El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) fue creado en 1986 para garantizar un ambiente de trabajo saludable para los trabajadores. Se encarga de vigilar el cumplimiento de las normas de salud ocupacional, brindar asistencia técnica y mantener informados a los trabajadores. Los Comités de Higiene y Seguridad Industrial asesoran y vigilan la ejecución de los programas de higiene y seguridad en las empresas.
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INPSASEL, garantía de salud y seguridad laboral
1. INPSASEL
El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, fue
creado por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente
de Trabajo, el 18 de julio de 1986, actualmente el presidente es Néstor
valetin ovalles. Se encarga de garantizar a los trabajadores un ambiente de
trabajo adecuado y propicio para su desarrollo físico y mental en su sitio
laboral. Sus funciones es vigilar el cumplimiento de sus normas, brinda
asistencias técnicas, mantener informado a los trabajadores sobre salud
ocupacional.
Comité de higiene y seguridad industrial son organismos que se encargan
de asesorar y vigilar la ejecución de los programas de higiene y seguridad
industrial, persona que contribuyan a plantear soluciones en los problemas
de seguridad en la empresa y a que se cumplan los deberes inherentes a la
función.
Atribuciones:
Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y
evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
2. Promover iniciativas, sobre métodos y procedimientos para el control
efectivo de las la mejora de controles existentes o la corrección de las
deficiencias detectadas
Responsabilidades en materia de higiene y seguridad industrial velar por
el cumplimiento de las políticas, coordinar las actividades del personal,
investigar accidentes laborales, participar en reuniones con los inspectores
de seguridad e higiene ocupacional. El espacio donde se realizar las
actividades laborales influyen en la salud, la seguridad y el bienestar de los
trabajadores por tal motivo se debe tener en cuenta cómo puede influir de
manera negativa si el espacio no es adecuado, ya que muchos accidentes
laborales son originados por las condiciones de trabajo. El diseño de un área
de trabajo debe realizarse de forma que se distribuya los espacios de
manera adecuada, se determine las zonas de emergencia, de
almacenamiento, se disponga de una iluminación adecuada y se eviten
procesos que generen fuertes ruidos, vibraciones, calor entre otros.
FINANCIAMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD
SOCIAL
Según el Artículo 106 de la LSSS Los recursos para el financiamiento
del Sistema de Seguridad Social estarán constituidos por: las cotizaciones de
los afiliados, el aporte fiscal del estado, los remantes netos de capital
destinado a la salud y a la seguridad social, los recaudos por sanciones,
multas, los créditos originados por el retraso del pago de las cotizaciones, las
contribuciones indirectas y cualquier otro ingresos.
Los recursos financieros se distribuirán directamente entre los fondos
que integren los regímenes Prestacional de acuerdo a las condiciones y
3. límites de las aportaciones correspondientes y en la forma que las
respectivas leyes de los regímenes Prestacional indiquen. El fondo del
régimen Prestacional del sistema de seguridad social estará constituido por
patrimonio público, su administración queda sujeta a lo previsto en la ley y se
crearan varios fondos de recursos para su financiamiento.
Según el Artículo 108 de la LSSS Los recursos del Sistema de
Seguridad Social constituyen un patrimonio único afecto a los fines que le
son específicos y distintos del patrimonio de la República, y no podrán ser
destinados a ningún otro fin diferente al previsto para el Sistema de
Seguridad Social conforme a lo establecido en la Constitución de la
República y en esta Ley. Sus recursos, bienes y patrimonio son
inembargables.
Toda persona está obligada a cotizar para el financiamiento del
sistema de seguridad social, constituye contribuciones especiales. Los
cálculos de las cotizaciones se harán en base al salario del empleado y este
estará obligado a retener y notificar a la Tesorería de Seguridad Social,
según el porcentaje establecido por la ley.
