2. ¿Qué es adopción?
Según Palacios, (2009): “Desde el punto de
vista legal, la adopción es una decisión
judicial por la cual un niño o una niña nacidos
en una familia concreta se convierten en el
hijo o la hija de otra familia, perdiendo la
vinculación jurídica con su familia de origen y
convirtiéndose a todos los efectos y para
siempre en el hijo o la hija de su familia
adoptiva.” (pág. 45)
3. Es un tema muy controversial debido a los diferentes puntos de vista
que tiene la sociedad. En cada país la sociedad tiene un modo
distinto de ver las cosas y de pensar, esto es básicamente a sus
costumbres y tradiciones. Por consiguiente, las opiniones de las
personas siempre van a diferir.
4. Mi postura es en contra de la
adopción en parejas homosexuales,
porque considero que muy
independiente de las preferencias
sexuales de las personas, no es
correcto que quieran involucrar a un
tercero en sus gustos.
Especialmente si estamos hablando
de unos seres humanos que se
encuentran en una etapa de
desarrollo fundamental que definirá
su estilo de vida, sus aficiones, gustos,
preferencias, actitudes, valores, etc.
5. Pienso que la sociedad debe entender que no es justo que un
tercero se vea afectado por parejas homosexuales, porque más allá
de exhibirse en público, no deberían afectar a un menor que no va a
tener la culpa de posibles burlas y comentarios no apropiados que
afecten su autoestima e identidad por la gente con la que se
relacione.
6. Origen del problema
El problema se origina desde
que se aprueba el matrimonio
homosexual, de ahí surge la
necesidad entre ellos de
querer formar una familia ya
que se consideran parte de la
sociedad y quieren ser
tratados como todos.
Al ser aceptada la adopción entre
homosexuales considero que hizo
falta mayor consenso social y los
estudios necesarios, como en
psicología y sociología, entre otras
materias, para que consideraran
todos los pros y los contras, ya se
encuentra involucrado el núcleo de
nuestra sociedad
7. Los beneficios que se derivan de no permitir la adopción en parejas
homosexuales son que no habrá daños psicológicos en los niños, se
podrán desarrollar social y culturalmente de manera adecuada, con
parejas heterosexuales donde hay más estabilidad. Además de que
cabe la posibilidad de que puedan llegar a seguir patrones erróneos
de una identidad sexual, la cual no querían pero la adquieren por
dichos patrones.
8. Derechos de los niños
En el ámbito legal se violan los
derechos del niño de la Convención
sobre los Derechos del Niño. Desde
su preámbulo se estaría en contra
inmediatamente al expresar que el
niño para el pleno y armonioso
desarrollo de su personalidad, debe
crecer en el seno de la familia, en un
ambiente de felicidad, amor y
comprensión.
9. Artículo 2 párrafo 2
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño
se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la
condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o
sus tutores o de sus familiares.
En este artículo no se cumpliría en el tema de la discriminación ya que la sociedad
será la primera en juzgarlos por tener padres o madres del mismo sexo ya que en
México no hay modelos educativos para generar respeto por la diversidad sexual.
10. Artículo 4
Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de
alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar esos
derechos. El estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad
de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.
No se prevería respeto a su dignidad de la niñez ya que sería víctima de
discriminación por parte de los demás niños al no comprender por qué
tienen dos madres y/o dos padres
11. Artículo 27
Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado
para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
Al no poder darles un nivel adecuado en su desarrollo mental, espiritual y social los
niños van a tener a futuro varios problemas en asuntos de la vida cotidiana, como
por ejemplo: saber qué color de ropa quieren usar, que tipo de ropa les queda mejor,
si deben usar o no aretes, pulseras, collares, anillos, que religión optar, con quien
deben relacionarse, que es lo bueno y que es lo malo, etc.
12. Posturas en contra
Hansen (2009) nos dice que: “Los
hijos necesitan atravesar diferentes
etapas en su desarrollo y para cada
una de ellas necesitan el referente de
uno y otro sexo. Algunas etapas
exigen más de una madre mientras
que otras requieren más de un padre"
(n/p).
Posturas a favor
La Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) llegó a la conclusión
de que la adopción por parte de
parejas del mismo sexo no violan la
Constitución, al contrario, señala que
este grupo debe tener garantizado el
derecho al igual que todo tipo de
familia.
13. Conclusiones
Existe una gran diferencia entre defender la libertad individual y asumir el
derecho de la libertad de los demás, es decir que, aunque la Constitución
defiende la libertad y la igualdad, no manipula la libertad de unos en favor de
un grupo en particular. Es por ello que, en este caso, más allá de las
consideraciones teóricas, lo que está en juego es la seguridad del niño, es decir,
su desarrollo físico y psicológico.
Considero que se está poniendo en juego el desarrollo integral de los menores
susceptibles a adopción. Reconozco que no todavía no hay estudios profundos
para determinar este tipo de conclusiones pero si tomo muy en cuenta que los
homosexuales son personas muy intensas.
14. REFERENCIAS
Brena, I. (2005). Las adopciones en México y algo más. México: UNAM.
Hansen, H. (2009). Adopción y Filiación adoptiva. Santiago de Chile: Jurídica de Chile.
Palacios, J. (2009). La aventura de adoptar. Universidad de Sevilla: Madrid
Sarmiento, V. (2008) Niños felices Barcelona: España