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MATERIA:
        ADMINISTRACION DE RECURSOS Y FUNCION INFORMATICA

                           CATEDRÁTICO:

            MARTINEZ MORALES MARIA DE LOS ANGELES



                             UNIDAD: III

                           4TO SEMESTRE

                         ANÁLISIS CRÍTICO
                              EQUIPO:

                  FRANCISCO RODRIGUEZ MARISOL.

                    FELICIANO PATRICIO BEATRIZ.

                LORENZO RITA YOLANDA GUADALUPE.


   ACONTINUACION PRESENTAMOS LOS EJEMPLO DE CONTRATOS QUE SON:

Capacitación
Compra-venta
Consultoría
Desarrollo de software
Soporte técnico



SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, OAX., A 24 DE ABRIL DEL 2012
CONTRATOS
                                  MODELO DE CONTRATO DE CAPACITACIÓN


En      ...........................,     a       ...........     de    .......................      de        200....,        entre  la
empresa....................................................., R.U.T. .........................., representada por
don ............................................................, cédula nacional de identidad Nº.............................,
ambos domiciliados en ............................................., de la ciudad de ............................, en
adelante            el         empleador,                y        don        ....................................................., de
nacionalidad .........................., cédula nacional de identidad Nº..........................., de ................
años de edad, nacido(a) el ........... de ...................... de 19....., domiciliado
en ..............................................., de la ciudad de ......................, en adelante el capacitado,
se ha convenido el siguiente contrato de capacitación.

1.- El capacitado se obliga a asistir al curso de .............................................., impartido por el
organismo técnico de capacitación ............................................. , el cual será ejecutado
en ...................................................... en el siguiente horario:..........................., sin perjuicio de
ser modificado este lugar y horario, previa información a la empresa y siempre y cuando esta
modificación obedezca a razones justificadas.

2.- El capacitado se obliga a asistir en términos regulares al proceso de capacitación y a
cumplir con el porcentaje mínimo de asistencia exigido para su aprobación, como asimismo a
actuar con esfuerzo y responsabilidad durante el proceso de capacitación.

3.- La duración del proceso de capacitación será de ............ horas cronológicas, las que
serán impartidas entre los días .......... de ...................... y .......... de ....................200.......


4.- El presente contrato de capacitación tendrá una duración de .............. meses y entrará a
regir el día .............. de ..................... de 200......

5.- Las partes dejan constancia que el curso al cual asiste el capacitado es financiado por el
Estado mediante la utilización de la franquicia tributaria contemplada en la ley Nº19.518
sobre Estatuto de Capacitación y Empleo.

Para constancia, firman:




                ..................................................................................................................
                             CAPACITADOR                                                      EMPLEADOR
                                   C.I                                                                   C.I.
CONTRATOS

              CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA
CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE             A
QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO "LA PARTE VENDEDORA" Y
DE OTRA PARTE          , A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO
"LA PARTE COMPRADORA", MISMO CONTRATO QUE SUJETAN A LO CONTENIDO EN LAS
SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.



                                        DECLARACIONES



I.- Declara "LA PARTE VENDEDORA" bajo protesta de decir verdad:

a).- Ser legítimos propietarios del inmueble identificado como               lo cual acreditan con el
primer testimonio de la escritura pública número           otorgada ante la fé del señor licenciado
Notario Público número          de la ciudad de                 , el cual se encuentra debidamente
inscrito en el Registro Público de la Propiedad de la ciudad de                   bajo los siguientes
datos registrales:

mismo inmueble que cuenta con las siguientes superficie, medidas y colindancias:

superficie:

medidas y colindancias:

al norte:

al sur:

al este:

al oeste:

b).- Encontrarse debidamente capacitados para la celebración del presente                  contrato,
manifestando bajo protesta de decir verdad que su estado civil es el siguiente:

El señor             ,casado bajo el régimen matrimonial de               con la señora          .

El señor             , soltero, y que adquirió los derechos que le corresponden sobre el inmueble
materia del presente contrato bajo este estado civil.

II.- Declara "LA PARTE COMPRADORA" contar con la capacidad suficiente para la realización
del acto jurídico consignado en el presente documento, conocer el inmueble materia del presente
contrato, por lo que manifiestan su conformidad con el otorgamiento de lo mismo.

Expuesto lo anterior las partes otorgan lo que se contiene en las siguientes:

                                           CLAUSULAS

PRIMERA.- "LA PARTE VENDEDORA" vende a "LA PARTE COMPRADORA" quien adquiere
para si el inmueble que ha quedado descrito en la declaración primera inciso a) del presente
instrumento el cual se tiene aquí por reproducido para todos los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDA.- El precio establecido por el inmueble materia del presente contrato y que debe
pagar "LA PARTE COMPRADORA" a "LA PARTE VENDEDORA" es de                           pesos
moneda nacional, mismo que se cubrirá de la siguiente manera:

1.- Al momento de firma del presente contrato de compraventa la cantidad de                   pesos
moneda nacional.
CONTRATOS
2.- El día        de              de 199 la cantidad de         pesos moneda nacional.
3.- Al momento de la firma de la escritura pública se deberá cubrir el saldo del precio de la
operación, mediante cheque certificado a nombre de "LA PARTE VENDEDORA", momento en
que esta deberá entregar la propiedad del inmueble.

TERCERA.- "LA PARTE VENDEDORA" entregará la posesión del inmueble materia del presente
contrato a la parte compradora al momento de                         .

CUARTA.- Para el caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente
instrumento las partes podrán optar por la rescisión del contrato, con independencia de hacer
efectiva la pena convencional plasmada que se menciona más adelante, en cuyo caso, se estará
dispuesto a lo siguiente:

En caso de que la parte que diere lugar a la rescisión fuera "LA PARTE VENDEDORA", "LA
PARTE COMPRADORA" podrá optar por la rescisión del presente contrato y solicitar el pago de
la pena convencional pactada, además de tener derecho a que se le reintegren las cantidades
que ha entregado como anticipo del precio, más los intereses generados desde que hayan sido
entregados los anticipos hasta la fecha de devolución de los mismos.

En caso de que la parte que diere lugar a la rescisión del presente contrato fuera "LA PARTE
COMPRADORA:, "LA PARTE VENDEDORA" podrá retener de los anticipos recibidos la pena
convencional pactada, devolviendo a "LA PARTE COMPRADORA" el remanente si es que lo
hubiere, junto con la parte correspondiente de intereses generados a partir de haber recibido el
anticipo.

QUINTA.- Para los efectos de lo señalado en la cláusula que precede las partes fijan como pena
convencional la cantidad de           pesos moneda nacional.

SEXTA.- Las partes estan de acuerdo en que el presente contrato privado se formalice ante la fé
del notario público que elija "LA PARTE COMPRADORA", corriendo por su exclusiva cuenta
todos los gastos, derechos, impuestos y honorarios que genere dicha transmisión de propiedad,
excluyendo el impuesto sobre la renta que corresponde en caso de generarse a "LA PARTE
VENDEDORA", obligándose esta última a entregar toda la documentación que le solicite el
fedatario público correspondiente.

SEPTIMA.- Las partes manifiestan que en la celebración del presente contrato no existe dolo,
error, lesión, mala fé, coacción, o la existencia de algún vicio en el consentimiento que en este
acto otorgan que pudiese invalidar el presente contrato.

OCTAVA.- Serán causas de rescisión del presente contrato, cualquier acto que realicen las
partes en contravención a lo establecido en las cláusulas que preceden, así como los casos que
señala la legislación civil en la materia.

NOVENA.- Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento del presente contrato las
partes desean que se sujete a las leyes y tribunales de la ciudad de          .

DECIMA.- Para todos los efectos legales a que haya lugar las partes señalan los domicilios que
a continuación se mencionan

PARTE VENDEDORA

PARTE COMPRADORA

Ambas partes estando conformes con el contenido y clausulado del presente contrato lo firman el
día              de               de 199 al margen en cada una de sus hojas y al calce en esta
última para todos los efectos legales a que haya lugar.


LA PARTE VENDEDORA                      LA PARTE COMPRADORA



TESTIGO                                      TESTIGO
CONTRATOS

                      CONTRATO DE CONSULTERÍA
          “CONTRATO DE ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
          CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD
                               PUÑOS”

Conste por el presente documento, el Contrato de Adquisición a Precios
A SUMA ALZADA, que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE Puños con RUC N° 20201617104, debidamente
representado por su Alcalde el Sr. CASIMIRO ROSALES CAQUI;
identificado con DNI Nº 22863404, con domicilio legal en el distrito de
Puños; quien en adelante se le llamará MUNICIPALIDAD; y, de la otra
parte el Ing. CAYCO MARQUEZ EFRAIN WALTER, con RUC Nº
17184302233, a quien en adelante se denominará CONTRATISTA, con
domicilio legal J R . L O S M I R L O S N R O . 1 3 1 P AU C A R B A M B I L L A H U A N U C O
A M A R I L I S, para estos efectos en; en los términos y condiciones
siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: CONOVOCATORIA Y OTORGAMIENTO                                      DE    LA
BUENA PRO
La ENTIDAD ha previsto contratar los servicios de una consultoría para la
“ELABORACION  DEL  EXPEDIENTE  TÉCNICO  CONSTRUCCIÓN      Y
EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS” materia de la A.M.C
Nº 004-2007-MD-CEP , en cuyo resultado se ha otorgado la Buena Pro al EL
CONSULTOR CAYCO MARQUEZ EFRAIN WALTER.

