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Setiembre del 2021 “LA USURA
FINANCIERA
SOBRE LAS TASAS
DE INTERESES Y
LOS PROBLEMAS
QUE CAUSA EN EL
PERÚ”
JOEL ASLLA SASARI
Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
1
Resumen
El presente artículo presenta y expone lo que concierne a la usura relacionada con las altas tasas de
interés, manejada por algunas empresas del sistema financiero (Bancos, Cajas municipales de
ahorro y crédito, financieras y edpymes) en el Perú; esto debido a que por tantos años no se contaba
con ley alguna que establezca límites, así como se analiza cuáles son los fundamentales
determinantes de la tasa de interés partiendo de un mercado de préstamos. Además, muestra un
análisis de la ley N° 31143 “Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios
financieros” y cuáles son sus pros como un alivio para este problema, así como sus contras.
Palabras clave: Usura, tasa de interés, financiero, empresas del sistema financiero
Abstract
This article presents and exposes what concerns usury, high interest rates, managed by some
companies of the financial system (Banks, municipal savings and credit, financial) in Peru; this is
due to the fact that for so many years there was no law that sets limits on them, as well as analyzing
what are the fundamental determinants of the interest rate based on a loan market. As well as an
analysis of Law No. 31143 "Law that protects consumers of financial services from usury" and
what are its pros as a relief for this problem, as well as its defects.
Key words: Usury, interest rate, financial, financial system companies
Sumario:
Introducción; ¿Que es la usura financiera?; ¿Que es la tasa de interés?; La usura financiera, un
problema impregnado en el Perú; Análisis de la ley N° 31143, Conclusiones
Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
2
1. Introducción
Es importante saber que todos somos iguales ante la ley así se encuentra establecido en la
Constitución y en todos los tratados internacionales de las cuales el Perú es parte, es importante
saber también que el artículo 214 del código penal regula el delito de usura que la sanciona con
una pena privativa de libertad hasta de 4 años, en líneas generales la usura es el hecho o la acción
de poner intereses exagerados en una relación de préstamo este concepto lo ampliaremos más
adelante; entonces si supuestamente todos somos iguales ante la ley y el articulo 214 del código
penal regula en delito de usura porque los bancos no cometen este delito, se podría suponer que se
excluye a los bancos de este delito permitiéndoles proponer a su criterio y a su libre albedrio los
topes máximos de intereses en los créditos financieros, debido a este “libertinaje legal” las
empresas del sistema financiero en el Perú aplican las tasas más altas a nivel regional, ya que nunca
hubo (hasta ahora) una ley que les ponga límites, incluso algunos especialistas señalan que siempre
estuvieron protegidos ya sea por el BCR o por la SBS para que cobren la cantidad que ellos
consideren pertinentes, no podían denunciárseles por usura porque ellos estaban prácticamente
blindados, es por eso que en el mes de noviembre del año 2020 el congreso de la república regulo
la “ley contra la usura financiera” la misma que fue enviada el 13 de enero al poder ejecutivo al
presidente que en ese entonces era Francisco Sagasti Hochhausler para que la promulgue, sin
embargo el día 4 de febrero la observo repitiendo un discurso propio de los bancos. Definitivamente
esto ya tenía que terminarse y es sumamente importante saber que al igual que lo que ha ocurrido
con la ley ONP, la ley contra la usura va terminar siendo debatida en el TC, a efectos de saber si
es una ley efectivamente acorde a la Constitución o no, no obstante es importante mencionar que
en el año 2004 el TC ya se pronunció a favor de regular esta situación excepcional en la que primero
los bancos poner las tasas más altas y además que no existe delito de usura para ellos, es importante
saber que ahora estamos a manos de la insistencia que tiene que aprobar el congreso y de que el
TC sea consecuente con lo que dijo hace más de 16 años y por fin tengamos una ley que regule y
haga un equilibrio y permita un desarrollo de mercado real y equilibrado.
Sin embargo, a pesar de todo, ha sigo promulgada y otorgada por el gobierno este 18 de marzo del
2021 que viene a ser la ley N° 31143 “Ley que protege de la usura a los consumidores de los
servicios financieros” o simplemente ley contra la usura bancaria; es decir ya se encuentra vigente,
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3
2. ¿Qué es la usura financiera?
La usura tiene que ver con el cobro de intereses exagerados en un préstamo o cualquier operación
equivalente a un préstamo de dinero. Por consiguiente, estamos frente a intereses usurarios.
Concepto muy relacionado con el de intereses abusivos, aunque diferente. El término “interés
usurario” se utiliza para referirse a los intereses remuneratorios, que viene a ser el precio que hay
que pagar por recibir dinero a préstamo. Sin embargo, el término interés abusivo se aplica a los
intereses de demora o moratorios, que es la indemnización que paga el deudor al acreedor por el
impago de una deuda.
