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- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS .......................... Pág.                                             3
    Derechos de los alumnos............................................................... Pág.                 4
    Deberes de los alumnos................................................................. Pág.                11
    Orientación y Tutoría .................................................................... Pág.             12

- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES .................... Pág.                                                13

- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES............................... Pág.                                          15

- DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE ... Pág.                                                           17

- NORMAS DE CONVIVENCIA....................................................... Pág.                             19
DE FUNCIONAMIENTO ....................................................................... Pág.                  20
    Horario del Centro. Accesos al mismo ......................................... Pág.                         21
    Puntualidad y asistencia ................................................................ Pág.              21
    Dependencias del Centro............................................................... Pág.                 21
       Mobiliario y material..................................................................... Pág.          22
       Utilización de la Biblioteca/Videoteca.......................................... Pág.                    23
       Recreos y Deportes ....................................................................... Pág.          25
       Acceso aulas, cambios y permanencia en ellas............................. Pág.                           26
       Escolarización de alumnos de dos años ........................................ Pág.                      26
       Autobuses...................................................................................... Pág.     27
       Comedor........................................................................................ Pág.     27
PARA TODOS LOS CICLOS.................................................................. Pág.                    30
       Dentro del aula .............................................................................. Pág.      30
       En el patio ..................................................................................... Pág.   31
       Protocolo de actuación en caso de accidente de alumno…………Pág.                                            31
ESPECIFICAS PARA CADA CICLO..................................................... Pág.                           32
       Educación Infantil ......................................................................... Pág.        32
       Primero, Segundo y Tercer Ciclo de Primaria .............................. Pág.                          32
       Decálogo del alumno..................................................................... Pág.            33
       Educación Especial ....................................................................... Pág.          34
- NORMAS PARA ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES............ Pág.                                                       35



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          DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS


                         DERECHOS DE LOS ALUMNOS

1.-   Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto
      de los derechos que se establecen en el Real Decreto 732/1995, de 5 de
      mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las
      normas de convivencia en los centros.

2.-   El ejercicio de sus derechos por parte de los alumnos implicará el
      reconocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la
      comunidad educativa.

3.-   Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno
      desarrollo de su personalidad.

4.-   La formación a que se refiere el apartado anterior se ajustará a los fines y
      principios contenidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de
      Educación.

5.-   El pleno desarrollo de la personalidad del alumno exige una jornada de
      trabajo escolar acomodada a su edad y una planificación equilibrada de sus
      actividades de estudio.

6.-   En el marco del Título II de la Ley Orgánica de Educación, sobre equidad en
      la educación, todos los alumnos tienen derecho a las mismas oportunidades
      de acceso a los distintos niveles de enseñanza. En los niveles no
      obligatorios no habrá más limitaciones que las derivadas de su
      aprovechamiento o de sus aptitudes para el estudio.

7.-   La igualdad de oportunidades se promoverá mediante:

      a) La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad
         económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así
         como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier
         otra condición o circunstancia personal o social.




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      b) El establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la
         igualdad real y efectiva de oportunidades.

      c) La realización de políticas educativas de integración y de educación
         especial.

8.-   Los centros desarrollarán las iniciativas que eviten la discriminación de los
      alumnos, pondrán especial atención en el respeto de las normas de
      convivencia y establecerán planes de acción positiva para garantizar la plena
      integración de todos los alumnos del Centro.

9.-   Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con
      plena objetividad.

10.- Con el fin de garantizar el derecho a la evaluación con criterios objetivos, los
      centros deberán hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar
      para la evaluación de los aprendizajes y la promoción de los alumnos.

11.- A fin de garantizar la función formativa que ha de tener la evaluación y lograr
      una mayor eficacia del proceso de aprendizaje de los alumnos, los tutores y
      los profesores mantendrán una comunicación fluida con éstos y sus padres
      en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los
      alumnos y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las
      decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

12.- Los alumnos o sus padres o tutores podrán reclamar contra las decisiones y
      calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al
      finalizar un ciclo o curso. Dicha reclamación deberá basarse en la
      inadecuación de la prueba propuesta al alumno en relación con los objetivos
      o contenidos del área o materia sometida a evaluación y con el nivel previsto
      en la programación, o en la incorrecta aplicación de los criterios de
      evaluación establecidos.




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13.- La    Administración   educativa   establecerá    el    procedimiento   para   la
     formulación y tramitación de las reclamaciones contra las calificaciones y
     decisiones que, como consecuencia del proceso de evaluación, se adopten
     al final de un ciclo o curso.

14.- Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional
     para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según
     sus capacidades, aspiraciones o intereses.

15.- De manera especial, se cuidará la orientación escolar y profesional de los
     alumnos con discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o con
     carencias sociales o culturales.

16.- La orientación profesional se basará únicamente en las aptitudes y
     aspiraciones de los alumnos y excluirá toda diferenciación por razón de
     sexo. La Administración educativa y los centros desarrollarán las medidas
     compensatorias necesarias para garantizar la igualdad de oportunidades en
     esta materia.

17.- Para hacer efectivo el derecho de los alumnos a la orientación escolar y
     profesional, los centros recibirán los recursos y el apoyo necesario de la
     Administración educativa, que podrá promover a tal fin la cooperación con
     otras Administraciones e instituciones.

18.- Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se
     desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

19.- Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus
     convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo
     que respecta a tales creencias o convicciones.

20.- En el marco de lo establecido en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a
     la Educación y en la Ley Orgánica de Educación, el derecho a que se refiere
     el apartado anterior se garantiza mediante:

     a) La información, antes de formalizar la matrícula, sobre el proyecto
          educativo o sobre el carácter propio del centro.




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     b) El fomento de la capacidad y actitud crítica de los alumnos que posibilite
           a los mismos la realización de opciones de conciencia en libertad.

     c) La elección por parte de los alumnos o de sus padres tutores, si aquéllos
           son menores de edad, de la formación religiosa o moral que resulte
           acorde con sus creencias o convicciones, sin que de esta elección pueda
           derivarse discriminación alguna.

21.- Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su integridad física y
     moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de
     tratos vejatorios o degradantes.

22.- Los centros docentes estarán obligados a guardar reserva sobre toda
     aquella información de que dispongan acerca de las circunstancias
     personales y familiares del alumno. No obstante, los centros comunicarán a
     la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos
     para el alumno o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos
     por las leyes de protección de los menores.

23.- Los alumnos tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida de
     los centros, en la actividad escolar y en la gestión de los mismos, de acuerdo
     con lo dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación y
     en los respectivos Reglamentos Orgánicos.

24.- Los     alumnos    tienen   derecho      a   asociarse,   creando   asociaciones,
     federaciones y confederaciones de alumnos, las cuales podrán recibir
     ayudas, todo ello en los términos previstos en la legislación vigente.
     Igualmente, tienen derecho a constituir cooperativas, en los términos
     previstos en la Ley 3/1987, de 2 de abril, General de Cooperativas.

25.- Los alumnos podrán asociarse una vez terminada su relación con el Centro,
     al término de su escolarización, en entidades que reúnan a los antiguos
     alumnos y colaborar a través de ellas en el desarrollo de las actividades del
     Centro.




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26.- Los alumnos tienen derecho a ser informados por los miembros de la Junta
     de Delegados y por los representantes de las asociaciones de alumnos tanto
     de las cuestiones propias de su centro como de las que afecten a otros
     centros docentes y al sistema educativo en general.

27.- Los alumnos tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los
     derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que
     merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos
     constitucionales.

28.- Los alumnos tienen derecho a manifestar su discrepancia respecto a las
     decisiones educativas que les afecten. Cuando la discrepancia revista
     carácter colectivo, la misma será canalizada a través de los representantes
     de los alumnos en la forma establecida en la normativa vigente.

29.- En los términos previstos en el artículo 8 de la Ley Orgánica reguladora del
     Derecho a la Educación, los alumnos podrán reunirse en sus centros
     docentes para actividades de carácter escolar o extraescolar que formen
     parte del proyecto educativo del centro, así como para aquellas otras a las
     que pueda atribuirse una finalidad educativa o formativa.

30.- Los Directores de los centros garantizarán el ejercicio del derecho de
     reunión de los alumnos dentro del horario del centro. Los Reglamentos de
     régimen interior de los centros establecerán el horario que se reserve al
     ejercicio de este derecho. Dentro de las atribuciones de dirección y
     coordinación que les confiere la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
     reguladora del Derecho a la Educación, los órganos competentes de los
     centros facilitarán el uso de los locales y su utilización para el ejercicio del
     derecho de reunión en cualquier hora no lectiva.

31.- Los alumnos tienen derecho a utilizar las instalaciones de los centros con las
     limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y
     extraescolares y con las precauciones necesarias en relación con la
     seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el
     correcto destino de los mismos.




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32.- Los alumnos tienen derecho a participar, en calidad de voluntarios, en las
     actividades de los centros docentes.

33.- Los alumnos tienen derecho a percibir las ayudas precisas para compensar
     posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, de forma que
     se promueva su derecho de acceso a los distintos niveles educativos.

34.- La Administración educativa garantizará este derecho mediante una política
     de becas y los servicios de apoyo adecuados a las necesidades de los
     alumnos.

35.- Los alumnos forzados a un traslado obligatorio del lugar de residencia
     habitual recibirán asimismo especial atención.