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETIVO Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS
Por el presente Contrato, LA ENTIDAD           contara los servicios de EL
CONSULTOR, bajo el Sistema de A suma Alzada, para que ejecute totalmente
la elaboración del proyecto, financiado por la Municipalidad de Puños, estos
servicios comprenderán todo lo relacionado con las actividades que deben
desarrollar para cumplir con los objetivos servicios indicado en la cláusula
anterior, de acuerdo con las Bases y términos de referencia aprobado
mediante Resolución de alcaldía -2007-MDP-A y la Propuesta Técnica y
Económica, que forman parte integrante del presente Contrato.
Los servicios se prestaran conforme a lo establecido en el Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisic iones del estado aprobado
D.N..Nº 083-2005-PCM, al cual en adelante se llamara LA LEY, su reglamento
aprobado por D.N..Nº 084-2005- PCM, que en lo sucesivo se le llamara EL
REGLAMENTO y demás dispositivos ampliatorios y modificatorios; asimismo,
se aplicara en forma supletoria la Ley Nº 27444-Ley de Procedimientos
Administrativos General y las normas contenidas en el Código Civil.

CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
El CONSULTOR           se obliga a prestar los servicios       contratos por
“LAMUNICIPALIDAD” teniendo en cuenta para la elaboración del proyecto
objeto del presente contrato, los plazos, montos, y demás aspectos técnicos
que estarán incluidos en el expediente técnico final.
EL CONSULTOR es responsable de velar directamente y permanente por la
correcta ejecución del Perfil, el mismo que estará conformado por:
I. Memoria Descriptiva
II. Especificaciones Técnicas
III. Planilla de Merados
IV. Presupuesto de obra
V. Análisis de precios unitarios y cantidades de insumos
VI. Coronáramos (avance, desembolsos, adquisición de materiales.
CONTRATOS
VII.Planos de proyecto.

CLAUSULA      CUARTA:     RECURSOS     HUMANOS       Y    FISICOS    QUE
PROPORCIONARA EL CONSULTOR
Todo lo relacionado a los Recursos Humanos y Físicos que proporcionara EL
CONSULTOR durante el desarrollo del proyecto están detallados en ellos
términos de referencia y deberán ser cumplidos obligatoriamente por El
CONSULTOR.

CLAUSULA QUINTA: RESPONSABILIDADES DE EL CONSULTOR
Todo lo relacionado a las Responsabilidades de EL CONCULTOR durante la
elaboración del proyecto están detallados en el Numeral 4 de los Términos de
referencia y deberán ser cumplidos obligatoria, ente por EL CONSULTOR.

CLAUSULA SEXTA: MONTO DEL SERVICIO DE CONSULTORIA
De acuerdo con la Propuesta Técnica-Económica aprobada, que forma parte del presente
Contrato, las partes acuerdan que el monto del servicio de consultoría para la
“ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO
DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS” asciende a la suma total de S/ 9,000.00 (NUEVE MIL
00/100 nuevos soles) incluido impuestos y referidos al mes de Abril del 2007.

CLAUSULA SEPTIMA: DEL PLAZO DEL SERVICIO DE CONSULTORIA.
El plazo del servicio de consultoría para la “ELABORACION                       DEL
EXPEDIENTE  TÉCNICO  CONSTRUCCIÓN         Y   EQUIPAMIENTO                      DEL
PUESTO DE SALUD PUÑOS” , será de 30 días calendario.

CLAUSULA OCTAVA: DE LAS GARANTIAS.
De conformidad con lo establecido en el Articulo 122º del REGLAMENTO por
tratarse de una Adjudicación de Menor Cuantía, EL CONSULTOR presentara
una Declaración Jurada de Fiel Cumplimiento de Contrato.

CLAUSULA DECIMA: DEL PAGO DE LOS HONORARIOS.
El monto de los honorarios fijados en la cláusula precedente, se cancelara de
la siguiente manera:
-      50% adelanto directo con la presentación del anteproyecto
       aprobado por la DIRESA HCO. ;
-      50% a la PRESENTACION y aprobación correspondiente por
       parte de la entidad del expediente técnico
-      Los pagos antes señalados serán contra prestación de los servicios de
       EL CONSULTOR acreditados con la documentación sustentatoria y el
       informe respectivo, salvo el caso del Adelanto Directo.

Toda demora de EL CONSULTOR en la presentación de los documentos para
su pago será imputable a este, lo cual no le dará derecho al reconocimiento
de intereses

CLAUSULA DECIMA PRIMERA: DE LA VIGENCIA Y TRANSFERENCIA DEL
CONTRATO.
La vigencia del presente contrato es a partir del día siguiente de la fecha de
suscripción hasta la liquidación final del contrato de servicios de consultoría
aprobada por LA MUNICIPALIDAD.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: DE LOS ADICIONALES, REDUCCIONES Y
AMPLIACIONES DE PLAZO DE LOS SERVICIOS DE EL CONSULTORIA
Todo lo relacionado a los adicionales, reducciones y ampliaciones de plazo
durante la elaboración del proyecto, se efectuaran de acuerdo a las artículos
231º del Reglamento.
CONTRATOS
CLAUSULA DECIMA TERCERA: DE LAS PENALIDADES.
De conformidad con lo establecido e el articulo 222º del reglamento. LA
ENTIDAD aplicara al CONSULTOR una penalidad por cada día de retraso
injustificado en la presentación de sus servicios o en el cumplimiento de sus
obligaciones materia del presente contrato, hasta por un monto equivalente al
diez por (10%) del monto contratado.
La penalidad se aplicara de acuerdo a la formula establecida e el dispositivo
legal citado en el párrafo anterior, cuyo importe será deducido DEL MONTO
QUE SE CANCELARA A EL CONSULTOR a la recepción y conformidad del
proyecto (10%).

CLAUSULA DECIMA CUARTA: DE LAS ACCIONES DIRECTAS DE LA
ENTIDAD.
LA ENTIDAD se reserva el derecho de efectuara el control y seguimiento de
los servicios de EL CONSULTOR mediante acciones que se considere
pertinentes.
EL CONSULTOR deberá proporcionar toda la información necesaria para tal
efecto y brindar las facilidades a los funcionarios de LA ENTIDAD, para el
seguimiento de los servicios.

CLAUSULA DECIMA QUINTA: DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO.
LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, en los casos en que EL CONSULTOR
incurra en algunas de las causales previstas en el articulo 225º del
REGLAMENTO, igual derecho            le asiste a EL CONSULTOR ante el
incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD de sus obligaciones
esenciales referidas específicamente al pago de los honorarios en la forma
señalada en la cláusula novena, así como aquellas condiciones que resulten
indispensable para el normal cumplimiento del presente contrato.
Del mismo modo las partes podrán resolver el contrato por causas no
atribuidas a estas o por casos fortuitos o de fuerza mayor, en cuyo caso se
liquidara la parte efectivamente ejecutada.
Para la resolución del contrato regirá lo dispuesto en el artículo 41º inciso c)
y 45º de la LEY y el artículo 225º del REGLAMENTO.

CLAUSULA DECIMA SEXTA: DE LA RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL
PROYECTO
El CONSULTOR solicitara a LA MUNICIPALIDAD la recepción y conformidad
del proyecto, el mismo que será revisado por el funcionario del área usuaria;
De existir observaciones se consignaran en un Acta, indicándose claramente
el sentido de estas, dándose a EL CONSULTOR un plazo prudencial para
subsanación no menor de 2 ni mayor de 10 días.
Una vez subsanados las observaciones, se dará la conformidad al proyecto
elaborado.

CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: SOLUCIONES DE CONTROVERSIA
Las partes convienen en establecer que cualquier controversia o reclamo que
surja después de la suscripción del presente contrato será sometida para su
solución, al procedimiento de conciliac ión extrajudicial, siguiéndos e para tal
efecto, lo dispuesto en el Titulo IV Capitulo V del Reglamento.
En caso de no llegarse a ningún acuerdo o solución será de aplicac ión
obligatoria el arbitraje, conforme a las disposiciones contempladas en la Ley,
El Reglamento y supletoriamente la Ley General de Arbitraje.


El Arbitraje será resuelto por un arbitro o tribunal arbitral, según lo dispuesto
en el articulo 273º del reglamento. A falta de acuerdo en la designación del
(los) mismo (s) o del Presidente del tribunal, o antes la rebeldía de una de las
partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el
Consejo superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CONTRATOS
Las partes aceptan someter sus eventuales controversias al Reglamento del
centro de Arbitraje del Colegio de Ingenieros del Perú.
El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y podrá fin al
procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder
Judicial o ante cualquier instancia administrativa.

CLAUSULA       DECIMA      OCTAVA:     DEL    CUMPLIMIENTO        DE    LAS
OBLIGACIONES DEL CONTRATO.
EL CONSULTOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las
obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción inhabilitado para
contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
Dicha declaración se estipula de conformidad con lo dispuesto en el articulo
215º del Reglamento.

CLAUSULA DECIMA NOVENA: DEL DOMICILIO DE LAS PARTES.
Para los efectos de este contrato y todo aquello se derive, ambas partes se
precisan con carácter de domicilio legal y postal el referido en la introducción
del presente documento.

En señal de conformidad, se suscribe el presente contrato, en la ciudad de
Puños a los 09 días del mes de Abril del 2007.




POR LA MUNICIPALIDAD                                  POR EL CONSULTOR




   CONTRATO MARCO DE DESARROLLO DE SOFTWARE
                                           REUNIDOS

En [Población] a [Día] de [Mes] de [Año]
CONTRATOS
DE UNA PARTE:
[Nombre empresa] (en adelante, EMPRESA DESARROLLADORA) con CIF [CIF], con domicilio en
[Nombre vía y nº], [Código Postal], de [Ciudad], inscrita en [registro de empresas que pudiera
proceder] y en su nombre y representación [D. Dña.] [Nombre], actuando en calidad de [cargo o
relación], según [Escritura, poder notarial, calidad laboral o lo que proceda.]


