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La Integración Socio Sanitaria en Andalucía y 
aproximaciones a un análisis de los cambios 
en el sistema de contratación/concertación de 
plazas residenciales para personas mayores. 
Antonio Montero Sines. 
Director Gerente 
de la Residencia de Mayores y 
Unidad de Estancias Diurnas 
de Cruz Roja en San Fernando (Cádiz)
La Integración Socio Sanitaria en Andalucía.
Análisis Demográfico. 
La estructura por edad y sexo en la pirámide de población andaluza muestra su progresivo envejecimiento durante los 
últimos años. El total de población de Andalucía, en 2008, es de 8.202.220 habitantes. Los mayores de 65 años 
representan el 14,59%, de los cuales el 3,60% tiene 80 o más años y entre ellos la mitad son de 85 o más años. 
El porcentaje de personas de 65 o más años ha ido aumentando en los últimos años y seguirá aumentan­do, 
y 
especialmente el porcentaje de población mayor de 80 años se prevé que sea incluso mayor. Este hecho es lo que se ha 
denominado «envejecimiento del envejecimiento», un fenómeno que, además, es eminentemente femenino, ya que los 
grupos de más edad estarán compuestos mayoritariamente por mujeres.
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El descenso de la mortalidad ha sido el fenómeno demográfico y sanitario más importante del 
pasado siglo en los países desarrollados. La intensidad con la que se ha producido el descenso de la 
mortalidad en España y Andalucía es una de las característica más sobresalientes. 
En Andalucía en este periodo, la esperanza de vida al nacimiento, se ha duplicado, ganándose cerca 
de cuarenta años más de vida por persona. En la actualidad, la longevidad media de la población 
andaluza, aunque aún con valores algo inferiores a la del conjunto de España, es muy similar a la 
media de la Unión Europea (UE­15) 
y superior a la de países europeos con un PIB mas elevado. 
La situación sobre la esperanza de vida a los 
65 años, en Andalucía y provincias
Análisis epidemiológico. 
Con respecto a los servicios sanitarios, los aún escasos estudios observacionales de base poblacional sobre personas con 
MEC (múltiples enfermedades crónicas) muestran como principales resultados que: 
1.­La 
cantidad de servicios para cuidar la salud de los mayores se debe principalmente al número de enfermedades 
crónicas que tienen, no a su edad. 
2.­Los 
mayores que 
consumen un alto número 
de medicaciones están 
expuestos a un mayor 
riesgo de experimentar 
efectos secundarios 
requiriendo por tanto mayor 
atención médica, sin 
embargo menos de la mitad 
de los mayores con 
enfermedades crónicas 
afirman tener revisiones de 
su medicación. 
3.­Existen 
brechas en la 
atención colaborativa y 
preventiva para los más 
mayores 
Prevalencia de Enfermedades Crónicas Individuales
Si analizamos la prevalencia de tener al menos 1 EC, según la edad, ésta va de un 17,9% en el grupo de edad más 
joven (16­24 
años) al 91,6% en el más mayor (>=75 años), observándose una evolución creciente 
con un salto entre los grupos de edad 45­54 
años y 55­64 
años, grupo éste último donde la prevalencia 
de tener al menos 1 EC es casi el doble con respecto al grupo inmediatamente anterior (73,6% y 48,4% 
respectivamente).
Hospitalización por pluripatología. 
.­El 
aumento de las altas en pacientes mayores de 75 años ha traído consigo un aumento de la edad 
media de los pacientes (80.92 en el año 2000 y 81.42 en el 2010), mayor complejidad (incremen­to 
del 
49,4% de los puntos GRD de 18 en 2000 hasta 26.9 puntos en 2010 ) y un aumento de la tasa de 
mortalidad (desde el 11.9% al 12.3%). 
.­En 
el 43,14% de las altas hospitalarias se identifi­ca 
una enfermedad crónica que genera discapa­cidad 
y se ha incrementado un 66,82% el núme­ro 
de pacientes pluripatológicos. En pacientes con GRD 
quirúrgicos el incremento de pluripato­lógicos 
es incluso mayor, alcanzando el 119% de incremento en 
este periodo. 
.­En 
la actualidad el 83,57% de los pacientes de Medicina Interna tienen una enfermedad crónica y el 
48,24 % son pluripatológicos. El 38,47% de los pacientes pluripatológicos que son atendidos en los 
hospitales del SSPA son atendidos en el servicio de Medicina Interna. 
.­Estos 
datos permiten poner de manifiesto que nuestros hospitales de agudos se están convirtiendo en 
hospitales de pacientes crónicos con eventos agudos y especialmente de pacientes con múltiples 
enfermedades crónicas. Este hecho obliga a replantear la organización y las prioridades dentro del 
hospital en el marco de las recomendaciones generales de los modelos de atención a pacientes con 
enfermedades crónicas.
Frecuentación en AP. 
.- A pesar del crecimiento de la población , si anali-zamos el comportamiento de la 
Frecuentación en los últimos cuatro años, a nivel de Medicina de Familia en el 
Centro de salud, ésta se incremen-tó pero sin sufrir grandes variaciones. En enfer-mería 
el incremento ha sido mayor sobre todo a expensas del aumento de la 
Cartera de Servicios (Prescripción enfermera, agendas a demanda, in-formes de 
dependencia,…). 
.- En el domicilio la frecuentación de Medicina de Familia ha crecido un 59% en los 
cuatro últimos años y la de enfermería un 39%, debido al enve-jecimiento de la 
población, a la inmovilización de los pacientes, a la institucionalización de perso-nas 
mayores,…. 
.- El 15,24% de población mayor de 64 años (1.244.150 ciudadanos), consume el 
50,74% del total consultas médicas en el Centro de salud (19.906.400 consultas).
Recursos. 
.- Existe una amplia cartera de servicios en AP para la atención a pacientes 
con enfermedades cróni-cas, población en situación de dependencia y sus 
cuidadoras. 
.- Existe una gran variabilidad entre Distritos de AP y AGSanitaria en la 
identificación de pacientes pluripatológicos, así como en el modelo de aten-ción 
compartida entre Medicina de Familia y Me-dicina Interna, en cuanto a la 
existencia de Inter-nista de referencia, contacto telefónico e ingresos 
programados. 
.- Se produce un aumento progresivo del uso de re-cursos telemáticos por 
parte de los profesionales y de TICs por parte de la ciudadanía.
Ideas importantes sobre la Integración Socio Sanitaria en 
Andalucía, con respecto a los Centros de Mayores: 
1.- Se comparten las Historias Clínicas con los Médicos de Familia de 
referencia (Médico de Cabecera). 
2.- La medicina asistencial (sanidad) atiende a la Residencial (servicios 
sociales). No se abona a las residencias un plus para que tengan medico de 
familia. Pero por ratio, debe haber un facultativo en cada Centro Residencial, 
que está en permanente contacto con la Sanidad Pública. 
3.- La enfermería se comparte (sanidad y servicios sociales), aun cuando 
cada Centro debe tener en su plantilla una ratio de personal de enfermería 
por número de Residentes. 
4.- En las lineas de atencion a la cronicidad por parte de sanidad (diabetes, 
Hipertension, EPOC etc) se tiene en cuenta al Residente en un centro de 
Servicios Sociales, ya que la única diferencia es su domicilio, que no es 
particular, sino una Residencia. Todos los Residentes tienen un Médico de 
Familia asignado, perteneciendo como cualquier otra persona a su cupo.
Aproximaciones a un análisis de los cambios 
en el sistema de contratación/concertación de 
plazas residenciales para personas mayores. 
en Andalucía.
Antecedentes: 
La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, 
conforme se disponía en la disposición adicional primera del Decreto 
101/2011, de 19 de abril, por la que se crean sus estatutos, y por ser 
de su competencia, vino a subrogarse en todos los contratos y 
convenios suscritos por la entonces Consejería de Igualdad y 
Bienestar Social, a través de las Delegaciones Provinciales, para la 
concertación del servicio de atención residencial para personas 
mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia.
La Agencia es responsable de la gestión 
de un total de 14.194 plazas de atención 
residencial para personas mayores con 
entidades privadas en todo el territorio de 
la Comunidad Autónoma de Andalucía. 
Los Centros Residenciales actualmente tenemos una 
Prórroga de Contrato de Gestión de Servicio Público 
en Régimen de Concierto de Centro Residencial para 
Personas Mayores, firmada el 27 de febrero de 2014 
con una duración de 1 año. Los Contratos iniciales 
fueron firmados el 1 de Marzo de 2009.