Así también, se tiene dos conceptos de usura son:
1. usura es todo interés que se obre por un préstamo en dinero;
2. usura es un interés que supera un límite aceptable. En el primer caso, usura e interés son
equivalentes; en el segundo no. (LÉRTORA MENDOZA, 2013)
En la esfera jurídica, la usura no sólo se refiere a los intereses excesivos y desproporcionados sino,
en general, al precio desmesurado del préstamo.
3. ¿Qué es la tasa de interés?
La tasa de interés es la cantidad de dinero que por lo regular representa un porcentaje del crédito o
préstamo que se ha requerido y que el deudor deberá pagar a quien le presta. En líneas generales;
es el precio del uso del dinero. Hay que entender que la tasa de interés viene a ser el balance entre
el riesgo asumido, como la inflación, que es el aumento generalizado de los bienes y servicios de
un país, o la falta de pago de todo o parte del préstamo.
Así también en términos sencillos se define tasa de interés como: el índice manejado en la economía
y finanzas para registrar la rentabilidad de un ahorro o el costo de un crédito, éste tiene una directa
relación entre dinero y tiempo. En el caso que una persona decida invertir su dinero en un fondo
bancario, o bien, que se le suma al costo final de una persona o entidad que resuelve obtener un
préstamo o crédito. (visa.com.pe, 2014).
Una tasa de interés se calcula en porcentajes, es común que se aplique de manera formal mensual
o anual. Es decir, que el interés permite que una persona que quiere generar ingresos a partir de sus
ahorros, tiene la opción de depositarlos en una cuenta en el banco, con el paso de los meses éste le
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dará una ganancia mensual calculada en relación con el monto de dinero invertido y el periodo en
el cual se comprometa a dejar ese monto en un plazo determinado.
"Una tasa de interés baja o negativa incentiva el consumo, la inversión productiva, el empleo, los
ingresos", le dice a BBC Mundo Jorge Serralde, profesor de finanzas de la Universidad del Valle
de México. (Barría, 2019)
3.1.Tipos de interés: Según el portal web de Visa (visa.com.pe, 2014) son los siguientes:
3.1.1 Tasa de interés activa: Precio que cobra una persona o institución crediticia por el
dinero que presta
3.1.2 Tasa de interés fija: Tasa de interés que se aplica durante el periodo de repago de
un préstamo, cuyo valor se fija al momento de la concertación del crédito
3.1.3 Tasa de interés flotante: Es aquella que se paga durante la vida de un préstamo y
varía en función de una tasa de interés de referencia
3.1.4 Tasa de interés pasiva: Precio que una institución crediticia tiene que pagar por el
dinero que recibe en calidad de préstamo o depósito
3.1.5 Tasa de interés al rebatir: Tasa de interés que se aplica sobre el saldo adeudado
4. La usura financiera, un problema impregnado en el Perú
Que un país suba o baje la tasa de interés determina, básicamente, cuál es el valor del dinero, es
decir, cuánto debes pagar por pedir un crédito y cuánto puedes ganar si ahorras. Eso impacta
directamente a las personas, a las empresas y a toda la economía de un país.
Por eso cuando un banco central sube o recorta las tasas, las bolsas reaccionan al instante y los
grandes inversionistas mueven capitales de un mercado a otro, según la rentabilidad que pueden
conseguir y el nivel de riesgo asociado a un país.
En el Perú se da una situación lamentable debido a que según la BBC los créditos ofertados por
entidades del sistema financiero peruano (SFP) se encuentran entre los más caros del mundo en
otros términos contamos con un elevado costo del crédito, al describir elevados márgenes o spread
(diferencia entre el precio de oferta y demanda para un determinado valor). Tal spread es
determinado por la diferencia entre las tasas de interés que cobran por los créditos, TAMN y las
tasas de interés que pagan por los ahorros, TIPMN, aún elevados. Esta característica se puede
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5
apreciar entre 1992-2015, que, si bien comenzó a descender a inicio de los 90, se mantienen altos,
como ocurre actualmente (2015). El spread, en términos promedio, es del 13.84%, alrededor de
seis veces lo que se paga por los ahorros, comportamiento que explica la elevada rentabilidad que
obtienen los bancos y financieras en el Perú.
El SFP, al registrar uno de los más altos márgenes o spread del mundo, es calificado como uno de
los países con los peores spread del mundo, característica que se destaca en los spread de los años
2010 y 2014. En el 2010, nuestro país registró 17.5% de spread, seguidos por otros de
Latinoamérica, como Brasil con 31.1%, Paraguay con 24.8%; luego en el año 2014 nuestro país
registra 14%, Brasil 21.98 % y Paraguay 16.88%, comportamiento que aún mantienen más spread.
5. Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros (ley N°
31143)
Se ha hablado mucho sobre esta ley, algunos que están a favor señalan que de esta forma se protege
al consumidor financiero no su integridad pero ya es algo, y de la otra parte de los que están en
contra que indican de que con esto se está atentando la libertad y que se van a quebrar muchas
instituciones financieras y en muchos sectores de la población no van a recibir créditos, considero
de que esto último no es cierto ya que el mercado se encargara de regularlo (oferta y demanda) si
hay bancos que no quieran emitir préstamos a un cierto precio habrá otros que lo reemplacen así
que esto no va atentar ni quebrar ningún sistema financiero.
