SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 9
OBSTETRICIA FORENCE
RESUMEN
Tiene que ver con el aborto, con el aborto criminal o las consecuencias de un aborto
indicado por salud de la madre, del feto, etc. Obstetricia forense, tiene una serie de
interpretaciones que están todas contempladas por un articulado del código penal y
directamente, en un comienzo, en el código civil.
El primero trata, también como resumen, de una serie de normas conducentes, en el
fondo, a buscar la responsabilidad y otorgar el castigo correspondiente, la forma de
indemnizar del victimario hacia la victima, eso es el código penal, normas de
conductas.
El código civil, nos relaciona a todos Bajo este código esta contemplada la relación
entre las personas, el respeto mutuo que debemos tener, hasta el momento que este
se rompe, primero de palabra y de palabra se pasa a los hechos y de los hechos se
puede pasar a la preterintención, la agresión directa en donde uno dice, que no quería
hacer eso, pero ocurrió, esto es un atenuante.
ABSTRACT
It has to do with abortion, with abortion or criminal consequences indicated by a
maternal, fetal abortion, etc. Forensic obstetrics, has a number of
interpretations that are all covered by a body of the penal code and directly, at
first, in the civil code.
The first is, also as a summary of a series of rules conducive, basically, to seek
accountability and provide the appropriate punishment, how to compensate the
perpetrator to the victim, that is the criminal code, rules of behavior.
The civil code, we related all this code is provided under the relationship
between people, mutual respect we should have, so far this is broken, first by
word and word is passed to the facts and the facts can pass into
preterintención, direct aggression where one says, he did not want to do that,
but it happened, this is a mitigating factor.
INTRODUCCIÓN
Es la disciplina de carácter medico
encargada de analizar los partos o
nacimientos normales o anticipados.
En este trabajo pretendo explicar los
temas relacionados con la materia
partiendo desde la fecundación el
desarrollo del embrión en esta etapa
para poder explicar posteriormente el
embarazo, sus características, sus
signos de presunción hasta la certeza
misma. También abordar lo que es el
parto, nacimiento y alumbramiento las
opciones y mecanismos empleados en
cada uno de ellos y las probables
complicaciones.
La filiación desde el punto de vista
jurídico así como la paternidad con
respecto al Código Civil. Sin olvidas
tocar el tema del aborto tanto
voluntario como involuntario, sus
características, los riesgos de la
misma, la causal ovulares y las
maternales
De desarrollan los puntos del tema
Formas de privar de la vida a menores
infantes como asfixia, sumersión,
golpes, estrangulamiento.
DESARROLLO DEL TEMA
1.- OBSTETRICIA Y OBSTETRICIA
FORENSE
La Obstetricia (del latínobstare «estar
a la espera») es una rama de las
Ciencias de la salud que se ocupa de
la mujer en todo su periodo fértil
(embarazo, parto y puerperio),
comprendiendo también los aspectos
psicológicos y sociales de la
maternidad. Los profesionales de la
salud especializados en atender los
partos normales se llaman,
dependiendo del país, matrona/matrón
u obstetriz/obstetra.
Obstetricia, rama de la medicina que
se ocupa del embarazo, parto, y del
periodo inmediatamente posterior al
nacimiento. Cuando los conocimientos
que constituyen su objeto están
dirigidos a abordar la problemática
médico-legal pertinente, entramos en
el caso especifico de la Obstetricia
Médico-Legal.
La Obstetricia Forense; es la rama de
la medicina legal que se encarga de la
aplicación del conocimiento médico
sobre el embarazo y el nacimiento a
situaciones de implicancia legal.
1.- Embarazo o Gestación
Se denomina embarazo o gravidez
(del latín gravitas) al período que
transcurre entre la implantación en el
útero del óvulo fecundado y el
momento del parto en cuanto a los
significativos cambios fisiológicos,
metabólicos e incluso morfológicos
que se producen en la mujer
encaminados a proteger, nutrir y
permitir el desarrollo del feto, como la
interrupción de los ciclos menstruales,
o el aumento del tamaño de las
mamas para preparar la lactancia. El
término gestación hace referencia a
los procesos fisiológicos de
crecimiento y desarrollo del feto en el
interior del útero materno. En teoría, la
gestación es del feto y el embarazo es
de la mujer, aunque en la práctica
muchas personas utilizan ambos
términos como sinónimos.
2.- Procedimientos Diagnósticos:
El diagnóstico del embarazo puede
realizarse, en los casos de interés
médico-legal, a través de signos
clínicos peculiares o mediante
determinadas pruebas biológicas. En
algunos casos especiales, como por
ejemplo, para aseverar un embarazo
gemelar, se puede acudir al
diagnostico radiológico.
Signos clínicos: Según los méritos de
convicción que arrojen en orden a
comprobar el estado de preñez, se
puede clasificar en:
Sedenominan también maternos,
porque se desprenden de
observacionespracticadas en
determinadas modificaciones
anatómicas y fisiológicas delorganismo
materno con motivo del estado de
gravidez.
3.- SIGNOS DE POSIBILIDAD.
b) Signos de Probabilidad.
Sedenominan igualmente fetales, en
virtud de que se basan en la
constatacióndirecta de la presencia del
feto en el claustro materno, como
serían lapercepción de los latidos
fetales, los movimientos activos del
feto y elbaloteo o balotamiento fetal.
c) Signos de Certeza.
a) Signos de Posibilidad: Se
identifican con ciertos fenómenos
simpáticos debido a una exaltación
funcional del parasimpático en los
primeros mese de la gestación;
consisten en sensaciones de malestar
y de astenia, vértigos, anorexia,
vómitos especialmente matutinos,
náuseas, otros.
b) Signos de Probabilidad:
Mencionaremos los siguientes de
carácter anatómico: la pigmentación
de la piel de la cara (cloasma
gravídico), debido a la influencia de
determinas hormonas ovario-
placentarias sobre el sistema
pigmentógeno cutáneo; el
abultamiento del vientre; las estrías
abdominales por efecto de la
distensión de la piel a consecuencia
del embarazo; la turgencia de las
glándulas mamarias, con la formación
de una aréola pigmentada secundaria
y la procedencia de los tubérculos de
Montgomery.
Mayor valor, en cuanto concierne a la
diagnosis de la gravidez tienen las
modificaciones de la coloración de los
genitales externos y la vagina, así
como las modificaciones del volumen y
de la consistencia del útero. Acerca de
las variaciones de coloraciones de los
genitales, es de anotar que éstos
asumen un colorido que tiende al rojo
vinoso lívido, conjuntamente con la
apariencia tumefacta, fenómenos a los
cuales se une una secreción muco-
serosa vaginal, denominada leucorrea
gravídica.
En lo que respecta al aumento de
volumen del útero se acentúa con el
progreso de la gestación y determina
la globosidad del abdomen. Después
de la nidación del huevo se inician los
fenómenos de hipertrofia e hiperplasia
de la fibra muscular uterina que
explican esa manifestación. Ya al final
del tercer mes de la gestación, la
palpación abdominal permite apreciar
el útero engrosado, llegando en el
curso del embarazo a aumentar entre
18 y 20 veces su peso y cerca de 36
veces su volumen.Es el engrosamiento
del útero lo que precisamente provoca
la distensión del abdomen
ocasionando las ya mencionadas
estrías abdominales o gravídicas.
Como signo fisiológico de probabilidad,
debe mencionarse en primer lugar la
suspensión del ciclo menstrual
(amenorrea gravídica), siendo de
advertir que este signo puede también
presentarse en múltiples
circunstancias del embarazo. Otro
signo es la secreción de serosidad o
de algunas gotas de calostro al
exprimir las glándulas mamarias.
c) Signos de Certeza: Destacaremos
que la presencia del feto en el claustro
materno puede verificarse por
percepción de sus partes mediante la
palpación abdominal; por apreciación
