1. UNIDAD I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Seguridad Social Integral se basa en los siguientes principios:
Universalidad: Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por
esta Ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida;
Solidaridad: Es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la
participación de todos los contribuyentes al sistema;
Integralidad: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de previsión
amparadas dentro del Sistema.
Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, procedimientos y prestaciones,
a fin de alcanzar su objetivo.
Participación: Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales,
públicos y privados, involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral;
Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y
actuarialmente sostenible; y
Eficiencia: Es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que los
beneficios que esta Ley asegura sean prestados en forma oportuna, adecuada y
suficiente
SIGNIFICACION
Se entiende por seguridad social, referida a una sociedad a la venezolana, el conjunto de
instituciones, programas y servicios, contributivos directos y no contributivos directos,
creado por la sociedad, para velar, fundamentalmente, por los hechos causantes de estados
de necesidad en las personas, a saber: la pérdida de la salud como consecuencia de
enfermedad o accidente cualquiera sea su orígen; la pérdida o reducción de los medios de
vida (ingresos económicos) como consecuencia de la muerte, discapacidad, jubilación y
vejez; la pérdida del empleo por causas no atribuibles al trabajador; la vivienda como hecho
de necesidad de contar con una vivienda digna y la educación y la recreación de la
población. Este conjunto institucional asume formas propiamente asegurativas y no
asegurativas configuradoras del sistema de seguridad social.
Por tanto la Seguridad Social en Venezuela, tiene como función primordial proteger a
todos los habitantes de la Republica, en los términos y condiciones que fije la Ley. Así
como procurar permitir a hombres y mujeres el buen vivir. Por lo tanto la doctrina de la
Seguridad Social son los principios básicos, como la universalidad, la solidaridad, la
participación, la integralidad, la unidad, la eficiencia, entre otros; son los saberes que
orientan a estos principios y los organizan, y por los cuales debe regirse un sistema bien
orientado de Seguridad Social. En consecuencia, doctrina y función de la seguridad social,
son los mandatos y disposiciones del IVSS, que a través del Estado, se deben cumplir para
garantizar el acceso y la obligatoriedad en la prestación de los servicios básicos de una
población. Ya que la Seguridad Social es un derecho universalmente reconocido. Por tal
2. motivo, y porque siempre se ha visto al Estado como el ente planificador y administrador
del ingreso público, es éste quien debe promover la creación de un sistema de Seguridad
Social que garantice el bienestar de los ciudadanos, de forma gratuita y sin discriminación.
OBJETIVOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Seguridad Social Integral tiene como fin proteger a los habitantes de la República, de las
contingencias de enfermedades y accidentes, sean o no de trabajo, cesantía, desempleo,
maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte,
sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de
las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación que tiene
todo ser humano.
La Seguridad Social debe velar porque las personas que están en la imposibilidad sea
temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades
financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles,
a tal efecto, recursos financieros o determinados o servicios"
En el artículo 86 de la Constitución Nacional se establece que toda persona tiene derecho a
la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la salud y
la protección ante las contingencias, artículo además enmarcado dentro del Capítulo
referente a los derechos sociales y de las familias.
Los artículos 83,84 y 85 establecen el derecho a la salud y la creación de un sistema público
nacional de salud integrado al sistema de seguridad social, en base a ello es que se
enrumban los objetivos del Sistema de Seguridad Social.
ORGANIZACIÓN, ESTRUCTURAS Y FUNCIONES DEL SISTEMA DE
SEGURIDAD SOCIAL
El Sistema de Seguridad Social Integral como conjunto orgánico, interrelacionado e
interdependiente de regímenes de protección social, está organizado en subsistemas y es un
servicio público de afiliación obligatoria para cada trabajador y de carácter contributivo.
El órgano de dirección del Sistema de Seguridad Social Integral es el Ministerio del
Trabajo, teniendo como marco legal la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social y las
leyes especiales que rigen los diferentes subsistemas, sin menoscabo de las competencias
concurrentes de los Ministerios u otros entes de supervisión y control.
Se crea el Consejo Nacional de la Seguridad Social como órgano asesor y consultivo del
Ejecutivo Nacional, que tendrá entre sus atribuciones:
Definir y proponer los lineamientos estratégicos de la política de seguridad social integral.