El precio plaza/día estipulado desde Enero de 
2012 para este tipo de plazas es de 50,20 
euros, abonando el residente el 75% de su 
pensión, y la diferencia hasta llegar a 50,20 
euros/día es lo que abona la Junta de 
Andalucía.
Situación actual: 
Dado el próximo vencimiento, el 28 de febrero de 2015, de las 
prórrogas de todos los contratos que se encuentran en la actualidad 
formalizados (371 de atención residencial para personas mayores) y 
con la finalidad de unificar la contratación de estos servicios en un 
único procedimiento, se aborda la necesidad de iniciar la 
contratación de la gestión de servicio público, modalidad concierto, 
de atención residencial a personas mayores dependientes, mediante 
la modalidad de ACUERDO MARCO, que es uno de los sistemas 
para la racionalización de la contratación de las Administraciones 
Públicas que regula el texto refundido de la Ley de Contratos del 
Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 
de noviembre.
Según la Administración, la utilización de este sistema de 
contratación va a permitir: 
1.- Sometimiento de toda la concertación en el ámbito de 
la atención residencial al Acuerdo Marco, mejorando 
su gestión y control en la toma de decisiones. 
2.- La simplificación del procedimiento de contratación 
pública, permitiendo reducir los gastos que estos 
llevan asociados. 
3.- Disponer de forma inmediata de una bolsa de 
entidades licitadoras con las cuales se han concretado 
previamente los aspectos determinantes de las futuras 
licitaciones derivadas, haciendo que la contratación 
sea más ágil y eficiente.
El Acuerdo Marco. Selección de Entidades. 
Esta fase comprenderá el procedimiento de selección de entidades con las que 
se formalizarán los contratos derivados. 
Presentación de proposiciones. Por ser un contrato no sujeto a regulación 
armonizada, se concederá un plazo de 15 días para la presentación de ofertas. 
Selección de la persona contratista y adjudicación. Finalizado el plazo de 
presentación de ofertas, se procederá a la apertura del sobre nº1, comprensivo 
de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos del 
total de entidades licitadoras que hayan presentado una oferta. Entre dicha 
documentación, además de los requisitos de capacidad, se valorarán los 
requisitos de solvencia.
Tras el transcurso del periodo de tres días hábiles para subsanar 
la documentación administrativa que, en su caso, se conceda, se 
procederá a valorar los criterios de adjudicación establecidos. 
Acreditada la capacidad de obrar, solvencia y valorados los 
criterios de adjudicación, el órgano de contratación adjudicará el 
acuerdo marco. 
Adjudicación de Contratos. 
A la vista de las entidades que resulten adjudicatarias del acuerdo 
marco, la Agencia procederá a la adjudicación y formalización con 
cada una de ellas de los contratos derivados del acuerdo marco
Experiencias de otros Acuerdos Marco ya vigentes 
(Esta modalidad ya se ha puesto en marcha en otras Comunidades o Provincias, como la 
Comunidad de Madrid, Comunidad de Castilla La Mancha, o Zaragoza). 
.- Las entidades licitadoras pueden ofrecer cuantas plazas estimen convenientes, 
siempre y cuando los centros en que se ubiquen cumplan los siguientes requisitos: 
1.- Los establecidos en la normativa vigente de la Comunidad 
sobre condiciones mínimas de los centros de atención a pp. mm. 
2.- Contar con las preceptivas autorizaciones administrativas y 
disponer de certificado de acreditación. 
3.- Estar ubicados en cualquiera de los términos municipales de la 
Comunidad Autónoma. 
.- El AM tiene una vigencia de dos años, pudiéndose prorrogar hasta un máximo 
de dos años más.
.- Las proposiciones se presentan de la siguiente manera: 
1.- Sobre nº 1: “Documentación acreditativa del cumplimiento de los 
requisitos previos”. 
2.- Sobre nº 2: “Proposición económica y documentación técnica 
acreditativa del cumplimiento de los criterios evaluables mediante la 
aplicación de fórmulas o porcentajes” (En Madrid, este sobre se 
desglosa en dos). 