de sus movimientos espontáneos; y,
por auscultación de sus latidos
cardiacos. A estos agregaremos el
signo del balotamiento, después del 4º
mes de la gestación, que se provoca
mediante una maniobra de brusco
impulso al cuerpo fetal tendiente a la
identificación del feto por medio del
desplazamiento producido por esa
maniobra.
4.- CASOS LEGALES EN DONDE ES
NECESARIO HACERLO
Art. 17 C.C: EL FETO SE TENDRÁ
COMO NACIDO CUANDO SE TRATE
DE SU BIEN.
Art. 120 ord. 2 C.C: CUANDO LA
MUJER QUE NO TENGA LA EDAD
EXIGIDA, HAYA CONCEBIDO.
Dispone que el matrimonio contraído
por personas que no hubiesen llegado
a la edad requerida para contraerlo
válidamente (12 y 14años) no podrá
impugnarse.
Las referentes a lafiliación de los hijos
concebidos durante el matrimonio,
incluidas en los Arts. 197, 198, 199,
200 y 255 C.C.
En caso del fallecimiento del marido.
El embarazo de la viuda suspende la
toma de posesión de la herencia. Si
el niño nace vivo se le declara
heredero.
En materia de donación. Los hijos por
nacer pueden recibir donaciones, aun
sin que se hayan concebido. (Art. 1443
del CCV).
Art 809 ord 1 C.C: LOS QUE EN EL
MOMENTO DE APERTURA DE LA
SUCESION NO ESTEN TODAVIA
CONCEBIDOS. Se consideran
incapaces para suceder.
En los casos de suposición de parto.
Cuando una mujer simula o supone un
embarazo y presenta como suyo un
niño el cual no es, por razones
sucesorales o para retener al
amante.
Como prueba de adulterio. Al
probarse que el marido no tiene
capacidad (impotencia manifiesta)
para cohabitar con su esposa.
Art. 47 C.P: EL CASTIGO DE UNA
MUJER ENCINTA, CUANDO POR
CAUSA DE ÉL PUEDAN PELIGRAR
SU VIDA O SU SALUD, O POR LA
VIDA O LA SALUD DE LA CRIATURA
QUE LLEVA EN SU SENO, SE
DIFERIRÁ PARA DESPUÉS DE SEIS
MESES DEL NACIMIENTO DE ESTA,
SIEMPRE QUE VIVA LA CRIATURA.
Para apreciar la excusa de las mujeres
delincuentes (delirium maníaco-
depresivo o melancólico y/o psicosis
puerperal). Que deben ser apreciados
y demostrados como causas de
inimputabilidad.
Art.414 C.P; Considera como lesión
personal gravísima la cometida
CONTRA UNA MUJER ENCINTA,
CUANDO POR EFETO DE ELLA LE
HUBIERE OCASIONADO EL
ABORTO.
Art.145 C.P; Tipifica como lesión
grave las mismas circunstancias
expresadas respecto del art. 414,
cuando se le causa a la mujer grávida
el parto prematuro.
ARTS. 430 AL 434 C.P: Hace
referencia al aborto.
ELEMENTOS PARA CONSIDERAR
EL DELITO DE ABORTO.
1. Existencia de un embarazo.
2. Existencia de un feto vivo al cual se
le produzca la muerte.
3. Acción Humana. Todo acto
encaminado a dañar al feto.
4. Medios o métodos abortivos.
• Para que exista el aborto, debe existir
un embarazo necesariamente. Si el
feto está muerto y la madre lo expulsa,
no se puede hablar de aborto.
• El aborto constituye, todos los actos
encaminados para la interrupción
violenta o provocada del embarazo, los
cuales van a actuar sobre la madre,
embrión o feto con el fin de producir la
muerte de ese producto.
ABORTO.
a. Bien jurídico protegido. La vida fetal.
Es importante para determinar el
delito.
b. Acción. Todo lo que se encamina
para conseguir un resultado, en este
caso el aborto. Es la circunstancia
conducta desarrollada por el sujeto
activo.
c. Tipicidad. “encuadernación del
hecho en la norma”. El delito de aborto
se encuentra contemplado en el
Código Penal venezolano, el cual
establece una clasificación que va
desde el artículo 430 al 434. Allí se
establece este tipo penal con las
características que deben ser idénticas
al hecho ocurrido en la realidad.
Deben encuadrar perfectamente.
d. Antijuricidad. El bien jurídico
protegido.
Ejemplo. Una mujer, entre 6 y 7 meses
de movimiento en la cavidad uterina, y
por acción de ella, de un médico o un
tercero se le acelera el parto, no puede
ser considerado como aborto porque el
resultado no fue la muerte, lo que hay
es un parto prematuro.
Ejemplo. Aborto en paciente con seis
meses de embarazo y lo encierro
como parto prematuro. ¿Por qué se
origina? No hay antecedentes, no hay
la existencia actividad uterina y
tampoco hay rompimiento de fuente.
Por ejemplo, le inyectan pitocin y la
hacen dar a luz, sale el producto y sale
vivo, pero como no tenía maduración
pulmonar y no se le aplicó lo necesario
muere ese producto. Ese no es un
parto normal, es un parto provocado y
entra a ser un aborto.
CLASIFICACIÓN DEL ABORTO.
El Código Penal establece cinco tipos
de aborto.
1. Aborto procurado. Art. 430 CPV.
2. Abortó provocado o consentido. Art.
431 CPV.
3. Abortó sufrido. Art. 432 CPV.
4. Aborto provocado por facultativo.
Art. 433.
5. Aborto honoris causa. (por causa de
honor) Art. 434 CPV.
Explicación.
1. Aborto procurado. (Artículo 430
CPV) el daño lo produce la misma
mujer con intención o con ayuda de un
3ro. “la mujer que intencionalmente
abortare, valiéndose para ello de
medios empleados por ella misma, o
por un tercero, con su consentimiento,
será castigada con prisión de seis
meses a dos años”.
• La mujer se produce el daño con
intención.
• Sujeto activo calificado-la mujer
embarazada.
• Dolo directo.
• Hecho por ella o por un tercero bajo
su consentimiento.
• Expulsión del feto.
• Bien protegido: la vida fetal.
2. Aborto consentido o provocado.
(Artículo 431 CPV) lo realizan terceras
personas con el consentimiento de la
mujer embarazada. “el que hubiere
provocado el aborto de una mujer con
el consentimiento de esta, será
castigado con prisión de 12 a 30
meses. Si por consecuencia del aborto
y de los medios empleados para
efectuarlos, sobreviene la muerte de la
mujer, la pena será de presidio de tres
a cinco años; y será de cuatro a seis
años si la muerte sobreviene por
haberse valido de medios más
peligrosos que los consentidos por
ella”.
• Aborto consentido.
• Sujeto activo indeterminado.
Tercero independiente.
• Dolo eventual y concurrencia de
delitos.
• Agravante.
• No hay intención de matar a la mujer.
• Si va más allá de los medios
consentidos por ella la pena se agrava.
3. Aborto sufrido. (artículo 432 CPV)
no hay consentimiento. Lo padece la
mujer embarazada sin estar de
acuerdo, con los medios que le están
practicando y sin tener autorización. “el
que haya procurado el aborto de una
mujer, empleando sin su
consentimiento o contra la voluntad de
ella, medios dirigidos a producirlo, será
castigado con prisión de 15 meses a
tres años. Y si el aborto se efectuare,
la prisión será de tres a cinco años. Si
por causa del aborto o de los medios
empleados para procurarlo, sobreviene
la muerte de la mujer, la pena será de
presidio de seis a 12 años. Si el
culpable fuera el marido, las penas
establecidas en el presente artículo se
aumentarán en una sexta parte”.
• No hay consentimiento.
• Sujeto activo indeterminado.
• El sujeto pasivo es el feto y la mujer.
Hay dualidad de sujeto pasivo.
• Se agrava por el grado de
intencionalidad.
• El primer caso del artículo, cuando el
aborto se efectúa establece una pena
de tres a cinco años.
• Si muere la mujer por los medios
empleados o por el aborto, presidio de
seis a 12 años.
• Si el culpable es el marido, es decir,
es el sujeto activo, hay un agravante y
por lo tanto un aumento de la pena de
seis meses, el delito pasa a ser
calificado…
4. Aborto provocado por facultativo.
(es llamado aborto agravado) (artículo
433 CPV). Este aborto es provocado
por profesionales de la ciencia
reglamentados en el área de la salud,
el último aparte cataloga el aborto
facultativo. “cuando el culpable de
alguno de los delitos previstos en los
artículos precedentes sea una persona
que ejerce el arte de curar o cualquier
otra profesión o arte reglamentados en
interés de la salud pública, si dicha
persona ha indicado, facilitado o
empleado medio con los cuales se ha
procurado el aborto en que ha
sobrevenido la muerte, las penas de
ley se aplicarán con el aumento de una
sexta parte. La condenación llevará
siempre como consecuencia la
Suspensión del ejercicio de la
profesión del culpable, por tiempo igual
