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        RÉGIMEN TRIBUTARIO DE
           LAS PERSONAS CON
               CONTRATO
          ADMINISTRATIVO DE
               SERVICIOS

              Expositor: Karina Gutiérrez Rivas
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE
   SUNAT                 SERVICIOS - CAS

SUMARIO:


1. Marco normativo.
2. Tratamiento tributario de la Contratación Administrativa
   de Servicios - CAS.
3. Registro y declaración de los CAS en la Planilla
   Electrónica.
4. Emisión del Recibo por Honorarios.
5. Casos especiales.
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE
   SUNAT                  SERVICIOS - CAS

MARCO NORMATIVO


• Decreto Legislativo N° 1057. Publicado el 29.06.2008. Decreto
  Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación
  Administrativa de Servicios.
• Decreto Supremo N° 075-2008-PCM. Publicado el 29.12.2008.
  Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057.
• Resolución Ministerial N° 417-2008-PCM. Publicada el
  30.12.2008. Aprobación del Modelo de Contrato Administrativo
  de Servicios - CAS.
• Resolución     de    Superintendencia    N°056-2009/SUNAT.
  Publicada el 21.02.2009. Aprueban nueva versión del PDT Planilla
  Electrónica, Formulario Virtual N° 0601.
SUNAT


      RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LA PERSONA CON CAS

El régimen comprende:

1.   La afiliación obligatoria al EsSalud a partir del 01.01.2009,
     siendo de cargo de la Entidad Pública el pago del aporte.

2. La afiliación a un régimen pensionario, la afiliación es
   opcional, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: i)
   La persona con CAS haya prestado servicios a la entidad al
   29.06.2008 y ii) Que su contrato haya sido sustituido por un
   CAS. De tratarse de nuevos CAS la afiliación es obligatoria,
   pudiendo elegir entre el SNP o el SPP.
SUNAT


     RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LA PERSONA CON CAS

3. El Reglamento establece que la contraprestación pagada a la
   persona con CAS constituye un ingreso de 4ta Categoría
   para el Impuesto a la Renta, por lo que de corresponder, la
   Entidad aplicará la retención del impuesto.

     Con anterioridad a la vigencia del Reglamento (26.11.2008) la
     categoría de renta deberá determinarse para cada caso de
     acuerdo a las condiciones particulares en que se dio la
     prestación del servicio.

4.   Es obligación de la persona con CAS emitir su Recibo por
     Honorarios, debiendo discriminar los tributos que gravan la
     contraprestación, así como la tasa de la retención. Así de
     corresponder la retención del IR y de encontrarse afiliado al
     SNP, debe consignarse la retención de ambos tributos.
SUNAT




        Registro de la persona con
            CAS en la Planilla
               Electrónica
SUNAT




        DEL REGISTRO
SUNAT   Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica

                                                    Para el ingreso de los
                                                    aportes al EsSalud y al
                                                    Régimen Pensionario.



Para el registro de
una persona con CAS
debe    seleccionarse
las        Categorías
“Trabajador” y “PS
Cuarta Categoría”.
                                                     Para el ingreso de la
                                                     contraprestación como
                                                     Renta de Cuarta
                                                     Categoría.
SUNAT    Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica


Registro como
Trabajador

Ingrese al botón Detalle de
la Categoría Trabajador y en
Datos Principales, seleccione
el Tipo 67 = REG. ESPECIAL
D. LEG. 1057, así como el
Régimen Pensionario.

Indicador de labores de
riesgo y la empresa con la
que es cubierto.
(ANEXO 5 DS 09-97-SA).
SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica




Si se selecciona el Tipo 67,
automáticamente el aplicativo
asigna en Datos Complementarios
el Tipo de Contrato 14 –
Administrativo de Servicios.

Consigne además los datos
relacionados con el ingreso y la
situación de la persona con CAS.
SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica



En Períodos – consigne como
fecha de inicio aquella a partir
de la cual la persona es
contratada       bajo      esta
modalidad.