.- La mesa de contratación, en el caso de Castilla La Mancha, calcula la media 
aritmética de los precios ponderados que resultan de las ofertas de los licitadores 
y considera anormales o desproporcionadas aquellas ofertas cuyo precio medio 
ponderado sea inferior en más de un 25% a dicha media aritmética. El precio 
máximo de esta licitación ha sido en 2014 de 50,49 € plaza/día. En la Comunidad 
de Madrid, el presupuesto base para la licitación en 2013, fue de 52,15 € 
plaza/día.
.- Las entidades licitadoras tienen en todos los casos como requisito 
específico, solvencia económica, financiera y técnica o profesional. La 
económica y financiera, se realiza con Declaraciones apropiadas de 
entidades financieras. La técnica y profesional consiste en una relación de 
los principales servicios o trabajos en los últimos tres años que incluya 
importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos. 
.- En ninguno de los tres casos estudiados procede una revisión de 
precios durante la vigencia del AM. Sin embargo, sí procede esta revisión 
a la firma de la prórroga.
El futuro con el Acuerdo Marco: 
.- Desde las organizaciones empresariales del sector, se asume que esta modalidad 
de Acuerdo Marco sustituirá a los Contratos/Convenios actuales. 
.- Se entiende que permitirá prescindir de toda la burocracia que se genera con la 
renovación de contratos (vencen el 28 de febrero de 2015). 
.- Permitirá la movilidad de plazas concertadas, circunstancia que hasta ahora no 
podía darse, y ello se dará en función de la demanda con el fin de realizar una 
distribución más homogénea de la oferta y dar una mayor cobertura en nuestra 
Comunidad. 
.- Todo esto debe llevar aparejado la Denuncia, con 3 meses de antelación, por parte 
de la Agencia de los contratos vigentes. 
.- El Acuerdo Marco se establecerá por un periodo máximo de cuatro años.
El futuro con el Acuerdo Marco: 
.- En estos momentos se está trabajando en los Pliegos para optar a la Licitación, pero 
nos han avanzado que la convocatoria y el procedimiento será similar al de otras 
modalidades de contratación pública. 
.- El precio de partida será el que existe en la actualidad y se incluirán Cláusulas 
sociales que eviten la concurrencia por bajada de precio. 
.- Se pretende evitar que nadie se quede fuera del Acuerdo Marco. 
.- Al ser un procedimiento nuevo y complejo, requerirá sistematizar y clarificar cada 
fase del procedimiento.
En cada Centro se están analizando hoy por hoy las consecuencias del 
cambio, ya que cada entidad que licite para el AM, no sabe ni puede 
saber si quedará con las mismas plazas contratadas que en la 
actualidad, con más (hasta el tope de las plazas que tenga acreditadas), 
o con menos con el consiguiente riesgo económico que conlleva.
Muchas Gracias 
Humanidad 
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La integración socio sanitaria en Andalucía: Estado actual y objetivo a futuro

  • 1. La Integración Socio Sanitaria en Andalucía y aproximaciones a un análisis de los cambios en el sistema de contratación/concertación de plazas residenciales para personas mayores. Antonio Montero Sines. Director Gerente de la Residencia de Mayores y Unidad de Estancias Diurnas de Cruz Roja en San Fernando (Cádiz)
  • 2. La Integración Socio Sanitaria en Andalucía.
  • 3. Análisis Demográfico. La estructura por edad y sexo en la pirámide de población andaluza muestra su progresivo envejecimiento durante los últimos años. El total de población de Andalucía, en 2008, es de 8.202.220 habitantes. Los mayores de 65 años representan el 14,59%, de los cuales el 3,60% tiene 80 o más años y entre ellos la mitad son de 85 o más años. El porcentaje de personas de 65 o más años ha ido aumentando en los últimos años y seguirá aumentan­do, y especialmente el porcentaje de población mayor de 80 años se prevé que sea incluso mayor. Este hecho es lo que se ha denominado «envejecimiento del envejecimiento», un fenómeno que, además, es eminentemente femenino, ya que los grupos de más edad estarán compuestos mayoritariamente por mujeres.
