1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES
TRABAJO: DE NTCS
NOMBRE: ALICIA MONJE
TEMA: DERECHO AMBIENTAL
2. Derechos a un ambiente seguro y saludable.
Todos tienen derecho individual y
colectivamente a disfrutar de una vida y un
ambiente seguro y saludable en todas sus
manifestaciones, así como del valor
escénico y paisajístico.
3.
4. Del patrimonio ambiental y su protección. El
estado protegerá el ambiente, la diversidad
biológica, genética y humana, los procesos
ecológicos y los bienes jurídicos
ambientales que conforman el patrimonio
común e irrenunciable de las generaciones
presentes y futuras
5.
6. Todos tienen derecho a consumir agua
limpia, pura y potable, y el deber de utilizarla
racionalmente. La Ley establecerá las
disposiciones necesarias a fin de garantizar
su protección y uso ambientalmente
sostenible, respetando las fases del ciclo
hidrológico.
7.
8. Todos los poderes públicos, personas
naturales y jurídicas están en la obligación de
contribuir a la conservación de la atmósfera y
el derecho a disfrutar un aire sano. A estos
fines el Estado promoverá el
aprovechamiento y uso de fuentes
alternas, renovables, de energía
primaria, facilitando la diversificación, ahorro
9.
10. Todos los poderes públicos, personas
naturales y jurídicas están en la obligación de
proteger y conservar los suelos contra las
actividades que conduzcan a su
degradación, contaminación y desertificación.
11.
12. Todos los poderes públicos, personas
naturales y jurídicas, están en la obligación
de proteger y conservar la vida silvestre en
todas sus manifestaciones: fauna, flora y
microorganismos. Promoviendo su
utilización ambientalmente sostenible
13.
14. La educación ambiental es obligatoria en
todos los niveles y modalidades del sistema
educativo. Así como también en la educación
no formal. Los planes de estudios deberán
incluir áreas, asignaturas, temas y programas
de investigación relacionados con los
problemas ambientales, el desarrollo
ambientalmente sostenible y la ética
15.
16. Todas las instituciones públicas y privadas
que se dediquen a la producción de bienes y
prestación de servicios desarrollarán sus
actividades en forma ambientalmente limpia
y sostenible, aplicando políticas y normas
que favorezcan las tecnologías apropiadas y
los procedimientos y sistemas de adecuada
gestión ambiental, calidad y seguridad
humana.
17.
18. Impactos ambientales. Todas las
actividades públicas, privadas susceptibles
de generar daños a los
ecosistemas, especies, genes y el paisaje
deben ser previamente acompañadas de
sus respectivas estudios o evaluaciones de
impacto ambiental y sociocultural.
19.
20. La Ley regulará los estudios y evaluación de
impacto ambiental y sociocultural de acuerdo
con los criterios técnicos, científicos de
previsión análisis del ciclo de vida y las
debidas consultas nacionales y locales a las
comunidades y sectores afectados e
interesados.
21.
22. Alimentos sanos. Todos los seres vivos
tienen derecho a consumir alimentos
sanos. El estado prohíbe el uso de
herbicidas, pesticidas u otros elementos
que generen daños.
23.
24. Ni la sociedad, ni el hombre, ni ninguna
otra cosa deben sobrepasar para ser
buenos los límites establecidos por la
naturaleza.
25.
26. El auténtico conservacionista es alguien que
sabe que el mundo no es una herencia de
sus padres, sino un préstamo de sus hijos.
27.
28. Agua para todos, pero no para todo...
Optimizar este recurso natural y evitar el
derroche será la única solución para las
necesidades del 2030
29.
30. La tierra no es una herencia que nos
hayan regalado nuestros padres, sino un
préstamo que hemos de devolver a
nuestros hijos.