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Normativas Generales
Consejo Nacional de Estancias Infantiles
(CONDEI)
Para la Habilitación y Regulación del servicio de las
Estancias Infantiles dentro del Sistema Dominicano de
Seguridad Social
República Dominicana
Serie Regulaciones del CONDEI No. 1
2009
Consejo Nacional de Estancias Infantiles
CONDEI
1
Titulo Original
Normativas Generales del Consejo Nacional de Estancias
Infantiles CONDEI
Diagramación e Impresión
Julio 2004 Primera Edición
Febrero 2006 Segunda Edición
Julio 2009 Tercera Edición
E-mail: condei@codetel.net.do
Website: www.condei.gov.do
Derechos Reservados por el Consejo Nacional de
Estancias Infantiles
José Abismael García
Impresora de León, S.A.
809.530.3062
Santo Domingo, R.D.
Impreso en República Dominicana
2
INDICE
Creación del Consejo Nacional de Estancias Infantiles
(CONDEI).......................................................................................
Agradecimientos.............................................................................
Presentación...................................................................................
1. Norma que regula el proceso de Habilitación de las Estancias
Infantiles en el Sistema Dominicano de Seguridad Social..............
2. Norma sobre la Alimentación en las Estancias Infantiles
3. Norma sobre la Educación Inicial en las Estancias Infantiles....
4. Norma sobre la Relación de la Familia y la Comunidad en las
Estancias Infantiles........................................................................
5. Norma sobre los Recursos Humanos en las Estancias
Infantiles
6. Norma sobre la Salud Ambiental en las Estancias Infantiles......
7. Norma sobre la Salud Materno-Infantil en las Estancias
Infantiles.........................................................................................
8. Norma sobre la Admisión de Niños y de las Niñas en las
Estancias Infantiles.........................................................................
9. Glosario de Términos de las Estancias Infantiles......................
10. Documentos generales revisados............................................
Autoridades revisoras de las Normativas del CONDEI..................
05
06
09
11
31
43
47
55
61
67
.79
89
91
...........25
.........................................................................................
3
4
CreacióndelConsejoNacionaldeEstanciasInfantiles(CONDEI)
ElCONDEIestáconformadodeacuerdoalartículo138,porlassiguientes
instituciones:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
Se crea mediante el artículo 137 de la Ley 87- 01, con las siguientes
atribuciones:
Un representante del Órgano Rector del Sistema de Protección al
Niño,Niñay Adolescente,quienlopresidirá.
El Sub-secretario de Asuntos Sociales de la Secretaría de Salud
PúblicayAsistenciaSocial(SESPAS).
Un representante del Instituto Dominicano de Seguros Sociales
(IDSS).
UnrepresentantedelaSecretaríadeEstadodeEducación(SEE).
UnrepresentantedelaSecretaríadeEstadodeTrabajo(SET).
UnrepresentantedelaSecretaríadeEstadodelaMujer(SEM).
El Presidente del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia
(CONANI) y/o quien dirija la institución encargada de la niñez por el
PoderEjecutivo.
Además,porresolucióndelConsejoNacionaldelaSeguridadSocial:
LaCentralNacionaldeUnidadSindical(CNUS).
ElConsejoNacionaldelaEmpresaPrivada(CONEP).
LaSociedadDominicanadePediatría(SDP).
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
Formular las políticas, normas y procedimientos para la creación,
diseño, construcción y/o habilitación, equipamiento y operación de las
estanciasinfantiles.
Elaborar y poner en ejecución un reglamento sobre financiamiento,
gestión y supervisión de las estancias infantiles;
Elaborar proyectos y gestionar recursos internos y externos para
extender y/o mejorar los servicios de las estancias infantiles;
Supervisar y evaluar las estancias infantiles para el constante
mejoramiento de su desempeño.
Crear y supervisar Consejos de Estancias Infantiles regionales y
provinciales con una estructura y composición similar al CONDEI.
Coordinar sus actividades con el Consejo Nacional de Seguridad
Social (CNSS).
Velar por el cumplimiento de las políticas, planes de expansión y
desarrollo y de las disposiciones adoptadas por CONDEI y CNSS.
Normativas Generales
5
Agradecimientos
OrganismosdeCooperaciónInternacional
•
InstitucionesPúblicasNacionales
InstitucionesPrivadasNacionales
A continuación se detallan las instituciones y profesionales que en diferentes
oportunidades han ofrecido significativos aportes al contenido de las
presentes Normas, y a quienes brindamos testimonio de permanente gratitud
porsucompromisoyapoyo.
