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Revista Digital Quincenal


                   Año IX - Nº 188 – 18 de Enero de 2010 - San Luis - Argentina




                                             EDITORIAL: NUEVAS TECNOLOGIAS.
                                             NUEVOS DERECHOS. PARTICIPACION
                                                           ACTIVA
                                                “Los ciudadanos debemos participar para que se
                                        hagan realidad “derechos adquiridos” y para que los marcos
                                           de protección de nuestros derechos acompañen los
                                        procesos de expansión de las nuevas tecnologías. La ley o
                                            norma, por si mismo, no modifica conductas de los
                                                    proveedores de bienes y servicios”.-
                                              EL “TRANSPUNTANO”: TRANSICION
                                                   EXTENDIDA Y CONTROL DE
                                                   FRECUENCIAS. LA PRIMERA
                                                    EVALUACION DE ADEUCO
                                               “La frecuencia es el tema que preocupa al usuario. En
                                           muchos casos, usuarios denuncian frecuencias de 45
                                         minutos. 48 son las unidades que hoy tienen a su cargo
                                          el transporte urbano. ADEUCO sostiene que se debería
                                         reforzar la oferta, de manera de mejorar las frecuencias”.-
                                              ADEUCO SOLICITO AUDIENCIA CON
                                               EL MINISTRO DE EDUCACION DE LA
                                                          PROVINCIA
                                              “ADEUCO formalizo mediante un escrito presentado el
                                          pasado 8 de enero, un pedido de audiencia con el Ministro
                                         de Educación, Lic. Fernando Salino. La ONG insiste con la
                                        incorporación de los derechos del consumidor en la curricula
                                          escolar formal, y pretende analizar una propuesta elevada
                                         hace mas de un año sobre el funcionamiento del sistema de
                                                    educación publica de gestión privada”.-
                                                Bº JOSE HERNANDES: VECINOS
                                                     SUFRIERON DAÑOS EN
                                               ARTEFACTOS. ADEUCO INTERVINO.
                                                    EDESAL SE HARA CARGO
                                                 " El día jueves 12, la Subgerente de Pequeñas
                                            Demandas se comunico con el titular de ADEUCO,
                                        oportunidad en la que le informo que, de acuerdo al informe
                                         técnico, el problema se habría originado en una conexión
                                                          clandestina en la zona”.-



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 FALLOS A FAVOR DE LOS USUARIOS:
                                                OBLIGAN A BANCOS RESTITUIR CARGOS
                                                          MAL COBRADOS
                                                       “Las sentencias toman en consideración la prueba
                                               pericial cumplida por expertos de ciencias económicas que
                                              constataron la falta de registración de los costos específicos
                                              por el mentado mantenimiento de cuenta. Por eso obligan a
                                                    las entidades a devolver las comisiones cobradas
                                             indebidamente, aunque los veredictos deberán ser ratificados
                                                      o rectificados por la Cámara de Apelaciones".-
                                                        LA IMPORTANCIA DEL PRINCIPIO
                                                        PRECAUTORIO EN LA GENERACION
                                                        DE BIOCOMBUSTIBLES A BASE DE
                                                                    SOJA
                                                      "En 1992 en Río de Janeiro, Brasil, se aprobó la
                                              Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo,
                                              donde se consagra la relevancia del principio precautorio”.-.


                                                    TRANSPORTE DE LARGA DISTANCIA:
                                                     LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS
                                                               USUARIOS
                                                    “Usted podrá radicar su denuncia directamente ante las
                                              empresas operadoras. Debe comunicarse telefónicamente a
                                             los Centros de Atención al Pasajero y explíquele el problema.
                                                Le dará un número de reclamo, si no, exíjalo, así como el
                                                 tiempo estimado de solución. Si el inconveniente no fue
                                               solucionado en tiempo y forma o si la solución no es de su
                                                     satisfacción, entonces comuníquese con CNRT.-
                                              NOTI – CONSUMO
            Mar del Plata: Lanzaron el primer Tribunal de Consumo Turístico.-
            Argentina: Desarrollan tecnología para eliminar residuos de glifosato del agua.-
            Bs. As: A tres años de su vigencia, el 70 % de los comercios incumple ley de talles.-
            ANMAT: Prohíben la venta de producto fabricado en San Luis.-
            Bs As: Mujer se puso implantes mamarios, se rompieron y debió ser indemnizada.-
            Paraná (Entre Ríos): 1.400 reclamos gestiono defensa del consumidor municipal.-
            España: Edificios construidos a partir del 2020 deberán ser altamente ecológicos.-
            El Salvador: Compromiso para impulsar educación al consumidor en las escuelas.-
            Chile: Empresa indemniza a persona porque cajera rompió billete que creyó falso.-
            Chile: 64 % de empresas de servicios vulnera normas protección datos personales.-
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                                                    ASOCIACION DE DEFENSA DE USUARIOS Y
                                                          CONSUMIDORES (ADEUCO)
                                                            Asociación Civil Sin Fines de Lucro
                                                     Sede Central: Neuquén 426 - San Luis - C.P 5700
                                                             Tel: 02652 - 444039 – 15554293
                                                      Correo Electrónico: adeuconline@yahoo.com.ar
                                                                   Correo Electrónico:
                                                         adeuco_comunicación@yahoo.com.ar



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                                             Editorial: NUEVAS TECNOLOGIAS. NUEVOS
                                                DERECHOS. PARTICIPACION ACTIVA
                                           Las nuevas tecnologías trajeron consigo nuevos desafíos.
                                    La telefonía celular e internet, son servicios que se han
                                    expandido de manera fenomenal en los últimos años.-
                                           Sin dudas que, en esa “carrera expansiva”, la telefonía
                                    celular tiene estadísticas que son contundentes, algunas de las
                                    cuales vale la pena recordar, para dimensionar de que estamos
                                    hablando. En el año 2005, según datos oficiales del Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), en la argentina había 20.371.000 celulares
activados, mientras que a marzo del 2009, las líneas habilitadas según la Comisión Nacional de
Comunicaciones (CNC) alcanzaban los 41.736.898. Es decir, un 104,9 % de crecimiento en la
telefonía celular en el país. Por si hace falta aclarar, estamos hablando de más celulares
habilitados que cantidad de habitantes (40.134.425, según el último censo).-
       La misma relación se da en muchos países. Por ejemplo, en Alemania, en 1996 tenían
5.600.000 contratos de telefonía celular, y en una década paso a contar con 82.800.000
abonados a la telefonía móvil, en un crecimiento espectacular. Esta cifra data del 2006, cuando
Alemania contaba con 82 millones de habitantes. Un 1364,3 % de crecimiento. Es decir, se
vuelve a repetir la ecuación de más contratos de telefonía celular habilitados que habitantes.-
       En cuanto a internet, también es un servicio que se expandió fuertemente, aunque los
datos estadísticos no sean “tan contundentes” como los de la telefonía celular. El desarrollo del
sector privado, mas las políticas de incentivación a la inclusión digital, han posibilitado que
cada día sean más los ciudadanos que se incorporan a la red de redes. En 1996 se registraban
en la argentina 80.000 accesos a internet, mientras que diez años después, en el 2006, el nivel
de acceso alcanzo los 13.000.000, y obviamente, siguió creciendo.
                                            Una mayor protección
       Si bien tenemos los consumidores y usuarios un régimen legal de protección que
consagra, por ejemplo, el derecho a la información y el derecho al trato digno, entre otros. Es
necesario un marco más específico de regulación de servicios que, como ya lo hemos
señalado, han tenido un crecimiento fenomenal en poco más de diez años en la argentina.-
       Además de conquistar nuevos derechos, es necesario “concretar” viejos derechos
vinculados a las nuevas tecnologías. Un caso paradigmático en el de la portabilidad numérica,
un derecho consagrado hace 10 años, pero que, al no haber sido reglamentado el sistema, aun
no se pone en práctica en la argentina. Casualmente, el pasado 1º de enero del 2010, Perú
puso en vigencia la portabilidad, y se sumo de esta manera a una cantidad importante de
países donde los usuarios pueden gozar de este derecho.
                      Participar, de todas las maneras, para un mejor consumo
       La telefonía celular, y las vicisitudes que nos tocan vivir a los usuarios, han provocado que
miles de ciudadanos hayan participado en el apagón de una hora, del pasado 12 de enero en
todo el país. Protestando por los aumentos, pero también proponiendo: que la telefonía móvil
sea declarada un “servicio público”. Una lucha que tendrá continuidad, y que seguramente
tendrá su correlato en el parlamento nacional. Es una lucha colectiva, como la que tenemos que
dar con el servicio de internet. En Brasil, por ejemplo, el Congreso analizará, a partir de marzo
de este año, un proyecto de ley para un nuevo marco regulatorio de internet producido por el
ministerio de Justicia, que contendrá los derechos de los usuarios de la red global, sus
responsabilidades y los deberes del Estado.
       Los ciudadanos debemos participar para que se hagan realidad “derechos adquiridos” y
para que los marcos de protección de nuestros derechos acompañen los procesos de
expansión de las nuevas tecnologías. La ley o norma, por si mismo, no modifica conductas de
los proveedores de bienes y servicios. Eso requiere de un proceso del que debemos ser actores
protagónicos, demandando, proponiendo, y ejerciendo un consumo responsable.-
                                                                                      (*) Jorge Olguin



Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina                                      p. 3 de 21
Director de Bajo La Lupa del Consumidor
         EL “TRANSPUNTANO”: TRANSICION EXTENDIDA Y CONTROL
          DE FRECUENCIAS. LA PRIMERA EVALUACION DE ADEUCO
                                          Se cumple una semana desde que la empresa
                                       “Transpuntano” comenzó a prestar el servicio de transporte
                                       público en la ciudad capital de San Luis. Efectivamente, el
                                       once (11) de enero - exactamente once días después de lo
                                       previsto, las unidades - contratadas por la empresa local,
                                       al grupo empresario mendocino “El Cacique S.A” -,
                                       comenzaron a circular, cumpliendo con el mismo recorrido
                                       que antes realizaron SAISA, y hasta el 10 de enero, la
                                       UTE santafesina.-
                                                Primera conclusión: “Transición extendida”
       Luego de que la primera licitación convocada por la Intendente Municipal, fuera declarada
desierta en el 2008, y se apelara al concurso de precios que derivo en la “concesión
provisoria” por un año a la Unión Transitoria de Empresas (U.T.E) conformada por las
empresas santafesinas El Recreo S.R.L, y Autobuses Santa Fe S.R.L, desde ADEUCO se
califico a la etapa que se inicio en enero/2009 y concluía el 31 de diciembre/2009, como una
“etapa de transición”. ¿Por qué motivo? Los motivos eran obvios. Difícilmente se le podía exigir
a una empresa con un contrato precario de un año, que cumpla con las condiciones que prevé
un pliego de bases y condiciones para un contrato con, por lo menos, cinco años de extensión.-
       La nueva licitación del 2009, abrió la expectativa de comenzar el 2010 con un servicio
encuadrado en los requisitos del pliego, pero su “controvertido” final (se declaro fracasada,
cuando había dictamen de la comisión de pre-adjudicación para que las empresas santafesinas
continuaran con una concesión definitiva), volvió a colocar en el centro de la escena, la cuestión
de la transición, lo que efectivamente se materializo cuando el 1º de enero el Transpuntano no
se pudo hacer cargo del servicio, debiendo el municipio recurrir a la misma empresa a la que le
bajo el pulgar, ganando el tiempo para encontrar la manera de garantizar la prestación del
servicio, cosa que finalmente ocurrió no sin antes “sudar la gota gorda”.-
       Sin maquinas expendedoras de boleto, sin boleto combinado, sin tarjetas prepagas,
                    sin 0800 y sin unidades adaptadas para discapacitados
       Todos estas cuestiones, implican “no ajustarse” (por no decir incumplir) al pliego se
bases y condiciones. Otro dato importante, que surge de la información que se viene publicando
por estos días, es que la oferta en cantidad de unidades no alcanzaría el máximo que se ofreció
en el marco de la licitación finalmente fracasada. Las distintas oferentes garantizaban entre 85 y
91 unidades funcionando a full, mientras que según la escasa información disponible, en Marzo
(cuando comienza la etapa de mayor demanda) se llegaría a 80 unidades, lo que nos hace
especular que se puede acentuar el problema de la falta de oferta, sobre todo en los horarios
pico.-
                                    En la cancha se ven los pingos
       Lo hecho, hecho esta. Los usuarios debemos demandar que esa “transición” se acorte al
mínimo de tiempo, y que el servicio se encuadre a lo dispuesto en el pliego de bases y
condiciones. Por estas horas, si analizamos las perspectivas que teníamos a mediados del año
2009, con la licitación en proceso, la sensación es que hemos retrocedido.-
          Frecuencias: La “H” y la “D” de lo mejor. La “E” y la “N” y la “BCG”, de lo peor
       Desde la Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (ADEUCO), se dispuso un
seguimiento de frecuencias, el que se instrumento desde el 11 de enero, y finalizo el lunes 18,
de manera de poder hacer una primera evaluación de este tema (las frecuencias) que forma
parte de la principal preocupación de los usuarios del servicio.-
       El control de frecuencias, se llevo a cabo los días lunes 11/01, martes 12, viernes 15,
domingo 17 y lunes 18/01, y abarco horarios de mañana, mediodía (hora pico), media tarde, y
tarde noche, tomando paradas de la periferia del caso céntrico, y otras ubicadas en el micro



Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina           p. 4 de 21
centro puntano. Entre las paradas que
                                                    ADEUCO utilizo para el relevamiento, se
                                                    encuentran las ubicadas en Calle Vicente
                                                    Dupuy y Estrada Ortiz (Bº San Martin), 9 de
                                                    Julio y Neuquén (Bº Rawson), Chacabuco y
                                                    Belgrano, y Chacabuco y Lavalle, en pleno
                                                    micro centro. La conclusión del estudio
                                                    llevado adelante por miembros de la entidad
                                                    de defensa de los consumidores, indica que
                                                    las     líneas  que    mas    irregularmente
funcionaron fueron las “E”, la “N” y la “BCG”, mientras que aquellas que fueron mas regulares
en relación a la frecuencia establecida, fueron la “H” y la “D”.-
             Algunos datos concretos del estudio de ADEUCO sobre las frecuencias
      La líneas “H”, que une el Bº CGT y el Eva Perón, entre las 16 y las 19 Hs del lunes 11 de
enero, mantuvo una frecuencia promedio de 16 minutos, con picos de 30 y con frecuencias
mínimas de 10 minutos. Este dato surge luego de controlar el paso de 17 coches, en la parada
de 9 de Julio y Neuquén, en la zona oeste de la ciudad capital.-
      La misma línea “H”, pero en este caso, entre las 9 y las 11 de la mañana del lunes 18 de
enero, mantuvo una frecuencia promedio de 15 minutos, según surge luego de controlar el
paso de 14 coches en la misma parada de 9 de julio y Neuquén.-
      La línea “D”, que une el Bº 118 Viviendas y el Bº AMEP, en los controles realizados el
viernes 15 de enero, entre las 12y30 y las 14,00, en dicha franja horaria pasaron seis unidades,
con frecuencias prácticamente normales. Por ejemplo, el primero paso a las 12,36, y fue
seguido por otros a las 12,51; 13,03; 13,19; 13,33, y 13,49, con un pico de frecuencia de 16
minutos, y una frecuencia mínima de 12 minutos.-
      En el control llevado a cabo en la parada del micro centro ubicada en Chacabuco y
Belgrano, el día viernes 15 de enero, en un horario pico, entre las 12 y 30 y las 14 horas, los
datos mas relevantes en que concluyo el estudio de ADEUCO, podemos mencionar:
       La línea “E”, que une el Bº AMPARE y la Penitenciaria, entre las 12 y30 y las 14,00,
paso en tres oportunidades. A las 12,54, luego a las 13,23, y finalmente a las 13,48, lo que
implica frecuencias en un horario pico de 29 y 25 minutos, respectivamente.-
      La línea BCG, que une el Puente Blanco y el Bº Santa Rita, en los controles realizados el
viernes 15 de enero, entre las 12y30 y las 14,00, en dicha franja horaria pasaron cinco
unidades, con picos de frecuencias de 34 minutos, y una frecuencia mínima de 9 minutos. El
primer coche pasó a las 12,39, seguido de 12,48; 13,05; 13,39; y 13,53.-
      La línea “N”, que une el Bº Libertad y el Bº Eva Perón, en los controles realizados el
viernes 15 de enero, entre las 12y30 y las 14,00, en dicha franja horaria pasaron solo cuatro
unidades, con picos de frecuencias de 31 minutos, y una frecuencia mínima de 15 minutos. El
primer coche pasó a las 12,41, seguido de 12,56; 13,27, y 13,49.-
         ADEUCO pedirá se incorpore a la brevedad, mas unidades para mejorar la oferta
      La frecuencia es el tema que mas preocupa al usuario. En muchos de los casos, y sobre
algunas líneas en particular, los usuarios denuncian frecuencias de 45 minutos y más. Según la
información oficial transmitida por los directivos de Transpuntano en los medios, serian 48 las
unidades que hoy tienen a su cargo las 10 líneas del transporte urbano de pasajeros en la
capital. ADEUCO sostiene que se debería reforzar la oferta, de manera de mejorar las
frecuencias.
                 La semana próxima, ADEUCO realizara presentación al municipio
      ADEUCO pedirá que se incorpore al menos una unidad mas por línea, en el menor tiempo
posible, a la vez que en la presentación que efectuara en la semana próxima, solicitara que el
municipio capitalino le informe cual será el cronograma establecido para ajustar el accionar
de Transpuntano Sapem a las condiciones requeridas por el pliego de bases y
condiciones, de manera que los usuarios podamos acceder al servicio en las condiciones
máximas de calidad que están establecidas.-