36.- Los centros docentes mantendrán relaciones con otros servicios públicos y
     comunitarios para atender las necesidades de todos los alumnos y
     especialmente de los desfavorecidos sociocultural y económicamente.

37.- En las condiciones académicas y económicas que se establezcan, los
     alumnos que padezcan infortunio familiar tendrán la protección social
     oportuna para que aquél no determine la imposibilidad de continuar y
     finalizar los estudios que se encuentren cursando.

38.- La protección social a que se refiere el apartado anterior comprenderá el
     establecimiento de un adecuado régimen de becas y, en su caso, la
     adjudicación de plazas en residencias estudiantiles.

39.- En función de las disponibilidades presupuestarias, los poderes públicos
     promoverán la concesión de ayudas a familias que acojan alumnos
     acreedores de protección social.

40.- Los alumnos tendrán cubierta la asistencia médica y hospitalaria y gozarán
     de cobertura sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente.

41.- En casos de accidente o enfermedad prolongada, los alumnos tendrán
     derecho a la ayuda precisa, ya sea a través de la orientación requerida,
     material didáctico y las ayudas necesarias, para que el accidente o
     enfermedad no suponga detrimento de su rendimiento escolar.




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42.- Cuando no se respeten los derechos de los alumnos, o cuando cualquier
    miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos
    derechos, el órgano competente del centro adoptará las medidas que
    procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia
    de los interesados y consulta, en su caso, al Consejo Escolar del Centro.




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                          DEBERES DE LOS ALUMNOS



1.-   El estudio constituye un deber básico de los alumnos y se concreta en las
      siguientes obligaciones:

      a) Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas
         al desarrollo de los planes de estudio.

      b) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las
         actividades del Centro.

      c) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y
         mostrarle el debido respeto y consideración.

      d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

2.-   Los alumnos deben respetar la libertad de conciencia y las convicciones
      religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos
      los miembros de la comunidad educativa.

3.-   Constituye un deber de los alumnos la no discriminación de ningún miembro
      de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por
      cualquier otra circunstancia personal o social.

4.-   Los alumnos deben respetar el proyecto educativo o el carácter propio del
      Centro, de acuerdo con la legislación vigente.

5.-   Los alumnos deben cuidar y utilizar correctamente los bienes, muebles y las
      instalaciones del centro y respetar las pertenencias de los otros miembros de
      la comunidad educativa.

6.-   Los alumnos tienen el deber de participar en la vida y funcionamiento del
      Centro.




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                           ORIENTACIÓN Y TUTORÍA



      Tutoría y orientación educativa se refieren al carácter personalizado de la
educación.

      El tutor sirve al alumno de guía en su escolaridad, en su maduración
personal y en la búsqueda de su camino en la vida; al mismo tiempo, el tutor
constituye un referente privilegiado como consejero e integrador de experiencias.
En base a lo anterior, en el Centro existe un Plan de Acción Tutorial cuyos
objetivos son:

  1º.- Contribuir a la personalización de la educación.

  2º.- Ajustar la respuesta educativa a las necesidades particulares de los
       alumnos.

  3º.- Resaltar los aspectos orientadores de la educación – Orientación en la vida
       y para la vida.

  4º.- Favorecer los procesos de madurez personal.

  5º.- Prevenir las dificultades de aprendizaje y no sólo asistirlas cuando han
       llegado.

  6º.- Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos
       integrantes de la comunidad educativa – profesores, alumnos y padres -.

  7º.- Atender quejas y discrepancias en las decisiones educativas que les
       afecten; cuando estas quejas tengan un carácter colectivo, se presentarán
       ante el Consejo Escolar.

  8º.- Informar a los alumnos de los derechos y deberes en sus tutorías
       respectivas.




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       DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES


                       DERECHOS DE LOS PROFESORES

1.-   A ejercer su labor docente con normalidad.

2.-   A disponer de los medios y servicios para ejercer sus funciones.

3.-   A ser respetados por la Comunidad escolar.

4.-   A celebrar reuniones y asambleas en el Centro.

5.-   A tener conocimiento de toda la información que les afecte recibida en el
      Centro.



                        DEBERES DE LOS PROFESORES

1.-   Los contenidos en las leyes que les afecten.

2.-   Cumplir el horario.

3.-   Comunicar con el tiempo suficiente, cuando sea posible preverlos, sus
      ausencias o retrasos al Jefe de Estudios o al Director, para aplicar el
      acuerdo del Claustro de profesores sobre sustituciones. En estos casos, el
      profesor ausente deberá dejar preparado un plan de trabajo para los
      alumnos.

4.-   Todos los profesores son educadores de la totalidad de los alumnos que
      están matriculados en el Centro, y por ello debemos corregir a aquéllos que
      lo precisen.

5.-   Hacer públicos, a principio de cada curso, los contenidos y objetivos
      mínimos de las asignaturas que impartan.

6.-   Cumplir los deberes específicos del puesto o cargo administrativo que
      desempeñen.




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            DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES


                           DERECHOS DE LOS PADRES

1.-   Los padres recibirán, a través del tutor, la información sobre todas las
      cuestiones relacionadas con la educación de sus hijos.

2.-   Serán informados asimismo por el tutor de la programación, actividades y
      funcionamiento general del Centro.

3.-   Cada padre podrá entrevistarse con el tutor en la hora fijada semanalmente.
      Es conveniente anunciar previamente la visita para que el tutor pueda
      realizar las consultas pertinentes a los demás profesores.

4.-   A través del tutor se podrán concretar entrevistas con los demás profesores
      de su hijo.

5.-   Los padres podrán reunirse en el Centro para tratar cualquier problema que
      les afecte, con la autorización de la Dirección.

6.-   Podrán colaborar en las actividades educativas del Centro.




                           DEBERES DE LOS PADRES

1.-   Colaborar con todo el profesorado en la educación y enseñanza de su hijo.

2.-   Respetar las leyes, normas y demás disposiciones vigentes en lo que
      afecten al Centro.




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 DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE


                  DERECHOS DEL PERSONAL NO DOCENTE

1.-   Los contenidos en la normativa y convenios sindicales vigentes que les
      afecten.

2.-   A ser respetados por la Comunidad Escolar.

3.-   A ejercer su labor con normalidad.




                   DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE

1.-   Los contenidos en la normativa y convenios sindicales vigentes que les
      afecten.

2.-   Respetar a todos los miembros de la Comunidad Escolar.




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                          DE FUNCIONAMIENTO


                 HORARIO DEL CENTRO. ACCESOS AL MISMO

1.-   El Centro comienza su actividad lectiva a las 9.15 horas y finaliza a las 12.15
      horas en la sesión de mañana. En sesión de tarde, comienza a las 14.15
      horas y finaliza a las 16.15 horas. En septiembre y junio, la jornada se
      llevará a cabo de 9.15 a 12.15 horas.

2.-   A la llamada para entrar (toque de sirena), todos los alumnos y profesores
      estarán presentes. La entrada será ordenada, por cursos y en filas.

      En los días de mal tiempo climatológico, el agrupamiento por cursos se hará
      en los porches de los distintos edificios del Centro.

      En los días de buen tiempo, todos los padres dejarán a los alumnos en las
      portillas de entrada, para que ellos accedan solos hasta sus distintas filas.

3.-   Durante las horas de clase, las portillas estarán cerradas y no se permitirá el
      acceso al Colegio a personas ajenas al mismo, excepto en los casos
      debidamente justificados: gestiones en Secretaría o Dirección, enfermedad
      de alumnos, etc…

4.-   Todos los padres o responsables legales de los alumnos visitarán a los
      profesores respetando las horas de visita que éstos les indiquen y que son,
      generalmente, los martes de 16.45 a 17.45 horas, previo aviso al profesor
      correspondiente.

5.-   Los alumnos accederán solos al Centro a partir de las portillas, por lo tanto
      les rogamos dejen a éstos en dicho lugar. Solamente los alumnos de
      Educación Infantil y Especial podrán ser acompañados hasta su edificio y
      recogidos allí mismo.

      En los días de mal tiempo climatológico, como excepción, podrán ser
      llevados y recogidos también los alumnos de 1º y 2º cursos de Primaria.

      Los alumnos de Educación Infantil cuentan con una portilla de acceso
      propio.



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6.-   En las portillas grandes se encuentra instalado un timbre para las visitas que
      necesiten acceder al Centro durante las horas de clase. Todas estas visitas
      deberán pasar siempre por Secretaría antes de realizar cualquier gestión en
      el Centro.



                            PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA

7.-   Los alumnos que lleguen tarde de forma reiterada, sin justificación, incurrirán
      en una conducta contraria a las normas de convivencia del Centro y será de
      aplicación el Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo, por el que se establecen
      los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los
      Centros.

      Al principio de cada curso escolar, el Centro entregará a cada alumno un
      modelo de justificante para retrasos y ausencias, que deberá ser
      cumplimentado por los padres o responsables legales.

8.-   El profesor o tutor anotará cada retraso o falta de asistencia en la
      correspondiente hoja de control de asistencia.

      Los justificantes familiares deberán ser entregados al tutor correspondiente.



                           DEPENDENCIAS DEL CENTRO

9.-   El alumno debe tratar de entender que el Colegio es un lugar al que se viene
      a trabajar y a ser feliz.

      Durante la jornada escolar, los alumnos evitarán distraer o molestar a sus
      compañeros. Todos tenemos derecho a que nuestro trabajo se desarrolle en
      un buen ambiente.