BancoInteramericanodeDesarrollo (BID)
• FondodelasNacionesUnidasparalaInfancia(UNICEF)
• ProyectodeReforzamientodelosServiciosdeSalud(PROSISA)
• OrganizaciónPanamericanadelaSalud(OPS/OMS)
• ComisiónEjecutivaparalaReformadelSectorSalud(CERSS)
• ConsejoNacionalparalaNiñezy Adolescencia(CONANI)
• ConsejoNacionaldelaSeguridadSocial(CNSS)
• AdministradoradeEstanciasInfantilesSalud Segura(AEISS)
• InstitutoDominicanodelSeguroSocial(IDSS)
• OficinaNacionaldePlanificación(ONAPLAN)
• SecretaríadeEstadodeEducación(SEE)
• SecretaríadeEstadodelaMujer(SEM)
• SecretaríadeEstadodeSaludPúblicayAsistenciaSocial(SESPAS)
• SecretaríadeEstadodeTrabajo(SET)
• SuperintendenciadeSaludyRiesgosLaborales(SISALRIL)
• UniversidadAutónomadeSantoDomingo(UASD)
• AcciónparalaEducaciónBásica(EDUCA)
• AsociaciónDominicanadeRehabilitación(ADR)
• AsociaciónDominicanadelSíndromedeDown(ADOSID)
• AldeasInfantilesSOS
• Ce-Mujer
• CentrodeEstimulaciónTemprana“ ”
• EducaciónSinFronteras(ESF)
• InstitutoTecnológicodeSantoDomingo(INTEC)
• JardínInfantil
ONERESPE
LaCasitadeColores
•
Normativas Generales
6
• Pre-escolarMontessori
• ServicioSocialdeIglesias
• UniversidadCatólicadeSantoDomingo(UCSD)
• UniversidadIberoamericana(UNIBE)
• UnióndeJuventudesEcuménicasDominicanas(UJEDO)
• VisiónMundial
• FundaciónDominicanadeDéficitdeAtención
• Pre-escolarKIDS-N-TAS
• Pre-escolarRetoños
• MC-SCHOOL
• Lic.JoannAlmonte,DirectoraPre-escolarKIDS-N-TAS
• Lic.JazmínEstrella,DirectoraGeneralColegioMC-SCHOOL
• Dra.JuanaGonzález,Técnico Nacional–ConsejoNacionaldela
SeguridadSocial(CNSS)
• Ing.HenryHernández,AsesordeSaludAmbiental–Organización
PanamericanadelaSalud(OPS-OMS)
• Dr.JoséMelchorHerrera,AsesordeSalud-SecretaríadeEstadode
SaludPúblicayAsistenciaSocial (SESPAS)
Lic.DorkaMartínez,EncargadadeHabilitaciónyAcreditacióna
InstitucionesPúblicasyPrivadas,Distrito15-03SecretaríadeEstadode
Educación(SEE)
Lic.MaritzaMéndez,TécnicoDocenteNacionalDpto.deNivelInicial-
SecretaríadeEstadodeEducación(SEE)
• Lic.AnaPellerano,DirectoraPre-escolarRetoños
Lic.SoniaSosa,DirectoraCentrodeEstimulaciónTemprana“LACASITA
DECOLORES”
Lic.OlgaTejada,GerentegeneraldeProgramasdeServiciosde
CONANI
Dra.AmarilysThen,DirectoraDpto.Nutrición-SecretaríadeEstadode
SaludPúblicayAsistenciaSocial(SESPAS)
EspecialistasConsultados
?
?
?
?
?
Normativas Generales
7
8
Presentación
Las normativas que se ofrecen a continuación son la muestra del empeño del
CONDEI por ofrecer parámetros, que aunque ambiciosos en su perspectiva,
suponen un esfuerzo formativo para contextualizar a la realidad de cada
comunidad e institución dominicana los principios de Derechos de la Niñez
vigentes.
Por otra parte, la distancia entre su materialización concreta y este horizonte
normativo en todos los casos supone el necesario sinceramiento del sub-
sistema de Estancias Infantiles en cuanto a su capacidad, recursos, nivel
formativo y comunicación de experiencias y logros, especialmente en el caso
deinstitucionesconnumerososañosdetrayectoriaenlaatenciónintegral.
