4. ANTECEDENTES
El Convenio Automotor Andino firmado el
16 de septiembre de 1.999, en su artículo
7o., aprobó la aplicación de un régimen
aduanero suspensivo de derechos
arancelarios para los bienes automotores
que se produzcan en una zona aduanera y
luego se ingresen al territorio aduanero de
la Subregión mediante el pago de la tarifa
correspondiente.
5. MARCO REGLAMENTARIO
En el nuevo Arancel de Aduanas
colombiano, vigente desde el 1 de Enero
de 2.002, se incorporó la Nota
Complementaria Nacional que establece
un gravamen del 0% para las partes, los
materiales e insumos para la producción
de autopartes que importen las empresas
debidamente autorizadas y que cumplan
con los requisitos de orígen.
6. FUNDAMENTO JURIDICO
Decreto 2685 Dic. 28/99 (Arts. 53, 71 literal d,
72, 73, 75, 76, 77, 116 literal h, 189, 190, 191,
235, 243, Titulo VIII (DTA) 353, 354 – 369,
Titulo XIV, XV)
Resolución 4240/2.000 (Arts. 47, 48, 108-116)
Decreto 280/2.001 y Res. 0249/2.001 de
Mindesarrollo
7. Modalidad bajo la cual se importan
mercancías que van a ser sometidas a
procesos de transformación o ensamble,
por parte de industrias reconocidas como
tales por la autoridad competente, y
autorizadas para el efecto por la DIAN, y
con base en la cual su disposición quedará
restringida.
TRANSFORMACION
Y ENSAMBLE
8. CÓMO ACOGERSE
AL RÉGIMEN ?
1. AUTORIZACION
Se solicita ante el Ministerio de Desarrollo
Económico la autorización para la empresa,
indicando los productos y la respectiva
partida arancelaria del bien final.
En la Resolución 249 del 28 de Marzo de
2.001 se establecen cada uno de los
requisitos a cumplir por las empresas que
se quieran acoger.
Cumpliendo los requisitos; el Ministerio
emite Resolución reconociendo y
autorizando a la respectiva empresa.
9. CÓMO ACOGERSE
AL RÉGIMEN ?
2. HABILITACION DEL DEPOSITO
Una vez obtenida la autorización se debe
solicitar ante la DIAN la habilitación del
depósito para transformación o ensamble.
La DIAN, efectúa visita a la planta e
inspecciona las instalaciones y de acuerdo
con lo estipulado en el Decreto 2685 de
1.999, emite el acto administrativo de
habilitación del depósito.
10. DEPOSITO PRIVADO PARA
TRANSFORMACION Y
ENSAMBLE
Lugares habilitados por la DIAN para el
almacenamiento bajo control aduanero de
mercancías de importación, consignadas a
la persona jurídica titular de la habilitación
(filiales y subsidiarias), que serán sometidas
a la modalidad de transformación o
ensamble.
11. REQUISITOS PARA
HABILITACION
Infraestructura técnica y administrativa
(área útil plana de almacenamiento,
equipos, seguridad).
Antecedentes en operaciones aduaneras,
cambiarias, de comercio exterior y de
almacenamiento.
Patrimonio y respaldo financiero.
12. Subdirección de Comercio
Exterior DIAN
Autorización para declarar la Modalidad.
Habilitación del Depósito Privado para
Transformación y Ensamble.
Constitución de Garantía (1.5 % vr.
Aduanas).
13. OPERATIVIDAD
Se debe inscribir ante el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo
diligenciando el Registro de Productores
Nacionales, Oferta Exportable y Solicitud
de Determinación de Orígen (Forma 010).
Aceptada la inscripción y la determinación
de orígen, que tendrá una vigencia de 2
años, se podrá solicitar el Certificado de
Origen ALADI, código 255, conforme lo
establece la Circular Externa 058 del 11 de
Julio de 2.002 y su formato anexo.
