1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
BARQUISIMETO-ESTADO LARA
CUADRO EXPLICATIVO
Participante:
Zaida Marquina
C.I: 15968058
Derecho Tributario
2017/A
Prof. Emily Ramírez
SAIA D
Octubre del 2017
2. PRESUPUESTO PÚBLICO
Definición Duverger (S/F), “Es un acto mediante el cual se prevén los ingresos y gastos estatales y se autoriza
estos últimos para un periodo futuro determinado, que generalmente es de un año”.
Utilidad Los principios relativos a la autorización de los tributos y a la legalidad del gasto se integran en los
ordenamientos constitucionales de países de todos los continentes, independientemente de las
fuentes de inspiración de los ordenamientos jurídicos o de los sistemas políticos. Así también
constituye un importante instrumento de gestión pública que debe reflejar los lineamientos de
acción propuestos por el Ejecutivo
Principios
Programación: Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y sostiene que éste -el presupuesto- debe
tener el contenido y la forma de la programación.
Integralidad: En la actualidad, la característica esencial del método de presupuesto por programas, está dado por
la integralidad en su concepción y en su aplicación en los hechos
Universalidad Dentro de este postulado se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del
presupuesto debe ser incorporado en él
Exclusividad: Este principio complementa y precisa el postulado de la universalidad, exigiendo que no se
incluyan en la ley anual de presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia.
Unidad: Este principio se refiere a la obligatoriedad de que los presupuesto de todas las instituciones del
sector público sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política
presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo con la ley,
basándose en un solo método y expresándose uniformemente.
Acuciosidad: Para el cumplimiento de esta norma es imprescindible la presencia de las siguientes condiciones
básicas en las diversas etapas del proceso presupuestario:
3. 1. Profundidad, sistema y organicidad en la labor técnica, en la toma de decisiones, en la
realización de acciones y en la formación y presentación del juicio sobre unas y otras.
2. Sinceridad, honestidad y precisión en la adopción de los objetivos y fijación de los
correspondientes medios.
Claridad: Tiene importancia para la eficiencia del presupuesto como instrumento de gobierno, administración
y ejecución de los planes de desarrollo socio-económicos.
Especificación: Refiere, básicamente, al aspecto financiero del presupuesto y significa que, en materia de ingresos
debe señalarse con precisión las fuentes que los originan, y en el caso de las erogaciones, las
características de los bienes y servicios que deben adquirirse
Periodicidad: Tiene su fundamento, por un lado, en la característica dinámica de la acción estatal y de la realidad
global del país, y, por otra parte, en la misma naturaleza del presupuesto.
Continuidad: Se podría pensar que al sostener la vigencia del principio de periocidad se estuviera preconizando
verdaderos cortes en el tiempo, de tal suerte que cada presupuesto no tiene relación con los que le
antecedieron, ni con los venideros
Flexibilidad: Se sustenta que el presupuesto no adolezca de rigideces que le impidan constituirse en un eficaz
instrumento de: Administración, Gobierno y Planificación.
Equilibrio: Se refiere esencialmente al aspecto financiero del presupuesto aún cuando éste depende en último
término de los objetivos que se adopten; de la técnica que se utilice en la combinación de factores
para la producción de los bienes y servicios de origen estatal; de las políticas de salarios y de
precios y en consecuencia, también del grado de estabilidad de la economía.
4. CÓMO SE CLASIFICAN LOS INGRESOS PÚBLICOS
Ingresos Ordinarios Son aquellos que el Estado recibe en forma periódica, puede repetir su recaudación período tras período,
y su generación no agota la fuente de donde provienen ni compromete el patrimonio actual o futuro del
Estado y sus entes.
Ingresos extraordinarios Presentan como característica distintiva que la fuente que los genera no permite su repetición continua y
periódica, y afecta o compromete la disminución del patrimonio del Estado en el presente o en el futuro.
Tributarios Provienen directamente de la recaudación de tributos. Dentro de los tributos se identifican tres grupos
principales de ingresos públicos: impuestos, tasas y contribuciones
No tributarios. Son aquellos conceptos por los cuales el tesoro público recibe ingresos diferentes a los recaudados por los
tributos.
Ingresos Originarios Cuando los ingresos provienen de la actividad que realiza un ente público al administrar sus bienes
propios
Ingresos Derivados el Estado interviene coactivamente la actividad económica de los particulares, obligándolos a contribuir
con el financiamiento del gasto a través del pago de tributos como los impuestos.
Referencias
Moreno, J. (2015) Ingreso Público [documento en línea] https://es.slideshare.net/jlmorenon/los-ingresos-publicos-tema-2 [Octubre del 2017]