La fecha de inicio no puede ser
anterior al 29.06.2008.
SUNAT   Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica



Registro como PS –
4ta Categoría

Registre el N° de RUC y su
Condición de Domicilio para
efectos del Impuesto a la
Renta.
SUNAT   Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica




              DE LA DECLARACIÓN
SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE



Paso 1

Ingrese a Mantenimiento de
Conceptos y en el rubro
“Régimen Laboral Público”
habilite el Concepto 2039
“Retribución por
Contratación Administrativa
de Servicios”
SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE



En la declaración

Dentro de la pestaña “Detalle de
la declaración” ingrese a la
opción “Ingresos, Tributos y
Conceptos”, luego al rubro
Régimen Laboral Público y aquí
seleccione el Código 2039
“Retrib.    Contratación    Adm.
Servicios” y consigne el monto de
la contraprestación devengada
de la persona con CAS.
SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE



Aportes al EsSalud
 El aplicativo incorpora la validación
 de     Base     Imponible    Máxima
 equivalente al 30% de la UIT (S/
 1,065) y una B.I. Mínima equivalente
 a 1 RMV (S/ 550).

 Así     por    ejemplo,      si     la
 contraprestación es de S/2,500 el
 aplicativo calcula el aporte de
 S/95.85 (9% de S/1,065), ya que en
 este caso le resulta aplicable la B.I.
 Máxima.

 Ahora bien si la contraprestación
 fuera de S/ 400, corresponderá
 aportar S/49.5. Aplica BI Mínima.
SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE



Aporte a la ONP
De afiliarse al SNP el aplicativo
calcula automáticamente el 13%
de       la     contraprestación
devengada en el período.

La persona con CAS también
puede afiliarse a “+ Vida Seguro
de Accidentes” y a “Asegura tu
Pensión”.
Seguro de desempleo que cubre los
 Seguro de desempleo que cubre los
aportes al SNP si el trabajador queda
 aportes al SNP si el trabajador queda
desempleado por causas no imputables
 desempleado por causas no imputables
aaél. Pueden afiliarse los aportantes al
   él. Pueden afiliarse los aportantes al
SNP que tengan 18 meses de
 SNP que tengan 18 meses de
aportación, el costo de la prima es de
 aportación, el costo de la prima es de
S/5.00.
 S/5.00.
SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE



PS – 4ta Categoría

Ingrese al rubro PS 4ta categoría e
indique los datos relacionados con el
Recibo por Honorarios.

Téngase en cuenta que deberá
ingresar los datos referidos a los
recibos que la entidad pública haya
pagado      en       el    período,
independientemente      si  se   ha
realizado o no la retención del
Impuesto a la Renta.
SUNAT




        EMISIÓN DEL RECIBO
         POR HONORARIOS
SUNAT



¿CÓMO SE DEBE EMITIR EL RECIBO
POR HONORARIOS DE UNA PERSONA
CON CAS A QUIEN SE LE PAGA S/
4,000 COMO CONTRAPRESTACIÓN DEL
MES?.
LA PERSONA OPTÓ POR EL SISTEMA
NACIONAL DE PENSIONES Y SE LE
DESCONTÓ POR INASISTENCIAS DEL
MES S/200 .

La persona con CAS registrará en su
RPH, de manera obligatoria, lo
siguiente:
SUNAT      EMISIÓN DEL RECIBO POR HONORARIOS

RUC de la         Registre el RUC de la entidad con quien ha suscrito el
entidad.          contrato de CAS.
Descripción       Describa el servicio y el mes al que corresponde.
del servicio.
Monto de los      Registre la contraprestación bruta que le pagará la
honorarios        entidad (lo pactado en el contrato menos las inasistencias
                  y tardanzas del mes). En el caso de análisis se registrará
                  como monto de los honorarios S/.3,800.
Monto discrim.    Retención del I.Renta (10%) = S/ 380.
de los tributos   Retención del SNP (13%) = S/494.
que gravan la     Tenga en cuenta que el aporte a la AFP no tiene el
operación,        carácter de tributo, por lo que su registro en el RPH no
indicando la      es obligatorio.
tasa
Importe neto      Importe neto= S/ 2,926.

Fecha de          Registre el día en que emite el RPH.
emisión.
SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica


                         CASOS ESPECIALES
      Cómo se declara a una persona cuyo contrato de trabajo culmina
1     el 15 de mayo y el 20 del mismo mes es contratada bajo la
      modalidad de CAS?

       La entidad pública registrará el fin del vínculo laboral (pestaña
       períodos) y luego lo debe registrar en situación activo, señalando
       como tipo de trabajador el 67 – Reg. Especial Contrato
       Administrativo de Servicios.