al de la pena impuesta. No incurrir en
pena alguna el facultativo que provoca
el aborto como medio indispensable
para salvar la vida de la parturienta”.
• Sujeto activo calificado.
Profesional de la ciencia reglamentado
en el área de la salud. Enfermera o
enfermeros, médicos…
• Sujeto pasivo calificado. El producto
o la madre.
• Pena accesoria. La suspensión del
ejercicio arte o profesión del culpable,
por el tiempo que dure la pena
impuesta.
• Es un aborto agravado.
Excepción: último aparte del artículo
433. Aborto terapéutico o facultativo.
el aborto terapéutico puede ser
considerado como otro tipo deOJO
aborto cuando está en peligro la vida
de la mujer. Se realiza en estado de
necesidad se debe tomar una decisión
entre la vida que debe protegerse, la
dependiente o la independiente. Es el
aborto practicado legalmente por un
médico en una mujer gestante
enferma, con compromiso de su vida.
5. Aborto Honoris Causa o por causa
de honor. (se denomina aborto
atenuado) (artículo 434 CPV). “las
penas establecidas en los artículos
precedentes se disminuirán en la
proporción de uno a dos tercios y el
presidio se convertirá en prisión, en el
caso de que el autor del aborto lo
hubiera cometido para salvar su propio
honor o la honra de su esposa, de su
madre, de su descendiente, de su
hermana o de su hija adoptiva”.
• Es un tipo penal en desuso.
• Lo llaman aborto atenuado.
PROCEDIMIENTOS DE TIPO
ABORTIVO.
1. PARA EL ABORTO CRIMINAL.
A. SUSTANCIAS ABORTIVAS. Todo
tóxico o medicamento que va a
producir un daño orgánico a nivel de la
madre, con alteración a nivel de
funcionamiento uterino o a nivel del
feto o embrión. Ejemplo. Pastillas que
modifican el útero, químicos puede ser
reacción sistémica (purgantes,
irritantes, digestivos, irritantes
genitourinarios, quinina, alcaloides de
la ergotamina, estrógenos, plomo,
fósforo, mercurio, etc); O de la acción
local (inyección de permanganato de
potasio, bicloruro de mercurio,
arsenicales, formol, fenol, etc.).
EJEMPLO:
a. EL CYTOTEC. (misoprostol
200mcg). Es un tóxico, pertenece a la
familia de las prostaglandinas. Está
indicado sólo para la profilaxis y
tratamiento úlceras. Es un protector
gástrico. Cuando entra el útero
provoca la dilatación y el trabajo de
parto, ruptura de la fuente y expulsión
del feto o del embrión debido a la
modificación del funcionamiento del
útero por esta sustancia.
B. MÉTODOS ABORTIVOS. Todo
medio de tipo instrumental que va
actuar directamente a nivel de la
vagina, cuello uterino, cavidad uterina
o del contenido de esa cavidad uterina,
es decir en el embrión o feto.
Ejemplos.
a. Tallo de laminaria. Método que
Produce aborto por dilatación de la
cérvix. Pedazos de vegetal que son
colocados en la cavidad vaginal y con
la humedad de la mucosa uterina, ésta
comienza expandirse, dilatarse y
produce una abertura para acelerar el
trabajo de parto. Se utiliza como
técnica coadyuvante Es un tallo de
alga seca del género Laminaria que es
altamente higroscópico. Después de
su inserción en el cuello uterino
absorbe los líquidos del canal cervical,
aumenta de tamaño y produce
dilatación cervical. La dilatación
cervical se inicia a las 6 horas y
alcanza su máxima expansión entre 12
y 24 horas luego de su inserción.
a. Bujía de Hegar. Método que
Produce aborto por dilatación de la
cérvix. Se introducen en la cavidad
vaginal para abrir el cuello del útero y
provocar la expulsión del producto.
Serie de tallos cilíndricos rígidos, cuyo
diámetro aumenta I mm por bujía y
que sirven para obtener la dilatación
extemporánea del cuello del útero.
Tallo de Hegar. Técnica coadyuvante.
CAUSAS DEL ABORTO SEGÚN
ALFREDO STHORY OVALLES.
1. Causas de tipo económico. Falta de
empleo; tienen los recursos necesarios
para la subsistencia de ellos y no de
una nueva persona; estado de
pobreza; la mujer en el sostén de la
familia, exceso de hijos.
2. Causas médicas. El aborto de tipo
terapéutico, hay presencia de una
enfermedad que pone en peligro la
vida de la madre. Por ejemplo.
Embarazo de tipo ectópico. Se
produce fuera de la cavidad uterina, el
embrión no llega a producir la dilación
o implantación dentro de la cavidad
uterina, se desarrolla fuera del útero,
en las trompas de Falopio o en la
cavidad abdominal. .
3. Causas de tipo eugenésico. El feto
viene con anomalías congénitas o
malformaciones congénitas. Consiste
entonces, en la interrupción del
embarazo, el mismo que presenta
ciertas condiciones del feto, como
alteraciones cromosómicas y defectos
congénitos.
4. Causa de tipo estética. En la mujer
predomina su aspecto físico belleza y
elegancia.
5. Tipo social. Vida social muy activa,
fiestas, viajes, y un embarazo altera
todo su sistema de vida.
6. Tipo laboral. Son mujeres que
abortan para no perder el empleo,
porque viven en condiciones precarias,
porque tiene muchas necesidades.
7. Por honor. Se observa las mujeres
solteras y casadas. Es practicado para
ocultar la deshonra de la mujer.
COMPLICACIONES DEL ABORTO.
1. Muerte por inhibición. Por estímulos
muy pequeños que no provocan daños
significativos a ese organismo, pero
que son de suficiente magnitud para
provocarle la muerte esa mujer.
Ejemplo. Infección por curetajes,
septicemia, perforación vaginal,
peritonitis, quemaduras por líquidos
calientes o ácidos (aspirina).
Explicación. Mujer que llega al
consultorio de un médico y quiere
abortar, se le practican los curetajes,
se le mete una cuchara en la cavidad
uterina y se comienza a dar vueltas
para provocar la destrucción de todo
su contenido, para sacarlo por
fragmentos, se produce una
hemorragia.
• Se presenta el problema cuando la
cuchara está infectada y la mujer
desarrolla una infección gravísima por
el curetaje.
• Cuando el médico está en la última
capa y perfora el contenido
intrauterino, la mujer desarrolla una
peritonitis y muere.
• Por quemaduras, por líquidos
calientes o ácidos, como la aspirina
que hacen que se desarrolle un
proceso inflamatorio que provoca la
contracción para eliminar el producto.
CONCLUSIONES
La obstetricia forense puededefinirse
como la aplicación del conocimiento
medico sobre el embarazo y el aborto
a situaciones de implicancia civil o
penal en el campo jurídico; por tanto
su campo de acción se extiende al
embarazo, parto,nacimiento,
paternidad, aborto, etc.
Se denomina gestación, embarazo o
gravidez al período que transcurre
entre la implantación en el útero del
óvulo fecundado y el momento
delparto. Comprende todos los
procesos fisiológicos de crecimiento y
desarrollo del feto en el interior del
útero materno, así como los
importantes cambios fisiológicos,
metabólicos e incluso morfológicosque
se producen en la mujer encaminados
a proteger, nutrir y permitir el
desarrollo del feto, como la
interrupción de los ciclos menstruales,
o el aumento del tamaño de las
mamas para preparar lalactancia.
En la especie humana las gestaciones
suelen ser únicas, aunque pueden
producirse embarazos múltiples. La
aplicación de técnicas de reproducción
asistida está haciendo aumentar la
incidencia deembarazos múltiples en
los países desarrollados.
El embarazo humano dura unas 40
semanas desde el primer día de la
última menstruación o 38 desde la
fecundación (aproximadamente unos 9
meses).
BIBLIOGRAFÍA
 Cabello. V.P. Psiquiatría
forense en el derecho penal,
Buenos Aires, Hammurabi,
1984.
 Código Penal y Leyes
complementarias, Buenos Aires,
A-Z Editora, 1994.
 Código Procesal Penal de la
Nación, Buenos Aires, A-Z
Editora, 1994.
 DMS III R y DSM IV,
Clasificación de los trastornos
mentales.
 Ey H. y col., Tratado de
psiquiatría, Barcelona, Toray
Masson, 1969.
 Frías Caballero, Inimputabilidad
penal, Buenos Aires, Ediar,
1981.
 Massip, J. Garrido, E. (2.000)
La evaluación de la credibilidad
del testimonio en contextos
judiciales a partir de indicadores
conductuales. Anuario de
Psicología jurídica Vol.10, 93-
133.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La actualidad más candente (20)

