Presentación utilizada en la jornada ¨Amparos por Discapacidad¨, invitado por el instituto Interdisciplinario de Discapacidad del Foro de Abogados de San juan.
4. Bloque de
Constitucionalidad
• Constitución Nacional ( Art. 14, 16, 28, 31, 33, 42, 43, 75, etc.)
• Convención Americana de Derechos Humanos.
• Declaración Universal de Derechos Humanos.
• Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo
Facultativo ( Ley 26.378)
• Convención de los derechos del niño.
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
5. Marco Normativo
Nacional
• Ley 22.431 – Sistema integral de protección de personas con discapacidad.
• Ley 24.901 – Sistema de prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación
integral a favor de las PCD.
• Ley 23.592 – Actos discriminatorios. Medidas para quienes impidan el
ejercicio de derechos y garantías constitucionales.
• Ley 25.504 – Certificado único de discapacidad.
• Ley 23.660 – Ley de obras sociales.
• Ley 23.661 – Creación del Sistema nacional del seguro de salud.
• Ley 26.657 - Ley Nacional de Salud Mental
7. “La salud es un problema muy serio para ponerlo sólo en manos
de los médicos”
Voltaire
8. Derecho a la Salud como Derecho Humano
¨… que el hombre es la razón de todo el sistema jurídico; y que, en tanto
fin en sí mismo más allá de la naturaleza trascendente, su persona es
inviolable y constituye un valor fundamental, con respecto al cual los
restantes siempre tienen un valor instrumental…¨ (CSJN, Fallos 329:4218,
323:3229)
9. Aspectos fundamentales
• Derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud
física y mental
• Progresividad
• No discriminación e igualdad
• Medidas de acción positiva
10. "el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los
derechos fundamentales de todo ser humano, sin distinción de raza,
religión, ideología política o condición económica o social“ Preámbulo
de la Constitución de la OMS
Derecho a disfrutar del nivel más alto
posible de salud física y mental
11. Principio de la Realización Progresiva
¨…los Estados tienen la obligación de lograr progresivamente
la plena efectividad de los derechos reconocidos en él…¨ Art. 2
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales
12. Medidas de Acción Positiva
“legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la
igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de
los derechos reconocidos por esta constitución y por los Tratados
internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto
de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad”.
Articulo 75 inc. 23 de la Constitución Nacional
13. Igualdad y No discriminación
“adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o
de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación
contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en
la sociedad... “ Convención Interamericana para la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con
Discapacidad, (art. 3).
14. ¨…las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de
salud sin discriminación por motivos de discapacidad. Los Estados Partes adoptarán las
medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a servicios
de salud que tengan en cuenta las cuestiones de género, incluida la rehabilitación
relacionada con la salud.¨ Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad - Artículo 25
15. Sistema Integral de Protección de los ¨Discapacitados¨
¨…Institúyese por la presente ley, un sistema de protección integral de
las personas discapacitadas, tendiente a asegurar a éstas su atención
médica, su educación y su seguridad social, así como a concederles las
franquicias y estímulos que permitan en lo posible neutralizar la
desventaja que la discapacidad les provoca y les den oportunidad,
mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol
equivalente al que ejercen las personas normales. Art. 1 - Ley 22.431
16. Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación
integral a favor de las personas con discapacidad
¨Institúyese por la presente ley un sistema de prestaciones básicas de
atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando
acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto
de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Art. 1 - Ley 24.901