Hoy en día, al Banco Central de Reserva se le permite poner topes a las tasas de interés como lo
hacen en los países de Chile, Colombia, México, anteriormente cuando a un banco lo querían tildar
de usurero, ellos prácticamente dicen que se les autoriza cobrar lo que quieran, entonces tenía que
haberse un cambio, tenía que haber una ley contra la usura.
A consecuencia de ello el 18 de marzo del 2021 se promulga la ley N° 31143 que sirve como un
escudo para los 33 millones de peruanos y no una espada como algunos lo tildaban los bancos para
seguir cobrando altas tasas de intereses. Esta ley ha sido poco difundida por los medios de
comunicación, esta ley modificará los conceptos de tasa de interés, interés moratorio, seguro de
gravamen, membresías, penalidades, comisiones interplaza, etc. Dicha ley cuenta con tres artículos
modificatorios, como la que modifica la Ley de protección al consumidor en materia financiera,
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modifica la Ley orgánica del BCR y modifica la ley 26702 de la SBS, además de contar con cinco
disposiciones complementarias finales, los clientes que están siendo perjudicados por el Covid-19
están beneficiados.
Artículo 1. Modificación de los artículos 6 y 11 de la Ley 28587, Ley Complementaria a la Ley de
Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros
Artículo 2. Modificación del artículo 52 del Decreto Ley 26123, Ley Orgánica del Banco Central
de Reserva del Perú
Artículo 3. Modificación de los artículos 9, 221, 349 y 358 de Ley 26702, Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
El artículo más importante 52 de la ley orgánica del BCR quedo así:
Artículo 52.-
El Banco propicia que las tasas de interés de las operaciones del sistema financiero sean
determinadas por la libre competencia, dentro de las tasas de interés máximas que fije para ello en
ejercicio de sus atribuciones. El Banco tiene la facultad de fijar tasas de interés máximas y mínimas,
en forma semestral, con el propósito de regular el mercado, dicha competencia no puede ser
delegada a otra entidad.
Las tasas de interés activas máximas fijadas serán exclusivamente para las operaciones de crédito
referidas en el literal c) del inciso 3) del artículo 221 de la Ley 26702, Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
Las tasas de interés activas cobradas por encima de ese límite serán consideradas tasas de interés
de usura y tipificadas como un delito, siendo de aplicación el artículo 214 del Código Penal,
aprobado por Decreto Legislativo 635.
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
vigilará y supervisará el cumplimiento de las tasas máximas, procediendo a sancionar y denunciar
ante el órgano competente a las entidades financieras que excedan dicho límite, de acuerdo a sus
atribuciones. (Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley N° 31143).
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6. Análisis de la ley N° 31143
Cobro de intereses, comisiones y otros gastos
a. Tasas de interés
Antes: Las tasas de interés se fijaban por cada empresa libremente (sin limitación).
Ahora: Las empresas del sistema financiero deberán fijar sus tasas dentro del límite
establecido por el BCR, entonces se fijará la tasa máxima dentro del alcance de esa tasa
b. Interés moratorio y penalidades: Finalidad, indemnizar la mora en el pago del crédito, es
decir si un cliente se atrasa en sus pagos se le cobra un interés moratorio, pero que pasaba
antes este interés moratorio era capitalizado, es decir si una persona “X” tiene una deuda
de S./1000.00 y se atrasaba en el pago de esta, supongamos que el interés moratorio era de
S./50.00, esos 1050 sumaban este nuevo interés como base del capital y volvía a hacerse el
cálculo a toda esa base, ahora no ya que está prohibido la capitalización de intereses. Así
decimos:
Antes: El interés moratorio era capitalizado
Ahora: Está prohibida la capitalización de intereses, cobro de penalidad u otra comisión o
gasto en caso de incumplimiento del pago. Estas serán fijadas por el BCR.
c. Comisiones y gastos
Antes: “Libre designación” como los son “gastos por pronto pago”
Ahora: Debe implicar la prestación de un servicio adicional a los contratos, y su valor debe
estar sustentado con informe técnico, económico y legal ante la SBS que deberá publicar y
aprobar. Sustentar la prestación de un servicio adicional a los contratados y su valor debe
estar sustentado con un informe técnico económico y legal y debe ser aprobado y publicado
por la SBS
Contratos, hojas resumen, comisiones, tarifas, cargos y gastos que cobren las empresas del
sistema financiero, así como las polizas de las empresas de seguros estas tienen que ser
antes aprobadas por la SBS.
La SBS identificará y sancionará las cláusulas abusivas en materia de tasa de interés,
comisiones o gastos y emitirá normas para su regulación.
Facultad del BCR
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El BCR tendrá la facultad para fijar tasas de interés máximas y mínimas en forma semestral,
con el propósito de regular el mercado. Las tasas por encima de este límite serán
consideradas “Tasas de usura” y considerado como delito. La SBS vigilará el cumplimiento
de estas tasas por lo que podrá sancionar y denunciar.
Respecto a los créditos a los que se afectará son: crédito de consumo, créditos de consumo
de bajo monto (igual a menor de 2 UIT) y créditos para pequeñas y microempresas.
d. Sistemas de seguros
Empresas del sistema de seguros determinarán libremente las condiciones de las pólizas;
las tarifas y otras condiciones serán reguladas, informadas y aprobadas por la SBS.
e. Otras disposiciones
 Las empresas pueden efectuar modificaciones en los créditos a clientes con
complicaciones de pago ante un estado de emergencia. La SBS establecerá los
procedimientos y determinará alternativas acordes a su situación financiera y
capacidad de pago, sin cobros adicionales de intereses, comisiones, penalidades y
otros gastos.
 Devolución de seguro de desgravamen: En toda operación que tenga un seguro de
desgravamen inmerso, se deberá presentar una alternativa de seguro de
desgravamen con rescate o devolución, y será de libre elección si el cliente decide
tomar esta u otra alternativa de seguros sin que este genere comisión o gasto
adicional.
 Eliminación de comisión interplaza: En tarjetas de débito no cobrará comisión
interplaza por el retiro de dinero a través de cajeros del propio banco o ventanilla
distinta a tu ciudad. Si tú haces un retiro distinto en la ciudad de tu localidad no se
te cobrará esta comisión de interplaza.
 Membresía: En las tarjetas de crédito no se cobrará comisión de membresía, salvo
que las partes lo pacten sin perjuicio de beneficios, derechos y obligaciones de la
línea de crédito este pago.
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7. Conclusiones:
o La usura está considerada como un delito contra la confianza y la buena fe en los
negocios esto en el Artículo 214 del código penal, se podría suponer que se excluye a
los bancos de este delito permitiéndoles proponer a su criterio y a su libre albedrio los
topes máximos de intereses en los créditos financieros.
o La usura financiera es el acto de cobrar altas tasas de interés en algún préstamo
dinerario, esto por las entidades financieras, eso lo que se denomina “interés usurero”.
o En el Perú se da una situación lamentable debido a que según los créditos ofertados por
entidades del sistema financiero peruano se encuentran entre los más caros del mundo.
o Con respecto a la ley N° 31143 algunos están a favor y señalan que de esta manera se
protege al consumidor financiero, y de la otra parte de los que están en contra que
indican de que con esto se está atentando y que a consecuencia de ello se van a quebrar
muchas instituciones financieras y muchos sectores de la población no van a recibir
créditos.
o La ley busca que las entidades financieras no puedan fijar libremente las tasas de
intereses, con esta ley la tasa máxima es fijada por el BCR.
REFERECIAS
 Barría, C. (26 de Agosto de 2019). BBC News Mundo. Obtenido de
https://www.bbc.com/mundo/noticias-49426740
 LÉRTORA MENDOZA, C. A. (2013). LA USURA EN DOCUMENTOS ACADÉMICOS JURÍDICOS
NOVOHISPANOS. 50.
 visa.com.pe. (29 de Julio de 2014). Obtenido de visa.com.pe: https://www.visa.com.pe/dirija-su-
negocio/pequenas-medianas-empresas/notas-y-recursos/productividad/funcion-interes.html
Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
10
BIBLIOGRAFÍA
 Bazán, M. (2012) Análisis de la concentración bancaria en el sistema peruano y los márgenes de
tasas de interés: un análisis econométrico 2001-2011.
 Importancia de la tasa de interés de referencia del BCRP, junio 2017 N° 170
https://www.bcrp.gob.pe/docs/Publicaciones/Revista-Moneda/moneda-170/moneda-170.pdf
 Madrid, V (2013) “Modelación del comportamiento de la tasa de interés activa promedio en
moneda nacional del sistema bancario peruano”.
 Mauricio, P. (2016) El Crédito en el Perú entre los más caros del Mundo
 Normas sobre las tasas de interés que fija el BCRP
https://www.bcrp.gob.pe/normas-sobre-las-tasas-de-interes-que-fija-el-bcrp.html
 Ley N° 31143 (2021) Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros.
Publicada el 18 de marzo de 2021. Recuperado de
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-protege-de-la-usura-a-los-
consumidores-de-los-servic-ley-n-31143-1936151-1/
 Reporte de estabilidad financiera, mayo 2021
https://www.bcrp.gob.pe/publicaciones/reporte-de-estabilidad-financiera/ref-mayo-2021.html
 Reporte de inflación (junio 2021) Panorama actual y proyecciones macroeconómicas 2021-2022
https://www.bcrp.gob.pe/docs/Publicaciones/Reporte-Inflacion/2021/junio/reporte-de-
inflacion-junio-2021.pdf
 Risco, R. El delito de usura y la regulación, de las tasas de interés en una economía de libre
mercado.
 Roca, R. La tasa de interés y sus principales determinantes, Instituto de Investigaciones de
Economía FCE-UNMSM.

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La Usura Financiera y Los Problemas que causa en el Perú

  • 1. Setiembre del 2021 “LA USURA FINANCIERA SOBRE LAS TASAS DE INTERESES Y LOS PROBLEMAS QUE CAUSA EN EL PERÚ” JOEL ASLLA SASARI
  • 2. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 1 Resumen El presente artículo presenta y expone lo que concierne a la usura relacionada con las altas tasas de interés, manejada por algunas empresas del sistema financiero (Bancos, Cajas municipales de ahorro y crédito, financieras y edpymes) en el Perú; esto debido a que por tantos años no se contaba con ley alguna que establezca límites, así como se analiza cuáles son los fundamentales determinantes de la tasa de interés partiendo de un mercado de préstamos. Además, muestra un análisis de la ley N° 31143 “Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros” y cuáles son sus pros como un alivio para este problema, así como sus contras. Palabras clave: Usura, tasa de interés, financiero, empresas del sistema financiero Abstract This article presents and exposes what concerns usury, high interest rates, managed by some companies of the financial system (Banks, municipal savings and credit, financial) in Peru; this is due to the fact that for so many years there was no law that sets limits on them, as well as analyzing what are the fundamental determinants of the interest rate based on a loan market. As well as an analysis of Law No. 31143 "Law that protects consumers of financial services from usury" and what are its pros as a relief for this problem, as well as its defects. Key words: Usury, interest rate, financial, financial system companies Sumario: Introducción; ¿Que es la usura financiera?; ¿Que es la tasa de interés?; La usura financiera, un problema impregnado en el Perú; Análisis de la ley N° 31143, Conclusiones
  • 3. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 2 1. Introducción Es importante saber que todos somos iguales ante la ley así se encuentra establecido en la Constitución y en todos los tratados internacionales de las cuales el Perú es parte, es importante saber también que el artículo 214 del código penal regula el delito de usura que la sanciona con una pena privativa de libertad hasta de 4 años, en líneas generales la usura es el hecho o la acción de poner intereses exagerados en una relación de préstamo este concepto lo ampliaremos más adelante; entonces si supuestamente todos somos iguales ante la ley y el articulo 214 del código penal regula en delito de usura porque los bancos no cometen este delito, se podría suponer que se excluye a los bancos de este delito permitiéndoles proponer a su criterio y a su libre albedrio los topes máximos de intereses en los créditos financieros, debido a este “libertinaje legal” las empresas del sistema financiero en el Perú aplican las tasas más altas a nivel regional, ya que nunca hubo (hasta ahora) una ley que les ponga límites, incluso algunos especialistas señalan que siempre estuvieron protegidos ya sea por el BCR o por la SBS para que cobren la cantidad que ellos consideren pertinentes, no podían denunciárseles por usura porque ellos estaban prácticamente blindados, es por eso que en el mes de noviembre del año 2020 el congreso de la república regulo la “ley contra la usura financiera” la misma que fue enviada el 13 de enero al poder ejecutivo al presidente que en ese entonces era Francisco Sagasti Hochhausler para que la promulgue, sin embargo el día 4 de febrero la observo repitiendo un discurso propio de los bancos. Definitivamente esto ya tenía que terminarse y es sumamente importante saber que al igual que lo que ha ocurrido con la ley ONP, la ley contra la usura va terminar siendo debatida en el TC, a efectos de saber si es una ley efectivamente acorde a la Constitución o no, no obstante es importante mencionar que en el año 2004 el TC ya se pronunció a favor de regular esta situación excepcional en la que primero los bancos poner las tasas más altas y además que no existe delito de usura para ellos, es importante saber que ahora estamos a manos de la insistencia que tiene que aprobar el congreso y de que el TC sea consecuente con lo que dijo hace más de 16 años y por fin tengamos una ley que regule y haga un equilibrio y permita un desarrollo de mercado real y equilibrado. Sin embargo, a pesar de todo, ha sigo promulgada y otorgada por el gobierno este 18 de marzo del 2021 que viene a ser la ley N° 31143 “Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros” o simplemente ley contra la usura bancaria; es decir ya se encuentra vigente,
  • 4. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 3 2. ¿Qué es la usura financiera? La usura tiene que ver con el cobro de intereses exagerados en un préstamo o cualquier operación equivalente a un préstamo de dinero. Por consiguiente, estamos frente a intereses usurarios. Concepto muy relacionado con el de intereses abusivos, aunque diferente. El término “interés usurario” se utiliza para referirse a los intereses remuneratorios, que viene a ser el precio que hay que pagar por recibir dinero a préstamo. Sin embargo, el término interés abusivo se aplica a los intereses de demora o moratorios, que es la indemnización que paga el deudor al acreedor por el impago de una deuda. Así también, se tiene dos conceptos de usura son: 1. usura es todo interés que se obre por un préstamo en dinero; 2. usura es un interés que supera un límite aceptable. En el primer caso, usura e interés son equivalentes; en el segundo no. (LÉRTORA MENDOZA, 2013) En la esfera jurídica, la usura no sólo se refiere a los intereses excesivos y desproporcionados sino, en general, al precio desmesurado del préstamo. 3. ¿Qué es la tasa de interés? La tasa de interés es la cantidad de dinero que por lo regular representa un porcentaje del crédito o préstamo que se ha requerido y que el deudor deberá pagar a quien le presta. En líneas generales; es el precio del uso del dinero. Hay que entender que la tasa de interés viene a ser el balance entre el riesgo asumido, como la inflación, que es el aumento generalizado de los bienes y servicios de un país, o la falta de pago de todo o parte del préstamo. Así también en términos sencillos se define tasa de interés como: el índice manejado en la economía y finanzas para registrar la rentabilidad de un ahorro o el costo de un crédito, éste tiene una directa relación entre dinero y tiempo. En el caso que una persona decida invertir su dinero en un fondo bancario, o bien, que se le suma al costo final de una persona o entidad que resuelve obtener un préstamo o crédito. (visa.com.pe, 2014). Una tasa de interés se calcula en porcentajes, es común que se aplique de manera formal mensual o anual. Es decir, que el interés permite que una persona que quiere generar ingresos a partir de sus ahorros, tiene la opción de depositarlos en una cuenta en el banco, con el paso de los meses éste le
  • 5. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 4 dará una ganancia mensual calculada en relación con el monto de dinero invertido y el periodo en el cual se comprometa a dejar ese monto en un plazo determinado. "Una tasa de interés baja o negativa incentiva el consumo, la inversión productiva, el empleo, los ingresos", le dice a BBC Mundo Jorge Serralde, profesor de finanzas de la Universidad del Valle de México. (Barría, 2019) 3.1.Tipos de interés: Según el portal web de Visa (visa.com.pe, 2014) son los siguientes: 3.1.1 Tasa de interés activa: Precio que cobra una persona o institución crediticia por el dinero que presta 3.1.2 Tasa de interés fija: Tasa de interés que se aplica durante el periodo de repago de un préstamo, cuyo valor se fija al momento de la concertación del crédito 3.1.3 Tasa de interés flotante: Es aquella que se paga durante la vida de un préstamo y varía en función de una tasa de interés de referencia 3.1.4 Tasa de interés pasiva: Precio que una institución crediticia tiene que pagar por el dinero que recibe en calidad de préstamo o depósito 3.1.5 Tasa de interés al rebatir: Tasa de interés que se aplica sobre el saldo adeudado 4. La usura financiera, un problema impregnado en el Perú Que un país suba o baje la tasa de interés determina, básicamente, cuál es el valor del dinero, es decir, cuánto debes pagar por pedir un crédito y cuánto puedes ganar si ahorras. Eso impacta directamente a las personas, a las empresas y a toda la economía de un país. Por eso cuando un banco central sube o recorta las tasas, las bolsas reaccionan al instante y los grandes inversionistas mueven capitales de un mercado a otro, según la rentabilidad que pueden conseguir y el nivel de riesgo asociado a un país. En el Perú se da una situación lamentable debido a que según la BBC los créditos ofertados por entidades del sistema financiero peruano (SFP) se encuentran entre los más caros del mundo en otros términos contamos con un elevado costo del crédito, al describir elevados márgenes o spread (diferencia entre el precio de oferta y demanda para un determinado valor). Tal spread es determinado por la diferencia entre las tasas de interés que cobran por los créditos, TAMN y las tasas de interés que pagan por los ahorros, TIPMN, aún elevados. Esta característica se puede
  • 6. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 5 apreciar entre 1992-2015, que, si bien comenzó a descender a inicio de los 90, se mantienen altos, como ocurre actualmente (2015). El spread, en términos promedio, es del 13.84%, alrededor de seis veces lo que se paga por los ahorros, comportamiento que explica la elevada rentabilidad que obtienen los bancos y financieras en el Perú. El SFP, al registrar uno de los más altos márgenes o spread del mundo, es calificado como uno de los países con los peores spread del mundo, característica que se destaca en los spread de los años 2010 y 2014. En el 2010, nuestro país registró 17.5% de spread, seguidos por otros de Latinoamérica, como Brasil con 31.1%, Paraguay con 24.8%; luego en el año 2014 nuestro país registra 14%, Brasil 21.98 % y Paraguay 16.88%, comportamiento que aún mantienen más spread. 5. Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros (ley N° 31143) Se ha hablado mucho sobre esta ley, algunos que están a favor señalan que de esta forma se protege al consumidor financiero no su integridad pero ya es algo, y de la otra parte de los que están en contra que indican de que con esto se está atentando la libertad y que se van a quebrar muchas instituciones financieras y en muchos sectores de la población no van a recibir créditos, considero de que esto último no es cierto ya que el mercado se encargara de regularlo (oferta y demanda) si hay bancos que no quieran emitir préstamos a un cierto precio habrá otros que lo reemplacen así que esto no va atentar ni quebrar ningún sistema financiero. Hoy en día, al Banco Central de Reserva se le permite poner topes a las tasas de interés como lo hacen en los países de Chile, Colombia, México, anteriormente cuando a un banco lo querían tildar de usurero, ellos prácticamente dicen que se les autoriza cobrar lo que quieran, entonces tenía que haberse un cambio, tenía que haber una ley contra la usura. A consecuencia de ello el 18 de marzo del 2021 se promulga la ley N° 31143 que sirve como un escudo para los 33 millones de peruanos y no una espada como algunos lo tildaban los bancos para seguir cobrando altas tasas de intereses. Esta ley ha sido poco difundida por los medios de comunicación, esta ley modificará los conceptos de tasa de interés, interés moratorio, seguro de gravamen, membresías, penalidades, comisiones interplaza, etc. Dicha ley cuenta con tres artículos modificatorios, como la que modifica la Ley de protección al consumidor en materia financiera,
  • 7. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 6 modifica la Ley orgánica del BCR y modifica la ley 26702 de la SBS, además de contar con cinco disposiciones complementarias finales, los clientes que están siendo perjudicados por el Covid-19 están beneficiados. Artículo 1. Modificación de los artículos 6 y 11 de la Ley 28587, Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros Artículo 2. Modificación del artículo 52 del Decreto Ley 26123, Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú Artículo 3. Modificación de los artículos 9, 221, 349 y 358 de Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros El artículo más importante 52 de la ley orgánica del BCR quedo así: Artículo 52.- El Banco propicia que las tasas de interés de las operaciones del sistema financiero sean determinadas por la libre competencia, dentro de las tasas de interés máximas que fije para ello en ejercicio de sus atribuciones. El Banco tiene la facultad de fijar tasas de interés máximas y mínimas, en forma semestral, con el propósito de regular el mercado, dicha competencia no puede ser delegada a otra entidad. Las tasas de interés activas máximas fijadas serán exclusivamente para las operaciones de crédito referidas en el literal c) del inciso 3) del artículo 221 de la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. Las tasas de interés activas cobradas por encima de ese límite serán consideradas tasas de interés de usura y tipificadas como un delito, siendo de aplicación el artículo 214 del Código Penal, aprobado por Decreto Legislativo 635. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones vigilará y supervisará el cumplimiento de las tasas máximas, procediendo a sancionar y denunciar ante el órgano competente a las entidades financieras que excedan dicho límite, de acuerdo a sus atribuciones. (Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley N° 31143).
  • 8. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 7 6. Análisis de la ley N° 31143 Cobro de intereses, comisiones y otros gastos a. Tasas de interés Antes: Las tasas de interés se fijaban por cada empresa libremente (sin limitación). Ahora: Las empresas del sistema financiero deberán fijar sus tasas dentro del límite establecido por el BCR, entonces se fijará la tasa máxima dentro del alcance de esa tasa b. Interés moratorio y penalidades: Finalidad, indemnizar la mora en el pago del crédito, es decir si un cliente se atrasa en sus pagos se le cobra un interés moratorio, pero que pasaba antes este interés moratorio era capitalizado, es decir si una persona “X” tiene una deuda de S./1000.00 y se atrasaba en el pago de esta, supongamos que el interés moratorio era de S./50.00, esos 1050 sumaban este nuevo interés como base del capital y volvía a hacerse el cálculo a toda esa base, ahora no ya que está prohibido la capitalización de intereses. Así decimos: Antes: El interés moratorio era capitalizado Ahora: Está prohibida la capitalización de intereses, cobro de penalidad u otra comisión o gasto en caso de incumplimiento del pago. Estas serán fijadas por el BCR. c. Comisiones y gastos Antes: “Libre designación” como los son “gastos por pronto pago” Ahora: Debe implicar la prestación de un servicio adicional a los contratos, y su valor debe estar sustentado con informe técnico, económico y legal ante la SBS que deberá publicar y aprobar. Sustentar la prestación de un servicio adicional a los contratados y su valor debe estar sustentado con un informe técnico económico y legal y debe ser aprobado y publicado por la SBS Contratos, hojas resumen, comisiones, tarifas, cargos y gastos que cobren las empresas del sistema financiero, así como las polizas de las empresas de seguros estas tienen que ser antes aprobadas por la SBS. La SBS identificará y sancionará las cláusulas abusivas en materia de tasa de interés, comisiones o gastos y emitirá normas para su regulación. Facultad del BCR
  • 9. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 8 El BCR tendrá la facultad para fijar tasas de interés máximas y mínimas en forma semestral, con el propósito de regular el mercado. Las tasas por encima de este límite serán consideradas “Tasas de usura” y considerado como delito. La SBS vigilará el cumplimiento de estas tasas por lo que podrá sancionar y denunciar. Respecto a los créditos a los que se afectará son: crédito de consumo, créditos de consumo de bajo monto (igual a menor de 2 UIT) y créditos para pequeñas y microempresas. d. Sistemas de seguros Empresas del sistema de seguros determinarán libremente las condiciones de las pólizas; las tarifas y otras condiciones serán reguladas, informadas y aprobadas por la SBS. e. Otras disposiciones  Las empresas pueden efectuar modificaciones en los créditos a clientes con complicaciones de pago ante un estado de emergencia. La SBS establecerá los procedimientos y determinará alternativas acordes a su situación financiera y capacidad de pago, sin cobros adicionales de intereses, comisiones, penalidades y otros gastos.  Devolución de seguro de desgravamen: En toda operación que tenga un seguro de desgravamen inmerso, se deberá presentar una alternativa de seguro de desgravamen con rescate o devolución, y será de libre elección si el cliente decide tomar esta u otra alternativa de seguros sin que este genere comisión o gasto adicional.  Eliminación de comisión interplaza: En tarjetas de débito no cobrará comisión interplaza por el retiro de dinero a través de cajeros del propio banco o ventanilla distinta a tu ciudad. Si tú haces un retiro distinto en la ciudad de tu localidad no se te cobrará esta comisión de interplaza.  Membresía: En las tarjetas de crédito no se cobrará comisión de membresía, salvo que las partes lo pacten sin perjuicio de beneficios, derechos y obligaciones de la línea de crédito este pago.
  • 10. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 9 7. Conclusiones: o La usura está considerada como un delito contra la confianza y la buena fe en los negocios esto en el Artículo 214 del código penal, se podría suponer que se excluye a los bancos de este delito permitiéndoles proponer a su criterio y a su libre albedrio los topes máximos de intereses en los créditos financieros. o La usura financiera es el acto de cobrar altas tasas de interés en algún préstamo dinerario, esto por las entidades financieras, eso lo que se denomina “interés usurero”. o En el Perú se da una situación lamentable debido a que según los créditos ofertados por entidades del sistema financiero peruano se encuentran entre los más caros del mundo. o Con respecto a la ley N° 31143 algunos están a favor y señalan que de esta manera se protege al consumidor financiero, y de la otra parte de los que están en contra que indican de que con esto se está atentando y que a consecuencia de ello se van a quebrar muchas instituciones financieras y muchos sectores de la población no van a recibir créditos. o La ley busca que las entidades financieras no puedan fijar libremente las tasas de intereses, con esta ley la tasa máxima es fijada por el BCR. REFERECIAS  Barría, C. (26 de Agosto de 2019). BBC News Mundo. Obtenido de https://www.bbc.com/mundo/noticias-49426740  LÉRTORA MENDOZA, C. A. (2013). LA USURA EN DOCUMENTOS ACADÉMICOS JURÍDICOS NOVOHISPANOS. 50.  visa.com.pe. (29 de Julio de 2014). Obtenido de visa.com.pe: https://www.visa.com.pe/dirija-su- negocio/pequenas-medianas-empresas/notas-y-recursos/productividad/funcion-interes.html
  • 11. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 10 BIBLIOGRAFÍA  Bazán, M. (2012) Análisis de la concentración bancaria en el sistema peruano y los márgenes de tasas de interés: un análisis econométrico 2001-2011.  Importancia de la tasa de interés de referencia del BCRP, junio 2017 N° 170 https://www.bcrp.gob.pe/docs/Publicaciones/Revista-Moneda/moneda-170/moneda-170.pdf  Madrid, V (2013) “Modelación del comportamiento de la tasa de interés activa promedio en moneda nacional del sistema bancario peruano”.  Mauricio, P. (2016) El Crédito en el Perú entre los más caros del Mundo  Normas sobre las tasas de interés que fija el BCRP https://www.bcrp.gob.pe/normas-sobre-las-tasas-de-interes-que-fija-el-bcrp.html  Ley N° 31143 (2021) Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros. Publicada el 18 de marzo de 2021. Recuperado de https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-protege-de-la-usura-a-los- consumidores-de-los-servic-ley-n-31143-1936151-1/  Reporte de estabilidad financiera, mayo 2021 https://www.bcrp.gob.pe/publicaciones/reporte-de-estabilidad-financiera/ref-mayo-2021.html  Reporte de inflación (junio 2021) Panorama actual y proyecciones macroeconómicas 2021-2022 https://www.bcrp.gob.pe/docs/Publicaciones/Reporte-Inflacion/2021/junio/reporte-de- inflacion-junio-2021.pdf  Risco, R. El delito de usura y la regulación, de las tasas de interés en una economía de libre mercado.  Roca, R. La tasa de interés y sus principales determinantes, Instituto de Investigaciones de Economía FCE-UNMSM.