Asfixia por sofocación
Asfixia por sofocaciónAsfixia por sofocación
Asfixia por sofocación
 
Mapa conceptual asfixias
Mapa conceptual asfixiasMapa conceptual asfixias
Mapa conceptual asfixias
 
Tanatologia forense los fenomenos cadavericos
Tanatologia forense los fenomenos cadavericosTanatologia forense los fenomenos cadavericos
Tanatologia forense los fenomenos cadavericos
 
Ginecología Forense
Ginecología ForenseGinecología Forense
Ginecología Forense
 
ASFIXIOLOGIA
ASFIXIOLOGIAASFIXIOLOGIA
ASFIXIOLOGIA
 
Sexologia forense
Sexologia forenseSexologia forense
Sexologia forense
 
54 informe pericial ,jose vallejo
54 informe pericial  ,jose vallejo 54 informe pericial  ,jose vallejo
54 informe pericial ,jose vallejo
 
Sexología en medicina legal
Sexología en medicina legalSexología en medicina legal
Sexología en medicina legal
 
La oralidad en el proceso civil boliviano
La oralidad en el proceso civil bolivianoLa oralidad en el proceso civil boliviano
La oralidad en el proceso civil boliviano
 
Guia medico-legal-de-integridad sexual
Guia medico-legal-de-integridad sexualGuia medico-legal-de-integridad sexual
Guia medico-legal-de-integridad sexual
 
Traumatologia forense
Traumatologia forenseTraumatologia forense
Traumatologia forense
 
Sexología forense y perversiones sexuales
Sexología forense y perversiones sexualesSexología forense y perversiones sexuales
Sexología forense y perversiones sexuales
 
NECROPSIA MÉDICO LEGAL
NECROPSIA MÉDICO LEGALNECROPSIA MÉDICO LEGAL
NECROPSIA MÉDICO LEGAL
 
2332 01 objecciones
2332 01 objecciones2332 01 objecciones
2332 01 objecciones
 
Asfixiologia forense
Asfixiologia forenseAsfixiologia forense
Asfixiologia forense
 
Medicina legal laboralii
Medicina legal laboraliiMedicina legal laboralii
Medicina legal laboralii
 
Lesiones medicina legal
Lesiones medicina legalLesiones medicina legal
Lesiones medicina legal
 
PPT 05-actualizado.pptx
PPT 05-actualizado.pptxPPT 05-actualizado.pptx
PPT 05-actualizado.pptx
 
ENJ-300: Asfixia, Sofocación, Estrangulación
ENJ-300: Asfixia, Sofocación, Estrangulación ENJ-300: Asfixia, Sofocación, Estrangulación
ENJ-300: Asfixia, Sofocación, Estrangulación
 
Lesiones
LesionesLesiones
Lesiones
 

Destacado

Destacado (9)

Infanticidio en el Peru
Infanticidio  en el PeruInfanticidio  en el Peru
Infanticidio en el Peru
 
Tema12y 13
Tema12y 13Tema12y 13
Tema12y 13
 
Infanticidio
InfanticidioInfanticidio
Infanticidio
 
Infanticidio
InfanticidioInfanticidio
Infanticidio
 
Clasificación médico legal de la muerte
Clasificación médico legal de la muerteClasificación médico legal de la muerte
Clasificación médico legal de la muerte
 
Diagnostico de muerte
Diagnostico de muerteDiagnostico de muerte
Diagnostico de muerte
 
MEDICINA LEGAL - Tanatol
MEDICINA LEGAL - TanatolMEDICINA LEGAL - Tanatol
MEDICINA LEGAL - Tanatol
 
Tanatologia forense
Tanatologia forenseTanatologia forense
Tanatologia forense
 
Instinto sexual sistema límbico
Instinto sexual sistema límbicoInstinto sexual sistema límbico
Instinto sexual sistema límbico
 

Similar a Obstetricia forence terminado 04 de julio ç

Similar a Obstetricia forence terminado 04 de julio ç (20)

Obstreticia medico legal informatica EDISON ESPINA
Obstreticia medico legal   informatica EDISON ESPINAObstreticia medico legal   informatica EDISON ESPINA
Obstreticia medico legal informatica EDISON ESPINA
 
Obstreticia medico legal informatica edison espina
Obstreticia medico legal   informatica edison espinaObstreticia medico legal   informatica edison espina
Obstreticia medico legal informatica edison espina
 
Monografia iii
Monografia iiiMonografia iii
Monografia iii
 
ABORTO e INFANTICIDIO 2022.pdf.pdf
ABORTO e INFANTICIDIO 2022.pdf.pdfABORTO e INFANTICIDIO 2022.pdf.pdf
ABORTO e INFANTICIDIO 2022.pdf.pdf
 
El parentesco y la filiación
El parentesco y la filiaciónEl parentesco y la filiación
El parentesco y la filiación
 
"El aborto".
"El aborto"."El aborto".
"El aborto".
 
Debate de Infografìa Medicina Legal.docx
Debate de Infografìa Medicina Legal.docxDebate de Infografìa Medicina Legal.docx
Debate de Infografìa Medicina Legal.docx
 
ABORTO
ABORTOABORTO
ABORTO
 
ABORTO -Mayra Santos Ramos
ABORTO -Mayra Santos RamosABORTO -Mayra Santos Ramos
ABORTO -Mayra Santos Ramos
 
Pd ii 13_aborto-Mayra Santos Ramos
Pd ii 13_aborto-Mayra Santos RamosPd ii 13_aborto-Mayra Santos Ramos
Pd ii 13_aborto-Mayra Santos Ramos
 
ABORTO
ABORTOABORTO
ABORTO
 
Pd ii 13_aborto
Pd ii 13_abortoPd ii 13_aborto
Pd ii 13_aborto
 
Pd ii 13
Pd ii 13Pd ii 13
Pd ii 13
 
El aborto
El abortoEl aborto
El aborto
 
Presentacion aborto
Presentacion abortoPresentacion aborto
Presentacion aborto
 
Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.
Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.
Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.
 
