2. DERECHO
ADMINISTRATIVO
Se define como el vinculo que une a dos o mas
individuos, respecto a determinados bienes o
intereses, que enlaza elementos del ordenamiento
jurídico y que produce efectos jurídicos".
RELACION JURIDICA
3. Es la situación de ligamen entre la Administración
Pública, de un lado, y el individuo, del otro, estando
regulada tal relación por normas jurídicas de
carácter administrativo. Constituye el núcleo
fundamental del Derecho administrativo. Surge
naturalmente en la vida social organizada,
Relación jurídica
administrativa
4. ESTRUCTURA DE LA RELACIÓN
JURÍDICO ADMINISTRATIVA
SUJETOS:
son individuos individuos que se relacionan
- Se determinan en dos posiciones
Una de poder, en la que se otorgan unos derechos al
sujeto activo que le legitiman para reclamar una conducta
determinada a favor del cumplimiento de sus derechos,
5. - Derechos subjetivos: facultades sobre la exigencia de ciertas
conductas o sobre una cosa en beneficio particular.
- Potestades: autoriza a una persona para que la patria potestad
de los padres sobre sus hijos menores de edad actúe en interés
de la parte sometida.
- Derechos potestativos: por voluntad unilateral la relación se
puede ver alterada, modificada o destruida (celebrar/anular un
contrato, modificar.
- Representante: actúa por cuenta y en nombre de otras
personas.
6. Una posición de deber, la obligación o subordinación por
el cumplimiento de los derechos del sujeto activo.
◦ Objeto: parte de la realidad social limitada por la
relación, concretada en los intereses y bienes, ya
especificados en una clasificación anterior.
◦ Contenido: conjunto de derechos y deberes que se
reparten entre los sujetos activos y pasivos.
7. RELACIONES JURIDICAS
ADMINISTRATIVAS
1) De regulación : se exteriorizan mediante las normas
jurídicas administrativas
2) De organización : se refiere a las distintas formas de
organización que asume el estado para el
cumplimiento de sus funciones
3) De Prestación : se refiere a las distintas actuaciones
del estado como prestador de servicios publicos, de
forma directa o indirecta
8. 4) De Limitación : se refiere a ala limitación de 2 derechos
subjetivos de los administrados que es propio de la
función administrativa.
5) De Fiscalización : se refiere a las relaciones de control
de concesionarios de servicios públicos.
6) De Protección : de derechos de los administrados
9. CONCLUSIÓN
La relación jurídica administrativa es expresión de una relación
de justicia distributiva, en cuanto la virtud de la justicia que la
rige es la distributiva, lo que viene impuesto por la naturaleza
del sujeto obligado y del objeto del acto justo.
La estructura de la relación jurídico administrativa es el Sujetos, el
objeto y el contenido.