       Para el registro de los ingresos que se hayan devengado y pagado y
       que correspondan a la relación laboral (trabajador) previamente
       deberá habilitar alguno de los conceptos del 1001 al 1020, conforme
       a la afectación aplicable.

       En el caso de los ingresos como CAS, éstos deberán ser declarados
       en el concepto 2039 “Ingresos D.Leg. 1057- CAS”.
SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica


                          CASOS ESPECIALES
       1. ¿Qué acciones debe tomar una entidad pública que en el mes
2     de 02/2009 declaró a las persona con CAS solo en la categoría
      Trabajador, sin embargo, no declararon las retenciones del IR de
      cuarta categoría que le resultaban aplicables?

        Corresponderá a la entidad presentar la rectificatoria de la Planilla
        Electrónica de 02/2009 registrándolos además como PS 4ta
        Categoría, declarando la retención del IR de 4ta Categoría.

        Cabe indicar que los PS 4ta Categoría deberán ser declarados
        como tales en el período en que se les pague la contraprestación, al
        margen de si encuentran sujetos a retención.
SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica


                         CASOS ESPECIALES
       1. ¿Cuál será el monto de los aportes al EsSalud de una persona
3     que hasta el 15.03.2009 estuvo contratada como CAS
      devengándose y pagándose por dicho período S/ 2,300 y luego el
      20.03.2009 es contratada a plazo indeterminado pagándosele por
      los días laborados S/ 1,200? En este caso el CAS se encuentra
      afiliado al SNP
       En este caso la entidad habilitará 2 rubros en “Mantenimiento de
       Conceptos”,      se    sugiere  consignar   como    denominación
       “Contraprestación CAS – BI Max. EsSalud”, en la afectación se
       indicará lo siguiente:
SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica


                           CASOS ESPECIALES
         1. Sigue...
  3      Para el segundo concepto que se habilite, se sugiere la siguiente
         denominación “Contrap. CAS exceso de BI Max. EsSalud), al
         realizarse la afectación indique lo siguiente:




Para el ingreso de los conceptos pagados por el contrato a plazo
indeterminado el registro es similar al de cualquier trabajador.

Siguiendo los pasos señalados el aplicativo le mostrará como base imponible
de aportes aportes al EsSalud S/ 2,265 (S/1065 de BIMax y S/1,200 de
remuneración) y como monto de aporte del empleador = S/. 203.85.
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        RÉGIMEN TRIBUTARIO DE
           LAS PERSONAS CON
               CONTRATO
          ADMINISTRATIVO DE
               SERVICIOS

