La factura de reembolso de gastos por nómina que reciba Promotora Inmobiliaria LFG S. A. de sus contratistas es deducible para la determinación del Impuesto a la Renta siempre que cumpla con los requisitos formales y materiales. Para sustentar el reembolso, el contratista debe emitir una factura por sus servicios e IVA y otra factura detallando los gastos de reembolso. Los gastos de nómina se sustentarán con los roles de pago ya que los empleados no emiten facturas por sus servicios labor
1. - 13-V-2011 (R.O. 627, 26-I-2012)
Oficio: 917012010OCON000586
- IVA/FACT. REM GTOS FACTURACIÓN EN REEMBOLSO DE GASTOS
Consultante: COMPAÑÍA PROMOTORA INMOBILIARIA LFG S. A.
Referencia: IVA/Fact. Rem Gtos Facturación en reembolso de gastos.
Consultas: “¿Es deducible la factura de reembolso de gastos por nómina que le emitan a Promotora
Inmobiliaria LFG S. A. sus contratistas?.
¿Cuál es el documento que sirve de soporte de la factura de reembolso de gastos de nómina que reciba
Promotora Inmobiliaria LFG S. A. habida cuenta que las personas contratadas bajo relación de dependencia no
están obligadas a emitir una factura por los servicios que prestan a su empleador?”.
Base Jurídica: Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno Art. 36, Art. 144.
Circular NAC-DGEC2008-0005.
Absolución: La COMPAÑÍA PROMOTORA INMOBILIARIA LFG S. A., siempre y cuando los subcontratistas le
soliciten el reembolso de gastos por el pago de nómina a sus empleados, de conformidad con lo señalado en los
artículos 36 y 144 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, dichos gastos se
consideran deducibles para la determinación del Impuesto a la Renta, siempre que cumplan, además, con los
requisitos formales y materiales señalados en las normas tributarias para su deducibilidad.
Para esto, el intermediario deberá emitir una factura exclusivamente por el valor de sus servicios, en la que
obligatoriamente se le deberá incluir el Impuesto al Valor Agregado que corresponda; y, otra f actura en la cual
se detallarán los documentos motivo del reembolso.
Al no estar facultados los empleados bajo relación de dependencia a emitir y entregar facturas por sus servicios
laborales, el gasto por dichos servicios se sustentarán en los roles de pago debidamente emitidos.