2. Es un libro obligatorio y principal de foliación simple,
en el cual se deben registrar todos los bienes y
valores, deudas y obligaciones que posee una
persona natural o jurídica, asimismo, se deberá
anotar el balance general y el estado de ganancias
y perdidas una vez terminado el ejercicio
económico.
Es un libro obligatorio y principal de foliación simple,
en el cual se deben registrar todos los bienes y
valores, deudas y obligaciones que posee una
persona natural o jurídica, asimismo, se deberá
anotar el balance general y el estado de ganancias
y perdidas una vez terminado el ejercicio
económico.
LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
3. LIBRO DIARIO El libro diario es el libro de primera
entrada donde se anotan en forma cronológica todas
las operaciones del ente económico, bien sea por
partidas individuales o por resúmenes que no pueden
exceder de un mes.
La unidad de registro en el libro diario es el hecho
económico.
En el libro diario se deben anotar en forma inicial
todos los hechos económicos del ente
susceptibles de ser cuantificados en unidades
monetarias por esto se le conoce como libro de
primera entrada o de registros originales, De
acuerdo a la empresa y al volumen de sus
operaciones se utilizan diferentes tipos de diario
LIBRO DIARIO
4.
5. LIBRO MAYOR
es donde se registran las cuentas de activos,
pasivos y patrimonio de la cooperativa
Es el libro de contabilidad en donde se organizan y
clasifican las diferentes cuentas que moviliza la
cooperativa de sus activos, pasivos y patrimonio.
Para que los registros sean válidos deben asentarse
en el libro debidamente autorizado
Es el registro o resumen de todas las transacciones
que aparecen en el libro diario, con el propósito de
conocer su movimiento y saldo en forma
particular.
Al valor que presenta una cuenta en una fecha dada
se le conoce con el nombre de saldo. Éste viene
dado por la diferencia entre la suma del Debe y la
suma del Haber de la correspondiente cuenta.
6. TIPOS DEL LIBRO MAYOR
LIBRO MAYOR PRINCIPAL
• Para las cuentas de control
general
LIBRO MAYOR AUXILIAR
• Para las subcuentas y auxiliares
7.
8. En este libro se debe registrar mensualmente toda la información,
proveniente del movimiento del efectivo y del equivalente de efectivo.
En caso el deudor tributario lleve sus libros o registros utilizando
hojas sueltas o continuas, se encontrar exceptuado de llevar el Libro
Caja y Bancos siempre que su información se encuentre contenida
en el Libro Mayor.
LIBROS AUXILIARES
LIBRO CAJA Y BANCOS
11. Están obligados a llevar el registro de
compras, en principio los contribuyentes del
IGV. sin embargo, y adicionalmente a esto,
cabe recordar que también están obligados
a llevar este registro los sujetos acogidos al
régimen general del impuesto a la renta,
independientemente del nivel de ingresos
que obtengan, así como aquellos sujetos
acogidos al régimen especial de este
impuesto.
REGISTRO DE COMPRAS
12.
13. El estudio y manejo de la información de los
libros diarios y mayor de un empresa nos
proporciona la herramienta para conocer la
situación de una empresa en un momento dado
ya que por ejemplo de la cuenta de banco
podemos saber con que dinero contamos para
transacciones futuras.
CONCLUCION