2. RECIBO POR HONORARIOS
a.Comprobante de pago utilizado por la
prestación de servicios a través del ejercicio
individual de cualquier profesión, arte, ciencia
u oficio.
b.La obligación de emitir el recibo por
honorarios rige aún cuando el servicio sea
gratuito.
c.El rh se entrega en el momento en que se
perciba la retribución y por el servicio y por
importe del mismo.
d.Los rh pueden ser utilizados a fin de
sustentar gasto o costo para efecto tributario
3. e.De estar sujeto a retención del impuesto de
4ta categoría; debe consignarse el monto
discriminado de las retención que afecten
dicha operación y que será realizada por quien
utiliza el servicio.
f. Los contribuyentes de este régimen deberán
llevar el libro de ingresos
5. GUIA DE REMISION
Sirve para poder sustentar el traslado de
bienes.
El traslado de bienes se realiza a través de las
siguientes modalidades:
a. Transporte privado
b. La agencia de aduana
c. El almacén aduanero o responsable:
o En el caso de traslado de bienes
considerados como mercancía extranjera
sean trasladados desde el puerto o
aeropuerto hasta el almacén aduanero o
6. d.El consignador en el caso de traslado de
bienes dados en consignación.
e.Transporte público, cuando el servicio de
transporte de bienes es prestado por
terceros.
La guía de remisión y documentos que
sustentan el traslado de bienes deberán ser
emitidos en forma previa al traslado de los
bienes.
Quienes deben emitir la guía de remisión:
7. a.Cuando es por transporte privado, la guía de
remisión será emitida por el remitente, y
deberán emitir un documento por cada destino
«GUIA DE REMISION REMITENTE»
b.El prestador de servicios en casos de:
mantenimiento, reparación de bienes, servicios
de maquina, etc.; Sólo si el servicio incluye el
recojo o la entrega de los bienes en los
almacenes o lugar designado por el propietario.
c.La agencia de aduana, cuando el propietario le
haya otorgado mandato para despachar.
d.El consignador en el caso de traslado de bienes
dados en consignación.
8.
9. e.El almacén aduanero o responsable, en el caso de
traslado de bienes considerados como mercancía
extranjera.
GUIA DE REMISION DEL TRANSPORTISTA
Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del
transporte público:
Se emitirán dos (2) guías de
remisión:
Una por el transportista (guía de
remisión del transportista), y
otra por los sujetos denominados
remitentes.
El transportista emitirá una guía de
10. Se emitirá una sola guía de remisión a cargo del
transportista, tratándose de bienes pertenecientes
a:
sujetos NO obligados a emitir comprobantes de
pago o guía de remisión.
o Las personas naturales por las que se emiten
liquidaciones de compra.
o Las personas obligadas a emitir recibos por
honorarios.
o Sujetos del nuevo régimen único simplificado.