Perrez. New Ideas in Psychiology, 7(2), 159-164. NOTAS ' Traducción de Sonia Jiménez Suárez