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Universidad José Carlos Mariátegui




 Reglamentos UJCM




         Reglamento de:
   Investigación y Producción
           Intelectual


               2009

       www.ujcm.edu.pe
UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI

          REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y PRODUCCIÓN
                               INTELECTUAL



                                        TITULO I

            GENERALIDADES, BASE LEGAL, OBJETIVOS Y FUNCIONES


                                       CAPÍTULO I

                                      BASE LEGAL

Art. 1º     La base legal que norma esta función básica de la Universidad es la Ley
            Universitaria, Ley Nº 23733; la Ley de creación de la Universidad, Ley Nº
            25153, el Estatuto de la Universidad aprobado por Resolución No.168-2002-
            CO-UPM; el Reglamento General, aprobado por Resolución No.002-2003-
            CO-UPM, y demás normas internas.



                                      CAPÍTULO II

                             DISPOSICIONES GENERALES

Art. 2º     El Instituto de Investigación de la Universidad “José Carlos Mariátegui”;
            cuyas siglas es ININVESTU esta constituido por profesores investigadores de
            la Universidad, y por investigadores invitados.

Art. 3º     El presente Reglamento norma las políticas y acciones de Investigación y
            Producción Intelectual que realizan los docentes de la “UJCM”; así como el
            funcionamiento académico-administrativo del Instituto de investigación y de
            las actividades intelectuales antes detalladas.

Art. 4º     El Instituto de Investigación es un organismo que promociona, organiza,
            coordina e integra la investigación universitaria, vinculada con el desarrollo
            institucional, local, regional y nacional.

Art. 5º     La Universidad estimula y fomenta la investigación individual, en equipo e
            interdisciplinaria, dentro de una política que se orienta fundamentalmente a la
            generación de conocimientos científicos y propuestas tecnológicas destinadas
            a la formación académica y a la solución de problemas locales, regionales y
            nacionales. Se impulsará la investigación que enriquezca la cultura nacional y
            universal.
CAPITULO III

                            DE LOS FINES Y OBJETIVOS

Art. 6º   Son fines del Instituto de Investigación:

             a) La promoción y fomento de la investigación para el desarrollo
                institucional;

             b) La formulación y ejecución de proyectos de investigación para el
                desarrollo local, regional y nacional, en convenio con entidades
                públicas,   privadas    y   organismos   gubernamentales y    no
                gubernamentales;

             c) La asesoría y consultoría en materia de investigación científico –
                tecnológico y humanística;

             d) La integración del docente universitario en las actividades de
                investigación;

             e) La contribución al mejoramiento de las condiciones de trabajo de los
                docentes que realicen trabajos de investigación a partir de los recursos
                internos y externos;

             f) La promoción de la producción intelectual de los docentes de la
                Universidad José Carlos Mariátegui; y,

             g) La proyección de una imagen institucional del más alto nivel académico
                en materia de investigación y Producción Intelectual.



Art. 7º   Son objetivos del Instituto de Investigación:

            a) Impulsar el desarrollo de la investigación y producción intelectual en
               todas las áreas del conocimiento humano que respondan a la solución
               de los principales problemas de la Región y coadyuven al mejoramiento
               de la calidad educativa y por tanto de la acreditación de la universidad;

            b) Promover la investigación científica, tecnológica y humanística de
               manera planificada;

            c) Establecer los mecanismos normativos y operativos que permitan la
               captación de recursos humanos, materiales y presupuestarios para el
               desarrollo de proyectos de investigación;

            d) Definir los lineamientos de política       de investigación y proponer
               estrategias para su ejecución;

            e) Definir las áreas y líneas de investigación pertinentes;

            f)   Desarrollar proyectos interdisciplinarios de investigación con
                 participación de docentes de las diferentes carreras profesionales;

            g) Propiciar la coordinación interinstitucional optimizando el uso de los
               recursos;
h) Establecer las acciones mas adecuadas                para   información   y
               capacitación de nuestros docentes;

            i)   Promover la difusión de la investigación en forma periódica mediante
                 publicaciones;

            j)   Desarrollar tecnología propia y adecuar la existente a la realidad local y
                 regional para su utilización; y,

            k) Difundir permanentemente a la comunidad los avances y logros en
               materia de investigación científica y tecnológica además de la
               producción intelectual, que implementa la Universidad José Carlos
               Mariátegui.



                                     CAPITULO IV

                         DE LAS FUNCIONES GENERALES

Art. 8º   La investigación es función obligatoria y primordial de la Universidad José
          Carlos Mariátegui, que la organiza y conduce libremente a través de sus
          centros o institutos especializados, por lo que está obligada a promoverla y
          apoyarla en su desarrollo científico, tecnológico y humanístico.



Art. 9º   Son funciones del Instituto de Investigación:

            a) Programar sus actividades anualmente;

            b) Formular perfiles y proyectos de investigación interfacultativos;

            c) Establecer las normas y procedimientos que debe seguir un proyecto
               de investigación para la formulación, presentación, inscripción y
               ejecución del mismo, además de la producción intelectual hasta su
               culminación y publicación;

            d) Supervisar y evaluar el desarrollo de los proyectos de investigación y
               producción intelectual, propuestos por las unidades del Instituto de
               Investigación;

            e) Apoyar a los docentes seleccionados por las unidades de investigación
               para participar en eventos científicos o de investigación, sean estos
               nacionales é internacionales;

            f)   Seleccionar y recomendar los proyectos universitarios de investigación
                 que por su calidad y trascendencia ameriten ser financiados por la
                 Universidad u otras instituciones con las cuales la Universidad sostiene
                 convenios de cooperación;

            g) Formular, supervisar y evaluar la aplicación de la política de
               investigación en la Universidad;

            h) Promover el desarrollo de planes de cooperación con instituciones
               gubernamentales y no gubernamentales dedicadas a este mismo fin
               para implementar acciones conjuntas;
i)   Coordinar y supervisar la labor de las unidades de investigación;

             j)   Uniformizar o establecer lineamientos básicos requeridos para
                  presentar informes o proyectos de investigación (tesis de grado y
                  otros);

             k) Normar a través de formatos la ejecución y presentación de proyectos
                de investigación;

             l)    Gestionar y canalizar los fondos específicos asignados en el
                  presupuesto de la Universidad para el desarrollo de la investigación en
                  la Universidad;

             m) Sistematizar los resultados de los trabajos de investigación y
                producción intelectual para su difusión al mundo científico;

             n) Organizar el archivo y el acervo documentario sobre los trabajos de
                investigación concluidos y los que están en ejecución; y,

             o) Otros que le asignen el las instancias superiores y/o las normas
                internas pertinentes.