  • 4. Esperanza de vida de la población andaluza. El descenso de la mortalidad ha sido el fenómeno demográfico y sanitario más importante del pasado siglo en los países desarrollados. La intensidad con la que se ha producido el descenso de la mortalidad en España y Andalucía es una de las característica más sobresalientes. En Andalucía en este periodo, la esperanza de vida al nacimiento, se ha duplicado, ganándose cerca de cuarenta años más de vida por persona. En la actualidad, la longevidad media de la población andaluza, aunque aún con valores algo inferiores a la del conjunto de España, es muy similar a la media de la Unión Europea (UE­15) y superior a la de países europeos con un PIB mas elevado. La situación sobre la esperanza de vida a los 65 años, en Andalucía y provincias
  • 5. Análisis epidemiológico. Con respecto a los servicios sanitarios, los aún escasos estudios observacionales de base poblacional sobre personas con MEC (múltiples enfermedades crónicas) muestran como principales resultados que: 1.­La cantidad de servicios para cuidar la salud de los mayores se debe principalmente al número de enfermedades crónicas que tienen, no a su edad. 2.­Los mayores que consumen un alto número de medicaciones están expuestos a un mayor riesgo de experimentar efectos secundarios requiriendo por tanto mayor atención médica, sin embargo menos de la mitad de los mayores con enfermedades crónicas afirman tener revisiones de su medicación. 3.­Existen brechas en la atención colaborativa y preventiva para los más mayores Prevalencia de Enfermedades Crónicas Individuales
  • 6. Si analizamos la prevalencia de tener al menos 1 EC, según la edad, ésta va de un 17,9% en el grupo de edad más joven (16­24 años) al 91,6% en el más mayor (>=75 años), observándose una evolución creciente con un salto entre los grupos de edad 45­54 años y 55­64 años, grupo éste último donde la prevalencia de tener al menos 1 EC es casi el doble con respecto al grupo inmediatamente anterior (73,6% y 48,4% respectivamente).
  • 7. Hospitalización por pluripatología. .­El aumento de las altas en pacientes mayores de 75 años ha traído consigo un aumento de la edad media de los pacientes (80.92 en el año 2000 y 81.42 en el 2010), mayor complejidad (incremen­to del 49,4% de los puntos GRD de 18 en 2000 hasta 26.9 puntos en 2010 ) y un aumento de la tasa de mortalidad (desde el 11.9% al 12.3%). .­En el 43,14% de las altas hospitalarias se identifi­ca una enfermedad crónica que genera discapa­cidad y se ha incrementado un 66,82% el núme­ro de pacientes pluripatológicos. En pacientes con GRD quirúrgicos el incremento de pluripato­lógicos es incluso mayor, alcanzando el 119% de incremento en este periodo. .­En la actualidad el 83,57% de los pacientes de Medicina Interna tienen una enfermedad crónica y el 48,24 % son pluripatológicos. El 38,47% de los pacientes pluripatológicos que son atendidos en los hospitales del SSPA son atendidos en el servicio de Medicina Interna. .­Estos datos permiten poner de manifiesto que nuestros hospitales de agudos se están convirtiendo en hospitales de pacientes crónicos con eventos agudos y especialmente de pacientes con múltiples enfermedades crónicas. Este hecho obliga a replantear la organización y las prioridades dentro del hospital en el marco de las recomendaciones generales de los modelos de atención a pacientes con enfermedades crónicas.
  • 8. Frecuentación en AP. .- A pesar del crecimiento de la población , si anali-zamos el comportamiento de la Frecuentación en los últimos cuatro años, a nivel de Medicina de Familia en el Centro de salud, ésta se incremen-tó pero sin sufrir grandes variaciones. En enfer-mería el incremento ha sido mayor sobre todo a expensas del aumento de la Cartera de Servicios (Prescripción enfermera, agendas a demanda, in-formes de dependencia,…). .- En el domicilio la frecuentación de Medicina de Familia ha crecido un 59% en los cuatro últimos años y la de enfermería un 39%, debido al enve-jecimiento de la población, a la inmovilización de los pacientes, a la institucionalización de perso-nas mayores,…. .- El 15,24% de población mayor de 64 años (1.244.150 ciudadanos), consume el 50,74% del total consultas médicas en el Centro de salud (19.906.400 consultas).
  • 9. Recursos. .- Existe una amplia cartera de servicios en AP para la atención a pacientes con enfermedades cróni-cas, población en situación de dependencia y sus cuidadoras. .- Existe una gran variabilidad entre Distritos de AP y AGSanitaria en la identificación de pacientes pluripatológicos, así como en el modelo de aten-ción compartida entre Medicina de Familia y Me-dicina Interna, en cuanto a la existencia de Inter-nista de referencia, contacto telefónico e ingresos programados. .- Se produce un aumento progresivo del uso de re-cursos telemáticos por parte de los profesionales y de TICs por parte de la ciudadanía.
