2. Las facultades atribuidas a la Procuraduría General de la Nación se amparan en los artículos 275, 276, 277,
278, 279, 280, 281, 282, 283 y 284 de la Constitución de 1991 y sus funciones están reguladas por el Código
Único Disciplinario (Ley 734 del 2002).
Función Disciplinaria
Ante las irregularidades de los servidores públicos, la Procuraduría es autónoma en el ejercicio de sus
investigaciones y en la ejecución de sus determinaciones. Su máximo representante es el Procurador General
de la Nación, que es elegido por el Senado por un periodo de cuatro años a partir de un terna integrada por
candidatos postulados por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de
Estado, con posibilidad de reelección indefinida y contando con el apoyo de al menos uno de los tres
postulantes.4
Función de Intervención
En su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General de la Nación interviene ante las jurisdicciones
Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal
militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las
autoridades administrativas y de policía. Su facultad de intervención no es facultativa sino imperativa y se
desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la Nación lo considere necesario y cobra
trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las garantías fundamentales.
Dependencias
La Procuraduría General, la Defensoría del Pueblo y las Personerías conforman el Ministerio Público, cuya
principal función es la de vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los
actos administrativos por parte de los servidores públicos, para defender los derechos colectivos y los
intereses de la sociedad civil. Los agentes del Ministerio Público tienen las mismas calidades, categoría,
remuneración, derechos y prestaciones de los magistrados y jueces de mayor jerarquía ante quienes ejercen
sus cargos. Para el cumplimiento de sus funciones la Procuraduría tiene atribuciones de Policía Judicial.
Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo creada por la Constitución de Colombia de 1991, es uno de los organismos de
control del Estado Colombiano. Su función es garantizar, promover, divulgar, defender, amparar y proteger los
derechos humanos dentro del Estado social de derecho, "democrático, participativo y pluralista", así como la
divulgación y promoción del Derecho Internacional Humanitario. Administrativamente, la Defensoría depende
3. de la Procuraduría General de la Nación. El Defensor del Pueblo es elegido cada cuatro años por la Cámara
de Representantes a partir de una terna enviada por el Presidente de la República. La creación de la
Defensoría del Pueblo fue inspirada por la institución sueca del Ombudsman, antigua palabra escandinava
que significa "representante del pueblo". La defnsoria del pueblo recibe las quejas de los ciudadanos de lo
inconforme que se sienten
Personerías
Las personerías municipales y las personerías distritales son las entidades encargadas de ejercer el control
administrativo en los municipios. Les corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la
protección del interés público y la vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones públicas en las
municipalidades. Los personeros son elegidos por el Concejo Municipal o Distrital, para períodos de cuatro
años.
Ministerio de
educación
El Departamento Nacional de Planeación creó el
Plan Nacional de Desarrollo 2006-2015, aprobado
por el Congreso de Colombia, que podría implicar la privatización de las universidades públicas: como dice el
texto del Plan, se "reducirá la tasa de analfabetismo, se aumentará la cobertura bruta en educación superior,
principalmente a través de la expansión de la matrícula técnica y tecnológica, y la creación de un fondo para
la financiación de la educación superior, que podrá contar con recursos provenientes de la contribución de los
egresados de universidades públicas..." Eso significa que los egresados de las universidades públicas
estarían obligados a pagar una contribución con el propósito de apoyar el financiamiento de la educación
superior en estos establecimientos. El Ministerio de Educación aún no tiene definido cómo se cobraría, ni con
qué tarifa, como tampoco sobre qué base gravable. El estudio del CID señala que podría cobrarse una tarifa
del 4,9 por ciento por 15 años. En contra del Plan Nacional de Desarrollo había manifestaciones estudiantiles
en la Universidad de Antioquia y en la Universidad Nacional de Colombia. Con la expedición del decreto 5012
de 28 de diciembre de 2009 y el decreto 854 de marzo 23 de 2011, fueron aprobados los cambios en la planta
de personal del Ministerio de Educación.
4. BIENESTAR FAMILIAR
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o ICBF, es una entidad vinculada al Departamento
Administrativo para la Prosperidad Social de Colombia. La entidad fue establecida en 1968 en respuesta a
problemáticas que afectan a la sociedad colombiana, como lo son la falta de nutrición, la división e
inestabilidad del núcleo familiar, la pérdida de valores y la niñez desválida.
El ICBF cuenta con 200 centros zonales, los cuales son puntos de servicio para atender a la población de
todos los municipios de Colombia. En la actualidad cerca de 10 millones de colombianos son asistidos por el
ICBF. Fue creado mediante la Ley 75 de 1968. La Ley 7 de 1979 en el Capítulo II, el artículo veinte establece
que "El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar tendrá por objeto fortalecer la familia y proteger al menor
de edad.
5. MINISTERIO DE DEFENSA
“Información de interés al personal Retirado de la Fuerza Pública”
Se informa al personal retirado de la Fuerza Pública, que para realizar el registro de las asociaciones de
Personal Retirado de la Fuerza Pública, deberán presentarse en el GRUPO DE BIENESTAR SECTORIAL de
la Dirección de Veteranos y Bienestar Sectorial del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, ubicado en la
Carrera 10 No. 27-00 Oficina 607 Centro Internacional Tequendama, Edificio Bachué, presentando los
siguientes requisitos:
· Solicitud de Registro debidamente firmada por el representante legal
6. · Fotocopia del documento que acredite su experiencia y representación legal
· Certificación en la que conste el número de miembros pertenecientes a la asociación
Retirados eligieron Representante para equipo de trabajo del Ministerio de Defensa
Luego de concluir el trabajo realizado por la Comisión Escrutadora de las elecciones para Representante del
personal retirado de la Fuerza Pública, que se llevaron a cabo el pasado 23 de septiembre, se determinó que
las siguientes personas harán parte del equipo de trabajo del Ministerio.
CATEGORIA REPRESENTACION
Representante Oficiales Retirados de las FFMM CR® DIEGO GANTIVA ARIAS
Representante Suboficiales Retirados de las FFMM SM® HUGO DE JESUS PEREZ SERNA
Representante Soldados Profesionales e Infantes de Marina Retirados de las FFMM SL® EDIL MAURICIO
BELTRAN PARDO
Representante Agentes Retirados de la POLICIA NACIONAL DG® JOSE ABIGAIL ROJAS SALAZAR
Boletín Digital Bienestar en Acción
Usted como Oficial, Suboficial o Soldado de las Fuerzas Militares, personal de la Policía Nacional, Veterano,
Reservista de Honor, pensionado y civil activo entre otros, podrá mantenerse informado y actualizado de las
actividades y aspectos de interés enfocados en el área de Bienestar como: promociones y descuentos en
comidas, entretenimiento, almacenes y otros, oportunidades educativas, créditos y mucho más, a través del
Boletín Digital BIENESTAR EN ACCIÓN, una publicación trimestral creada por la Dirección de Veteranos y
Bienestar Sectorial del Ministerio de Defensa Nacional.
Edición No. 009 Ago-Dic 2011
ESTIMADO VETERANO O RESERVISTA DE HONOR:
7. Estamos empeñados en mejorar nuestra base de datos con una información sencilla que nos permita
gradualmente apoyarlo para efectos de capacitación y oportunidades de empleo. Por este motivo solicitamos
su colaboración imprimiendo y diligenciando el formato que encontrara a continuacion. El cual, podrá hacer
llegar en una de las siguientes formas:
a. Envío por fax al número 2862497.
b. Envío a la Cra 13 No. 27-00 Of. 627 Edificio Bochica, Bogotá
c. Escanear y enviar por mail a veteranos@mindefensa.gov.co
RECONOCIMIENTO RESERVISTA DE HONOR
Considérense Reservistas de Honor, los oficiales, suboficiales y los soldados, grumetes e infantes de las
Fuerzas Militares y agentes auxiliares de la Policía Nacional, heridos en combate o como consecuencia de la
acción del enemigo y que hayan perdido el 25 % de la capacidad psicofísica o a quienes se les haya otorgado
la Orden Militar de San Mateo o la Medalla de Servicios distinguidos en orden publico o su equivalente en la
Policía Nacional por acciones distinguidas de valor.
Ver servicio
CONVENIO CUENTA PENSIONAL BBVA:
El Ministerio de Defensa Nacional firmó un convenio con BBVA para pagarle a sus pensionados por medio de
la Cuenta Pensional, esta es una cuenta de AHORROS en la que los pensionados reciben las mesadas
pensionales de forma ágil, fácil y segura, permitiendo el manejo de otros recursos.
MINISTERIO DE TRABAJO
8. El Ministerio del Trabajo fue creado en 1938 mediante la Ley de ese año, el cual se denominó Ministerio del
Trabajo, Higiene y Previsión Social;sin embargo solo 40 años después se revisó a fondo su organización
interna y competencias, luego durante la década de los ochenta la estructura prácticamente no se modificó
sino en una forma parcial, como cuando se organizo como departamento administrativo la antigua
superintendencia de cooperativas en 1981.
La estructura del sector administrativo del trabajo y seguridad social se mantuvo simplificada y sufrió pocas
modificaciones entre 1940, finales de los años 70's y en el transcurso de los años 80's se diversifican sus
organismos adscritos; después en 1992 se reformulan los propósitos y orientación de la gran mayoría de sus
organismos adscritos y vinculados. Debido a los grandes cambios de concepción y énfasis de al intervención
del Estado y el nuevo marco de la políticas públicas sectoriales.
Posteriormente en el primer mandato de Álvaro Uribe Vélez(2002-2006) mediante facultades extraordinarias
por parte del Congreso de la República de Colombia para renovar la administración pública,2 decide fusionar
el Ministerio del Trabajo junto con el Ministerio de Salud dando paso al Ministerio de la Protección Social.
En el año 2011 el Congreso de la República otorga facultades extraordinarias para modificar la estructura de
la administración pública al presidente de la República Juan Manuel Santos Calderon, quien mediante la ley
1444 de 2011 decide escindir y reorganizar el Ministerio de la Protección Social, dando paso nuevamente a
un Ministerio del Trabajo y un Ministerio de Salud y Protección Social.3 El presidente Juan Manuel Santos
Calderon establece una modificación a los objetivos del Ministerio del Trabajo e integra el Sector
Administrativo del Trabajo.4 Es así como para el 2012 el Ministerio del Trabajo es el octavo ministerio (en
orden de precedencia) de los 16 ministerios que existen actualmente en Colombia5
Misión y Visión 6
Formular, adoptar y orientar la política pública en materia laboral que contribuya a mejorar la calidad de vida
de los colombianos, para garantizar el derecho al trabajo decente, mediante la identificación e implementación
9. de estrategias de generación y formalización del empleo; respeto a los derechos fundamentales del trabajo y
la promoción del diálogo social y el aseguramiento para la vejez.7 8
Para 2014 el sector del trabajo contará con resultados de cumplimiento de metas y compromisos consignados
en el Plan Nacional de Desarrollo, en materia de generación de empleo estable, formalización laboral,
protección a los desempleados, formación de los trabajadores, y con un sistema pensional sostenible,
universal y equitativo.9
Objetivos y Funciones del Sector
Los objetivos y funciones del Ministerio son, la formulación y adopción de las políticas, planes generales,
programas y proyectos para el trabajo, el respeto por los derechos fundamentales, las garantías de los
trabajadores, el fortalecimiento, promoción y protección de las actividades de la economía solidaria y el
trabajo decente, a través un sistema efectivo de vigilancia, información, registro, inspección y control; así
como del entendimiento y diálogo social para el buen desarrollo de las relaciones laborales. El Ministerio del
Trabajo fomenta políticas y estrategias para la generación de empleo estable, la formalización laboral, la
protección a los desempleados, la formación de los trabajadores, la movilidad laboral, las pensiones y otras
prestaciones.10
El Ministerio de Trabajo trazó 5 objetivos para el Sector Administrativo del Trabajo
Los objetivos sectoriales:
1. Crear condiciones que contribuyan a fomentar la generación de empleo, la formalización laboral, mejorar
las condiciones de movilidad laboral, y la formación y capacitación del recurso humano dentro del marco de
trabajo decente.
2. Promover la protección de los derechos fundamentales del trabajo y la promoción del diálogo social, la
concertación y la conciliación.
3. Fortalecer el Sistema de Protección Social, mediante la promoción y aumento de cobertura de afiliación en
pensiones y riesgos profesionales, y el reconocimiento de servicios sociales complementarios.
4. Fortalecer el Sistema de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control del Sector Trabajo.
10. 5. Fortalecer las instituciones del sector trabajo y la rendición de cuentas en ejercicio del Buen Gobierno, en
búsqueda de la modernización, eficiencia y eficacia.