                                       TITULO II



          DE LA ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO

                                  DE INVESTIGACIÓN

                                      CAPÍTULO I

                                  DE LA DIRECCIÓN

Art. 10º El Instituto de Investigación depende directamente del Vice Rectorado.

Art. 11º Son órganos de la dirección del Instituto de Investigación:

             a)   La dirección;

             b)   La comisión de asesoría;

             c)   Las unidades de investigación; y,

             d)   La sección de trámite documentario y archivo.



Art. 12º La dirección está a cargo de un Director propuesto por el Vice Rectorado ante
         el Consejo Universitario.

Art. 13º El Director es responsable de la planificación, organización, dirección y
         control del Instituto de Investigación; son sus funciones:

              a) Planificar las acciones del instituto de investigación;
b) Administrar, gestionar y recibir los proyectos de investigación;

             c) Representar al instituto de        investigación dentro y fuera de la
                Universidad;

             d) Ratificar la resolución de aprobación de inicio de los proyectos de
                investigación aprobados en las unidades de investigación
                correspondiente;

             e) Emitir resolución para la producción intelectual;

             f)   Difundir, publicar los proyectos de investigación y producción
                  intelectual previa coordinación con el Vice Rector;

             g) Elaborar y proponer el presupuesto del Instituto de Investigación ante
                el Vice Rector para su aprobación en el Consejo Universitario;

             h) Organizar los diferentes equipos de asesoramiento de Investigación;

             i)   Elaborar y presentar la memoria anual del Instituto de Investigación;

             j)   Promover acciones que permitan incentivar a los docentes y
                  estudiantes a realizar trabajos de investigación;

             k) Suscribir y rubricar los diferentes documentos que genere el Instituto;

             l)   Convocar a los equipos de investigación a reuniones de coordinación
                  sobre trabajos de investigación;

             m) Informar al Vice Rector sobre las ejecución de los proyectos de
                investigación y producción intelectual; y,

             n) Organizar y participar en la Feria y eventos de creación y tecnología
                universitaria.



Art. 14º La Comisión de Asesoría está a cargo de un equipo multidisciplinario de
         docentes asesores de cada facultad, propuestos ante el Vice Rectorado por el
         Director del Instituto de Investigación, en mérito a su competencia y
         calificación en investigación; así mismo integra la comisión de Asesoría el
         Director de la Escuela de Postgrado.

            Son funciones de la Comisión de Asesoría:

             a) Asesorar al órgano directivo en la aprobación y ejecución de los
                proyectos de investigación y producción intelectual; y,

             b) Revisar e informar los proyectos de investigación y producción
                Intelectual al órgano directivo para su evaluación.



Art. 15º Las Unidades de Investigación son unidades académicas operativas que se
         gestan en las Facultades para el desarrollo de la investigación y nuevos
         conocimientos, conjuntamente con los Departamentos Académicos; tendrán
         un Coordinador.
Son Funciones de las Unidades de Investigación:

            a) El control del avance y cumplimiento de los trabajos respectivos;

            b) Elevar la relación de las líneas y proyectos de investigación a la
               Dirección del Instituto, para que ésta a su vez elabore un listado único
               el cual será difundido en todas las Facultades, con la finalidad que los
               docentes interesados en diferentes temas puedan adscribirse en forma
               multidisciplinaria en los diferentes Proyectos de Investigación;

            c) Los responsables de las Unidades de Investigación al término de la
               investigación elevarán un informe final a la Dirección del Instituto de
               Investigación;

            d) La Dirección, en coordinación      con las Unidades de Investigación
               tendrán a su cargo:

                 o Realizar el seguimiento y evaluación de programas y proyectos
                   universitarios de investigación y elevar el informe técnico y/o
                   económico al Vice Rectorado;

                 o Revisar , estudiar, recomendar sistemas y procedimientos que
                   aseguren y simplifiquen el seguimiento de los planes, líneas,
                   programas, proyectos y otros referidos a la investigación;

                 o Promover y facilitar la conformación de grupos Inter y
                   multidisciplinarios de investigación en la universidad con la
                   participación de alumnos.



Art. 16º La sección de Trámite Documentario y Archivo estará a cargo de un jefe de
         sección que integra las funciones de secretaría y es responsable de la
         documentación e información científica de la Dirección del Instituto de
         Investigación.

            Son Funciones del Jefe de Sección:

            a) Trámite documentario;

            b) Archivo;

            c) Organizar redes de información;

            d) Provee información sobre las Líneas de Investigación;

            e) Organizar información sobre investigaciones recientes;

            f)   Procesar información de los Proyectos; y,

            g) Otras que se deriven de su función y las que se asigne la autoridad del
               Instituto de Investigación.




                                    CAPITULO II
DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

Art. 17º Los proyectos de investigación serán presentados a la unidad     de
         investigación correspondiente, a través de la secretaría respectiva,
         preferentemente por equipos de docentes, y estarán a cargo de un
         investigador responsable.

Art. 18º Los proyectos de investigación serán aprobados por las Unidades de
         Investigación, siendo ratificados por el directorio del Instituto de Investigación.

Art. 19º Tienen prioridad los proyectos de investigación de carácter interdisciplinario
         vinculados al desarrollo institucional, local y regional.

Art. 20º Los proyectos son desarrollados por docentes de la Universidad, pudiéndose
         contratar adicionalmente especialistas, cuando no exista el recurso humano
         en la universidad.

