1. Karla Daine Meraz Santamaria
Maestro: Procopio Pitalúa corro
Introducción al derecho
Acto legislativo
2. Acto legislativo
El acto legislativo se refiere a la facultad para crear, modificar o
extinguir relaciones de derecho, otorgada a un organismo o
representante de la sociedad. A la facultad de presentar
proyectos de Acto Legislativo ante el Congreso, se le llama
“iniciativa legislativa” .
Pueden presentar proyectos de acto legislativo el Gobierno, diez
miembros del Congreso, 20% de los concejales o de los
diputados y los ciudadanos en un porcentaje igual al 5% del
censo electoral vigente.
3. Clasificación de los actos legislativos
• Actos legislativos normativos
• Actos legislativos no normativos
• Actos legislativos de organización y gestión
• Actos legislativos cuasi judiciales
• Actos colegiados
• Actos atributivos y traslativos de competencias
• Acto unilateral
• Acto de iniciación
• Actos de trámite
4. Fuentes del derecho
todo lo que contribuye o ha
contribuido a crear el conjunto
de reglas jurídicas aplicables
dentro de un estado en un
momento dado.
5. Fuentes históricas
Son aquellos documentos, inscripciones, papiros, libros, etc,
que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes.
Son documentos que contienen la información del derecho
vigente en otra época, en base en los cuáles nos inspiramos
para crear una determinada ley o institución jurídica
6. fuentes reales
Se denominan fuentes reales o materiales a todos los
fenómenos que ocurren, naturales y sociales que dan origen a
la norma jurídica, y que determinan el contenido de la misma;
tales fenómenos son: el medio geográfico, el clima, las riquezas
naturales, las ideas políticas, morales, religiosas y jurídicas del
pueblo, etc.
7. Fuentes formales
Procesos de creación de las normas jurídicas. Las fuentes
formales del derecho son la forma en que inicia el derecho los
factores que determinan el contenido de tales normas
De acuerdo con la opinión más generalizada, las fuentes formales
del derecho son la Ley, la costumbre, la jurisprudencia y la
doctrina.
8. La Ley
En un sentido restringido ley es la
norma emanada del Poder
Legislativo, exclusivamente.
Sin embargo, ley, puede
entenderse en un sentido amplio,
como toda norma dictada por
autoridad competente, no solo el
Poder Legislativo. Así serían leyes
las Constituciones, las
ordenanzas municipales, los
decretos del Poder Ejecutivo, los
edictos policiales, etc
La Doctrina
Los conocedores y estudiosos
del Derecho, reconocidos en ese
ámbito por sus publicaciones, se
denominan doctrinarios, y el
conjunto de sus opiniones
constituyen la doctrina
9. La Jurisprudencia
La jurisprudencia es el conjunto de
sentencias concordantes, dictadas
por los jueces en casos similares.
Cuando un juez decide una cuestión
sobre un tema determinado, sienta
un precedente, que podrá ser
alegado por quien reclama un
derecho semejante, y el Juez, el
mismo u otro, en su nueva
sentencia, puede utilizarla.
Costumbres
La práctica repetida de ciertas
conductas con conciencia de que
son obligatorias, en ciertas materias,
es tenida como fuente válida del
derecho, de creación espontánea, y
no ex profeso (significado de: a
propósito, con intención,
deliberadamente) como ocurre con
la ley. Muchas veces se convierten
en ley, o modifican las leyes
existentes.
12. Importancia del derecho romano
Se le llama Derecho Romano a la etapa del derecho que
comienza con la fundación de la ciudad de Roma y que culmina
con la muerte del Emperador Justiniano, en los últimos días del
llamado Bajo Imperio. Comprende un lapso mayor de doce
siglos desde el año 753 a. C.
13. Derecho público vs derecho privado
En el derecho público El sujeto más importante de esa relación
es el estado o alguno de sus órganos. Con relación a los
objetos a menudo decimos que también es público, como con
relación a las calles y los parques. Está conformado por:
• Derecho constitucional:
• Derecho administrativo:
• Derecho financiero:
• Derecho penal:
• Derecho procesal:
• Derecho internacional público
• Derecho económico
• Derecho ambiental
14. En el derecho privado El sujeto más importante de la relación
jurídica es una persona privada que actúa en calidad de tal.
Calificamos de objetos de propiedad privada una casa o un
carro pertenecientes a un particular, hablamos entonces de
bienes privados. Está conformado por
• Derecho civil
• Derecho comercial
• Derecho laboral
• Derecho agrario o rural
• Derecho de minería y de la
energía
• Derecho de la navegación
• Derecho internacional privado
15. Derecho publico
El derecho público es la parte del ordenamiento jurídico que
regula las relaciones entre las personas o entidades privadas
con los órganos que ostentan el poder público.
16. Derecho constitucional
La rama del derecho encargada de analizar y controlar las
leyes fundamentales que rigen al Estado se conoce como
derecho constitucional.
Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulación
de los poderes públicos, tanto en su relación con los
ciudadanos como entre sus distintos órganos.