Y DE OTRA:
[Nombre empresa] (en adelante, EMPRESA CLIENTE) con CIF [CIF], con domicilio en [Nombre vía
y nº], [Código Postal], de [Ciudad], inscrita en [registro de empresa que pudiera proceder] y en
su nombre y representación [D. Dña.] [Nombre], actuando en calidad de [cargo o relación], según
[Escritura, poder notarial, calidad laboral o lo que proceda.]

Los contratantes se reconocen recíprocamente, en el carácter en que intervienen, plena capacidad
jurídica para contratar y en el caso de representar a terceros, cada uno de los intervinientes asegura
que, el poder con el que actúa no ha sido revocado ni limitado, y que es bastante para obligar a sus
representados en virtud de este CONTRATO DE DESARROLLO DE SOFTWARE y a tal objeto:


EXPONEN:
I. Que EMPRESA DESARROLLADORA de conformidad con su objeto social, se dedica a la
programación e integración de sistemas de software.

II. Que EMPRESA CLIENTE está interesada en contratar a EMPRESA DESARROLLADORA un
sistema de software con los requisitos y estipulaciones acordados en este contrato.

III. Que en base a lo anterior, ambas partes acuerdan la suscripción del presente contrato que se
regirá de acuerdo con los siguientes:


PACTOS Y ESTIPULACIONES:
PRIMERA.- DEFINICIONES
Por mantenimiento correctivo se entiende en este contrato el definido en el estándar técnico
de mantenimiento de software IEEE 1229-1998: “Modificaciones realizadas a un producto de
software después de su entrega para corregir fallos descubiertos”.

Por mantenimiento adaptativo o perfectivo, en este contrato se entiende el así definido en el
mismo estándar técnico de mantenimiento de software IEEE 1229-1998: “Modificaciones
realizadas a un producto de software después de su entrega para adaptar su funcionamiento
a nuevas condiciones del entorno de operación, o para ampliar o modificar su
funcionamiento”.

SEGUNDA.- OBJETO
El objeto del presente contrato es el desarrollo por parte de EMPRESA DESARROLLADORA
del sistema de software del proyecto denominado [Nombre del sistema]

TERCERA CICLO DE DESARROLLO
La construcción del citado sistema de software se llevará a cabo de forma iterativa e
incremental, de forma que EMPRESA DESARROLLADORA ejecutará ciclos de programación
sucesivos; al final de cada uno de las cuales entregará según las estipulaciones del apartado
CUARTO la parte desarrollada.

La descripción de las funcionalidades y requisitos que debe cumplir cada parte de producto
las acordarán las partes a través de contratos anexos, antes de comenzar la iteración en la
que se programan.
Los contratos anexos a este contrato marco especifican las funcionalidades, requisitos y otras
estipulaciones que afecten a la parte desarrollada.
CONTRATOS

Cada contrato anexo incluirá:

   a) Información identificativa: Fecha, referencia al presente contrato y a su condición de anexo del
      mismo.
   b) Descripción de los requisitos funcionales que deben realizarse o modificarse, indicando para
      cada uno los criterios que se emplearán para validar la parte que se ha realizado.
   c) Fecha límite para la entrega del software según las estipulaciones del apartado CUARTO.
   d) Precio y forma de pago convenido por las partes por el desarrollo e integración en los equipos
      de producción del producto de software desarrollado.
   e) Condiciones de penalización o garantía que pudieran resultar aplicables por retrasos en la
      entrega del producto de software desarrollado.
   f) Cuando proceda, indicación de si se trata de la última fase de desarrollo prevista por
      EMPRESA CLIENTE, y que por tanto, tras su entrega y validación según Las estipulaciones
      CUARTA Y QUINTA de este contrato, se dará fin al mismo.

CUARTA.- ENTREGA DE LOS PRODUCTOS DE SOFTWARE.
Al final de cada iteración o ciclo de desarrollo EMPRESA DESARROLLADORA procederá a
la entrega del sistema.
A los efectos y finalidad de este contrato, por entrega se entiende:

   a) Integración e instalación en estado de funcionamiento correcto, por parte de
      EMPRESA DESARROLLADORA del software desarrollado, sobre los equipos de
      hardware de producción, que para tal fin EMPRESA CLIENTE tendrá disponibles y
      accesibles telemática y físicamente para el personal técnico de EMPRESA
      DESARROLLADORA.
   b) Entrega de EMPRESA DESARROLLADORA a EMPRESA CLIENTE, en formato
      digital, todos los productos y sub-productos de software desarrollados: código fuente,
      ejecutables en su caso, y documentación desarrollada: diseño, análisis, pruebas...

Se considerará por entregada una parte del sistema cuando se encuentre instalada y en condiciones
de operar sin errores aparentes, y entregados en formato digital los productos y sub-productos de
software generados en el ciclo de desarrollo.

QUINTA.- VALIDACIÓN DE LAS ENTREGAS PARCIALES.
Tras la entrega de cada parte del sistema, EMPRESA CLIENTE dispondrá de [Nº de días] días
naturales para realizar las pruebas de verificación y validación que estime oportunas.
Si durante las pruebas encontrara errores o deficiencias, lo notificará por escrito a EMPRESA
DESARROLLADORA, para que proceda a contrastarlos y subsanarlos.
Si fuera necesario subsanar errores, EMPRESA DESARROLLADORA una vez realizados los arreglos,
procederá a una nueva entrega.
Si los errores detectados afectan a funcionalidades básicas para el funcionamiento del sistema
[Nombre del sistema], e implican que no puede ponerse en explotación el sub-sistema desarrollado, la
fecha de la entrega con los errores subsanados es la que se computará como fecha de entrega válida,
y tras la cual EMPRESA CLIENTE dispondrá nuevamente de [Nº de días] días naturales para realizar
pruebas de verificación y validación.
Si pasados [Nº de días] días tras la entrega EMPRESA CLIENTE no indicara problemas o deficiencias,
se entenderá que la entrega ha sido validada por EMPRESA CLIENTE.

SEXTA.- PROPIEDAD INTELECTUAL
Corresponden a EMPRESA CLIENTE cualesquiera derechos de explotación derivados de la
Ley de Propiedad Intelectual, tanto del sistema programado, como de los sub-sistemas que lo
integran, y que igualmente hayan sido desarrollados por EMPRESA DESARROLLADORA,
así como de todos los sub-productos: documentación técnica de análisis y diseño,
documentación de planificación y pruebas, etc.
EMPRESA DESARROLLADORA garantiza que los trabajos y servicios prestados a
EMPRESA CLIENTE por el objeto de este contrato no infringen ni vulneran los derechos de
propiedad intelectual o industrial o cualesquiera otros derechos legales o contractuales de
terceros.
CONTRATOS
SÉPTIMA.- GARANTÍA
Una vez entregada y validada cada parte, se iniciará un periodo de garantía del correcto
funcionamiento y adecuación a los requisitos de rendimiento y calidad de [Nº de meses]
meses.
La garantía cubrirá el servicio de mantenimiento correctivo por parte de EMPRESA
DESARROLLADORA, con un tiempo de respuesta a las notificaciones de incidencias inferior
a las [Nº de horas] horas laborables desde la notificación, y un tiempo de reparación acorde
al esfuerzo técnico necesario para su reparación.

La garantía no cubre operaciones de mantenimiento adaptativo o perfectivo.

OCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato quedará resuelto al producirse alguna de las siguientes causas:
    a) Entrega y validación de la parte del desarrollo consignada como última en el contrato de
        requisitos de dicha parte.
    b) Por decisión de EMPRESA CLIENTE. La resolución por esta causa y la comunicación a
        EMPRESA DESARROLLADORA se produjera a mitad de un ciclo de programación, la
        resolución se llevará a cabo al finalizar el mismo.
    c) Incumplimiento de las obligaciones correspondientes a cada parte. La resolución por esta
        causa podrá dar lugar a indemnización por daños y perjuicios causados por el incumplimiento.
    d) Por hallarse cualquiera de las partes en un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor.

Si el contrato se resuelve anticipadamente sin producir la entrega del sistema de software en su
totalidad o en la forma dispuesta en este contrato, ambas partes colaborarán de buena fe y en especial
EMPRESA DESARROLLADORA para facilitar, bien la contratación de una nueva entidad que dé
continuidad a los trabajos, o bien para que EMPRESA CLIENTE pueda continuar con los trabajos, y en
cualquiera de los casos facilitar la transferencia del conocimiento y sub-productos generados.

A la resolución del contrato, EMPRESA DESARROLLADORA, con independencia de las
entregas parciales hayan realizado, entregará a EMPRESA CLIENTE todos los productos y
documentación del software producidos, con un sistema de clasificación y acceso que
permita identificar las versiones de cada componente conforme a cada versión del sistema
construido.

NOVENA.- GENERAL
Personal: cada parte asume, a título exclusivo el carácter de patrono o empresario de su
personal empleado para la ejecución del presente contrato.

Interlocutores válidos: para llevar a cabo las comunicaciones necesarias durante la ejecución
del contrato se nombran como interlocutores válidos:

POR EMPRESA CLIENTE.
[D. Dña]. [Nombre]
[Domicilio]
Teléfono: [Nº teléfono]
e-mail: [e-mail]

POR EMPRESA DESARROLLADORA
[D. Dña]. [Nombre]
[Domicilio]
Teléfono: [Nº teléfono]
e-mail: [e-mail]

Efecto: El presente contrato surtirá efecto a partir de la fecha de su firma.

Cesión del contrato: Las partes no pueden ceder, transferir ni delegar el presente contrato o
alguna de sus obligaciones, ni subrogar a terceros en cualquier forma válida en derecho, ni
gravar o hipotecar alguno de los derechos contemplados en el contrato, sin la previa
conformidad escrita de la otra parte.
CONTRATOS

Contrato completo: El presente contrato, incluidos los anexos que irán generando los
documentos de requisitos con las firmas de aceptación de las partes, constituyen el total del
contrato entre las partes sobre el objeto del mismo, y sustituye, deroga y deja sin efecto
cualquier otro acuerdo referido al mismo objeto a que hubieren llegado las partes con
anterioridad a la fecha de la firma.