A ese rico bagaje experiencial, así como a las instituciones que lo identifican,
las presentes normas rinden también un emotivo tributo. El proceso de trabajo
ha sido arduo, pero podemos presentar productos consensuados y validados
con los diferentes actores y sectores que integran el Sistema Dominicano de
Seguridad Social y el Sistema Nacional de Protección a niños, niñas y
adolescentes, en la fase de socialización que ha permitido introducir los
aportestécnicosquecaracterizanlapresenteedición.
También la función de supervisión del CONDEI ha sido aprovechada para
nutriryvalidaraspectosespecíficosdelaspresentesnormativas.
Respecto a la presentación de las Normas, en primer lugar se ofrece la Norma
de Habilitación, por ser la que primero ha de analizar y asumir una institución
quedeseeserreconocidaparaofertarelserviciodeEstanciaInfantil.Todaslas
restantes Normas, son extensiones sectoriales de los aspectos que dan
mantenimientoaunaEstanciaInfantilunavezaprobadasuapertura.
Además de que se asuman, el cumplimiento de estas Normas es el requisito
indispensableparapodermantenerlaHabilitaciónylaprestacióndelservicio.
Las presentes Normas presentan la mayor homogeneidad formal posible y
cada una de ellas ostenta el énfasis de especialización propio de cada área
Inter-disciplinar, indispensableparagarantizarhoydíalaatenciónintegral.
Normativas Generales
9
10
1. -NORMA QUE REGULA EL PROCESO DE HABILITACION DE LAS
ESTANCIAS INFANTILES EN ELSISTEMADOMINICANO DE SEGURIDAD
SOCIAL
Título I
Del Propósito General
Art. 1.-
Título II
De los Propósitos Específicos
Art.2.- Sonpropósitosespecíficosdelapresentenorma,lossiguientes:
a.
b.
c.
d.
Título III
De los Requisitos Mínimos
Art.3
a. Cupoporgrupossegúnlaedad:
Regular el proceso de habilitación, mediante la definición y
establecimiento de los requisitos básicos para la organización y
funcionamiento de las prestaciones de Servicios de Estancias Infantiles con
criteriosdecalidadenelSistemaDominicanodeSeguridadSocial.
Establecer los requisitos mínimos indispensables para planta física,
equipos,mobiliarios,materialesyrecursoshumanosnecesarios,para
la prestación de los servicios en coherencia con las normativas del
CONDEI.
Garantizar en las Estancias Infantiles las condiciones mínimas
necesariasparaofertarunserviciodecalidad.
Ampliar la cobertura de Servicios de Estancias Infantiles con equidad
y calidad, favoreciendo la creación de una red Nacional de Estancias
InfantilesenelSistemaDominicanodeSeguridadSocial.
Impulsar la expansión de la Atención Integral y la Educación
Oportuna, mejorando la calidad y proporcionando igualdad de
oportunidades para todos los niños y las niñas de las Estancias
Infantilesyotrosespacios.
.- Las Estancias Infantiles podrán ser regenteadas por personas
particulares o instituciones públicas, privadas o mixtas, que ofertan los
servicios con o sin fines de lucro, en cualquiera de los casos, cumplirán con los
siguientesrequisitos:
a.1 El cupo máximo por grupo, para los niños y niñas comprendidos
entre los cuarenta y cinco (45) días de nacidos hasta cumplir los
dos(2)Añosdeedad,esde12niñosyniñasporsalónoespacio.
a.2 El cupo máximo para los grupos de niños y niñas que estén entre
las edades de dos (2) años hasta cumplir los cinco (5) años de edad,
Normativas Generales
11
esde25niñosoniñasporsalónoespacio.
a.3 En cada grupo de niños y niñas se dispondrá de un (1) cupo para
niños o niñas con necesidades educativas especiales asociadas a
discapacidad o a trastornos generales del desarrollo, contándose su
inclusión como dos (2) cupos dentro del grupo, dadas las demandas
especificas,acordeasusnecesidades.
La amplitud de espacio es un factor determinante en los
procesosdedesarrollodelosniñosylasniñas,durantesusprimeros
años de vida; la medida de un (1) metro cuadrado por niño / niña, ha
sido establecida de manera provisional, como requisito mínimo, en
tanto se puedan adecuar los factores externos que inciden en la
determinacióndeltamañodelosespacios.
