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Gabriel marquez
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
ARAURE EDO. PORTUGUESA
INTEGRANTE:
GABRIEL MARQUEZ C.I V- 22.109.434
PROF. DAILYN COLMENARES
ARAURE, SEPTIEMBRE DE 2015
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11. DIFERENCIAS ENTRE ESTABILIDAD
ABSOLUTO Y RELATIVA
1. En la estabilidad absoluta los derechos del
trabajar se mantienen, en la estabilidad
relativa se indemniza en función a los años de
servicios prestados por el trabajor.
2. En la estabilidad absoluta el derecho
persiste luego de la prestación y en la
estabilidad relativa se crea un derecho solo
durante la prestación
12. En Venezuela existen dos clases de estabilidad laboral, la absoluta y la relativa.
De conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo la estabilidad relativa se
establece como el régimen general aplicable al trabajo subordinado o
dependiente (Artículo 112 LOT), mientras que la estabilidad absoluta se
muestra como una limitada especie de excepción, reservada a contingentes
específicos de trabajadores expresamente contemplados en la norma (LOT y
LOPCYMAT). Sin embargo, en la actualidad existe una marcada tendencia en
la legislación venezolana hacia una estabilidad absoluta, lo cual se pone de
manifiesto con la promulgación de Decretos Presidenciales de Inamovilidad
Laboral Especial, vigentes desde abril del año 2002 abarcando la última de
sus prórrogas hasta el31 de Diciembre de 2010, los cuales comprenden a los
trabajadores que devenguen hasta tres (3) salarios mínimos.
CONCLUSION SOBRE LA ESTABILIDAD
ABSOLUTO Y RELATIVA