Nulidad o anulabilidad: La declaración de cualquiera de estas estipulaciones como nula,
inválida o ineficaz no afectará a la validez o eficacia de las restantes, que continuarán
vinculando a las partes.
La renuncia de una parte a exigir en un momento determinado el cumplimiento de uno de los
pactos acordados no implica una renuncia con carácter general ni puede crear un derecho
adquirido para la otra parte.

Exención de responsabilidad: ninguna de las partes será responsable por incumplimiento o
retraso de sus obligaciones si la falta de ejecución o retraso fuera consecuencia de caso
fortuito o fuerza mayor.

DÉCIMA.- SUMISIÓN
Las partes contratantes, con renuncia de su propio fuero o del que pudiera corresponderles,
en cuantas cuestiones o litigios se susciten del motivo de la interpretación, aplicación o
cumplimiento del presente acuerdo, se someten a la Jurisdicción y Competencia de los
Juzgados de [Población]y sus Tribunales superiores. La ley aplicable será la [española - o
nacionalidad que sea].

Y en prueba de conformidad ambas partes firman el presente, por duplicado ejemplar y a un
solo efecto en la fecha y lugar indicado.




                  CONTRATO DE SOPORTE TÉCNICO



 CONTRATO DE MANTENIMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE ASESORIA INFORMATICA VENTAS Y
 SERVICIO TECNICO ESPECIALIZADO S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR                  , A QUIEN EN LO
 SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONVENIO SE LE DENOMINARA “ASIYSTE” Y POR LA OTRA PARTE ,
 REPRESENTADA POR                                A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA
 “CONTRATANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:




                                  DECLARACIONES
CONTRATOS

I.      Declara “ASIYSTE” a través de su representante:

1. Que es una sociedad legalmente constituida y existente conforme a las leyes de los Estados Unidos
   Mexicanos, según consta en la Escritura Pública No.                   otorgada ante la fe del Lic.
   Notario Público No.         del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público del Comercio del D.F., bajo el
   folio mercantil número        .

2. Que su representante goza de facultades suficientes para obligarla en los términos del presente convenio, las
   cuales no le han sido restringidas, limitadas, ni revocadas de forma alguna, según consta en la Escritura
   Pública No.         Fecha             otorgada ante la fe del Lic.                    Notario Público No. del
   Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público del Comercio el D.F., bajo el folio         .

3. Que la sociedad tiene por objeto la compra, venta, mantenimiento y promoción de equipo de cómputo,
   periféricos, software, desarrollo de soluciones integrales, sistemas etc.

4. Que es su deseo expreso la celebración del presente contrato, cuya finalidad es establecer los términos y
   condiciones bajo los cuales “ASIYSTE” dará mantenimiento, preventivo y correctivo así como el soporte y
   configuración a los equipos de cómputo del “CONTRATANTE “.

          5. Que para todos los efectos de este convenio señala como                                   ,    en
          domicilio el ubicado en                                                                      esta
             Ciudad.

          II.-    Declara “EL CONTRATANTE”,                 a    través       de      su
          representante lo siguiente:


          1. Que es una sociedad legalmente constituida y existente conforme a las leyes de
          los Estados Unidos
              Mexicanos, según consta en la Escritura Pública No. otorgada ante la fe del Lic. Distrito
              Federal, e inscrita en
              el Registro Público del Comercio del D.F., bajo el folio     Que su representante
              mercantil número                                             goza de

               facultades suficientes para obligarla en los términos del presente convenio, las
               cuales no le han sido restringidas, limitadas, ni revocadas de forma alguna, según
               consta en la Escritura Pública No otorgada ante
               la fe del Lic.     Notario    del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público del
               Público No. D.F., bajo el     Comercio Del
               folio                  .
          2.

          3. Que la sociedad tiene por objeto                          .


          4.     Que es su deseo expreso la celebración del presente contrato a fin que
               “ASIYSTE” le de mantenimiento preventivo y correctivo así como el soporte y
               configuración a sus equipos de computo.

          5. Que      para    todos    los   efectos   de       este       convenio        señala   como
                      domicilio        el    ubicado en                                                    .
CLAUSULAS
PRIMERA.         “ASIYSTE” conviene en prestar los servicios de:

             Mantenimiento preventivo el cual consiste en: Revisión física de los equipo, limpieza de los mismos y
             diagnostico de fallas en Hardware y Software.
             Mantenimiento Correctivo, el cual consiste en: La reparación de los equipos de computo, previo
             diagnostico de “ASIYSTE” y aprobación del “CONTRATANTE” sin incluir refacciones.
             Soporte, Configuración y Administración de la red el cual consiste en: Asesoramiento Técnico sobre
             operación del equipo de cómputo y del software convencional y de cambios en la configuración de
             los equipos de cómputo por necesidades nuevas del “CONTRATANTE”.
             Con un tiempo de respuesta máximo de 5:30 hrs.
             De lunes a viernes de 9:00 hrs. a 18:30 hrs.
             Un mantenimiento preventivo.

SEGUNDA           “EL CONTRATANTE” Se compromete a entregar la relación de los equipos de computo que
serán el objeto del presente contrato, así mismo la permitirá a “ASIYSTE” la revisión física del equipo, para
realizar un diagnostico preliminar.

TERCERA          La relación de equipo (una vez revisada) se considerara como anexo “A” y pasara a ser parte de
este contrato.

CUARTA.         “EL CONTRATANTE” indicara al firmar el presente contrato, fecha y horas cuando se realizaran
el mantenimiento preventivo y se compromete a dar todas las facilidades de acceso a sus instalaciones al
personal de “ASIYSTE” a fin de cumplir con el objeto del presente contrato. Estas fechas y horarios quedaran
consignados en el ANEXO “B”, el cual pasa a formar parte de este contrato.


QUINTA.            “EL CONTRATANTE“Deberá proporcionar a “ASIYSTE” por escrito la relación de firmas y
funcionarios facultados para solicitar y aprobar los mantenimientos correctivos que haya lugar quedando esta
relación como anexo “C”.

SEXTA.            “ASIYSTE” Le proporcionara a “EL CONTRATANTE” los números telefónicos del área de
soporte técnico a fin de solicitar los mantenimientos y/o asesorías quedando esta relación como anexo “D”.

SEPTIMA.           EXCLUCIONES. El contrato de mantenimiento NO incluye la reparación del daño o aumento de
servicio, que resulte por no proporcionar el ambiente adecuado, incluyendo la falta de suministro adecuado de
energía eléctrica, acondicionamiento de aire, limpieza ambiental o control de humedad adecuado; así como
debido a casos fortuitos como, incendios, cortos circuitos, inundaciones, sabotaje, mal trato o manejo, mala fe o
cualquier otra causa por fuerza natural.

El Contrato de Mantenimiento NO incluye, ninguna parte del equipo que no esté especificada en este Contrato.

Para los contratos cuyo equipo se localice fuera del área metropolitana, cada vez que el contratante solicite una
visita técnica a sus instalaciones, se cobrarán los viáticos correspondientes generados por ésa visita.

OCTAVA.         De las condiciones de pago, esta consistirá en una iguala mensual de $          (          Pesos
00/100 M. N.), mas I. V. A. pagaderos los primeros cinco días de cada mes.

NOVENA.           OTRO SERVICIO Cualquier servicio que “ASIYSTE” proporcione fuera del alcance de este
Contrato, será suministrado con base a la disponibilidad, a la tarifas de tiempo y material aplicable y bajo
los términos de “ASIYSTE”.

DECIMA.            De las limitaciones de responsabilidad. En ningún caso “ASIYSTE” será responsable por daños o
pérdidas que pudieran ocasionar “EL CONTRATANTE” o terceras personas, con motivo de la aplicación de este
contrato. “EL CONTRATANTE” conviene que “ASIYSTE”, NO tendrá responsabilidad LEGAL por pérdida de
utilidad o por cualquier reclamación o demanda contra “EL CONTRATANTE” por terceras personas.
“EL CONTRATANTE” deberá mantener el equipo en los términos y condiciones especificadas para su instalación
original y cualquier modificación que se efectué se realizará por medio de
“EL CONTRATANTE” mantendrá la alimentación de energía, la tierra física y los sistemas de protección, con las
especificaciones de instalación.

“ASIYSTE” no será responsable por daño ocasionado al equipo con motivo de la contravención a lo establecido
en el párrafo que antecede.

DECIMA PRIMERA. Del la vigencia. El presente contrato tendrá una vigencia de tres meses a partir de la fecha
de firma.

 “EL CONTRATANTE” tendrá derecho al reembolso de la prima no devengada y “ASIYSTE” al cobro de las
primas correspondientes por el servicio prestado.

Este contrato comprende, la totalidad de arreglos habidos entre “EL CONTRATANTE” Y “ASIYSTE”, respecto a
los equipos amparados por el presente contrato, ninguna otra alteración o convenios aquí no expresados
obligarán al “ASIYSTE”, a dar garantía o de alguna otra manera.

DECIMA SEGUNDA.             Los avisos y notificaciones que las partes deban darse conforme al presente convenio,
se realizarán en los domicilios señalados en las declaraciones de éste mismo.

DECIMA TERCERA.            En caso de cambio de domicilio, las partes se obligan a comunicar en forma indubitable
por escrito el nuevo domicilio y en tanto no se haya hecho la comunicación correspondiente, serán válidas las
notificaciones efectuadas en el domicilio anterior.

Cualquier notificación de las partes, para que sea válida, deberá efectuarse con acuse de recibo firmado única y
exclusivamente por el personal responsable.