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ADEUCO SOLICITO AUDIENCIA CON EL MINISTRO DE EDUCACION
                    DE LA PROVINCIA
                                              La Asociación de Defensa de Usuarios y
                                       Consumidores (ADEUCO) formalizo mediante un escrito
                                       presentado el pasado 8 de enero, un pedido de audiencia
                                       con el Ministro de Educación de la Provincia de San Luis,
                                       Lic. Fernando Salino.
                                              La entidad de defensa de los consumidores
                                       puntanos insiste en la importancia que tiene que se
                                       definan políticas públicas activas de educación al
                                       consumidor, y también de la necesidad de revisar el
                                       funcionamiento del sistema de educación publica de
                                       gestión privada.-
                                      Puntos propuestas a debatir
      Los puntos centrales que la asociación plantea en la presentación, para ser analizados
con la máxima autoridad de educación del gobierno de la provincia, son:
                             1.Incorporación de los Derechos del Consumidor en la Curricula
Escolar del sistema de educación formal en la Provincia de San Luis.-
      2.       Propuesta para conformar una “COMISION DE SEGUIMIENTO DE
ARANCELES” en el sistema de educación pública de gestión privada.-
      3.       Solicitud de informes sobre la aplicación del “Bono Educativo”.-
                                   Consideraciones y antecedentes
      Los puntos señalados, vienen siendo impulsados por la ONG desde hace varios años, y
en ese sentido existen antecedentes de gestiones realizadas por ADEUCO ante diversos
organismos públicos, incluso el propio Ministerio. Para citar uno de esos antecedentes,
podemos mencionar la presentación que hiciéramos en Octubre del año 2008, a la entonces
Ministra Silvia Rodríguez, referido a la conformación de la “Comisión de Seguimiento de
Aranceles” en el sistema de educación publica de gestión privada.
      La ex Ministra, nunca abrió una instancia de dialogo, tal vez producto que su origen es
precisamente el de los colegios privados, y poco interés tendría en transparentar como se
                                     encuentra funcionando el sistema.
                                            Transparentar implica para la asociación, conocer en
                                     detalles las subvenciones que reciben los colegios e
                                     institutos, con que criterios se otorgan, como se fiscaliza
                                     desde el estado que los colegios o institutos cumplan con el
                                     precepto de ser entidades “sin fines de lucro” tal cual lo
                                     establece la ley de educación publica de gestión privada, si
                                     los colegios e institutos cumplen con las disposiciones que
                                     garanticen los derechos de los padres y tutores en cuanto a
                                     ser informados en tiempo y forma de la estructura de
                                     aranceles (inscripción y valor de cuotas mensuales), etc.-
                                            En relación a la incorporación de los derechos del
consumidor en los contenidos curriculares del sistema educativo provincial, ADEUCO realizo
gestiones previas a la conformación del ministerio, esto es, ante el Programa de Educación,
dando lugar incluso a la elaboración del organismo estatal de una “Circular Pedagógica”,
aunque en los hechos no se han registrado avances, al menos, que sean de nuestro
conocimiento.-
      En definitiva, la petición de la audiencia con la máxima autoridad educativa de la
provincia, tiene como objetivo dialogar sobre los puntos señalados, en la búsqueda de participar
en la definición de políticas publicas que redunden en la educación ciudadana en materia de
sus derechos como consumidores y usuarios, lo que será un aporte fundamental en el proceso
de construcción de una sociedad con mas conocimiento y herramientas para proteger sus
derechos y luchar por una mejor calidad de vida.-



Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina          p. 6 de 21
EDESAL DECLARO PROCEDENTE EL RECLAMO DE
          VECINOS DEL BARRIO JOSE HERNANDEZ
   SE HARA CARGO DE LOS DAÑOS EN ARTEFACTOS DE CUATRO FAMILIAS
                                             El día lunes 11 de Enero, en horas de la noche,
                                       vecinos del barrio antes citado, se contactaron
                                       telefónicamente con el titular de ADEUCO, poniéndolo en
                                       conocimiento de lo ocurrido y solicitando orientación sobre
                                       como proceder. En concreto, el mismo lunes, se produjo el
                                       ingreso de energía eléctrica al domicilio de vecinos que
                                       habitan en el Monoblock 10 del Bº José Hernández, sin
                                       regulación previa, lo que implica que la energía fuera
                                       mucho mas que el normal 220. Esto situación provoco la
                                       quema de electrodomésticos a, por lo menos, cuatro
                                       familias, quienes sufrieron la quema de Televisores,
                                       computadora, Lavarropas, Equipos de música, radio
                                       grabador, etc.-
                                             ADEUCO oriento a quienes requirieron su
                                       intervención, de manera de que formalicen el reclamo
                                       correspondiente ante las oficinas comerciales de la
distribuidora EDESAL, y, paralelamente, comenzó gestiones con el objeto de solicitar
información sobre el origen del problema, procurando una solución en tiempo perentorio.-
                         Reunión con la Subgerente de Pequeñas Demandas
       El día martes 12 de Enero, alrededor de las 11 y 30 de la mañana, el Presidente de
ADEUCO, Jorge Olguin, se reunió con la Subgerente de Pequeñas Demandas de EDESAL,
Dra. Andrea Sormani, con la que abordo el tema, requiriendo que se determine en breve sobre
cuales fueron las razones que provocaron los daños mencionados con anterioridad, y
solicitando que declarada la procedencia del reclamo, la solución se en el tiempo mas inmediato
posible, mas allá de los tiempos que establece el Reglamento de Suministro de Energía
Eléctrica, el que le otorga a la distribuidora 10 días hábiles para adoptar una resolución sobre
cada reclamo que presenta el usuario ante la empresa.-
       La funcionaria de la empresa solicito inmediatamente que el área técnica de EDESAL le
elevara el informe correspondiente sobre lo ocurrido en el Bº José Hernández, de manera de
poder determinar si los reclamos de los vecinos eran o no procedentes. Comprometió que,
apenas tuviera en su poder dicho informe, adoptaría una resolución, la que se la comunicaría a
la ONG, además de prometer que, en caso de ser procedente lo denunciado por los vecinos, se
trabajaría rápidamente para darles la respuesta que corresponde.-
           El Jueves, EDESAL comunico que se hacia cargo de los daños ocasionados
       El día jueves 14 de enero, la Subgerente de Pequeñas Demandas se comunico
telefónicamente con el titular de ADEUCO, oportunidad en la que le informo que, e acuerdo al
informe técnico, el problema se habría originado en una conexión clandestina en la zona, y
consecuentemente, la Distribuidora EDESAL declaro la “procedencia del reclamo”, de manera
que se hará cargo de los daños que se les ocasiono por el golpe de corriente a los vecinos que
hayan formalizado el reclamo correspondiente.-
                                          Que dice el Reglamento
       El Reglamento de Suministro de la Energía Eléctrica, dice en su Capitulo III,
Derechos del Usuario: Articulo 26º - Resarcimiento por Daños: Cuando se produzcan daños
a las instalaciones y/o artefactos de propiedad del USUARIO provocados por deficiencias en la
calidad técnica del suministro imputables al DISTRIBUIDOR y que no puedan evitarse mediante
la instalación de protecciones por sobrecorriente y, en las instalaciones de media y alta tensión,
de descargadores de sobretensiones, el DISTRIBUIDOR deberá hacerse cargo de la reparación
y/o reposición, correspondiente, salvo casos de fuerza mayor. La reparación mencionada en el
párrafo precedente no eximirá al DISTRIBUIDOR de la aplicación de las sanciones regladas en
el Anexo 4 del Contrato de Concesión.-



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FALLOS A FAVOR DE LOS USUARIOS:
                                         OBLIGAN A BANCOS A RESTITUIR
                                            CARGOS MAL COBRADOS
                                        Avances judiciales sobre el abuso en cajas de ahorro
                                              Son dos los fallos de primera instancia que obligan a
                                          bancos restituir a los clientes cargos mal cobrados por
                                                     mantenimiento de cajas de ahorro
                                             Comienzan a verse resultados de las demandas
                                       colectivas iniciadas por PADEC para que los bancos cesen
                                       de cobrar cargos injustificados a usuarios de cajas de
ahorro y que restituyan el dinero compulsivamente cobrado con un retroactivo de 10 años, que
sería equivalente al plazo de prescripción.
       En el año 2006 se iniciaron demandadas contra diez entidades entre públicas y privadas:
Banco Río, Boston, HSBC, Citibank, Galicia, Comafi, Paribas, Francés, Nación y Ciudad de
Buenos Aires.
       Los cargos cobrados no sólo son por cajas de ahorro particulares, sino por los llamados
“combos o paquetes financieros”, (por ejemplo, los que se otorgan al tomar un préstamo
personal) o bien, por las cuentas sueldos que pagan en general, los empleadores.
               PADEC considera que el cargo es ilegal porque los bancos lo cobran dos veces:
primero, a través de la inclusión de estos costos operativos en la formulación de las tasas de
interés que pagan para captar ahorros y luego, al facturar el cargo de mantenimiento.
       Por otro lado el cargo de mantenimiento es por lo general significativamente mayor a los
intereses que se perciben. De esta manera los ahorros de los usuarios van menguando en el
transcurso de la relación contractual.
       En los juicios los bancos no aportan prueba sobre cuál es la contraprestación recíproca
que justificaría dicho cargo. Mediante las cajas de ahorro el usuario presta su dinero al banco y
con ese capital la entidad realiza inversiones para su propia rentabilidad, sin participar al
ahorrista de las ganancias que produce su dinero.
       El primer fallo se dictó a fines del año 2008 contra el Bank Boston y el segundo fallo de
primera instancia condena al Banco Galicia a devolver a los usuarios parte de las “comisiones
administrativas” que cobró a sus clientes por el mantenimiento de las cajas de ahorro.
       La magistrada Susana Polotto, titular del juzgado Comercial Nº 14 y el Dr. Rafael Cruz
Martín, a cargo del Juzgado Comercial Nº 12, hicieron lugar a las demandas de la asociación
Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor (PADEC) contra el Banco Galicia y el
Bank Boston respectivamente.
       Las sentencias toman en consideración la prueba pericial cumplida por expertos de
ciencias económicas que constataron la falta de registración de los costos específicos por el
mentado mantenimiento de cuenta. Por eso es que obligan a las entidades a devolver las
comisiones cobradas indebidamente, aunque los veredictos deberán ser ratificados o
rectificados por la Cámara de Apelaciones para que el reembolso sea efectivo. Ante la falta de
prueba de los verdaderos costos los jueces fijaron en 5 pesos dicho “costo de mantenimiento”.
       Diario Judicial en una entrevista a la abogada Isabel Novosad, presidenta de PADEC,
destacó el reclamo por “la nulidad del pago por el mantenimiento de cajas de ahorro” y que:
“No hay razón para que esto sea así, sobre todo teniendo en cuenta las menguadas tasas de
interés que se pagan por los depósitos, que, en el caso del Banco Galicia es del 0.04 por ciento
mensual”.
       La titular de PADEC también manifestó que uno de los problemas de que la gente no
invierta su dinero en el banco es que “se afecta al ahorro financiero interno” y ese es un
elemento que por un lado, contribuye a la fuga de capitales, y por el otro, alienta a la compra de
dólares.
       “El ahorro en moneda extranjera es nefasto para la conservación de la moneda nacional”,
valoró Novosad.




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En la causa que motivó el fallo del Galicia, el banco cobraba al demandante ocho pesos
mensuales por gastos administrativos, que con el IVA se hacían 9,68 pesos. Por año, un total
de 116,16 pesos. Esas comisiones le otorgarían a la entidad una ganancia de un millón de
pesos mensuales. Y para que un ahorrista recupere la “comisión administrativa” mediante los
intereses que cobra, debería tener un saldo promedio de 29 mil pesos en su cuenta.
        La juez Polotto dispuso que quienes hayan tenido depósitos en esas cuentas desde el 28
de diciembre de 2002 y hasta ahora, deberán ser indemnizados.-
        Y a los clientes que hubieren rescindido el contrato entre diciembre de 2002 y el 5 de
mayo de 2009, “se les pondrá a disposición las sumas dinerarias correspondientes”.
        Según el fallo, el problema es que el banco “no les explica” a los usuarios que traslada
sus costos operativos por dos mecanismos diferentes: a través de la tasa de interés pasiva (la
que los bancos pagan a los depositantes) y a través de los “costos administrativos”.
        “El deber de información ha sido caracterizado como la obligación que tiene el proveedor
de bienes y servicios de suministrar todo dato que permita una elección racional y un uso
correcto y seguro de los bienes y servicios contratados”, argumentó la juez Polotto. El fallo
recién estaría firme en los próximos dos o tres meses, cuando se expida la Cámara de
Apelación en lo Comercial.
        (Fuente: Publicación de Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor - PADEC
- Boletín Nº 3 I Octubre 2009).-
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             LA IMPORTANCIA DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO EN LA
            GENERACION DE BIOCOMBUSTIBLES A BASE DE SOJA
                                                       Por Silvina Chiara Díaz y Verónica Tufro(*)
                                       En 1992 en Río de Janeiro, Brasil, se aprobó la
                                 Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo,
                                 donde se consagra la relevancia del principio precautorio.
                                       En nuestra legislación nacional, la Ley de Presupuestos
                                 Mínimos 25.675 “Ley General del Ambiente” consagra el
                                 principio precautorio en su Art. 4° y el mismo establece que
                                 “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia
                                 de información o certeza científica no deberá utilizarse como
                                 razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en
                                 función de los costos, para impedir la degradación del medio
                                 ambiente.”
       Es importante comprender la relevancia que este principio presenta en la actualidad y su
ausencia en muchas de las decisiones políticas en materia ambiental.
       En Argentina, este principio fue ignorado al permitirse la utilización de agroquímicos sin
limitaciones, sin controles, sin una previa evaluación de impacto ambiental y de la repercusión
que esto pudiera tener en la salud.
       Una acción contra los agroquímicos
       El deterioro en la salud de comunidades enteras, relacionadas con los cultivos de soja y
las denuncias realizadas durante años por Asociaciones Civiles a los respectivos Gobiernos
Provinciales, llevaron a la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAAA), luego de
varios meses de investigación, a presentar ante la Corte Suprema de Justicia una acción de
amparo para exigir que se cumpla con el principio precautorio.
       En al causa se solicita que la Corte Suprema de Justicia de la Nación exija a la Comisión
Nacional de Investigación, creada por el decreto 21/2009, que se expida, en un plazo no mayor
a 180 días, sobre el grado de toxicidad y su efecto sobre la salud y el medio ambiente de los
agroquímicos utilizados en los cultivos en general; y en este caso, de la soja transgénica
(glifosato y endosulfan).
       Según el Dr. Enrique M. Viale, abogado de la AAAA, el objetivo principal de esta acción de
amparo es instalar el tema en los medios para generar así el debate público. Una medida
esperada es el llamado a audiencia pública por parte de la Corte Suprema, para lograr así un
mayor compromiso ciudadano en la temática.


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Como objetivo a largo plazo, la AAAA plantea la necesidad de contar con una ley nacional
de presupuestos mínimos sobre la utilización de agroquímicos.
       Se pretende que dicha norma regule distintos ejes como la evaluación de impacto
ambiental, el ordenamiento territorial, la participación ciudadana y, principalmente, el rol activo
del Estado como regulador y controlador de la actividad.
       Cabe destacar que los integrantes de la AAAA bregan por un desarrollo sustentable
pretendiendo, con esta causa, una suspensión de la utilización de los agroquímicos
anteriormente mencionados, hasta tanto no se investigue los efectos que éstos podrían
provocar en la salud y el medio ambiente.
       La intención no es frenar la actividad agrícola sino que su desarrollo a futuro no se vea
comprometido en el corto plazo, de manera de lograr una actividad sustentable en el tiempo.
                                               Paralelismos
       Está claro que la decisión que tome la Corte Suprema, respecto de los agroquímicos,
afectará la producción de biocombustibles a base de soja.
       Si bien los agroquímicos antes mencionados se encuentran inmersos en el sistema
productivo y su reemplazo o límites en su utilización pueden generar conflictos de poderes, por
afectar actividades productivas que inciden en la economía nacional, no es la primera vez que
esto sucede.
       En el caso de los PCBs, sucedió algo similar cuando se comenzó a cuestionar los efectos
adversos que este químico - comúnmente utilizado en productos básicos - tenía en la salud.
       Al comprobarse dichos efectos adversos se buscó, tanto a nivel internacional como
nacional, su sustitución estableciéndose plazos específicos para su erradicación.
       Esto demuestra que no sólo con los agroquímicos sino con diversas sustancias no se
tuvo, ni se tiene en cuenta, el principio precautorio antes mencionado que es una de las bases
del desarrollo sustentable.
                  Biocombustibles, ¿una alternativa ambientalmente sustentable?
       Existe una amplia actividad en pos de los biocombustibles a base de soja, como
alternativa energética a la producción de combustibles fósiles, para ser utilizados tanto a nivel
nacional como en mercados internacionales.
       Contamos en nuestra normativa interna con distintas leyes que favorecen y benefician a
aquellos que desarrollan dicha actividad.
       Paralelamente, las inversiones extranjeras incentivan también la producción de los
biocombustibles, para lograr así sus compromisos internacionales asumidos de reducción en la
utilización de combustibles fósiles.
       Esto genera una clara presión en este modelo productivo. Ante este estado de situación
no debemos olvidar que los agrocombustibles no son la única opción valedera como modelo
energético alternativo.
       A la hora de desarrollar una política energética debemos tener en cuenta distintas
variables.
       Una de ellas es evaluar si realmente los biocombustibles a base de soja son una
alternativa sustentable, que posibilite disminuir la contaminación generada por la quema de
combustibles fósiles, y no un problema mayor, evaluando el costo - beneficio que dicha acción
acarrea tanto al medio ambiente como a la salud humana.
       Debe evaluarse correctamente y con una visión integral si es que Argentina está
favoreciendo un desarrollo sustentable, a través del apoyo a la generación de biocombustibles a
base de soja, o si, por el contrario, se está yendo en desmedro del ambiente y la salud humana
para continuar, una vez más, con negocios privados que sólo generan riquezas y poco tienen
de ambientalmente sustentables y socialmente responsables.
                               (*) Abogada de la UBA y Master en Derecho Ambiental de la UBA.
       (Fuente: Martes, 20 de Octubre de 2009 - Eldial.com – Suplemento de Derecho
Ambiental)




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TRANSPORTE DE LARGA DISTANCIA: LOS DERECHOS Y DEBERES
                   DE LOS USUARIOS
                                              Derechos y deberes de los usuarios de transporte de
                                       larga distancia
                                                               Derechos del usuario
                                              *           Exigir el cumplimiento de las normas de
                                       seguridad relativas al vehículo y al conductor del servicio.
                                              *     Exigir el cumplimiento del recorrido, del horario y
                                       las tarifas.
                                              *      Transportar hasta 15 kg. de equipaje en forma
                                       gratuita, recibiendo la correspondiente contraseña o guía
                                       de equipaje.
                                              *     Realizar sus reclamos ante la empresa a través
de la línea telefónica gratuita exhibida en las unidades de la empresa.
                                  » Contactos y reclamos ante la CNRT
       *      Realizar sus reclamos ante la CNRT a través de la línea telefónica gratuita 0800 -
333 - 0300 o Apartado Especial Nº 129 (C1000WAB) Correo Central. Dirigida al Centro de
Atención al Usuario - Maipú 88 - (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
       Personalmente: En la sede central del organismo Maipú 88 - Planta Baja – CABA. En la
Estación Terminal de Ómnibus de Retiro - Oficinas 129 y 130 ubicadas en el Puente 4 - Nivel II.
                             Reclamos en Delegación Regional de la CNRT
              En el caso de San Luis, los usuarios deben formalizar el reclamo ante la delegación
       de la CNRT regional, con domicilio en Bandera de los Andes y Alberdi s/nro. Piso 1 (ala
       norte) (5519) Guaymallén – Mendoza, tel. (0261) 4322979, correo electrónico:
       cnrtmend@infovia.com.ar. También lo puede hacer en el organismo de Defensa del
       Consumidor, de la jurisdicción, de salida o destino.
                                 Pases, franquicias y tarifas especiales
       *     El certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria será
documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de
transportes colectivos terrestres, sometidos a contralor de la autoridad nacional.
       *      Las personas no videntes podrán viajar en los vehículos de transporte públicos de
pasajeros de corta, media y larga distancia, sometidas a contralor de autoridad nacional,
acompañadas de un (1) perro guía, previa autorización que extenderá la Secretaría de
Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
       *       El animal autorizado a viajar como perro guía deberá hacerlo con bozal y deberá
ubicárselo de manera tal que no afecte la comodidad y desplazamiento de los restantes
usuarios. El no vidente será responsable de todos los perjuicios que pudiere ocasionar el
animal.
       *       Boleto universitario: Se establece un descuento del veinte por ciento (20%) a las
tarifas correspondientes a las líneas de servicios interurbanos de jurisdicción nacional utilizadas
por estudiantes secundarios, universitarios y personal docente
                                       Categorías de los Servicios
       El usuario debe conocer las comodidades de cada categoría para controlar que el servicio
adquirido sea el que figura en el pasaje y el que, finalmente, la empresa le brinde.
       Devoluciones de Pasajes
       Si la empresa cancela el viaje, deberá devolver la totalidad del importe.
       Si el usuario desiste del viaje, se le reintegrará una proporción de la tarifa, según con la
anticipación con que haya devuelto el boleto:
       *     Desde las 24 hs. anteriores y hasta la hora de salida del vehículo: 70%
       *     Desde las 48 hs. y hasta las 24 hs. anteriores a la salida del vehículo: 80%
       *     Más de 48 horas: 90 %
                                                   Equipaje
       Está permitido transportar 15 kilogramos en forma gratuita.