10.- Durante la jornada escolar, ningún niño podrá salir del Centro a no ser que,
      los padres o responsables legales del alumno le hayan entregado al tutor
      correspondiente una nota firmada indicando la hora en que desea que su
      hijo/a salga del Colegio o, en su caso, vengan ellos mismos a buscarles.




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11.- También podrán salir si van acompañados de un profesor, con la previa
     autorización de los padres o responsables legales del alumno.

12.- Se considera recinto escolar los tres edificios en los que se imparte clase y
     sus patios correspondientes.

13.- Mientras se realicen actividades en el Pabellón Polideportivo, éste también
     será considerado recinto escolar a todos los efectos.

14.- Por los pasillos, que son lugares de tránsito, los alumnos y alumnas se
     comportarán con corrección, sin correr, sin gritar o alterar el orden, evitando
     aglomeraciones.

15.- Durante las horas de clase, los alumnos podrán utilizar el servicio de la
     planta correspondiente solamente con permiso de su profesor, e
     individualmente. Está prohibido totalmente durante el resto de las horas. En
     los recreos y durante el mediodía, deberán utilizarse los servicios de la
     planta baja.

16.- Ningún miembro de la comunidad educativa podrá fumar en el Centro. El
     profesorado podrá fumar en los lugares habilitados a tal fin, según la
     normativa vigente.



                            MOBILIARIO Y MATERIAL

17.- Se entiende por mobiliario y material escolar todo lo que pertenece al
     Centro, tanto en lo referente al interior como en el exterior, debiendo velar
     por su conservación.

18.- Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma
     intencionada o por negligencia a las instalaciones del Centro o su material
     quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste
     económico de su reparación.

     Igualmente los alumnos que sustrajesen bienes del Centro deberán restituir
     lo sustraído. En todo caso, los padres o representantes legales de los
     alumnos serán responsables civiles en los términos previstos en las leyes




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     (artículo 44.1 del Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo por el que se
     establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de
     convivencia en los centros).



                 UTILIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA / VIDEOTECA

19.- La Biblioteca, es el motor del Plan Lector del Centro, las responsables del
     funcionamiento, serán las coordinadoras que dispondrán dentro de su
     horario lectivo de tiempos concretos para el buen funcionamiento de este
     servicio.

20.- En la Biblioteca se exigirá silencio y respeto a los compañeros.

21.- Dentro de la sección de biblioteca, habrá dos formas de utilización:

     a) De consulta.- Cada clase estará acompañada por su profesor en todo
         momento.

     b) De préstamo.- Los alumnos podrán hacer uso del mismo solamente en
         los días señalados para ello, y con los encargados de la biblioteca
         presentes.

22.- Para el Servicio de Consulta, varias son las normas a tener en cuenta:

     a) Ningún alumno estará solo en la Biblioteca.

     b) Los libros utilizados deberán colocarse, con rigurosidad, en su sitio.

     c) Al finalizar la sesión, las mesas y sillas se dejarán perfectamente
         colocadas como estaban.

23.- Para el Servicio de Préstamo, las normas son las siguientes:

     a) Se podrán llevar a casa todos los libros expuestos, excepto los
         catalogados como de consulta (diccionarios, enciclopedias, atlas, etc…).

     b) Los libros se entregarán obligatoriamente a los 15 días del préstamo
         (lunes).

         Se podrá solicitar renovar una semana más, presentando nuevamente
         la ficha correspondiente.



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     c) En el momento de su devolución, los libros se dejarán en su lugar de
         origen.

     d) Los días de préstamo serán de lunes a viernes en el horario de recreo y
         se ampliará con las horas que las responsables dediquen a este servicio,
         dependiendo en día y hora, de las necesidades del Centro.



- NORMAS PARA EL ALUMNADO

24.- Los alumnos están obligados a cuidar de los libros como si fueran suyos.

25.- Se entregarán dentro de los plazos señalados.

26.- En caso de pérdida o daño, por falta de cuidado, el alumno reembolsará el
     importe al Centro.

27.- No está permitido comer cosas en la Biblioteca.

28.- Se deberá guardar silencio, como respeto hacia los demás.

29.- Solamente se podrán utilizar los libros indicados para el alumnado.



- NORMAS PARA EL PROFESORADO

30.- Cada profesor será responsable de su grupo de alumnos.

31.- Está obligado a dejar los libros correctamente colocados en las baldas
     correspondientes, en caso de consulta.

32.- Cuando se haga uso personal de los libros, se deberá anotar en el cuaderno
     que a tal efecto se utilice, reseñando nombre, apellidos, número de etiqueta
     y fecha.



- VIDEOTECA

33.- Es obligatorio, después de utilizar los videos, rebobinar la cinta.

34.- Las cintas de video sólo se utilizarán en el Centro




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                              RECREOS Y DEPORTES

35.- El recreo tendrá lugar en el patio. Existirá un turno de vigilancia de los
     profesores en el recreo. Durante los días de lluvia, queda en suspenso el
     turno de vigilancia de recreo por parte del profesorado; cada tutor/a podrá
     optar por permanecer en clase con su grupo de alumnos o bajar al patio
     cubierto con ellos.

     Los alumnos de cursos superiores respetarán la zona de juegos de los
     alumnos de Educación Infantil cuando sus horarios de recreo coincidan, en
     prevención de posibles accidentes.

36.- Los alumnos que, por motivos muy justificados, permanezcan en las aulas
     durante el recreo, deberán estar acompañados por el profesor que tomó tal
     decisión.

37.- Cada nivel educativo ocupará el campo que le corresponda, según el
     calendario establecido al respecto.

38.- La vigilancia de patio será realizada por los profesores según los turnos
     correspondientes y con el número que la ley determine.

39.- Periódicamente, se organizará una campaña de limpieza con un sentido
     pedagógico, tratando de implicar a los alumnos en la conservación de su
     entorno.

40.- Dado que en el colegio se imparten las etapas de Educación Infantil y
     Educación    Primaria,    se   procurará   que   los   períodos   de   recreo
     correspondientes a los Ciclos 2º y 3º de Primaria no coincidan con los de
     Educación Infantil.




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          ACCESO AULAS, CAMBIOS Y PERMANENCIA EN ELLAS



41.- Todos los tutores o especialistas acompañarán a su grupo de alumnos en
     todas las subidas hasta la clase, y deberán estar al frente de los mismos en
     el patio o las horas de entrada (incluidas las de recreo).

42.- Todos los profesores pondrán especial cuidado en hacer los cambios de
     clase a la hora acordada.

43.- Ningún alumno podrá permanecer en su clase durante las horas del recreo
     (excepto lo acordado para los días de mal tiempo climatológico).
     Excepcionalmente, podrá hacerlo acompañado por su profesor cuando no
     tenga vigilancia de patio.



               ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNOS DE DOS AÑOS



44.- La incorporación por primera vez al Centro de alumnado de Educación
     Infantil requerirá, por parte del equipo docente del Ciclo, la planificación del
     periodo de adaptación. Esta planificación deberá realizarse al inicio del curso
     y contemplará el desarrollo, entre otros, de los siguientes aspectos:

     a) Contactos con los familiares del alumno y mecanismos de colaboración
        para su mejor inserción en el Centro.

     b) Flexibilidad del horario escolar, que posibilite el inicio escalonado de las
        actividades lectivas.

     c) Actividades específicas encaminadas a facilitar una mejor adaptación.



                                   AUTOBUSES

45.- Existe la estricta obligación del alumnado de acceder directamente desde el
     autobús al patio del Colegio, y no se podrá salir de éste bajo ningún
     concepto.




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46.- Los autobuses aparcarán en el espacio señalado por el Ayuntamiento a tal
     fin, situado en la parte sur del Centro y junto a las portillas localizadas en ese
     lugar.



                                    COMEDOR

47.- El comedor estará distribuido en mesas de ocho alumnos cada una.

48.- Cada mesa tendrá un encargado semanal que realizará las siguientes
     funciones:

     a) Entrará unos minutos antes que sus compañeros y distribuirá, de forma
        equitativa, el primer plato y el agua.

     b) Será el único que podrá levantarse de la mesa, previa autorización de
        alguno de los cuidadores del comedor.

     c) Recogerá los platos de su mesa y los depositará en un montón; siempre
        estarán en el plato superior los restos de comida y los cubiertos.

     d) Al finalizar la comida, una vez que sus compañeros hayan salido, dejará
        la mesa totalmente limpia, colocará las sillas encima de la mesa y lo
        comunicará a alguno de los cuidadores, que autorizará su salida.

49.- Todos los comensales comerán de todo lo que se sirva en los menús,
     excepto que presenten certificado médico que lo prescriba.

50.- Todos los alumnos deberán respetar a los cuidadores, así como obedecer
     todas las indicaciones que éstos les hagan.

51.- El cobro de las cuotas de comedor, para aquellos alumnos que no dispongan
     de Ayuda, se realizará los tres primeros días hábiles de cada mes, a las
     16.45 horas en el comedor del Centro. El mes de junio se cobrará por
     adelantado.

52.- Los alumnos que utilicen el comedor no podrán abandonar el recinto escolar
     bajo ningún concepto. Si así fuera, deberán traer una autorización por escrito
     de sus padres o tutores.




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53.- Todos los alumnos que, por cualquier causa, no vayan a hacer uso del
     comedor algún día determinado, estarán obligados a comunicarlo al Centro
     con la mayor antelación posible pero, en cualquier caso, antes de las 9.30
     horas de la mañana del día en que se produzca la falta; en caso contrario, se
     procederá al cobro del menú correspondiente.