DECIMA CUARTA.              Los avisos y notificaciones que las partes deban darse conforme al presente convenio,
se realizarán en los domicilios señalados en las declaraciones de éste mismo.

DECIMA QUINTA.              El presente convenio se regirá e interpretará conforme a las leyes vigentes en el
Distrito Federal. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad
de México, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de su
domicilio o de la ubicación de sus bienes pudiera corresponderles

Leído por ambas partes, enteradas de su contenido y sabedoras de las obligaciones contraídas en el presente
          convenio, se firma de absoluta conformidad en México,                      ,
          Distrito Federal el día ejemplar en poder de cada parte.                   quedando
                                                                                     un




                                  “ASIYSTE”                                             “EL
                                  CONTRATANTE”




                      Asesoría Informática                                      “EMPRESA“
                        Ventas y Servicio
                      Técnico Especializado
                         S.A. de C. V.

                               Representada                           por:

                               Representada por:
Anexo “A “


Descripción        Marca   No. Serie




              :
Descripción   Marca   No. Serie

                            r
Contratos 2012


                                        Anexo “B “




                Concepto                 Fecha                        Horario
           Primer mantenimiento     (MES) de Cada año       De   a      Hrs. Días hábiles

           Segundo mantenimiento    (MES) de Cada año       De   a      Hrs. Días hábiles




                                        Anexo “C “


                                    Firmas Autorizadas




    Ing.                                             Ing.




                                        Anexo “D “


 Teléfonos de Soporte Técnico:      52 19 59 58
                                    19 98 59 58

                           Email:   soporte@asiyste.com.mx




Ejemplos                                                                             Página 18