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*     Junto al pasaje le deberán entregar 4
                                               talones troquelados o adhesivos, para identificar
                                               el equipaje. * Dichos talones deberán tener la
                                               misma numeración del pasaje. *        Los talones
                                               serán anexados a cada uno de los bultos por
                                               personal de la empresa. * Se puede declarar el
                                               valor del bulto antes de realizar el viaje,
                                               pactándolo entre las partes.
                                                                Pérdida o deterioro
                                                     *    Deberá presentar el reclamo dentro de
las 24 horas de haber realizado el viaje
      *     La empresa está obligada a entregar una constancia de recepción de dicho reclamo
o consignarlo en el comprobante de equipaje.
      *     Se considera efectivamente extraviado el equipaje que no haya sido devuelto dentro
de los 5 días de haber presentado el reclamo. En este caso la empresa está obligada a
indemnizarlo.
                                            Recomendaciones
      *       Luego de finalizado el viaje, recuerde no entregar el talón de control hasta haber
recibido su equipaje.
      *     En el momento de recibir su equipaje, no olvide verificar su integridad. Si nota que ha
sido violado o se ha deteriorado, efectúe el reclamo en forma inmediata.
                                           Servicios unificados
      Si por razones particulares, la empresa unificara dos o más servicios en uno:
      *       La salida del servicio puede demorarse hasta una hora si el viaje por realizar no
supera los 700 kilómetros y hasta dos horas si supera los 700 kilómetros.
      *     La empresa deberá ofrecer un servicio de categoría igual o superior a la reservada.
                                        Obligaciones del Usuario
      *        Controlar la exactitud de los datos obrantes en el boleto en el momento de su
adquisición.
      *      Efectuar la denuncia en caso de pérdida o deterioro de equipaje ante la empresa
antes de las 24 horas de finalizado el viaje.
      *     Abonar el excedente de equipaje a cambio de lo cual la empresa deberá extender el
comprobante correspondiente.
      *     Respetar la prohibición de fumar.
      *     Conservar el boleto durante todo el viaje.
                             Obligaciones de la Empresa: Venta de Boletos
      Consignar en el boleto emitido los siguientes datos:
      *     Nombre y apellido del pasajero             *    Nacionalidad
      *     Tipo y N° de documento                      *    Categoría del Servicio
      *     Origen y destino del viaje                *     Fecha de emisión del pasaje
      *     Empresa operadora del transporte          *    Lugar, fecha y hora de origen
      *     Lugar, fecha y hora estimada de arribo a destino
      *     Tarifa cobrada           *     Clave única de identificación tributaria. (CUIT)
      El boleto deberá contener una leyenda que consigne el siguiente texto: “El presente boleto
da derecho al transporte sin cargo de hasta quince (15) kilogramos”.
                                                 Equipaje
      *             Recibir el equipaje del usuario entregando la contraseña identificatoria
correspondiente, transportando en forma gratuita hasta 15 kg. de equipaje.
      *          Facilitar la contratación en forma optativa de seguros de equipaje adicional
entregando el comprobante de dicha operación en caso de concretarse la misma.
                                                  Servicio
      *     Exhibir en el exterior de los vehículos la identificación de la categoría de servicio.
      *       Prestar el servicio con vehículos habilitados ante la C.N.R.T. que cumplan con la
revisión técnica obligatoria cada 6 meses.



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*      Prestar el servicio con dos conductores que posean la licencia nacional habilitante al
día. Dicha licencia implica la aprobación de exámenes destinados a evaluar la aptitud
psicofísica.
        *      Hacer cumplir el descanso reglamentario de sus conductores.
        *      Respetar el nivel permitido de emisión de gases contaminantes y/o ruidos.
        *       Dotar los vehículos de: botiquín de primeros auxilios, equipo de auxilio mecánico y
dispositivo de registro de operaciones - tacógrafo-
        *      Fijar el punto de partida de los servicios con origen en la ciudad de Buenos Aires en
la E.T.O.R.
        *       Recibir los reclamos del usuario a través de una línea telefónica de cobro revertido
cuyo número debe ser exhibido en el exterior e interior de los vehículos.
        *       Responder por escrito los reclamos de los usuarios en un plazo de treinta días de
haberse recibido
                                                Obligaciones del Conductor
        *        Tratar con respeto y consideración a los usuarios. * Conducir en forma prudente
respetando las normas de tránsito y a la velocidad autorizada. * Cumplir y hacer cumplir las
disposiciones relativas a personas con movilidad reducida y a la prohibición de fumar
                CONSERVE EL PASAJE Y TODO OTRO DOCUMENTO VINCULADO A SU
             DENUNCIA. PODRÁ REQUERÍRSELE COMO ELEMENTO PROBATORIO
           Datos que debe aportar el Usuario para la tramitación de su reclamo ante CNRT:
        •1. Apellido y nombre del titular del Pasaje. •2. Debe referirse a una violación a la
normativa del transporte. •3 Debe poder identificarse el hecho. Para ello es imprescindible que
en su denuncia mencione: Para el transporte automotor: la línea y/o empresa denunciada; el
número de interno y/o dominio del vehículo. •4 El lugar, fecha y hora del hecho; el origen y
destino de su viaje. •5 Una descripción del hecho denunciado
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Noti - Consumo / Noti – Consumo / Noti - Consumo / Noti – Consumo
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           Mar del Plata. Lanzaron el primer Tribunal de Consumo Turístico: Lanzaron el
                                                                primer Tribunal de Consumo Turístico.
                                                                09-01-2010 / Se trata de una corte compuesta
                                                                por el sector privado y público. El objetivo
                                                                principal es resolver un eventual conflicto que
                                                                pudiere tener el usuario-visitante en tan sólo 72
                                                                horas. Es el primero en el país y sus
                                                                resoluciones son inapelables. El Tribunal de
                                                                Consumo Turístico facilita los trámites a los
                                                                visitantes. El Ente Municipal de Turismo del
               Partido de General Pueyrredón (EMTUR), puso en marcha el primer Tribunal Arbitral
               de Consumo Turístico del país. La iniciativa busca resolver en tan tres días,
               eventuales conflictos que puedan tener los usuarios - turistas. La corte está
               compuesta tanto por el sector privado como por el público. El Tribunal se decidió
               conformar a través de un convenio de cooperación y asistencia técnica entre la
               Secretaría de Turismo del Ministerio de Industria y Turismo, la Subsecretaría de
               Turismo de la provincia de Buenos Aires y la Subsecretaría de Defensa del
               Consumidor. La Subsecretaria de Defensa del Consumidor, Lucila Colombo, señaló
               que "estos tribunales son complementarios del funcionamiento de la oficina municipal
               de información al consumidor. El arbitraje tiene como ventaja que lo resuelto por el
               tribunal es inapelable, es decir, que lo que allí se resolvió no se puede apelar a la
               justicia". "El trámite, gratuito, es muy rápido porque en 72 horas se realiza la
               audiencia y el tribunal o el árbitro toma una decisión", agregó. "Esa decisión debe ser
               cumplida rápidamente porque estamos hablando de personas que están de
               vacaciones y no pueden estar esperando dos semanas haciendo trámites para que
               su tema se resuelva" resaltó Colombo. El Tribunal funcionará en la calle San Martín



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2929, sede de Defensa del Consumidor en Mar del Plata. (Fuente: El Argentino. 9 de
           enero 2010).-
          Argentina. Desarrollan tecnología para eliminar residuos de glifosato en el
                                   agua: Priscila Fernández (AGENCIA CYTA – INSTITUTO
                                   LELOIR - UNL). Investigadores argentinos aplicaron una
                                   tecnología para eliminar los residuos de glifosato en el agua
                                   que resulta del lavado de los bidones. La técnica es simple y
                                   usa radiación y agua oxigenada. El herbicida más usado en
                                   Argentina, también es el más polémico. Y mientras diferentes
                                   estudios sobre los efectos tóxicos del glifosato se discuten en
                                   la comunidad científica, investigadores de la Universidad
                                   Nacional del Litoral (UNL) abordaron otro problema asociado
           al pesticida: ¿qué hacer con los bidones a la hora de desecharlos? Actualmente, lo
           que recomienda la Cámara de Sanidad Vegetal y Fertilizantes (CASAFE) es lavar
           tres veces los recipientes y utilizar el agua de enjuague en el pulverizador. Sin
           embargo, este protocolo no es una práctica frecuente. De hecho, es común ver en
           los campos –como lo constataron los investigadores- montañas de envases sin
           ningún tratamiento. Para evitar la contaminación y los efectos tóxicos que pueden
           acarrear los restos de pesticidas liberados en el ambiente, expertos de la UNL
           ensayaron alternativas para tratar el agua de lavado. Utilizando agua oxigenada
           como la que se usa comúnmente para desinfectar heridas y radiación ultravioleta se
           puede lograr destruir las sustancias contaminantes. “La ventaja es que si las cosas
           están bien hechas y en buenas condiciones experimentales es posible producir la
           mineralización completa del contaminante, es decir que pasa a formas más simples
           e inocuas. El resultado de la transformación es agua, dióxido de carbono, algún
           ácido mineral, es decir, compuestos que existen en la naturaleza”, explicó la doctora.
           Cristina Zalazar, investigadora del Instituto para el Desarrollo de la Industria Química
           (INTEC) dependiente de la UNL y el CONICET y profesora de la Facultad de
           Ingeniería y Ciencias Hídricas (FICH) de la UNL Ensayos: Lo que se conoce como
           agua oxigenada o peróxido de hidrógeno según explicó Zalazar, al irradiarla con
           radiación ultravioleta genera un compuesto que es muy oxidante y tiene la capacidad
           de atacar y destruir las sustancias contaminantes. La primera etapa del trabajo
           comenzó en 2007, con la degradación del glifosato puro (principio activo). Así
           estudiaron cuáles son las mejores condiciones de concentración de agua oxigenada,
           radiación, concentración del contaminante para la degradación del herbicida.
           Además el trabajo analizó las nuevas sustancias que se forman mientras sucede la
           reacción química, ya que al mismo tiempo que algunas desaparecen otras nuevas
           aparecen. “Hay que ser cuidadosos con los intermediarios ya que algunas de las
           cosas que aparecen pueden ser tan tóxicas o más que el original”, aclaró. En una
           nueva etapa, el grupo de estudio amplió la experiencia y en vez de trabajar
           exclusivamente con el principio activo del herbicida –el glifosato puro- empezaron a
           procesar bidones que contenían la fórmula completa comercial que se utiliza para las
           fumigaciones en las que se incorporan otros químicos como surfactantes y
           coadyuvantes de los que también existe controversia sobre su toxicidad. Los
           investigadores tomaron bidones vacíos que contuvieron glifosato, realizaron los tres
           lavados y colocaron el agua resultante en un reactor para llevar a cabo la reacción
           de degradación. “Lo que estamos viendo es que en tiempos que no son importantes
           tenemos un buen porcentaje de degradación y podemos eliminar no sólo el principio
           activo sino también los otros constituyentes”, adelantó Zalazar. Los resultados de
           esta línea de trabajo fueron obtenidos por un equipo de trabajo perteneciente al
           grupo de Ingeniería de los Fotorreactores del INTEC y fueron presentados este año
           en 5th International Conference Oxidation Technologies for Water and Wastewater
           Treatment en Berlín, Alemania así como en el 2do Workshop Latinoamericano sobre
           Residuos de Pesticidas. Alimentos y Medio Ambiente organizado por la Universidad



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Nacional del Litoral (UNL). Lo que viene: Para continuar el trabajo, el grupo se
          plantea construir un prototipo de reactor más grande, pensado para hacer un
          tratamiento en semicontinuo del agua de lavado de los envases en las épocas
          críticas del cultivo. Otro de los puntos a tener en cuenta a la hora de establecer las
          condiciones óptimas para el funcionamiento de la tecnología de oxidación es saber
          cuándo la sustancia deja de ser tóxica. Este dato permite que el proceso sea más
          eficiente ya que si el peligro queda neutralizado antes de que se termine por
          completo la reacción se acorta el proceso en el reactor. Como explicó Zalazar
          destruir hasta los últimos vestigios puede requerir mucho tiempo lo que encarece el
          tratamiento. “Ahora vamos a hacer ensayos específicos de toxicidad para saber en
          qué punto del proceso el efluente tratado pierde su toxicidad entonces ya se puede
          arrojar en algún curso de agua sabiendo que está controlado y que no representa un
          riesgo para el medio ambiente”, señaló. El problema: “Es necesario que haya un
          compromiso y un control por parte del estado para que los envases no sean
          abandonados. Incluso muchos usan esos bidones como tachos porque son de
          buenos plásticos, duros y resistentes”, contó Zalazar. “Acumularlos es un riesgo
          para el productor, la familia y todo el sistema de plantas y animales del lugar y la
          contaminación de las aguas, tanto subterráneas como superficiales. En Europa,
          Brasil e incluso en Argentina hay iniciativas que intentan el reciclado de los bidones
          que tuvieron pesticidas”, añadió. (Fuente ARGENPRESS – 30 de Diciembre 2009).-

                                       Buenos Aires. A tres años de su entrada en vigencia,
                                        el 70 % de los comercios incumple la Ley de Talles:
                                        Son datos oficiales de la provincia de Buenos Aires Por:
                                        Fabián Debesa. De curvas generosas, rubia o morocha,
                                        alta o baja, da igual. La imposición es ser flaca. O más
                                        bien, flaquísima. En este contexto, encontrar ropa juvenil
                                        más allá del talle 44 es una misión imposible en la
                                        Provincia. Aun cuando, desde hace tres años, la Ley
                                        12.665 obliga a los locales de venta de indumentaria
                                        femenina a ofrecer sus prendas del talle 38 al 48. La
          tiranía silenciosa del talle sigue dando órdenes desde los raquíticos maniquíes. Y si
          no, los números: el 70% de los comercios no tiene talles grandes y en el 80% el
          etiquetado de las prendas no cumple con la norma, según los últimos datos del
          Ministerio de la Producción Bonaerense. La Ley de Talles fue aprobada en 2001,
          pero la reglamentación demoró más de cuatro años. Luego, una avalancha de
          reclamos legales postergó un año más su vigencia efectiva. Hoy rige plenamente y
          los comercios son controlados por cada municipio. Los datos surgen de las 700
          inspecciones en 40 distritos, básicamente del conurbano, que realizó la Provincia
          durante el último año. La infracción más frecuente es la falta de etiquetado. En 558
          comercios, los inspectores encontraron prendas marcadas como L, XL o XS, en
          lugar del 38 al 48. Este panorama coincide con el monitoreo que desde 2007 lleva a
          cabo la ONG Mujeres en Igualdad (MEI). "No hay ropa para cuerpos reales y la falta
          de prendas para todos los talles es un problema grave y excluyente", apunta
          Monique Thiteux-Altschul, directora ejecutiva de MEI. Para llegar a esta conclusión,
          relevaron la oferta de ropa para mujeres jóvenes en 23 locales del centro comercial
          de Martínez, 8 de Munro y 9 en Vicente López. Sólo dos cumplían con la
          reglamentación. Incluso detectaron que "marcan una prenda como talle 46 cuando
          sus dimensiones corresponden a un 40". "Con pelear para que se sancione una ley
          no basta; también hay que monitorear su cumplimiento para que las normas
          funcionen", agrega Thiteux-Altschul. Pero ¿qué exige exactamente la 12.665? Que
          los dueños de los comercios, fabricantes, distribuidores e importadores acondicionen
          sus prendas juveniles de acuerdo a la norma IRAM 75.310 que dispone como talles
          obligatorios desde el 38 al 48. De esta manera, se suprimen las definiciones S, M, L



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y XL o su equivalente 1, 2 y 3. Y además, que cada prenda lleve una etiqueta con un
          pictograma con la indicación del talle y su medida en centímetros de busto, cintura y
          cadera. "Esta ley forma parte de las herramientas que el Estado pone a disposición
          de los consumidores para que no estén en desigualdad -explicó Martín Ferré,
          ministro de Producción-. Hacemos operativos todo el año, pero es clave el rol del
          cliente para denunciar abusos o irregularidades". "Hay muy pocas firmas que eligen
          fabricar ropa para gente gorda o con sobrepeso. Cuando te gusta una marca y no
          encontrás talle no te queda otra que jorobarte y te frustrás. Con este panorama ya sé
          qué negocios tienen ropa para mí. Pero siempre está esa sensación de no poder
          acceder a lo que te gusta. Es triste porque todos tenemos derecho a vestirnos", dice
          Josefina Herrera, 20 años y 75 kilos. Clarín se puso en contacto con siete firmas de
          indumentaria para público adolescente (Ayres y Estancias Chiripá, Cómo Quieres
          Que Te Quiera, María Cher, Ay Not Dead, Rapsodia y Adidas Original). "Nadie en
          este momento puede responder" o "Los que se encargan de este tema están de
          vacaciones", dijeron. La Ley prevé multas que van de los $100 a los $500 mil y son
          los jueces de faltas comunales los que las aplican. Según datos oficiales, el
          promedio de la pena es de $400. Por lo tanto, se estima que recaudaron $280 mil
          por irregularidades este año en Buenos Aires. Hay excepciones: los empresarios
          textiles no están obligados a exhibir todos los talles en los saldos y liquidaciones y
          permitieron a los comercios tener al menos una prenda con las medidas extremas,
          aun cuando no estén estampadas o sea de un color diferente al que se exhibe.
          (Fuente: Clarín – 4 de Enero 2010).-