El aborto según la ética
El aborto según la éticaEl aborto según la ética
El aborto según la ética
 
Aborto
AbortoAborto
Aborto
 
Clase n° 5 parto
Clase n° 5 partoClase n° 5 parto
Clase n° 5 parto
 
Embarazoy Lecturas De Expresion
Embarazoy Lecturas De ExpresionEmbarazoy Lecturas De Expresion
Embarazoy Lecturas De Expresion
 

Último

Avances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estos
Avances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estosAvances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estos
Avances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estossgonzalezp1
 
pruebas unitarias unitarias en java con JUNIT
pruebas unitarias unitarias en java con JUNITpruebas unitarias unitarias en java con JUNIT
pruebas unitarias unitarias en java con JUNITMaricarmen Sánchez Ruiz
 
EL CICLO PRÁCTICO DE UN MOTOR DE CUATRO TIEMPOS.pptx
EL CICLO PRÁCTICO DE UN MOTOR DE CUATRO TIEMPOS.pptxEL CICLO PRÁCTICO DE UN MOTOR DE CUATRO TIEMPOS.pptx
EL CICLO PRÁCTICO DE UN MOTOR DE CUATRO TIEMPOS.pptxMiguelAtencio10
 
EVOLUCION DE LA TECNOLOGIA Y SUS ASPECTOSpptx
EVOLUCION DE LA TECNOLOGIA Y SUS ASPECTOSpptxEVOLUCION DE LA TECNOLOGIA Y SUS ASPECTOSpptx
EVOLUCION DE LA TECNOLOGIA Y SUS ASPECTOSpptxJorgeParada26
 
investigación de los Avances tecnológicos del siglo XXI
investigación de los Avances tecnológicos del siglo XXIinvestigación de los Avances tecnológicos del siglo XXI
investigación de los Avances tecnológicos del siglo XXIhmpuellon
 
Innovaciones tecnologicas en el siglo 21
Innovaciones tecnologicas en el siglo 21Innovaciones tecnologicas en el siglo 21
Innovaciones tecnologicas en el siglo 21mariacbr99
 
redes informaticas en una oficina administrativa
redes informaticas en una oficina administrativaredes informaticas en una oficina administrativa
redes informaticas en una oficina administrativanicho110
 
PROYECTO FINAL. Tutorial para publicar en SlideShare.pptx
PROYECTO FINAL. Tutorial para publicar en SlideShare.pptxPROYECTO FINAL. Tutorial para publicar en SlideShare.pptx
PROYECTO FINAL. Tutorial para publicar en SlideShare.pptxAlan779941
 
How to use Redis with MuleSoft. A quick start presentation.
How to use Redis with MuleSoft. A quick start presentation.How to use Redis with MuleSoft. A quick start presentation.
How to use Redis with MuleSoft. A quick start presentation.FlorenciaCattelani
 
Avances tecnológicos del siglo XXI 10-07 eyvana
Avances tecnológicos del siglo XXI 10-07 eyvanaAvances tecnológicos del siglo XXI 10-07 eyvana
Avances tecnológicos del siglo XXI 10-07 eyvanamcerpam
 
Resistencia extrema al cobre por un consorcio bacteriano conformado por Sulfo...
Resistencia extrema al cobre por un consorcio bacteriano conformado por Sulfo...Resistencia extrema al cobre por un consorcio bacteriano conformado por Sulfo...
Resistencia extrema al cobre por un consorcio bacteriano conformado por Sulfo...JohnRamos830530
 
Buenos_Aires_Meetup_Redis_20240430_.pptx
Buenos_Aires_Meetup_Redis_20240430_.pptxBuenos_Aires_Meetup_Redis_20240430_.pptx
Buenos_Aires_Meetup_Redis_20240430_.pptxFederico Castellari
 

Último (12)

Avances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estos
Avances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estosAvances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estos
Avances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estos
 
pruebas unitarias unitarias en java con JUNIT
pruebas unitarias unitarias en java con JUNITpruebas unitarias unitarias en java con JUNIT
pruebas unitarias unitarias en java con JUNIT
 
EL CICLO PRÁCTICO DE UN MOTOR DE CUATRO TIEMPOS.pptx
EL CICLO PRÁCTICO DE UN MOTOR DE CUATRO TIEMPOS.pptxEL CICLO PRÁCTICO DE UN MOTOR DE CUATRO TIEMPOS.pptx
EL CICLO PRÁCTICO DE UN MOTOR DE CUATRO TIEMPOS.pptx
 
EVOLUCION DE LA TECNOLOGIA Y SUS ASPECTOSpptx
EVOLUCION DE LA TECNOLOGIA Y SUS ASPECTOSpptxEVOLUCION DE LA TECNOLOGIA Y SUS ASPECTOSpptx
EVOLUCION DE LA TECNOLOGIA Y SUS ASPECTOSpptx
 
investigación de los Avances tecnológicos del siglo XXI
investigación de los Avances tecnológicos del siglo XXIinvestigación de los Avances tecnológicos del siglo XXI
investigación de los Avances tecnológicos del siglo XXI
 
Innovaciones tecnologicas en el siglo 21
Innovaciones tecnologicas en el siglo 21Innovaciones tecnologicas en el siglo 21
Innovaciones tecnologicas en el siglo 21
 
redes informaticas en una oficina administrativa
redes informaticas en una oficina administrativaredes informaticas en una oficina administrativa
redes informaticas en una oficina administrativa
 
PROYECTO FINAL. Tutorial para publicar en SlideShare.pptx
PROYECTO FINAL. Tutorial para publicar en SlideShare.pptxPROYECTO FINAL. Tutorial para publicar en SlideShare.pptx
PROYECTO FINAL. Tutorial para publicar en SlideShare.pptx
 
How to use Redis with MuleSoft. A quick start presentation.
How to use Redis with MuleSoft. A quick start presentation.How to use Redis with MuleSoft. A quick start presentation.
How to use Redis with MuleSoft. A quick start presentation.
 
Avances tecnológicos del siglo XXI 10-07 eyvana
Avances tecnológicos del siglo XXI 10-07 eyvanaAvances tecnológicos del siglo XXI 10-07 eyvana
Avances tecnológicos del siglo XXI 10-07 eyvana
 
Resistencia extrema al cobre por un consorcio bacteriano conformado por Sulfo...
Resistencia extrema al cobre por un consorcio bacteriano conformado por Sulfo...Resistencia extrema al cobre por un consorcio bacteriano conformado por Sulfo...
Resistencia extrema al cobre por un consorcio bacteriano conformado por Sulfo...
 
