1. • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)
• Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la Mejora de
la Calidad Educativa (LOMCE)
•Real Decreto 126/2014, de 28 de Febrero, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Primaria.
• Decreto 97/2015, de 3 de marzo, por el que se establece la
ordenación y el Currículo de la Educación Primaria en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
•Orden de 17 de marzo de 2015, por la que se desarrolla el
currículo correspondiente a la Educación Primaria en
Andalucía.
2. DEFINE EL CURRÍCULO: Conjunto de objetivos,
competencias básicas, contenidos, métodos
pedagógicos y criterios de evaluación de cada una
de las enseñanzas reguladas.
Ley orgánica estatal aprobada el 6 de abril de 2006 .
Regula las enseñanzas educativas de España en
diferentes tramos de edades, vigente desde el curso
académico 2006/07 hasta el 2013. El 28 de
noviembre de 2013, se modificó parcialmente con la
aprobación de la LOMCE, la cual entró en vigor en
el curso 2014/2015.
3. Es una reforma de la LOE en muchos
aspectos, pero vamos a considerar
solamente los que afectan al currículum y a
la organización de la Etapa de Educación
Primaria.
Una de las modificaciones afectan a las
competencias: de BÁSICAS pasan a
denominarse CLAVES, además también se
producen cambios en su selección
4. Competencias Básicas (LOE) Competencias Clave (LOMCE)
1. Comunicación Lingüística
2. Matemática
3. Conocimiento e Interacción
en el Mundo Físico
4. Tratamiento de la
Información y Competencia
Digital
5. Competencia Social y
Ciudadana
6. Competencia Cultural y
Artística
7. Para aprender a aprender
8. Autonomía e Iniciativa
personal
1. Comunicación Lingüística
2. Matemática y Competencias
Básicas en Ciencia y
Tecnología
3. Digital
4. Aprender a aprender
5. Sociales y Cívicas
6. Sentido de la Iniciativa y
Espíritu Emprendedor
7. Conciencia y Expresiones
Culturales
Se ha pasado de 8 Competencias Básicas a 7 Competencias Clave.
5. La etapa comprenderá 6 cursos, al final de cada se
decidirá sobre su promoción al curso siguiente.
Las áreas se organizan en bloques de asignaturas,
de tres tipos: TRONCALES (básicas), ESPECÍFICAS
(deciden en parte las administraciones) y DE LIBRE
CONFIGURACIÓN (deciden las Administraciones y
los centros)
Se introduce como principio pedagógico que la
lengua castellana sólo se utilizará como apoyo en el
proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se
priorizarán la comprensión y la expresión oral.
Se establecen evaluaciones individualizadas al final
del tercer curso y al final de la etapa.
6. Modifica el Artículo 6 de la LOE: Definición de
currículo
LOE LOMCE
Conjunto de elementos
curriculares (objetivos,
competencias básicas,
contenidos, métodos
pedagógicos y criterios de
evaluación)
Regulación de los elementos
que determinan los procesos de
enseñanza y aprendizaje para
cada una de las enseñanzas.
Entre esos elementos aparece uno nuevo: LOS ESTÁNDARES DE
APRENDIZAJE EVALUABLES
Son especificaciones de los criterios de evaluación que
permiten definir los resultados de aprendizaje y que concretan
lo que el alumno debe saber, comprender y saber hacer en
cada materia.
7. El Ministerio publica el Real Decreto 126/2014 de 28
de Febrero, por el que se establece el Currículum
Básico de la Educación Primaria.
Bloque de asignaturas troncales: C. Sociales, C. de la
Naturaleza, Lengua, Matemáticas y Primera Lengua
Extranjera.
Bloque de asignaturas específicas: Ed. Física,
Religión/Valores Sociales y al menos una de las
siguientes: Ed. Artística, 2ª Lengua Extranjera, Valores
Sociales/Religión.
Además, los alumnos podrán cursar una o varias áreas
más en el bloque de asignaturas de libre configuración
autonómica.
8. Las Administraciones Educativas han de
establecer el currículo de la Etapa para su
correspondiente ámbito de gestión.
La Consejería de Educación ha elaborado un
Decreto y una Orden para establecer el
currículum de Educación Primaria,
integrando las normas de competencia
autonómica con las estatales.
9. Integra las competencias básicas: en los
cuadros de desarrollo curricular de cada criterio de evaluación
aparecen las competencias clave asociadas a cada indicador,
con los objetivos y contenidos relacionados entre sí.
Mantiene la organización en ciclos.
Indicadores como referentes de la
evaluación, son la concreción de los estándares y los
tomamos como referentes en vez de éstos y junto con los
criterios de evaluación.
Se establecen objetivos de las áreas para la
etapa, que se secuencian por ciclos mediante criterios de
evaluación.
10. Aprendizaje por competencias.
Contextualización de los aprendizajes a través de la
vida cotidiana y los recursos del medio cercano
para relacionar la experiencia del alumnado con los
aprendizajes.
Potenciación del uso de las diversas fuentes de
información y estudio presentes en la sociedad del
conocimiento.
Concienciación sobre temas y problemas que
afectan a todas las personas en un mundo
globalizado.
11. ANEXO I ANEXO II
Desarrollo y relaciones de los elementos
curriculares para cada una de las áreas
Horario lectivo semanal de
cada uno de los cursos
• Aspectos generales
• Bloques de contenidos
• Orientaciones metodológicas
• Contribución al desarrollo de las
competencias clave
• Objetivos del área
• Mapa de desempeño (1)
• Desarrollo curricular del área (2)
• Contenidos
16. En principio responden al mismo concepto: son concreciones de
los Criterios de Evaluación que los hacen más medibles o valorables.
Pero se entiende que los estándares se quedan en meros “Resultados
de aprendizaje”, por lo cual los enriquece mediante procesos y/o
contextos, para que midan “aplicación” de conocimientos, es decir,
desarrollo de Competencias Clave.
Un ejemplo puede ayudar a ver la diferencia: El Ministerio tiene
como estándar de aprendizaje, en Ciencias de la Naturaleza:
STD. 1.2 Utiliza medios propios de la observación.
La Consejería propone en el segundo ciclo este indicador:
CN. 2.1.2 Utiliza medios de observación adecuados y realiza
experimentos aplicando los resultados a las experiencias de la
vida cotidiana. (CMCT, CD, CAA).
17.
18. La Consejería ha establecido el Currículo Andaluz para la
Educación Primaria, relacionando todos los elementos
curriculares y dando hecha la programación didáctica para
cada Ciclo (los cuadros de desarrollo curricular). Además,
cada desarrollo curricular de un criterio de evaluación
valdría como programación de una unidad didáctica
(añadiendo las actividades, recursos y demás).
Pero…
Artículo 5.3 de la Orden de currículo:
Los centros docentes en el ejercicio de su autonomía
establecerán la secuenciación adecuada del currículo
para cada nivel, desglosando los elementos
curriculares para cada uno de ellos.