                                       ANMAT. Prohíben la venta de producto fabricado en
                                        San Luis: Por Disposición 6384/2009 la Anmat prohibió la
                                        comercialización y uso del producto “Insecticida Casita
                                        Yale, elaborado por la firma Laboratorio Defort San Luis
                                        S.A., en la provincia de San Luis, el cual contendría en su
                                        composición un compuesto órgano fosforado. Consignó
                                        que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) informó que
          el producto no se encuentra registrado, así como tampoco la empresa y que por
          Disposición Anmat Nº 7292/98, se encuentra prohibida la comercialización de DDVP
          (dimetil dicloro vinil fosfato), por su acción prolongada y que está prohibido para el
          resto de las formulaciones por Disposición Anmat Nº 2659/08. Dice luego que se
          inspeccionó el establecimiento Autoservicio Mayorista Primo, sito en México 3233,
          en la Capital Federal, donde se detectó que se encontraba para la venta el producto;
          se extrajo una muestra del denominado “Insecticida Casita Yale” y luego se
          inspeccionó el Depósito del Autoservicio Mayorista Primo, propiedad de la firma
          Primo Hnos. S.A., donde se incautaron los insecticidas “Casita Yale” presentado en
          distintos tamaños y formas. Consignó además que la empresa presentó certificado
          de reinscripción del producto, con fecha de validez hasta el 31 de marzo de 2008,
          expedido por la Provincia de Buenos Aires, por lo que se encuentra vencido.
          Consultado el Laboratorio Central de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires,
          informó que su reinscripción fue denegada por contener DDVP. Se lo prohibió
          advirtiendo que no reúnen las condiciones de seguridad necesarias para su
          comercialización y consumo. Además se inició un sumario a la firma a fin de
          determinar el grado de responsabilidad de la firma Laboratorio Defort San Luis S.A.
          (Fuente: Boletín Oficial Nación – 31/122009).-

                               Buenos Aires. Una mujer se puso implantes mamarios, se
                                le rompieron y la empresa que importo el producto fue
                                condenada: Fallaron las siliconas y la indemnizan. Lo decidió
                                la Cámara Civil. Parte del dinero será para que pueda operarse
                                otra vez. Un fallo de segunda instancia ratificó la condena a



Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina            p. 16 de 21
una empresa importadora de prótesis mamarias: deberá indemnizar a una mujer con
          una suma cercana a los 100.000 pesos, por la rotura de uno de los implantes de
          solución fisiológica que le habían sido colocados en 1996. La Sala B de la Cámara
          Civil, integrada por los jueces Mauricio Mizrahi, Gerónimo Sansó y Claudio Ramos
          Feijóo, confirmó el fallo contra Medic SA, importadora y distribuidora de las prótesis
          mamarias de solución salina marca Mentor, que le fueron implantadas a la paciente
          cuando tenía 35 años. Dos años después, la mujer sufrió una deflación: comenzó a
          padecer dolores en el seno izquierdo y a ver que iba reduciéndose, hasta quedar
          fláccido. El médico confirmó que la prótesis se había roto. "Los implantes de solución
          fisiológica se usaron mucho en los Estados Unidos, en especial cuando fueron
          prohibidos los implantes de gel de siliconas. En nuestro país se emplearon muy
          poco", explicó a Clarín el secretario general de la Sociedad Argentina de Cirugía
          Plástica y Reparadora (SACPER), Walter Servi. Este tipo de implante se introduce
          vacío en el "bolsillo" abierto bajo el músculo pectoral, o bien por encima del músculo
          y bajo las glándulas mamarias. Luego, el cirujano le inyecta una solución fisiológica,
          hasta alcanzar el volumen deseado; la válvula se cierra automáticamente. Servi
          señaló que "uno de los problemas de este tipo de implantes era la deflación a largo
          plazo –con el tiempo, a veces se filtraba–, aunque no puedo decir qué ocurrió en
          este caso. Puede haber un defecto de fabricación, un defecto en la válvula, o un
          trasudado a través de la prótesis". El líquido es reabsorbido por los tejidos y no es
          tóxico. Según explicó la abogada Mariana Gallego, debido a los trastornos de salud,
          la paciente dejó de estudiar, perdió su pareja y también su trabajo, a causa de las
          constantes visitas al médico. El miedo a una nueva cirugía y a la rotura de la otra
          prótesis la convirtieron "en una persona temerosa, taciturna y retraída", consignó la
          demanda. Ahora, los camaristas confirmaron el fallo en primera instancia de la jueza
          Águeda Rosa Vila. Por el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor, la
          empresa importadora tendrá que pagar a la mujer 5.000 pesos para una nueva
          cirugía, para reemplazar la prótesis rota por una nueva del mismo tipo. En concepto
          de daño moral, deberá indemnizarla con 20.000 pesos, más los intereses. Tras 11
          años recibirá unos 100.000 pesos. En la actualidad, los implantes de solución salina
          casi no se usan, y se prefieren las prótesis de siliconas. "Es un gel cohesivo, como
          una gelatina, que se corta y no se derrama, y queda dentro del envoltorio de la
          prótesis –explicó Servi–. Con las prótesis que se utilizan hoy, texturizadas, a los 10
          años el 90% de los implantes se encuentra bien, mientras que el 10% puede
          presentar      rupturas    o     encapsulamientos".     Recomendó       consultar   en
          www.sacper.org.ar "para confirmar si ese cirujano es miembro de la SACPER".
          (Fuente: 15 de Diciembre 2009 – Clarín).-

                                         Paraná (Entre Ríos). Más de 1.400 denuncias
                                          gestiono el organismo MUNICIPAL de defensa
                                          del consumidor: En 2009 Defensa del Consumidor
                                          de Paraná recibió 1423 denuncias. La telefonía,
                                          venta de electrodomésticos y tarjetas de créditos se
                                          encuentran a la cabeza de los reclamos. Las
                                          denuncias tuvieron un 82 %          de resoluciones
                                          favorables, cifra que también aumentó respecto de
          2008. “En 2009 crecieron considerablemente las denuncias con respecto al anterior
          año. Aumentó el número de denuncias formales en el organismo y otras que se
          solucionan de modo telefónico también crecieron”, dijo Mario Veloz, titular de
          Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Paraná a La Gaceta online. Veloz
          manifestó que entre los mayores reclamos se encuentran la “telefonía móvil con más
          de 200 denuncias, luego la venta de electrodomésticos, después los bancos,
          internet, servicios de reparación, tarjetas de crédito, financieras, hipermercados,
          seguros, créditos, mutuales y sindicatos, concesionarias y planes de ahorro y



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televisión privada”. El funcionario también destacó que los ciudadanos “también se
           acercan por otros servicios como gas o electricidad. En este caso los contactamos
           con los entes reguladores que correspondan”. Otro dato a tener en cuenta el nivel de
           resolución de los trámites iniciados. En este sentido el titular de Defensa del
           Consumidor de la ciudad manifestó que “en los trámites administrativos tuvimos un
           82 % de resoluciones favorables en 2009, contra el 78 % de resoluciones favorables
           en 2008. Esto se debe en parte a que salimos a la comunidad a llevar consejos y
           explicar los derechos que tenemos a los consumidores”, reflexionó Veloz.           En
           cuanto a las empresas que mayor cantidad de reclamos provocan Mario Veloz
           mencionó que “entre las empresas más denunciadas por los usuarios se encuentra
           una de telefonía fija con el 18.9 %, una empresa de electrodomésticos con el 14.3 %,
           Internet 12.5 %, un empresa de telefonía móvil con el 9.8 por ciento y otra del mismo
           rubro con el 8.3 %, un banco el 8.3 %, otra empresa de telefonía móvil 6.8 por ciento,
           una tarjeta de crédito 5.7 %, una empresa de electrodomésticos de la Peatonal 4.00
           %, otra empresa de electrodomésticos de calle Pelegrini 3.7 %, Banco de Entre Ríos
           3.7 %, otra empresa de electrodomésticos 2.9 % y distintos bancos un 2.5 %”.
           Números. Ranking de reclamos por rubro: Telefonía móvil: 242. Venta de
           electrodomésticos: 192. Bancos: 151. Internet: 81. Servicio de reparaciones: 74.
           Tarjetas de crédito: 63. Financieras 52. Hipermercados: 45. Seguros: 33. Créditos de
           mutuales y sindicaos: 28. Concesionarias, planes de ahorro: 28. Televisión privada:
           16. Cantidad de denuncias 1423 denuncias totales. 966 denuncias realizadas este
           año 457 resoluciones en forma telefónica. (Fuente: www.lagacetaonline.com.ar – 5
           de enero 2010).-

          España. Los edificios construidos a partir de 2020 tendrán que ser altamente
                                                    ecológicos: Los edificios públicos deberán
                                                    cumplir estos requisitos dos años antes y la
                                                    UE podrá financiar en parte los cambios
                                                    necesarios para ajustarse a la nueva
                                                    normativa    comunitaria.    Los    edificios
                                                    construidos a partir del 31 de diciembre de
                                                    2020 tendrán que ser altamente ecológicos,
                                                    tener elevados niveles de ahorro energético
                                                    y estar alimentados en gran medida por
           fuentes de energía renovables. Los edificios públicos deberán cumplir estos
           requisitos dos años antes y la UE podrá financiar en parte los cambios necesarios
           para ajustarse a la nueva normativa comunitaria, según el acuerdo alcanzado este
           miércoles por el Parlamento Europeo y el Consejo sobre una nueva norma de
           eficiencia energética. El sector público debe dar ejemplo de aquí a finales de 2018
           usando o alquilando sólo este tipo de edificios y reconvirtiendo el parque existente
           para aproximarlos a la norma "cero energía". El Consejo ha tenido en cuenta las
           enmiendas presentadas por el Parlamento que exigen a los Estados miembros
           elaborar planes nacionales para aumentar el número de edificios ecológicos y
           explicitar a mediados de 2011 los incentivos financieros u otros para garantizar la
           transición hacia un tipo de construcción que consuma menos energía. Los edificios
           actuales deberán mejorar su competencia energética acometiendo importantes
           renovaciones y los Estados tendrán por tanto que animar a sus propietarios a
           aprovechar la ocasión para instalar contadores inteligentes y remplazar los sistemas
           de calefacción más contaminantes, las tuberías de agua caliente y la climatización
           por alternativas más ecológicas. Se establecerá también un sistema de
           homologación para medir la eficacia energética de los edificios, certificados que
           serán obligatorios para los construidos, vendidos o alquilados y para los que tienen
           más de 500 metros cuadrados destinados a la Administración y a la atención al
           público. Cinco años después de la entrada en vigor de esta legislación, la superficie



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se rebajará a 250 metros cuadrados. Están excluidos del ámbito de aplicación de la
           normativa las viviendas pequeñas de menos de 50 metros cuadrados, las
           residencias de vacaciones que se usan menos de cuatro meses al año o cuyo uso es
           inferior al 25% del consumo de energía anual, los edificios destinados a actividades
           religiosas, los que se utilizan durante dos años o menos, las fábricas, talleres e
           instalaciones agrícolas con poca demanda energética y los edificios históricos
           protegidos. El texto de compromiso acordado ayer tiene que ser ahora aprobado
           formalmente por el Consejo para que el Parlamento le dé su aprobación definitiva a
           principios de 2010. Una vez publicado en el Diario oficial de la UE, los Estados
           miembros tendrán dos años para adaptar la nueva directiva a sus legislaciones
           nacionales. (Fuente: FACUA – España – 19/11/2009).-

          El Salvador. Compromiso para impulsar educación al consumidor en la
                                                   escuela: Con apoyo y asistencia técnica de
                                                   Consumers International (CI), la Defensoría
                                                   del Consumidor, emprenderá en febrero
                                                   próximo, una evaluación de los avances de la
                                                   educación al consumidor en El Salvador y
                                                   formulará una propuesta para fortalecer la
                                                   educación al consumidor en los programas
                                                   de educación básica y media. La evaluación
                                                   técnico-pedagógica para la inclusión del eje
                                                   transversal “educación al consumidor y
                                                   consumidora”, se realizará en las 4 materias
           básicas: Matemáticas, Lenguaje, Ciencias y Estudios Sociales. La Defensoría del
           Consumidor, en el marco de la activación del Sistema Nacional de Protección al
           Consumidor, busca incidir para que en la escuela se potencie la capacidad crítica de
           alumnos y alumnas en el ámbito de las relaciones de consumo, aportando al
           desarrollo de una mayor cultura de derechos, destacó su Presidente Armando
           Flores. En la rueda informativa en la que ha sido anunciado este emprendimiento, ha
           participado el Coordinador para América Latina y el Caribe de Consumers
           International, Juan Trimboli, quien ha declarado su satisfacción con el inicio de la
           relación y cooperación con la Defensoría del Consumidor. Para el desarrollo de esta
           consultoría, Consumers International brindará asistencia técnica por medio de la Dra.
           Nieves Álvarez Martín, ex Directora de la Escuela Europea de Consumidores y
           consultora española con 34 años de experiencia en el campo de la educación para el
           consumo. Entre otras actividades, esta iniciativa contempla una estrecha
           coordinación con el Ministerio de Educación, y asociaciones de consumidores, como
           el Centro para la defensa del Consumidor (CDC). Trimboli agregó que para lograr el
           éxito en la educación para el consumo, es importante incluir el tema como un eje
           transversal en las materias comunes, con ejemplos concretos de la vida cotidiana.
           Para el caso, “…en las matemáticas, el tema del presupuesto familiar o lo que es un
           recibo de cobro por un servicio público”, señalo Trimboli. Consumers International
           (CI), es una federación mundial de asociaciones de consumidores y agencias
           gubernamentales de protección a las personas consumidoras, que se constituye en
           la voz global e independiente en el tema, y en la actualidad agrupa a más de 220
           organizaciones en 115 países de todo el mundo. Finalmente el Presidente de la
           Defensoría del Consumidor anunció la decisión de solicitar la incorporación de la DC
           como miembro gubernamental de Consumers International. (15 de enero de 2010 –
           Consumers International).-

          Chile. Empresa indemniza a cliente porque cajera rompió billete de $ 20 mil que
                                             creyó falso: La Corte de Apelaciones de
                                             Antofagasta condenó a Importadora y



Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina         p. 19 de 21
Exportadora E.V. Textil Limitada al pago de una indemnización de $770 mil luego de
          que la cajera rompiera injustificadamente un billete con el que consumidor iba a
          pagar porque creyó que era falsificado. Una desagradable historia vivió Raúl Vergara
          al momento de ir a comprar una tela que le había encargado su señora, ya que al
          momento de pagarla, la cajera le señaló que el billete de $20 mil era falso.
          Extrañado, el consumidor pagó con otro billete y le pidió a la cajera la devolución del
          que presumiblemente era falso, pero ésta se negó. Tras insistir, la dependiente lo
          rompió en dos partes, entregándole una parte y quedándose con la otra,
          amenazándole que si no se retiraba del local llamaría a Carabineros. Sorprendido
          aún con lo que había pasado, el consumidor salió del local y se dirigió a una sucursal
          de Banco Estado a chequear si efectivamente el billete era falso. Tras corroborar que
          se trataba de un billete verdadero, regresó a la tienda con el propósito de recuperar
          la parte que estaba en manos de la cajera. Pese al requerimiento de parte del
          consumidor, la cajera se negó. Tras rehusarse a irse del local si la parte del billete, la
          dependiente con el apoyo de la encargada del local llamaron a Carabineros, quienes
          detuvieron al consumidor subiéndolo a un furgón policial a vista y paciencia de todas
          las personas que en ese momento estaban en la tienda y circulaban por el sector,
          reteniéndolo por cerca de 30 minutos en el cuartel policial. Tras la insistencia de
          Vergara que el billete era verdadero, los policías acompañaron al afectado al banco
          a comprobar la autenticidad del documento. Luego de chequear que era legítimo, los
          Carabineros regresaron a la tienda y detuvieron a la cajera, llevándosela a la unidad
          policial, lugar donde el consumidor realizó la denuncia por el hecho. En el juicio la
          cajera de la tienda se defendió diciendo que por norma de la empresa debía revisar
          los billetes en una máquina con luz ultravioleta, y que tras hacerlo se percató que el
          billete en cuestión carecía de un sello verde fosforescente, procediendo a informarle
          al consumidor del hecho, quien tras la noticia se puso muy nervioso, y que ante su
          insistencia, éste sacó un billete de $10 mil con el cual pagó finalmente la compra. La
          dependiente agregó que ella le comunicó al consumidor que no le devolvería el
          billete porque era falso y como éste insistiera, le indicó que llamaría a Carabineros y
          que sólo delante de ellos le entregaría el billete, pero que ante la conducta del
          cliente, procedió a romperlo, entregándole sólo la mitad del mismo, luego de lo cual
          el consumidor se retiró de la tienda. Una vez conocidos los antecedentes, el Tercer
          Juzgado de Policía Local de Antofagasta rechazó la acusación del consumidor por
          no haberse acreditado ninguna infracción. Sin embargo y tras apelar, la Corte de
          Apelaciones, revocó el criterio y le dio la razón al consumidor, señalando que si bien
          la conducta de la dependiente de la tienda no constituye delito, se trató de una
          actitud abusiva e injusta. La Corte señaló que el comportamiento de la cajera no sólo
          se ha traducido en un trato que ha resultado vejatorio para el cliente, "sino que ha
          visto agravado por cuanto ni siquiera se ha intentado aminorar las funestas
          consecuencias del agravio que se ha inferido, proporcionándole al afectado alguna
          explicación o las disculpas del caso". También señala la sentencia que la Ley del
          Consumidor no puede circunscribirse única y exclusivamente a la adquisición del
          producto, si no que debe involucrar también todo el ciclo de la compra, esto es antes,
          durante y después de realizado el acto de consumo, ya que cualquier vulneración
          también atenta en contra de los derechos de los consumidores. Finalmente, la
          empresa Importadora y Exportadora E.V. Textil Limitada fue condenada al pago de
          una indemnización de $770 mil por daños y perjuicios al consumidor afectado, más
          el pago de una multa de 10 U.T.M (más de $350 mil) por infringir la Ley del
          Consumidor. El fallo confirma que los consumidores tienen derecho a un trato digno
          y apropiado así como las empresas deben ser profesionales en la prestación de sus
          servicios y no hacer que el consumidor sea quien asuma la responsabilidad que a
          ellas les compete como es verificar correctamente que un billete sea válido.
          Asimismo, confirma que las empresas no pueden negar injustificadamente la venta
          de un producto o servicio. (Fuente: 24/12/2009 - http://www.anadeus.cl/).-



Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina             p. 20 de 21
   Chile. El 97 % de 164 servicios públicos vulnera la norma de protección de
                                         datos personales: Estudio de la Fundación Pro
                                         Acceso. Reparticiones no entregan antecedentes al
                                         Registro Civil, lo que impide conocer la información que
                                         maneja el Estado sobre los ciudadanos. Sólo el 3% de
                                         las reparticiones dependientes de los ministerios
                                         sociales tienen inscritas las bases de datos con
                                         información de ciudadanos que usan en sus entidades.
                                         Ésa fue la conclusión de un estudio de la Fundación Pro
                                         Acceso que involucró a 164 servicios, programas o
           beneficios de los ministerios de Vivienda, Salud, Educación, Trabajo y Planificación,
           y el Servicio Nacional de la Mujer. El trabajo, uno de los más extensos que se ha
           desarrollado usando la Ley de Transparencia, se realizó a partir de un cuestionario
           de siete preguntas enviado durante el mes de septiembre a las reparticiones. Sin
           embargo, los resultados muestran un panorama preocupante, según plantea
           Federico Allendes, abogado y presidente de Pro Acceso. "Hay un escaso
           cumplimiento de la ley sobre protección de datos y vida privada. Porque de los 50
           servicios que respondieron formalmente, hubo 39 que reconocieron tener bases de
           datos personales, y de ésos solamente 5 han cumplido con su deber de registrarlas
           ante la entidad correspondiente, que es el Registro Civil", señala. Este hecho, añade
           Allendes, es un incumplimiento de la Ley 19.628, que protege los datos personales,
           ya que los servicios están obligados por esa norma a registrar sus bases de datos, y
           deja en una abierta desprotección a los ciudadanos. "Es un problema muy serio,
           porque el estudio demuestra que los ciudadanos no tienen cómo saber qué tipo de
           datos tiene el Estado sobre ellos", dice. Además, el estudio reveló que sólo 5
           servicios afirmaron tener un encargado para el tema de las bases de datos, y que
           son escasas las medidas de seguridad adoptadas por los organismos para proteger
           dicha información. "Hay una gran desprotección que implica un desafío enorme para
           el futuro, porque Chile ingresó a la OCDE, y dentro de las políticas de ese grupo está
           la protección de datos. En este momento estamos con un proyecto en el Parlamento
           para tratar de alcanzar el nivel OCDE; sin embargo, las prácticas actuales no están
           en ese nivel", plantea Allendes. Ante este panorama, la Fundación Pro Acceso
           acudirá hoy al Consejo para la Transparencia, organismo facultado para velar por el
           manejo de las bases de datos en el sector público, para hacer entrega del estudio y
           solicitarle acciones respecto del tema, ya que, según concluye Allendes, "no hay
           políticas claras ni normas técnicas sobre las reglas de seguridad que se debieran
           seguir en el manejo de las bases de datos. No se está cumpliendo la ley actual por
           ningún lado". Bajo cumplimiento de la Ley de Transparencia. Otro elemento del
           estudio que fue mal evaluado por Pro Acceso fue el nivel de respuesta de los
           organismos públicos. "Del 100% de la muestra, solamente un 30% respondió
           satisfactoriamente, lo que es un nivel muy bajo", señaló Federico Allendes. El 28%
           no emitió respuesta alguna y el 34% respondió formalmente la solicitud, pero sin
           contestar el cuestionario, lo que también será puesto en conocimiento del Consejo
           para la Transparencia, para que tome las medidas correspondientes en el tema. "El
           estudio demuestra que los ciudadanos no tienen cómo saber qué tipo de datos tiene
           el Estado sobre ellos (...) Hay una gran desprotección que implica un desafío
           enorme". Presidente de la Fundación Pro Acceso (Fuente: ODECU.cl – El Mercurio
           28 de Diciembre 2009)




Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina          p. 21 de 21

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Bajo La Lupa Del Consumidor Nº188

