2. Objeti
vo
Fundamentar desde la interdisciplinariedad la gestión política y estratégica,
para facilitar la interpretación de decisiones respecto al uso de los recursos,
actuando pertinentemente en escenarios diversos que permitan la solución
de problemas complejos con actitud crítica y reflexiva.
3. Sistema de calificación
Nota Porcentaje (%) Entregable
1 30 Mapa conceptual de los esquemas de la administración pública
contemporáneos.
2 30 Análisis de un acto administrativo (DOFA)
3 40 Ruta estratégica para una actuación administrativa (expediente,
recurso, vía administrativa y revocatoria directa)
La participación asertiva y constructivista permitirá tener hasta 3 decimas
sobre la nota final
9. 1. Conceptos estratégicos
Administración
Agüero (2007), plantea que la administración evoluciona conceptualmente
como disciplina científica desde principios del siglo XX y abarca una serie de
paradigmas, teorías y modelos que buscan identificar, entender y explicar el
comportamiento de las organizaciones.
Dubrin (2000) señala que la administración también contempla estudios en los
procesos de inicio, planeación, dirección, ejecución y control de los recursos
(tecnológicos, económicos, políticos, culturales, humanos, entre otros) de una
empresa.
11. Referentes en Administración
• Taylor (1903) - Clásica
• Fayol (1916) - Clásica
• Mayo (1924) – Humanista
• Racional (1947) - Weber
• Von Bertalanffy (1968) – Sistemas
https://virtual.uptc.edu.co/ova/cursos/gestion/unidad_1/pdf.pdf
12. Administración pública
Collazos (2016), plantea que la administración del sector
público suministra los servicios que aumentan el nivel de
bienestar en una sociedad.
Se entiende por Administración pública a los organismos
que conforman el sector público y que tienen como tarea
gestionar las relaciones entre los ciudadanos y el poder
gubernamental en todos los ámbitos; no solo en las
instituciones centrales del Estado,
14. Gobernanza para la seguridad
La gobernanza para la seguridad alude a todos los factores,
normas, actores, que se coordinan de alguna manera para
producir un bien público, o sea una Política Pública, y allí se
deben considerar:
“La gobernanza explica una arquitectura del
sistemaque nos permite avanzar juntos”.
1. Ministerio Público
2. Policías
3. Gobiernos Regionales
4. Gobiernos locales
5. Sector privado.
15. Gobernabilidad para la Seguridadd
Capacidad para dirigir una sociedad.
Condiciones políticas e institucionales necesarias
para el ejercicio democrático de las acciones de
gobierno fundadas en el respeto a la ciudadanía,
así como en la legitimidad frente a la población,
respaldada en la necesaria confianza social en las
instituciones de seguridad ciudadana y justicia.
Esa capacidad indica si se está proporcionando
gobernabilidad en la relación entre el Estado, los
sectores privados y los ciudadanos.
Bajos niveles de gobernabilidad:
Baja capacidad institucional para el
desarrollo de políticas integradas e
integrales en la mayoría de los sectores de
la gestión pública.
Pérdida de confianza en organismos de
seguridad y justicia.
16. Nuevos diseños de Gestión Pública de la
Seguridad
1
Sistema de Justicia
Policía
Comunidad Sector
Privado
Autoridades
politico
administrati
vas
Objetivo
Común
TRABAJO INTERAGENCIAL Fuente: PADF (2018)
17. Gestión Pública Territorial de la Convivencia y la
Seguridad
1
Nuevos Diseños de Gestión Pública
de la Seguridad
Gobierno
Estado
Coproducc
ión
de la
seguridad
A Gobernanza
Nuevas relaciones entre el
gobierno central y los
gobiernos locales, y entre estos
y la sociedad civil
Participación ciudadana: provee
diagnósticos sobre problemas
públicos, generando
conocimiento local.
Fuente: Pazinato (2018) citando a Gohn (2001)
18. Coproducción de la seguridad
https://www.youtube.com/watch?v=o5-jFyOGcy8
19. Nuevos diseños de gestión pública de la
seguridad
Coordinación:
Principio de la Constitución Política de Colombia (Art.
288), también establecido en la Ley 152 de 1994 (Art.
3) que hace referencia a la existencia de armonía y
coherencia entre las actividades que realice una entidad
territorial (DEPARTAMENTO, MUNICIPIO, DISTRITO,
TERRITORIO INDÍGENA); a su interior y en relación con
las demás instancias territoriales, para el adecuado
cumplimiento de los fines del Estado.
