Participación del Lic. Raúl Antonio Ávila Guzmán, Director de Inspección de Áreas y Especies Marinas Protegidas en PROFEPA, en el 1er congreso multidisciplinario de bienestar animal México 2015 Ciudad de México.
3. • La Declaración Universal sobre Bienestar Animal(DUBA),
publicada en el año 2007 por la Sociedad Mundial para la
Protección Animal reconoce que los humanos
cohabitamos en este planeta con otras especies dentro de
ecosistemas interdependientes, por lo cual defiende a los
animales como seres vivos capaces de sentir y sufrir y que
por ende merecen el debido respeto y consideración.
• El maltrato animal en el marco normativo mexicano esta
relacionado con los conceptos de “bienestar animal y/o
trato digno y respetuoso”
• Asimismo, se hace referencia a conceptos como el “daño,
tensión, sufrimiento, traumatismo, dolor”, que son
padecimientos o sintomatología que pudieran dar indicios
de maltrato.
1.
4. • Los instrumentos normativos que hacen referencia a este tema son:
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)
Ley General de Vida Silvestre (LGVS) y su Reglamento (RLGVS)
Código Penal Federal (CPF).
• Únicamente refiere a el fomento del trato digno y respetuoso a las especies animales,
como uno de los criterios para la preservación y aprovechamiento sustentable (art. 79
fracc. VIII).
• El artículo 87 bis 2, establece que los tres niveles de gobierno, en el ámbito de sus
respectivas competencias, regularán el trato digno y respetuoso que deberá darse a los
animales.
LEGEEPA
5. Y corresponde a la federación expedir las normas oficiales mexicanas sobre los
principios básicos de trato digno y respetuoso en las condiciones de cautiverio,
exhibición, transporte, alimentación, explotación, manutención y sacrificio de los
animales. (Art. 87 bis 2)
Define los conceptos de crueldad, maltrato y trato digno y respetuoso (Art. 3, fracc.
X, XXVI y XLVII).
Refiere a las reglas generales sobre trato digno y respetuoso en su capitulo VI, que
incluye los artículos 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36 y 37.
Reconoce como infracción las faltas sobre trato digno y respetuosos, así como la
sanción a dicha conducta.
Esta Ley define o establece parámetros sobre trato digno y respetuoso, por lo que su
definición es un concepto subjetivo y discrecional.
LGVS
6. Obliga a la federación a la expedición de
normas oficiales mexicanas que regulen
esta materia.
Refiere a este tema como el daño a
ejemplares de fauna silvestre, únicamente
de especies en veda, en riesgo de
extinción o incluidas en la CITES.
Y de manera especifica, refiere al daño de
tortugas y mamíferos marinos.
El concepto de daño no esta incluido en la
LGEEPA, la LGVS, ni en el CPF.
CPF
CITES: Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres.
8. • LGEEPA. Capítulos Flora y Fauna Silvestre; e Inspección y Vigilancia
• Ley General de Vida Silvestre. Regulaciones sobre manejo, aprovechamiento, legal
procedencia, trato digno y respetuoso.
• Norma Oficial Mexicana NOM -135-2004. Establece las regulaciones técnicas de la
captura para investigación, transporte, exhibición, manejo y manutención de
mamíferos marinos en cautiverio.
• NOM-059-SEMARNAT-2010. Listado de especies en riesgo.
• CITES. Regulación sobre el comercio internacional de especies.
LEGISLACIÓN APLICABLE
9. • Aspectos Administrativos.
– Documentación, registros, informes, plan de manejo…
• Aspectos Técnicos.
– Instalaciones, mantenimiento, bitácoras, personal…
ASPECTOS A VERIFICAR
10. REGISTRO como Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA)
o en su caso
Oficio de incorporación como Predios e Instalaciones que Manejan Vida Silvestre de
forma confinada (PIMVS).
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
11. 1. Especie(s) Silvestre(s) Sujeta(s) a Manejo y Aprovechamiento.
2. Inventario actualizado.
3. Programas para el Manejo Intensivo de las Especies Silvestres en la UMA.
a) Programa de Bioseguridad y vigilancia.
b) Programa de Medicina Preventiva.
c) Programa Genético y de Reproducción.
d) Programa de Alimentación.
e) Programa de Traslado y Movimiento de ejemplares.
f) Programa de Contención y Manejo.
g) Programa de Respuesta a Contingencias.
h) Actividades de Educación ambiental e Investigación.
i) Programa de Registros.
j) Programa de ambientación y Enriquecimiento.
PLAN DE MANEJO, aprobado por la Dirección General de Vida Silvestre de la Subsecretaría de Gestión de
Protección Ambiental, el cual deberá cumplir con los siguientes puntos:
12. • INFORME ANUAL inmediato anterior, el cual debió
ser entregado a la Secretaría en fecha y forma.
• INVENTARIO ACTUALIZADO de los ejemplares que
se encuentran dentro de las instalaciones.
• LEGAL PROCEDENCIA
Presentación de documentación para todos y cada
uno de los ejemplares albergados en las
instalaciones.
• Corroborar físicamente el sistema de marcaje
(microchip, foto-marcaje) de cada ejemplar con el
presentado en la documentación que ampara su
posesión.
13. Con base a numerales de la Norma Oficial Mexicana NOM-135-SEMARNAT-2004.
• Instalaciones generales: áreas de almacén, cuarentena, farmacia, alimentos, drenaje,
equipos de temperatura y filtración, etc.