Art. 21º Los proyectos de investigación       se realizarán    en dos niveles, BÁSICA y
         APLICADA:

             a) La Investigación Básica es la orientada a la creación , aplicación y
                profundización de los conocimientos de las ciencias básicas, y apoyará
                la Investigación Aplicada; y

             b) La investigación aplicada esta orientada a la solución de problemas
                específicos en el medio local, regional y nacional; se orientará a
                integrarse a la estructura productiva.

Art. 22º En caso de proyectos de investigación con financiamiento externo, los
         convenios y/o aceptación de donaciones deberán ser suscritos por el Rector
         de la Universidad, previo informe del Instituto de Investigación.

Art. 23º Los proyectos preferentemente tendrán una duración promedio de un año y
         deberán incluir su presupuesto calendarizado por trimestre. Se presentarán
         hasta la última semana del mes de septiembre para ser incluidos en la
         propuesta del plan y presupuesto del Instituto, para el año siguiente.

Art. 24º las Unidades de Investigación realizarán una evaluación trimestral del avance
         de los proyectos de Investigación y presentarán el Informe correspondiente a
         la Dirección del Instituto.

Art. 25º Los proyectos serán financiados con recursos provenientes de la Universidad
         y convenios nacionales e internacionales, siendo administrados por la
         Universidad en todos los casos.

Art. 26º La Universidad asignará una partida específica para la subvención de
         proyectos de investigación a ser desarrollados en las unidades de
         investigación.

Art. 27º Los docentes que perciban bonificaciones por investigación, están obligados
         a participar en certámenes académicos y científicos organizados por la
         Universidad, sobre temas relacionados a sus proyectos u otros referidos a la
         investigación que realizan.

Art. 28º Los estudiantes de pregrado y postgrado que participen en calidad de
         auxiliares al proyecto se harán acreedores a una certificación correspondiente
         por el ININVESTU.
CAPITULO III

                          DEL DOCENTE INVESTIGADOR

Art. 29º Los docentes investigadores son: El autor (responsable) y coautores al
         Proyecto de Investigación, que conlleve a grados de Maestría y Doctorado,
         los que gozarán de una bonificación mensual y con carácter temporal,
         adicional a su remuneración ordinaria.

Art. 30º La bonificación se establecerá como única de acuerdo al régimen del
         profesor.

Art. 31º El término de los máximos de los trabajos de investigación es de año y
         medio; excepcionalmente y por causas debidamente justificadas pueden
         exceder dicho término; quedan exceptuadas de los términos señalados, las
         realizadas por los docentes que desempeñan cargos administrativos.

Art. 32º El Director del Instituto de Investigación, verificará el régimen del docente
         investigador, y en coordinación con el Vice Rector, formulará mensualmente
         el cuadro respectivo para el pago de bonificaciones al investigador; de
         acuerdo al informe de los coordinadores de la Unidad de Investigación y a las
         partidas o convenios aprobados.

Art. 33º Los profesores ordinarios de cualquier categoría podrán participar en calidad
         de investigadores autores o coautores.

Art. 34º Los profesores contratados podrán participar como coautores al proyecto; los
         alumnos de postgrado o de pregrado podrán participar en calidad de
         auxiliares al proyecto.

Art. 35º La Universidad podrá disponer libremente de los resultados de las
         investigaciones, sin perjuicio de los derechos del autor

Art. 36º Se reconoce el derecho de autoría, de los investigadores; corresponde a la
         Universidad la obligación de patentar y registrar los derechos del autor ante
         INDECOPI.



                                   CAPITULO IV

         DE LOS PARTICIPANTES EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN.

Art. 37º Son obligaciones del investigador autor del proyecto:

             a) Conducir los proyectos, organizando a los integrantes del equipo,
                asignando actividades específicas, dirigiendo las reuniones de trabajo
                y evaluando la participación de cada integrante;

             b) Formular informes parciales trimestralmente y por duplicado,
                precisando el avance, los aportes y nivel de participación de los
                integrantes del equipo;

             c) Presentar los requerimientos e informes económicos documentados
                de la ejecución de proyectos;
d) Presentar el informe final de la investigación;

             e) Concurrir a las reuniones que convoque la unidad de investigación;

             f)   Promover la difusión de los resultados de su investigación,
                  organizando y participando en eventos científicos; y,

             g) Realizar actividades conducentes al logro de los objetivos del
                proyecto.



Art. 38º Son obligaciones del coautor (es):

             a) Trabajar cordialmente, con el autor del proyecto de investigación;

             b) Reemplazar al Investigador Principal en caso de ausencia o
                abandono, debiendo comunicar tal situación a la Unidad respectiva;

             c) Cumplir las actividades asignadas por el autor;

             d) Coordinar con los otros participantes para el cumplimiento de los
                objetivos del proyecto; y,

             e) Asistir puntualmente a las reuniones de trabajo, de coordinación y
                ejecución del proyecto.

Art. 39º Son obligaciones de los miembros auxiliares:

             a) Cumplir las actividades que sean asignadas por el autor o coautor
                (es); y,

             b) Apoyar aquellas actividades conducentes al cumplimiento de los
                objetivos del proyecto.



                                    CAPITULO V

                  DE LA CULMINACIÓN, DIFUSIÓN Y PUBLICACIÓN

Art. 40º Culminado el proyecto de investigación o la producción intelectual, se
         realizará la presentación del mismo en acto público ante la comunidad
         universitaria y la sociedad.

Art. 41º El Instituto de Investigación difundirá semestralmente los resultados de los
         proyectos ejecutados a nivel interno y a nivel externo.

Art. 42º El Instituto de Investigación publicará anualmente una revista con resúmenes
         informativos de los proyectos desarrollados en sus diferentes unidades. Se
         publicará también en la memoria anual de las investigaciones realizadas.