4. La Tesorería de Seguridad Social
La Tesorería de Seguridad Social es un instituto autónomo, que tiene
como finalidad la recaudación, distribución e inversión de los fondos
financieros del sistema de Seguridad Social, fue creado por el Presidente
Hugo Rafael Chávez Fría y tiene como objetivo es garantizar la sustentación
parafiscal, mantener informada a la sociedad sobre todo lo relación a la
seguridad social y como ingresar en el registro de la Tesorería de Seguridad
Social. Según el artículo 38 de la Ley de Sistema de seguridad social tiene
como finalidad realizar liquidaciones, recaudación, distribución e inversión de
los recursos que son administrados por el mismo.
las competencia de la Tesorería es crear y mantener actualizado el
sistema de información de Seguridad Social, efectuar el registro, afiliación e
identificación de las personas, vigilar la afiliación, garantizar la actualización
del sistema de información , crear un departamento de apoyo técnico,
liquidar y recaudar las cotizaciones, Designar los administradores de los
fondos de los regímenes Prestacional del Sistema Prestacional de Previsión
Social, inspeccionar, liquidar, Efectuar los pagos, a través de los fondos
correspondientes, de las obligaciones derivadas de la aplicación de los
regímenes comprendidos en el Sistema Prestacional de Previsión Social,
mantener informado a la superintendencia de seguridad social, a la
contraloría y al banco central de Venezuela sobre todos los movimientos de
los fondos financieros y publicar semestralmente los balances y estados
financieros.
5. Sistema Prestacional de Vivienda y Hábitat
según el artículo 100 de la ley de sistema de seguridad social
el régimen prestacional de vivienda y hábitat garantizara el derecho
a la vivienda y hábitat digna de toda la población de país, es un
derecho que a todos nos corresponde, que nos permita el acceso y
seguridad de la tenencia de la tierra, de construcción, de
remodelación de vivienda, sustitución, servicios básicos,
permitiéndole a las personas de bajos recursos, de atención especial
a tener una techo, como lo establece la constitución bolivariana de
Venezuela.
Su objetivo es que se garantice a todos una vivienda digna
dentro del territorio nacional, a participar en programas, proyectos y
acciones que el estado desarrolle en relación a viviendas y hábitat.
El Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat definirá el conjunto
orgánico de políticas, normas operativas e instrumentos que en
conjunto con la participación protagónica de las personas y de toda
la sociedad. Estará regida bajo la ley del sistema de seguridad social
6. y la de régimen prestacional de vivienda y hábitat. Según el artículo
103 de la LSSS los fondos para el financiamientoserán
administrados por el banco nacional de vivienda y hábitat. Su
patrimonio dependerá de aportes fiscales, los remanentes netos de
capital destinados a la seguridad social y los aportes parafiscales de
empleadores,
Larectoría del régimen prestacional de vivienda y
hábitatdependerá del ministerio de vivienda y hábitat, su gestión es
diseñar, coordinar, planificar, investigar, controlar y evaluar los
programas de viviendas y hábitat. Actualmente se han construido
1.171.436 viviendas gracias al programa de la gran misión vivienda.
7. SISTEMA PRESTACIONAL DE SALUD
Objetivo garantizar a toda la población que se encuentre dentro del
territorio nacional, el derecho a la salud como parte del derecho a la vida.
Sin discriminación alguna, Permitiendo la participación, la integración, una
calidad de vida optima para todos, abarcando la protección de la salud, la
educación, prevención de enfermedades y accidentes. El Sistema Público
Nacional de Salud integra todas las estructuras, órganos, programas y
servicios que se sostengan total o parcialmente con recursos fiscales o
parafiscales, bajo la rectoría del Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de salud.
El Sistema Publico Nacional de Salud integrara a través del órgano o
ente que determine la ley que regula el Régimen Prestacional de Salud
(Tesorería de la Seguridad Social), los recursos fiscales y parafiscales
representados por las cotizaciones obligatorias del Sistema de Seguridad
Social correspondientes a la salud, los remanentes netos de capital
destinados a la salud y cualquier otra fuente de financiamiento que determine
la ley. A todos los ciudadanos se le debe garantizar el derecho a la salud, su
protección y cumplimiento en unos servicios de calidad, asequible y optimo
de atención sanitaria y prevención de enfermedades.