Instrucciones para la aplicacion de la PAA-2024b - (Mayo 2024)
participación ciudadana
1. UNIVERSIDAD FERMN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
ARAURE-EDO PORTUGUESA
Autor:
Diosmery Valderrama
CI 28.478.791
Para explicar este fenómeno, se describe y analiza el impacto de la política de
Ordenación del Territorio en Venezuela en comunidades indígenas Pemón,
ubicadas en el Municipio Gran Sabana, estado Bolívar. Sin embargo, aclaro algunas
premisas, tales como: a- la ordenación del territorio es una política de Estado y una
estrategia de poder, cuyo objetivo, según el enfoque ideológico es, b- preservar la
unidad territorial nacional, el aprovechamiento “racional” de los recursos naturales
y la localización pertinente de las actividades antrópicas, y según los requerimientos
del sistema económico globalizado e interconectado, puede, c- generar
contradicciones internas en la operatividad de los distintos instrumentos de
planificación, particularmente si éstos no respetan los diversos niveles de
participación de la población, pluricultural y multiétnica, según lo reconoce el
preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada
en 1999.
En ese sentido, la ordenación del territorio como gestión pública, obedece a varios
niveles sectoriales y plurisectoriales, al mismo tiempo, su formulación actual en
Venezuela, responde a un nuevo modelo político con el fin de construir una “Nueva
Geometría de Poder”, la cual derivará en un “Estado Comunal”. Dicha política
sectorial, delegada a varias instituciones del Esta- do, tenía una Secretaría Técnica
que recaía en el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente1, hoy denominado
Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas.
La participación como principio
La participación como principio se enmarca dentro del contenido del Artículo 6 en el
cual se define al gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las
entidades políticas que la componen como democrá- tico, participativo, electivo,
descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.
Dentro del articulado de la Constitución se observa que la participación ciudadana
se consagra en los términos siguientes:
Como medio para garantizar el derecho a la salud, al establecer el Artículo 84 que
el Estado debe crear y ejercer la rectoría y gestión del sistema público nacional de
2. salud, con las siguientes características: intersectorial, descentralizad a o y
participativo. En sentido similar, sostiene que el derecho a la seguridad social, el
Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un
sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario,
eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas.
En el campo de la educación se señala que es un derecho humano al mismo tiempo
que un servicio público y está fundamentada en el respecto a todas las corrientes
del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser
humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática
basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consistente y
solidaria en los procesos de transformación social.
En lo que concierne al derecho a la asociación de los trabajadores así como de la
comunidad, se reconoce el derecho a desarrollar asociaciones de carácter social y
participativo, como las cooperativas, cajas de aho- rro, mutuales y otras formas
asociativas (Artículo 118 Constitucional). En términos de desarrollo sustentable se
señala que para la creación, Participación ciudadana en el marco de la Constitución
aplicación y desarrollo de una política de ordenación del territorio que debe atender
a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales,
económicas, políticas, los entes de gobierno deben incluir la información, consulta
y participación ciudadana (Artículo 128).
Dentro del ámbito orgánico e institucional del Estado se establece como principio
rector de la Administración Pública el hecho de que la misma debe estar al servicio
de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad y
participación, entre otros (artículo 141).
La Constitución Nacional en el campo de la participación ciudadana señala que
también le competen a la iniciativa vecinal o comunitaria referida a la creación de
parroquias conforme a las condiciones que determine la ley, con el objeto de proveer
a la desconcentración de la administración del municipio, la participaciónciudadana,
y la mejor prestación de los servicios públicos.
En torno al régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela, el
Estado conjuntamente con la iniciativa privada debe promover el desarrollo
armónico de la economía nacional garantizando la seguridad jurídica, solidez,
dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía,
para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación
estratégica democrática participativa y de consulta abierta. (Artículo 299).
En sentido técnico, la participación ciudadana es comprendida como un proceso
social, continuo y dinámico, por medio del cual los miembros de una comunidad, a
través de mecanismos establecidos y organizaciones legítimas en las cuales se
desenvuelven, aportan y participan en pos del bien común.
Sin embargo, es de hacer notar que la participación va más allá de un enfoque
puramente instrumental que la identifica con un medio para alcanzar objetivos
limitados de donde se desprende, proponiendo el desarrollo de la capacidad del
pueblo a autogobernarse.
La participación ciudadana ha de expresarse como una acción capaz de crear
conciencia y socializar a quienes forman parte de ella, mediante la identificación del
3. sujeto como actor importante para la satisfacción de las necesidades colectivas,
tanto de las regiones, municipios o comunidades, auspiciando interrelación directa
de la población en los procesos decisorios de las organizaciones que afectan sus
vidas, de manera que no se confía lo político únicamente al Estado, sino que se
extiende a otros sectores; igualmente, la participación sirve como un mecanismo
para expresar por medio de actuaciones que se dediquen y se llevan a cabo
socialmente, cuyo fin es hacer uso de manera eficiente y eficaz de los recursos,
incluyendo la potencialidad que tiene cada individuo, grupo o comunidad para
resolver sus problemas.
La participación ciudadana dentro del marco de la Constitución nacional tiene
múltiples canales de actuación, entre ellos los siguientes:
Formación, ejecución y control de la gestión pública, entendido esto como el medio
para lograr el protagonismo que garantiza su completo desarrollo, tanto individual
como colectivo.
En el sector salud, en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y
control de la política específica en las instituciones públicas de salud.
Los pueblos indígenas participar en la economía nacional y a definir sus prioridades,
así como en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de
capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus
actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable.
Dentro del orden municipal la participación ciudadana se expresa en la
incorporación en procesos de definición y ejecución de la gestión pública, al control
y evaluación de resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna.
Por medio de la Constitución se abre la posibilidad de crear mecanismos para que
estados y municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos
vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su
capacidad para prestarlos,
Las propuestas de modificación de la Ley Orgánica para la Gestión y Ordenación
del Territorio hacia un modelo socialista, contienen aspectos importantes que deben
ser analizados profundamente, sobre todo, la definición de los instrumentos de
planificación, su elaboración, ejecución y gestión, a fin de mantener una coherencia
interna y estructural que involucre la diversidad de las propuestas de los pueblos
indígenas del Municipio Gran Sabana y su participación en los propósitos de los
mismos. No obstante, se observa la tendencia de incorporar a las comunidades
indígenas a los procesos territoriales de índole político administrativo como
resultado de una ordenación del territorio que discurre en un modelo ambiguo y
paralelo entre la funcionalidad-estructural y la ecosociología del poder, soslayando
aspectos culturales y políticas de sus organizaciones, afectando sus propias formas
de entender y vivir la territorialidad.