21. ¿Cuáles son los retos de una efectiva
gobernanza?
https://www.youtube.com/watch?v=AhSLXPPZJPs
22. Organización
Martínez (2005), la define como un conjunto de personas que
desarrolla una serie de actividades dentro de un marco referencial
establecido (físico, cultural, social y político). Esta tiene como fin
alcanzar unos objetivos basados en unas normas de funcionamiento
y un sistema de responsabilidades, de recompensa y de poder.
23.
24. Servidor público
Arango (2012), afirma que el servidor
público es la persona que trabaja en el
aparato gubernamental, cuya función es
representar y responder por las
actividades contractuales con una
organización estatal DAFP – Valores
Promueven el cumplimiento
de los objetivos de carácter
estatal.
25. Servidor público
• Artículo 123. Son servidores públicos los
miembros de las corporaciones públicas, los
empleados y trabajadores del Estado y de sus
entidades descentralizadas territorialmente y
por servicios.
• Los servidores públicos están al servicio del
Estado y de la comunidad; ejercerán sus
funciones en la forma prevista por la
Constitución, la ley y el reglamento.
• Revisar Ley 80 de 1993, art. 2., numeral 2o
CNSC (2020)
Funcionarios electos “proceso eleccionario”
Funcionarios designados “nombramiento a cargo
público”
Funcionario de libre nombramiento “funciones de
confianza y asesoramiento técnico especializado”
Funcionario de carrera “hacen arte de la
administración pública ”
Funcionario interinos “90 dias”
26. Servidor público
Categoría Denominación Características
1 Miembros de las corporaciones
públicas.
Integrantes del Congreso de la República, Asamblea
Departamental de los Consejos Municipales y de las Juntas
de Acción Comunal.
2 Funcionarios o empleados públicos. Deben ser nombrados por la administración al pasar por
un concurso (art. 126). Para ingresar al servicio, se deben
posesionar y prestar juramento para defender la
Constitución y desempeñar las labores dispuestas (art.
125).
3 Trabajadores oficiales del Estado. Son aquellos que están en un régimen de prestación
social, diferente bajo la figura de la ley marco, por
ejemplo, docentes, militares, entre otros.
Tabla 1 Clasificación del servidor público
Nota. Elaboración propia con base en los artículos 123 y 113 de la Constitución política (1991).
27. Servidor público
• Ser servidor público implica y requiere de un comportamiento especial, un deber-ser particular, una
manera específica de actuar bajo el sentido de lo público ( DAFP, 2018)
• Código De Integridad del Servicio Público Colombiano:
• ¿Cómo debemos ser y obrar los servidores públicos en el territorio?
28. ¿ Por qué ser un Servidor público?
No. Ventaja Descripción
1 Estabilidad Se tiene tranquilidad y motivación en el trabajo, permitiendo asegurar el trabajo en
una institución a lo largo del tiempo.
2 Ascenso Todo servidor público podrá participar en convocatorias internas y externa para
acceder a un cargo de mayor nivel “Merito”
3 Incentivos Todos los servidores públicos ademas de tener remuneración, tienen derecho a
bonificaciones, auxilios y primas, además de tener permisos especiales en caso de
estudiar postgrados.
4 Educación El Estado garantiza convenios con entidades de educación superior para que
capacitación y formación constante.
5 Licencias Se otorga licencias y apoya ecnonómicamente para procesos investigativos que
contribuyan al desarrollo científico y tecnológico del pais.
6 Turismo y
recreación
Los servidores cuentan con descuentos en hoteles y entradas a parques
turisticicos, ademas de convenios conel Ministerio del Deporte
29. Honestidad
La honestidad es amiga de la veracidad, la decencia y el honor, es obrar correctamente, reconociendo los errores y
manteniendo la conciencia limpia, es seguir unos principios y valores que, sin importar la adversidad o las presiones
externas, nos permitan actuar con rectitud (Presidencia de la República, 2021)
“Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumplimiento mis deberes con transparencia y rectitud, y SIEMPRE
favoreciendo el interés general” (Artículo 7 del Plan de Desarrollo Soacha, 2020)
LO QUE HAGO LO QUE NO HAGO
1. Siempre digo la verdad, incluso cuando cometo errores 1. No doy trato preferencial a personas cercanas para favorecerlos
2. Cuando tengo dudas frente a la aplicación de mis deberes busco
orientación al interior de la entidad
2. No acepto incentivos, favores o ningún otro tipo de beneficio de
personas que estén interesadas en mis decisiones
3. Denuncio las faltas, delitos o violación de derechos en el
ejercicio de mis funciones
3. No uso recursos públicos para fines personales
4. Apoyo y promuevo los espacios de participación ciudadana 4. No soy descuidado con la información a mi cargo
Fuente: DAFP (2018)
30. Responsabilidades del Servidor
público
Patrimonial (art. 90 C. P., Ley 678/01 (acción de repetición)
Fiscal Es de competencia de la Controlaría, se encuentra reglamentada en la Ley 610
de 2000).
