GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
educacion universal
1. “LA SEGURIDAD SOCIAL:
PIEZA FUNDAMENTAL EN LA AGENDA DE
LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS
PERSONAS VIEJAS”
Aura Marlene Márquez Herrera
Integrante Grupo Interdisciplinario de Estudios sobre envejecimiento - UNAL
Coordinadora Grupo Interinstitucional sobre Envejecimiento y Derechos. GIED – CORV, Colombia.
Co-fundadora de la Coordinación Regional de organismos de sociedad Civil sobre envejecimiento y
vejez, CORV Integrante del Comité Ejecutivo Regional
Editora Boletín “Envejecer con Derechos”.
auramarquezh@etb.net.co
2. “Una sociedad que tolera el crecimiento
de la pobreza de los ancianos en su
propia casa demuestra tener un espíritu
mezquino y una falta de visión a la hora
de responder a las necesidades globales”.
Robín Blackburn (2010)
3. I. Situación actual
I. Importancia de la Seguridad Social
como Derecho Humano Fundamental
I. Conclusiones
Contenido de la presentación
4. Concepto > PERSONAS VIEJASConcepto > PERSONAS VIEJAS
““un principio”un principio”
No se trata de cambiar términos,No se trata de cambiar términos,
sino las realidadessino las realidades
““vejeces diferentesvejeces diferentes” =” =
personalidades diferentespersonalidades diferentes
No una sola idea de vejez resultado de:No una sola idea de vejez resultado de:
PobrezaPobreza
MaltratoMaltrato
AbandonoAbandono
5. VEJEZ =
DEPENDENCIA
INCAPACIDADINCAPACIDAD
ENVEJECIMIENTO: RIESGO
Fortalece nuevo nicho de mercado
Traslada responsabilidades
a la familia
Reafirma idea que los
pensionados de los sistemas
antiguos son los responsables de
la quiebra de los sistemas
y por lo tanto
de la falta de seguridad social de las
nuevas generaciones.
6.
Las personas viejas son una carga “pesada” para los jóvenes
y una carga prestacional y económica para el Estado.
El alto número de personas viejas que no cuentan con
respaldo económico ni social para vivir su vejez, deben ser
asumidas en programas de combate a la pobreza, aunque eso
significa “un saco roto de los presupuestos”.
Son un problema, pues significa proveer mayores servicios
para personas consideradas improductivas y enfermas que no
retornan nada al capital.
SITUACIÓN ACTUAL
(Argumentos presentados por expertos económicos del mundo desde
la segunda mitad del siglo pasado)
7. RETROCESO ESTADO BIENESTAR
FORTALECIMIENTO DE UN MUNDO MERCANTIL Y
FINANCIERO CON PRETENSIÓN DE VOLVERSE
ILIMITADO (BLACKBURN/2006)
- POLÍTICAS PÚBLICAS QUE SE TRADUCEN EN
“PROGRAMAS FOCALIZADOS, ASIGNADOS A CLIENTELAS
POLÍTICAS, QUE NO OTORGAN DERECHOS SINO MAS
BIEN PRESTACIONES REVERSIBLES E IRREVOCABLES”
(LO VUOLO/2004, MAKANDAWIRE, 2005
COURTIS/2007).
EN SINTESIS: QUE TENEMOS HOY
8. las mujeres continúan siendo un grupo maltratado
llevando principalmente la carga del cuidado
Han adquirido nuevas responsabilidades al ingresar al
mundo laboral, pero sin facilidades para la protección
de su familia.
la expectativa de vida de las mujeres, al llegar a los 60
años, es mayor que la de los hombres y se incrementa
según avanza la edad (OMS); viven más años, pero con
más discriminaciones y vulnerabilidades.
Un estudio reciente en América Latina y el Caribe
mostró que más de la mitad de las mujeres de entre 20-
24 años no buscan empleo por la carga de trabajo que
tienen con las tareas domésticas (Sepúlveda, Hendra
2014).
Perspectiva de género
9. Trabajo en la vejez
•Trabajadores van ganando mayores ingresos mientras van adquiriendo más
experiencia = Pico de ganancias está entre los 40 y los 50 años de edad,
estabilizándose después o quizá decreciendo.
•En América Latina este patrón se ha acentuado con ingresos que crecen
rápidamente hasta los 40-50 años y decrecen de manera fuerte en los años
anteriores a la jubilación. OIT
Desde el 2013 la OIT viene haciendo un llamado de alerta sobre el desempleo juvenil
(7’500.000 menores de 28 años en búsqueda de trabajo).
Es tan crítica la situación que incluso Sherry Tross, secretaria ejecutiva para el
Desarrollo Integral de la Organización de Estados Americanos (OEA), advirtió que,
de no adoptar medidas urgentes, para el año 2050 no tendrán acceso a una pensión”.
Portafolio.co – Marzo 22 de 2014 OIT
• Mujeres tienden a percibir menores ingresos que los hombres, pero
continúan trabajando
• “Doble inequidad, puesto que castiga a las mujeres por su inserción
más precaria en el empleo y su carga, en el cuidado
10.
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
Art. 22 Derecho, como miembro de la sociedad, a la seguridad social
Art. 25 Derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el
bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios
sociales necesarios;
Derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de
pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC -
1966)
Art. 9 Los Estados Partes del Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social
Art. 11 Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso
alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia.
Ni la sociedad en su conjunto, ni el Estado, pueden arrebatárselo a ninguna persona y por el contrario,
están obligados a respetarlo, garantizarlo, satisfacerlo y promoverlo.
No es un derecho del trabajador/a, sino que es un derecho de todo ser humano”
La importancia de Seguridad Social
como Derecho Humano Fundamental
11. Seguridad Social: derecho complejo
Aquel cuyo contenido es un conjunto de derechos: atención médica,
seguridad en el trabajo, salud, jubilación” y exigible frente al Estado.
Observación General Nº 6 al Pacto de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales
(PIDESC)
Derecho a la seguridad social (Art. 9)
De conformidad con el art. 9 del Pacto y con las disposiciones de aplicación de
los Convenios de la OIT sobre seguridad social -Convenio N 102, relativo a la
norma mínima de la seguridad social (1952) y Convenio N 128 sobre las
prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes ,los Estados Partes deben
tomar las medidas adecuadas para establecer, con carácter general, sistemas
de seguros de vejez obligatorios, a percibir a partir de una edad determinada
12. Conclusión
El derecho más importante de los seres
humanos es el derecho a envejecer sano,
activo y sin angustia.
DDHH > Realizar udeak dek ser humano:
Vivir libre del temor y lz mixeriz (Mejía,
2011)
13. Respecto de los Derechos Humanos
no cabe relativismo alguno
O se respetan y garantizan
O no se respetan y por lo tanto se violan
14. Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador,
Honduras, México, Nicaragua, Perú, Paraguay, República Dominicana,
Uruguay.
Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador,
Honduras, México, Nicaragua, Perú, Paraguay, República Dominicana,
Uruguay.
Coordinación Regional de Organismos deCoordinación Regional de Organismos de
Sociedad Civil de América Latina y el Caribe sobreSociedad Civil de América Latina y el Caribe sobre
envejecimientoenvejecimiento
RED de organizaciones de diferente naturaleza, dedicada a
impulsar la promoción y defensa de los derechos de las
personas de edad.
Entre sus propósitos contempla el monitoreo al cumplimiento
de los acuerdos internacionales en materia de envejecimiento, y
el fortalecimiento de las redes nacionales de personas mayores
e instituciones de la sociedad civil.