  • 1. Revista Digital Quincenal Año IX - Nº 188 – 18 de Enero de 2010 - San Luis - Argentina  EDITORIAL: NUEVAS TECNOLOGIAS. NUEVOS DERECHOS. PARTICIPACION ACTIVA “Los ciudadanos debemos participar para que se hagan realidad “derechos adquiridos” y para que los marcos de protección de nuestros derechos acompañen los procesos de expansión de las nuevas tecnologías. La ley o norma, por si mismo, no modifica conductas de los proveedores de bienes y servicios”.-  EL “TRANSPUNTANO”: TRANSICION EXTENDIDA Y CONTROL DE FRECUENCIAS. LA PRIMERA EVALUACION DE ADEUCO “La frecuencia es el tema que preocupa al usuario. En muchos casos, usuarios denuncian frecuencias de 45 minutos. 48 son las unidades que hoy tienen a su cargo el transporte urbano. ADEUCO sostiene que se debería reforzar la oferta, de manera de mejorar las frecuencias”.-  ADEUCO SOLICITO AUDIENCIA CON EL MINISTRO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA “ADEUCO formalizo mediante un escrito presentado el pasado 8 de enero, un pedido de audiencia con el Ministro de Educación, Lic. Fernando Salino. La ONG insiste con la incorporación de los derechos del consumidor en la curricula escolar formal, y pretende analizar una propuesta elevada hace mas de un año sobre el funcionamiento del sistema de educación publica de gestión privada”.-  Bº JOSE HERNANDES: VECINOS SUFRIERON DAÑOS EN ARTEFACTOS. ADEUCO INTERVINO. EDESAL SE HARA CARGO " El día jueves 12, la Subgerente de Pequeñas Demandas se comunico con el titular de ADEUCO, oportunidad en la que le informo que, de acuerdo al informe técnico, el problema se habría originado en una conexión clandestina en la zona”.- Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 1 de 21
  • 2.  FALLOS A FAVOR DE LOS USUARIOS: OBLIGAN A BANCOS RESTITUIR CARGOS MAL COBRADOS “Las sentencias toman en consideración la prueba pericial cumplida por expertos de ciencias económicas que constataron la falta de registración de los costos específicos por el mentado mantenimiento de cuenta. Por eso obligan a las entidades a devolver las comisiones cobradas indebidamente, aunque los veredictos deberán ser ratificados o rectificados por la Cámara de Apelaciones".-  LA IMPORTANCIA DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO EN LA GENERACION DE BIOCOMBUSTIBLES A BASE DE SOJA "En 1992 en Río de Janeiro, Brasil, se aprobó la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, donde se consagra la relevancia del principio precautorio”.-.  TRANSPORTE DE LARGA DISTANCIA: LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS “Usted podrá radicar su denuncia directamente ante las empresas operadoras. Debe comunicarse telefónicamente a los Centros de Atención al Pasajero y explíquele el problema. Le dará un número de reclamo, si no, exíjalo, así como el tiempo estimado de solución. Si el inconveniente no fue solucionado en tiempo y forma o si la solución no es de su satisfacción, entonces comuníquese con CNRT.-  NOTI – CONSUMO  Mar del Plata: Lanzaron el primer Tribunal de Consumo Turístico.-  Argentina: Desarrollan tecnología para eliminar residuos de glifosato del agua.-  Bs. As: A tres años de su vigencia, el 70 % de los comercios incumple ley de talles.-  ANMAT: Prohíben la venta de producto fabricado en San Luis.-  Bs As: Mujer se puso implantes mamarios, se rompieron y debió ser indemnizada.-  Paraná (Entre Ríos): 1.400 reclamos gestiono defensa del consumidor municipal.-  España: Edificios construidos a partir del 2020 deberán ser altamente ecológicos.-  El Salvador: Compromiso para impulsar educación al consumidor en las escuelas.-  Chile: Empresa indemniza a persona porque cajera rompió billete que creyó falso.-  Chile: 64 % de empresas de servicios vulnera normas protección datos personales.- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ASOCIACION DE DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES (ADEUCO) Asociación Civil Sin Fines de Lucro Sede Central: Neuquén 426 - San Luis - C.P 5700 Tel: 02652 - 444039 – 15554293 Correo Electrónico: adeuconline@yahoo.com.ar Correo Electrónico: adeuco_comunicación@yahoo.com.ar Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 2 de 21
  • 3. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Editorial: NUEVAS TECNOLOGIAS. NUEVOS DERECHOS. PARTICIPACION ACTIVA Las nuevas tecnologías trajeron consigo nuevos desafíos. La telefonía celular e internet, son servicios que se han expandido de manera fenomenal en los últimos años.- Sin dudas que, en esa “carrera expansiva”, la telefonía celular tiene estadísticas que son contundentes, algunas de las cuales vale la pena recordar, para dimensionar de que estamos hablando. En el año 2005, según datos oficiales del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), en la argentina había 20.371.000 celulares activados, mientras que a marzo del 2009, las líneas habilitadas según la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) alcanzaban los 41.736.898. Es decir, un 104,9 % de crecimiento en la telefonía celular en el país. Por si hace falta aclarar, estamos hablando de más celulares habilitados que cantidad de habitantes (40.134.425, según el último censo).- La misma relación se da en muchos países. Por ejemplo, en Alemania, en 1996 tenían 5.600.000 contratos de telefonía celular, y en una década paso a contar con 82.800.000 abonados a la telefonía móvil, en un crecimiento espectacular. Esta cifra data del 2006, cuando Alemania contaba con 82 millones de habitantes. Un 1364,3 % de crecimiento. Es decir, se vuelve a repetir la ecuación de más contratos de telefonía celular habilitados que habitantes.- En cuanto a internet, también es un servicio que se expandió fuertemente, aunque los datos estadísticos no sean “tan contundentes” como los de la telefonía celular. El desarrollo del sector privado, mas las políticas de incentivación a la inclusión digital, han posibilitado que cada día sean más los ciudadanos que se incorporan a la red de redes. En 1996 se registraban en la argentina 80.000 accesos a internet, mientras que diez años después, en el 2006, el nivel de acceso alcanzo los 13.000.000, y obviamente, siguió creciendo. Una mayor protección Si bien tenemos los consumidores y usuarios un régimen legal de protección que consagra, por ejemplo, el derecho a la información y el derecho al trato digno, entre otros. Es necesario un marco más específico de regulación de servicios que, como ya lo hemos señalado, han tenido un crecimiento fenomenal en poco más de diez años en la argentina.- Además de conquistar nuevos derechos, es necesario “concretar” viejos derechos vinculados a las nuevas tecnologías. Un caso paradigmático en el de la portabilidad numérica, un derecho consagrado hace 10 años, pero que, al no haber sido reglamentado el sistema, aun no se pone en práctica en la argentina. Casualmente, el pasado 1º de enero del 2010, Perú puso en vigencia la portabilidad, y se sumo de esta manera a una cantidad importante de países donde los usuarios pueden gozar de este derecho. Participar, de todas las maneras, para un mejor consumo La telefonía celular, y las vicisitudes que nos tocan vivir a los usuarios, han provocado que miles de ciudadanos hayan participado en el apagón de una hora, del pasado 12 de enero en todo el país. Protestando por los aumentos, pero también proponiendo: que la telefonía móvil sea declarada un “servicio público”. Una lucha que tendrá continuidad, y que seguramente tendrá su correlato en el parlamento nacional. Es una lucha colectiva, como la que tenemos que dar con el servicio de internet. En Brasil, por ejemplo, el Congreso analizará, a partir de marzo de este año, un proyecto de ley para un nuevo marco regulatorio de internet producido por el ministerio de Justicia, que contendrá los derechos de los usuarios de la red global, sus responsabilidades y los deberes del Estado. Los ciudadanos debemos participar para que se hagan realidad “derechos adquiridos” y para que los marcos de protección de nuestros derechos acompañen los procesos de expansión de las nuevas tecnologías. La ley o norma, por si mismo, no modifica conductas de los proveedores de bienes y servicios. Eso requiere de un proceso del que debemos ser actores protagónicos, demandando, proponiendo, y ejerciendo un consumo responsable.- (*) Jorge Olguin Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 3 de 21
  • 4. Director de Bajo La Lupa del Consumidor EL “TRANSPUNTANO”: TRANSICION EXTENDIDA Y CONTROL DE FRECUENCIAS. LA PRIMERA EVALUACION DE ADEUCO Se cumple una semana desde que la empresa “Transpuntano” comenzó a prestar el servicio de transporte público en la ciudad capital de San Luis. Efectivamente, el once (11) de enero - exactamente once días después de lo previsto, las unidades - contratadas por la empresa local, al grupo empresario mendocino “El Cacique S.A” -, comenzaron a circular, cumpliendo con el mismo recorrido que antes realizaron SAISA, y hasta el 10 de enero, la UTE santafesina.- Primera conclusión: “Transición extendida” Luego de que la primera licitación convocada por la Intendente Municipal, fuera declarada desierta en el 2008, y se apelara al concurso de precios que derivo en la “concesión provisoria” por un año a la Unión Transitoria de Empresas (U.T.E) conformada por las empresas santafesinas El Recreo S.R.L, y Autobuses Santa Fe S.R.L, desde ADEUCO se califico a la etapa que se inicio en enero/2009 y concluía el 31 de diciembre/2009, como una “etapa de transición”. ¿Por qué motivo? Los motivos eran obvios. Difícilmente se le podía exigir a una empresa con un contrato precario de un año, que cumpla con las condiciones que prevé un pliego de bases y condiciones para un contrato con, por lo menos, cinco años de extensión.- La nueva licitación del 2009, abrió la expectativa de comenzar el 2010 con un servicio encuadrado en los requisitos del pliego, pero su “controvertido” final (se declaro fracasada, cuando había dictamen de la comisión de pre-adjudicación para que las empresas santafesinas continuaran con una concesión definitiva), volvió a colocar en el centro de la escena, la cuestión de la transición, lo que efectivamente se materializo cuando el 1º de enero el Transpuntano no se pudo hacer cargo del servicio, debiendo el municipio recurrir a la misma empresa a la que le bajo el pulgar, ganando el tiempo para encontrar la manera de garantizar la prestación del servicio, cosa que finalmente ocurrió no sin antes “sudar la gota gorda”.- Sin maquinas expendedoras de boleto, sin boleto combinado, sin tarjetas prepagas, sin 0800 y sin unidades adaptadas para discapacitados Todos estas cuestiones, implican “no ajustarse” (por no decir incumplir) al pliego se bases y condiciones. Otro dato importante, que surge de la información que se viene publicando por estos días, es que la oferta en cantidad de unidades no alcanzaría el máximo que se ofreció en el marco de la licitación finalmente fracasada. Las distintas oferentes garantizaban entre 85 y 91 unidades funcionando a full, mientras que según la escasa información disponible, en Marzo (cuando comienza la etapa de mayor demanda) se llegaría a 80 unidades, lo que nos hace especular que se puede acentuar el problema de la falta de oferta, sobre todo en los horarios pico.- En la cancha se ven los pingos Lo hecho, hecho esta. Los usuarios debemos demandar que esa “transición” se acorte al mínimo de tiempo, y que el servicio se encuadre a lo dispuesto en el pliego de bases y condiciones. Por estas horas, si analizamos las perspectivas que teníamos a mediados del año 2009, con la licitación en proceso, la sensación es que hemos retrocedido.- Frecuencias: La “H” y la “D” de lo mejor. La “E” y la “N” y la “BCG”, de lo peor Desde la Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (ADEUCO), se dispuso un seguimiento de frecuencias, el que se instrumento desde el 11 de enero, y finalizo el lunes 18, de manera de poder hacer una primera evaluación de este tema (las frecuencias) que forma parte de la principal preocupación de los usuarios del servicio.- El control de frecuencias, se llevo a cabo los días lunes 11/01, martes 12, viernes 15, domingo 17 y lunes 18/01, y abarco horarios de mañana, mediodía (hora pico), media tarde, y tarde noche, tomando paradas de la periferia del caso céntrico, y otras ubicadas en el micro Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 4 de 21
  • 5. centro puntano. Entre las paradas que ADEUCO utilizo para el relevamiento, se encuentran las ubicadas en Calle Vicente Dupuy y Estrada Ortiz (Bº San Martin), 9 de Julio y Neuquén (Bº Rawson), Chacabuco y Belgrano, y Chacabuco y Lavalle, en pleno micro centro. La conclusión del estudio llevado adelante por miembros de la entidad de defensa de los consumidores, indica que las líneas que mas irregularmente funcionaron fueron las “E”, la “N” y la “BCG”, mientras que aquellas que fueron mas regulares en relación a la frecuencia establecida, fueron la “H” y la “D”.- Algunos datos concretos del estudio de ADEUCO sobre las frecuencias La líneas “H”, que une el Bº CGT y el Eva Perón, entre las 16 y las 19 Hs del lunes 11 de enero, mantuvo una frecuencia promedio de 16 minutos, con picos de 30 y con frecuencias mínimas de 10 minutos. Este dato surge luego de controlar el paso de 17 coches, en la parada de 9 de Julio y Neuquén, en la zona oeste de la ciudad capital.- La misma línea “H”, pero en este caso, entre las 9 y las 11 de la mañana del lunes 18 de enero, mantuvo una frecuencia promedio de 15 minutos, según surge luego de controlar el paso de 14 coches en la misma parada de 9 de julio y Neuquén.- La línea “D”, que une el Bº 118 Viviendas y el Bº AMEP, en los controles realizados el viernes 15 de enero, entre las 12y30 y las 14,00, en dicha franja horaria pasaron seis unidades, con frecuencias prácticamente normales. Por ejemplo, el primero paso a las 12,36, y fue seguido por otros a las 12,51; 13,03; 13,19; 13,33, y 13,49, con un pico de frecuencia de 16 minutos, y una frecuencia mínima de 12 minutos.- En el control llevado a cabo en la parada del micro centro ubicada en Chacabuco y Belgrano, el día viernes 15 de enero, en un horario pico, entre las 12 y 30 y las 14 horas, los datos mas relevantes en que concluyo el estudio de ADEUCO, podemos mencionar: La línea “E”, que une el Bº AMPARE y la Penitenciaria, entre las 12 y30 y las 14,00, paso en tres oportunidades. A las 12,54, luego a las 13,23, y finalmente a las 13,48, lo que implica frecuencias en un horario pico de 29 y 25 minutos, respectivamente.- La línea BCG, que une el Puente Blanco y el Bº Santa Rita, en los controles realizados el viernes 15 de enero, entre las 12y30 y las 14,00, en dicha franja horaria pasaron cinco unidades, con picos de frecuencias de 34 minutos, y una frecuencia mínima de 9 minutos. El primer coche pasó a las 12,39, seguido de 12,48; 13,05; 13,39; y 13,53.- La línea “N”, que une el Bº Libertad y el Bº Eva Perón, en los controles realizados el viernes 15 de enero, entre las 12y30 y las 14,00, en dicha franja horaria pasaron solo cuatro unidades, con picos de frecuencias de 31 minutos, y una frecuencia mínima de 15 minutos. El primer coche pasó a las 12,41, seguido de 12,56; 13,27, y 13,49.- ADEUCO pedirá se incorpore a la brevedad, mas unidades para mejorar la oferta La frecuencia es el tema que mas preocupa al usuario. En muchos de los casos, y sobre algunas líneas en particular, los usuarios denuncian frecuencias de 45 minutos y más. Según la información oficial transmitida por los directivos de Transpuntano en los medios, serian 48 las unidades que hoy tienen a su cargo las 10 líneas del transporte urbano de pasajeros en la capital. ADEUCO sostiene que se debería reforzar la oferta, de manera de mejorar las frecuencias. La semana próxima, ADEUCO realizara presentación al municipio ADEUCO pedirá que se incorpore al menos una unidad mas por línea, en el menor tiempo posible, a la vez que en la presentación que efectuara en la semana próxima, solicitara que el municipio capitalino le informe cual será el cronograma establecido para ajustar el accionar de Transpuntano Sapem a las condiciones requeridas por el pliego de bases y condiciones, de manera que los usuarios podamos acceder al servicio en las condiciones máximas de calidad que están establecidas.- Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 5 de 21
  • 6. ADEUCO SOLICITO AUDIENCIA CON EL MINISTRO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA La Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (ADEUCO) formalizo mediante un escrito presentado el pasado 8 de enero, un pedido de audiencia con el Ministro de Educación de la Provincia de San Luis, Lic. Fernando Salino. La entidad de defensa de los consumidores puntanos insiste en la importancia que tiene que se definan políticas públicas activas de educación al consumidor, y también de la necesidad de revisar el funcionamiento del sistema de educación publica de gestión privada.- Puntos propuestas a debatir Los puntos centrales que la asociación plantea en la presentación, para ser analizados con la máxima autoridad de educación del gobierno de la provincia, son: 1.Incorporación de los Derechos del Consumidor en la Curricula Escolar del sistema de educación formal en la Provincia de San Luis.- 2. Propuesta para conformar una “COMISION DE SEGUIMIENTO DE ARANCELES” en el sistema de educación pública de gestión privada.- 3. Solicitud de informes sobre la aplicación del “Bono Educativo”.- Consideraciones y antecedentes Los puntos señalados, vienen siendo impulsados por la ONG desde hace varios años, y en ese sentido existen antecedentes de gestiones realizadas por ADEUCO ante diversos organismos públicos, incluso el propio Ministerio. Para citar uno de esos antecedentes, podemos mencionar la presentación que hiciéramos en Octubre del año 2008, a la entonces Ministra Silvia Rodríguez, referido a la conformación de la “Comisión de Seguimiento de Aranceles” en el sistema de educación publica de gestión privada. La ex Ministra, nunca abrió una instancia de dialogo, tal vez producto que su origen es precisamente el de los colegios privados, y poco interés tendría en transparentar como se encuentra funcionando el sistema. Transparentar implica para la asociación, conocer en detalles las subvenciones que reciben los colegios e institutos, con que criterios se otorgan, como se fiscaliza desde el estado que los colegios o institutos cumplan con el precepto de ser entidades “sin fines de lucro” tal cual lo establece la ley de educación publica de gestión privada, si los colegios e institutos cumplen con las disposiciones que garanticen los derechos de los padres y tutores en cuanto a ser informados en tiempo y forma de la estructura de aranceles (inscripción y valor de cuotas mensuales), etc.- En relación a la incorporación de los derechos del consumidor en los contenidos curriculares del sistema educativo provincial, ADEUCO realizo gestiones previas a la conformación del ministerio, esto es, ante el Programa de Educación, dando lugar incluso a la elaboración del organismo estatal de una “Circular Pedagógica”, aunque en los hechos no se han registrado avances, al menos, que sean de nuestro conocimiento.- En definitiva, la petición de la audiencia con la máxima autoridad educativa de la provincia, tiene como objetivo dialogar sobre los puntos señalados, en la búsqueda de participar en la definición de políticas publicas que redunden en la educación ciudadana en materia de sus derechos como consumidores y usuarios, lo que será un aporte fundamental en el proceso de construcción de una sociedad con mas conocimiento y herramientas para proteger sus derechos y luchar por una mejor calidad de vida.- Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 6 de 21
  • 7. EDESAL DECLARO PROCEDENTE EL RECLAMO DE VECINOS DEL BARRIO JOSE HERNANDEZ SE HARA CARGO DE LOS DAÑOS EN ARTEFACTOS DE CUATRO FAMILIAS El día lunes 11 de Enero, en horas de la noche, vecinos del barrio antes citado, se contactaron telefónicamente con el titular de ADEUCO, poniéndolo en conocimiento de lo ocurrido y solicitando orientación sobre como proceder. En concreto, el mismo lunes, se produjo el ingreso de energía eléctrica al domicilio de vecinos que habitan en el Monoblock 10 del Bº José Hernández, sin regulación previa, lo que implica que la energía fuera mucho mas que el normal 220. Esto situación provoco la quema de electrodomésticos a, por lo menos, cuatro familias, quienes sufrieron la quema de Televisores, computadora, Lavarropas, Equipos de música, radio grabador, etc.- ADEUCO oriento a quienes requirieron su intervención, de manera de que formalicen el reclamo correspondiente ante las oficinas comerciales de la distribuidora EDESAL, y, paralelamente, comenzó gestiones con el objeto de solicitar información sobre el origen del problema, procurando una solución en tiempo perentorio.- Reunión con la Subgerente de Pequeñas Demandas El día martes 12 de Enero, alrededor de las 11 y 30 de la mañana, el Presidente de ADEUCO, Jorge Olguin, se reunió con la Subgerente de Pequeñas Demandas de EDESAL, Dra. Andrea Sormani, con la que abordo el tema, requiriendo que se determine en breve sobre cuales fueron las razones que provocaron los daños mencionados con anterioridad, y solicitando que declarada la procedencia del reclamo, la solución se en el tiempo mas inmediato posible, mas allá de los tiempos que establece el Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica, el que le otorga a la distribuidora 10 días hábiles para adoptar una resolución sobre cada reclamo que presenta el usuario ante la empresa.- La funcionaria de la empresa solicito inmediatamente que el área técnica de EDESAL le elevara el informe correspondiente sobre lo ocurrido en el Bº José Hernández, de manera de poder determinar si los reclamos de los vecinos eran o no procedentes. Comprometió que, apenas tuviera en su poder dicho informe, adoptaría una resolución, la que se la comunicaría a la ONG, además de prometer que, en caso de ser procedente lo denunciado por los vecinos, se trabajaría rápidamente para darles la respuesta que corresponde.- El Jueves, EDESAL comunico que se hacia cargo de los daños ocasionados El día jueves 14 de enero, la Subgerente de Pequeñas Demandas se comunico telefónicamente con el titular de ADEUCO, oportunidad en la que le informo que, e acuerdo al informe técnico, el problema se habría originado en una conexión clandestina en la zona, y consecuentemente, la Distribuidora EDESAL declaro la “procedencia del reclamo”, de manera que se hará cargo de los daños que se les ocasiono por el golpe de corriente a los vecinos que hayan formalizado el reclamo correspondiente.- Que dice el Reglamento El Reglamento de Suministro de la Energía Eléctrica, dice en su Capitulo III, Derechos del Usuario: Articulo 26º - Resarcimiento por Daños: Cuando se produzcan daños a las instalaciones y/o artefactos de propiedad del USUARIO provocados por deficiencias en la calidad técnica del suministro imputables al DISTRIBUIDOR y que no puedan evitarse mediante la instalación de protecciones por sobrecorriente y, en las instalaciones de media y alta tensión, de descargadores de sobretensiones, el DISTRIBUIDOR deberá hacerse cargo de la reparación y/o reposición, correspondiente, salvo casos de fuerza mayor. La reparación mencionada en el párrafo precedente no eximirá al DISTRIBUIDOR de la aplicación de las sanciones regladas en el Anexo 4 del Contrato de Concesión.- Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 7 de 21
  • 8. FALLOS A FAVOR DE LOS USUARIOS: OBLIGAN A BANCOS A RESTITUIR CARGOS MAL COBRADOS Avances judiciales sobre el abuso en cajas de ahorro Son dos los fallos de primera instancia que obligan a bancos restituir a los clientes cargos mal cobrados por mantenimiento de cajas de ahorro Comienzan a verse resultados de las demandas colectivas iniciadas por PADEC para que los bancos cesen de cobrar cargos injustificados a usuarios de cajas de ahorro y que restituyan el dinero compulsivamente cobrado con un retroactivo de 10 años, que sería equivalente al plazo de prescripción. En el año 2006 se iniciaron demandadas contra diez entidades entre públicas y privadas: Banco Río, Boston, HSBC, Citibank, Galicia, Comafi, Paribas, Francés, Nación y Ciudad de Buenos Aires. Los cargos cobrados no sólo son por cajas de ahorro particulares, sino por los llamados “combos o paquetes financieros”, (por ejemplo, los que se otorgan al tomar un préstamo personal) o bien, por las cuentas sueldos que pagan en general, los empleadores. PADEC considera que el cargo es ilegal porque los bancos lo cobran dos veces: primero, a través de la inclusión de estos costos operativos en la formulación de las tasas de interés que pagan para captar ahorros y luego, al facturar el cargo de mantenimiento. Por otro lado el cargo de mantenimiento es por lo general significativamente mayor a los intereses que se perciben. De esta manera los ahorros de los usuarios van menguando en el transcurso de la relación contractual. En los juicios los bancos no aportan prueba sobre cuál es la contraprestación recíproca que justificaría dicho cargo. Mediante las cajas de ahorro el usuario presta su dinero al banco y con ese capital la entidad realiza inversiones para su propia rentabilidad, sin participar al ahorrista de las ganancias que produce su dinero. El primer fallo se dictó a fines del año 2008 contra el Bank Boston y el segundo fallo de primera instancia condena al Banco Galicia a devolver a los usuarios parte de las “comisiones administrativas” que cobró a sus clientes por el mantenimiento de las cajas de ahorro. La magistrada Susana Polotto, titular del juzgado Comercial Nº 14 y el Dr. Rafael Cruz Martín, a cargo del Juzgado Comercial Nº 12, hicieron lugar a las demandas de la asociación Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor (PADEC) contra el Banco Galicia y el Bank Boston respectivamente. Las sentencias toman en consideración la prueba pericial cumplida por expertos de ciencias económicas que constataron la falta de registración de los costos específicos por el mentado mantenimiento de cuenta. Por eso es que obligan a las entidades a devolver las comisiones cobradas indebidamente, aunque los veredictos deberán ser ratificados o rectificados por la Cámara de Apelaciones para que el reembolso sea efectivo. Ante la falta de prueba de los verdaderos costos los jueces fijaron en 5 pesos dicho “costo de mantenimiento”. Diario Judicial en una entrevista a la abogada Isabel Novosad, presidenta de PADEC, destacó el reclamo por “la nulidad del pago por el mantenimiento de cajas de ahorro” y que: “No hay razón para que esto sea así, sobre todo teniendo en cuenta las menguadas tasas de interés que se pagan por los depósitos, que, en el caso del Banco Galicia es del 0.04 por ciento mensual”. La titular de PADEC también manifestó que uno de los problemas de que la gente no invierta su dinero en el banco es que “se afecta al ahorro financiero interno” y ese es un elemento que por un lado, contribuye a la fuga de capitales, y por el otro, alienta a la compra de dólares. “El ahorro en moneda extranjera es nefasto para la conservación de la moneda nacional”, valoró Novosad. Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 8 de 21