Las Estancias Infantiles deberán operar una jornada completa
mínimo 8 horas,
considerandolas
necesidades laborales de los padres, y para completar el programa
deserviciosqueseofrecenenlaestancia.
Para los niños o niñas de 45 días de nacidos hasta 5 años de edad,
esde1metro porcadaniñooniña.
d.1 De 45 días de nacido hasta cumplir 2 años de edad: 6 niños o niñas
poreducadoroeducadora.
d.2 De 2 años hasta cumplir 3 años de edad: 12 niños o niñas por
educadoroeducadora.
d.3 De 3 años de edad hasta cumplir 4 años de edad: 18 niños o niñas
poreducadoroeducadora.
d.4 De 4 años de edad hasta cumplir los 5 años de edad: 20 niños o niñas
poreducadoroeducadora.
e.1Queseadefácilacceso.
e.2 Que responda a criterios de salud ambiental (situada a una distancia
mínima de 200 metros de cañadas, barrancones, basureros o
vertederos, centros de expendios de bebidas alcohólicas, bocinas a
alto volumen, estaciones de gas propano, bombas de gasolina,
fábricas de baterías, talleres de ebanistería, de desabolladura y
pintura, de soldadura, granjas de animales, transformadores, tendido
Párrafo.-
b. Jornadasdetrabajo
c. RelaciónNiño–Niña-Espacio
d. RelaciónNiño-Niña/EducadoroEducadora
e. UbicaciónGeográfica
estableciendo el horario de recepción (entrada)
yretiro(salida) delosniñosyniñasalamisma,
²
Normativas Generales
12
eléctricodealtatensión,aguasnegras).
f.1 Que la estructura física sea segura. En ningún caso debe poner en
riesgo integridadfísicadelosniñosylasniñas.
f.2 Los salones o espacios, organizados de tal forma que les permitan
sentarse,acostarseodesplazarseenformanaturaly segura.
f.3 Entre un salón y otro, que haya divisiones completas, para evitar el
ruido.
f.4 Las puertas de los salones o aulas abran hacia fuera y tengan
protecciónenlosbordeslaterales.
f.5 Lasventanascolocadasalaalturadelosniñosylasniñas.
f.6 Elpisoliso,sindesnivelesodaños,yenningúncasodetierra.
f.7 Lapinturadelasparedes,sinplomoy lavable.
f.8 Se evitarán colores positivos (muy fuertes) y/o colores oscuros en
paredes completas; sólo hasta la mitad de ellas, para evitar saturación
visual.
f.9 Los cables eléctricos estarán empotrados en las paredes y techos, o
protegidosportuberías.
f.10 Los toma corrientes tendrán protectores de seguridad o se situarán
altos.
f.11 Buenailuminación, preferiblementenatural.
f.12 Buena ventilación, o, en su defecto, abanicos de techo o pared,
(nunca de pedestal o de piso), o aire acondicionado donde sea
posible.
f.13 Provisión de agua permanente, y en caso de problema con el
abastecimiento del fluido, será necesario poseer cisterna, pozo, o
tinacos de gran capacidad. Los puntos imprescindibles de llegada de
agua son: cocina, baños, área de salud (en caso de que exista) y
patio.
f.14 Las instalaciones sanitarias tendrán sus inodoros a la altura de la
rodilla de los niños y niñas. Según él número de niños y niñas, se
proponeunsanitarioporcada30niñosyniñas.
f.15 Si en la comunidad no existe servicio sanitario, excepcionalmente se
dispondrá de letrina, usada por los niños y niñas siempre con
supervisiónadulta.
f.16 Provisión de lavamanos: un lavamanos por cada treinta (30) niños y
niñas, a la altura de estos, con toallitas desechables para el secado de
lasmanos.
f.17 En caso de que no haya lavamanos se tendrá una ponchera pequeña
conaguaquecorra.
f.18 Que disponga de un área de cocina, con un área para los utensilios, y
f. PlantaFísica
Normativas Generales
13
otra para el almacenamiento de los alimentos, con ventilación e
iluminaciónapropiada.
f.19 Las instalaciones de gas serán seguras, con tuberías de cobre y
alejadasdelasáreasdeconcentracióndelosniñosylasniñas.
