1. Cabildo
Puede referirse al ayuntamiento o la corporación municipal, de la junta que
celebra esta institución y del edificio donde tiene lugar la junta. El edificio que
albergaba a las autoridades municipales.
Juez de paz
Juez de paz, juzgado de paz o tribunal de paz hace referencia a un tipo de
órgano jurisdiccional presente en diversos países. Habitualmente son órganos
judiciales unipersonales con jurisdicción en el ámbito local, generalmente un
municipio, comuna o distrito en el que no existe un juzgado de primera instancia, y
son servidos por jueces legos (no letrados) que llevan a cabo funciones
jurisdiccionales.
Debido a que el juez de paz no suele tener conocimientos de Derecho
comparables a los de un letrado, se busca que los conflictos sometidos a su
competencia sean solucionados mediante conciliación entre las partes, según
reglas de equidad o conforme a las costumbres particulares de la comunidad
donde el juez presta servicios (Derecho consuetudinario). Por lo común, los
juzgados de paz se ocupan solamente de controversias de tipo civil, aunque
algunos ordenamientos, como los de México y España, les permiten resolver
sobre cuestiones penales de menor gravedad; como asimismo, se les suelen
otorgar otras funciones, por ejemplo las de Registro Civil, como en España.
Otro rasgo importante del juez de paz es que debe residir en la misma población
donde ha de prestar sus servicios, y en algunos casos, como en Perú, hablar el
idioma o dialecto más utilizado en dicha comunidad. En algunos ordenamientos,
como el venezolano, el colombiano o el peruano, el juez de paz es elegido por los
propios vecinos de la comunidad donde ejercerá su cargo; mientras que en otros
casos, como España, es elegido por el pleno del ayuntamiento o municipalidad por
mayoría absoluta.