Buenos_Aires_Meetup_Redis_20240430_.pptx
Buenos_Aires_Meetup_Redis_20240430_.pptxBuenos_Aires_Meetup_Redis_20240430_.pptx
Buenos_Aires_Meetup_Redis_20240430_.pptx
 

Obstetricia forence terminado 04 de julio ç

  • 1. OBSTETRICIA FORENCE RESUMEN Tiene que ver con el aborto, con el aborto criminal o las consecuencias de un aborto indicado por salud de la madre, del feto, etc. Obstetricia forense, tiene una serie de interpretaciones que están todas contempladas por un articulado del código penal y directamente, en un comienzo, en el código civil. El primero trata, también como resumen, de una serie de normas conducentes, en el fondo, a buscar la responsabilidad y otorgar el castigo correspondiente, la forma de indemnizar del victimario hacia la victima, eso es el código penal, normas de conductas. El código civil, nos relaciona a todos Bajo este código esta contemplada la relación entre las personas, el respeto mutuo que debemos tener, hasta el momento que este se rompe, primero de palabra y de palabra se pasa a los hechos y de los hechos se puede pasar a la preterintención, la agresión directa en donde uno dice, que no quería hacer eso, pero ocurrió, esto es un atenuante. ABSTRACT It has to do with abortion, with abortion or criminal consequences indicated by a maternal, fetal abortion, etc. Forensic obstetrics, has a number of interpretations that are all covered by a body of the penal code and directly, at first, in the civil code. The first is, also as a summary of a series of rules conducive, basically, to seek accountability and provide the appropriate punishment, how to compensate the perpetrator to the victim, that is the criminal code, rules of behavior. The civil code, we related all this code is provided under the relationship between people, mutual respect we should have, so far this is broken, first by word and word is passed to the facts and the facts can pass into preterintención, direct aggression where one says, he did not want to do that, but it happened, this is a mitigating factor. INTRODUCCIÓN Es la disciplina de carácter medico encargada de analizar los partos o nacimientos normales o anticipados. En este trabajo pretendo explicar los temas relacionados con la materia partiendo desde la fecundación el desarrollo del embrión en esta etapa para poder explicar posteriormente el embarazo, sus características, sus signos de presunción hasta la certeza misma. También abordar lo que es el parto, nacimiento y alumbramiento las opciones y mecanismos empleados en
  • 2. cada uno de ellos y las probables complicaciones. La filiación desde el punto de vista jurídico así como la paternidad con respecto al Código Civil. Sin olvidas tocar el tema del aborto tanto voluntario como involuntario, sus características, los riesgos de la misma, la causal ovulares y las maternales De desarrollan los puntos del tema Formas de privar de la vida a menores infantes como asfixia, sumersión, golpes, estrangulamiento. DESARROLLO DEL TEMA 1.- OBSTETRICIA Y OBSTETRICIA FORENSE La Obstetricia (del latínobstare «estar a la espera») es una rama de las Ciencias de la salud que se ocupa de la mujer en todo su periodo fértil (embarazo, parto y puerperio), comprendiendo también los aspectos psicológicos y sociales de la maternidad. Los profesionales de la salud especializados en atender los partos normales se llaman, dependiendo del país, matrona/matrón u obstetriz/obstetra. Obstetricia, rama de la medicina que se ocupa del embarazo, parto, y del periodo inmediatamente posterior al nacimiento. Cuando los conocimientos que constituyen su objeto están dirigidos a abordar la problemática médico-legal pertinente, entramos en el caso especifico de la Obstetricia Médico-Legal. La Obstetricia Forense; es la rama de la medicina legal que se encarga de la aplicación del conocimiento médico sobre el embarazo y el nacimiento a situaciones de implicancia legal. 1.- Embarazo o Gestación Se denomina embarazo o gravidez (del latín gravitas) al período que transcurre entre la implantación en el útero del óvulo fecundado y el momento del parto en cuanto a los significativos cambios fisiológicos, metabólicos e incluso morfológicos que se producen en la mujer encaminados a proteger, nutrir y permitir el desarrollo del feto, como la interrupción de los ciclos menstruales, o el aumento del tamaño de las mamas para preparar la lactancia. El término gestación hace referencia a los procesos fisiológicos de crecimiento y desarrollo del feto en el interior del útero materno. En teoría, la gestación es del feto y el embarazo es de la mujer, aunque en la práctica muchas personas utilizan ambos términos como sinónimos. 2.- Procedimientos Diagnósticos: El diagnóstico del embarazo puede realizarse, en los casos de interés médico-legal, a través de signos clínicos peculiares o mediante determinadas pruebas biológicas. En algunos casos especiales, como por ejemplo, para aseverar un embarazo gemelar, se puede acudir al diagnostico radiológico. Signos clínicos: Según los méritos de convicción que arrojen en orden a
  • 3. comprobar el estado de preñez, se puede clasificar en: Sedenominan también maternos, porque se desprenden de observacionespracticadas en determinadas modificaciones anatómicas y fisiológicas delorganismo materno con motivo del estado de gravidez. 3.- SIGNOS DE POSIBILIDAD. b) Signos de Probabilidad. Sedenominan igualmente fetales, en virtud de que se basan en la constatacióndirecta de la presencia del feto en el claustro materno, como serían lapercepción de los latidos fetales, los movimientos activos del feto y elbaloteo o balotamiento fetal. c) Signos de Certeza. a) Signos de Posibilidad: Se identifican con ciertos fenómenos simpáticos debido a una exaltación funcional del parasimpático en los primeros mese de la gestación; consisten en sensaciones de malestar y de astenia, vértigos, anorexia, vómitos especialmente matutinos, náuseas, otros. b) Signos de Probabilidad: Mencionaremos los siguientes de carácter anatómico: la pigmentación de la piel de la cara (cloasma gravídico), debido a la influencia de determinas hormonas ovario- placentarias sobre el sistema pigmentógeno cutáneo; el abultamiento del vientre; las estrías abdominales por efecto de la distensión de la piel a consecuencia del embarazo; la turgencia de las glándulas mamarias, con la formación de una aréola pigmentada secundaria y la procedencia de los tubérculos de Montgomery. Mayor valor, en cuanto concierne a la diagnosis de la gravidez tienen las modificaciones de la coloración de los genitales externos y la vagina, así como las modificaciones del volumen y de la consistencia del útero. Acerca de las variaciones de coloraciones de los genitales, es de anotar que éstos asumen un colorido que tiende al rojo vinoso lívido, conjuntamente con la apariencia tumefacta, fenómenos a los cuales se une una secreción muco- serosa vaginal, denominada leucorrea gravídica. En lo que respecta al aumento de volumen del útero se acentúa con el progreso de la gestación y determina la globosidad del abdomen. Después de la nidación del huevo se inician los fenómenos de hipertrofia e hiperplasia de la fibra muscular uterina que explican esa manifestación. Ya al final del tercer mes de la gestación, la palpación abdominal permite apreciar el útero engrosado, llegando en el curso del embarazo a aumentar entre 18 y 20 veces su peso y cerca de 36 veces su volumen.Es el engrosamiento del útero lo que precisamente provoca la distensión del abdomen ocasionando las ya mencionadas estrías abdominales o gravídicas. Como signo fisiológico de probabilidad, debe mencionarse en primer lugar la suspensión del ciclo menstrual