  • 9. En la causa que motivó el fallo del Galicia, el banco cobraba al demandante ocho pesos mensuales por gastos administrativos, que con el IVA se hacían 9,68 pesos. Por año, un total de 116,16 pesos. Esas comisiones le otorgarían a la entidad una ganancia de un millón de pesos mensuales. Y para que un ahorrista recupere la “comisión administrativa” mediante los intereses que cobra, debería tener un saldo promedio de 29 mil pesos en su cuenta. La juez Polotto dispuso que quienes hayan tenido depósitos en esas cuentas desde el 28 de diciembre de 2002 y hasta ahora, deberán ser indemnizados.- Y a los clientes que hubieren rescindido el contrato entre diciembre de 2002 y el 5 de mayo de 2009, “se les pondrá a disposición las sumas dinerarias correspondientes”. Según el fallo, el problema es que el banco “no les explica” a los usuarios que traslada sus costos operativos por dos mecanismos diferentes: a través de la tasa de interés pasiva (la que los bancos pagan a los depositantes) y a través de los “costos administrativos”. “El deber de información ha sido caracterizado como la obligación que tiene el proveedor de bienes y servicios de suministrar todo dato que permita una elección racional y un uso correcto y seguro de los bienes y servicios contratados”, argumentó la juez Polotto. El fallo recién estaría firme en los próximos dos o tres meses, cuando se expida la Cámara de Apelación en lo Comercial. (Fuente: Publicación de Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor - PADEC - Boletín Nº 3 I Octubre 2009).- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- LA IMPORTANCIA DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO EN LA GENERACION DE BIOCOMBUSTIBLES A BASE DE SOJA Por Silvina Chiara Díaz y Verónica Tufro(*) En 1992 en Río de Janeiro, Brasil, se aprobó la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, donde se consagra la relevancia del principio precautorio. En nuestra legislación nacional, la Ley de Presupuestos Mínimos 25.675 “Ley General del Ambiente” consagra el principio precautorio en su Art. 4° y el mismo establece que “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.” Es importante comprender la relevancia que este principio presenta en la actualidad y su ausencia en muchas de las decisiones políticas en materia ambiental. En Argentina, este principio fue ignorado al permitirse la utilización de agroquímicos sin limitaciones, sin controles, sin una previa evaluación de impacto ambiental y de la repercusión que esto pudiera tener en la salud. Una acción contra los agroquímicos El deterioro en la salud de comunidades enteras, relacionadas con los cultivos de soja y las denuncias realizadas durante años por Asociaciones Civiles a los respectivos Gobiernos Provinciales, llevaron a la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAAA), luego de varios meses de investigación, a presentar ante la Corte Suprema de Justicia una acción de amparo para exigir que se cumpla con el principio precautorio. En al causa se solicita que la Corte Suprema de Justicia de la Nación exija a la Comisión Nacional de Investigación, creada por el decreto 21/2009, que se expida, en un plazo no mayor a 180 días, sobre el grado de toxicidad y su efecto sobre la salud y el medio ambiente de los agroquímicos utilizados en los cultivos en general; y en este caso, de la soja transgénica (glifosato y endosulfan). Según el Dr. Enrique M. Viale, abogado de la AAAA, el objetivo principal de esta acción de amparo es instalar el tema en los medios para generar así el debate público. Una medida esperada es el llamado a audiencia pública por parte de la Corte Suprema, para lograr así un mayor compromiso ciudadano en la temática. Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 9 de 21
  • 10. Como objetivo a largo plazo, la AAAA plantea la necesidad de contar con una ley nacional de presupuestos mínimos sobre la utilización de agroquímicos. Se pretende que dicha norma regule distintos ejes como la evaluación de impacto ambiental, el ordenamiento territorial, la participación ciudadana y, principalmente, el rol activo del Estado como regulador y controlador de la actividad. Cabe destacar que los integrantes de la AAAA bregan por un desarrollo sustentable pretendiendo, con esta causa, una suspensión de la utilización de los agroquímicos anteriormente mencionados, hasta tanto no se investigue los efectos que éstos podrían provocar en la salud y el medio ambiente. La intención no es frenar la actividad agrícola sino que su desarrollo a futuro no se vea comprometido en el corto plazo, de manera de lograr una actividad sustentable en el tiempo. Paralelismos Está claro que la decisión que tome la Corte Suprema, respecto de los agroquímicos, afectará la producción de biocombustibles a base de soja. Si bien los agroquímicos antes mencionados se encuentran inmersos en el sistema productivo y su reemplazo o límites en su utilización pueden generar conflictos de poderes, por afectar actividades productivas que inciden en la economía nacional, no es la primera vez que esto sucede. En el caso de los PCBs, sucedió algo similar cuando se comenzó a cuestionar los efectos adversos que este químico - comúnmente utilizado en productos básicos - tenía en la salud. Al comprobarse dichos efectos adversos se buscó, tanto a nivel internacional como nacional, su sustitución estableciéndose plazos específicos para su erradicación. Esto demuestra que no sólo con los agroquímicos sino con diversas sustancias no se tuvo, ni se tiene en cuenta, el principio precautorio antes mencionado que es una de las bases del desarrollo sustentable. Biocombustibles, ¿una alternativa ambientalmente sustentable? Existe una amplia actividad en pos de los biocombustibles a base de soja, como alternativa energética a la producción de combustibles fósiles, para ser utilizados tanto a nivel nacional como en mercados internacionales. Contamos en nuestra normativa interna con distintas leyes que favorecen y benefician a aquellos que desarrollan dicha actividad. Paralelamente, las inversiones extranjeras incentivan también la producción de los biocombustibles, para lograr así sus compromisos internacionales asumidos de reducción en la utilización de combustibles fósiles. Esto genera una clara presión en este modelo productivo. Ante este estado de situación no debemos olvidar que los agrocombustibles no son la única opción valedera como modelo energético alternativo. A la hora de desarrollar una política energética debemos tener en cuenta distintas variables. Una de ellas es evaluar si realmente los biocombustibles a base de soja son una alternativa sustentable, que posibilite disminuir la contaminación generada por la quema de combustibles fósiles, y no un problema mayor, evaluando el costo - beneficio que dicha acción acarrea tanto al medio ambiente como a la salud humana. Debe evaluarse correctamente y con una visión integral si es que Argentina está favoreciendo un desarrollo sustentable, a través del apoyo a la generación de biocombustibles a base de soja, o si, por el contrario, se está yendo en desmedro del ambiente y la salud humana para continuar, una vez más, con negocios privados que sólo generan riquezas y poco tienen de ambientalmente sustentables y socialmente responsables. (*) Abogada de la UBA y Master en Derecho Ambiental de la UBA. (Fuente: Martes, 20 de Octubre de 2009 - Eldial.com – Suplemento de Derecho Ambiental) Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 10 de 21
  • 11. TRANSPORTE DE LARGA DISTANCIA: LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Derechos y deberes de los usuarios de transporte de larga distancia Derechos del usuario * Exigir el cumplimiento de las normas de seguridad relativas al vehículo y al conductor del servicio. * Exigir el cumplimiento del recorrido, del horario y las tarifas. * Transportar hasta 15 kg. de equipaje en forma gratuita, recibiendo la correspondiente contraseña o guía de equipaje. * Realizar sus reclamos ante la empresa a través de la línea telefónica gratuita exhibida en las unidades de la empresa. » Contactos y reclamos ante la CNRT * Realizar sus reclamos ante la CNRT a través de la línea telefónica gratuita 0800 - 333 - 0300 o Apartado Especial Nº 129 (C1000WAB) Correo Central. Dirigida al Centro de Atención al Usuario - Maipú 88 - (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Personalmente: En la sede central del organismo Maipú 88 - Planta Baja – CABA. En la Estación Terminal de Ómnibus de Retiro - Oficinas 129 y 130 ubicadas en el Puente 4 - Nivel II. Reclamos en Delegación Regional de la CNRT En el caso de San Luis, los usuarios deben formalizar el reclamo ante la delegación de la CNRT regional, con domicilio en Bandera de los Andes y Alberdi s/nro. Piso 1 (ala norte) (5519) Guaymallén – Mendoza, tel. (0261) 4322979, correo electrónico: cnrtmend@infovia.com.ar. También lo puede hacer en el organismo de Defensa del Consumidor, de la jurisdicción, de salida o destino. Pases, franquicias y tarifas especiales * El certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transportes colectivos terrestres, sometidos a contralor de la autoridad nacional. * Las personas no videntes podrán viajar en los vehículos de transporte públicos de pasajeros de corta, media y larga distancia, sometidas a contralor de autoridad nacional, acompañadas de un (1) perro guía, previa autorización que extenderá la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. * El animal autorizado a viajar como perro guía deberá hacerlo con bozal y deberá ubicárselo de manera tal que no afecte la comodidad y desplazamiento de los restantes usuarios. El no vidente será responsable de todos los perjuicios que pudiere ocasionar el animal. * Boleto universitario: Se establece un descuento del veinte por ciento (20%) a las tarifas correspondientes a las líneas de servicios interurbanos de jurisdicción nacional utilizadas por estudiantes secundarios, universitarios y personal docente Categorías de los Servicios El usuario debe conocer las comodidades de cada categoría para controlar que el servicio adquirido sea el que figura en el pasaje y el que, finalmente, la empresa le brinde. Devoluciones de Pasajes Si la empresa cancela el viaje, deberá devolver la totalidad del importe. Si el usuario desiste del viaje, se le reintegrará una proporción de la tarifa, según con la anticipación con que haya devuelto el boleto: * Desde las 24 hs. anteriores y hasta la hora de salida del vehículo: 70% * Desde las 48 hs. y hasta las 24 hs. anteriores a la salida del vehículo: 80% * Más de 48 horas: 90 % Equipaje Está permitido transportar 15 kilogramos en forma gratuita. Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 11 de 21
  • 12. * Junto al pasaje le deberán entregar 4 talones troquelados o adhesivos, para identificar el equipaje. * Dichos talones deberán tener la misma numeración del pasaje. * Los talones serán anexados a cada uno de los bultos por personal de la empresa. * Se puede declarar el valor del bulto antes de realizar el viaje, pactándolo entre las partes. Pérdida o deterioro * Deberá presentar el reclamo dentro de las 24 horas de haber realizado el viaje * La empresa está obligada a entregar una constancia de recepción de dicho reclamo o consignarlo en el comprobante de equipaje. * Se considera efectivamente extraviado el equipaje que no haya sido devuelto dentro de los 5 días de haber presentado el reclamo. En este caso la empresa está obligada a indemnizarlo. Recomendaciones * Luego de finalizado el viaje, recuerde no entregar el talón de control hasta haber recibido su equipaje. * En el momento de recibir su equipaje, no olvide verificar su integridad. Si nota que ha sido violado o se ha deteriorado, efectúe el reclamo en forma inmediata. Servicios unificados Si por razones particulares, la empresa unificara dos o más servicios en uno: * La salida del servicio puede demorarse hasta una hora si el viaje por realizar no supera los 700 kilómetros y hasta dos horas si supera los 700 kilómetros. * La empresa deberá ofrecer un servicio de categoría igual o superior a la reservada. Obligaciones del Usuario * Controlar la exactitud de los datos obrantes en el boleto en el momento de su adquisición. * Efectuar la denuncia en caso de pérdida o deterioro de equipaje ante la empresa antes de las 24 horas de finalizado el viaje. * Abonar el excedente de equipaje a cambio de lo cual la empresa deberá extender el comprobante correspondiente. * Respetar la prohibición de fumar. * Conservar el boleto durante todo el viaje. Obligaciones de la Empresa: Venta de Boletos Consignar en el boleto emitido los siguientes datos: * Nombre y apellido del pasajero * Nacionalidad * Tipo y N° de documento * Categoría del Servicio * Origen y destino del viaje * Fecha de emisión del pasaje * Empresa operadora del transporte * Lugar, fecha y hora de origen * Lugar, fecha y hora estimada de arribo a destino * Tarifa cobrada * Clave única de identificación tributaria. (CUIT) El boleto deberá contener una leyenda que consigne el siguiente texto: “El presente boleto da derecho al transporte sin cargo de hasta quince (15) kilogramos”. Equipaje * Recibir el equipaje del usuario entregando la contraseña identificatoria correspondiente, transportando en forma gratuita hasta 15 kg. de equipaje. * Facilitar la contratación en forma optativa de seguros de equipaje adicional entregando el comprobante de dicha operación en caso de concretarse la misma. Servicio * Exhibir en el exterior de los vehículos la identificación de la categoría de servicio. * Prestar el servicio con vehículos habilitados ante la C.N.R.T. que cumplan con la revisión técnica obligatoria cada 6 meses. Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 12 de 21
  • 13. * Prestar el servicio con dos conductores que posean la licencia nacional habilitante al día. Dicha licencia implica la aprobación de exámenes destinados a evaluar la aptitud psicofísica. * Hacer cumplir el descanso reglamentario de sus conductores. * Respetar el nivel permitido de emisión de gases contaminantes y/o ruidos. * Dotar los vehículos de: botiquín de primeros auxilios, equipo de auxilio mecánico y dispositivo de registro de operaciones - tacógrafo- * Fijar el punto de partida de los servicios con origen en la ciudad de Buenos Aires en la E.T.O.R. * Recibir los reclamos del usuario a través de una línea telefónica de cobro revertido cuyo número debe ser exhibido en el exterior e interior de los vehículos. * Responder por escrito los reclamos de los usuarios en un plazo de treinta días de haberse recibido Obligaciones del Conductor * Tratar con respeto y consideración a los usuarios. * Conducir en forma prudente respetando las normas de tránsito y a la velocidad autorizada. * Cumplir y hacer cumplir las disposiciones relativas a personas con movilidad reducida y a la prohibición de fumar CONSERVE EL PASAJE Y TODO OTRO DOCUMENTO VINCULADO A SU DENUNCIA. PODRÁ REQUERÍRSELE COMO ELEMENTO PROBATORIO Datos que debe aportar el Usuario para la tramitación de su reclamo ante CNRT: •1. Apellido y nombre del titular del Pasaje. •2. Debe referirse a una violación a la normativa del transporte. •3 Debe poder identificarse el hecho. Para ello es imprescindible que en su denuncia mencione: Para el transporte automotor: la línea y/o empresa denunciada; el número de interno y/o dominio del vehículo. •4 El lugar, fecha y hora del hecho; el origen y destino de su viaje. •5 Una descripción del hecho denunciado ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Noti - Consumo / Noti – Consumo / Noti - Consumo / Noti – Consumo -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------  Mar del Plata. Lanzaron el primer Tribunal de Consumo Turístico: Lanzaron el primer Tribunal de Consumo Turístico. 09-01-2010 / Se trata de una corte compuesta por el sector privado y público. El objetivo principal es resolver un eventual conflicto que pudiere tener el usuario-visitante en tan sólo 72 horas. Es el primero en el país y sus resoluciones son inapelables. El Tribunal de Consumo Turístico facilita los trámites a los visitantes. El Ente Municipal de Turismo del Partido de General Pueyrredón (EMTUR), puso en marcha el primer Tribunal Arbitral de Consumo Turístico del país. La iniciativa busca resolver en tan tres días, eventuales conflictos que puedan tener los usuarios - turistas. La corte está compuesta tanto por el sector privado como por el público. El Tribunal se decidió conformar a través de un convenio de cooperación y asistencia técnica entre la Secretaría de Turismo del Ministerio de Industria y Turismo, la Subsecretaría de Turismo de la provincia de Buenos Aires y la Subsecretaría de Defensa del Consumidor. La Subsecretaria de Defensa del Consumidor, Lucila Colombo, señaló que "estos tribunales son complementarios del funcionamiento de la oficina municipal de información al consumidor. El arbitraje tiene como ventaja que lo resuelto por el tribunal es inapelable, es decir, que lo que allí se resolvió no se puede apelar a la justicia". "El trámite, gratuito, es muy rápido porque en 72 horas se realiza la audiencia y el tribunal o el árbitro toma una decisión", agregó. "Esa decisión debe ser cumplida rápidamente porque estamos hablando de personas que están de vacaciones y no pueden estar esperando dos semanas haciendo trámites para que su tema se resuelva" resaltó Colombo. El Tribunal funcionará en la calle San Martín Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 13 de 21
  • 14. 2929, sede de Defensa del Consumidor en Mar del Plata. (Fuente: El Argentino. 9 de enero 2010).-  Argentina. Desarrollan tecnología para eliminar residuos de glifosato en el agua: Priscila Fernández (AGENCIA CYTA – INSTITUTO LELOIR - UNL). Investigadores argentinos aplicaron una tecnología para eliminar los residuos de glifosato en el agua que resulta del lavado de los bidones. La técnica es simple y usa radiación y agua oxigenada. El herbicida más usado en Argentina, también es el más polémico. Y mientras diferentes estudios sobre los efectos tóxicos del glifosato se discuten en la comunidad científica, investigadores de la Universidad Nacional del Litoral (UNL) abordaron otro problema asociado al pesticida: ¿qué hacer con los bidones a la hora de desecharlos? Actualmente, lo que recomienda la Cámara de Sanidad Vegetal y Fertilizantes (CASAFE) es lavar tres veces los recipientes y utilizar el agua de enjuague en el pulverizador. Sin embargo, este protocolo no es una práctica frecuente. De hecho, es común ver en los campos –como lo constataron los investigadores- montañas de envases sin ningún tratamiento. Para evitar la contaminación y los efectos tóxicos que pueden acarrear los restos de pesticidas liberados en el ambiente, expertos de la UNL ensayaron alternativas para tratar el agua de lavado. Utilizando agua oxigenada como la que se usa comúnmente para desinfectar heridas y radiación ultravioleta se puede lograr destruir las sustancias contaminantes. “La ventaja es que si las cosas están bien hechas y en buenas condiciones experimentales es posible producir la mineralización completa del contaminante, es decir que pasa a formas más simples e inocuas. El resultado de la transformación es agua, dióxido de carbono, algún ácido mineral, es decir, compuestos que existen en la naturaleza”, explicó la doctora. Cristina Zalazar, investigadora del Instituto para el Desarrollo de la Industria Química (INTEC) dependiente de la UNL y el CONICET y profesora de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Hídricas (FICH) de la UNL Ensayos: Lo que se conoce como agua oxigenada o peróxido de hidrógeno según explicó Zalazar, al irradiarla con radiación ultravioleta genera un compuesto que es muy oxidante y tiene la capacidad de atacar y destruir las sustancias contaminantes. La primera etapa del trabajo comenzó en 2007, con la degradación del glifosato puro (principio activo). Así estudiaron cuáles son las mejores condiciones de concentración de agua oxigenada, radiación, concentración del contaminante para la degradación del herbicida. Además el trabajo analizó las nuevas sustancias que se forman mientras sucede la reacción química, ya que al mismo tiempo que algunas desaparecen otras nuevas aparecen. “Hay que ser cuidadosos con los intermediarios ya que algunas de las cosas que aparecen pueden ser tan tóxicas o más que el original”, aclaró. En una nueva etapa, el grupo de estudio amplió la experiencia y en vez de trabajar exclusivamente con el principio activo del herbicida –el glifosato puro- empezaron a procesar bidones que contenían la fórmula completa comercial que se utiliza para las fumigaciones en las que se incorporan otros químicos como surfactantes y coadyuvantes de los que también existe controversia sobre su toxicidad. Los investigadores tomaron bidones vacíos que contuvieron glifosato, realizaron los tres lavados y colocaron el agua resultante en un reactor para llevar a cabo la reacción de degradación. “Lo que estamos viendo es que en tiempos que no son importantes tenemos un buen porcentaje de degradación y podemos eliminar no sólo el principio activo sino también los otros constituyentes”, adelantó Zalazar. Los resultados de esta línea de trabajo fueron obtenidos por un equipo de trabajo perteneciente al grupo de Ingeniería de los Fotorreactores del INTEC y fueron presentados este año en 5th International Conference Oxidation Technologies for Water and Wastewater Treatment en Berlín, Alemania así como en el 2do Workshop Latinoamericano sobre Residuos de Pesticidas. Alimentos y Medio Ambiente organizado por la Universidad Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 14 de 21
  • 15. Nacional del Litoral (UNL). Lo que viene: Para continuar el trabajo, el grupo se plantea construir un prototipo de reactor más grande, pensado para hacer un tratamiento en semicontinuo del agua de lavado de los envases en las épocas críticas del cultivo. Otro de los puntos a tener en cuenta a la hora de establecer las condiciones óptimas para el funcionamiento de la tecnología de oxidación es saber cuándo la sustancia deja de ser tóxica. Este dato permite que el proceso sea más eficiente ya que si el peligro queda neutralizado antes de que se termine por completo la reacción se acorta el proceso en el reactor. Como explicó Zalazar destruir hasta los últimos vestigios puede requerir mucho tiempo lo que encarece el tratamiento. “Ahora vamos a hacer ensayos específicos de toxicidad para saber en qué punto del proceso el efluente tratado pierde su toxicidad entonces ya se puede arrojar en algún curso de agua sabiendo que está controlado y que no representa un riesgo para el medio ambiente”, señaló. El problema: “Es necesario que haya un compromiso y un control por parte del estado para que los envases no sean abandonados. Incluso muchos usan esos bidones como tachos porque son de buenos plásticos, duros y resistentes”, contó Zalazar. “Acumularlos es un riesgo para el productor, la familia y todo el sistema de plantas y animales del lugar y la contaminación de las aguas, tanto subterráneas como superficiales. En Europa, Brasil e incluso en Argentina hay iniciativas que intentan el reciclado de los bidones que tuvieron pesticidas”, añadió. (Fuente ARGENPRESS – 30 de Diciembre 2009).-  Buenos Aires. A tres años de su entrada en vigencia, el 70 % de los comercios incumple la Ley de Talles: Son datos oficiales de la provincia de Buenos Aires Por: Fabián Debesa. De curvas generosas, rubia o morocha, alta o baja, da igual. La imposición es ser flaca. O más bien, flaquísima. En este contexto, encontrar ropa juvenil más allá del talle 44 es una misión imposible en la Provincia. Aun cuando, desde hace tres años, la Ley 12.665 obliga a los locales de venta de indumentaria femenina a ofrecer sus prendas del talle 38 al 48. La tiranía silenciosa del talle sigue dando órdenes desde los raquíticos maniquíes. Y si no, los números: el 70% de los comercios no tiene talles grandes y en el 80% el etiquetado de las prendas no cumple con la norma, según los últimos datos del Ministerio de la Producción Bonaerense. La Ley de Talles fue aprobada en 2001, pero la reglamentación demoró más de cuatro años. Luego, una avalancha de reclamos legales postergó un año más su vigencia efectiva. Hoy rige plenamente y los comercios son controlados por cada municipio. Los datos surgen de las 700 inspecciones en 40 distritos, básicamente del conurbano, que realizó la Provincia durante el último año. La infracción más frecuente es la falta de etiquetado. En 558 comercios, los inspectores encontraron prendas marcadas como L, XL o XS, en lugar del 38 al 48. Este panorama coincide con el monitoreo que desde 2007 lleva a cabo la ONG Mujeres en Igualdad (MEI). "No hay ropa para cuerpos reales y la falta de prendas para todos los talles es un problema grave y excluyente", apunta Monique Thiteux-Altschul, directora ejecutiva de MEI. Para llegar a esta conclusión, relevaron la oferta de ropa para mujeres jóvenes en 23 locales del centro comercial de Martínez, 8 de Munro y 9 en Vicente López. Sólo dos cumplían con la reglamentación. Incluso detectaron que "marcan una prenda como talle 46 cuando sus dimensiones corresponden a un 40". "Con pelear para que se sancione una ley no basta; también hay que monitorear su cumplimiento para que las normas funcionen", agrega Thiteux-Altschul. Pero ¿qué exige exactamente la 12.665? Que los dueños de los comercios, fabricantes, distribuidores e importadores acondicionen sus prendas juveniles de acuerdo a la norma IRAM 75.310 que dispone como talles obligatorios desde el 38 al 48. De esta manera, se suprimen las definiciones S, M, L Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 15 de 21