54.- Los alumnos que utilicen el comedor escolar no podrán acceder a ninguna
     de las dependencias del Centro, salvo con autorización de alguno de los
     cuidadores o acompañado de ellos.

55.- El no cumplimiento de cualquiera de estas normas llevará consigo la pérdida
     del derecho a hacer uso del comedor escolar.

56.- En días de lluvia o mal tiempo climatológico, teniendo presente que el Centro
     no dispone de patios cubiertos suficientes para proteger a todos los alumnos
     de comedor, se organizarán los siguientes grupos, al frente de los cuales
     estará un vigilante de la empresa que gestiona el comedor escolar:

     a) Grupo de alumnos de Educación Infantil. Este grupo, que también se
         forma en los días de tiempo climatológico normal, será acompañado por
         su cuidador correspondiente a la sala de video del edificio de Educación
         Infantil, en donde se les pondrán películas adecuadas a su edad.

     b) Grupo formado por la mitad de los alumnos de Primaria que deseen
         acudir a la sesión de video organizada en el edificio de Primer Ciclo de
         Primaria.

     c) Grupo formado por la otra mitad de los alumnos de Primaria que
         deseen acudir a la sesión de video organizada en el edificio de Primer
         Ciclo de Primaria.

     Estos grupos b) y c) tendrán que alternarse sucesivamente en el uso de la
     sala de video del edificio de Primer Ciclo de Primaria.

     d) Un grupo reducido de alumnos (como máximo, veinte) podrán
         acudir a la Biblioteca acompañados de un responsable de la empresa
         que gestiona el comedor. Allí, respetando escrupulosamente las normas
         de funcionamiento de la Biblioteca, podrán hacer uso de los libros y



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         también, durante ese tiempo de Biblioteca, los alumnos podrán realizar
         tareas escolares pendientes.

         Dado lo delicado que es el uso de la Biblioteca, tanto los alumnos como
         el responsable de la empresa que gestiona el comedor pondrán especial
         cuidado en mantener el orden y el respeto adecuados.

    e) Otro grupo se ubicará en el aula de Educación Física, en donde
         podrán hacer uso de juegos de mesa. Dos alumnos de los cursos
         superiores serán los responsables del cuidado del material y del orden
         imprescindible, dejando las mesas y las sillas recogidas al finalizar la
         sesión de juego.

         Siendo un material delicado y valioso, al igual que el de la Biblioteca, se
         procurará que sea utilizado adecuadamente.

    f)   Otro grupo se formará por los alumnos que no acudan a ninguno de
         los grupos anteriores, y, por lo tanto, estén en el patio, a cargo de un
         responsable de la empresa que gestiona el comedor.

         En estos días de inclemencia climatológica, la empresa del comedor
         procurará que los alumnos estén bajo cubierto en el porche del edificio
         principal.

    g) Grupo formado por los alumnos de Educación Especial. Estos
         alumnos estarán al cuidado de las Ayudantes Técnicas Educativas
         correspondientes.




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 NORMAS DE CONVIVENCIA PARA TODOS LOS CICLOS
       Basadas en el Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo por el que se
establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia
en los Centros, en su artículo 41, y recogiendo los artículos comprendidos entre el
35 y el 40, se especifican las siguientes NORMAS DE CONVIVENCIA PARA
TODOS LOS CICLOS. Ante su incumplimiento, será de aplicación el Capítulo II
del citado Real Decreto 732/1995, en sus artículos 48, 49 y 50.



                                 DENTRO DEL AULA

1.-   El alumnado estará obligado a asistir puntualmente a las clases, respetando
      el inicio y el fin de las mismas.

2.-   El alumnado tiene la obligación de llevar el material escolar necesario para
      cada actividad.

3.-   El alumnado debe seguir las indicaciones que sobre agrupamiento,
      distribución espacial o actividades a realizar se den en clase. Podrán ser
      distintas según la naturaleza del área o de las actividades que se realicen.

4.-   El alumnado tiene la obligación de seguir las instrucciones que se le den,
      completar las tareas que se le indiquen y esforzarse en hacerlo en los
      plazos, modos y tiempos que se le señalen.

5.-   Se prohíbe el hecho de gritar o interrumpir las actividades de clase o
      contribuir a alterar el orden o impedir el derecho al estudio de los
      compañeros.

6.-   No se permitirá dañar la dignidad, integridad e intimidad de los compañeros,
      insultando de palabra o gesto. Se respetarán las intervenciones de los otros
      compañeros y se escuchará con atención y en silencio los trabajos de los
      demás.




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7.-   Se corregirá no utilizar adecuadamente los materiales de clase o el deterioro
      causado intencionadamente de los objetos y pertenencias de los miembros
      de la comunidad educativa. Además de estar obligados los padres o tutores
      a reparar el daño.

8.-   El alumnado está obligado a asistir en óptimas condiciones de higiene y
      limpieza al Centro.



                                    EN EL PATIO

1.-   Está prohibido salir del recinto escolar.

2.-   Se mantendrá una actitud correcta en el patio, dando buen ejemplo al resto
      del colegio participando en el buen funcionamiento del mismo. Se corregirá
      el poco cuidado hacia la limpieza del patio o las instalaciones del Centro.

3.-   Se garantizará el uso compartido del patio de recreo, debiendo seguir los
      alumnos las indicaciones que se den sobre el espacio del patio.

4.-   Estarán prohibidas las actividades que resulten violentas o entrañen riesgo
      para el alumnado.

5.-   Se corregirá la falta de respeto a los miembros de la comunidad educativa,
      las ofensas verbales, agresiones físicas o cualquier otra acción contra la
      dignidad de las personas, su integridad o intimidad.

6.-   No se tolerará la discriminación activa o pasiva de miembros de la
      comunidad educativa en las actividades que se realicen en el patio.




           PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE



1.    Solicitar ayuda en el aula contigua.

2.    Avisar al Centro de salud, dar información sobre el asunto para que
      urgentemente se desplaza un médico al Centro.




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3.    Avisar a la familia.

4.    Solicitar una ambulancia.

5.    Acompañar al discente enfermo y evacuar la resto de alumnos que puedan
      encontrarse en el aula.

6.    No utilizar coche particular, a no ser estrictamente necesario.



     NORMAS DE CONVIVENCIA ESPECÍFICAS PARA CADA
                                       CICLO


                                EDUCACIÓN INFANTIL

1.-   Respetar el horario del Centro por parte de los padres. El Centro no es una
      guardería.

2.-   Avisar los padres al Centro cuando no puedan acudir a recoger a los
      alumnos y autoricen a otra persona.

3.-   Subir y bajar cada profesor con sus alumnos en fila.

4.-   Acostumbrar a los alumnos a utilizar las papeleras.



           PRIMERO , SEGUNDO Y TERCER CICLO DE PRIMARIA



1.-   Entradas: cada curso, en fila, entrará acompañado de su tutor o
      especialista.

2.-   Salidas: se harán en orden, vigilados por su tutor o especialista.

3.-   En ningún momento quedarán niños solos en clase (recreos, etc), y si el
      tutor decidiera lo contrario, estaría con ellos.




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4.-   Servicios: se permitirá ir al servicio sólo de uno en uno. Si va un grupo al
      mismo tiempo, el tutor irá con ellos. No se podrá ir durante el tiempo de
      recreo.

5.-   En ningún momento habrá niños solos en el pasillo (excepto cuando vayan
      al servicio).

6.-   Durante aquellos recreos en los que llueva, los niños se quedarán en clase,
      con su tutor.

7.-   Se favorecerá una actitud de diálogo racional y respeto a todos los miembros
      de la comunidad educativa.

8.-   Se educará en la igualdad y en la no diferenciación entre sexos.

9.-   Se valorará y respetará el entorno ambiental.

10.- Se adquirirán hábitos de salud e higiene corporal.

11.- Se adquirirá autonomía personal.

12.- Se formarán consumidores críticos



- DECÁLOGO DEL ALUMNO

1.-   El Colegio es mío, tengo que cuidarlo y mantenerlo como casa propia.

2.-   Respetaré a todos los profesores y alumnos.

3.-   No comeré chicles, caramelos, pipas, etc. dentro del edificio escolar.

4.-   Al entrar y salir, lo haré en fila y en silencio.

5.-   Durante los recreos o tiempo libre no jugaré en los pasillos.

6.-   La puntualidad será mi norma.

7.-   Al hablar usaré un lenguaje adecuado.

8.-   No cogeré las cosas de los demás sin su permiso.

9.-   Durante la jornada escolar, no saldré del recinto del colegio.

10.- Evitaré peleas y discusiones.




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                              EDUCACIÓN ESPECIAL

1.-   Los alumnos entrarán en fila a las 9.15 horas desde las escaleras de su
      edificio.

2.-   Los alumnos saldrán en fila hasta las escaleras de su edificio.

3.-   Todos los alumnos saldrán solos del recinto escolar, excepto los que
      presentan alguna dificultad.

4.-   Cuando algún alumno tenga que entrar o salir fuera del horario habitual,
      deberá comunicarlo a la Dirección del Centro.

5.-   Todas las faltas de asistencia deberán ser debidamente justificadas y, a ser
      posible, comunicadas con anterioridad.