3. Asesorar al Ejecutivo Nacional y evacuar sus consultas en materia de Seguridad Social.
Velar por el cumplimiento estricto de lo dispuesto en las leyes.
Colaborar en las definiciones de las formas de interacción y coordinación con los
organismos públicos y privados vinculados, directa o indirectamente, con la seguridad
Social.
Presentar los planes de seguimiento de la ejecución de los programas de Seguridad Social
Integral, para evaluar sus resultados y elaborar las recomendaciones que se consideren
convenientes; Proponer, mediante leyes especiales la creación de nuevos subsistemas.
Para los efectos de la afiliación, se crea el Servicio de Registro e Información de la
Seguridad Social Integral (SEREISSI), bajo la dirección del Instituto Venezolano de los
Seguros Sociales (IVSS).
El Servicio de Registro e Información de la Seguridad Social Integral (SEREISSI), tendrá a
su cargo el registro automatizado de afiliación de empleadores, trabajadores, familiares
calificados, prestadores de servicios y la historia provisional de los asegurados.
El Sistema de Seguridad Social Integral lo conforman los siguientes subsistemas que, sin
perjuicio de su autonomía, actuarán coordinadamente:
Subsistema de Pensiones.
b) Subsistema de Salud;
c) Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral;
d) Subsistema de Vivienda y Política Habitacional; y
e) Subsistema de Recreación.
SOPORTES LEGALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELA.
1.- En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial
Extraoficial 5.453 de fecha 24 de marzo de 2000, son múltiples los artículos que hablan
sobre la seguridad social y laboral, entre los cuales se destacan:
En el Preámbulo, se establece como propósito el aseguramiento del derecho al trabajo.
Articulo 76, se contempla la protección integral de la maternidad y la paternidad
garantizada por el Estado desde la concepción.
Articulo 82, garantiza el derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con
servicios básicos esenciales; éste es obligación compartida entre los ciudadanos y Estado en
todos sus ámbitos.
Artículo 83, 84 y 85, regulan el derecho a la salud, garantizándolo como parte del derecho
a la vida; organizándolo a través de un sistema público nacional de salud.
Artículo 86, hace referencia directa al derecho a la seguridad social, como un servicio
público no lucrativo, que garantice la salud, y asegure la protección en contingencias que
van más allá de infortunios en el trabajo. El Estado garantiza la efectividad del sistema, que
será universal, integral, solidario y único.
4. Articulo 87, el trabajo es un derecho y un deber, garantiza la adopción de medidas para la
obtención de ocupación productiva, asi como el fomento del empleo, el ejercicio de
derechos laborales a trabajadores no dependientes, condiciones de higiene, seguridad y
ambiente adecuados.
Articulo 88, garantiza la igualdad de sexo en el trabajo, da reconocimiento al trabajo en el
hogar amparado por la seguridad social.
Articulo 89, el trabajo es un hecho social y gozará de la protección del estado:
- Intangibilidad y progresividad de derechos.
- Priva el principio de realidad sobre apariencias.
- Irrenunciabilidad. Prohibición de transacciones durante la relación.
- In dubio pro operario.
- Nulidad de actos por inconstitucionales.
- No discriminación en el trabajo.
- Protección al trabajo de menores adolescentes
Articulo 90. Regula la jornada de trabajo diurno, la cual, no excederá de 8 horas diarias ni
44 semanales. El trabajo nocturno, cuando sea permitido, no excederá de 7 horas diarias ni
de 35 semanales; se propenderá la disminución progresiva de la jornada dentro del interés
social y en el ámbito que se determine. Los trabajadores tienen derecho al descanso
semanal y vacaciones remuneradas en iguales condiciones a las jornadas laboradas
Articulo 91. Contempla el derecho a un salario suficiente, representado por a igual trabajo
igual social; la ley fijara la participación de los trabajadores en los beneficios de la
empresa; se hace necesario destacar que el salario es inembargable, salvo las obligaciones
alimentarías; se garantiza de un salario mínimo vital, que será ajustado anualmente
tomando como una referencia la canasta básica
Articulo 92. Los trabajadores tienen derecho a prestaciones sociales que recompensen la
antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía; las prestaciones sociales y el
salario son de pago inmediato y la mora genera intereses
Articulo 93. La Ley garantizara la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente
para limitar toda forma de despido injustificado, los despidos inconstitucionales son nulos.