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Contratos

  • 1. MATERIA: ADMINISTRACION DE RECURSOS Y FUNCION INFORMATICA CATEDRÁTICO: MARTINEZ MORALES MARIA DE LOS ANGELES UNIDAD: III 4TO SEMESTRE ANÁLISIS CRÍTICO EQUIPO: FRANCISCO RODRIGUEZ MARISOL. FELICIANO PATRICIO BEATRIZ. LORENZO RITA YOLANDA GUADALUPE. ACONTINUACION PRESENTAMOS LOS EJEMPLO DE CONTRATOS QUE SON: Capacitación Compra-venta Consultoría Desarrollo de software Soporte técnico SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, OAX., A 24 DE ABRIL DEL 2012
  • 2. CONTRATOS MODELO DE CONTRATO DE CAPACITACIÓN En ..........................., a ........... de ....................... de 200...., entre la empresa....................................................., R.U.T. .........................., representada por don ............................................................, cédula nacional de identidad Nº............................., ambos domiciliados en ............................................., de la ciudad de ............................, en adelante el empleador, y don ....................................................., de nacionalidad .........................., cédula nacional de identidad Nº..........................., de ................ años de edad, nacido(a) el ........... de ...................... de 19....., domiciliado en ..............................................., de la ciudad de ......................, en adelante el capacitado, se ha convenido el siguiente contrato de capacitación. 1.- El capacitado se obliga a asistir al curso de .............................................., impartido por el organismo técnico de capacitación ............................................. , el cual será ejecutado en ...................................................... en el siguiente horario:..........................., sin perjuicio de ser modificado este lugar y horario, previa información a la empresa y siempre y cuando esta modificación obedezca a razones justificadas. 2.- El capacitado se obliga a asistir en términos regulares al proceso de capacitación y a cumplir con el porcentaje mínimo de asistencia exigido para su aprobación, como asimismo a actuar con esfuerzo y responsabilidad durante el proceso de capacitación. 3.- La duración del proceso de capacitación será de ............ horas cronológicas, las que serán impartidas entre los días .......... de ...................... y .......... de ....................200....... 4.- El presente contrato de capacitación tendrá una duración de .............. meses y entrará a regir el día .............. de ..................... de 200...... 5.- Las partes dejan constancia que el curso al cual asiste el capacitado es financiado por el Estado mediante la utilización de la franquicia tributaria contemplada en la ley Nº19.518 sobre Estatuto de Capacitación y Empleo. Para constancia, firman: .................................................................................................................. CAPACITADOR EMPLEADOR C.I C.I.
  • 3. CONTRATOS CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO "LA PARTE VENDEDORA" Y DE OTRA PARTE , A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO "LA PARTE COMPRADORA", MISMO CONTRATO QUE SUJETAN A LO CONTENIDO EN LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS. DECLARACIONES I.- Declara "LA PARTE VENDEDORA" bajo protesta de decir verdad: a).- Ser legítimos propietarios del inmueble identificado como lo cual acreditan con el primer testimonio de la escritura pública número otorgada ante la fé del señor licenciado Notario Público número de la ciudad de , el cual se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad de la ciudad de bajo los siguientes datos registrales: mismo inmueble que cuenta con las siguientes superficie, medidas y colindancias: superficie: medidas y colindancias: al norte: al sur: al este: al oeste: b).- Encontrarse debidamente capacitados para la celebración del presente contrato, manifestando bajo protesta de decir verdad que su estado civil es el siguiente: El señor ,casado bajo el régimen matrimonial de con la señora . El señor , soltero, y que adquirió los derechos que le corresponden sobre el inmueble materia del presente contrato bajo este estado civil. II.- Declara "LA PARTE COMPRADORA" contar con la capacidad suficiente para la realización del acto jurídico consignado en el presente documento, conocer el inmueble materia del presente contrato, por lo que manifiestan su conformidad con el otorgamiento de lo mismo. Expuesto lo anterior las partes otorgan lo que se contiene en las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- "LA PARTE VENDEDORA" vende a "LA PARTE COMPRADORA" quien adquiere para si el inmueble que ha quedado descrito en la declaración primera inciso a) del presente instrumento el cual se tiene aquí por reproducido para todos los efectos legales a que haya lugar. SEGUNDA.- El precio establecido por el inmueble materia del presente contrato y que debe pagar "LA PARTE COMPRADORA" a "LA PARTE VENDEDORA" es de pesos moneda nacional, mismo que se cubrirá de la siguiente manera: 1.- Al momento de firma del presente contrato de compraventa la cantidad de pesos moneda nacional.
  • 4. CONTRATOS 2.- El día de de 199 la cantidad de pesos moneda nacional. 3.- Al momento de la firma de la escritura pública se deberá cubrir el saldo del precio de la operación, mediante cheque certificado a nombre de "LA PARTE VENDEDORA", momento en que esta deberá entregar la propiedad del inmueble. TERCERA.- "LA PARTE VENDEDORA" entregará la posesión del inmueble materia del presente contrato a la parte compradora al momento de . CUARTA.- Para el caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente instrumento las partes podrán optar por la rescisión del contrato, con independencia de hacer efectiva la pena convencional plasmada que se menciona más adelante, en cuyo caso, se estará dispuesto a lo siguiente: En caso de que la parte que diere lugar a la rescisión fuera "LA PARTE VENDEDORA", "LA PARTE COMPRADORA" podrá optar por la rescisión del presente contrato y solicitar el pago de la pena convencional pactada, además de tener derecho a que se le reintegren las cantidades que ha entregado como anticipo del precio, más los intereses generados desde que hayan sido entregados los anticipos hasta la fecha de devolución de los mismos. En caso de que la parte que diere lugar a la rescisión del presente contrato fuera "LA PARTE COMPRADORA:, "LA PARTE VENDEDORA" podrá retener de los anticipos recibidos la pena convencional pactada, devolviendo a "LA PARTE COMPRADORA" el remanente si es que lo hubiere, junto con la parte correspondiente de intereses generados a partir de haber recibido el anticipo. QUINTA.- Para los efectos de lo señalado en la cláusula que precede las partes fijan como pena convencional la cantidad de pesos moneda nacional. SEXTA.- Las partes estan de acuerdo en que el presente contrato privado se formalice ante la fé del notario público que elija "LA PARTE COMPRADORA", corriendo por su exclusiva cuenta todos los gastos, derechos, impuestos y honorarios que genere dicha transmisión de propiedad, excluyendo el impuesto sobre la renta que corresponde en caso de generarse a "LA PARTE VENDEDORA", obligándose esta última a entregar toda la documentación que le solicite el fedatario público correspondiente. SEPTIMA.- Las partes manifiestan que en la celebración del presente contrato no existe dolo, error, lesión, mala fé, coacción, o la existencia de algún vicio en el consentimiento que en este acto otorgan que pudiese invalidar el presente contrato. OCTAVA.- Serán causas de rescisión del presente contrato, cualquier acto que realicen las partes en contravención a lo establecido en las cláusulas que preceden, así como los casos que señala la legislación civil en la materia. NOVENA.- Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento del presente contrato las partes desean que se sujete a las leyes y tribunales de la ciudad de . DECIMA.- Para todos los efectos legales a que haya lugar las partes señalan los domicilios que a continuación se mencionan PARTE VENDEDORA PARTE COMPRADORA Ambas partes estando conformes con el contenido y clausulado del presente contrato lo firman el día de de 199 al margen en cada una de sus hojas y al calce en esta última para todos los efectos legales a que haya lugar. LA PARTE VENDEDORA LA PARTE COMPRADORA TESTIGO TESTIGO
  • 5. CONTRATOS CONTRATO DE CONSULTERÍA “CONTRATO DE ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS” Conste por el presente documento, el Contrato de Adquisición a Precios A SUMA ALZADA, que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE Puños con RUC N° 20201617104, debidamente representado por su Alcalde el Sr. CASIMIRO ROSALES CAQUI; identificado con DNI Nº 22863404, con domicilio legal en el distrito de Puños; quien en adelante se le llamará MUNICIPALIDAD; y, de la otra parte el Ing. CAYCO MARQUEZ EFRAIN WALTER, con RUC Nº 17184302233, a quien en adelante se denominará CONTRATISTA, con domicilio legal J R . L O S M I R L O S N R O . 1 3 1 P AU C A R B A M B I L L A H U A N U C O A M A R I L I S, para estos efectos en; en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: CONOVOCATORIA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO La ENTIDAD ha previsto contratar los servicios de una consultoría para la “ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS” materia de la A.M.C Nº 004-2007-MD-CEP , en cuyo resultado se ha otorgado la Buena Pro al EL CONSULTOR CAYCO MARQUEZ EFRAIN WALTER. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETIVO Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS Por el presente Contrato, LA ENTIDAD contara los servicios de EL CONSULTOR, bajo el Sistema de A suma Alzada, para que ejecute totalmente la elaboración del proyecto, financiado por la Municipalidad de Puños, estos servicios comprenderán todo lo relacionado con las actividades que deben desarrollar para cumplir con los objetivos servicios indicado en la cláusula anterior, de acuerdo con las Bases y términos de referencia aprobado mediante Resolución de alcaldía -2007-MDP-A y la Propuesta Técnica y Económica, que forman parte integrante del presente Contrato. Los servicios se prestaran conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisic iones del estado aprobado D.N..Nº 083-2005-PCM, al cual en adelante se llamara LA LEY, su reglamento aprobado por D.N..Nº 084-2005- PCM, que en lo sucesivo se le llamara EL REGLAMENTO y demás dispositivos ampliatorios y modificatorios; asimismo, se aplicara en forma supletoria la Ley Nº 27444-Ley de Procedimientos Administrativos General y las normas contenidas en el Código Civil. CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONSULTOR El CONSULTOR se obliga a prestar los servicios contratos por “LAMUNICIPALIDAD” teniendo en cuenta para la elaboración del proyecto objeto del presente contrato, los plazos, montos, y demás aspectos técnicos que estarán incluidos en el expediente técnico final. EL CONSULTOR es responsable de velar directamente y permanente por la correcta ejecución del Perfil, el mismo que estará conformado por: I. Memoria Descriptiva II. Especificaciones Técnicas III. Planilla de Merados IV. Presupuesto de obra V. Análisis de precios unitarios y cantidades de insumos VI. Coronáramos (avance, desembolsos, adquisición de materiales.
  • 6. CONTRATOS VII.Planos de proyecto. CLAUSULA CUARTA: RECURSOS HUMANOS Y FISICOS QUE PROPORCIONARA EL CONSULTOR Todo lo relacionado a los Recursos Humanos y Físicos que proporcionara EL CONSULTOR durante el desarrollo del proyecto están detallados en ellos términos de referencia y deberán ser cumplidos obligatoriamente por El CONSULTOR. CLAUSULA QUINTA: RESPONSABILIDADES DE EL CONSULTOR Todo lo relacionado a las Responsabilidades de EL CONCULTOR durante la elaboración del proyecto están detallados en el Numeral 4 de los Términos de referencia y deberán ser cumplidos obligatoria, ente por EL CONSULTOR. CLAUSULA SEXTA: MONTO DEL SERVICIO DE CONSULTORIA De acuerdo con la Propuesta Técnica-Económica aprobada, que forma parte del presente Contrato, las partes acuerdan que el monto del servicio de consultoría para la “ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS” asciende a la suma total de S/ 9,000.00 (NUEVE MIL 00/100 nuevos soles) incluido impuestos y referidos al mes de Abril del 2007. CLAUSULA SEPTIMA: DEL PLAZO DEL SERVICIO DE CONSULTORIA. El plazo del servicio de consultoría para la “ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD PUÑOS” , será de 30 días calendario. CLAUSULA OCTAVA: DE LAS GARANTIAS. De conformidad con lo establecido en el Articulo 122º del REGLAMENTO por tratarse de una Adjudicación de Menor Cuantía, EL CONSULTOR presentara una Declaración Jurada de Fiel Cumplimiento de Contrato. CLAUSULA DECIMA: DEL PAGO DE LOS HONORARIOS. El monto de los honorarios fijados en la cláusula precedente, se cancelara de la siguiente manera: - 50% adelanto directo con la presentación del anteproyecto aprobado por la DIRESA HCO. ; - 50% a la PRESENTACION y aprobación correspondiente por parte de la entidad del expediente técnico - Los pagos antes señalados serán contra prestación de los servicios de EL CONSULTOR acreditados con la documentación sustentatoria y el informe respectivo, salvo el caso del Adelanto Directo. Toda demora de EL CONSULTOR en la presentación de los documentos para su pago será imputable a este, lo cual no le dará derecho al reconocimiento de intereses CLAUSULA DECIMA PRIMERA: DE LA VIGENCIA Y TRANSFERENCIA DEL CONTRATO. La vigencia del presente contrato es a partir del día siguiente de la fecha de suscripción hasta la liquidación final del contrato de servicios de consultoría aprobada por LA MUNICIPALIDAD. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: DE LOS ADICIONALES, REDUCCIONES Y AMPLIACIONES DE PLAZO DE LOS SERVICIOS DE EL CONSULTORIA Todo lo relacionado a los adicionales, reducciones y ampliaciones de plazo durante la elaboración del proyecto, se efectuaran de acuerdo a las artículos 231º del Reglamento.