6.-   Todos los alumnos deberá tener en su taquilla todo lo necesario para las
      áreas de socialización, huerta, Educación Física, Música y Plástica (neceser,
      ropa…).

7.-   El cambio de ropa se efectuará antes del desarrollo de la actividad
      correspondiente.

8.-   Los alumnos deberán traer la libreta de actividades, el libro de préstamo de
      la Biblioteca, la toalla, la ropa y la fiambrera el día que corresponda.

9.-   En las aulas se funciona con material socializado, para lo cual cada niño
      aportará una cantidad consensuada con los padres para la compra del
      material necesario.

10.- Se realizarán todas las reuniones con padres que se hayan estipulado, más
      las que consideremos necesarias para el funcionamiento de las aulas.

11.- El día de visita de padres es el estipulado por el Centro; no obstante queda
      abierto, según las necesidades de los padres, siempre que se comunique
      con anterioridad.




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  NORMAS PARA LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
1.-   Antes de la realización de cualquier actividad extraescolar, los alumnos
      serán autorizados por escrito por sus padres o tutores legales, haciéndose
      éstos responsables de los accidentes que pudieran sufrir sus hijos en el caso
      de que éstos desobedeciesen las instrucciones previamente dictadas por
      sus profesores.

2.-   El calendario de actividades extraescolares será aprobado por el Consejo
      Escolar dentro de la Programación General Anual, pudiéndose incluir
      cualquier otra actividad, durante el curso, no contemplada previamente.

      Este acuerdo fue aprobado en decisión del Consejo Escolar.

3.-   Las actividades extraescolares son consideradas, a todos los efectos,
      actividades académicas, computándose las horas empleadas como lectivas
      y como actividades contempladas en el apartado 2.1. del horario individual
      de cada profesor en el Documento Organizativo de Centro.




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Reglamento De RéGimen Interior