• Confinamientos: dimensiones de estanques primarios y secundarios para delfines y
lobos marinos.
• Cuidado y salud: ejemplares por estanque, limpieza de los estanques, veterinario
responsable, programa de salud, programa de actividades, programa de alimentación y
régimen sanitario para el manejo y preparación de alimentos.
• Calidad del agua: para beber, parámetros químicos y biológicos en estanques.
ASPECTOS TÉCNICOS
14. • Bitácoras
De trabajo.- Se detalla la descripción del programa y horarios a la que cada animal es sujeto de
entrenamiento, programas interactivos de NCD u otros, exhibición y espectáculo.
Veterinaria.- Protocolo de visitas y monitoreo veterinario con datos de exámenes médico mensual y
semestral, incluyendo resultados de análisis de laboratorio, tratamientos.
De alimentación.- Dieta diaria de cada ejemplar.
Calidad del Agua.- Mediciones de temperatura, pH, salinidad (tres veces al día), así como los
resultados de los examen de coliformes (quincenales).
Comportamiento.- Incluir Incidentes peligrosos, eventualidades, traumatismos o accidentes.
Necropsias.- En caso de que se haya presentado algún deceso se verificará que contenga lo datos
del deceso, resultado de la necropsia, incluyendo el análisis histopatológico, documentación
fotográfica, datos de identificación del animal.
15. • Medidas sanitarias: limpieza y desinfección de estanques.
• Mantenimiento de instalaciones
• Personal: relación del personal que participa directamente con los delfines, tales como
responsable técnico, entrenador, manejador, asistente y médico veterinario.
16. 3. PROGRAMA
NACIONAL DE
INSPECCIÓN Y
VERIFICACION DE LAS
CONDICIONES DE
EXHIBICIÓN Y MANEJO
DE MAMÍFEROS
MARINOS EN
CAUTIVERIO.
(DELFINARIOS)
17. OBJETIVO:
Verificar el manejo en cautiverio de
cada uno de los Mamíferos Marinos
albergados en los delfinarios
registrados ante la Dirección General
de Vida Silvestre (DGVS)-SEMARNAT,
así como la legal procedencia para la
integración de un padrón de delfines
registrados y autorizados para su
manejo.
Trato digno y Respetuoso
18. Delfinarios Registrados
Se cuenta con un padrón de 31 delfinarios en 9 estados de la República Mexicana reportados por la
Dirección General de Vida Silvestre, los cuales se encuentran distribuidos de la siguiente manera:
ESTADO NOMBRE
Baja California Sur (3) Cabo Dolphin; Cabo Dolphins San José del Cabo; Dolphin Discovery Puerto Los Cabos
Distrito Federal (4) Ferias III; Reino Marino; Mundo Marino; Atlantis.
Guanajuato (1) Splash Parque Acuático.
Guerrero (2) Operadora Nacional de Parques Recreativos S.A. DE C.V.; Delfiniti,Delfinario Ixtapa Zihuatanejo.
Jalisco (1) Centro Internacional de Mamíferos Marinos (CIMM)
Nayarit (2) Dolphin Adventures 2a Etapa, Nuevo Vallarta; Aventuras Discovery, S.A. DE C.V.
Quintana Roo (16)
Dolphin Discovery Isla Mujeres; Dolphin Discovery Isla Cozumel; Dolphin Discovery Puerto Aventuras;
Dolphin Discovery Costa Maya; Dolphin Discovery Riviera Cancún; Dolphin Maroma; Dolphin Sirenis;
Dolphinaris Cozumel; Dolphinaris Barcelo; Dolphinaris Riviera Maya; Dolphinaris Tulúm; Dolphinaris
Cancún; Atlantida Cancún; Interactive Aquarium Cancún; Via Dalphy Dreams; Convivencia en Xel-Há;
Sonora (1) Delfinario Sonora.
Veracruz (1) Acuario de Veracruz.
19. ESTADO DELFINARIOS RESUMEN
Baja California Sur 3
Verificación de 367 mamíferos
marinos:
- 275 delfines
- 69 lobos marinos
- 23 manatíes
Distrito federal 4
Guanajuato 1
Guerrero 2
Jalisco 1
Nayarit 2
Nuevo león 1
Quintana roo 15
Sonora 1
Veracruz 1
TOTAL 31
PROGRAMA DE INSPECCIÓN
•En 2014 se aplicó el Programa Nacional de Inspección a Delfinarios, logrando la verificación de
las condiciones de salud y manejo de un total de 367 mamíferos marinos, de los cuales 275 son
delfines.
ALGUNOS RESULTADOS
20. Lugar Motivo del aseguramiento
Ejemplares
asegurados
Delfines Lobos
Atlantis Trato digno y respetuoso 3 5
Centro Internacional de Mamíferos
Marinos (Itinerante)
Legal procedencia
(acredito con posterioridad) 1 0
Splash Parque Acuático Instalaciones inadecuadas 0 2
TOTAL 4 7
PRESUNTAS IRREGULARIDADES Y ASEGURAMIENTOS
•En 03 delfinarios se observaron presuntas irregularidades en 2014.
+Expedientes cerrados actualmente
21. • Actualización constante de la NOM-135-SEMARNAT-2004.
• Análisis amplio Protección-Conservación-Aprovechamiento
• Certeza de la procedencia legal (ej. Marcaje genético)
Observaciones- Conclusiones
22. Raúl A. Ávila Guzmán
Correo electrónico:
raavilag@profepa.gob.mx