14. OPERATIVIDAD
Para la importación de los materiales al
Depósito Habilitado y para la importación
ordinaria del bien final al territorio
subregional, la DIAN asignó los códigos
corrrespondientes de la Modalidad:
S 140 : Para Transformación y Ensamble
C 466 : Para Autopartes precedidas de TE
15. CARACTERISTICAS
No pago de Arancel.
Quince (15) días como término de
almacenamiento, contados a partir de
llegada de la mercancía, para presentar
modalidad (S140).
Máximo dos meses después de Unidad
Producida se presenta Importación
Ordinaria (C466).
Después de presentar declaración inicial
(S140) NO HAY PLAZO para importación
ordinaria.
16. REQUISITOS
Documento de transporte consignado a
persona jurídica titular de la habilitación.
Las mercancías sometidas a la modalidad
deberán permanecer en el área habilitada.
Sistema de Control que garantice en
momento de inspección aduanera
ubicación de las materias primas.
Cumplimiento VAN (Min. 45%)
%VAN=1 – Valor CIF Materiales Importados X 100
Valor Fábrica Producto Terminado
Para Mercado Nacional
18. DESPACHO DEL
EXTERIOR
DECLARACION
TRANSITO
ADUANERO
ARRIBO PUERTO
COLOMBIANO
DECLARACION
MODALIDAD
TRANSFORMACION
O ENSAMBLE
S140
TERMINO DE
ALMACEN.
15 DIAS
INGRESO
DEPOSITO
TRANSFORMACION
O ENSAMBLE
Garantía Transportador
Garantía Importador (UAP)
Garantía Declarante (SIA)
PROCESO DE
TRANSFORMACION
Y ENSAMBLE
DECLARACION
ORDINARIA
UNIDAD
PRODUCIDA
C466
UNIDAD
ENSAMBLADA
Régimen Suspensivo
Tributos
DECLARACION
DE
EXPORTACION
Decreto 280 de 2.001
Resolución 249 de 2.001
Arancel Cero
Pago IVA
Res. 4240/2.000 Art. 112
(Art. 191 Dcto. 2685/99)
Documento Transporte
Factura, Lista de Empaque, otros
19. FORMAS DE TERMINAR LA
MODALIDAD
Por modificación a Importación con
franquicia o a ordinaria, ya sea de las
partes o de la unidad ensamblada.
Cuando las partes importadas o las
unidades terminadas sean exportadas o
reexportadas o destruídas quedando sin
valor comercial.
Cuando se dé el abandono.
20. COMPROMISOS
Los bienes deben cumplir requisitos
de orígen (REO) establecidos en la
normatividad Andina (Decisión 416/97
y Resolución 323/ 99).
Ante la DIAN, no tener investigación o
deudas exigibles.
Constituir garantía bancaria o de
seguros garantizando el pago de los
tributos o sanciones a que haya lugar.
Obtener equipos y ajustes
tecnológicos.
21. COMPROMISOS
Comprometerse a la adecuación física de
la planta.
Contrato de vigilancia y sistema de
seguridad.
Un adecuado y estricto control
administrativo.
22. BENEFICIOS
Las partes, materias primas y materiales
para la producción de autopartes tendrán un
gravamen del 0%.
Los bienes que produzca pueden ir al
mercado original, de reposición o de
exportación.
No se tiene que cumplir metas de
exportación.
Se obtiene una mayor competitividad.
23. RECOMENDACIONES
Consolidar despacho de mercancías
(partes) en CKD ó kit.
No debe mezclarse despacho de
partes para productos que no
cumplan requisitos de orígen (VAN
Min. 45%)
24. CONCEPTOS DIAN
Autorización de traslado para
subensamble a lugar diferente y fuera de
la jurisdicción (Garantía 35% vr. Aduanas),
allí se termina modalidad con la obtención
del bien final.
Modificación declaración para
nacionalizar desperdicios, inventario
obsoleto ó rechazos de calidad, pagando
tributos aduaneros según P.A.
25. CONCEPTOS DIAN
Posibilidad endoso aduanero parcial
para importación ordinaria parte de
materias primas de un documento de
transporte.
En Declaración de Bien Final, se
deben reportar todas las
declaraciones iniciales (S140) de
componentes utilizados.