  • 7. CONTRATOS CLAUSULA DECIMA TERCERA: DE LAS PENALIDADES. De conformidad con lo establecido e el articulo 222º del reglamento. LA ENTIDAD aplicara al CONSULTOR una penalidad por cada día de retraso injustificado en la presentación de sus servicios o en el cumplimiento de sus obligaciones materia del presente contrato, hasta por un monto equivalente al diez por (10%) del monto contratado. La penalidad se aplicara de acuerdo a la formula establecida e el dispositivo legal citado en el párrafo anterior, cuyo importe será deducido DEL MONTO QUE SE CANCELARA A EL CONSULTOR a la recepción y conformidad del proyecto (10%). CLAUSULA DECIMA CUARTA: DE LAS ACCIONES DIRECTAS DE LA ENTIDAD. LA ENTIDAD se reserva el derecho de efectuara el control y seguimiento de los servicios de EL CONSULTOR mediante acciones que se considere pertinentes. EL CONSULTOR deberá proporcionar toda la información necesaria para tal efecto y brindar las facilidades a los funcionarios de LA ENTIDAD, para el seguimiento de los servicios. CLAUSULA DECIMA QUINTA: DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO. LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, en los casos en que EL CONSULTOR incurra en algunas de las causales previstas en el articulo 225º del REGLAMENTO, igual derecho le asiste a EL CONSULTOR ante el incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD de sus obligaciones esenciales referidas específicamente al pago de los honorarios en la forma señalada en la cláusula novena, así como aquellas condiciones que resulten indispensable para el normal cumplimiento del presente contrato. Del mismo modo las partes podrán resolver el contrato por causas no atribuidas a estas o por casos fortuitos o de fuerza mayor, en cuyo caso se liquidara la parte efectivamente ejecutada. Para la resolución del contrato regirá lo dispuesto en el artículo 41º inciso c) y 45º de la LEY y el artículo 225º del REGLAMENTO. CLAUSULA DECIMA SEXTA: DE LA RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL PROYECTO El CONSULTOR solicitara a LA MUNICIPALIDAD la recepción y conformidad del proyecto, el mismo que será revisado por el funcionario del área usuaria; De existir observaciones se consignaran en un Acta, indicándose claramente el sentido de estas, dándose a EL CONSULTOR un plazo prudencial para subsanación no menor de 2 ni mayor de 10 días. Una vez subsanados las observaciones, se dará la conformidad al proyecto elaborado. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: SOLUCIONES DE CONTROVERSIA Las partes convienen en establecer que cualquier controversia o reclamo que surja después de la suscripción del presente contrato será sometida para su solución, al procedimiento de conciliac ión extrajudicial, siguiéndos e para tal efecto, lo dispuesto en el Titulo IV Capitulo V del Reglamento. En caso de no llegarse a ningún acuerdo o solución será de aplicac ión obligatoria el arbitraje, conforme a las disposiciones contempladas en la Ley, El Reglamento y supletoriamente la Ley General de Arbitraje. El Arbitraje será resuelto por un arbitro o tribunal arbitral, según lo dispuesto en el articulo 273º del reglamento. A falta de acuerdo en la designación del (los) mismo (s) o del Presidente del tribunal, o antes la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Consejo superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
  • 8. CONTRATOS Las partes aceptan someter sus eventuales controversias al Reglamento del centro de Arbitraje del Colegio de Ingenieros del Perú. El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y podrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO. EL CONSULTOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. Dicha declaración se estipula de conformidad con lo dispuesto en el articulo 215º del Reglamento. CLAUSULA DECIMA NOVENA: DEL DOMICILIO DE LAS PARTES. Para los efectos de este contrato y todo aquello se derive, ambas partes se precisan con carácter de domicilio legal y postal el referido en la introducción del presente documento. En señal de conformidad, se suscribe el presente contrato, en la ciudad de Puños a los 09 días del mes de Abril del 2007. POR LA MUNICIPALIDAD POR EL CONSULTOR CONTRATO MARCO DE DESARROLLO DE SOFTWARE REUNIDOS En [Población] a [Día] de [Mes] de [Año]
  • 9. CONTRATOS DE UNA PARTE: [Nombre empresa] (en adelante, EMPRESA DESARROLLADORA) con CIF [CIF], con domicilio en [Nombre vía y nº], [Código Postal], de [Ciudad], inscrita en [registro de empresas que pudiera proceder] y en su nombre y representación [D. Dña.] [Nombre], actuando en calidad de [cargo o relación], según [Escritura, poder notarial, calidad laboral o lo que proceda.] Y DE OTRA: [Nombre empresa] (en adelante, EMPRESA CLIENTE) con CIF [CIF], con domicilio en [Nombre vía y nº], [Código Postal], de [Ciudad], inscrita en [registro de empresa que pudiera proceder] y en su nombre y representación [D. Dña.] [Nombre], actuando en calidad de [cargo o relación], según [Escritura, poder notarial, calidad laboral o lo que proceda.] Los contratantes se reconocen recíprocamente, en el carácter en que intervienen, plena capacidad jurídica para contratar y en el caso de representar a terceros, cada uno de los intervinientes asegura que, el poder con el que actúa no ha sido revocado ni limitado, y que es bastante para obligar a sus representados en virtud de este CONTRATO DE DESARROLLO DE SOFTWARE y a tal objeto: EXPONEN: I. Que EMPRESA DESARROLLADORA de conformidad con su objeto social, se dedica a la programación e integración de sistemas de software. II. Que EMPRESA CLIENTE está interesada en contratar a EMPRESA DESARROLLADORA un sistema de software con los requisitos y estipulaciones acordados en este contrato. III. Que en base a lo anterior, ambas partes acuerdan la suscripción del presente contrato que se regirá de acuerdo con los siguientes: PACTOS Y ESTIPULACIONES: PRIMERA.- DEFINICIONES Por mantenimiento correctivo se entiende en este contrato el definido en el estándar técnico de mantenimiento de software IEEE 1229-1998: “Modificaciones realizadas a un producto de software después de su entrega para corregir fallos descubiertos”. Por mantenimiento adaptativo o perfectivo, en este contrato se entiende el así definido en el mismo estándar técnico de mantenimiento de software IEEE 1229-1998: “Modificaciones realizadas a un producto de software después de su entrega para adaptar su funcionamiento a nuevas condiciones del entorno de operación, o para ampliar o modificar su funcionamiento”. SEGUNDA.- OBJETO El objeto del presente contrato es el desarrollo por parte de EMPRESA DESARROLLADORA del sistema de software del proyecto denominado [Nombre del sistema] TERCERA CICLO DE DESARROLLO La construcción del citado sistema de software se llevará a cabo de forma iterativa e incremental, de forma que EMPRESA DESARROLLADORA ejecutará ciclos de programación sucesivos; al final de cada uno de las cuales entregará según las estipulaciones del apartado CUARTO la parte desarrollada. La descripción de las funcionalidades y requisitos que debe cumplir cada parte de producto las acordarán las partes a través de contratos anexos, antes de comenzar la iteración en la que se programan. Los contratos anexos a este contrato marco especifican las funcionalidades, requisitos y otras estipulaciones que afecten a la parte desarrollada.
  • 10. CONTRATOS Cada contrato anexo incluirá: a) Información identificativa: Fecha, referencia al presente contrato y a su condición de anexo del mismo. b) Descripción de los requisitos funcionales que deben realizarse o modificarse, indicando para cada uno los criterios que se emplearán para validar la parte que se ha realizado. c) Fecha límite para la entrega del software según las estipulaciones del apartado CUARTO. d) Precio y forma de pago convenido por las partes por el desarrollo e integración en los equipos de producción del producto de software desarrollado. e) Condiciones de penalización o garantía que pudieran resultar aplicables por retrasos en la entrega del producto de software desarrollado. f) Cuando proceda, indicación de si se trata de la última fase de desarrollo prevista por EMPRESA CLIENTE, y que por tanto, tras su entrega y validación según Las estipulaciones CUARTA Y QUINTA de este contrato, se dará fin al mismo. CUARTA.- ENTREGA DE LOS PRODUCTOS DE SOFTWARE. Al final de cada iteración o ciclo de desarrollo EMPRESA DESARROLLADORA procederá a la entrega del sistema. A los efectos y finalidad de este contrato, por entrega se entiende: a) Integración e instalación en estado de funcionamiento correcto, por parte de EMPRESA DESARROLLADORA del software desarrollado, sobre los equipos de hardware de producción, que para tal fin EMPRESA CLIENTE tendrá disponibles y accesibles telemática y físicamente para el personal técnico de EMPRESA DESARROLLADORA. b) Entrega de EMPRESA DESARROLLADORA a EMPRESA CLIENTE, en formato digital, todos los productos y sub-productos de software desarrollados: código fuente, ejecutables en su caso, y documentación desarrollada: diseño, análisis, pruebas... Se considerará por entregada una parte del sistema cuando se encuentre instalada y en condiciones de operar sin errores aparentes, y entregados en formato digital los productos y sub-productos de software generados en el ciclo de desarrollo. QUINTA.- VALIDACIÓN DE LAS ENTREGAS PARCIALES. Tras la entrega de cada parte del sistema, EMPRESA CLIENTE dispondrá de [Nº de días] días naturales para realizar las pruebas de verificación y validación que estime oportunas. Si durante las pruebas encontrara errores o deficiencias, lo notificará por escrito a EMPRESA DESARROLLADORA, para que proceda a contrastarlos y subsanarlos. Si fuera necesario subsanar errores, EMPRESA DESARROLLADORA una vez realizados los arreglos, procederá a una nueva entrega. Si los errores detectados afectan a funcionalidades básicas para el funcionamiento del sistema [Nombre del sistema], e implican que no puede ponerse en explotación el sub-sistema desarrollado, la fecha de la entrega con los errores subsanados es la que se computará como fecha de entrega válida, y tras la cual EMPRESA CLIENTE dispondrá nuevamente de [Nº de días] días naturales para realizar pruebas de verificación y validación. Si pasados [Nº de días] días tras la entrega EMPRESA CLIENTE no indicara problemas o deficiencias, se entenderá que la entrega ha sido validada por EMPRESA CLIENTE. SEXTA.- PROPIEDAD INTELECTUAL Corresponden a EMPRESA CLIENTE cualesquiera derechos de explotación derivados de la Ley de Propiedad Intelectual, tanto del sistema programado, como de los sub-sistemas que lo integran, y que igualmente hayan sido desarrollados por EMPRESA DESARROLLADORA, así como de todos los sub-productos: documentación técnica de análisis y diseño, documentación de planificación y pruebas, etc. EMPRESA DESARROLLADORA garantiza que los trabajos y servicios prestados a EMPRESA CLIENTE por el objeto de este contrato no infringen ni vulneran los derechos de propiedad intelectual o industrial o cualesquiera otros derechos legales o contractuales de terceros.