  • 1.
  • 2. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior - DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS .......................... Pág. 3 Derechos de los alumnos............................................................... Pág. 4 Deberes de los alumnos................................................................. Pág. 11 Orientación y Tutoría .................................................................... Pág. 12 - DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES .................... Pág. 13 - DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES............................... Pág. 15 - DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE ... Pág. 17 - NORMAS DE CONVIVENCIA....................................................... Pág. 19 DE FUNCIONAMIENTO ....................................................................... Pág. 20 Horario del Centro. Accesos al mismo ......................................... Pág. 21 Puntualidad y asistencia ................................................................ Pág. 21 Dependencias del Centro............................................................... Pág. 21 Mobiliario y material..................................................................... Pág. 22 Utilización de la Biblioteca/Videoteca.......................................... Pág. 23 Recreos y Deportes ....................................................................... Pág. 25 Acceso aulas, cambios y permanencia en ellas............................. Pág. 26 Escolarización de alumnos de dos años ........................................ Pág. 26 Autobuses...................................................................................... Pág. 27 Comedor........................................................................................ Pág. 27 PARA TODOS LOS CICLOS.................................................................. Pág. 30 Dentro del aula .............................................................................. Pág. 30 En el patio ..................................................................................... Pág. 31 Protocolo de actuación en caso de accidente de alumno…………Pág. 31 ESPECIFICAS PARA CADA CICLO..................................................... Pág. 32 Educación Infantil ......................................................................... Pág. 32 Primero, Segundo y Tercer Ciclo de Primaria .............................. Pág. 32 Decálogo del alumno..................................................................... Pág. 33 Educación Especial ....................................................................... Pág. 34 - NORMAS PARA ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES............ Pág. 35 2
  • 4. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS 1.- Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto de los derechos que se establecen en el Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros. 2.- El ejercicio de sus derechos por parte de los alumnos implicará el reconocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa. 3.- Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad. 4.- La formación a que se refiere el apartado anterior se ajustará a los fines y principios contenidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación. 5.- El pleno desarrollo de la personalidad del alumno exige una jornada de trabajo escolar acomodada a su edad y una planificación equilibrada de sus actividades de estudio. 6.- En el marco del Título II de la Ley Orgánica de Educación, sobre equidad en la educación, todos los alumnos tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza. En los niveles no obligatorios no habrá más limitaciones que las derivadas de su aprovechamiento o de sus aptitudes para el estudio. 7.- La igualdad de oportunidades se promoverá mediante: a) La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 4
  • 5. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior b) El establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de oportunidades. c) La realización de políticas educativas de integración y de educación especial. 8.- Los centros desarrollarán las iniciativas que eviten la discriminación de los alumnos, pondrán especial atención en el respeto de las normas de convivencia y establecerán planes de acción positiva para garantizar la plena integración de todos los alumnos del Centro. 9.- Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad. 10.- Con el fin de garantizar el derecho a la evaluación con criterios objetivos, los centros deberán hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y la promoción de los alumnos. 11.- A fin de garantizar la función formativa que ha de tener la evaluación y lograr una mayor eficacia del proceso de aprendizaje de los alumnos, los tutores y los profesores mantendrán una comunicación fluida con éstos y sus padres en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los alumnos y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso. 12.- Los alumnos o sus padres o tutores podrán reclamar contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al finalizar un ciclo o curso. Dicha reclamación deberá basarse en la inadecuación de la prueba propuesta al alumno en relación con los objetivos o contenidos del área o materia sometida a evaluación y con el nivel previsto en la programación, o en la incorrecta aplicación de los criterios de evaluación establecidos. 5
  • 6. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 13.- La Administración educativa establecerá el procedimiento para la formulación y tramitación de las reclamaciones contra las calificaciones y decisiones que, como consecuencia del proceso de evaluación, se adopten al final de un ciclo o curso. 14.- Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses. 15.- De manera especial, se cuidará la orientación escolar y profesional de los alumnos con discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o con carencias sociales o culturales. 16.- La orientación profesional se basará únicamente en las aptitudes y aspiraciones de los alumnos y excluirá toda diferenciación por razón de sexo. La Administración educativa y los centros desarrollarán las medidas compensatorias necesarias para garantizar la igualdad de oportunidades en esta materia. 17.- Para hacer efectivo el derecho de los alumnos a la orientación escolar y profesional, los centros recibirán los recursos y el apoyo necesario de la Administración educativa, que podrá promover a tal fin la cooperación con otras Administraciones e instituciones. 18.- Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene. 19.- Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones. 20.- En el marco de lo establecido en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación y en la Ley Orgánica de Educación, el derecho a que se refiere el apartado anterior se garantiza mediante: a) La información, antes de formalizar la matrícula, sobre el proyecto educativo o sobre el carácter propio del centro. 6
  • 7. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior b) El fomento de la capacidad y actitud crítica de los alumnos que posibilite a los mismos la realización de opciones de conciencia en libertad. c) La elección por parte de los alumnos o de sus padres tutores, si aquéllos son menores de edad, de la formación religiosa o moral que resulte acorde con sus creencias o convicciones, sin que de esta elección pueda derivarse discriminación alguna. 21.- Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. 22.- Los centros docentes estarán obligados a guardar reserva sobre toda aquella información de que dispongan acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno. No obstante, los centros comunicarán a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el alumno o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección de los menores. 23.- Los alumnos tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida de los centros, en la actividad escolar y en la gestión de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación y en los respectivos Reglamentos Orgánicos. 24.- Los alumnos tienen derecho a asociarse, creando asociaciones, federaciones y confederaciones de alumnos, las cuales podrán recibir ayudas, todo ello en los términos previstos en la legislación vigente. Igualmente, tienen derecho a constituir cooperativas, en los términos previstos en la Ley 3/1987, de 2 de abril, General de Cooperativas. 25.- Los alumnos podrán asociarse una vez terminada su relación con el Centro, al término de su escolarización, en entidades que reúnan a los antiguos alumnos y colaborar a través de ellas en el desarrollo de las actividades del Centro. 7
  • 8. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 26.- Los alumnos tienen derecho a ser informados por los miembros de la Junta de Delegados y por los representantes de las asociaciones de alumnos tanto de las cuestiones propias de su centro como de las que afecten a otros centros docentes y al sistema educativo en general. 27.- Los alumnos tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos constitucionales. 28.- Los alumnos tienen derecho a manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas que les afecten. Cuando la discrepancia revista carácter colectivo, la misma será canalizada a través de los representantes de los alumnos en la forma establecida en la normativa vigente. 29.- En los términos previstos en el artículo 8 de la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación, los alumnos podrán reunirse en sus centros docentes para actividades de carácter escolar o extraescolar que formen parte del proyecto educativo del centro, así como para aquellas otras a las que pueda atribuirse una finalidad educativa o formativa. 30.- Los Directores de los centros garantizarán el ejercicio del derecho de reunión de los alumnos dentro del horario del centro. Los Reglamentos de régimen interior de los centros establecerán el horario que se reserve al ejercicio de este derecho. Dentro de las atribuciones de dirección y coordinación que les confiere la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, los órganos competentes de los centros facilitarán el uso de los locales y su utilización para el ejercicio del derecho de reunión en cualquier hora no lectiva. 31.- Los alumnos tienen derecho a utilizar las instalaciones de los centros con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares y con las precauciones necesarias en relación con la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos. 8
  • 9. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 32.- Los alumnos tienen derecho a participar, en calidad de voluntarios, en las actividades de los centros docentes. 33.- Los alumnos tienen derecho a percibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, de forma que se promueva su derecho de acceso a los distintos niveles educativos. 34.- La Administración educativa garantizará este derecho mediante una política de becas y los servicios de apoyo adecuados a las necesidades de los alumnos. 35.- Los alumnos forzados a un traslado obligatorio del lugar de residencia habitual recibirán asimismo especial atención. 36.- Los centros docentes mantendrán relaciones con otros servicios públicos y comunitarios para atender las necesidades de todos los alumnos y especialmente de los desfavorecidos sociocultural y económicamente. 37.- En las condiciones académicas y económicas que se establezcan, los alumnos que padezcan infortunio familiar tendrán la protección social oportuna para que aquél no determine la imposibilidad de continuar y finalizar los estudios que se encuentren cursando. 38.- La protección social a que se refiere el apartado anterior comprenderá el establecimiento de un adecuado régimen de becas y, en su caso, la adjudicación de plazas en residencias estudiantiles. 39.- En función de las disponibilidades presupuestarias, los poderes públicos promoverán la concesión de ayudas a familias que acojan alumnos acreedores de protección social. 40.- Los alumnos tendrán cubierta la asistencia médica y hospitalaria y gozarán de cobertura sanitaria en los términos previstos en la legislación vigente. 41.- En casos de accidente o enfermedad prolongada, los alumnos tendrán derecho a la ayuda precisa, ya sea a través de la orientación requerida, material didáctico y las ayudas necesarias, para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento de su rendimiento escolar. 9
  • 10. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 42.- Cuando no se respeten los derechos de los alumnos, o cuando cualquier miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, el órgano competente del centro adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, al Consejo Escolar del Centro. 10
  • 11. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior DEBERES DE LOS ALUMNOS 1.- El estudio constituye un deber básico de los alumnos y se concreta en las siguientes obligaciones: a) Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio. b) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del Centro. c) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración. d) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros. 2.- Los alumnos deben respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 3.- Constituye un deber de los alumnos la no discriminación de ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social. 4.- Los alumnos deben respetar el proyecto educativo o el carácter propio del Centro, de acuerdo con la legislación vigente. 5.- Los alumnos deben cuidar y utilizar correctamente los bienes, muebles y las instalaciones del centro y respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa. 6.- Los alumnos tienen el deber de participar en la vida y funcionamiento del Centro. 11