  • 10. Ideas importantes sobre la Integración Socio Sanitaria en Andalucía, con respecto a los Centros de Mayores: 1.- Se comparten las Historias Clínicas con los Médicos de Familia de referencia (Médico de Cabecera). 2.- La medicina asistencial (sanidad) atiende a la Residencial (servicios sociales). No se abona a las residencias un plus para que tengan medico de familia. Pero por ratio, debe haber un facultativo en cada Centro Residencial, que está en permanente contacto con la Sanidad Pública. 3.- La enfermería se comparte (sanidad y servicios sociales), aun cuando cada Centro debe tener en su plantilla una ratio de personal de enfermería por número de Residentes. 4.- En las lineas de atencion a la cronicidad por parte de sanidad (diabetes, Hipertension, EPOC etc) se tiene en cuenta al Residente en un centro de Servicios Sociales, ya que la única diferencia es su domicilio, que no es particular, sino una Residencia. Todos los Residentes tienen un Médico de Familia asignado, perteneciendo como cualquier otra persona a su cupo.
  • 11. Aproximaciones a un análisis de los cambios en el sistema de contratación/concertación de plazas residenciales para personas mayores. en Andalucía.
  • 12. Antecedentes: La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, conforme se disponía en la disposición adicional primera del Decreto 101/2011, de 19 de abril, por la que se crean sus estatutos, y por ser de su competencia, vino a subrogarse en todos los contratos y convenios suscritos por la entonces Consejería de Igualdad y Bienestar Social, a través de las Delegaciones Provinciales, para la concertación del servicio de atención residencial para personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia.
  • 13. La Agencia es responsable de la gestión de un total de 14.194 plazas de atención residencial para personas mayores con entidades privadas en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los Centros Residenciales actualmente tenemos una Prórroga de Contrato de Gestión de Servicio Público en Régimen de Concierto de Centro Residencial para Personas Mayores, firmada el 27 de febrero de 2014 con una duración de 1 año. Los Contratos iniciales fueron firmados el 1 de Marzo de 2009.
  • 14. El precio plaza/día estipulado desde Enero de 2012 para este tipo de plazas es de 50,20 euros, abonando el residente el 75% de su pensión, y la diferencia hasta llegar a 50,20 euros/día es lo que abona la Junta de Andalucía.
  • 15. Situación actual: Dado el próximo vencimiento, el 28 de febrero de 2015, de las prórrogas de todos los contratos que se encuentran en la actualidad formalizados (371 de atención residencial para personas mayores) y con la finalidad de unificar la contratación de estos servicios en un único procedimiento, se aborda la necesidad de iniciar la contratación de la gestión de servicio público, modalidad concierto, de atención residencial a personas mayores dependientes, mediante la modalidad de ACUERDO MARCO, que es uno de los sistemas para la racionalización de la contratación de las Administraciones Públicas que regula el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
  • 16. Según la Administración, la utilización de este sistema de contratación va a permitir: 1.- Sometimiento de toda la concertación en el ámbito de la atención residencial al Acuerdo Marco, mejorando su gestión y control en la toma de decisiones. 2.- La simplificación del procedimiento de contratación pública, permitiendo reducir los gastos que estos llevan asociados. 3.- Disponer de forma inmediata de una bolsa de entidades licitadoras con las cuales se han concretado previamente los aspectos determinantes de las futuras licitaciones derivadas, haciendo que la contratación sea más ágil y eficiente.
  • 17. El Acuerdo Marco. Selección de Entidades. Esta fase comprenderá el procedimiento de selección de entidades con las que se formalizarán los contratos derivados. Presentación de proposiciones. Por ser un contrato no sujeto a regulación armonizada, se concederá un plazo de 15 días para la presentación de ofertas. Selección de la persona contratista y adjudicación. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura del sobre nº1, comprensivo de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos del total de entidades licitadoras que hayan presentado una oferta. Entre dicha documentación, además de los requisitos de capacidad, se valorarán los requisitos de solvencia.