  • 4. (amenorrea gravídica), siendo de advertir que este signo puede también presentarse en múltiples circunstancias del embarazo. Otro signo es la secreción de serosidad o de algunas gotas de calostro al exprimir las glándulas mamarias. c) Signos de Certeza: Destacaremos que la presencia del feto en el claustro materno puede verificarse por percepción de sus partes mediante la palpación abdominal; por apreciación de sus movimientos espontáneos; y, por auscultación de sus latidos cardiacos. A estos agregaremos el signo del balotamiento, después del 4º mes de la gestación, que se provoca mediante una maniobra de brusco impulso al cuerpo fetal tendiente a la identificación del feto por medio del desplazamiento producido por esa maniobra. 4.- CASOS LEGALES EN DONDE ES NECESARIO HACERLO Art. 17 C.C: EL FETO SE TENDRÁ COMO NACIDO CUANDO SE TRATE DE SU BIEN. Art. 120 ord. 2 C.C: CUANDO LA MUJER QUE NO TENGA LA EDAD EXIGIDA, HAYA CONCEBIDO. Dispone que el matrimonio contraído por personas que no hubiesen llegado a la edad requerida para contraerlo válidamente (12 y 14años) no podrá impugnarse. Las referentes a lafiliación de los hijos concebidos durante el matrimonio, incluidas en los Arts. 197, 198, 199, 200 y 255 C.C. En caso del fallecimiento del marido. El embarazo de la viuda suspende la toma de posesión de la herencia. Si el niño nace vivo se le declara heredero. En materia de donación. Los hijos por nacer pueden recibir donaciones, aun sin que se hayan concebido. (Art. 1443 del CCV). Art 809 ord 1 C.C: LOS QUE EN EL MOMENTO DE APERTURA DE LA SUCESION NO ESTEN TODAVIA CONCEBIDOS. Se consideran incapaces para suceder. En los casos de suposición de parto. Cuando una mujer simula o supone un embarazo y presenta como suyo un niño el cual no es, por razones sucesorales o para retener al amante. Como prueba de adulterio. Al probarse que el marido no tiene capacidad (impotencia manifiesta) para cohabitar con su esposa. Art. 47 C.P: EL CASTIGO DE UNA MUJER ENCINTA, CUANDO POR CAUSA DE ÉL PUEDAN PELIGRAR SU VIDA O SU SALUD, O POR LA VIDA O LA SALUD DE LA CRIATURA QUE LLEVA EN SU SENO, SE DIFERIRÁ PARA DESPUÉS DE SEIS MESES DEL NACIMIENTO DE ESTA, SIEMPRE QUE VIVA LA CRIATURA. Para apreciar la excusa de las mujeres delincuentes (delirium maníaco- depresivo o melancólico y/o psicosis
  • 5. puerperal). Que deben ser apreciados y demostrados como causas de inimputabilidad. Art.414 C.P; Considera como lesión personal gravísima la cometida CONTRA UNA MUJER ENCINTA, CUANDO POR EFETO DE ELLA LE HUBIERE OCASIONADO EL ABORTO. Art.145 C.P; Tipifica como lesión grave las mismas circunstancias expresadas respecto del art. 414, cuando se le causa a la mujer grávida el parto prematuro. ARTS. 430 AL 434 C.P: Hace referencia al aborto. ELEMENTOS PARA CONSIDERAR EL DELITO DE ABORTO. 1. Existencia de un embarazo. 2. Existencia de un feto vivo al cual se le produzca la muerte. 3. Acción Humana. Todo acto encaminado a dañar al feto. 4. Medios o métodos abortivos. • Para que exista el aborto, debe existir un embarazo necesariamente. Si el feto está muerto y la madre lo expulsa, no se puede hablar de aborto. • El aborto constituye, todos los actos encaminados para la interrupción violenta o provocada del embarazo, los cuales van a actuar sobre la madre, embrión o feto con el fin de producir la muerte de ese producto. ABORTO. a. Bien jurídico protegido. La vida fetal. Es importante para determinar el delito. b. Acción. Todo lo que se encamina para conseguir un resultado, en este caso el aborto. Es la circunstancia conducta desarrollada por el sujeto activo. c. Tipicidad. “encuadernación del hecho en la norma”. El delito de aborto se encuentra contemplado en el Código Penal venezolano, el cual establece una clasificación que va desde el artículo 430 al 434. Allí se establece este tipo penal con las características que deben ser idénticas al hecho ocurrido en la realidad. Deben encuadrar perfectamente. d. Antijuricidad. El bien jurídico protegido. Ejemplo. Una mujer, entre 6 y 7 meses de movimiento en la cavidad uterina, y por acción de ella, de un médico o un tercero se le acelera el parto, no puede ser considerado como aborto porque el resultado no fue la muerte, lo que hay es un parto prematuro. Ejemplo. Aborto en paciente con seis meses de embarazo y lo encierro como parto prematuro. ¿Por qué se origina? No hay antecedentes, no hay la existencia actividad uterina y tampoco hay rompimiento de fuente. Por ejemplo, le inyectan pitocin y la hacen dar a luz, sale el producto y sale vivo, pero como no tenía maduración pulmonar y no se le aplicó lo necesario muere ese producto. Ese no es un parto normal, es un parto provocado y entra a ser un aborto. CLASIFICACIÓN DEL ABORTO. El Código Penal establece cinco tipos de aborto.
  • 6. 1. Aborto procurado. Art. 430 CPV. 2. Abortó provocado o consentido. Art. 431 CPV. 3. Abortó sufrido. Art. 432 CPV. 4. Aborto provocado por facultativo. Art. 433. 5. Aborto honoris causa. (por causa de honor) Art. 434 CPV. Explicación. 1. Aborto procurado. (Artículo 430 CPV) el daño lo produce la misma mujer con intención o con ayuda de un 3ro. “la mujer que intencionalmente abortare, valiéndose para ello de medios empleados por ella misma, o por un tercero, con su consentimiento, será castigada con prisión de seis meses a dos años”. • La mujer se produce el daño con intención. • Sujeto activo calificado-la mujer embarazada. • Dolo directo. • Hecho por ella o por un tercero bajo su consentimiento. • Expulsión del feto. • Bien protegido: la vida fetal. 2. Aborto consentido o provocado. (Artículo 431 CPV) lo realizan terceras personas con el consentimiento de la mujer embarazada. “el que hubiere provocado el aborto de una mujer con el consentimiento de esta, será castigado con prisión de 12 a 30 meses. Si por consecuencia del aborto y de los medios empleados para efectuarlos, sobreviene la muerte de la mujer, la pena será de presidio de tres a cinco años; y será de cuatro a seis años si la muerte sobreviene por haberse valido de medios más peligrosos que los consentidos por ella”. • Aborto consentido. • Sujeto activo indeterminado. Tercero independiente. • Dolo eventual y concurrencia de delitos. • Agravante. • No hay intención de matar a la mujer. • Si va más allá de los medios consentidos por ella la pena se agrava. 3. Aborto sufrido. (artículo 432 CPV) no hay consentimiento. Lo padece la mujer embarazada sin estar de acuerdo, con los medios que le están practicando y sin tener autorización. “el que haya procurado el aborto de una mujer, empleando sin su consentimiento o contra la voluntad de ella, medios dirigidos a producirlo, será castigado con prisión de 15 meses a tres años. Y si el aborto se efectuare, la prisión será de tres a cinco años. Si por causa del aborto o de los medios empleados para procurarlo, sobreviene la muerte de la mujer, la pena será de presidio de seis a 12 años. Si el culpable fuera el marido, las penas establecidas en el presente artículo se aumentarán en una sexta parte”. • No hay consentimiento. • Sujeto activo indeterminado. • El sujeto pasivo es el feto y la mujer. Hay dualidad de sujeto pasivo. • Se agrava por el grado de intencionalidad. • El primer caso del artículo, cuando el aborto se efectúa establece una pena de tres a cinco años. • Si muere la mujer por los medios empleados o por el aborto, presidio de seis a 12 años. • Si el culpable es el marido, es decir, es el sujeto activo, hay un agravante y por lo tanto un aumento de la pena de