  • 16. y XL o su equivalente 1, 2 y 3. Y además, que cada prenda lleve una etiqueta con un pictograma con la indicación del talle y su medida en centímetros de busto, cintura y cadera. "Esta ley forma parte de las herramientas que el Estado pone a disposición de los consumidores para que no estén en desigualdad -explicó Martín Ferré, ministro de Producción-. Hacemos operativos todo el año, pero es clave el rol del cliente para denunciar abusos o irregularidades". "Hay muy pocas firmas que eligen fabricar ropa para gente gorda o con sobrepeso. Cuando te gusta una marca y no encontrás talle no te queda otra que jorobarte y te frustrás. Con este panorama ya sé qué negocios tienen ropa para mí. Pero siempre está esa sensación de no poder acceder a lo que te gusta. Es triste porque todos tenemos derecho a vestirnos", dice Josefina Herrera, 20 años y 75 kilos. Clarín se puso en contacto con siete firmas de indumentaria para público adolescente (Ayres y Estancias Chiripá, Cómo Quieres Que Te Quiera, María Cher, Ay Not Dead, Rapsodia y Adidas Original). "Nadie en este momento puede responder" o "Los que se encargan de este tema están de vacaciones", dijeron. La Ley prevé multas que van de los $100 a los $500 mil y son los jueces de faltas comunales los que las aplican. Según datos oficiales, el promedio de la pena es de $400. Por lo tanto, se estima que recaudaron $280 mil por irregularidades este año en Buenos Aires. Hay excepciones: los empresarios textiles no están obligados a exhibir todos los talles en los saldos y liquidaciones y permitieron a los comercios tener al menos una prenda con las medidas extremas, aun cuando no estén estampadas o sea de un color diferente al que se exhibe. (Fuente: Clarín – 4 de Enero 2010).-  ANMAT. Prohíben la venta de producto fabricado en San Luis: Por Disposición 6384/2009 la Anmat prohibió la comercialización y uso del producto “Insecticida Casita Yale, elaborado por la firma Laboratorio Defort San Luis S.A., en la provincia de San Luis, el cual contendría en su composición un compuesto órgano fosforado. Consignó que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) informó que el producto no se encuentra registrado, así como tampoco la empresa y que por Disposición Anmat Nº 7292/98, se encuentra prohibida la comercialización de DDVP (dimetil dicloro vinil fosfato), por su acción prolongada y que está prohibido para el resto de las formulaciones por Disposición Anmat Nº 2659/08. Dice luego que se inspeccionó el establecimiento Autoservicio Mayorista Primo, sito en México 3233, en la Capital Federal, donde se detectó que se encontraba para la venta el producto; se extrajo una muestra del denominado “Insecticida Casita Yale” y luego se inspeccionó el Depósito del Autoservicio Mayorista Primo, propiedad de la firma Primo Hnos. S.A., donde se incautaron los insecticidas “Casita Yale” presentado en distintos tamaños y formas. Consignó además que la empresa presentó certificado de reinscripción del producto, con fecha de validez hasta el 31 de marzo de 2008, expedido por la Provincia de Buenos Aires, por lo que se encuentra vencido. Consultado el Laboratorio Central de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires, informó que su reinscripción fue denegada por contener DDVP. Se lo prohibió advirtiendo que no reúnen las condiciones de seguridad necesarias para su comercialización y consumo. Además se inició un sumario a la firma a fin de determinar el grado de responsabilidad de la firma Laboratorio Defort San Luis S.A. (Fuente: Boletín Oficial Nación – 31/122009).-  Buenos Aires. Una mujer se puso implantes mamarios, se le rompieron y la empresa que importo el producto fue condenada: Fallaron las siliconas y la indemnizan. Lo decidió la Cámara Civil. Parte del dinero será para que pueda operarse otra vez. Un fallo de segunda instancia ratificó la condena a Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 16 de 21
  • 17. una empresa importadora de prótesis mamarias: deberá indemnizar a una mujer con una suma cercana a los 100.000 pesos, por la rotura de uno de los implantes de solución fisiológica que le habían sido colocados en 1996. La Sala B de la Cámara Civil, integrada por los jueces Mauricio Mizrahi, Gerónimo Sansó y Claudio Ramos Feijóo, confirmó el fallo contra Medic SA, importadora y distribuidora de las prótesis mamarias de solución salina marca Mentor, que le fueron implantadas a la paciente cuando tenía 35 años. Dos años después, la mujer sufrió una deflación: comenzó a padecer dolores en el seno izquierdo y a ver que iba reduciéndose, hasta quedar fláccido. El médico confirmó que la prótesis se había roto. "Los implantes de solución fisiológica se usaron mucho en los Estados Unidos, en especial cuando fueron prohibidos los implantes de gel de siliconas. En nuestro país se emplearon muy poco", explicó a Clarín el secretario general de la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica y Reparadora (SACPER), Walter Servi. Este tipo de implante se introduce vacío en el "bolsillo" abierto bajo el músculo pectoral, o bien por encima del músculo y bajo las glándulas mamarias. Luego, el cirujano le inyecta una solución fisiológica, hasta alcanzar el volumen deseado; la válvula se cierra automáticamente. Servi señaló que "uno de los problemas de este tipo de implantes era la deflación a largo plazo –con el tiempo, a veces se filtraba–, aunque no puedo decir qué ocurrió en este caso. Puede haber un defecto de fabricación, un defecto en la válvula, o un trasudado a través de la prótesis". El líquido es reabsorbido por los tejidos y no es tóxico. Según explicó la abogada Mariana Gallego, debido a los trastornos de salud, la paciente dejó de estudiar, perdió su pareja y también su trabajo, a causa de las constantes visitas al médico. El miedo a una nueva cirugía y a la rotura de la otra prótesis la convirtieron "en una persona temerosa, taciturna y retraída", consignó la demanda. Ahora, los camaristas confirmaron el fallo en primera instancia de la jueza Águeda Rosa Vila. Por el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor, la empresa importadora tendrá que pagar a la mujer 5.000 pesos para una nueva cirugía, para reemplazar la prótesis rota por una nueva del mismo tipo. En concepto de daño moral, deberá indemnizarla con 20.000 pesos, más los intereses. Tras 11 años recibirá unos 100.000 pesos. En la actualidad, los implantes de solución salina casi no se usan, y se prefieren las prótesis de siliconas. "Es un gel cohesivo, como una gelatina, que se corta y no se derrama, y queda dentro del envoltorio de la prótesis –explicó Servi–. Con las prótesis que se utilizan hoy, texturizadas, a los 10 años el 90% de los implantes se encuentra bien, mientras que el 10% puede presentar rupturas o encapsulamientos". Recomendó consultar en www.sacper.org.ar "para confirmar si ese cirujano es miembro de la SACPER". (Fuente: 15 de Diciembre 2009 – Clarín).-  Paraná (Entre Ríos). Más de 1.400 denuncias gestiono el organismo MUNICIPAL de defensa del consumidor: En 2009 Defensa del Consumidor de Paraná recibió 1423 denuncias. La telefonía, venta de electrodomésticos y tarjetas de créditos se encuentran a la cabeza de los reclamos. Las denuncias tuvieron un 82 % de resoluciones favorables, cifra que también aumentó respecto de 2008. “En 2009 crecieron considerablemente las denuncias con respecto al anterior año. Aumentó el número de denuncias formales en el organismo y otras que se solucionan de modo telefónico también crecieron”, dijo Mario Veloz, titular de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Paraná a La Gaceta online. Veloz manifestó que entre los mayores reclamos se encuentran la “telefonía móvil con más de 200 denuncias, luego la venta de electrodomésticos, después los bancos, internet, servicios de reparación, tarjetas de crédito, financieras, hipermercados, seguros, créditos, mutuales y sindicatos, concesionarias y planes de ahorro y Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 17 de 21
  • 18. televisión privada”. El funcionario también destacó que los ciudadanos “también se acercan por otros servicios como gas o electricidad. En este caso los contactamos con los entes reguladores que correspondan”. Otro dato a tener en cuenta el nivel de resolución de los trámites iniciados. En este sentido el titular de Defensa del Consumidor de la ciudad manifestó que “en los trámites administrativos tuvimos un 82 % de resoluciones favorables en 2009, contra el 78 % de resoluciones favorables en 2008. Esto se debe en parte a que salimos a la comunidad a llevar consejos y explicar los derechos que tenemos a los consumidores”, reflexionó Veloz. En cuanto a las empresas que mayor cantidad de reclamos provocan Mario Veloz mencionó que “entre las empresas más denunciadas por los usuarios se encuentra una de telefonía fija con el 18.9 %, una empresa de electrodomésticos con el 14.3 %, Internet 12.5 %, un empresa de telefonía móvil con el 9.8 por ciento y otra del mismo rubro con el 8.3 %, un banco el 8.3 %, otra empresa de telefonía móvil 6.8 por ciento, una tarjeta de crédito 5.7 %, una empresa de electrodomésticos de la Peatonal 4.00 %, otra empresa de electrodomésticos de calle Pelegrini 3.7 %, Banco de Entre Ríos 3.7 %, otra empresa de electrodomésticos 2.9 % y distintos bancos un 2.5 %”. Números. Ranking de reclamos por rubro: Telefonía móvil: 242. Venta de electrodomésticos: 192. Bancos: 151. Internet: 81. Servicio de reparaciones: 74. Tarjetas de crédito: 63. Financieras 52. Hipermercados: 45. Seguros: 33. Créditos de mutuales y sindicaos: 28. Concesionarias, planes de ahorro: 28. Televisión privada: 16. Cantidad de denuncias 1423 denuncias totales. 966 denuncias realizadas este año 457 resoluciones en forma telefónica. (Fuente: www.lagacetaonline.com.ar – 5 de enero 2010).-  España. Los edificios construidos a partir de 2020 tendrán que ser altamente ecológicos: Los edificios públicos deberán cumplir estos requisitos dos años antes y la UE podrá financiar en parte los cambios necesarios para ajustarse a la nueva normativa comunitaria. Los edificios construidos a partir del 31 de diciembre de 2020 tendrán que ser altamente ecológicos, tener elevados niveles de ahorro energético y estar alimentados en gran medida por fuentes de energía renovables. Los edificios públicos deberán cumplir estos requisitos dos años antes y la UE podrá financiar en parte los cambios necesarios para ajustarse a la nueva normativa comunitaria, según el acuerdo alcanzado este miércoles por el Parlamento Europeo y el Consejo sobre una nueva norma de eficiencia energética. El sector público debe dar ejemplo de aquí a finales de 2018 usando o alquilando sólo este tipo de edificios y reconvirtiendo el parque existente para aproximarlos a la norma "cero energía". El Consejo ha tenido en cuenta las enmiendas presentadas por el Parlamento que exigen a los Estados miembros elaborar planes nacionales para aumentar el número de edificios ecológicos y explicitar a mediados de 2011 los incentivos financieros u otros para garantizar la transición hacia un tipo de construcción que consuma menos energía. Los edificios actuales deberán mejorar su competencia energética acometiendo importantes renovaciones y los Estados tendrán por tanto que animar a sus propietarios a aprovechar la ocasión para instalar contadores inteligentes y remplazar los sistemas de calefacción más contaminantes, las tuberías de agua caliente y la climatización por alternativas más ecológicas. Se establecerá también un sistema de homologación para medir la eficacia energética de los edificios, certificados que serán obligatorios para los construidos, vendidos o alquilados y para los que tienen más de 500 metros cuadrados destinados a la Administración y a la atención al público. Cinco años después de la entrada en vigor de esta legislación, la superficie Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 18 de 21
  • 19. se rebajará a 250 metros cuadrados. Están excluidos del ámbito de aplicación de la normativa las viviendas pequeñas de menos de 50 metros cuadrados, las residencias de vacaciones que se usan menos de cuatro meses al año o cuyo uso es inferior al 25% del consumo de energía anual, los edificios destinados a actividades religiosas, los que se utilizan durante dos años o menos, las fábricas, talleres e instalaciones agrícolas con poca demanda energética y los edificios históricos protegidos. El texto de compromiso acordado ayer tiene que ser ahora aprobado formalmente por el Consejo para que el Parlamento le dé su aprobación definitiva a principios de 2010. Una vez publicado en el Diario oficial de la UE, los Estados miembros tendrán dos años para adaptar la nueva directiva a sus legislaciones nacionales. (Fuente: FACUA – España – 19/11/2009).-  El Salvador. Compromiso para impulsar educación al consumidor en la escuela: Con apoyo y asistencia técnica de Consumers International (CI), la Defensoría del Consumidor, emprenderá en febrero próximo, una evaluación de los avances de la educación al consumidor en El Salvador y formulará una propuesta para fortalecer la educación al consumidor en los programas de educación básica y media. La evaluación técnico-pedagógica para la inclusión del eje transversal “educación al consumidor y consumidora”, se realizará en las 4 materias básicas: Matemáticas, Lenguaje, Ciencias y Estudios Sociales. La Defensoría del Consumidor, en el marco de la activación del Sistema Nacional de Protección al Consumidor, busca incidir para que en la escuela se potencie la capacidad crítica de alumnos y alumnas en el ámbito de las relaciones de consumo, aportando al desarrollo de una mayor cultura de derechos, destacó su Presidente Armando Flores. En la rueda informativa en la que ha sido anunciado este emprendimiento, ha participado el Coordinador para América Latina y el Caribe de Consumers International, Juan Trimboli, quien ha declarado su satisfacción con el inicio de la relación y cooperación con la Defensoría del Consumidor. Para el desarrollo de esta consultoría, Consumers International brindará asistencia técnica por medio de la Dra. Nieves Álvarez Martín, ex Directora de la Escuela Europea de Consumidores y consultora española con 34 años de experiencia en el campo de la educación para el consumo. Entre otras actividades, esta iniciativa contempla una estrecha coordinación con el Ministerio de Educación, y asociaciones de consumidores, como el Centro para la defensa del Consumidor (CDC). Trimboli agregó que para lograr el éxito en la educación para el consumo, es importante incluir el tema como un eje transversal en las materias comunes, con ejemplos concretos de la vida cotidiana. Para el caso, “…en las matemáticas, el tema del presupuesto familiar o lo que es un recibo de cobro por un servicio público”, señalo Trimboli. Consumers International (CI), es una federación mundial de asociaciones de consumidores y agencias gubernamentales de protección a las personas consumidoras, que se constituye en la voz global e independiente en el tema, y en la actualidad agrupa a más de 220 organizaciones en 115 países de todo el mundo. Finalmente el Presidente de la Defensoría del Consumidor anunció la decisión de solicitar la incorporación de la DC como miembro gubernamental de Consumers International. (15 de enero de 2010 – Consumers International).-  Chile. Empresa indemniza a cliente porque cajera rompió billete de $ 20 mil que creyó falso: La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a Importadora y Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 19 de 21
  • 20. Exportadora E.V. Textil Limitada al pago de una indemnización de $770 mil luego de que la cajera rompiera injustificadamente un billete con el que consumidor iba a pagar porque creyó que era falsificado. Una desagradable historia vivió Raúl Vergara al momento de ir a comprar una tela que le había encargado su señora, ya que al momento de pagarla, la cajera le señaló que el billete de $20 mil era falso. Extrañado, el consumidor pagó con otro billete y le pidió a la cajera la devolución del que presumiblemente era falso, pero ésta se negó. Tras insistir, la dependiente lo rompió en dos partes, entregándole una parte y quedándose con la otra, amenazándole que si no se retiraba del local llamaría a Carabineros. Sorprendido aún con lo que había pasado, el consumidor salió del local y se dirigió a una sucursal de Banco Estado a chequear si efectivamente el billete era falso. Tras corroborar que se trataba de un billete verdadero, regresó a la tienda con el propósito de recuperar la parte que estaba en manos de la cajera. Pese al requerimiento de parte del consumidor, la cajera se negó. Tras rehusarse a irse del local si la parte del billete, la dependiente con el apoyo de la encargada del local llamaron a Carabineros, quienes detuvieron al consumidor subiéndolo a un furgón policial a vista y paciencia de todas las personas que en ese momento estaban en la tienda y circulaban por el sector, reteniéndolo por cerca de 30 minutos en el cuartel policial. Tras la insistencia de Vergara que el billete era verdadero, los policías acompañaron al afectado al banco a comprobar la autenticidad del documento. Luego de chequear que era legítimo, los Carabineros regresaron a la tienda y detuvieron a la cajera, llevándosela a la unidad policial, lugar donde el consumidor realizó la denuncia por el hecho. En el juicio la cajera de la tienda se defendió diciendo que por norma de la empresa debía revisar los billetes en una máquina con luz ultravioleta, y que tras hacerlo se percató que el billete en cuestión carecía de un sello verde fosforescente, procediendo a informarle al consumidor del hecho, quien tras la noticia se puso muy nervioso, y que ante su insistencia, éste sacó un billete de $10 mil con el cual pagó finalmente la compra. La dependiente agregó que ella le comunicó al consumidor que no le devolvería el billete porque era falso y como éste insistiera, le indicó que llamaría a Carabineros y que sólo delante de ellos le entregaría el billete, pero que ante la conducta del cliente, procedió a romperlo, entregándole sólo la mitad del mismo, luego de lo cual el consumidor se retiró de la tienda. Una vez conocidos los antecedentes, el Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta rechazó la acusación del consumidor por no haberse acreditado ninguna infracción. Sin embargo y tras apelar, la Corte de Apelaciones, revocó el criterio y le dio la razón al consumidor, señalando que si bien la conducta de la dependiente de la tienda no constituye delito, se trató de una actitud abusiva e injusta. La Corte señaló que el comportamiento de la cajera no sólo se ha traducido en un trato que ha resultado vejatorio para el cliente, "sino que ha visto agravado por cuanto ni siquiera se ha intentado aminorar las funestas consecuencias del agravio que se ha inferido, proporcionándole al afectado alguna explicación o las disculpas del caso". También señala la sentencia que la Ley del Consumidor no puede circunscribirse única y exclusivamente a la adquisición del producto, si no que debe involucrar también todo el ciclo de la compra, esto es antes, durante y después de realizado el acto de consumo, ya que cualquier vulneración también atenta en contra de los derechos de los consumidores. Finalmente, la empresa Importadora y Exportadora E.V. Textil Limitada fue condenada al pago de una indemnización de $770 mil por daños y perjuicios al consumidor afectado, más el pago de una multa de 10 U.T.M (más de $350 mil) por infringir la Ley del Consumidor. El fallo confirma que los consumidores tienen derecho a un trato digno y apropiado así como las empresas deben ser profesionales en la prestación de sus servicios y no hacer que el consumidor sea quien asuma la responsabilidad que a ellas les compete como es verificar correctamente que un billete sea válido. Asimismo, confirma que las empresas no pueden negar injustificadamente la venta de un producto o servicio. (Fuente: 24/12/2009 - http://www.anadeus.cl/).- Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 20 de 21
  • 21. Chile. El 97 % de 164 servicios públicos vulnera la norma de protección de datos personales: Estudio de la Fundación Pro Acceso. Reparticiones no entregan antecedentes al Registro Civil, lo que impide conocer la información que maneja el Estado sobre los ciudadanos. Sólo el 3% de las reparticiones dependientes de los ministerios sociales tienen inscritas las bases de datos con información de ciudadanos que usan en sus entidades. Ésa fue la conclusión de un estudio de la Fundación Pro Acceso que involucró a 164 servicios, programas o beneficios de los ministerios de Vivienda, Salud, Educación, Trabajo y Planificación, y el Servicio Nacional de la Mujer. El trabajo, uno de los más extensos que se ha desarrollado usando la Ley de Transparencia, se realizó a partir de un cuestionario de siete preguntas enviado durante el mes de septiembre a las reparticiones. Sin embargo, los resultados muestran un panorama preocupante, según plantea Federico Allendes, abogado y presidente de Pro Acceso. "Hay un escaso cumplimiento de la ley sobre protección de datos y vida privada. Porque de los 50 servicios que respondieron formalmente, hubo 39 que reconocieron tener bases de datos personales, y de ésos solamente 5 han cumplido con su deber de registrarlas ante la entidad correspondiente, que es el Registro Civil", señala. Este hecho, añade Allendes, es un incumplimiento de la Ley 19.628, que protege los datos personales, ya que los servicios están obligados por esa norma a registrar sus bases de datos, y deja en una abierta desprotección a los ciudadanos. "Es un problema muy serio, porque el estudio demuestra que los ciudadanos no tienen cómo saber qué tipo de datos tiene el Estado sobre ellos", dice. Además, el estudio reveló que sólo 5 servicios afirmaron tener un encargado para el tema de las bases de datos, y que son escasas las medidas de seguridad adoptadas por los organismos para proteger dicha información. "Hay una gran desprotección que implica un desafío enorme para el futuro, porque Chile ingresó a la OCDE, y dentro de las políticas de ese grupo está la protección de datos. En este momento estamos con un proyecto en el Parlamento para tratar de alcanzar el nivel OCDE; sin embargo, las prácticas actuales no están en ese nivel", plantea Allendes. Ante este panorama, la Fundación Pro Acceso acudirá hoy al Consejo para la Transparencia, organismo facultado para velar por el manejo de las bases de datos en el sector público, para hacer entrega del estudio y solicitarle acciones respecto del tema, ya que, según concluye Allendes, "no hay políticas claras ni normas técnicas sobre las reglas de seguridad que se debieran seguir en el manejo de las bases de datos. No se está cumpliendo la ley actual por ningún lado". Bajo cumplimiento de la Ley de Transparencia. Otro elemento del estudio que fue mal evaluado por Pro Acceso fue el nivel de respuesta de los organismos públicos. "Del 100% de la muestra, solamente un 30% respondió satisfactoriamente, lo que es un nivel muy bajo", señaló Federico Allendes. El 28% no emitió respuesta alguna y el 34% respondió formalmente la solicitud, pero sin contestar el cuestionario, lo que también será puesto en conocimiento del Consejo para la Transparencia, para que tome las medidas correspondientes en el tema. "El estudio demuestra que los ciudadanos no tienen cómo saber qué tipo de datos tiene el Estado sobre ellos (...) Hay una gran desprotección que implica un desafío enorme". Presidente de la Fundación Pro Acceso (Fuente: ODECU.cl – El Mercurio 28 de Diciembre 2009) Bajo La Lupa del Consumidor - Director: Jorge Olguín - San Luís - Argentina p. 21 de 21