Art. 43º El Instituto de Investigación se incorporará a las diferentes redes de
         información a través del servicio de biblioteca de la Universidad
CAPÍTULO VI

                               DE LA CAPACITACIÓN



 Art. 44º El Instituto de Investigación promoverá la participación de los profesores
          investigadores en eventos a nivel regional, nacional e internacional, de
          acuerdo a los lineamientos de políticas establecidos en la Universidad.



                       DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA:     El Vice Rectorado garantizará que el Instituto de Investigación cuente con
             el personal de apoyo necesario y calificado para el cumplimiento de sus
             funciones.

SEGUNDA:     Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta en
             primera instancia por el Instituto de Investigación, en segunda Instancia por
             el Vice Rectorado; y en última instancia por el Consejo Universitario.

TERCERA:     El Reglamento tiene vigencia a partir de su aprobación por parte del
             Consejo Universitario, debiéndose evaluar periódicamente y ser
             actualizado bienalmente
ORGANIGRAMA DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD “JOSÉ
                       CARLOS MARIÁTEGUI”

           =============================================




                               VICE RECTOR




                          DIRECCIÓN GENERAL
                           DEL INSTITUTO DE
                            INVESTIGACIÓN




                                              COMISIÓN DE
                                               ASESORÍA




      Trámite documentario y
             Archivo




             UNIDAD               UNIDAD          UNIDAD
           OPERATIVA             OPERATIVA     OPERATIVA DE
               DE               DE CIENCIAS      LETRAS Y
           INGENIERÍA           DE LA SALUD    HUMANIDADES
ANEXO 1

                  ESQUEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

I.    GENERALIDADES
      1. Título
      2. Personal Investigador
         2.1    Autor (Investigador responsable)
         2.2    Coautor (es)
         2.3    Asesor (si hubiera)

      3. Tipo de investigación
         3.1 Por su finalidad
             3.1.1 Básica
             3.1.2 Aplicada
         3.2 Por su profundidad
             3.2.1 Explorativa
             3.2.2 Descriptiva
             3.2.3 Correlacional
             3.2.4 Explicativa

      4. Régimen de investigación
         4.1 Libre
         4.2 Orientada

      5.   Facultad a la que pertenece el investigador
      6.   Localidad e Institución donde se desarrollará el proyecto
      7.   Duración total del desarrollo del proyecto
      8.   Fechas probables de inicio y término del trabajo de Investigación
           Inicio: ........./........./........
           Término: ........./........./........

      9. Recursos disponibles
         9.1 Personal
         9.2 Material y equipos
         9.3 Locales, laboratorios, etc.

      10. Presupuesto
          10.1 Honorarios
          10.2 Bienes
          10.3 Servicios
          10.4 Inversiones

      11. Financiamiento
          11.1 Con recursos propios
          11.2 Con recursos de la Institución

II.   PLAN DE INVESTIGACIÓN
      1. Planteamiento del problema de Investigación
         1.1 Etapas para plantear el problema de investigación
             1.1.1. Selección del tema de Investigación.
             1.1.2. Definición del problema.
             1.1.3. Delimitación del problema.
             1.1.4. Antecedentes del problema.
             1.1.5. Definición operativa de términos básica.
             1.1.6. Planteamiento del problema en forma de pregunta.
1.1.7. Justificación de la investigación.
          1.2 Formulación de la hipótesis
              1.2.1. Establecer la hipótesis.
              1.2.2. Detectar las variables.
              1.2.3. Definir conceptualmente las variables.
              1.2.4. Definir operacionalmente las variables.
          1.3 Objetivos de la investigación
          1.4 Evaluación del problema

      2. Elaboración del marco teórico
         2.1 Revisión de literatura
         2.2 Construcción de marco teórico

      3. Selección del diseño de investigación
         3.1. Diseño de investigación
         3.2. Experimento
         3.3. Elegir el diseño apropiado (Experimental o no experimental)

      4. Selección de la muestra
         4.1. Determinar la población.
         4.2. Delimitar la población.
         4.3. Extraer la muestra.

      5. Recolección de la información.
         5.1. Seleccionar o elaborar el instrumento de medición o de recolección de la
              información.
         5.2. Calcular la validez y confiabilidad del instrumento de medición.
         5.3. Aplicar los instrumentos de medición.
         5.4. Obtener la información.
         5.5. Codificar la información.
         5.6. Procesar la información

      6. Análisis de la información (Resultado – Discusión)
         6.1. Selección de las pruebas estadísticas para analizar la información.
         6.2. Realizar los análisis de la información.
         6.3. Interpretar la información.

      7. Citas y Referencias bibliográficas
      8. Contribución e impacto - conclusiones
      9. Anexos

      10. Redacción del Informe de Investigación.

Fecha de presentación


                                                        _______________________
                                                              Firma del Autor
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN




1. Facultad




2. Título del Proyecto




3. Tipo de Investigación

                         Tecnológica

         Básica                    o               Humanística

                               Aplicada



4.   Área de Investigación




5. Autores del Proyecto



       Autor:_______________________________________________________
             Categoría: __________________ Condición: __________________

              Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________
Título Profesional: ________________________________________

             Especialidad: ____________________________________________



        Coautor 01: _________________________________________________
        Categoría: __________________ Condición: ________________

        Tiempo asignado al Proyecto (H/S): ___________________________

             Título Profesional: ________________________________________

             Especialidad: ____________________________________________

             Coautor 02: ________________________________________________

             Categoría: __________________Condición: ___________________

        Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________

             Título Profesional: _______________________________________

             Especialidad: ___________________________________________

        Miembro Auxiliar:____________________________________________

             Categoría: __________________Condición: ___________________

        Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________

             Título Profesional: ________________________________________

             Especialidad: ____________________________________________



        Apoyo Técnico: _____________________________________________

                         _____________________________________________



        Apoyo Administrativo: ________________________________________

                               ________________________________________


6. Localidad (es) o instituciones(s) donde se realiza la Investigación:

   ___________________________________________________________



7. Entidad o personas con las que coordina el Proyecto : _____________________

   ____________________________________________________________________
8. Duración del Proyecto: __________ (meses)

9. Fecha de Inicio: ______/_____/_____ (dd/mm/aa)




______________________________                      ___________________

Director del Instituto de Investigación               Firma del Autor
INFORME TRIMESTRAL DE AVANCE DE
                        INVESTIGACIÓN