  • 11. CONTRATOS SÉPTIMA.- GARANTÍA Una vez entregada y validada cada parte, se iniciará un periodo de garantía del correcto funcionamiento y adecuación a los requisitos de rendimiento y calidad de [Nº de meses] meses. La garantía cubrirá el servicio de mantenimiento correctivo por parte de EMPRESA DESARROLLADORA, con un tiempo de respuesta a las notificaciones de incidencias inferior a las [Nº de horas] horas laborables desde la notificación, y un tiempo de reparación acorde al esfuerzo técnico necesario para su reparación. La garantía no cubre operaciones de mantenimiento adaptativo o perfectivo. OCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO El presente contrato quedará resuelto al producirse alguna de las siguientes causas: a) Entrega y validación de la parte del desarrollo consignada como última en el contrato de requisitos de dicha parte. b) Por decisión de EMPRESA CLIENTE. La resolución por esta causa y la comunicación a EMPRESA DESARROLLADORA se produjera a mitad de un ciclo de programación, la resolución se llevará a cabo al finalizar el mismo. c) Incumplimiento de las obligaciones correspondientes a cada parte. La resolución por esta causa podrá dar lugar a indemnización por daños y perjuicios causados por el incumplimiento. d) Por hallarse cualquiera de las partes en un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor. Si el contrato se resuelve anticipadamente sin producir la entrega del sistema de software en su totalidad o en la forma dispuesta en este contrato, ambas partes colaborarán de buena fe y en especial EMPRESA DESARROLLADORA para facilitar, bien la contratación de una nueva entidad que dé continuidad a los trabajos, o bien para que EMPRESA CLIENTE pueda continuar con los trabajos, y en cualquiera de los casos facilitar la transferencia del conocimiento y sub-productos generados. A la resolución del contrato, EMPRESA DESARROLLADORA, con independencia de las entregas parciales hayan realizado, entregará a EMPRESA CLIENTE todos los productos y documentación del software producidos, con un sistema de clasificación y acceso que permita identificar las versiones de cada componente conforme a cada versión del sistema construido. NOVENA.- GENERAL Personal: cada parte asume, a título exclusivo el carácter de patrono o empresario de su personal empleado para la ejecución del presente contrato. Interlocutores válidos: para llevar a cabo las comunicaciones necesarias durante la ejecución del contrato se nombran como interlocutores válidos: POR EMPRESA CLIENTE. [D. Dña]. [Nombre] [Domicilio] Teléfono: [Nº teléfono] e-mail: [e-mail] POR EMPRESA DESARROLLADORA [D. Dña]. [Nombre] [Domicilio] Teléfono: [Nº teléfono] e-mail: [e-mail] Efecto: El presente contrato surtirá efecto a partir de la fecha de su firma. Cesión del contrato: Las partes no pueden ceder, transferir ni delegar el presente contrato o alguna de sus obligaciones, ni subrogar a terceros en cualquier forma válida en derecho, ni gravar o hipotecar alguno de los derechos contemplados en el contrato, sin la previa conformidad escrita de la otra parte.
  • 12. CONTRATOS Contrato completo: El presente contrato, incluidos los anexos que irán generando los documentos de requisitos con las firmas de aceptación de las partes, constituyen el total del contrato entre las partes sobre el objeto del mismo, y sustituye, deroga y deja sin efecto cualquier otro acuerdo referido al mismo objeto a que hubieren llegado las partes con anterioridad a la fecha de la firma. Nulidad o anulabilidad: La declaración de cualquiera de estas estipulaciones como nula, inválida o ineficaz no afectará a la validez o eficacia de las restantes, que continuarán vinculando a las partes. La renuncia de una parte a exigir en un momento determinado el cumplimiento de uno de los pactos acordados no implica una renuncia con carácter general ni puede crear un derecho adquirido para la otra parte. Exención de responsabilidad: ninguna de las partes será responsable por incumplimiento o retraso de sus obligaciones si la falta de ejecución o retraso fuera consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA.- SUMISIÓN Las partes contratantes, con renuncia de su propio fuero o del que pudiera corresponderles, en cuantas cuestiones o litigios se susciten del motivo de la interpretación, aplicación o cumplimiento del presente acuerdo, se someten a la Jurisdicción y Competencia de los Juzgados de [Población]y sus Tribunales superiores. La ley aplicable será la [española - o nacionalidad que sea]. Y en prueba de conformidad ambas partes firman el presente, por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar indicado. CONTRATO DE SOPORTE TÉCNICO CONTRATO DE MANTENIMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE ASESORIA INFORMATICA VENTAS Y SERVICIO TECNICO ESPECIALIZADO S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR , A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONVENIO SE LE DENOMINARA “ASIYSTE” Y POR LA OTRA PARTE , REPRESENTADA POR A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “CONTRATANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: DECLARACIONES
  • 13. CONTRATOS I. Declara “ASIYSTE” a través de su representante: 1. Que es una sociedad legalmente constituida y existente conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la Escritura Pública No. otorgada ante la fe del Lic. Notario Público No. del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público del Comercio del D.F., bajo el folio mercantil número . 2. Que su representante goza de facultades suficientes para obligarla en los términos del presente convenio, las cuales no le han sido restringidas, limitadas, ni revocadas de forma alguna, según consta en la Escritura Pública No. Fecha otorgada ante la fe del Lic. Notario Público No. del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público del Comercio el D.F., bajo el folio . 3. Que la sociedad tiene por objeto la compra, venta, mantenimiento y promoción de equipo de cómputo, periféricos, software, desarrollo de soluciones integrales, sistemas etc. 4. Que es su deseo expreso la celebración del presente contrato, cuya finalidad es establecer los términos y condiciones bajo los cuales “ASIYSTE” dará mantenimiento, preventivo y correctivo así como el soporte y configuración a los equipos de cómputo del “CONTRATANTE “. 5. Que para todos los efectos de este convenio señala como , en domicilio el ubicado en esta Ciudad. II.- Declara “EL CONTRATANTE”, a través de su representante lo siguiente: 1. Que es una sociedad legalmente constituida y existente conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la Escritura Pública No. otorgada ante la fe del Lic. Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público del Comercio del D.F., bajo el folio Que su representante mercantil número goza de facultades suficientes para obligarla en los términos del presente convenio, las cuales no le han sido restringidas, limitadas, ni revocadas de forma alguna, según consta en la Escritura Pública No otorgada ante la fe del Lic. Notario del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público del Público No. D.F., bajo el Comercio Del folio . 2. 3. Que la sociedad tiene por objeto . 4. Que es su deseo expreso la celebración del presente contrato a fin que “ASIYSTE” le de mantenimiento preventivo y correctivo así como el soporte y configuración a sus equipos de computo. 5. Que para todos los efectos de este convenio señala como domicilio el ubicado en .
  • 14. CLAUSULAS PRIMERA. “ASIYSTE” conviene en prestar los servicios de: Mantenimiento preventivo el cual consiste en: Revisión física de los equipo, limpieza de los mismos y diagnostico de fallas en Hardware y Software. Mantenimiento Correctivo, el cual consiste en: La reparación de los equipos de computo, previo diagnostico de “ASIYSTE” y aprobación del “CONTRATANTE” sin incluir refacciones. Soporte, Configuración y Administración de la red el cual consiste en: Asesoramiento Técnico sobre operación del equipo de cómputo y del software convencional y de cambios en la configuración de los equipos de cómputo por necesidades nuevas del “CONTRATANTE”. Con un tiempo de respuesta máximo de 5:30 hrs. De lunes a viernes de 9:00 hrs. a 18:30 hrs. Un mantenimiento preventivo. SEGUNDA “EL CONTRATANTE” Se compromete a entregar la relación de los equipos de computo que serán el objeto del presente contrato, así mismo la permitirá a “ASIYSTE” la revisión física del equipo, para realizar un diagnostico preliminar. TERCERA La relación de equipo (una vez revisada) se considerara como anexo “A” y pasara a ser parte de este contrato. CUARTA. “EL CONTRATANTE” indicara al firmar el presente contrato, fecha y horas cuando se realizaran el mantenimiento preventivo y se compromete a dar todas las facilidades de acceso a sus instalaciones al personal de “ASIYSTE” a fin de cumplir con el objeto del presente contrato. Estas fechas y horarios quedaran consignados en el ANEXO “B”, el cual pasa a formar parte de este contrato. QUINTA. “EL CONTRATANTE“Deberá proporcionar a “ASIYSTE” por escrito la relación de firmas y funcionarios facultados para solicitar y aprobar los mantenimientos correctivos que haya lugar quedando esta relación como anexo “C”. SEXTA. “ASIYSTE” Le proporcionara a “EL CONTRATANTE” los números telefónicos del área de soporte técnico a fin de solicitar los mantenimientos y/o asesorías quedando esta relación como anexo “D”. SEPTIMA. EXCLUCIONES. El contrato de mantenimiento NO incluye la reparación del daño o aumento de servicio, que resulte por no proporcionar el ambiente adecuado, incluyendo la falta de suministro adecuado de energía eléctrica, acondicionamiento de aire, limpieza ambiental o control de humedad adecuado; así como debido a casos fortuitos como, incendios, cortos circuitos, inundaciones, sabotaje, mal trato o manejo, mala fe o cualquier otra causa por fuerza natural. El Contrato de Mantenimiento NO incluye, ninguna parte del equipo que no esté especificada en este Contrato. Para los contratos cuyo equipo se localice fuera del área metropolitana, cada vez que el contratante solicite una visita técnica a sus instalaciones, se cobrarán los viáticos correspondientes generados por ésa visita. OCTAVA. De las condiciones de pago, esta consistirá en una iguala mensual de $ ( Pesos 00/100 M. N.), mas I. V. A. pagaderos los primeros cinco días de cada mes. NOVENA. OTRO SERVICIO Cualquier servicio que “ASIYSTE” proporcione fuera del alcance de este Contrato, será suministrado con base a la disponibilidad, a la tarifas de tiempo y material aplicable y bajo los términos de “ASIYSTE”. DECIMA. De las limitaciones de responsabilidad. En ningún caso “ASIYSTE” será responsable por daños o pérdidas que pudieran ocasionar “EL CONTRATANTE” o terceras personas, con motivo de la aplicación de este contrato. “EL CONTRATANTE” conviene que “ASIYSTE”, NO tendrá responsabilidad LEGAL por pérdida de utilidad o por cualquier reclamación o demanda contra “EL CONTRATANTE” por terceras personas. “EL CONTRATANTE” deberá mantener el equipo en los términos y condiciones especificadas para su instalación original y cualquier modificación que se efectué se realizará por medio de
  • 15. “EL CONTRATANTE” mantendrá la alimentación de energía, la tierra física y los sistemas de protección, con las especificaciones de instalación. “ASIYSTE” no será responsable por daño ocasionado al equipo con motivo de la contravención a lo establecido en el párrafo que antecede. DECIMA PRIMERA. Del la vigencia. El presente contrato tendrá una vigencia de tres meses a partir de la fecha de firma. “EL CONTRATANTE” tendrá derecho al reembolso de la prima no devengada y “ASIYSTE” al cobro de las primas correspondientes por el servicio prestado. Este contrato comprende, la totalidad de arreglos habidos entre “EL CONTRATANTE” Y “ASIYSTE”, respecto a los equipos amparados por el presente contrato, ninguna otra alteración o convenios aquí no expresados obligarán al “ASIYSTE”, a dar garantía o de alguna otra manera. DECIMA SEGUNDA. Los avisos y notificaciones que las partes deban darse conforme al presente convenio, se realizarán en los domicilios señalados en las declaraciones de éste mismo. DECIMA TERCERA. En caso de cambio de domicilio, las partes se obligan a comunicar en forma indubitable por escrito el nuevo domicilio y en tanto no se haya hecho la comunicación correspondiente, serán válidas las notificaciones efectuadas en el domicilio anterior. Cualquier notificación de las partes, para que sea válida, deberá efectuarse con acuse de recibo firmado única y exclusivamente por el personal responsable. DECIMA CUARTA. Los avisos y notificaciones que las partes deban darse conforme al presente convenio, se realizarán en los domicilios señalados en las declaraciones de éste mismo. DECIMA QUINTA. El presente convenio se regirá e interpretará conforme a las leyes vigentes en el Distrito Federal. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de México, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio o de la ubicación de sus bienes pudiera corresponderles Leído por ambas partes, enteradas de su contenido y sabedoras de las obligaciones contraídas en el presente convenio, se firma de absoluta conformidad en México, , Distrito Federal el día ejemplar en poder de cada parte. quedando un “ASIYSTE” “EL CONTRATANTE” Asesoría Informática “EMPRESA“ Ventas y Servicio Técnico Especializado S.A. de C. V. Representada por: Representada por:
  • 16. Anexo “A “ Descripción Marca No. Serie :
  • 17. Descripción Marca No. Serie r
  • 18. Contratos 2012 Anexo “B “ Concepto Fecha Horario Primer mantenimiento (MES) de Cada año De a Hrs. Días hábiles Segundo mantenimiento (MES) de Cada año De a Hrs. Días hábiles Anexo “C “ Firmas Autorizadas Ing. Ing. Anexo “D “ Teléfonos de Soporte Técnico: 52 19 59 58 19 98 59 58 Email: soporte@asiyste.com.mx Ejemplos Página 18