Este contrato establece los términos de una colaboración entre Gestión Inmobiliaria Sunymar S.L. y otra inmobiliaria para la venta de viviendas y locales. La otra inmobiliaria ayudará a gestionar las ventas siguiendo las instrucciones y precios fijados. Recibirá una comisión del 6% por cada venta que complete. El contrato dura unos meses y termina si finaliza el mandato de Gestión Inmobiliaria Sunymar con la promotora.
1. CONTRATO DE COLABORACIÓN
EN INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA
En _________, a ___ de__________ de 2005
REUNIDOS
De una parte
D. Salvador Cabrera López, mayor de edad, vecino de Berja (Almería), con domicilio
en Cortijo La Noria, SN y NIF 5555555, como Gerente de Gestión inmobiliaria
Sunymar S.L., domiciliada en Dársena de la Batea, local 2 en Almerimar (El Ejido,
Almería) y CIF B-04500500.
Y de otra parte
D. _____________________, mayor de edad, vecino/a de ____________, con
domicilio en ____________________________ y NIF _________, en calidad de
Administrador/ Gerente de la entidad _(la inmobiliaria contratista)__, domiciliada en
_______________________ y CIF ___________.
Según intervienen, ambos se reconocen recíprocamente capacidad suficiente para
otorgar el presente contrato de colaboración y de intermediación inmobiliaria y a tal fin
E X P O N E N:
I.- Que GESTIÓN INMOBILIARIA SUNYMAR S.L. tiene contratada (con/sin
exclusiva) con la entidad promotora ___________________________, la gestión de la
venta de ____ viviendas/apartamentos y ____ locales en _____________________
(descripción de la promoción, residencial, etc.), según contrato de mandato de fecha
____________, vigente hasta el día ____________.
II.- Que a (la entidad contratista) le interesa colaborar en la gestión de venta de los
inmuebles antes referenciados y habiendo llegado a un acuerdo de colaboración con
GESTIÓN INMOBILIARIA SUNYMAR S.L.
1
2. PACTAN Y CONVIENEN
PRIMERA.- Que la (inmobiliaria contratista) participará en la gestión de la venta de
los inmuebles descritos en el apartado I de la exposición, informando a GESTIÓN
INMOBILIARIA SUNYMAR S.L. y/o entidad promotora de cuantos acuerdos,
reservas y/o contratos suscriba con los posibles interesados en la compra de dichos
inmuebles
SEGUNDA.- En todo momento la (inmobiliaria contratista) se atendrá a las
instrucciones, precios y condiciones que fije la entidad promotora y, en su defecto, la
inmobiliaria contratante GESTION INMOBILIARIA SUNYMAR S.L.
TERCERA.- La (inmobiliaria contratista) acepta el encargo, obligándose a cumplirlo,
en los términos convenidos y respondiendo de los daños y perjuicios, que de no
ejecutarse conforme a lo pactado se ocasionen a éste.
CUARTA.- Serán por cuenta de la (inmobiliaria contratista) todos los gastos
concernientes a la promoción publicitaria, asesoría de mercado y cualquier servicio
complementario cuya finalidad sea la materialización de las ventas perseguidas.
QUINTA.- Los precios de venta de los inmuebles relacionados son los siguientes:
-Vivienda/Apartamento tipo ____ .- El precio es de ........................... euros.
-Vivienda/Apartamento tipo ____ .- El precio es de ........................... euros.
-Local ______ _______________.- El precio es de ........................... euros.
Los anteriores precios podrán ser modificados en cualquier momento por la
entidad Promotora y, en su defecto, por GESTIÓN INMOBILIARIA SUNYMAR, S.L.
bastando para ello la mera comunicación escrita por cualquier medio (carta, fax, correso
electrónico, etc).
La (inmobiliaria contratista) podrá proponer cambios en los anteriores precios o
comunicar contraofertas que, en todo caso, deberán ser aceptadas expresamente por la
entidad promotora o, en su defecto, por GESTIÓN INMOBILIARIA SUNYMAR S.L.
SEXTA.- La (inmobiliaria contratista) percibirá por todos los conceptos, como
comisión, el 6% del precio obtenido en la venta del inmueble cuya gestión haya
llevado a buen fin. Dicha comisión se abonará por GESTIÓN INMOBILIARIA
SUNYMAR S.L. en el momento de consumarse el contrato de compra-venta entre LA
PROPIEDAD y el Comprador.
SÉPTIMA.- La colaboración pactada en este contrato tiene una duración de ______
meses desde la firma de este contrato y carece del carácter de exclusividad. No obstante,
GESTIÓN INMOBILIARIA SUNYMAR S.L. se obliga a respetar las comunicaciones
de compromiso firme de venta que haya gestionado la (inmobiliaria contratista),
debiendo satisfacer el porcentaje pactado en el supuesto de que, incumpliendo lo
acordado, formalizara o llevara a cabo por sí o por tercera persona, operaciones de venta
posteriores al recibo de la comunicación de compromiso de venta de la (inmobiliaria
contratista) en el tiempo convenido sobre alguno de los inmuebles objeto de este
contrato.
2
3. OCTAVA.- Ambas partes obligan a comunicarse entre sí de forma inmediata cualquier
compromiso firme de venta de los inmuebles objeto de este contrato.
NOVENA.- En el supuesto de extinción, resolución o revocación del mandato que tiene
GESTION INMOBILIARIA SUNYMAR S.L. de la entidad promotora, quedará
igualmente extinguido el presente contrato de colaboración, lo que deberá ser puesto
inmediatamente en conocimiento de la (inmobiliaria contratista).
DÉCIMA.- Para la resolución de cualquier discrepancia en vía judicial, ambas partes se
someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de El Ejido (Almería), con renuncia
a cualquier otro fuero si lo tuvieren.
(inmobiliaria contratista)
FDO:
G.I. Sunymar S.L.
FDO:
3