Este documento discute la adopción por parejas del mismo sexo. Presenta una visión histórica de la homosexualidad y los antecedentes legales de la adopción en México. Explora las opiniones de la iglesia, la psicología y la sociedad sobre este tema, así como las posibles consecuencias para los niños. Concluye que lo más importante para el desarrollo psicológico de un niño es la calidad de la relación con sus padres, no su orientación sexual.
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
LA ADOPCIÓN EN MATRIMONIOS HOMOSEXUALES
1. BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA
UNIDAD REGIONAL CHIAUTLA DE TAPIA, PUEBLA
DHITIC
Enrique Rene Morales Flores
Edgar Aguilar Clara
“Adopción por parejas del mismo sexo”
INTRODUCCIÓN
El tema que nos ocupa es controvertido: la adopción por parte de parejas
homosexuales, y la relación que se establece con los niños en estas familias de
parejas homosexuales. La polémica acerca de la adopción por parte de
homosexuales está de plena actualidad, produce reacciones intensas y
polarizadas; casi nadie se queda impasible. Desde aquí, deseamos hacer
partícipe al lector del trabajo de la reflexión que venimos haciendo, y de la
necesidad de establecer un debate riguroso acerca de las implicaciones del
tema que tratamos.
El hombre no puede realizarse plenamente si no es por medio de las relaciones
sociales establecidas con los demás. Esta dimensión social se inaugura en el
mismo momento de nuestra concepción y prosigue a lo largo de las distintas
etapas de evolución de nuestra especie.
El niño necesita estímulos para realizarse como un adulto “normal” (cognitivos,
afectivos, sociales y morales) difíciles de encontrar fuera de la familia. Por esto
la familia se configura como la célula NATURAL y SOCIAL en la que suele
tener lugar este proceso de desarrollo.
En este marco se inscribe la ADOPCIÓN como figura jurídica que vela por los
menores en situaciones de desamparo, y que debe garantizar el derecho de
todo niño a tener una familia para desarrollarse de forma diferenciada e
integral.
2. TITULO: “LA ADOPCION EN MATRIMONIOS HOMOSEXUALES”
1.- Visión histórica de la homosexualidad
2.- antecedentes en la adopción en México
3.- Marco jurídico de la adopción en México.
4.- opinión de la iglesia acerca de la adopción por parejas del mismo sexo.
4.1.- postura de la ley
4.2.- opinión psicológica
4.3.- opinión de la sociedad acerca del tema
5- consecuencias hacia el niño
6.- conclusión
3. 1. Visión histórica de la homosexualidad
Hay mucho material escrito sobre la homosexualidad como comportamiento
existente a lo largo de la historia del hombre, pero el conocimiento de la
homosexualidad masculina es más completo que el de la femenina.
Diversas culturas estudiadas por los antropólogos incorporan rituales
homosexuales como el tránsito para el estado adulto.
Las actitudes hacia la homosexualidad oscilan entre el horror y el
entusiasmo. La homosexualidad no siempre ha sido un fenómeno
perseguido o rechazado, puesto que existieron culturas que integraron
dentro de su horizonte emocional las relaciones amorosas y sexuales entre
personas del mismo sexo (Grecia, por ejemplo).
Lo que distingue los mundos modernos lésbicos y gays de los ejemplos
históricos y antropológicos de homosexualidad es el desarrollo de redes
sociales fundadas en el interés homosexual de sus miembros (BARRY,
1987).
Características propias del mundo lésbico-gay actual, que no existen en
otras sociedades:
1. Las relaciones homosexuales han escapado a las estructuras del sis-
tema de parentesco heterosexual dominante.
2. La homosexualidad exclusiva, ahora posible para ambas partes de la
pareja, se ha convertido en un camino alternativo a las formas familiares
convencionales.
3. Las relaciones entre personas del mismo sexo han desarrollado nuevas
formas sin estar estructuradas alrededor de alguna categoría de género o
de edad en particular.
4. Algunas personas han llegado a descubrirse y a formar redes socia- les
de gran escala no sólo por las relaciones sociales ya existentes sino por su
interés homosexual.
5. La homosexualidad ha llegado a ser una formación social en sí misma
caracterizada por la auto- conciencia y la identidad de grupo.
2.- Antecedentes de la adopción en México
En enero de 1857, durante el gobierno de Ignacio Comonfort, se expidió la
Ley Orgánica del Registro del Estado Civil. Esta legislación ordena el
establecimiento en toda la República, de oficinas del registro civil y la
obligación para todos los habitantes de inscribirse en ellas; reconoce como acto
4. del estado civil el nacimiento, matrimonio, adopción y arrogación, el sacerdocio
y la profesión de algún voto religioso temporal o perpetuo y la muerte.
Las Leyes de Reforma promulgadas en 1859, reconocen como actos del
Estado civil: el nacimiento, la adopción, el reconocimiento, la arrogación, el
Matrimonio y el fallecimiento, y dispone el establecimiento en toda la República
de Jueces del Estado Civil. El Código Civil de 1870 para el Distrito y Territorios
Federales no reguló la adopción, lo mismo sucedió con el Código Civil de 1884.
Independientemente de lo anterior, el Código Civil de Oaxaca de 1871
estableció el procedimiento para quien quisiera adoptar o arrogar. 3 Los
requisitos exigidos eran: solo el varón que estuviera fuera de la patria potestad
podía adoptar; la diferencia de edades entre adoptante y adoptado sería al
menos de diez y ocho años. El procedimiento de adopción como arrogación era
iniciado ante el Poder Judicial, pero resuelto por el Poder Legislativo.
Es hasta la Ley de Relaciones Familiares de 1917 que se incorpora la
adopción, definiendo en su artículo 220:
Artículo 220.Adopción es el acto legal para el cual una persona mayor de edad,
acepta a un menor como hijo, adquiriendo respecto de él todo los derechos que
un padre tiene y construyendo todas las responsabilidades que el mismo
reporta, respecto de la persona de un hijo natural. La adopción regulada en
esta Ley es únicamente simple, toda vez que establece que los derechos y
obligaciones que impone ésta se limita al adoptante y el adoptado.
La Ley de Relaciones Familiares fue abrogada por el Código Civil del 30 de
Agosto de 1928, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de
septiembre de 1932, y entró en vigor el 1 de octubre de 1932.
3.- Marco jurídico de la adopción en México
El 29 de mayo de 2000 se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley
para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, ley
reglamentaria del artículo 4° Constitucional, que en sus artículos 25 y 26
establece disposiciones aplicables a la adopción, refiriéndose específicamente
a la adopción internacional en su artículo 27.
Las más recientes reformas y adiciones del Código Civil y de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal en materia de adopción, se publicaron en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de junio de 2004. Se retoma el concepto
de que la adopción plena se equipara al parentesco; en el Código de
Procedimientos Civiles, se brinda la posibilidad de que los estudios
socioeconómicos y psicológicos estén a cargo del Sistema Nacional para el
Desarrollo Integral de la Familia, el que podrá acreditar a profesionales con
experiencia en la materia y asimismo se faculta a la Secretaría de Salud, el
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal, el Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal, la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal, para la práctica de estos estudios, cuando se trate de adopción
nacional.
4.-opinioin de la iglesia acerca de la adopción por parejas del mismo sexo
5. Nosotros no estamos de acuerdo, jurídicamente porque no se puede cambiar la
Constitución. Los derechos de los niños están primero. Todo niño tiene derecho
a tener papá y mamá porque cuando los pierden o son abandonados, el Estado
debe darles lo más parecido a lo que perdieron, es decir, un papá y una
mamá.
Ellos tienen todos los derechos como personas, como ciudadanos, como hijos
de Dios. Si quieren vivir juntos que lo hagan, si quieren heredar, que lo hagan,
la salud las pensiones. Pero de ninguna manera que nos hagan una ley
contraria a lo que está en la Constitución.
Está en la Constitución en el artículo 42. Allí dice que la familia es la célula
primordial de la sociedad compuesta por un hombre y una mujer que se
complementen física, emocional, sicológica y espiritualmente. La familia debe
tener dos objetivos: el amor entre esposos y el fruto que son los hijos.
4.1.- Postura de la legislación
Esto es lo que dice la ley.
4.2.- Opinión psicológica
Está probado por la psicología que un niño crece con autoestima cuando tiene
una familia compuesta por padre y madre. Si es adoptado por una pareja gay le
va a afectar su estabilidad emocional. Él (niño) no va a entender por qué es tan
distinto y tan raro. También por el referente identificatorio de rol de género, el
niño varón se identifica con el rol masculino y la niña con el femenino.
¿la adopción de parejas del mismo sexo afecta a los niños?
Los riesgos psicológicos asociados a la adopción están suficientemente
documentados, una revisión de las investigaciones (Brodzinsky, 1987)
demuestra que, aunque la mayoría de los niños adoptados se encuentran
dentro de los límites de un desarrollo psicológico normal, como grupo muestran
una mayor incidencia de problemas de conductas y de aprendizaje que sus
pares no adoptados. La alta vulnerabilidad de los niños adoptados a presentar
problemas psicológicos y de conducta aparece principalmente en la mitad de la
infancia y en la adolescencia.
Desde la perspectiva parental, la atención adecuada a las demandas
educativas que plantean estos niños supone un estrés en los padres adoptivos
6. (Katz, L. 1986). Estos deben poseer los recursos de afrontamiento necesarios
para ir superando las continuas dificultades que surgen, como puede ser la
revelación al niño de su naturaleza de adoptado. Se puede considerar, por
tanto, que el estatus de ser adoptado supone en sí mismo un estresor
psicosocial y que se trata de una población de alto riesgo psicológico.
Pero, hay que señalar que el éxito en el ajuste socio familiar del niño adoptado
depende fundamentalmente de las características de los padres, que suelen
incluir tolerancia, flexibilidad, control emocional, actitud abierta y capacidad de
adaptación a los problemas de los niños. Así pues, lo que determina el éxito en
la educación y desarrollo psicosocial de un niño adoptivo no es tanto la
orientación sexual de los padres sino el estilo educativo, y talante de los
padres.
4.3.- Opinión de la sociedad acerca de la adopción
Diana.- Creo que la sociedad no está preparada para aceptar a niños con
padres homosexuales... no por que las parejas no sean capaces... si no por
que la sociedad no es capaz, aun de aceptarlos
Carlos: la sociedad recién está comenzando a aceptar al homosexual.
Hasta que este tiempo se cumpla y los homosexuales sean vistos como
parejas 'normales', se debe esperar.
No hay que exponer a los niños a esta discriminación que, por ser niños, es
mucho más dolorosa y les afectaría de grave manera, su desarrollo y toda su
vida. Sabemos qué es lo que producen los traumas psicológicos en la niñez.
Héctor.- terrible, el error más grande. una cosa es que personas de cierta edad
estén contra la naturaleza de una relación normal. PERO que un niño que no
tiene carácter ni puntos de referencia adecuados para tomar decisiones,
pensara que tener dos mamas o dos papas será algo normal, y ¿que pasara?
que el buscara una pareja de su mismo sexo, y al final en vez de erradicar el
problema generara un mayor índice de población homosexual.
5.- Consecuencias hacia el niño
Algunas veces las personas se preguntan si el tener un padre homosexual
puede ser difícil para los niños o tal vez dañino. Investigaciones recientes
demuestran que los niños con padres homosexuales y lesbianas no son
diferentes a otros niños con padres heterosexuales en su desarrollo emocional
o en sus relaciones con pares y adultos. Es la calidad de la relación padre/hijo
y no la orientación sexual del padre lo que surte efecto en el desarrollo del niño.
Contrario a la creencia popular, los niños de padres lesbianas, homosexuales o
transgéneros:
No tienden a ser más homosexuales que los niños con padres
heterosexuales.
No tienden a ser más abusados sexualmente.
No demuestran diferencias entre si ellos tienen duda de si son hombres
o mujeres (identidad de género).
No demuestran diferencias en su comportamiento masculino y femenino
(comportamiento de desempeño de género).
6.- Conclusión
7. Parece estar claro que lo que más influye en la crianza de los hijos y en su
adecuado desarrollo psicológico es la falta de conflictos familiares más que el
sexo de sus padres. Estadísticamente el porcentaje de homosexuales no es
más alto en los hijos de padres del mismo sexo que en los hijos de
heterosexuales. La única diferencia estriba en que los hijos de los primeros se
plantean con más frecuencia la posibilidad de una relación homosexual aunque
no lleguen a ponerla en práctica.
Uno de los inconvenientes que hemos visto a la hora de aceptar la adopción
por parte de homosexuales es la natural resistencia que una gran parte de la
sociedad tiene al cambio; éste genera temor y presupone en el niño falta de
recursos para asumir su diferente situación familiar y anticipa que va a quedar
estigmatizado por vivir en una familia diferente.
La realidad social y las leyes no son acordes, lo que dificulta nuestro trabajo, ya
que cuando valoramos a una persona soltera no podemos preguntarle su
orientación sexual ya que esto es anti- constitucional, por lo que nos
arriesgamos a que esa persona nos oculte que tiene una pareja del mismo
sexo y como consecuencia no podamos hacer la exploración de las dos
personas que con- vivirán con el menor. En este sentido, sería más beneficioso
para el niño que pudiéramos realizar la valoración a los dos miembros de la
pareja y decidir en función del estado psicológico de ambos, descartando así
que nos engañen presentándonos la adopción como individual.
Tal y como está evolucionando la sociedad y las leyes parece que la adopción
por parejas homosexuales llegará más tarde o más temprano y deberíamos
estar preparados para cuando esto suceda. Consideramos que sería necesario
establecer unos criterios de valoración comunes para las Instituciones y para
los equipos de valoración de los solicitantes de adopción que unificaran y
facilitaran nuestro trabajo ya que ello repercutiría en beneficio del menor.
Bibliografía:
Schaffer, H. R. (1990). Decisiones sobre la infancia. Preguntas y respuestas
que ofrece la investigación psicológica. Madrid: Ed. Visor.
Granados Pérez, F. En búsqueda de la normalidad, Papeles del Psicólogo:
Revista del Colegio Oficial de Psicólogos, 1995, (61) 92-93.
Referencias:
http://www.aacap.org/AACAP/Families_and_Youth/Facts_for_Families/F
acts_for_Families_Pages/Spanish/Ninos_con_Padres_Lesbianas_Homo
sexuales_Bisexuales_y_Transgeneros_92.aspx
http://www.semana.com/nacion/articulo/la-iglesia-academia-chocan-
sobre-adopcion-parejas-gay/257058-3
Ángel de Lucas, Ángeles de Miguel, Alicia Montserrat, Mª Teresa Muñoz,
Marta de Prado, José Rallo y Mercedes Valcarce. Comen- tario al
estudio “El desarrollo infantil y adoles- cente en familias
homoparentales.” Informe preliminar.
http://expresioncienciassociales.blogspot.mx/2010/04/ensayo-adopcion-
por-parejas-gay.html
http://www.revistakya.com/sin-categoria/adopcion-homoparental