El diputado Óscar Aguilar González propone la creación de un fondo de emergencia para apoyar a las víctimas de fraude de la empresa Sitma en 11 estados de México. Afirma que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores no cumplió con su deber de supervisar y regular a Sitma, permitiendo que operara sin autorización. Propone que el fondo cubra el 100% de los depósitos perdidos, debido a la omisión de la Secretaría de Hacienda y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
1. CON PUNTO DE ACUERDO, PARA CREAR UN FONDO DE URGENCIA EN
APOYO DE LOS DEFRAUDADOS DE LA EMPRESA SITMA, A CARGO DEL
DIPUTADO ÓSCAR AGUILAR GONZÁLEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DEL PRI
El que suscribe, diputado federal Óscar Aguilar González, integrante del
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de esta LXI
Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para
el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
pone a consideración del Pleno de Cámara de Diputados del Congreso de la
Unión proposición con punto de acuerdo de urgente resolución para aprobar la
creación de un fondo de emergencia en apoyo a los defraudados de la
empresa Sitma, bajo las siguientes
Consideraciones
El funcionamiento de empresas que ofrecen servicios financieros de inversión,
con rendimientos mayores a los ofertados por la Banca Mexicana, proliferó en
diversos Estados de la República, incluyendo al Estado de Puebla, debido a
una falta de supervisión, sin contar con la debida autorización por parte de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores, organismo responsable, en términos
de la ley que regula dicho órgano desconcentrado de la Secretaria de Hacienda
y Crédito Público.
Se tienen reportes de denuncias de defraudados por Sitma en Puebla,
Veracruz, Aguascalientes, estado de México, Tlaxcala, Jalisco, Morelos,
Querétaro, Guanajuato, Nuevo León, Baja California y Distrito Federal.
Tan sólo en el estado de Puebla existen al 11 de marzo del año en curso:
• 5,319 afectados
• 668 millones, 174 mil pesos es el monto de lo defraudado
• 3,260 consignaciones ante el Juez correspondiente
Es deber de esta representación popular, dar respuesta a este grupo de
defraudados, quienes en la mayoría de los casos se dejaron seducir por los
supuestos altos rendimientos ofrecidos, por la publicidad tolerada por la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores y ante la mirada complaciente de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Grupo Sitma difundió y ofertó sus operaciones en Puebla, mediante anuncios
publicitarios en medios de comunicación masiva como: radio, televisión, prensa
escrita y espectaculares.
Es decir era un hecho obvio, público y evidente, y las autoridades no actuaron
para prever lo sucedido, fueron responsables por no cumplir con sus
obligaciones; recordemos el principio republicano de legalidad, en el cual las
2. autoridades constriñen su actuación a lo estrictamente señalado en la ley. Y la
ley es muy clara:
El artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
establece que ésta tiene como objeto: supervisar y regular las entidades
integrantes del sistema financiero mexicano, a fin de procurar su estabilidad y
correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado
desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del
público.
Asimismo el artículo 4o. de la citada ley establece dentro de las facultades de
la comisión realizar la supervisión de las entidades financieras, así como de las
personas físicas y morales, cuando se efectúen actividades previstas en las
leyes relativas al sistema financiero.
Textualmente las fracciones XIV, XV y XVI del citado numeral, señalan:
Ordenar la suspensión de operaciones de las entidades de acuerdo a lo
dispuesto a la ley;
Investigar actos de personas físicas y personas morales, que no siendo
entidades del sector financiero, hagan suponer la realización de
operaciones violatorias de las leyes que rigen las citadas entidades,
pudiendo al efecto ordenar visitas de inspección a los presuntos
responsables.
Ordenar la suspensión de operaciones e intervenir la negociación,
empresa o establecimiento que sin la autorización correspondiente,
realicen actividades que la requieran o bien proceder a la clausura de
sus oficinas.
Investigar actos que contravengan lo previsto en la Ley del Mercado de
Valores.
Ante la contundencia que la ley expresa en su contenido, cabe preguntar: ¿por
qué la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su órgano
desconcentrado, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, no cumplieron
con su obligación legal de intervenir en el control inspección y vigilancia de
empresas que operaron y siguen operando ofreciendo servicios financieros sin
su autorización, como en el caso de Grupo Sitma?;
Y en virtud de que la respuesta sigue sin llegar, a pesar de los múltiples
requerimientos que esta soberanía ha hecho; reitero el compromiso de velar
por la reposición del patrimonio de miles de familias de 11 estados de la
república que se vieron afectados por la actitud fraudulenta de la precitada
empresa, pero también por la alta responsabilidad del gobierno federal, a
través de la omisión de sus secretarías y órganos desconcentrados.
Por todo lo expuesto y con fundamento en lo establecido en el artículo 42 de la
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 71 y 78
2
3. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos, propongo el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Crear un fondo de emergencia en apoyo a los defraudados por la
empresa denominada Grupo Sitma, para cubrir al 100% el monto de sus
depósitos; lo anterior en virtud de las omisiones cometidas por la Secretaria de
Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Palacio Legislativo, a 23 de marzo de 2010.
Diputados: José Óscar Aguilar González (rúbrica), Humberto Lepe Lepe
(rúbrica), Gerardo Sánchez García (rúbrica), José Francisco Yunes Zorrilla
(rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica),
Humberto López Portillo Basave (rúbrica), José Alberto González Morales
(rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), Malco Ramírez Martínez
(rúbrica), Leobardo Soto Martínez (rúbrica).
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