1. PROCESO COMUN
Resurge a partir del siglo XI, después de que los bárbaros penetran
a Italia e imponen el derecho germánico. Fue el resurgimiento más
intenso, en importantes regiones de la península, al florecimiento
del estudio de las fuentes romanas por obra de la escuela jurídica
de Boloña. Las caudas de este resurgimiento fueron por exigencias
del tráfico mercantil, extendiéndose cada vez más a la jurisdicción
de la iglesia, que se valía de un procedimiento judicial modelado
sobre el tipo romano. PROCESO COMÚN, ROMANO -CANÓNICO o
ITALICO - CANÓNICO.
Los Glosadores, comentadores y prácticos, entre los siglos XIII y XIV
trabajaron en la elaboración científica del proceso romano, no
pudieron substraerse a la influencia del proceso vigente en esa
época era de raíz germánica. El derecho canónico, se encuentra
estructurado sobre bases romanas. El elemento germánico,
dominaba en las instituciones procesales reguladas en los
municipios y por las constituciones de los príncipes. Este proceso
resulta de las siguientes circunstancias: