Este documento proporciona información para instructores sobre cómo presentar un taller de educación financiera sobre contratos financieros. Incluye objetivos del taller, materiales necesarios, instrucciones para los instructores, y contenido sobre los tipos de contratos financieros y de seguros, así como los derechos y obligaciones de los usuarios financieros. El documento busca educar a los participantes sobre los elementos clave que deben contener los contratos y sus derechos al firmarlos.
2. 2
Taller de Educación Financiera
Contratos Financieros
Trabajando Juntos Mejoramos…, Usted, las Instituciones Supervisadas y la CNBS
Índice
Información para el Instructor
o Antes de la Sesión
o Materiales y Equipos
Información para el Instructor
Antes de la Sesión:
A fin de presentar adecuadamente el Taller sobre
Conceptos Básicos de Seguros:
Examine todos los materiales en la Guía del
Instructor y la Guía del Participante.
Haga copias de las Guías del Participante o
defina el medio mediante el cual se la pondrá a
disposición de los participantes.
Tenga las diapositivas a mano.
Tenga lista la documentación de apoyo: Ley de
la CNBS, Ley de Seguros.
Cuando corresponda, prepare ejemplos en
láminas de papel.
Seleccione y prepare anécdotas de
experiencias del mundo real, que pueden
utilizarse para ilustrar casos hipotéticos
especiales, generar debates y mantener el
interés de los participantes.
3. 3
Materiales y Equipos:
Data show.
PPT sobre el Taller.
Láminas de papel y caballete.
Marcadores para láminas de papel y puntero láser.
Carteles con nombres.
Lápices o lapiceras para cada participante.
Guías del Participante.
Contratos Financieros
Tiempo: 60 minutos
Objetivos:
Los contratos financieros están enmarcados dentro de
la actividad de intermediación, que desarrollan las
Instituciones Financieras Supervisadas, captando
fondos del público, para utilizarlos en el otorgamiento de
créditos.
Por otra parte, las Instituciones Aseguradoras
autorizadas por el Banco Central de Honduras, emiten
contratos de seguros mediante los cuales se obliga a
cumplir con la prestación convenida, mediante una
indemnización causada por un daño a una persona a
cambio de esa obligación, el asegurado que puede ser
una persona natural o jurídica debe pagar un valor
denominado prima.
El objetivo del taller es conocer cuáles son las
características de estos contratos y la información
básica que deben contener los mismos.
4. 4
Introducción al Taller
Instrucciones
Antes de comenzar la clase, entregue los siguientes
materiales a cada participante:
Guía del Participante.
Cartel con el nombre.
Contratos Financieros
Muestre la diapositiva 1
Explique: “Al tomar este Taller, usted conocerá el
contenido de los contratos financieros, las características
de los contratos de adhesión y principalmente la
información que usted debe tomar en cuenta antes de
firmar un contrato.”
“¡Bienvenidos al Taller de Contratos
Financieros!”
Preséntese (por ejemplo, mencione su
nombre y su experiencia como instructor
o funcionario de la CNBS).
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Usted Conocerá
Muestre la diapositiva 2
Conocerán:
• ¿Que son los Contratos Financieros?
• Contenido Mínimo de los Contratos de Adhesión
• Cláusulas y Prácticas Abusivas
• Contenido de los Contratos de Préstamo o Crédito
• Contenido Contratos de Depósito
• Información Confidencial sobre el Deposito
• Contratos de Seguro
• Contenido del Contrato de Seguro
• ¿Qué es el Sistema de Atención de Reclamos (SAR)?
• Criterios para las Respuestas de los Reclamos
• Principales Derechos y Deberes de los Usuarios Financieros
• Procedimiento para interponer un reclamo ante la CNBS
• Decálogo de Derechos y Deberes de los usuarios Financieros
Explique: “Al finalizar el
Taller, conocerán la
información que debe
contener un contrato”
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¿Qué Sabe Usted?
Explique: “Saquen de la Guía del Participante el
formulario ¿Qué Sabe Usted?”
Explique: “El formulario ¿Qué Sabe Usted? Permite
medir cuánto han aprendido en el Taller.”
Lea las instrucciones y guíe a los participantes en
cada afirmación.
Explique: “Completen solamente la columna “Antes
del Taller.” Completarán la otra columna “Después del
Taller” al finalizar el Taller.”
Asigne suficiente tiempo para completar el formulario
¿Qué Sabe Usted? (1-2 minutos).
Haga que los participantes dejen estos formularios
hasta el final del Taller, momento en el que
completarán la columna “Después del Taller.”
Transición: “¡Comencemos con el Taller Contratos
Financieros!”
Muestre la Guía del Participante a la clase.
Explique: “Cada uno de ustedes tiene una copia de la
Guía del Participante del Taller Educación Financiera”
que contiene aspectos destacados del Taller.
Utilizaremos esta guía a lo largo del Taller. Llévenla al
hogar y utilícenla como referencia.”
7. 7
Introducción
Aclare: En el desarrollo del taller cuando mencione las
siglas CNBS me estoy refiriendo a la Comisión Nacional
de Bancos y Seguros y cuando menciones IFS me
refiero a las Instituciones Financieras Supervisadas.
Indique: Por lo general, los contratos de productos o
servicios financieros y de seguros son contratos de
adhesión. Se llaman así porque sólo una de las partes,
en este caso la institución supervisada, interviene en su
redacción, quedando la parte que nosotros conocemos
como el usuario financiero, en la libertad de adherirse o
no a las condiciones contenidas en el mismo.
Por el hecho de que en la redacción de los contratos de
adhesión no intervienen las dos partes, éstos son sujetos
a una serie de regulaciones por la parte civil y comercial.
La Comisión Nacional de Bancos y Seguros está
interviniendo en la regulación de los contratos de
adhesión, disponiendo en ellos las características
generales de los mismos.
¿Que son los Contratos Financieros?
Muestre la diapositiva 3, 4 y 5
Explique: la finalidad e
importancia de los contratos
financieros y como se
contraen estos.
8. 8
Los Productos o Servicios Financieros generalmente se
contratan a través de Contratos de Adhesión.
Se llaman así porque la Institución Financiera los redacta y
el Usuario tiene la alternativa de adherirse o no a las
condiciones contenidas en el mismo.
Se elaboran de ésta forma para facilitar las relaciones
Comerciales - Mercantiles entre las partes.
No hay posibilidad de negociar sus condiciones.
• Por el hecho que en la preparación de estos no
intervienen las dos partes, los Contratos de
Adhesión se sujetan a una serie de regulaciones de
materia Civil, Mercantil y Financiera.
• Por mandato de ley la Comisión Nacional de
Bancos y Seguros revisa y aprueba éstos contratos,
debiéndose establecer en éstos los requisitos que
correspondan, dependiendo del tipo de Producto o
Servicio que se contrata.
• Algunos ejemplos de Contratos de Adhesión que
regulan Productos o Servicios Financieros son:
• Contratos de Préstamo / Crédito
• Contrato de Cuenta de Ahorro / Depósito
• Contrato de Cuenta de Cuenta Corriente / Cheque
• Contrato de Seguro (Póliza)
• Contrato de Crédito a utilizarse a través de Tarjeta
de Crédito
• Contrato de Tarjeta de Débito
• Contrato de Préstamo Hipotecario
Los contratos financieros están enmarcados dentro de la
actividad de intermediación, que desarrollan las
Instituciones Financieras Supervisadas, captando fondos
del público, para utilizarlos en el otorgamiento de créditos.
Por otra parte, las Instituciones Aseguradoras autorizadas
por el Banco Central de Honduras, emiten contratos de
seguros mediante los cuales se obliga cumplir con la
prestación convenida, mediante una indemnización
causada por un daño a una persona , a cambio de esa
obligación, el asegurado que puede ser una persona
natural o jurídica debe pagar un valor denominado prima.
Por lo general, los contratos de productos o servicios
financieros y de seguros son contratos de adhesión. Se
llaman así porque sólo una de las partes, en este caso la
institución supervisada, interviene en su redacción,
quedando la parte que nosotros conocemos como el
usuario financiero, en la libertad de adherirse o no a las
9. 9
condiciones contenidas en el mismo.
Los contratos de adhesión más comunes están referidos a
operaciones activas, que son las relacionadas a la
otorgación de créditos, y a operaciones pasivas que
corresponden a la captación de depósitos.
¿Qué deben contener los
contratos de adhesión?
Muestre la diapositiva 6 y 7
Explique: “De acuerdo con el
Artículo 730 del Código de
Comercio, los contratos
redactados en formularios
impresos o preparados por
una de las partes, se
interpretarán, en caso de
duda, en el sentido más
favorable al otro
contratante.”
Explique: Como cualquier contrato, el contrato de
adhesión debe establecer los derechos y las obligaciones
de las partes, asegurando el equilibrio contractual, por lo
que antes de firmar un contrato usted debe informarse y
entender los derechos y obligaciones que representa
aceptar el contenido del mismo.
Los contratos de adhesión deben cumplir con formalidades
de redacción:
Estar escritos en idioma español.
Se deberá utilizar un lenguaje sencillo y
claro que facilite la adecuada comprensión
de las obligaciones y derechos de las partes.
El tamaño de la letra y caracteres deben ser
10. 10
legibles a simple vista y no podrán ser
inferior a doce (12) puntos.
• Asimismo: Su contenido debe ser conocido
previamente por los Usuarios.
• Indicarse los Sujetos o Partes Contratantes.
• Deben indicarse claramente los Productos o
Servicios Financieros a contratar.
• Vigencia, condiciones y procedimiento para
modificarlo.
• Derechos y Obligaciones de las Partes.
• Comisiones y Tasas que se aplicarán.
• Indicar la base y métodos para el cálculo de las
Comisiones que se aplicarán.
• En Operaciones Activas, indicar el CAT y la Tasa de
Interés Moratoria.
• En Operaciones Pasivas, indicar la Tasa de Interés
Nominal Anual y la Tasa de Interés Efectiva Anual.
• Si hay Tasa de Interés Variable, indicar el Factor
Variable, Forma de determinarlo, Periodicidad de
Cambio y Tasa equivalente a aplicarse.
• Plazo de Prescripción para presentar Reclamos.
• El Usuario Financiero tiene derecho a rescindirlo de
acuerdo las condiciones establecidas en el mismo.
Explique: Los contratos de adhesión por ser convenios
voluntarios, deben identificar adecuadamente a las partes
que se obligan a cumplir los puntos pactados, definiendo
de manera muy precisa el tipo de producto o servicio del
que se trata el contrato, el costo anual total efectivo para el
cliente o usuario, el tiempo de su vigencia y las
obligaciones de los contratantes.
El contenido de los contratos de adhesión debe ser del
conocimiento de los usuarios antes, durante y después de
la celebración de los contratos y deben cumplir con las
normas de transparencia de información.
El usuario financiero tiene derecho a rescindir un contrato
de acuerdo a lo estipulado en los mismos.
11. 11
Guíe: una breve discusión de grupo sobre las experiencias
al firmar un contrato, relacionadas con la disponibilidad de
los contratos, la importancia de comprender cada una de
las cláusulas y lo que representa la transparencia de la
información para el ejercicio de derechos y cumplimiento
de las obligaciones que se asumen.
Cláusulas y Prácticas
Abusivas
Cláusulas abusivas
Muestre las diapositivas 8, 9,10 y 11
Explique: Las Cláusulas abusivas
son aquellas estipulaciones que
restringen los derechos del usuario
financiero, alteran las obligaciones
o limitan las responsabilidades por
daños asumidos por la institución
financiera, conforme lo acordado
entre las partes en los respectivos
contratos.
Explique: La normativa emitida por la CNBS al respecto
establece que se considerará como cláusula abusiva las
que:
1. Restrinjan los derechos del usuario financiero o
excedan los derechos de la institución financiera.
2. Desnaturalicen las obligaciones o limiten la
responsabilidad por daños.
3. Contengan cualquier disposición que imponga la
inversión de la carga de la prueba en perjuicio del usuario
financiero.
4. Confieran a la institución financiera el derecho
exclusivo de interpretar el significado, alcance y
12. 12
cumplimiento de las cláusulas contractuales y de las
prestaciones respectivas.
5. Otorguen a la institución financiera la facultad de
modificar unilateralmente el contrato durante el lapso de
su vigencia, cuando ello no esté previsto
contractualmente, o cuando estándolo, las mismas
impliquen una modificación sustancial en las condiciones
contractuales.
6. Impongan al usuario financiero un representante o
apoderado para que lo sustituya en el ejercicio de sus
derechos que emanan del contrato, sus accesorios, o en
otros negocios jurídicos.
7. Impongan al usuario financiero un determinado
proveedor de bienes o servicios, cuando sean requeridos
como accesorios para la provisión de otros bienes o
servicios, sin darle libertad para elegir y,
8. Apliquen intereses o recargos a los pagos cuyos
vencimientos operasen en día inhábil y sean efectuados
el día hábil inmediato posterior.
Utilizando la información proporcionada por los participantes en
el debate sobre sus experiencias al firmar un contrato
ejemplifique algunas cláusulas abusivas.
Prácticas abusivas
Diapositiva 10
Explique: Las Prácticas abusivas
son aquellas acciones en donde la
institución se aprovecha de la
condición en que actúa contra los
derechos del usuario financiero.
13. 13
Transición: “Ahora vamos a conocer cuáles son los
principales tipos de contratos: Financieros y de Seguros.”
Contenido de los Contratos de
Préstamos o Créditos
Muestre la diapositiva 12
Señale: Antes de firmar un
contrato debe conocer los
derechos y obligaciones que
está asumiendo como
usuario financiero.
Explique: La normativa emitida por la CNBS al respecto
establece que se considerará como prácticas abusivas las
siguientes.
1. Solicitar, obligar o permitir al usuario financiero firmar
documentos en blanco;
2. Divulgar información o cualquier otra acción que
desprestigie al Usuario Financiero.
3. Sumar los Intereses Moratorios al monto principal de la
deuda, con la finalidad de Capitalizarlos;
4. Compensar deudas con Depósitos u otros activos del
Usuario Financiero.
5. Cobrar al usuario por la provisión de servicios que de
acuerdo a la ley no deben ser cobrados.
6. Utilizar garantías otorgadas por el Usuario para
responder por una cuenta o contrato diferente.
7. Impedir o negar al Usuario Financiero realizar pagos o
abonos a la deuda que tengan pendiente y,
8. Cobrar al Usuario Financiero, bajo el concepto de
Comisiones u otros, un Sobreprecio sobre gastos de
servicios asociados que la Institución ha contratado a
nombre del Usuario.
14. 14
Explique: Mediante el contrato de crédito, la institución
supervisada se compromete a entregar un valor o suma de
dinero en un plazo determinado, que el cliente tendrá que
devolver, junto con los intereses correspondientes de
acuerdo al plazo pactado, por ambas partes.
La tasa de interés se aplicará sobre el saldo adeudado. El
usuario financiero tiene derecho a pagar total o parcialmente
y de manera anticipada el saldo del crédito, con la
consiguiente reducción proporcional de los intereses y sin
penalidad alguna.
Explique: Para los contratos de préstamos o créditos la institución
supervisada deberá:
Incorporar una carátula que contenga de manera
clara y sencilla un resumen de las principales
características y condiciones del contrato, monto
del crédito, el costo anual total (CAT), cantidad de
cuotas, monto de las cuotas, plazo, la tasa de
interés moratoria para el caso de incumplimiento, el
saldo total de la deuda asumida y el esquema de
amortización.
Mecanismos de cobro extrajudicial a implementar
en caso de entrar en mora el deudor.
Acciones jurídicas que podrá interponer la
institución financiera en contra del usuario
financiero, en el caso que se incumpla con las
condiciones de pago de la deuda, previstas en el
contrato.
Contendrá “leyendas de advertencia” relacionadas
con:
o Si es un crédito de tasa variable:
“Al ser el crédito de tasa variable, los intereses (y las cuotas) pueden
aumentar.”
o Las consecuencias de no cumplir en
tiempo y forma con sus pagos:
“Incumplir sus obligaciones le genera mayores costos y deteriora su
historial crediticio contenido en las Centrales de Riesgo Privadas o en
la Central de Información Crediticia o Central de Riesgos”.
o La advertencia respecto del aval:
“Frente al incumplimiento, el aval responderá como obligado principal
ante la institución financiera”.
Incluir el cronograma de pagos detallado del crédito.
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Contenido de los Contratos de
Depósito
Muestre la diapositiva 13
Señale: De acuerdo con el Artículo 954° del Código de
Comercio, únicamente las instituciones financieras autorizadas y
supervisadas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros
podrán recibir depósitos del público.
Explique:
Los contratos de depósito son contratos de adhesión, destacando
los depósitos de ahorro, los de cuenta corriente o depósitos a la
vista y los depósitos a plazo fijo.
Explique: Los Contratos de Depósitos deben contener
como mínimo:
Los sujetos: Identificación del cliente y la
institución supervisada y domicilios de las
partes.
La descripción del producto o servicio
financiero contratado.
La vigencia, condiciones y procedimientos
para realizar modificaciones a los términos
y condiciones pactados, incluyendo la
16. 16
cancelación anticipada del contrato.
Comisiones y tasas de interés.
Procedimientos y plazos para la
presentación de reclamos.
Adicionalmente, para las operaciones pasivas, se deberá
indicar las condiciones y alcance del seguro de depósitos.
Información Confidencial
Muestre la diapositiva 14
Señale: De acuerdo con
las disposiciones del
Código de Comercio, los
depósitos efectuados en
instituciones financieras
supervisadas están sujetas
a secreto bancario.
Explique: El secreto bancario se define como:
Artículo 956° - Código de Comercio
Las instituciones no podrán dar información de los depósitos y demás
operaciones sino al depositante, deudor o beneficiarlo, a sus
representantes legales o a quién tenga poder para disponer de la
cuenta o para intervenir en la operación; salvo cuando las pidiere la
autoridad judicial en virtud de providencia dictada en juicio en que el
depositante sea parte, y las autoridades bancarias para fines fiscales.
Los funcionarios de las instituciones supervisadas serán
responsables en los términos de la ley por la violación del secreto que
se establece y las instituciones supervisadas estarán obligadas, en
caso de revelación de secreto, a reparar los daños y perjuicios que se
causen.
17. 17
Contrato de Seguro
Muestre la diapositiva 15
Explique: El Contrato de Seguro, es un mecanismo mediante el cual una
institución autorizada por el Banco Central de Honduras denominada
Institución Aseguradora, se obliga a indemnizar un daño o a cumplir con la
prestación convenida, pagando una suma de dinero a una persona ya sea
natural o jurídica denominada Asegurado o Contratante del Seguro, quién
previamente ha tenido que pagar un monto denominado prima.
El contrato de seguro debe contener; los derechos y obligaciones
recíprocos del asegurador y contratante, los que empiezan desde que se
celebra el contrato, aún antes de emitirse la póliza que refleja las
condiciones del contrato.
Explique: Póliza de Seguro, es el
documento que instrumenta el
contrato de seguro, contiene las
disposiciones que regulan las
relaciones contractuales entre la
institución de seguros y el
asegurado
18. 18
Contenido del Contrato de
Seguros
Muestre la diapositiva 16
Explique: El contrato como
la póliza de seguro deben
contener los derechos y
obligaciones de las partes
Explique: Los componentes esenciales del contrato de
seguro son:
El interés asegurable
El riesgo asegurable
La prima
La obligación del asegurador a indemnizar
La buena fe
¿Qué es el Sistema de Atención
de Reclamos (SAR)?
Muestre la diapositiva 17
Explique: Los objetivos de
promover la transparencia y la
protección de los derechos del
usuario financiero.
19. 19
Explique: Mediante el SAR las instituciones supervisadas
atienden los reclamos presentados por sus usuarios
financieros bajo procedimientos y plazos establecidos.
Este servicio es totalmente gratuito, para ello los usuarios y
los Oficiales de Atención al Usuario Financiero son los
encargados de prestar este servicio.
Hay un Oficial de Atención al Usuario Financiero en cada
institución financiera supervisada, quien se encargará de
resolver los reclamos presentados. Los usuarios financieros
podrán presentar sus reclamos en cualquier oficina o
sucursal de la entidad financiera controlada y supervisada
por la CNBS.
La Respuesta al Reclamo
debe ser:
Muestre la diapositiva 18
Explique: Las respuestas a los
reclamos de los usuarios
financieros deben cumplir con los
criterios de oportunidad integridad y
comprensibilidad.
20. 20
Explique:
Oportuna: Cumpliendo con los plazos previstos.
Íntegra: Considerando todos los aspectos observados en el reclamo,
exponiendo los aspectos técnicos y legales que la institución considera
que respalda su posición, que sean veraces y verificables, incluyendo la
documentación de sustento que, a juicio de la institución, sea necesaria; y,
Comprensible: De manera que el usuario financiero entienda la respuesta
proporcionada recurriendo, en los casos que así lo requiera, a ejemplos,
cálculos, gráficos y otros elementos que coadyuven al mejor entendimiento
de los motivos por los cuáles se pudo haber suscitado la controversia y la
forma de llegar a una solución.
En dicha respuesta las instituciones supervisadas deberán incluir el
siguiente texto:
“En caso de que la presente respuesta no le sea satisfactoria, usted puede acudir
a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para interponer su reclamo ante este
órgano supervisor”.
¿Cuál es el procedimiento
para presentar un Reclamo a
la CNBS?
Muestre la diapositiva 20 y 21
Explique: La respuesta emitida por
la institución supervisada que no
sea satisfactoria para el usuario
financiero, podrá ser presentada a
la CNBS.
21. 21
Recomiende: En la Guía del
Participante se detalla el
procedimiento y plazos para la
atención de reclamos, le
recomendamos leer esta
información.
Explique:
Cuando la respuesta proporcionada por la institución supervisada no
sea satisfactoria para el usuario financiero, este podrá presentarla
ante la CNBS:
1. El usuario financiero, deberá presentar dos copias de la Hoja
de Reclamación que fue presentada ante la institución
supervisada acompañada de la respuesta correspondiente,
exponiendo los motivos por los cuales considera que la
respuesta no le es satisfactoria y adjuntando toda la
documentación que considere pertinente.
2. La CNBS requerirá descargos a la institución supervisada,
los cuales deberán ser presentados en un plazo no mayor de
diez (10) días hábiles, vencido este plazo la Comisión
procederá a caducarlo y resolverá el reclamo, con base en la
documentación existente en el expediente de mérito.
3. La CNBS resolverá mediante resolución, los reclamos
interpuestos por los usuarios financieros en un plazo no
mayor de cuarenta (40) días hábiles contados a partir de
haber recibido la información completa y procederá a
notificar la resolución al usuario financiero y a la institución
supervisada con objeto de que ésta última proceda a dar
cumplimiento a lo resuelto en el plazo establecido.
4. La institución supervisada deberá acatar lo resuelto por la
CNBS. En caso de incumplimiento, ésta se reserva el
derecho de abrir un procedimiento administrativo
sancionador.
22. 22
5. En un plazo no mayor a diez (10) días hábiles contados a
partir de la fecha de la notificación de la resolución, tanto la
institución supervisada como el usuario financiero podrán
interponer recurso de reposición en contra de la resolución
emitida por la CNBS, dicho recurso será resuelto por la
CNBS en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles.
Decálogo de Derechos y
Deberes de los Usuarios
Financieros
Muestre la diapositiva 22
Explique: Los usuarios financieros
tienen derechos y deberes al
momento de contratar o requerir
servicios y productos financieros.
Recomiende: El la Guía del
Participante se señalan 10 de los
derechos y deberes de los
usuarios financieros, le
recomendamos leer los mismos y
ejercer los mismos cuando se
relacionen con las instituciones
supervisadas.
Indique: Los principales derechos de los
usuarios financieros son :
• Derecho a Elegir, para ello debe recibir con
información transparente, clara y comprensible sobre
los productos y servicios que ofrecen las instituciones
supervisadas y a educarse financieramente.
23. 23
• Derecho a Recibir Servicios de Calidad, esto
comprende desde recibir un trato respetuoso hasta el
cumplimiento de las condiciones pactadas en los
contratos y el recibir un trato diligente, oportuno y
seguro.
• Derecho a Reclamar, contar con procedimientos
uniformes en el sistema supervisado para la
recepción y atención de reclamos.
Decálogo de Derechos y Deberes:
Derechos:
I. Elegir con plena libertad los productos y servicios
financieros que mejor respondan a sus necesidades
particulares.
II. Requerir que los productos o servicios así como los
reclamos sean atendidos oportunamente.
III. Obtengan oportunamente de las instituciones
supervisadas el recibo correspondiente al pago del
servicio o producto pactado, debiendo detallar en el
mismo los conceptos a que se hayan aplicado los
pagos.
IV. Reciban de las instituciones supervisadas
información sobre la forma de cálculo de la tasa de
interés nominal y efectiva, comisiones u otros
conceptos de cualquier servicio o producto pactado,
así como el costo anual total (CAT) del crédito.
V. Sean atendidos en el menor tiempo posible,
independientemente del tipo de transacción u
operación que deban realizar. A este efecto las
instituciones supervisadas extremarán esfuerzos y
recursos para optimizar los tiempos de atención,
tanto en servicio al cliente como en ventanillas o
cajas.
Deberes:
VI. Informarse sobre las instituciones que se encuentran
debidamente autorizadas y supervisadas por la
CNBS.
VII. Informarse sobre las condiciones generales de los
productos y servicios que ofrecen dichas
instituciones supervisadas.
24. 24
VIII. Tomar en cuenta las instrucciones y
recomendaciones que imparta la institución
supervisada o la CNBS, sobre los productos o
servicios financieros.
IX. Informarse sobre las instancias y procedimientos
para la presentación de reclamos, quejas, y
sugerencias.
X. Brindar un trato respetuoso al personal de las
Instituciones Financieras.
Resumen del Taller
Resume el Taller: “¡Felicitaciones! Han finalizado el Taller de
Educación Financiera Contratos Financieros y de Seguros.
Hemos conocido cuales son los contenidos básicos que deben
tener los contratos para cumplir con el criterio de transparencia
de la información.
Transición: “Para mejorar el Taller necesitaremos sus
comentarios. La columna “Después del Taller” y “Evaluación del
Taller” identificarán cambios que nos sirvan para mejorar”.
Evaluación al Finalizar el Taller
Explique: “Completen la columna “Después del Taller” y la
“Evaluación del Taller.” Estos formularios están en las dos
últimas páginas de la Guía del Participante.”
Asigne tiempo para que los participantes los completen.
Recoge los formularios "¿Qué Sabe Usted?" y "Evaluación del
Taller."
Conclusión: “¡Hicieron un gran trabajo a lo largo del Taller
Contratos Financieros y de Seguros! Gracias por participar.”
25. 25
Banco Central de Honduras, Barrio El
Centro, 5ª Ave.
San Pedro Sula.
Teléfono 2550 3090
www.cnbs.gob.hn