Historia Clínica y Consentimiento Informado en Odontología
Ley 1616 garantiza salud mental Colombia
1. Según la OMS (2013) ‘‘uno de cada cuatro personas ha sufrido de alguna clase de
trastorno mental o neurológico en algún momento de su vida’’. En Colombia según el
último estudio nacional de salud mental, los trastornos de ansiedad son los de mayor
prevalencia dentro de la población general con cifras que alcanzan un 19.3 % (ministerio de
salud 2015). El 21 de enero del 2013, en Colombia se aprobó la ley 1616, la cual garantiza
el derecho a la salud mental de la población y que facilita los accesos a los servicios de
salud y la atención adecuada; además nos abre las puertas a los profesionales de la
psicología para incluir actividades de promoción y prevención, especialmente en niños y
adolescentes con el objetivo de disminuir cifras como las que se presentaron en el 2011, en
las que el 7.25 % de los 1889 suicidios se presentaron en jóvenes entre os 15 y los 17 años
de edad.
Los aspectos más importantes que incluye la ley 1616 son:
La adecuación de los servicios en el Pan Obligatorio de salud (POS)
El enfoque preferencial a niños y adolescentes
La implementación de acciones integrales para prevenir conductas como el
acoso escolar, el estigma y la discriminación, la violencia y la conducta suicida.
El fortalecimiento de la salud mental comunitaria involucrando de manera activa
a los pacientes, cuidadores, familias y organizaciones en las diferentes
modalidades de salud mental.
La creación de una instancia especializada a nivel nacional denominada Consejo
Nacional de Salud Mental.
Podemos definir la salud mental como un estado dinámico de bienestar psicológico,
en el cual las personas puedan desarrollar sus elementos cognitivos, afectivos, y sociales.
Es uno de los aspectos más importantes de la salud; ya que los trastornos mentales figuran
entre los factores de riesgo más importantes de otras enfermedades y lesiones no
intencionales e intencionales.
El rol del psicólogo en Colombia es orientar el accionar integrado del Sistema
Nacional de Salud hacia una garantía de los derechos y cumplimiento de las metas
propuestas en el plan nacional de salud mental, y transformar el enfoque médico biologista,
hacía un enfoque integral en salud centrado en el cuidado y recuperación de la salud
2. individual, familiar, comunitaria como un derecho humano. Para ello es necesario dar
cumplimiento a la ley 1616 fortaleciendo los servicios de salud mental a través de su
organización, reorientándolos hacia la promoción de la salud, y la prevención en todos sus
niveles, incorporando los enfoques de interculturalidad, género, derechos y con
participación social. La promoción de salud mental debe caracterizarse por tener un
enfoque positivo, en lugar de enfatizar en las enfermedades y su déficit. Y considerarse
como un recurso de valor por sí mismo y derecho básico esencial para el desarrollo social
de la comunidad.
La responsabilidad de garantizar una buena prestación de servicios en cuanto al
bienestar mental compete a los profesionales de esta área es decir a los profesionales de
salud mental, a partir del conocimiento y cumplimiento de la ley; brindando a la comunidad
no solo un servicio por oficio sino por vocación.
Referencias
Ley 1616 (2013). Por medio de la cual se expide la ley de salud mental y se dictan otras
disposiciones. Recuperado de:
http://www.ins.gov.co/normatividad/Leyes/LEY%201616%20DE%202013.pdf
Ministerio de salud y protección social (2017). Salud mental. Guía para la planeación del
componente de Salud Mental en los Planes Territoriales de Salud, recuperado de:
https://www.minsalud.gov.co/salud/Paginas/Salud%20Mental.aspx
Ministerio de salud (2015).encuesta nacional de salud mental. Recuperado de:
https://www.odc.gov.co/Portals/1/publicaciones/pdf/consumo/estudios/nacionales/CO0311
02015-salud_mental_tomoI.pdf
OMS (2013). Salud mental, un estado de bienestar. Recuperado de:
http://www.who.int/features/factfiles/mental_health/es/