  • 12. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior ORIENTACIÓN Y TUTORÍA Tutoría y orientación educativa se refieren al carácter personalizado de la educación. El tutor sirve al alumno de guía en su escolaridad, en su maduración personal y en la búsqueda de su camino en la vida; al mismo tiempo, el tutor constituye un referente privilegiado como consejero e integrador de experiencias. En base a lo anterior, en el Centro existe un Plan de Acción Tutorial cuyos objetivos son: 1º.- Contribuir a la personalización de la educación. 2º.- Ajustar la respuesta educativa a las necesidades particulares de los alumnos. 3º.- Resaltar los aspectos orientadores de la educación – Orientación en la vida y para la vida. 4º.- Favorecer los procesos de madurez personal. 5º.- Prevenir las dificultades de aprendizaje y no sólo asistirlas cuando han llegado. 6º.- Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos integrantes de la comunidad educativa – profesores, alumnos y padres -. 7º.- Atender quejas y discrepancias en las decisiones educativas que les afecten; cuando estas quejas tengan un carácter colectivo, se presentarán ante el Consejo Escolar. 8º.- Informar a los alumnos de los derechos y deberes en sus tutorías respectivas. 12
  • 14. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES DERECHOS DE LOS PROFESORES 1.- A ejercer su labor docente con normalidad. 2.- A disponer de los medios y servicios para ejercer sus funciones. 3.- A ser respetados por la Comunidad escolar. 4.- A celebrar reuniones y asambleas en el Centro. 5.- A tener conocimiento de toda la información que les afecte recibida en el Centro. DEBERES DE LOS PROFESORES 1.- Los contenidos en las leyes que les afecten. 2.- Cumplir el horario. 3.- Comunicar con el tiempo suficiente, cuando sea posible preverlos, sus ausencias o retrasos al Jefe de Estudios o al Director, para aplicar el acuerdo del Claustro de profesores sobre sustituciones. En estos casos, el profesor ausente deberá dejar preparado un plan de trabajo para los alumnos. 4.- Todos los profesores son educadores de la totalidad de los alumnos que están matriculados en el Centro, y por ello debemos corregir a aquéllos que lo precisen. 5.- Hacer públicos, a principio de cada curso, los contenidos y objetivos mínimos de las asignaturas que impartan. 6.- Cumplir los deberes específicos del puesto o cargo administrativo que desempeñen. 14
  • 16. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DERECHOS DE LOS PADRES 1.- Los padres recibirán, a través del tutor, la información sobre todas las cuestiones relacionadas con la educación de sus hijos. 2.- Serán informados asimismo por el tutor de la programación, actividades y funcionamiento general del Centro. 3.- Cada padre podrá entrevistarse con el tutor en la hora fijada semanalmente. Es conveniente anunciar previamente la visita para que el tutor pueda realizar las consultas pertinentes a los demás profesores. 4.- A través del tutor se podrán concretar entrevistas con los demás profesores de su hijo. 5.- Los padres podrán reunirse en el Centro para tratar cualquier problema que les afecte, con la autorización de la Dirección. 6.- Podrán colaborar en las actividades educativas del Centro. DEBERES DE LOS PADRES 1.- Colaborar con todo el profesorado en la educación y enseñanza de su hijo. 2.- Respetar las leyes, normas y demás disposiciones vigentes en lo que afecten al Centro. 16
  • 18. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE DERECHOS DEL PERSONAL NO DOCENTE 1.- Los contenidos en la normativa y convenios sindicales vigentes que les afecten. 2.- A ser respetados por la Comunidad Escolar. 3.- A ejercer su labor con normalidad. DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE 1.- Los contenidos en la normativa y convenios sindicales vigentes que les afecten. 2.- Respetar a todos los miembros de la Comunidad Escolar. 18
  • 20. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior DE FUNCIONAMIENTO HORARIO DEL CENTRO. ACCESOS AL MISMO 1.- El Centro comienza su actividad lectiva a las 9.15 horas y finaliza a las 12.15 horas en la sesión de mañana. En sesión de tarde, comienza a las 14.15 horas y finaliza a las 16.15 horas. En septiembre y junio, la jornada se llevará a cabo de 9.15 a 12.15 horas. 2.- A la llamada para entrar (toque de sirena), todos los alumnos y profesores estarán presentes. La entrada será ordenada, por cursos y en filas. En los días de mal tiempo climatológico, el agrupamiento por cursos se hará en los porches de los distintos edificios del Centro. En los días de buen tiempo, todos los padres dejarán a los alumnos en las portillas de entrada, para que ellos accedan solos hasta sus distintas filas. 3.- Durante las horas de clase, las portillas estarán cerradas y no se permitirá el acceso al Colegio a personas ajenas al mismo, excepto en los casos debidamente justificados: gestiones en Secretaría o Dirección, enfermedad de alumnos, etc… 4.- Todos los padres o responsables legales de los alumnos visitarán a los profesores respetando las horas de visita que éstos les indiquen y que son, generalmente, los martes de 16.45 a 17.45 horas, previo aviso al profesor correspondiente. 5.- Los alumnos accederán solos al Centro a partir de las portillas, por lo tanto les rogamos dejen a éstos en dicho lugar. Solamente los alumnos de Educación Infantil y Especial podrán ser acompañados hasta su edificio y recogidos allí mismo. En los días de mal tiempo climatológico, como excepción, podrán ser llevados y recogidos también los alumnos de 1º y 2º cursos de Primaria. Los alumnos de Educación Infantil cuentan con una portilla de acceso propio. 20
  • 21. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 6.- En las portillas grandes se encuentra instalado un timbre para las visitas que necesiten acceder al Centro durante las horas de clase. Todas estas visitas deberán pasar siempre por Secretaría antes de realizar cualquier gestión en el Centro. PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA 7.- Los alumnos que lleguen tarde de forma reiterada, sin justificación, incurrirán en una conducta contraria a las normas de convivencia del Centro y será de aplicación el Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los Centros. Al principio de cada curso escolar, el Centro entregará a cada alumno un modelo de justificante para retrasos y ausencias, que deberá ser cumplimentado por los padres o responsables legales. 8.- El profesor o tutor anotará cada retraso o falta de asistencia en la correspondiente hoja de control de asistencia. Los justificantes familiares deberán ser entregados al tutor correspondiente. DEPENDENCIAS DEL CENTRO 9.- El alumno debe tratar de entender que el Colegio es un lugar al que se viene a trabajar y a ser feliz. Durante la jornada escolar, los alumnos evitarán distraer o molestar a sus compañeros. Todos tenemos derecho a que nuestro trabajo se desarrolle en un buen ambiente. 10.- Durante la jornada escolar, ningún niño podrá salir del Centro a no ser que, los padres o responsables legales del alumno le hayan entregado al tutor correspondiente una nota firmada indicando la hora en que desea que su hijo/a salga del Colegio o, en su caso, vengan ellos mismos a buscarles. 21
  • 22. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 11.- También podrán salir si van acompañados de un profesor, con la previa autorización de los padres o responsables legales del alumno. 12.- Se considera recinto escolar los tres edificios en los que se imparte clase y sus patios correspondientes. 13.- Mientras se realicen actividades en el Pabellón Polideportivo, éste también será considerado recinto escolar a todos los efectos. 14.- Por los pasillos, que son lugares de tránsito, los alumnos y alumnas se comportarán con corrección, sin correr, sin gritar o alterar el orden, evitando aglomeraciones. 15.- Durante las horas de clase, los alumnos podrán utilizar el servicio de la planta correspondiente solamente con permiso de su profesor, e individualmente. Está prohibido totalmente durante el resto de las horas. En los recreos y durante el mediodía, deberán utilizarse los servicios de la planta baja. 16.- Ningún miembro de la comunidad educativa podrá fumar en el Centro. El profesorado podrá fumar en los lugares habilitados a tal fin, según la normativa vigente. MOBILIARIO Y MATERIAL 17.- Se entiende por mobiliario y material escolar todo lo que pertenece al Centro, tanto en lo referente al interior como en el exterior, debiendo velar por su conservación. 18.- Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por negligencia a las instalaciones del Centro o su material quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente los alumnos que sustrajesen bienes del Centro deberán restituir lo sustraído. En todo caso, los padres o representantes legales de los alumnos serán responsables civiles en los términos previstos en las leyes 22
  • 23. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior (artículo 44.1 del Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros). UTILIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA / VIDEOTECA 19.- La Biblioteca, es el motor del Plan Lector del Centro, las responsables del funcionamiento, serán las coordinadoras que dispondrán dentro de su horario lectivo de tiempos concretos para el buen funcionamiento de este servicio. 20.- En la Biblioteca se exigirá silencio y respeto a los compañeros. 21.- Dentro de la sección de biblioteca, habrá dos formas de utilización: a) De consulta.- Cada clase estará acompañada por su profesor en todo momento. b) De préstamo.- Los alumnos podrán hacer uso del mismo solamente en los días señalados para ello, y con los encargados de la biblioteca presentes. 22.- Para el Servicio de Consulta, varias son las normas a tener en cuenta: a) Ningún alumno estará solo en la Biblioteca. b) Los libros utilizados deberán colocarse, con rigurosidad, en su sitio. c) Al finalizar la sesión, las mesas y sillas se dejarán perfectamente colocadas como estaban. 23.- Para el Servicio de Préstamo, las normas son las siguientes: a) Se podrán llevar a casa todos los libros expuestos, excepto los catalogados como de consulta (diccionarios, enciclopedias, atlas, etc…). b) Los libros se entregarán obligatoriamente a los 15 días del préstamo (lunes). Se podrá solicitar renovar una semana más, presentando nuevamente la ficha correspondiente. 23
  • 24. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior c) En el momento de su devolución, los libros se dejarán en su lugar de origen. d) Los días de préstamo serán de lunes a viernes en el horario de recreo y se ampliará con las horas que las responsables dediquen a este servicio, dependiendo en día y hora, de las necesidades del Centro. - NORMAS PARA EL ALUMNADO 24.- Los alumnos están obligados a cuidar de los libros como si fueran suyos. 25.- Se entregarán dentro de los plazos señalados. 26.- En caso de pérdida o daño, por falta de cuidado, el alumno reembolsará el importe al Centro. 27.- No está permitido comer cosas en la Biblioteca. 28.- Se deberá guardar silencio, como respeto hacia los demás. 29.- Solamente se podrán utilizar los libros indicados para el alumnado. - NORMAS PARA EL PROFESORADO 30.- Cada profesor será responsable de su grupo de alumnos. 31.- Está obligado a dejar los libros correctamente colocados en las baldas correspondientes, en caso de consulta. 32.- Cuando se haga uso personal de los libros, se deberá anotar en el cuaderno que a tal efecto se utilice, reseñando nombre, apellidos, número de etiqueta y fecha. - VIDEOTECA 33.- Es obligatorio, después de utilizar los videos, rebobinar la cinta. 34.- Las cintas de video sólo se utilizarán en el Centro 24
  • 25. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior RECREOS Y DEPORTES 35.- El recreo tendrá lugar en el patio. Existirá un turno de vigilancia de los profesores en el recreo. Durante los días de lluvia, queda en suspenso el turno de vigilancia de recreo por parte del profesorado; cada tutor/a podrá optar por permanecer en clase con su grupo de alumnos o bajar al patio cubierto con ellos. Los alumnos de cursos superiores respetarán la zona de juegos de los alumnos de Educación Infantil cuando sus horarios de recreo coincidan, en prevención de posibles accidentes. 36.- Los alumnos que, por motivos muy justificados, permanezcan en las aulas durante el recreo, deberán estar acompañados por el profesor que tomó tal decisión. 37.- Cada nivel educativo ocupará el campo que le corresponda, según el calendario establecido al respecto. 38.- La vigilancia de patio será realizada por los profesores según los turnos correspondientes y con el número que la ley determine. 39.- Periódicamente, se organizará una campaña de limpieza con un sentido pedagógico, tratando de implicar a los alumnos en la conservación de su entorno. 40.- Dado que en el colegio se imparten las etapas de Educación Infantil y Educación Primaria, se procurará que los períodos de recreo correspondientes a los Ciclos 2º y 3º de Primaria no coincidan con los de Educación Infantil. 25