Articulo 94. La Ley determinara la responsabilidad de la persona en cuyo provecho se
preste un servicio mediante intermediario o contratista; se establece responsabilidad
especial para patronos por simulación o fraude para desvirtuar, desconocer u obstaculizar la
aplicación de la legislación laboral.
Artículo 95. Los trabajadores tienen derecho a constituir libremente organizaciones
sindicales y a afiliarse o no a ellas; las organizaciones sindicales no están sujetas a
controles administrativos.
2.- En la Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta Oficial Extraoficial 5.152 de fecha 19 de junio
de 1997, respecto de la seguridad social señala en su artículo 585, del Título VIII, “En los
casos cubiertos por el Seguro Social Obligatorio se aplicarán las disposiciones de la Ley
especial de la materia. Las disposiciones de este Título tendrán en ese caso únicamente
carácter supletorio para lo no previsto por la Ley pertinente.” Es decir, que se aplicará
supletoriamente la Ley orgánica del trabajo en lo no previsto en la ley orgánica del sistema
de seguridad social y demás leyes especiales.
5. METODOLOGÍAS Y POLÍTICAS
La Seguridad Social Integral tiene como fin proteger a los habitantes de la República, de las
contingencias de enfermedades y accidentes, sea o no de trabajo, cesantía, desempleo,
maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte,
sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de
las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación que tiene
todo ser humano.
La Seguridad Social debe velar porque las personas que están en la imposibilidad sea
temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades
financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles,
a tal efecto, recursos financieros o determinados o servicios"
En el artículo 86 de la Constitución Nacional se establece que toda persona tiene derecho a
la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la salud y
la protección ante las contingencias, artículo además enmarcado dentro del Capítulo
referente a los derechos sociales y de las familias.
Los artículos 83,84 y 85 establecen el derecho a la salud y la creación de un sistema público
nacional de salud integrado al sistema de seguridad social, en base a ello es que se
enrumban los objetivos del Sistema de Seguridad Social.
ara la Organización Internacional del Trabajo, la seguridad social es “la protección que la
sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las
privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una
fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo,
o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en
forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos” (documento original de
1991).
Por lo tanto, resulta de gran importancia destacar que la seguridad social se dirige a la
oferta efectuada (fundamentalmente por el Estado) a los individuos en términos de ciertas
necesidades básicas, entre las que sobresalen la protección y promoción de la salud, el
combate contra la pobreza material, la adecuada prevención y el cuidado de las personas de
edad avanzada, la rehabilitación de los discapacitados, la facilitación del acceso a la
vivienda, la vigilancia activa de las familias en distintas situaciones de riesgo, los seguros
contra el desempleo y la formación de políticas que estimulen los puestos de trabajo, entre
otros.
En las distintas naciones, la participación del Estado en la seguridad social alcanza
diferente envergadura. Así, en algunos contextos resulta el único proveedor de estos
factores, mientras que en otros países la actividad es compartida con organizaciones no
gubernamentales e incluso con fundación o entidades privadas. No puede olvidarse que, en
especial en los grupos más desvalidos o de mayor riesgo, muchas instituciones religiosas
asumen el papel de la seguridad social con elevada eficiencia.
6. En el marco de la crisis financiera mundial, la importancia de la seguridad social se percibe
en la mayor necesidad de brindar protección a nuevos grupos de riesgo, como los
numerosos desocupados de edad joven. Asimismo, la emergencia de nuevas enfermedades,
el regreso de afecciones que estaban controladas (malaria, tuberculosis, cólera, por citar las
más reconocidas) y la mayor difusión de las “nuevas epidemias” (diabetes, obesidad,
enfermedades neurodegenerativas) ha motivado la aparición de programas para aplicar los
principios de la seguridad social sin excluir a ninguno de los potenciales beneficiarios que
podrían así mejorar su calidad de vida.
UNIDAD II