  • 7. seis meses, el delito pasa a ser calificado… 4. Aborto provocado por facultativo. (es llamado aborto agravado) (artículo 433 CPV). Este aborto es provocado por profesionales de la ciencia reglamentados en el área de la salud, el último aparte cataloga el aborto facultativo. “cuando el culpable de alguno de los delitos previstos en los artículos precedentes sea una persona que ejerce el arte de curar o cualquier otra profesión o arte reglamentados en interés de la salud pública, si dicha persona ha indicado, facilitado o empleado medio con los cuales se ha procurado el aborto en que ha sobrevenido la muerte, las penas de ley se aplicarán con el aumento de una sexta parte. La condenación llevará siempre como consecuencia la Suspensión del ejercicio de la profesión del culpable, por tiempo igual al de la pena impuesta. No incurrir en pena alguna el facultativo que provoca el aborto como medio indispensable para salvar la vida de la parturienta”. • Sujeto activo calificado. Profesional de la ciencia reglamentado en el área de la salud. Enfermera o enfermeros, médicos… • Sujeto pasivo calificado. El producto o la madre. • Pena accesoria. La suspensión del ejercicio arte o profesión del culpable, por el tiempo que dure la pena impuesta. • Es un aborto agravado. Excepción: último aparte del artículo 433. Aborto terapéutico o facultativo. el aborto terapéutico puede ser considerado como otro tipo deOJO aborto cuando está en peligro la vida de la mujer. Se realiza en estado de necesidad se debe tomar una decisión entre la vida que debe protegerse, la dependiente o la independiente. Es el aborto practicado legalmente por un médico en una mujer gestante enferma, con compromiso de su vida. 5. Aborto Honoris Causa o por causa de honor. (se denomina aborto atenuado) (artículo 434 CPV). “las penas establecidas en los artículos precedentes se disminuirán en la proporción de uno a dos tercios y el presidio se convertirá en prisión, en el caso de que el autor del aborto lo hubiera cometido para salvar su propio honor o la honra de su esposa, de su madre, de su descendiente, de su hermana o de su hija adoptiva”. • Es un tipo penal en desuso. • Lo llaman aborto atenuado. PROCEDIMIENTOS DE TIPO ABORTIVO. 1. PARA EL ABORTO CRIMINAL. A. SUSTANCIAS ABORTIVAS. Todo tóxico o medicamento que va a producir un daño orgánico a nivel de la madre, con alteración a nivel de funcionamiento uterino o a nivel del feto o embrión. Ejemplo. Pastillas que modifican el útero, químicos puede ser reacción sistémica (purgantes, irritantes, digestivos, irritantes genitourinarios, quinina, alcaloides de la ergotamina, estrógenos, plomo, fósforo, mercurio, etc); O de la acción local (inyección de permanganato de potasio, bicloruro de mercurio, arsenicales, formol, fenol, etc.). EJEMPLO: a. EL CYTOTEC. (misoprostol 200mcg). Es un tóxico, pertenece a la familia de las prostaglandinas. Está indicado sólo para la profilaxis y tratamiento úlceras. Es un protector
  • 8. gástrico. Cuando entra el útero provoca la dilatación y el trabajo de parto, ruptura de la fuente y expulsión del feto o del embrión debido a la modificación del funcionamiento del útero por esta sustancia. B. MÉTODOS ABORTIVOS. Todo medio de tipo instrumental que va actuar directamente a nivel de la vagina, cuello uterino, cavidad uterina o del contenido de esa cavidad uterina, es decir en el embrión o feto. Ejemplos. a. Tallo de laminaria. Método que Produce aborto por dilatación de la cérvix. Pedazos de vegetal que son colocados en la cavidad vaginal y con la humedad de la mucosa uterina, ésta comienza expandirse, dilatarse y produce una abertura para acelerar el trabajo de parto. Se utiliza como técnica coadyuvante Es un tallo de alga seca del género Laminaria que es altamente higroscópico. Después de su inserción en el cuello uterino absorbe los líquidos del canal cervical, aumenta de tamaño y produce dilatación cervical. La dilatación cervical se inicia a las 6 horas y alcanza su máxima expansión entre 12 y 24 horas luego de su inserción. a. Bujía de Hegar. Método que Produce aborto por dilatación de la cérvix. Se introducen en la cavidad vaginal para abrir el cuello del útero y provocar la expulsión del producto. Serie de tallos cilíndricos rígidos, cuyo diámetro aumenta I mm por bujía y que sirven para obtener la dilatación extemporánea del cuello del útero. Tallo de Hegar. Técnica coadyuvante. CAUSAS DEL ABORTO SEGÚN ALFREDO STHORY OVALLES. 1. Causas de tipo económico. Falta de empleo; tienen los recursos necesarios para la subsistencia de ellos y no de una nueva persona; estado de pobreza; la mujer en el sostén de la familia, exceso de hijos. 2. Causas médicas. El aborto de tipo terapéutico, hay presencia de una enfermedad que pone en peligro la vida de la madre. Por ejemplo. Embarazo de tipo ectópico. Se produce fuera de la cavidad uterina, el embrión no llega a producir la dilación o implantación dentro de la cavidad uterina, se desarrolla fuera del útero, en las trompas de Falopio o en la cavidad abdominal. . 3. Causas de tipo eugenésico. El feto viene con anomalías congénitas o malformaciones congénitas. Consiste entonces, en la interrupción del embarazo, el mismo que presenta ciertas condiciones del feto, como alteraciones cromosómicas y defectos congénitos. 4. Causa de tipo estética. En la mujer predomina su aspecto físico belleza y elegancia. 5. Tipo social. Vida social muy activa, fiestas, viajes, y un embarazo altera todo su sistema de vida. 6. Tipo laboral. Son mujeres que abortan para no perder el empleo, porque viven en condiciones precarias, porque tiene muchas necesidades. 7. Por honor. Se observa las mujeres solteras y casadas. Es practicado para ocultar la deshonra de la mujer. COMPLICACIONES DEL ABORTO. 1. Muerte por inhibición. Por estímulos muy pequeños que no provocan daños significativos a ese organismo, pero que son de suficiente magnitud para provocarle la muerte esa mujer. Ejemplo. Infección por curetajes,
  • 9. septicemia, perforación vaginal, peritonitis, quemaduras por líquidos calientes o ácidos (aspirina). Explicación. Mujer que llega al consultorio de un médico y quiere abortar, se le practican los curetajes, se le mete una cuchara en la cavidad uterina y se comienza a dar vueltas para provocar la destrucción de todo su contenido, para sacarlo por fragmentos, se produce una hemorragia. • Se presenta el problema cuando la cuchara está infectada y la mujer desarrolla una infección gravísima por el curetaje. • Cuando el médico está en la última capa y perfora el contenido intrauterino, la mujer desarrolla una peritonitis y muere. • Por quemaduras, por líquidos calientes o ácidos, como la aspirina que hacen que se desarrolle un proceso inflamatorio que provoca la contracción para eliminar el producto. CONCLUSIONES La obstetricia forense puededefinirse como la aplicación del conocimiento medico sobre el embarazo y el aborto a situaciones de implicancia civil o penal en el campo jurídico; por tanto su campo de acción se extiende al embarazo, parto,nacimiento, paternidad, aborto, etc. Se denomina gestación, embarazo o gravidez al período que transcurre entre la implantación en el útero del óvulo fecundado y el momento delparto. Comprende todos los procesos fisiológicos de crecimiento y desarrollo del feto en el interior del útero materno, así como los importantes cambios fisiológicos, metabólicos e incluso morfológicosque se producen en la mujer encaminados a proteger, nutrir y permitir el desarrollo del feto, como la interrupción de los ciclos menstruales, o el aumento del tamaño de las mamas para preparar lalactancia. En la especie humana las gestaciones suelen ser únicas, aunque pueden producirse embarazos múltiples. La aplicación de técnicas de reproducción asistida está haciendo aumentar la incidencia deembarazos múltiples en los países desarrollados. El embarazo humano dura unas 40 semanas desde el primer día de la última menstruación o 38 desde la fecundación (aproximadamente unos 9 meses). BIBLIOGRAFÍA  Cabello. V.P. Psiquiatría forense en el derecho penal, Buenos Aires, Hammurabi, 1984.  Código Penal y Leyes complementarias, Buenos Aires, A-Z Editora, 1994.  Código Procesal Penal de la Nación, Buenos Aires, A-Z Editora, 1994.  DMS III R y DSM IV, Clasificación de los trastornos mentales.  Ey H. y col., Tratado de psiquiatría, Barcelona, Toray Masson, 1969.  Frías Caballero, Inimputabilidad penal, Buenos Aires, Ediar, 1981.  Massip, J. Garrido, E. (2.000) La evaluación de la credibilidad del testimonio en contextos judiciales a partir de indicadores conductuales. Anuario de Psicología jurídica Vol.10, 93- 133.