  • 26. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior ACCESO AULAS, CAMBIOS Y PERMANENCIA EN ELLAS 41.- Todos los tutores o especialistas acompañarán a su grupo de alumnos en todas las subidas hasta la clase, y deberán estar al frente de los mismos en el patio o las horas de entrada (incluidas las de recreo). 42.- Todos los profesores pondrán especial cuidado en hacer los cambios de clase a la hora acordada. 43.- Ningún alumno podrá permanecer en su clase durante las horas del recreo (excepto lo acordado para los días de mal tiempo climatológico). Excepcionalmente, podrá hacerlo acompañado por su profesor cuando no tenga vigilancia de patio. ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNOS DE DOS AÑOS 44.- La incorporación por primera vez al Centro de alumnado de Educación Infantil requerirá, por parte del equipo docente del Ciclo, la planificación del periodo de adaptación. Esta planificación deberá realizarse al inicio del curso y contemplará el desarrollo, entre otros, de los siguientes aspectos: a) Contactos con los familiares del alumno y mecanismos de colaboración para su mejor inserción en el Centro. b) Flexibilidad del horario escolar, que posibilite el inicio escalonado de las actividades lectivas. c) Actividades específicas encaminadas a facilitar una mejor adaptación. AUTOBUSES 45.- Existe la estricta obligación del alumnado de acceder directamente desde el autobús al patio del Colegio, y no se podrá salir de éste bajo ningún concepto. 26
  • 27. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 46.- Los autobuses aparcarán en el espacio señalado por el Ayuntamiento a tal fin, situado en la parte sur del Centro y junto a las portillas localizadas en ese lugar. COMEDOR 47.- El comedor estará distribuido en mesas de ocho alumnos cada una. 48.- Cada mesa tendrá un encargado semanal que realizará las siguientes funciones: a) Entrará unos minutos antes que sus compañeros y distribuirá, de forma equitativa, el primer plato y el agua. b) Será el único que podrá levantarse de la mesa, previa autorización de alguno de los cuidadores del comedor. c) Recogerá los platos de su mesa y los depositará en un montón; siempre estarán en el plato superior los restos de comida y los cubiertos. d) Al finalizar la comida, una vez que sus compañeros hayan salido, dejará la mesa totalmente limpia, colocará las sillas encima de la mesa y lo comunicará a alguno de los cuidadores, que autorizará su salida. 49.- Todos los comensales comerán de todo lo que se sirva en los menús, excepto que presenten certificado médico que lo prescriba. 50.- Todos los alumnos deberán respetar a los cuidadores, así como obedecer todas las indicaciones que éstos les hagan. 51.- El cobro de las cuotas de comedor, para aquellos alumnos que no dispongan de Ayuda, se realizará los tres primeros días hábiles de cada mes, a las 16.45 horas en el comedor del Centro. El mes de junio se cobrará por adelantado. 52.- Los alumnos que utilicen el comedor no podrán abandonar el recinto escolar bajo ningún concepto. Si así fuera, deberán traer una autorización por escrito de sus padres o tutores. 27
  • 28. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 53.- Todos los alumnos que, por cualquier causa, no vayan a hacer uso del comedor algún día determinado, estarán obligados a comunicarlo al Centro con la mayor antelación posible pero, en cualquier caso, antes de las 9.30 horas de la mañana del día en que se produzca la falta; en caso contrario, se procederá al cobro del menú correspondiente. 54.- Los alumnos que utilicen el comedor escolar no podrán acceder a ninguna de las dependencias del Centro, salvo con autorización de alguno de los cuidadores o acompañado de ellos. 55.- El no cumplimiento de cualquiera de estas normas llevará consigo la pérdida del derecho a hacer uso del comedor escolar. 56.- En días de lluvia o mal tiempo climatológico, teniendo presente que el Centro no dispone de patios cubiertos suficientes para proteger a todos los alumnos de comedor, se organizarán los siguientes grupos, al frente de los cuales estará un vigilante de la empresa que gestiona el comedor escolar: a) Grupo de alumnos de Educación Infantil. Este grupo, que también se forma en los días de tiempo climatológico normal, será acompañado por su cuidador correspondiente a la sala de video del edificio de Educación Infantil, en donde se les pondrán películas adecuadas a su edad. b) Grupo formado por la mitad de los alumnos de Primaria que deseen acudir a la sesión de video organizada en el edificio de Primer Ciclo de Primaria. c) Grupo formado por la otra mitad de los alumnos de Primaria que deseen acudir a la sesión de video organizada en el edificio de Primer Ciclo de Primaria. Estos grupos b) y c) tendrán que alternarse sucesivamente en el uso de la sala de video del edificio de Primer Ciclo de Primaria. d) Un grupo reducido de alumnos (como máximo, veinte) podrán acudir a la Biblioteca acompañados de un responsable de la empresa que gestiona el comedor. Allí, respetando escrupulosamente las normas de funcionamiento de la Biblioteca, podrán hacer uso de los libros y 28
  • 29. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior también, durante ese tiempo de Biblioteca, los alumnos podrán realizar tareas escolares pendientes. Dado lo delicado que es el uso de la Biblioteca, tanto los alumnos como el responsable de la empresa que gestiona el comedor pondrán especial cuidado en mantener el orden y el respeto adecuados. e) Otro grupo se ubicará en el aula de Educación Física, en donde podrán hacer uso de juegos de mesa. Dos alumnos de los cursos superiores serán los responsables del cuidado del material y del orden imprescindible, dejando las mesas y las sillas recogidas al finalizar la sesión de juego. Siendo un material delicado y valioso, al igual que el de la Biblioteca, se procurará que sea utilizado adecuadamente. f) Otro grupo se formará por los alumnos que no acudan a ninguno de los grupos anteriores, y, por lo tanto, estén en el patio, a cargo de un responsable de la empresa que gestiona el comedor. En estos días de inclemencia climatológica, la empresa del comedor procurará que los alumnos estén bajo cubierto en el porche del edificio principal. g) Grupo formado por los alumnos de Educación Especial. Estos alumnos estarán al cuidado de las Ayudantes Técnicas Educativas correspondientes. 29
  • 30. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior NORMAS DE CONVIVENCIA PARA TODOS LOS CICLOS Basadas en el Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los Centros, en su artículo 41, y recogiendo los artículos comprendidos entre el 35 y el 40, se especifican las siguientes NORMAS DE CONVIVENCIA PARA TODOS LOS CICLOS. Ante su incumplimiento, será de aplicación el Capítulo II del citado Real Decreto 732/1995, en sus artículos 48, 49 y 50. DENTRO DEL AULA 1.- El alumnado estará obligado a asistir puntualmente a las clases, respetando el inicio y el fin de las mismas. 2.- El alumnado tiene la obligación de llevar el material escolar necesario para cada actividad. 3.- El alumnado debe seguir las indicaciones que sobre agrupamiento, distribución espacial o actividades a realizar se den en clase. Podrán ser distintas según la naturaleza del área o de las actividades que se realicen. 4.- El alumnado tiene la obligación de seguir las instrucciones que se le den, completar las tareas que se le indiquen y esforzarse en hacerlo en los plazos, modos y tiempos que se le señalen. 5.- Se prohíbe el hecho de gritar o interrumpir las actividades de clase o contribuir a alterar el orden o impedir el derecho al estudio de los compañeros. 6.- No se permitirá dañar la dignidad, integridad e intimidad de los compañeros, insultando de palabra o gesto. Se respetarán las intervenciones de los otros compañeros y se escuchará con atención y en silencio los trabajos de los demás. 30
  • 31. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 7.- Se corregirá no utilizar adecuadamente los materiales de clase o el deterioro causado intencionadamente de los objetos y pertenencias de los miembros de la comunidad educativa. Además de estar obligados los padres o tutores a reparar el daño. 8.- El alumnado está obligado a asistir en óptimas condiciones de higiene y limpieza al Centro. EN EL PATIO 1.- Está prohibido salir del recinto escolar. 2.- Se mantendrá una actitud correcta en el patio, dando buen ejemplo al resto del colegio participando en el buen funcionamiento del mismo. Se corregirá el poco cuidado hacia la limpieza del patio o las instalaciones del Centro. 3.- Se garantizará el uso compartido del patio de recreo, debiendo seguir los alumnos las indicaciones que se den sobre el espacio del patio. 4.- Estarán prohibidas las actividades que resulten violentas o entrañen riesgo para el alumnado. 5.- Se corregirá la falta de respeto a los miembros de la comunidad educativa, las ofensas verbales, agresiones físicas o cualquier otra acción contra la dignidad de las personas, su integridad o intimidad. 6.- No se tolerará la discriminación activa o pasiva de miembros de la comunidad educativa en las actividades que se realicen en el patio. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE 1. Solicitar ayuda en el aula contigua. 2. Avisar al Centro de salud, dar información sobre el asunto para que urgentemente se desplaza un médico al Centro. 31
  • 32. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 3. Avisar a la familia. 4. Solicitar una ambulancia. 5. Acompañar al discente enfermo y evacuar la resto de alumnos que puedan encontrarse en el aula. 6. No utilizar coche particular, a no ser estrictamente necesario. NORMAS DE CONVIVENCIA ESPECÍFICAS PARA CADA CICLO EDUCACIÓN INFANTIL 1.- Respetar el horario del Centro por parte de los padres. El Centro no es una guardería. 2.- Avisar los padres al Centro cuando no puedan acudir a recoger a los alumnos y autoricen a otra persona. 3.- Subir y bajar cada profesor con sus alumnos en fila. 4.- Acostumbrar a los alumnos a utilizar las papeleras. PRIMERO , SEGUNDO Y TERCER CICLO DE PRIMARIA 1.- Entradas: cada curso, en fila, entrará acompañado de su tutor o especialista. 2.- Salidas: se harán en orden, vigilados por su tutor o especialista. 3.- En ningún momento quedarán niños solos en clase (recreos, etc), y si el tutor decidiera lo contrario, estaría con ellos. 32
  • 33. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior 4.- Servicios: se permitirá ir al servicio sólo de uno en uno. Si va un grupo al mismo tiempo, el tutor irá con ellos. No se podrá ir durante el tiempo de recreo. 5.- En ningún momento habrá niños solos en el pasillo (excepto cuando vayan al servicio). 6.- Durante aquellos recreos en los que llueva, los niños se quedarán en clase, con su tutor. 7.- Se favorecerá una actitud de diálogo racional y respeto a todos los miembros de la comunidad educativa. 8.- Se educará en la igualdad y en la no diferenciación entre sexos. 9.- Se valorará y respetará el entorno ambiental. 10.- Se adquirirán hábitos de salud e higiene corporal. 11.- Se adquirirá autonomía personal. 12.- Se formarán consumidores críticos - DECÁLOGO DEL ALUMNO 1.- El Colegio es mío, tengo que cuidarlo y mantenerlo como casa propia. 2.- Respetaré a todos los profesores y alumnos. 3.- No comeré chicles, caramelos, pipas, etc. dentro del edificio escolar. 4.- Al entrar y salir, lo haré en fila y en silencio. 5.- Durante los recreos o tiempo libre no jugaré en los pasillos. 6.- La puntualidad será mi norma. 7.- Al hablar usaré un lenguaje adecuado. 8.- No cogeré las cosas de los demás sin su permiso. 9.- Durante la jornada escolar, no saldré del recinto del colegio. 10.- Evitaré peleas y discusiones. 33
  • 34. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior EDUCACIÓN ESPECIAL 1.- Los alumnos entrarán en fila a las 9.15 horas desde las escaleras de su edificio. 2.- Los alumnos saldrán en fila hasta las escaleras de su edificio. 3.- Todos los alumnos saldrán solos del recinto escolar, excepto los que presentan alguna dificultad. 4.- Cuando algún alumno tenga que entrar o salir fuera del horario habitual, deberá comunicarlo a la Dirección del Centro. 5.- Todas las faltas de asistencia deberán ser debidamente justificadas y, a ser posible, comunicadas con anterioridad. 6.- Todos los alumnos deberá tener en su taquilla todo lo necesario para las áreas de socialización, huerta, Educación Física, Música y Plástica (neceser, ropa…). 7.- El cambio de ropa se efectuará antes del desarrollo de la actividad correspondiente. 8.- Los alumnos deberán traer la libreta de actividades, el libro de préstamo de la Biblioteca, la toalla, la ropa y la fiambrera el día que corresponda. 9.- En las aulas se funciona con material socializado, para lo cual cada niño aportará una cantidad consensuada con los padres para la compra del material necesario. 10.- Se realizarán todas las reuniones con padres que se hayan estipulado, más las que consideremos necesarias para el funcionamiento de las aulas. 11.- El día de visita de padres es el estipulado por el Centro; no obstante queda abierto, según las necesidades de los padres, siempre que se comunique con anterioridad. 34
  • 36. ___________________________________________________________C.P. Ramón laza Reglamento de Régimen Interior NORMAS PARA LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES 1.- Antes de la realización de cualquier actividad extraescolar, los alumnos serán autorizados por escrito por sus padres o tutores legales, haciéndose éstos responsables de los accidentes que pudieran sufrir sus hijos en el caso de que éstos desobedeciesen las instrucciones previamente dictadas por sus profesores. 2.- El calendario de actividades extraescolares será aprobado por el Consejo Escolar dentro de la Programación General Anual, pudiéndose incluir cualquier otra actividad, durante el curso, no contemplada previamente. Este acuerdo fue aprobado en decisión del Consejo Escolar. 3.- Las actividades extraescolares son consideradas, a todos los efectos, actividades académicas, computándose las horas empleadas como lectivas y como actividades contempladas en el apartado 2.1. del horario individual de cada profesor en el Documento Organizativo de Centro. 36