Proposición que presenta el Grupo Municipal de UPyD en Getafe sobre la modificación del tipo de gravamen en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para lograr una congelación de la cuota del recibo respecto a 2012
LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
Proposición sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles
1. PROPOSICIÓN
GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA (UPyD)
SOBRE EL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES
A propuesta del Grupo Municipal de UPyD, en las Ordenanzas Fiscales para 2012 se establecía un tipo de
gravamen en el Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana residenciales del 0,478, más
reducido que el vigente durante 2011, con la finalidad de lograr una congelación efectiva de la cuota de
dicho impuesto. Era la forma de neutralizar el inevitable aumento en torno al 10 % en la base liquidable
que viene impuesta por la revisión catastral efectuada en 2008, que el Ayuntamiento debe aplicar
gradualmente hasta 2018.
El Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
tributaria y financiera para la corrección del déficit público frustró en parte la aplicación de la medida
aprobada en el Pleno pues, a tenor de su artículo 8.1.c solo era aplicable a los inmuebles que
pertenecieran a la mitad con menor valor catastral de los del municipio, estando la mitad con mayor
valor catastral sujeta al aumento previsto en el Real Decreto-Ley y sus normas de desarrollo. Dado que
estas medidas del Gobierno tienen efectos para los periodos impositivos de 2012 y 2013, de cara al
próximo ejercicio, si no se produce una modificación legal, las cuotas se verán incrementadas en un 10
por ciento, sin posibilidad de modificación, a resultas del incremento en la base liquidable, para los
inmuebles que pertenezcan a la mitad con mayor valor catastral. Entendemos que sí sería de aplicación,
en cambio, una modificación en el tipo de gravamen para los de la mitad con menor valor.
Las medidas urgentes adoptadas por el Gobierno mediante el citado decreto-ley se justifican en el
preámbulo del mismo por el desequilibrio presupuestario en el conjunto de las Administraciones
Públicas. Por lo que respecta a los ayuntamientos, la disparidad de situaciones que se aprecian en este
aspecto entre unos y otros, tendría que haberse reflejado en una diferenciación a la hora de anular la
potestad que la LRHL nos otorga para fijar el tipo de gravamen del IBI. Sin embargo, se ha optado por
una medida indiscriminada que debemos aplicar tanto los municipios que no nos encontramos con
dificultades para cumplir los compromisos de pago, como es el caso de Getafe, como los que sí están en
esta situación.
Por lo expuesto, el Grupo Municipal de UPyD propone al Pleno de la Corporación la adopción del
siguiente acuerdo:
- Instar al Gobierno de la nación a modificar el Real Decreto-Ley, de 30 de diciembre, en el sentido de
excluir de esta imposición sobre el tipo de gravamen del IBI a los municipios que, por su buena
situación financiera, estén asumiendo sus obligaciones de pago y no hayan tenido que acogerse al
“mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales y con el real
decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el fondo para la financiación de pagos a
proveedores”.
2. - Instar al Gobierno Municipal a establecer en la redacción de la Ordenanza Fiscal correspondiente al
IBI un tipo de gravamen del 0,430 en el Impuesto de Bienes Inmuebles de carácter residencial para
aquellos inmuebles a los que, de acuerdo a las normas vigentes, pueda ser aplicable la reducción.
Getafe, 19 de septiembre de 2012
Fdo.: Esperanza Fernández Acedo
Concejal portavoz del Grupo Municipal de UPyD