26. CONCEPTOS DIAN
En depósito o instalaciones, las
mercancías deben estar separadas y
perfectamente identificadas para
garantizar control aduanero.
En el Bien Final se pueden utilizar
partes nacionalizadas por
importación ordinaria y de
Transformación y Ensamble.
27. EMPRESAS ACOGIDAS
AL RÉGIMEN
ANDINA TRIM LTDA.
AUTOTAT LTDA.
AUTECO S.A.
AUTO ENSAMBLE
NISSAN LTDA.
BONEM S.A.
COFRE
C.K. MOTOS S.A.
COLCHA S.A.
DIDACOL S.A.
ERVADI LTDA.
ESPUMLATEX
FANALCA S.A.
GOODYEAR
ICOLLANTAS S.A.
INCOLBESTOS
JINCHENG DE
COLOMBIA S.A.
28. MAC S.A.
MONO BLOCK S.A.
MOTOS JIALING
S.A.
NAVITRANS S.A.
NON PLUS ULTRA
S.A.
SAUTO LTDA.
SERVINTEC
SUPERBUS
THERMOFORM S.A.
TRANSEJES S.A.
TH DE COLOMBIA S.A.
TRIMCO S.A.
WORLDSTAR PAEZ
S.A.
EMPRESAS ACOGIDAS
AL RÉGIMEN
29. Gracias por la atenciónGracias por la atenciónGracias por la atenciónGracias por la atención
30. PASOS EN PROCESO
INTERNO
1. Llegada de mercancía y documentos
(Transportador)
2. Revisión y separación de documentos
(DTA, B/L, Remesa, Auto DIAN, etc.)
(COMEX / SERVINTEC)
3. Informar a la DIAN llegada DTA, para
recepción e inspección (COMEX /
SERVINTEC)
4. Descargue de vehículo y pesaje
(SERVINTEC)
31. PASOS EN PROCESO
INTERNO
5. Verificación documental e inspección
aduanera DTA (DIAN)
6. Asignación número de manifiesto
(SIGLO XXI – DIAN)
7. Actualización de información en Libros de
Control de Mercancías y de Levante
(COMEX / SERVINTEC)
8. Inventario de Embarque (Identificación)
SERVINTEC
32. PASOS EN PROCESO
INTERNO
9. Reconocimiento de mercancías
(INTERCRUVER)
10. Devolución ficho de embarque con
inventario (SERVINTEC)
11. Información a INTERCRUVER sobre
resultado de inventario (SERVINTEC)
12. Presentación Declaración de Importación
Modalidad S – 140 (INTERCRUVER)
33. PASOS EN PROCESO
INTERNO
13. Levante Automático, Documental ó Físico
(DIAN / INTERCRUVER)
14. Inspección Aduanera (DIAN /
INTERCRUVER)
15. Entrega documentos de importador con
Levante (INTERCRUVER)
16. Actualización Libros de Control de
Mercancías y de Levante (COMEX /
SERVINTEC)
34. PASOS EN PROCESO
INTERNO
17. Almacenaje de mercancía con levante en
Modalidad S – 140 (SERVINTEC)
18. Entrega ficho de embarque con inventario
(INTERCRUVER)
19. Cargue de embarque a Bodega de
Transformación y Ensamble (SERVINTEC)
20. Costeo de embarque (SERVINTEC)
35. PASOS EN PROCESO
INTERNO
21. Solicitud de material con Capacidad de
Producción (SERVINTEC)
22. Actualización de información en Sistema
(Material en Proceso) SERVINTEC
23. Entrega de Unidad Producida
(SERVINTEC)
24. Actualización de Sistema (Unidad
Producida) SERVINTEC
36. PASOS EN PROCESO
INTERNO
25. Entrega de Unidad Producida
(SERVINTEC)
26. Emisión Pre – Declaración (SERVINTEC)
27. Información a INTERCRUVER de Unidad
Producida con entrega de Pre-declaración
(SERVINTEC)
28. Presentación Modificación Declaración de
Importación Ordinaria C – 466
(INTERCRUVER)
37. PASOS EN PROCESO
INTERNO
29. Levante Automático, Documental ó Físico
(DIAN / INTERCRUVER)
30. Inspección Aduanera (DIAN /
INTERCRUVER)
31. Entrega documentos de importador con
Levante (INTERCRUVER)
32. Traslado de embarque a Bodega General
(COMEX / SERVINTEC)
38. PASOS EN PROCESO
INTERNO
33. Actualización Libros Control de
Mercancías y de Levante (COMEX /
SERVINTEC)
34. Almacenamiento, Traslado ó Facturación
(SERVINTEC)
39. AREAS DE
RESPONSABILIDAD
Coordinar y controlar los trámites
necesarios en la importación de
materiales productivos, conforme a las
disposiciones gubernamentales y
aduaneras para garantizar la
disponibilidad del material y preservar la
imágen de la empresa ante los
organismos oficiales.
