CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
20153110483841
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MEMORANDO
F-OAP-021-MEM- V04
*20153110483841*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20153110483841
Fecha: 5/14/20151:38:57 PM
Bogotá, D.C., 14 de mayo de 2015
PARA:
DE:
ASUNTO:
Grupo de Participación Ciudadana e Innovación Social
servicioalciudadano@dps.gov.co
Coordinadora nacional programa Más Familias en Acción
Pregunta Urna de Cristal.
Quisiera saber si una persona discapacitada, sin ningún ingreso, pudiera recibir
beneficio de familias en acción?
El Programa Más Familias en Acción, opera de conformidad con la Ley 1532 de junio 07 de 2012,
"por medio de la cual se adoptan unas medidas de política y se regula el funcionamiento del
programa Familias en Acción", el cual "consiste en la entrega, condicionada y periódica de una
transferencia monetaria directa para complementar el ingreso y mejorar la salud y, educación de los
menores de 18 años de las familias que se encuentran en condición de pobreza, y vulnerabilidad" con
el objetivo de "contribuir a la superación y prevención de la pobreza y la formación de capital humano,
mediante el apoyo monetario directo a la familia beneficiaria"l
Según la ley, serán beneficiarios de los subsidios condicionados de Familias en Acción:
i) Las familias en situación de pobreza, de acuerdo con los criterios establecidos por el Gobierno
Nacional a través del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
ii) Las familias en situación de desplazamiento;
¡¡i) Las familias indígenas en situación de pobreza de acuerdo con los procedimientos de consulta
previa y focalización establecidos por el programa y además las familias afrodescendientes en
pobreza extrema de acuerdo con el instrumento validado para tal efecto.
En cumplimiento del parágrafo 40
del articulo 10 de la citada ley donde dice que "El Gobierno
Nacional evaluará y/o diseñará una estrategia para la inclusión dentro del subsidio de las familias en
acción a las familias con miembros discapacitados", mediante resolución 03438 del 17 de diciembre
de 2014, " Por la cual se realizan ajustes razonables para la entrega de la transferencia monetaria
condicionada en educación del programa Más Familias en Acción para los niños, niñas y
adolescentes con discapacidad escolarizados", el DPS resolvió:
"i) Exceptuar del techo máximo de tres (03) beneficiarios por familia contemplado por el
programa en el incentivo de educación, a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, a
quienes en adelante se les garantizará su cupo de manera independiente.
ii) Son beneficiarios, los niños, niñas y adolescentes inscritos en el Registro de Localización y
Caracterización de la Población con Discapacidad-RLCPCD del Ministerio de Salud y
Protección Social e identificados con discapacidad en el Sistema de Matricula Estudiantil de
Educación Básica y Media -SIMAT, con edades superiores a 5 años e inferiores a los 18, según
1 Ley 1532 de junio 07 de 2012
MÁS FAMILIAS EN ACCION
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Fecha: 5/14/2015 1:38:57 PM
lo reglamentado por el programa, que se encuentren vinculados al sistema escolar desde el
grado transición hasta el grado once, y sean miembros de las familias participantes en el
Programa Más Familias en Acción.
iii) La entrega de la transferencia monetaria para educación estará condicionada a la
verificación del cumplimiento de compromisos de corresponsabilidad por parte de los niños,
niñas y adolescentes con discapacidad y sus familias. Todo el ciclo operativo y los valores de
las transferencias corresponderán a los establecidos en el Manual Operativo vigente.,,2
En conclusión, una persona adulta en condición de discapacidad no es objeto de transferencias
monetarias condicionadas - TMC del programa Más Familias en Acción por su condición de
discapacidad, puesto que la ley define que la TMC es para complementar el ingreso y mejorar la
salud y educación de los menores de 18 años de las familias que se encuentran en condición de
pobreza y vulnerabilidad.
Por lo anterior, el programa hizo ajustes para hacer efectiva la entrega de TMC a los Niños, Niñas y
Adolescentes - NNA con discapacidad que se encuentren escolarizados y hacen parte de familias
inscritas.
Atentamente,
kú-- c:raL« ~
ANA CECILIA TAMAYO OSaRIO I -
Va. Bo. Rocio Macarena
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7 ,RuthC/RoGÍoM
"'(V.
2 Resolución 03438 de 17 de diciembre de 2014
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