La Ley Número 45 de 1998 otorga el derecho a organizarse en sindicatos y negociar colectivamente a los empleados del sector público que no estén cubiertos por la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico. Establece la Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público y otorga derechos como organizarse en sindicatos, afiliarse a éstos, y no afiliarse. También establece prohibiciones como realizar huelgas, cierres forzosos, y negociar cláusulas que compromet