    Sr. Docente:



      Sírvase consignar en el encabezamiento de su informe los siguientes datos:



1. Fecha: ____/_____/_____ (dd/mm/aa)

2. Nombre del docente responsable del Proyecto:

            __________________________________________________________

3. Nombre de los miembros del Proyecto

            __________________________________________________________

            __________________________________________________________

            __________________________________________________________

4. Apoyo Técnico:

            __________________________________________________________

            __________________________________________________________

5. Apoyo administrativo:

            __________________________________________________________

            __________________________________________________________

6. Título del Proyecto:




7. Resolución Facultativa Nº
8. Porcentaje de Avance Trimestral         9.- Porcentaje Acumulado




     ________________________                    ____________________

     VºBª   Director del Instituto               Firma    del   Docente
            Responsable                              de Investigación




 Nota: Adjuntar el contenido del avance.

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Reglamento de investigacion ujcm

  • 1. Universidad José Carlos Mariátegui Reglamentos UJCM Reglamento de: Investigación y Producción Intelectual 2009 www.ujcm.edu.pe
  • 2. UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y PRODUCCIÓN INTELECTUAL TITULO I GENERALIDADES, BASE LEGAL, OBJETIVOS Y FUNCIONES CAPÍTULO I BASE LEGAL Art. 1º La base legal que norma esta función básica de la Universidad es la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; la Ley de creación de la Universidad, Ley Nº 25153, el Estatuto de la Universidad aprobado por Resolución No.168-2002- CO-UPM; el Reglamento General, aprobado por Resolución No.002-2003- CO-UPM, y demás normas internas. CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES Art. 2º El Instituto de Investigación de la Universidad “José Carlos Mariátegui”; cuyas siglas es ININVESTU esta constituido por profesores investigadores de la Universidad, y por investigadores invitados. Art. 3º El presente Reglamento norma las políticas y acciones de Investigación y Producción Intelectual que realizan los docentes de la “UJCM”; así como el funcionamiento académico-administrativo del Instituto de investigación y de las actividades intelectuales antes detalladas. Art. 4º El Instituto de Investigación es un organismo que promociona, organiza, coordina e integra la investigación universitaria, vinculada con el desarrollo institucional, local, regional y nacional. Art. 5º La Universidad estimula y fomenta la investigación individual, en equipo e interdisciplinaria, dentro de una política que se orienta fundamentalmente a la generación de conocimientos científicos y propuestas tecnológicas destinadas a la formación académica y a la solución de problemas locales, regionales y nacionales. Se impulsará la investigación que enriquezca la cultura nacional y universal.
  • 3. CAPITULO III DE LOS FINES Y OBJETIVOS Art. 6º Son fines del Instituto de Investigación: a) La promoción y fomento de la investigación para el desarrollo institucional; b) La formulación y ejecución de proyectos de investigación para el desarrollo local, regional y nacional, en convenio con entidades públicas, privadas y organismos gubernamentales y no gubernamentales; c) La asesoría y consultoría en materia de investigación científico – tecnológico y humanística; d) La integración del docente universitario en las actividades de investigación; e) La contribución al mejoramiento de las condiciones de trabajo de los docentes que realicen trabajos de investigación a partir de los recursos internos y externos; f) La promoción de la producción intelectual de los docentes de la Universidad José Carlos Mariátegui; y, g) La proyección de una imagen institucional del más alto nivel académico en materia de investigación y Producción Intelectual. Art. 7º Son objetivos del Instituto de Investigación: a) Impulsar el desarrollo de la investigación y producción intelectual en todas las áreas del conocimiento humano que respondan a la solución de los principales problemas de la Región y coadyuven al mejoramiento de la calidad educativa y por tanto de la acreditación de la universidad; b) Promover la investigación científica, tecnológica y humanística de manera planificada; c) Establecer los mecanismos normativos y operativos que permitan la captación de recursos humanos, materiales y presupuestarios para el desarrollo de proyectos de investigación; d) Definir los lineamientos de política de investigación y proponer estrategias para su ejecución; e) Definir las áreas y líneas de investigación pertinentes; f) Desarrollar proyectos interdisciplinarios de investigación con participación de docentes de las diferentes carreras profesionales; g) Propiciar la coordinación interinstitucional optimizando el uso de los recursos;
  • 4. h) Establecer las acciones mas adecuadas para información y capacitación de nuestros docentes; i) Promover la difusión de la investigación en forma periódica mediante publicaciones; j) Desarrollar tecnología propia y adecuar la existente a la realidad local y regional para su utilización; y, k) Difundir permanentemente a la comunidad los avances y logros en materia de investigación científica y tecnológica además de la producción intelectual, que implementa la Universidad José Carlos Mariátegui. CAPITULO IV DE LAS FUNCIONES GENERALES Art. 8º La investigación es función obligatoria y primordial de la Universidad José Carlos Mariátegui, que la organiza y conduce libremente a través de sus centros o institutos especializados, por lo que está obligada a promoverla y apoyarla en su desarrollo científico, tecnológico y humanístico. Art. 9º Son funciones del Instituto de Investigación: a) Programar sus actividades anualmente; b) Formular perfiles y proyectos de investigación interfacultativos; c) Establecer las normas y procedimientos que debe seguir un proyecto de investigación para la formulación, presentación, inscripción y ejecución del mismo, además de la producción intelectual hasta su culminación y publicación; d) Supervisar y evaluar el desarrollo de los proyectos de investigación y producción intelectual, propuestos por las unidades del Instituto de Investigación; e) Apoyar a los docentes seleccionados por las unidades de investigación para participar en eventos científicos o de investigación, sean estos nacionales é internacionales; f) Seleccionar y recomendar los proyectos universitarios de investigación que por su calidad y trascendencia ameriten ser financiados por la Universidad u otras instituciones con las cuales la Universidad sostiene convenios de cooperación; g) Formular, supervisar y evaluar la aplicación de la política de investigación en la Universidad; h) Promover el desarrollo de planes de cooperación con instituciones gubernamentales y no gubernamentales dedicadas a este mismo fin para implementar acciones conjuntas;
  • 5. i) Coordinar y supervisar la labor de las unidades de investigación; j) Uniformizar o establecer lineamientos básicos requeridos para presentar informes o proyectos de investigación (tesis de grado y otros); k) Normar a través de formatos la ejecución y presentación de proyectos de investigación; l) Gestionar y canalizar los fondos específicos asignados en el presupuesto de la Universidad para el desarrollo de la investigación en la Universidad; m) Sistematizar los resultados de los trabajos de investigación y producción intelectual para su difusión al mundo científico; n) Organizar el archivo y el acervo documentario sobre los trabajos de investigación concluidos y los que están en ejecución; y, o) Otros que le asignen el las instancias superiores y/o las normas internas pertinentes. TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN CAPÍTULO I DE LA DIRECCIÓN Art. 10º El Instituto de Investigación depende directamente del Vice Rectorado. Art. 11º Son órganos de la dirección del Instituto de Investigación: a) La dirección; b) La comisión de asesoría; c) Las unidades de investigación; y, d) La sección de trámite documentario y archivo. Art. 12º La dirección está a cargo de un Director propuesto por el Vice Rectorado ante el Consejo Universitario. Art. 13º El Director es responsable de la planificación, organización, dirección y control del Instituto de Investigación; son sus funciones: a) Planificar las acciones del instituto de investigación;
  • 6. b) Administrar, gestionar y recibir los proyectos de investigación; c) Representar al instituto de investigación dentro y fuera de la Universidad; d) Ratificar la resolución de aprobación de inicio de los proyectos de investigación aprobados en las unidades de investigación correspondiente; e) Emitir resolución para la producción intelectual; f) Difundir, publicar los proyectos de investigación y producción intelectual previa coordinación con el Vice Rector; g) Elaborar y proponer el presupuesto del Instituto de Investigación ante el Vice Rector para su aprobación en el Consejo Universitario; h) Organizar los diferentes equipos de asesoramiento de Investigación; i) Elaborar y presentar la memoria anual del Instituto de Investigación; j) Promover acciones que permitan incentivar a los docentes y estudiantes a realizar trabajos de investigación; k) Suscribir y rubricar los diferentes documentos que genere el Instituto; l) Convocar a los equipos de investigación a reuniones de coordinación sobre trabajos de investigación; m) Informar al Vice Rector sobre las ejecución de los proyectos de investigación y producción intelectual; y, n) Organizar y participar en la Feria y eventos de creación y tecnología universitaria. Art. 14º La Comisión de Asesoría está a cargo de un equipo multidisciplinario de docentes asesores de cada facultad, propuestos ante el Vice Rectorado por el Director del Instituto de Investigación, en mérito a su competencia y calificación en investigación; así mismo integra la comisión de Asesoría el Director de la Escuela de Postgrado. Son funciones de la Comisión de Asesoría: a) Asesorar al órgano directivo en la aprobación y ejecución de los proyectos de investigación y producción intelectual; y, b) Revisar e informar los proyectos de investigación y producción Intelectual al órgano directivo para su evaluación. Art. 15º Las Unidades de Investigación son unidades académicas operativas que se gestan en las Facultades para el desarrollo de la investigación y nuevos conocimientos, conjuntamente con los Departamentos Académicos; tendrán un Coordinador.
  • 7. Son Funciones de las Unidades de Investigación: a) El control del avance y cumplimiento de los trabajos respectivos; b) Elevar la relación de las líneas y proyectos de investigación a la Dirección del Instituto, para que ésta a su vez elabore un listado único el cual será difundido en todas las Facultades, con la finalidad que los docentes interesados en diferentes temas puedan adscribirse en forma multidisciplinaria en los diferentes Proyectos de Investigación; c) Los responsables de las Unidades de Investigación al término de la investigación elevarán un informe final a la Dirección del Instituto de Investigación; d) La Dirección, en coordinación con las Unidades de Investigación tendrán a su cargo: o Realizar el seguimiento y evaluación de programas y proyectos universitarios de investigación y elevar el informe técnico y/o económico al Vice Rectorado; o Revisar , estudiar, recomendar sistemas y procedimientos que aseguren y simplifiquen el seguimiento de los planes, líneas, programas, proyectos y otros referidos a la investigación; o Promover y facilitar la conformación de grupos Inter y multidisciplinarios de investigación en la universidad con la participación de alumnos. Art. 16º La sección de Trámite Documentario y Archivo estará a cargo de un jefe de sección que integra las funciones de secretaría y es responsable de la documentación e información científica de la Dirección del Instituto de Investigación. Son Funciones del Jefe de Sección: a) Trámite documentario; b) Archivo; c) Organizar redes de información; d) Provee información sobre las Líneas de Investigación; e) Organizar información sobre investigaciones recientes; f) Procesar información de los Proyectos; y, g) Otras que se deriven de su función y las que se asigne la autoridad del Instituto de Investigación. CAPITULO II
  • 8. DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Art. 17º Los proyectos de investigación serán presentados a la unidad de investigación correspondiente, a través de la secretaría respectiva, preferentemente por equipos de docentes, y estarán a cargo de un investigador responsable. Art. 18º Los proyectos de investigación serán aprobados por las Unidades de Investigación, siendo ratificados por el directorio del Instituto de Investigación. Art. 19º Tienen prioridad los proyectos de investigación de carácter interdisciplinario vinculados al desarrollo institucional, local y regional. Art. 20º Los proyectos son desarrollados por docentes de la Universidad, pudiéndose contratar adicionalmente especialistas, cuando no exista el recurso humano en la universidad. Art. 21º Los proyectos de investigación se realizarán en dos niveles, BÁSICA y APLICADA: a) La Investigación Básica es la orientada a la creación , aplicación y profundización de los conocimientos de las ciencias básicas, y apoyará la Investigación Aplicada; y b) La investigación aplicada esta orientada a la solución de problemas específicos en el medio local, regional y nacional; se orientará a integrarse a la estructura productiva. Art. 22º En caso de proyectos de investigación con financiamiento externo, los convenios y/o aceptación de donaciones deberán ser suscritos por el Rector de la Universidad, previo informe del Instituto de Investigación. Art. 23º Los proyectos preferentemente tendrán una duración promedio de un año y deberán incluir su presupuesto calendarizado por trimestre. Se presentarán hasta la última semana del mes de septiembre para ser incluidos en la propuesta del plan y presupuesto del Instituto, para el año siguiente. Art. 24º las Unidades de Investigación realizarán una evaluación trimestral del avance de los proyectos de Investigación y presentarán el Informe correspondiente a la Dirección del Instituto. Art. 25º Los proyectos serán financiados con recursos provenientes de la Universidad y convenios nacionales e internacionales, siendo administrados por la Universidad en todos los casos. Art. 26º La Universidad asignará una partida específica para la subvención de proyectos de investigación a ser desarrollados en las unidades de investigación. Art. 27º Los docentes que perciban bonificaciones por investigación, están obligados a participar en certámenes académicos y científicos organizados por la Universidad, sobre temas relacionados a sus proyectos u otros referidos a la investigación que realizan. Art. 28º Los estudiantes de pregrado y postgrado que participen en calidad de auxiliares al proyecto se harán acreedores a una certificación correspondiente por el ININVESTU.
  • 9. CAPITULO III DEL DOCENTE INVESTIGADOR Art. 29º Los docentes investigadores son: El autor (responsable) y coautores al Proyecto de Investigación, que conlleve a grados de Maestría y Doctorado, los que gozarán de una bonificación mensual y con carácter temporal, adicional a su remuneración ordinaria. Art. 30º La bonificación se establecerá como única de acuerdo al régimen del profesor. Art. 31º El término de los máximos de los trabajos de investigación es de año y medio; excepcionalmente y por causas debidamente justificadas pueden exceder dicho término; quedan exceptuadas de los términos señalados, las realizadas por los docentes que desempeñan cargos administrativos. Art. 32º El Director del Instituto de Investigación, verificará el régimen del docente investigador, y en coordinación con el Vice Rector, formulará mensualmente el cuadro respectivo para el pago de bonificaciones al investigador; de acuerdo al informe de los coordinadores de la Unidad de Investigación y a las partidas o convenios aprobados. Art. 33º Los profesores ordinarios de cualquier categoría podrán participar en calidad de investigadores autores o coautores. Art. 34º Los profesores contratados podrán participar como coautores al proyecto; los alumnos de postgrado o de pregrado podrán participar en calidad de auxiliares al proyecto. Art. 35º La Universidad podrá disponer libremente de los resultados de las investigaciones, sin perjuicio de los derechos del autor Art. 36º Se reconoce el derecho de autoría, de los investigadores; corresponde a la Universidad la obligación de patentar y registrar los derechos del autor ante INDECOPI. CAPITULO IV DE LOS PARTICIPANTES EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. Art. 37º Son obligaciones del investigador autor del proyecto: a) Conducir los proyectos, organizando a los integrantes del equipo, asignando actividades específicas, dirigiendo las reuniones de trabajo y evaluando la participación de cada integrante; b) Formular informes parciales trimestralmente y por duplicado, precisando el avance, los aportes y nivel de participación de los integrantes del equipo; c) Presentar los requerimientos e informes económicos documentados de la ejecución de proyectos;
  • 10. d) Presentar el informe final de la investigación; e) Concurrir a las reuniones que convoque la unidad de investigación; f) Promover la difusión de los resultados de su investigación, organizando y participando en eventos científicos; y, g) Realizar actividades conducentes al logro de los objetivos del proyecto. Art. 38º Son obligaciones del coautor (es): a) Trabajar cordialmente, con el autor del proyecto de investigación; b) Reemplazar al Investigador Principal en caso de ausencia o abandono, debiendo comunicar tal situación a la Unidad respectiva; c) Cumplir las actividades asignadas por el autor; d) Coordinar con los otros participantes para el cumplimiento de los objetivos del proyecto; y, e) Asistir puntualmente a las reuniones de trabajo, de coordinación y ejecución del proyecto. Art. 39º Son obligaciones de los miembros auxiliares: a) Cumplir las actividades que sean asignadas por el autor o coautor (es); y, b) Apoyar aquellas actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos del proyecto. CAPITULO V DE LA CULMINACIÓN, DIFUSIÓN Y PUBLICACIÓN Art. 40º Culminado el proyecto de investigación o la producción intelectual, se realizará la presentación del mismo en acto público ante la comunidad universitaria y la sociedad. Art. 41º El Instituto de Investigación difundirá semestralmente los resultados de los proyectos ejecutados a nivel interno y a nivel externo. Art. 42º El Instituto de Investigación publicará anualmente una revista con resúmenes informativos de los proyectos desarrollados en sus diferentes unidades. Se publicará también en la memoria anual de las investigaciones realizadas. Art. 43º El Instituto de Investigación se incorporará a las diferentes redes de información a través del servicio de biblioteca de la Universidad
  • 11. CAPÍTULO VI DE LA CAPACITACIÓN Art. 44º El Instituto de Investigación promoverá la participación de los profesores investigadores en eventos a nivel regional, nacional e internacional, de acuerdo a los lineamientos de políticas establecidos en la Universidad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA: El Vice Rectorado garantizará que el Instituto de Investigación cuente con el personal de apoyo necesario y calificado para el cumplimiento de sus funciones. SEGUNDA: Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta en primera instancia por el Instituto de Investigación, en segunda Instancia por el Vice Rectorado; y en última instancia por el Consejo Universitario. TERCERA: El Reglamento tiene vigencia a partir de su aprobación por parte del Consejo Universitario, debiéndose evaluar periódicamente y ser actualizado bienalmente
  • 12. ORGANIGRAMA DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD “JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI” ============================================= VICE RECTOR DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN COMISIÓN DE ASESORÍA Trámite documentario y Archivo UNIDAD UNIDAD UNIDAD OPERATIVA OPERATIVA OPERATIVA DE DE DE CIENCIAS LETRAS Y INGENIERÍA DE LA SALUD HUMANIDADES
  • 13. ANEXO 1 ESQUEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN I. GENERALIDADES 1. Título 2. Personal Investigador 2.1 Autor (Investigador responsable) 2.2 Coautor (es) 2.3 Asesor (si hubiera) 3. Tipo de investigación 3.1 Por su finalidad 3.1.1 Básica 3.1.2 Aplicada 3.2 Por su profundidad 3.2.1 Explorativa 3.2.2 Descriptiva 3.2.3 Correlacional 3.2.4 Explicativa 4. Régimen de investigación 4.1 Libre 4.2 Orientada 5. Facultad a la que pertenece el investigador 6. Localidad e Institución donde se desarrollará el proyecto 7. Duración total del desarrollo del proyecto 8. Fechas probables de inicio y término del trabajo de Investigación Inicio: ........./........./........ Término: ........./........./........ 9. Recursos disponibles 9.1 Personal 9.2 Material y equipos 9.3 Locales, laboratorios, etc. 10. Presupuesto 10.1 Honorarios 10.2 Bienes 10.3 Servicios 10.4 Inversiones 11. Financiamiento 11.1 Con recursos propios 11.2 Con recursos de la Institución II. PLAN DE INVESTIGACIÓN 1. Planteamiento del problema de Investigación 1.1 Etapas para plantear el problema de investigación 1.1.1. Selección del tema de Investigación. 1.1.2. Definición del problema. 1.1.3. Delimitación del problema. 1.1.4. Antecedentes del problema. 1.1.5. Definición operativa de términos básica. 1.1.6. Planteamiento del problema en forma de pregunta.
  • 14. 1.1.7. Justificación de la investigación. 1.2 Formulación de la hipótesis 1.2.1. Establecer la hipótesis. 1.2.2. Detectar las variables. 1.2.3. Definir conceptualmente las variables. 1.2.4. Definir operacionalmente las variables. 1.3 Objetivos de la investigación 1.4 Evaluación del problema 2. Elaboración del marco teórico 2.1 Revisión de literatura 2.2 Construcción de marco teórico 3. Selección del diseño de investigación 3.1. Diseño de investigación 3.2. Experimento 3.3. Elegir el diseño apropiado (Experimental o no experimental) 4. Selección de la muestra 4.1. Determinar la población. 4.2. Delimitar la población. 4.3. Extraer la muestra. 5. Recolección de la información. 5.1. Seleccionar o elaborar el instrumento de medición o de recolección de la información. 5.2. Calcular la validez y confiabilidad del instrumento de medición. 5.3. Aplicar los instrumentos de medición. 5.4. Obtener la información. 5.5. Codificar la información. 5.6. Procesar la información 6. Análisis de la información (Resultado – Discusión) 6.1. Selección de las pruebas estadísticas para analizar la información. 6.2. Realizar los análisis de la información. 6.3. Interpretar la información. 7. Citas y Referencias bibliográficas 8. Contribución e impacto - conclusiones 9. Anexos 10. Redacción del Informe de Investigación. Fecha de presentación _______________________ Firma del Autor
  • 15. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN 1. Facultad 2. Título del Proyecto 3. Tipo de Investigación Tecnológica Básica o Humanística Aplicada 4. Área de Investigación 5. Autores del Proyecto Autor:_______________________________________________________ Categoría: __________________ Condición: __________________ Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________
  • 16. Título Profesional: ________________________________________ Especialidad: ____________________________________________ Coautor 01: _________________________________________________ Categoría: __________________ Condición: ________________ Tiempo asignado al Proyecto (H/S): ___________________________ Título Profesional: ________________________________________ Especialidad: ____________________________________________ Coautor 02: ________________________________________________ Categoría: __________________Condición: ___________________ Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________ Título Profesional: _______________________________________ Especialidad: ___________________________________________ Miembro Auxiliar:____________________________________________ Categoría: __________________Condición: ___________________ Tiempo asignado al Proyecto (H/S.): __________________________ Título Profesional: ________________________________________ Especialidad: ____________________________________________ Apoyo Técnico: _____________________________________________ _____________________________________________ Apoyo Administrativo: ________________________________________ ________________________________________ 6. Localidad (es) o instituciones(s) donde se realiza la Investigación: ___________________________________________________________ 7. Entidad o personas con las que coordina el Proyecto : _____________________ ____________________________________________________________________
  • 17. 8. Duración del Proyecto: __________ (meses) 9. Fecha de Inicio: ______/_____/_____ (dd/mm/aa) ______________________________ ___________________ Director del Instituto de Investigación Firma del Autor
  • 18. INFORME TRIMESTRAL DE AVANCE DE INVESTIGACIÓN Sr. Docente: Sírvase consignar en el encabezamiento de su informe los siguientes datos: 1. Fecha: ____/_____/_____ (dd/mm/aa) 2. Nombre del docente responsable del Proyecto: __________________________________________________________ 3. Nombre de los miembros del Proyecto __________________________________________________________ __________________________________________________________ __________________________________________________________ 4. Apoyo Técnico: __________________________________________________________ __________________________________________________________ 5. Apoyo administrativo: __________________________________________________________ __________________________________________________________ 6. Título del Proyecto: 7. Resolución Facultativa Nº
  • 19. 8. Porcentaje de Avance Trimestral 9.- Porcentaje Acumulado ________________________ ____________________ VºBª Director del Instituto Firma del Docente Responsable de Investigación Nota: Adjuntar el contenido del avance.