40. RESPONSABILIDADES
A. Recepción de mercancías consignadas al
depósito habilitado para Transformación
y Ensamble de SERVINTEC.
B. Coordinación con los entes involucrados
(DIAN y Transportadores) en los trámites
de documentos para la recepción de la
mercancía; el proceso de descargue de
los vehículos es por cuenta y riesgo de
SERVINTEC.
41. C. Diligenciamiento de los libros necesarios
para la administración del depósito
(Control de Mercancías y Control de
Levante).
D. Entrega de mercancías nacionalizadas.
E. Coordinación y asesoría en el manejo de
depósitos.
.
RESPONSABILIDADES
42. LOGISTICA DE OPERACIONES
Las diferentes mercancías llegan por vía
aérea, marítima y terrestre.
Cuando llegan por vía aérea son
nacionalizadas en el puerto a través de una
Sociedad de Intermediación Aduanera (SIA).
Si es por vía marítima o terrestre, se hace
trámite de DTA (Declaración de Tránsito
Aduanero), el cual es diligenciado en el
puerto por la SIA, y después de autorizado
por la DIAN es despachado en vehículos
autorizados para dicho régimen.
43. DOCUMENTOS
a) Conocimiento de Embarque ó Carta de
Porte Internacional por Carretera.
b) Manifiesto de carga.
c) Factura(s) comercial(es).
d) Habilitación del vehículo.
e) Declaración de Tránsito Aduanero.
f) Remesa de transportador.
g) Planilla Salida de puerto.
h) Pólizas del transportador y declarante.
i) Planilla de recepción de mercancías.
j) Registro Finalización de Tránsito.
k) Acta de inconsistencias (si existen).
l) Identificación de la mercancía en
depósito.
44. RECEPCION
1) Llegada del vehículo a las instalaciones
de SERVINTEC.
2) Solicitud presencia de funcionario de la
DIAN.
3) Verificación de precinto(s) aduanero(s).
4) Descargue de mercancía.
5) Pesaje de mercancía.
45. RECEPCION
6) Ubicación en depósito, de acuerdo con
cada DTA.
7) Reconocimiento externo de la mercancía
por parte del funcionario de la Aduana.
8) Elaboración Acta de Recepción por parte
de la DIAN y SERVINTEC.
9) Diligenciamiento Libro de Control de
Mercancías.
46. RECEPCION
10) Identificación de mercancía (B/L,
cantidad de bultos, tipo de embalaje, No.
y fecha de registro aduanero, No. de
embarque y fecha de llegada al
depósito).
47. NACIONALIZACION
1. Entrega por parte de SERVINTEC de toda
la documentación e información técnica
que se requiera para el estudio y la
elaboración de licencias y/o registros de
importación aprobados por Mincomercio.
2. Elaboración de licencias y/o registros de
importación.
3. Reconocimiento de mercancías previa a
la nacionalización.
48. NACIONALIZACION
4. Nacionalización de mercancías de acuerdo
con un programa de nacionalizaciones, con
los trámites necesarios para la obtención
del levante de la mercancía por parte de la
DIAN.
5. Presentación de Declaración de
Importación ante la Aduana