  • 18. Tras el transcurso del periodo de tres días hábiles para subsanar la documentación administrativa que, en su caso, se conceda, se procederá a valorar los criterios de adjudicación establecidos. Acreditada la capacidad de obrar, solvencia y valorados los criterios de adjudicación, el órgano de contratación adjudicará el acuerdo marco. Adjudicación de Contratos. A la vista de las entidades que resulten adjudicatarias del acuerdo marco, la Agencia procederá a la adjudicación y formalización con cada una de ellas de los contratos derivados del acuerdo marco
  • 19. Experiencias de otros Acuerdos Marco ya vigentes (Esta modalidad ya se ha puesto en marcha en otras Comunidades o Provincias, como la Comunidad de Madrid, Comunidad de Castilla La Mancha, o Zaragoza). .- Las entidades licitadoras pueden ofrecer cuantas plazas estimen convenientes, siempre y cuando los centros en que se ubiquen cumplan los siguientes requisitos: 1.- Los establecidos en la normativa vigente de la Comunidad sobre condiciones mínimas de los centros de atención a pp. mm. 2.- Contar con las preceptivas autorizaciones administrativas y disponer de certificado de acreditación. 3.- Estar ubicados en cualquiera de los términos municipales de la Comunidad Autónoma. .- El AM tiene una vigencia de dos años, pudiéndose prorrogar hasta un máximo de dos años más.
  • 20. .- Las proposiciones se presentan de la siguiente manera: 1.- Sobre nº 1: “Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos”. 2.- Sobre nº 2: “Proposición económica y documentación técnica acreditativa del cumplimiento de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas o porcentajes” (En Madrid, este sobre se desglosa en dos). .- La mesa de contratación, en el caso de Castilla La Mancha, calcula la media aritmética de los precios ponderados que resultan de las ofertas de los licitadores y considera anormales o desproporcionadas aquellas ofertas cuyo precio medio ponderado sea inferior en más de un 25% a dicha media aritmética. El precio máximo de esta licitación ha sido en 2014 de 50,49 € plaza/día. En la Comunidad de Madrid, el presupuesto base para la licitación en 2013, fue de 52,15 € plaza/día.
  • 21. .- Las entidades licitadoras tienen en todos los casos como requisito específico, solvencia económica, financiera y técnica o profesional. La económica y financiera, se realiza con Declaraciones apropiadas de entidades financieras. La técnica y profesional consiste en una relación de los principales servicios o trabajos en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos. .- En ninguno de los tres casos estudiados procede una revisión de precios durante la vigencia del AM. Sin embargo, sí procede esta revisión a la firma de la prórroga.
  • 22. El futuro con el Acuerdo Marco: .- Desde las organizaciones empresariales del sector, se asume que esta modalidad de Acuerdo Marco sustituirá a los Contratos/Convenios actuales. .- Se entiende que permitirá prescindir de toda la burocracia que se genera con la renovación de contratos (vencen el 28 de febrero de 2015). .- Permitirá la movilidad de plazas concertadas, circunstancia que hasta ahora no podía darse, y ello se dará en función de la demanda con el fin de realizar una distribución más homogénea de la oferta y dar una mayor cobertura en nuestra Comunidad. .- Todo esto debe llevar aparejado la Denuncia, con 3 meses de antelación, por parte de la Agencia de los contratos vigentes. .- El Acuerdo Marco se establecerá por un periodo máximo de cuatro años.
  • 23. El futuro con el Acuerdo Marco: .- En estos momentos se está trabajando en los Pliegos para optar a la Licitación, pero nos han avanzado que la convocatoria y el procedimiento será similar al de otras modalidades de contratación pública. .- El precio de partida será el que existe en la actualidad y se incluirán Cláusulas sociales que eviten la concurrencia por bajada de precio. .- Se pretende evitar que nadie se quede fuera del Acuerdo Marco. .- Al ser un procedimiento nuevo y complejo, requerirá sistematizar y clarificar cada fase del procedimiento.
  • 24. En cada Centro se están analizando hoy por hoy las consecuencias del cambio, ya que cada entidad que licite para el AM, no sabe ni puede saber si quedará con las mismas plazas contratadas que en la actualidad, con más (hasta el tope de las plazas que tenga acreditadas), o con menos con el consiguiente riesgo económico que conlleva.
  • 25. Muchas Gracias Humanidad Imparcialidad Neutralidad Independencia Voluntariado Unidad Universalidad