Penal Ley 599 de 2000, Delitos contra la Administración Publica: Peculado, cohecho,
abuso de autoridad, prevaricato).
Política Se controla al gobierno – se mira la oportunidad y conveniencia- Moción de
censura; citación a Ministros, Informes)
Disciplinaria Ley 734 de 2002
https://www.contraloriadelmagdalena.gov.co/wp-
content/uploads/2009/04/responsabilidad%20de%20los%20funcionarios%20publicos.pdf
33. Acto administrativo
El acto administrativo emana de la Administración Pública y sirve de medio
o de resolución para imponer su voluntad en el ejercicio de una potestad
administrativa.
Un acto administrativo a cualquier manifestación o declaración de
los poderes públicos de un Estado dotados de facultades administrativas,
para imponer su voluntad sobre los derechos, libertades o intereses de
otros sujetos públicos o privados que hagan vida en la nación
.
Los actos administrativos tratan de resolver acerca de cuestiones (ya sean
de particulares, organizaciones o de la propia Administración Pública) que
tienen que ser juzgadas por medio de la jurisdicción contencioso-
administrativa.
un organismo del Estado expresa su voluntad de manera unilateral,
externa y concreta, para decidir sobre una materia específica.
34. Acto administrativo
Elemento Descripción
Sujeto El órgano específico que formula la declaración de voluntad en
representación del Estado, siempre y cuando ello esté dentro de sus
competencias según lo establecido en la Constitución.
Competencia La cantidad de poder que un ente posee dentro del concierto de los
poderes públicos, y que lo faculta para llevar a cabo un acto
administrativo, o no.
Voluntad La intención objetiva o subjetiva con la cual se realiza el acto
administrativo.
Objeto Aquello sobre lo que recae el acto administrativo, y que debe ser
cierto físicamente y posible jurídicamente.
Motivo. El porqué del acto jurídico.
Mérito. El grado de adecuación del acto administrativo respecto del
principio de proporcionalidad de los medios y los fines.
Forma. La materialización en sí del acto administrativo, es decir, la
formación externa del acto.
Fuente: https://concepto.de/acto-administrativo/
35. Características
•Tiene naturaleza cuasi-judicial y resulta directamente ejecutable.
•Debe ser objetivo y dictarse mediante un procedimiento administrativo (así se trata de evitar la arbitrariedad en la actuación
administrativa).
•Competencia: la Ley determinará en cada caso el órgano competente que corresponda para realizar una actuación administrativa. Este
órgano tendrá que cumplir ciertos requisitos como la imparcialidad o la capacidad de obrar. De no ser así, el acto podría ser impugnado.
•Causa o finalidad del acto: el objetivo de cualquier acto administrativo es la satisfacción del interés general respetando los principios y
normas del ordenamiento jurídico.
•Contenido: a pesar de que el acto administrativo se encuentra regulado y no debería de contener más que los elementos esenciales o
legales, en ciertas ocasiones la Administración tiene facultad para introducir elementos accidentales o eventuales en sus actos.
•Forma: la actuación de la Administración está sometida a ciertas formalidades, el acto debe realizarse por escrito y en determinadas
ocasiones tendrá que motivarse.
•Notificación y publicación: los actos administrativos deberán notificarse a los interesados y, en determinadas ocasiones, tendrá que ser
publicado.
36. Clasificación del acto administrativo
• Actos favorables y actos de gravamen
• Actos expresos y actos tácitos
• Actos administrativos que no causan estado, actos firmes o consentidos, y
actos confirmatorios
• Actos discrecionales
https://www.conceptosjuridicos.com/co/acto-administrativo/
37. Efectos de un acto administrativo
Los efectos específicos de los actos administrativos dependen en principio de lo
establecido en el orden jurídico y de lo que el propio acto contemple.
Así, los actos administrativos producen efectos jurídicos, que pueden ir desde
conceder o revocar derechos, hasta revertir decisiones de otros organismos,
exigir el cumplimiento de una conducta, etc. Dichos efectos suelen ser inmediatos y el
Estado será el encargado de velar por su cumplimiento.
https://www.conceptosjuridicos.com/co/acto-administrativo/