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  • 1. SUNAT RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LAS PERSONAS CON CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS Expositor: Karina Gutiérrez Rivas
  • 2. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SUNAT SERVICIOS - CAS SUMARIO: 1. Marco normativo. 2. Tratamiento tributario de la Contratación Administrativa de Servicios - CAS. 3. Registro y declaración de los CAS en la Planilla Electrónica. 4. Emisión del Recibo por Honorarios. 5. Casos especiales.
  • 3. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SUNAT SERVICIOS - CAS MARCO NORMATIVO • Decreto Legislativo N° 1057. Publicado el 29.06.2008. Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. • Decreto Supremo N° 075-2008-PCM. Publicado el 29.12.2008. Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057. • Resolución Ministerial N° 417-2008-PCM. Publicada el 30.12.2008. Aprobación del Modelo de Contrato Administrativo de Servicios - CAS. • Resolución de Superintendencia N°056-2009/SUNAT. Publicada el 21.02.2009. Aprueban nueva versión del PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual N° 0601.
  • 4. SUNAT RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LA PERSONA CON CAS El régimen comprende: 1. La afiliación obligatoria al EsSalud a partir del 01.01.2009, siendo de cargo de la Entidad Pública el pago del aporte. 2. La afiliación a un régimen pensionario, la afiliación es opcional, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: i) La persona con CAS haya prestado servicios a la entidad al 29.06.2008 y ii) Que su contrato haya sido sustituido por un CAS. De tratarse de nuevos CAS la afiliación es obligatoria, pudiendo elegir entre el SNP o el SPP.
  • 5. SUNAT RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LA PERSONA CON CAS 3. El Reglamento establece que la contraprestación pagada a la persona con CAS constituye un ingreso de 4ta Categoría para el Impuesto a la Renta, por lo que de corresponder, la Entidad aplicará la retención del impuesto. Con anterioridad a la vigencia del Reglamento (26.11.2008) la categoría de renta deberá determinarse para cada caso de acuerdo a las condiciones particulares en que se dio la prestación del servicio. 4. Es obligación de la persona con CAS emitir su Recibo por Honorarios, debiendo discriminar los tributos que gravan la contraprestación, así como la tasa de la retención. Así de corresponder la retención del IR y de encontrarse afiliado al SNP, debe consignarse la retención de ambos tributos.
  • 6. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica
  • 7. SUNAT DEL REGISTRO
  • 8. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica Para el ingreso de los aportes al EsSalud y al Régimen Pensionario. Para el registro de una persona con CAS debe seleccionarse las Categorías “Trabajador” y “PS Cuarta Categoría”. Para el ingreso de la contraprestación como Renta de Cuarta Categoría.
  • 9. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica Registro como Trabajador Ingrese al botón Detalle de la Categoría Trabajador y en Datos Principales, seleccione el Tipo 67 = REG. ESPECIAL D. LEG. 1057, así como el Régimen Pensionario. Indicador de labores de riesgo y la empresa con la que es cubierto. (ANEXO 5 DS 09-97-SA).
  • 10. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica Si se selecciona el Tipo 67, automáticamente el aplicativo asigna en Datos Complementarios el Tipo de Contrato 14 – Administrativo de Servicios. Consigne además los datos relacionados con el ingreso y la situación de la persona con CAS.
  • 11. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica En Períodos – consigne como fecha de inicio aquella a partir de la cual la persona es contratada bajo esta modalidad. La fecha de inicio no puede ser anterior al 29.06.2008.
  • 12. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica Registro como PS – 4ta Categoría Registre el N° de RUC y su Condición de Domicilio para efectos del Impuesto a la Renta.
  • 13. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica DE LA DECLARACIÓN
  • 14. SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE Paso 1 Ingrese a Mantenimiento de Conceptos y en el rubro “Régimen Laboral Público” habilite el Concepto 2039 “Retribución por Contratación Administrativa de Servicios”
  • 15. SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE En la declaración Dentro de la pestaña “Detalle de la declaración” ingrese a la opción “Ingresos, Tributos y Conceptos”, luego al rubro Régimen Laboral Público y aquí seleccione el Código 2039 “Retrib. Contratación Adm. Servicios” y consigne el monto de la contraprestación devengada de la persona con CAS.
  • 16. SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE Aportes al EsSalud El aplicativo incorpora la validación de Base Imponible Máxima equivalente al 30% de la UIT (S/ 1,065) y una B.I. Mínima equivalente a 1 RMV (S/ 550). Así por ejemplo, si la contraprestación es de S/2,500 el aplicativo calcula el aporte de S/95.85 (9% de S/1,065), ya que en este caso le resulta aplicable la B.I. Máxima. Ahora bien si la contraprestación fuera de S/ 400, corresponderá aportar S/49.5. Aplica BI Mínima.
  • 17. SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE Aporte a la ONP De afiliarse al SNP el aplicativo calcula automáticamente el 13% de la contraprestación devengada en el período. La persona con CAS también puede afiliarse a “+ Vida Seguro de Accidentes” y a “Asegura tu Pensión”. Seguro de desempleo que cubre los Seguro de desempleo que cubre los aportes al SNP si el trabajador queda aportes al SNP si el trabajador queda desempleado por causas no imputables desempleado por causas no imputables aaél. Pueden afiliarse los aportantes al él. Pueden afiliarse los aportantes al SNP que tengan 18 meses de SNP que tengan 18 meses de aportación, el costo de la prima es de aportación, el costo de la prima es de S/5.00. S/5.00.
  • 18. SUNAT Declaración de aportes del CAS en la PE PS – 4ta Categoría Ingrese al rubro PS 4ta categoría e indique los datos relacionados con el Recibo por Honorarios. Téngase en cuenta que deberá ingresar los datos referidos a los recibos que la entidad pública haya pagado en el período, independientemente si se ha realizado o no la retención del Impuesto a la Renta.
  • 19. SUNAT EMISIÓN DEL RECIBO POR HONORARIOS
  • 20. SUNAT ¿CÓMO SE DEBE EMITIR EL RECIBO POR HONORARIOS DE UNA PERSONA CON CAS A QUIEN SE LE PAGA S/ 4,000 COMO CONTRAPRESTACIÓN DEL MES?. LA PERSONA OPTÓ POR EL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES Y SE LE DESCONTÓ POR INASISTENCIAS DEL MES S/200 . La persona con CAS registrará en su RPH, de manera obligatoria, lo siguiente:
  • 21. SUNAT EMISIÓN DEL RECIBO POR HONORARIOS RUC de la Registre el RUC de la entidad con quien ha suscrito el entidad. contrato de CAS. Descripción Describa el servicio y el mes al que corresponde. del servicio. Monto de los Registre la contraprestación bruta que le pagará la honorarios entidad (lo pactado en el contrato menos las inasistencias y tardanzas del mes). En el caso de análisis se registrará como monto de los honorarios S/.3,800. Monto discrim. Retención del I.Renta (10%) = S/ 380. de los tributos Retención del SNP (13%) = S/494. que gravan la Tenga en cuenta que el aporte a la AFP no tiene el operación, carácter de tributo, por lo que su registro en el RPH no indicando la es obligatorio. tasa Importe neto Importe neto= S/ 2,926. Fecha de Registre el día en que emite el RPH. emisión.
  • 22. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica CASOS ESPECIALES Cómo se declara a una persona cuyo contrato de trabajo culmina 1 el 15 de mayo y el 20 del mismo mes es contratada bajo la modalidad de CAS? La entidad pública registrará el fin del vínculo laboral (pestaña períodos) y luego lo debe registrar en situación activo, señalando como tipo de trabajador el 67 – Reg. Especial Contrato Administrativo de Servicios. Para el registro de los ingresos que se hayan devengado y pagado y que correspondan a la relación laboral (trabajador) previamente deberá habilitar alguno de los conceptos del 1001 al 1020, conforme a la afectación aplicable. En el caso de los ingresos como CAS, éstos deberán ser declarados en el concepto 2039 “Ingresos D.Leg. 1057- CAS”.
  • 23. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica CASOS ESPECIALES 1. ¿Qué acciones debe tomar una entidad pública que en el mes 2 de 02/2009 declaró a las persona con CAS solo en la categoría Trabajador, sin embargo, no declararon las retenciones del IR de cuarta categoría que le resultaban aplicables? Corresponderá a la entidad presentar la rectificatoria de la Planilla Electrónica de 02/2009 registrándolos además como PS 4ta Categoría, declarando la retención del IR de 4ta Categoría. Cabe indicar que los PS 4ta Categoría deberán ser declarados como tales en el período en que se les pague la contraprestación, al margen de si encuentran sujetos a retención.
  • 24. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica CASOS ESPECIALES 1. ¿Cuál será el monto de los aportes al EsSalud de una persona 3 que hasta el 15.03.2009 estuvo contratada como CAS devengándose y pagándose por dicho período S/ 2,300 y luego el 20.03.2009 es contratada a plazo indeterminado pagándosele por los días laborados S/ 1,200? En este caso el CAS se encuentra afiliado al SNP En este caso la entidad habilitará 2 rubros en “Mantenimiento de Conceptos”, se sugiere consignar como denominación “Contraprestación CAS – BI Max. EsSalud”, en la afectación se indicará lo siguiente:
  • 25. SUNAT Registro de la persona con CAS en la Planilla Electrónica CASOS ESPECIALES 1. Sigue... 3 Para el segundo concepto que se habilite, se sugiere la siguiente denominación “Contrap. CAS exceso de BI Max. EsSalud), al realizarse la afectación indique lo siguiente: Para el ingreso de los conceptos pagados por el contrato a plazo indeterminado el registro es similar al de cualquier trabajador. Siguiendo los pasos señalados el aplicativo le mostrará como base imponible de aportes aportes al EsSalud S/ 2,265 (S/1065 de BIMax y S/1,200 de remuneración) y como monto de aporte del empleador = S/. 203.85.
  • 26. SUNAT Visite SUNAT Virtual (Modulo de Planilla)
  • 27. SUNAT RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LAS PERSONAS CON CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS