Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Aspectos legales practica cirujano
1. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Dr. Rafael Gutiérrez-Vega
domingo, 28 de octubre de 12
2. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
OBLIGACIONES
Cumplimiento de obligaciones de medios
diagnósticos y terapéuticos.
Cumplimiento de obligaciones de
seguridad.
Cumplimiento de resultados.
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3. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Cumplimiento de obligaciones de
medios de diagnóstico y terapéuticos
Apegados a los conocimientos basados en
evidencia científica, aplicados
oportunamente y por el personal idóneo,
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4. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Cumplimiento de obligaciones de
seguridad
Establecer las acciones que prevengan riesgos
innecesarios para el Paciente: aislamiento,
barandales en camas y camillas, barras de
sujeción en baños y corredores, calibración de
equipos, verificación de medicamentos
suministrados, identificación del paciente,
confirmar el sitio de una intervención
quirúrgica, entre otras.
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5. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Cumplimiento de resultados
No se puede exigir un resultados
determinado, salvo en algunas
excepciones y en circunstancias
específicas.
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6. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
No se puede exigir ni garantizar un
resultado, pero si existe la obligación de
cumplir las obligaciones de medios y
seguridad.
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7. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
El proceso de atención médica se
evalúa en base a:
I. Modo
II. Tiempo
III. Lugar
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8. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
La calidad de la atención médica
evalúa tres aspectos
I.-Estructura: Física y de Recursos
Humanos.
II-Procesos: Organizacionales y de
Atención Médica.
III.-Resultados: En materia de Salud y en
Satisfacción de Expectativas.
Avedis Donabedian
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9. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
La calidad de la atención médica se
compone de dos dimensiones
I.-Dimensión técnica.
II.-Dimensión Interpersonal.
Avedis Donabedian
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10. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Niveles de responsabilidad
Individual: de cada integrante del
equipo de salud: médicos, enfermeras,
ramas afines, administrativos, etc.
Institucional: incluye a los responsables
de la unidad médica.
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11. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Marco legal que rige a los prestadores
de servicios de salud
1. Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
2. Tratados Internacionales.
3. Leyes y Códigos.
4. Reglamentos, acuerdos, decretos.
5. Normas.
6. Manuales de Organización y Procedimientos,
Reglamentos Institucionales.
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12. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Marco legal que rige a los prestadores de
servicios de salud
Ley General de Salud.
Ley Reglamentaria del Artículo 5º
Constitucional relativa al ejercicio de las
profesiones en el D.F.
Ley de Profesiones para el D.F.
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13. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Marco legal que rige a los prestadores
de servicios de salud
Código Civil Federal en relación con los principios
generales para la interpretación de las obligaciones
médicas.
Código de procedimientos civiles para el D.F.
Reglamento de la Ley General de Salud en materia
de prestaciones de servicios de atención médica.
Normas Oficiales Mexicanas.
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14. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Ley General de Salud
•Artículo 50.- Para los efectos de esta Ley, se considera
usuario de servicios de salud a toda persona que
requiera y obtenga los que presten los sectores público,
social y privado, en las condiciones y conforme a las bases
que para cada modalidad se establezcan en esta Ley y
demás disposiciones aplicables.
•Artículo 51.- Los usuarios tendrán derecho a obtener
prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a
recibir atención profesional y éticamente responsable, así
como trato respetuoso y digno de los profesionales,
técnicos y auxiliares.
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15. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Ley General de Salud
•Artículo 53.- La Secretaría de Salud y los
gobiernos de las entidades federativas, en el
ámbito de sus respectivas competencias,
establecerán los procedimientos para regular las
modalidades de acceso a los servicios
públicos a la población en general y a los
servicios sociales y privados.
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16. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional relativa al
ejercicio de las profesiones en el D.F.
•Artículo 34.- Cuando hubiere inconformidad por parte del cliente respecto al
servicio realizado, el asunto se resolverá mediante juicio de peritos, ya en el
terreno judicial, ya en privado si así lo convinieren las partes. Los peritos deberán
tomar en consideración para emitir su dictamen, las circunstancias siguientes:
•I.- Si el profesionista procedió correctamente dentro de los principios científicos y
técnica aplicable al caso y generalmente aceptados dentro de la profesión de que se
trate;
•II.- Si el mismo dispuso de los instrumentos, materiales y recursos de otro orden
que debieron emplearse, atendidas las circunstancias del caso y el medio en que se
presente el servicio;
•III.- Si en el curso del trabajo se tomaron todas las medidas indicadas para obtener
buen éxito;
•IV.- Si se dedicó el tiempo necesario para desempeñar correctamente el servicio
convenido, y
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17. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Ley Reglamentaria del Artículo 5º
Constitucional relativa al ejercicio de las
profesiones en el D.F.
•Artículo 35.- Si el laudo arbitral o la resolución judicial en su
caso, fueren adversos al profesionista, no tendrá derecho a
cobrar honorarios y deberá, además, indemnizar al cliente por
los daños y perjuicios que sufriere.
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18. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Ley de Profesiones para el D.F.
•Artículo 34: Ordena, respecto de la valoración del acto médico, que es
obligatorio analizar, en cada caso concreto:
•Si se procedió correctamente atendiendo a los principios científicos y técnica
aplicables al caso y generalmente aceptados dentro de la profesión médica.
•Si dispuso de los instrumentos, materiales y recursos de otro orden que
debieron emplearse, atendidas las circunstancias del caso, y el medio en que se
prestó el servicio.
•Si en el curso del servicio prestado se tomaron todas las medidas indicadas para
obtener éxito.
•Si se dedicó el tiempo necesario para desempeñar correctamente el servicio
médico.
•Cualquier otra circunstancia que en el caso especial pudiera haber influido en la
deficiencia o fracaso del servicio prestado.
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19. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Ley de Profesiones para el D.F.
•Artículo 35. Señala: “Si el laudo arbitral o la
resolución judicial en su caso, fueren
adversos al profesionista, no tendrá derecho
a cobrar honorarios y deberá además
indemnizar al cliente por los daños y
perjuicios que sufriere”
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20. Aspectos legales críticos para la planeación y
Código Civil Federal en relación con los principios generales
para la interpretación de las obligaciones médicas
•Artículo 1803. El consentimiento puede ser expreso o
tácito, para ello se estará a lo siguiente: I. Será expreso
cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito,
por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra
tecnología, o por signos inequívocos, y II. El tácito
resultará de hechos o de actos que lo presupongan o que
autoricen a presumirlo, excepto en los casos en que por
ley o por convenio la voluntad deba manifestarse
expresamente.
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21. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Código Civil Federal en relación con los principios generales
para la interpretación de las obligaciones médicas
•Artículo 2025.- Hay culpa o negligencia cuando el
obligado ejecuta actos contrarios a la conservación de la
cosa o deja de ejecutar los que son necesarios para ella.
•Artículo 2104.- El que estuviere obligado a prestar un
hecho y dejare de prestarlo o no lo prestare conforme a
lo convenido, será responsable de los daños y
perjuicios
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22. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Código Civil Federal en relación con los principios generales
para la interpretación de las obligaciones médicas
•Artículo 2110.- Los daños y perjuicios deben ser consecuencia
inmediata y directa de la falta de cumplimiento de la
obligación, ya sea que se hayan causado o que necesariamente
deban causarse.
•Artículo 2615.- El que preste servicios profesionales, sólo es
responsable, hacia las personas a quienes sirve, por negligencia,
impericia o dolo, sin perjuicio de las penas que merezca en caso de
delito. Que indica como únicas fuentes de responsabilidad a la
negligencia, la impericia y el dolo.
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23. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Código Civil Federal en relación con los principios generales
para la interpretación de las obligaciones médicas
•Al efecto, es importante hacer notar que ninguna
libertad es ilimitada y tratándose de la libertad
prescriptiva sólo pueden emplearse medios
aceptados en la Lex artis médica, para el
padecimiento específico. Es decir, los medios, técnicas y
procedimientos deben ser aceptados para la atención
del padecimiento, de otra suerte, la atención médica
habrá de ser tenida por ilegítima.
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24. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Código de procedimientos civiles para el D.F.
Artículo 266.- Si en el escrito de contestación el demandado no se
refiere a cada uno de los hechos aludidos por el actor,
confesándolos o negándolos y expresando los que ignore por no
ser propios, se tendrán por fíctamente (aceptados) confesados
por dicho demandado, y esta confesión ficta se podrá tomar en
consideración en cualquier estado del juicio y aún en la sentencia
definitiva. Cuando los hechos que se contesten hayan sido conocidos
por algún testigo, se deberá mencionar su nombre y apellidos.
De igual manera, quien conteste deberá precisar los documentos
relacionados en cada hecho y adjuntarlos precisamente con su
contestación. Se tendrán por confesados los hechos sobre los que se
guardó silencio o que se evadió la contestación.
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25. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Código de procedimientos civiles para el D.F.
•Artículo 609.- Las partes tienen el derecho de sujetar sus
diferencias al juicio arbitral.
•Artículo 628.- Los árbitros decidirán según las normas de
derecho que las partes hayan convenido.
Si las partes no indicaren la ley que debe regir el fondo
del litigio, el tribunal arbitral, tomando encuentra las
características y conexiones del caso, determinará el
derecho aplicable.
El tribunal arbitral decidirá como amigable componedor
o en conciencia, sólo si las partes le han
autorizado expresamente a hacerlo.
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26. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Reglamento de la Ley General de Salud en materia de
prestaciones de servicios de atención médica
•Artículo 7°.- Para los efectos de este reglamento se
entiende por:
I.- Atención médica. El conjunto de servicios que se
proporcionan al individuo, con el fin de proteger,
promover y restaurar su salud.
•Artículo 9º.- La atención médica deberá llevarse a
efecto de conformidad con los principios científicos y
éticos que orientan la práctica médica.
domingo, 28 de octubre de 12
27. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Reglamento de la Ley General de Salud en materia de
prestaciones de servicios de atención médica
•Artículo 48.- Los usuarios tendrán derecho a obtener
prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a recibir
atención profesional y éticamente responsable, así como trato
respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares.
•Artículo 80.- En todo hospital y siempre que el estado del paciente
lo permita, deberá recabarse a su ingreso autorización escrita y
firmada para practicarle, con fines de diagnóstico terapéuticos, los
procedimientos médico quirúrgicos necesarios de acuerdo al
padecimiento de que se trate, debiendo informarle claramente el tipo
de documento que se le presenta para su firma.
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28. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Normas Oficiales Mexicanas
•NORMA Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, Del
Expediente Clínico. Modificada en agosto de 2003.
•NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del
Expediente Clínico.
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29. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del
Expediente Clínico
•Publicada en el D.O.F. el Lunes 15 de Octubre de 2012.
•Los datos personales contenidos en el Expediente Clínico no
deberán ser divulgados o dados a conocer.
•Datos proporcionados al personal de salud, por el paciente o
terceros debido a que son datos personales son motivo de
confidencialidad.
•Las notas deberán expresarse en lenguaje técnico-médico, sin
abreviaturas, letra legible, firma autógrafa, electrónica o digital.
•En los casos en que medie un contrato suscrito por las partes
para la prestación de servicios de atención médica,
invariablemente deberá existir una copia de dicho contrato en el
expediente clínico.
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30. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del
Expediente Clínico
•Nota preoperatoria: Un integrante del equipo
quirúrgico podrá elaborar un reporte de la lista de
verificación de la cirugía, en su caso, podrá utilizar la
lista de la Organización Mundial de la Salud en esta
materia para dicho propósito.
•Cartas de consentimiento autorizado: Señalamiento
de los riesgos y beneficios esperados del acto
médico autorizado.
•APÉNDICE (Informativo): Modelo de Evaluación del
Expediente Clínico Integrado y de Calidad.
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31. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del
Expediente Clínico
•Vigilancia: La vigilancia de la aplicación de esta
Norma, corresponde a la Secretaria de Salud y a los
gobiernos de las entidades federativas en el ámbito de
sus respectivas competencias.
•Vigencia: Esta Norma entrará en vigor a los 60 días
naturales, contados a partir de la fecha de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación (13
de diciembre de 2012).
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32. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Manuales de procedimiento y
organización de las Unidades Médicas
•De Procedimientos: establece la forma de
realizar una actividad determinada y, especifica
las áreas que participan, para el logro de un
objetivo común.
•De Organización: define límites de
responsabilidad y de autoridad.
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33. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
LEX ARTIS MÉDICA
Principios científicos de la práctica médica: El conjunto
de reglas para el ejercicio médico contenidas en la
literatura universalmente aceptada, en las cuales se
establecen los medios ordinarios para la atención médica
y los criterios para su empleo.
Principios Éticos de la práctica médica: El conjunto de
reglas bioéticas y deontológicas universalmente
aceptadas para la atención médica.
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34. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
La lex artis ad hoc, se integra en México por:
a)La literatura magistral. La empleada en las
Instituciones de educación superior para la
formación del personal de salud.
a)La biblio-hemerografía indexada. Es decir, la
contenida en publicaciones autorizadas por
comités nacionales especializados en indexación y
homologación biblio-hemerográfica o instituciones
ad hoc.
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35. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
c) Las publicaciones emitidas por
instituciones ad hoc, en las cuales se
refieran resultados de investigaciones para
la salud.
d) Las publicaciones que demuestren
mérito científico y validez estadística.
e) Los criterios que, en su caso, fije la
Secretaria de Salud.
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36. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
f) Los criterios interpretativos de la lex
artis ad hoc emitidos por la Comisión
Nacional de Arbitraje Médico.
g) La farmacopea de los Estados Unidos
Mexicanos.
h) Los diccionarios de especialidades
farmacéuticas debidamente autorizados
por la Secretaria de Salud.
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37. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
i) Los criterios emitidos por las
comisiones ad hoc autorizadas por la
Secretaria de Salud (comisiones de
investigación, ética y bioseguridad; y de
igual suerte los comités internos de
trasplantes).
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38. Aspectos legales críticos para la planeación y
desempeño de la práctica del cirujano
Por lo que no todas las publicaciones
sobre medicina tienen el sustento
necesario para ser tenidas por fuente de
lex artis.
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39. Reflexión
El desconocimiento e incumplimiento
del marco legal vigente, no exime de las
responsabilidades y consecuencias
legales.
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40. REFLEXIÓN
EXIGIRNOS A NOSOTROS LO MEJOR QUE TENEMOS,
SOMOS Y PODEMOS DAR. ES UNA MENTALIDAD,
UNA ACTITUD ANTE LA VIDA, LA MEJOR MANERA DE
VIVIR. PRIVILEGIENDO A QUIENES HAN CONFIADO
EN NOSOTROS Y HAN PUESTO EN NUESTRAS
MANOS SU TESORO MÁS PRECIADO, SU SALUD. NO
LOS DEFRADUDEMOS, QUE SÓLO DE ÉSTA
MANERA ESTAREMOS SATISFECHOS CON
NOSOTROS MISMOS.
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41. GRACIAS
gutierrezvega@conamed.gob.mx
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