El documento describe la factura cambiaria, un título de crédito que puede emitir el vendedor al comprador en una compraventa de mercaderías. La factura incorpora un derecho de crédito sobre el monto total o pendiente de pago de la compraventa. El comprador está obligado a aceptar y devolver debidamente la factura original dentro de los plazos establecidos. No se pueden emitir facturas cambiarias sin una venta efectiva de mercaderías entregadas.
2. CONCEPTO:
La factura cambiaria es el título de crédito que en la
compraventa de mercaderías el vendedor podrá librar y
entregar o remitir al comprador y que incorpora un
derecho de crédito sobre la totalidad o la parte insoluta de
la compraventa.
El comprador
estará obligado a
devolver al
vendedor,
debidamente
aceptada, la
factura cambiaria
original en las
condiciones de
este capítulo.
No se podrá librar
factura cambiaria
que no
corresponda a
una venta
efectiva de
mercaderías
entregadas, real o
simbólicamente.
3. LIBRADOR: Vendedor de la mercadería o sea
quien crea la factura.
LIBRADO: Es el comprador de la mercadería, y
quien por mandato legal está obligado a aceptar la
factura que le libre el vendedor
LIBRADOR
BENEFICIARIO
LIBRADO
ACEPTANTE
4. OPERATIVIDAD DEL TÍTULO
El vendedor libra la
factura cambiaria como
consecuencia de una
compraventa en la que las
mercaderías han sido
entregadas real o
simbólicamente. La
factura es enviada al
comprador, directamente,
por intermedio de un
banco o tercera persona.
5. OPERATIVIDAD DEL TÍTULO
El intermediario, según
las instrucciones
recibidas, la presentará
para que se le acepte
y luego la devolverá;
y podrá retenerla si
tiene facultades para
cobrarla.
6. OPERATIVIDAD DEL TÍTULO
La ley también
contempla el envío por
correo certificado u
otros medios no
especificados por la
ley.
7. OPERATIVIDAD DEL TÍTULO
El comprador devuelve
la factura, debidamente
aceptada: dentro de
cinco días de su recibo
si es para la misma
plaza; y dentro de
quince, si es diferente.
8. NEGATIVA A ACEPTAR
1º. En caso de avería,
extravío o no recibo de
las mercaderías, cuando
no son transportadas
por su cuenta
y riesgo.
2º. Si hay defectos o
vicios en la cantidad o
calidad de las
4º. Por
omisión de
cualquiera de
los requisitos
3º. Si no
contiene el
negocio
jurídico
convenido.
9. NEGATIVA A ACEPTAR
1º. En caso de avería,
extravío o no recibo de
las mercaderías, cuando
no son transportadas
por su cuenta
y riesgo.
2º. Si hay defectos o
vicios en la cantidad o
calidad de las
4º. Por
omisión de
cualquiera de
los requisitos
3º. Si no
contiene el
negocio
jurídico
convenido.
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12. CONCEPTO:
La factura cambiaria es
el título de crédito que en
la compraventa de
mercaderías el vendedor
podrá librar y entregar o
remitir al comprador y
que incorpora un
derecho de crédito sobre
la totalidad o la parte
insoluta de la
compraventa.
13. CONCEPTO:
La factura cambiaria es
el título de crédito que en
la compraventa de
mercaderías el vendedor
podrá librar y entregar o
remitir al comprador y
que incorpora un
derecho de crédito sobre
la totalidad o la parte
insoluta de la
compraventa.