1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
Escuela de Derecho.
Timaure Chávez Eggi Josmar
C.I: 11.647.558
SAIA. D
2. La Soberanía.
Desde el punto de vista etimológico el término Soberanía
proviene del vocablo supremus que significa supremo, es
decir, lo mas alto
Es el Poder Supremo que caracteriza el Poder
del Estado, el cual ayuda a afianzar su
seguridad jurídica por encima de cualquier
Poder, siendo así inherente a cada ciudadano y
ciudadana del territorio venezolano
Por lo tanto puede decirse que la
Soberanía es:
• Es único.
• Es indivisible.
• Intransmisible
• Imprescriptible
• Inviolable.
3. Características de la
Soberanía
Es Inalienable.
Consiste en que la soberanía bajo ningún concepto
puede transmitirse, pasarse, delegarse por medio de otra
disposición legal, es decir, que la soberanía no se puede
enajenar bajo ninguna circunstancia.
Es Plena.
Quiere decir, que no existe ninguna
persona o algún tipo de poder que esté
por encima de la soberanía, ni siquiera
de igual jerarquía (articulo 11 CRBV)
Infalible.
Su propósito primordial es buscar el
bienestar de los ciudadanos y
ciudadanas, evitando así el engaño o
perjuicios que pudiese perjudicar al
Estado
No puede ser representada.
Esto quiere decir, que no existe un
representante de la soberanía como tal, ya
que no existe término medio y por ello todo
acto en donde no participe el pueblo de
forma directa es considerado nulo.
Es Indivisible.
Como su nombre lo indica la soberanía no puede
fragmentarse en partes ya que pertenece de forma
integra a la nación o el Estado.
4. Tipos o Formas de Soberanía
La soberanía de Estado o
soberanía externa.
La soberanía dentro del
Estado o soberanía interna.
Existe cuando el Estado no se encuentra
subordinado por ningún Estado o Poder
extranjero, es decir, que nuestra soberanía,
como lo establece el articulo 1 de nuestra
Carta Magna: “ La República Bolivariana
de Venezuela es irrevocablemente libre e
independiente.
La soberanía interna esta regulada por la misma
sociedad, o sea, por los ciudadanos y ciudadanas que
mediante mecanismos de mandos establecidos en la
Constitución Nacional, ejercen la soberanía de forma
directa o indirecta.
5. El Poder Soberano.
Este poder es ejercido, en su totalidad, por el
pueblo, es decir, que tienen la facultad de
intervenir en gestiones tanto sociales, como
políticas y económicas, teniendo así un
carácter participativo en el territorio
venezolano.
Los ciudadanos venezolanos pueden participar en las
siguientes actividades dentro del territorio, como lo son:
• Elección de cargos públicos.
• El referendo.
• La consulta popular.
• La revocatoria del mandato.
• Constituyente .
• Cabildo abierto y asamblea de
ciudadanos y ciudadanas
• Entre otros.
Maneras de ejercer la soberanía.
La soberanía primordialmente puede ejercerse a
través del voto, es decir, por medio del sufragio en
el cual manifiestan su decisión de gobernarse de
forma directa, o bien, por medio de los órganos del
poder público, los cuales actúan en su nombre y
representación.
6. La Democracia Participativa en Venezuela.
Es el poder o facultad que otorga el Estado a sus ciudadanos y
ciudadanas para que tengan un papel protagónico a la hora de intervenir
en alguna actividad de distinta índole, ya sea política, social,
económica, cultural, entre otros.
Cabe resaltar que el carácter participativo de los
ciudadanos tuvo su auge desde la entrada en vigencia de la
Constitución de 1999, en donde claramente da
protagonismo a la sociedad
Ahora bien, existen instituciones por los
cuales los ciudadanos pueden ejercer la
democracia, tales como el sufragio o el voto
El sufragio, es considerado como el mecanismo por el cual los
habitantes de un Estado pueden ejercer su participación
democrática por medio del sufragio para así elegir a las
personas o cargos públicos de su preferencia.
Es por ello que el sufragio es
considerado:
Universal. Secreto. Público.
Obligatorio. Facultativo. Directo.
Indirecto.
El voto.
Es el derecho y deber que posee todo venezolano
para ejercer el derecho al sufragio. En nuestro
territorio el rector es el Consejo Nacional
Electoral el cual es el garante de la fluidez y
transparencia de las jornadas electorales.