La Real Audiencia de Quito fue creada en 1563 por el rey Felipe II mediante una cédula real para proveer una forma de gobierno autónoma a la región de Quito, la cual había pertenecido anteriormente al Virreinato de Lima. La Audiencia se estableció en la ciudad de Quito y ejerció jurisdicción sobre un extenso territorio que incluía las provincias de Quito, Jaén, Cuenca, Loja, Zamora y Guayaquil.
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
La Real Audiencia de Quito 1563
1. UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS
SOCIALES Y POLITICAS
TEMA: LA REAL AUDIENCIA DE QUITO
INTEGRANTES DE GRUPO:
NICOLAS ARIAS
KARINA PAREDES
LISSETH LUZURIAGA
STEFANIA LEDESMA
2. LA REAL
AUDIENCIA DE
QUITO
En 1560, a solo 26 años de su fundación y
asentamiento definitivo, donde hoy se encuentra, el
Cabildo de Quito estimó del caso solicitar a la Corona
Española la creación de una Real Audiencia para de
esa manera lograr una cierta forma de autonomía con
relación al Virreinato de Lima, al cual había
pertenecido desde su creación en 1541.
Correspondiendo a dicho pedido, el 29 de agosto de
1563 Su Majestad don Felipe II expidió en la ciudad de
Guadalajara, España, la Cédula Real por medio de la
cual se creó la Real Audiencia de Quito, la cual, en su
parte pertinente dice: “En la Ciudad de San Francisco
de Quito, en el Perú, resida nuestra Audiencia y
Cancillería Real, con un Presidente, cuatro Oidores,
que también sean Alcaldes del Crimen, un Fiscal, un
Alguacil Mayor, un Teniente de Gran Cancillería, y los
demás Ministros y Oficiales necesarios, y tenga
distrito la ciudad de Quito y por la Costa hacia la parte
de la ciudad de los Reyes, hasta el Puerto de Paita
exclusive, y por tierra adentro hasta Piura, Cajamarca,
Chachapoyas, Moyobamba y Motilones, exclusive,
incluyendo hacia la parte susodicha los pueblos de
Jaén, Valladolid, Loja, Zamora, Cuenca
4. Desde 1534, San Francisco de Quito fue creciendo en tamaño,
riqueza e importancia política.
El marqués Francisco Pizarro la hizo cabeza de la nueva
Gobernación de Quito.
El emperador Carlos V la elevó de la categoría de villa a la de
ciudad, en 1541, y le otorgó el escudo de armas.
Desde 1542 cobró fama de centro colonizador, en razón de que el
gobernador Gonzalo Pizarro y su teniente Francisco de Orellana
partieron de ella para la conquista del "País de la canela", que
concluyó en el descubrimiento del "Gran Río de las Amazonas"
por parte de Orellana.
De ahí que, en 1545, Quito fuera convertida en cabeza de un
nuevo obispado y, once años después, la corona le otorgara el
título de "muy noble y muy leal ciudad".
6. El antiguo Gobierno de Quito de Gonzalo Pizarro, había ensanchado ya
su territorio, hasta Cali y Popayán por el Norte; por el Sur hasta los
desiertos de Piura; y por la cuenca del río Amazonas, la exploración de
Gonzalo Pizarro, el descubrimiento y exploración del río Amazonas hasta
el Atlántico por Francisco de Orellana, y las fundaciones en Yaguarzongo
y Bracamoros, como los descubrimientos del alto río Marañón y al río
Ucayali por Juan de Salinas y Loyola, dieron al antiguo Gobierno de
Quito una extensión nueva en la cuenca del río Amazonas. Por estas
razones, el 4 de julio de 1560 los quiteños pidieron al rey de España la
erección de una Audiencia en la Gobernación de Quito.
El rey Felipe II, en la ciudad de Guadalajara el 29 de agosto de 1563,
dictó una Real Cédula por el cual la Gobernación de Quito de Gonzalo
Pizarro es elevada a una Audiencia Real y se le señala límites. Fue
inaugurada el 18 de septiembre de 1564.
7. Carta de creación: 29 de Agosto de
1563
Don Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, del León, de Aragón, de las dos Sicilias, de
Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorcas, de Sevilla,
de Cerdeña, de Córdova, de Córcega, de Murcia, de Jaén de los Algarves, de Algecira, de
Gribaltar, de las islas de Canaria, de las Indias, islas y tierra firme, del Mar Océano; Conde de
Barcelona; Señor de Biscaya y de Molina; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña y Bravante y
Milán; Conde de Flandes y de Tirol, etc. Por cuanto nos para la buena gobernación de la
provincia del Quito y otras tierras que de yusi [sic] irán declaradas, habemos acordado de
mandar fundar una nuestra Audiencia y Cancillería Real, que resida en la ciudad de San
Francisco de dicha provincia del Quito, y habemos mandados que el nuestro Presidente y
Oidores de la dicha Audiencia, vayan luego a residir y residan en ella y usen y ejerzan los dichos
sus oficios en los límites que por nos le serán señalados; y porque es nuestra voluntad que la
dicha. Audiencia tenga, son los siguientes: por la costa, hacia la parte de la Ciudad de los Reyes,
hasta el puerto de Pauta exclusive y la tierra adentro hasta Piura y Cajamarca y Chachapoyas y
Moyobamba y Motilones exclusive, de manera que la dicha Audiencia tenga por distrito hacia la
parte suso dicha, los pueblos de Jaén, Valadolid, Zamora, Cuenca, la Zarza y Guayaquil, con
todos los demás pueblos que estuvieren en sus comarcas y se poblaren y hacia la parte de los
pueblos con lo demás que descubriere; y por la costa hacia Panamá hasta el puerto de la Buena
Ventura inclusive y por la tierra adentro a Pasto, Popayán, Cali y Buga y Chapanchica y
Querechicona y todos los dichos lugares con sus términos inclusive; y todos los demás lugares
de la provincia de Popayán, han de quedar a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada;