El acta es un documento escrito que registra los temas tratados y acuerdos adoptados en una reunión para certificar lo ocurrido y validar lo acordado. Algunos tipos comunes de actas incluyen actas de nacimiento, matrimonio, defunción, divorcio, constitutivas y administrativas.
1. ACTA
El acta de una reunión es el documento escrito que registra los temas tratados y
los acuerdos adoptados en una determinada reunión, con la finalidad de certificar lo acontecido y
dar validez a lo acordado. El tipo de organismos que celebra estas reuniones de las que se
levantará acta puede ser muy diverso, desde una asamblea parlamentaria, una institución pública
o privada, una asociación o una comunidad de vecinos. Todas estas reuniones han debido ser
debidamente convocadas, por escrito y con la antelación adecuada, mediante un documento,
dirigido a todos los posibles asistentes, en el que f igurará el orden del día de la reunión.
Aunque pueden ser documentos independientes, las actas casi siempre están recogidas en
un libro de actas, debidamente diligenciado y cuyas páginas están numeradas.
Hay ciertas reuniones u otras cosas cuyas actas tienen un formato diferente y específico como
las actas que registran las aportaciones realizadas por los ponentes ycomunicantes en una reunión
científica, o los documentos que certifican ciertos datos de interés que son oficializados en dicha
reunión, como las actas de evaluación, que van firmadas por todos los participantes.
El acta u acta da una visión general de la estructura de la reunión, a partir de una lista de los
asistentes, una relación de las diversas cuestiones planteadas por las personas convocantes de la
reunión (presidente, director) o por los participantes, y cada una de sus correspondientes
respuestas. Los elementos que figuran en las actas son sobre todo las decisiones y acuerdos
adoptados, como nombramientos, ceses, aprobación de estados contables, presupuestos o
proyectos, modificación de estatutos, planes de actuación, etc.1
El acta es un documento que ha sido redactado para constatar lo acordado o tratado en una
reunión entre particulares, entre dos o más autoridades o entre una autoridad y un particular.
Existe una infinidad de actas pero las más comunes e importantes son las siguientes:
ACTA DE NACIMIENTO: Es un acta redactada por una autoridad competente en el caso de México
es expedida por un Juez de Registro Civil con el fin de identificar a un ciudadano mexicano;
comúnmente se expide a recién nacidos aunque también puede expedirse a adultos de cualquier
edad y ahí se exponen datos como el nombre del ciudadano, lugar y fecha de su nacimiento; el
nombre y domicilio de sus padres, etc. Esta acta es el documento de identidad más esencial de
todos los mexicanos y por lo tanto es requisito indispensable para la gran mayoría de trámites
ante instituciones del estado.
ACTA DE MATRIMONIO: Es un acta expedida por un Juez de Registro Civil durante un acto legal en
el que dos personas contraen nupcias y celebran un contrato matrimonial. Aunque es un
documento oficial esta acta no necesariamente debe ser redactada en una oficina gubernamental
sino que puede ser gestionada en un acto privado llevado a cabo por los interesados en cualquier
2. lugar. En este documento se suscribe el nombre de las personas que contraerán matrimonio así
como el resto de sus datos generales y además se anexa un contrato matrimonial cuando lo hay.
Dado que es un documento de validez jurídica las personas que han suscrito matrimonio no
pueden volver a casarse sin antes pasar por un trámite de divorcio igualmente validado por una
autoridad competente.
ACTA DE DEFUNCIÓN: Es un acta suscrita y validada por un Juez de Registro Civil, en el caso de
México, que tiene por objeto dar fe del fallecimiento de una persona. En este documento se
escribe el nombre del fallecido, sus datos generales así como también las causas de su muerte.
Debido a que es un documento oficial esta acta es necesaria para el caso de litigios u otros
procedimientos penales que lleven al cabo los deudos tales como reclamación de herencia, cobro
de seguros de vida, etc.
ACTA DE DIVORCIO: Se le llama acta de divorcio a la resolución por parte de un juez competente
que determina que una pareja está divorciada o que da por concluido su contrato matrimonial
aunque también se le da el nombre de acta de divorcio al acta de matrimonio con un adenda que
especifica dicha resolución.
ACTA ADMINISTRATIVA: Es un documento laboral que se suscribe luego de que un trabajador
comete una infracción al reglamento interno de la empresa o bien incumpla alguna cláusula del
contrato. Dicha acta no se suscribe frente a ninguna autoridad pero contiene la versión que será
considerada oficial de los hechos en caso de que tal infracción devenga un juicio laboral
posteriormente.
ACTA CONSTITUTIVA: Es un acta que se suscribe frente a la autoridad competente para señalar la
constitución de cualquier empresa. En esta acta se expone de forma detallada los alcances de la
empresa, actividades principales, como estará constituida su dirección, de cuánto capital dispone,
si habrá accionistas y en qué proporción, etc.
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