f.20 Los lugares donde habrá zafacones son: cocina, baños, salones de
losgruposdeniñosyniñas,comedorypatio.
f.21 Eláreadecomedortendrámesasysillasadecuadasaltamañodelos
niñosyniñas.
g.1 Con verja perimetral de seguridad, con una altura mínima de cinco
pies,dematerialseguroyenbuenestado.
g.2 El área de recreación o patio, con terreno limpio y sin accidentes, con
una superficie mínima de 1.5 metro por cada niño o niña que lo
utilice.
g.3 Se evitarán árboles y plantas tóxicas, con espinas o que favorezcan
unaexcesivaacumulaciónde
g Juegosdepatioubicadosconvisibilidadparalaspersonasadultas
encargadas.
g.5 Accesoseñalizado:“sólopersonalautorizado”,dondeproceda.
g.6 En caso de contar con pozo, cisternas, cuevas, cambios bruscos de
niveles, deben estar protegidos y no permitir el acceso de los niños y
lasniñas.
Requisitos mínimos porgruposdeedadparalaprestación delaoferta
deEducaciónInicial:
h.1.1Observacionesgenerales:
Cada uno de los materiales del salón estarán a la altura de los niños y
asudisposicióndiariamente.
Los materiales pueden ser comprados, o elaborados con materiales
de la comunidad, guardando en todo momento las normas de
seguridad.
Cadasalónposeeráunzafacón.
Losmaterialesestaránsiempreenbuenascondicionesylimpios.
Paraelgrupode45díasa2años,eltamañodelosmaterialesserá
mayorde3pulgadas,demaneraquenolospuedantragar.
Nuncahabrámaterialesrotosexpuestosalosniñosyniñas.
Los materiales indicados en la tabla siguiente son el requerimiento
mínimodecadasalóndeniñosyniñas,segúnsuedad.
Hayedadesquenorequierendeterminadosmateriales.Seespecifica
“N/A”(Noaplica).
g. EntornoExterior
h. Equipamientodemateriales yMobiliario:
h.1
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
agua.
.4
²
Normativas Generales
14
Materiales de Educación Inicial
Cantidad Mínima
Materiales para cada salón según edad 0-1
año
1-2
años
2-3
años
3-4
años
4-5
años
Instrumentos Musicales o Sonoros, tales como:
Sonajeros, maracas, panderetas, campanitas,
xilófono, entre otros.
1
c/u
1
c/u
1
c/u
1
c/u
1
c/u
Cuentos de tela
Nota: Posibilidades de confección.
3 2 2 N/A
Cuentos cartón piedra. N/A 3 3 N/A N/A
Cuentos de papel.
Revistas viejas. 5 5 10 10 10
Pelotas grandes, medianas y pequeñas de
diferentes texturas.
2 de
c/u
2 de
c/u
2 De
c/u
2 de
c/u
2 de
c/u
Paños o pañoletas de diferentes colores, en
tamaños acorde a la edad.
2 2 4 4 4
Figuras y láminas de oficios y profesiones. 1 set 1 set 1 set 1 set 1 set
Figuras y láminas de grupos alimenticios. 1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
Figuras y láminas de animales domésticos, de la
granja y de la selva.
1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
Figuras y láminas de vehículos en tamaño
grande.
1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
1 set
de c/u
N/A
N/A N/A 3 5 5
Normativas Generales
15
colores.
Cantidad Mínima
Materiales para cada salón según edad 0-1
año
1-2
años
2-3
años
3-4
años
4-5
años
Vestimenta para dramatización (sombreros,
ropas, corbatas, collares, carteras...).
1de
c/u
1 de
c/u
1 de
c/u
1de
c/u
1de
c/u
Papeles grandes para garabateo (rollo de
papel traza).
1 1 1 1 1
Lápices de cera gruesos, en diferentes 2 Por
niño
2 por
niño
N/A N/A N/A
Muñecas y muñecos. 2 2 2 2 2
Radio con música infantil o clásica. 1 1 1 1 1
Enseres del hogar y de la vida cotidiana. Varios Varios Varios Varios Varios
Lápices de cera medianos, en diferentes colores. N/A N/A 3por
niño
N/A N/A
Lápices de cera finos, en diferentes colores. N/A N/A N/A 3por
niño
3por
niño
Tempera o pintura de agua de colores primarios y
demás: Rojo, Azul,Amarillo, Blanco.
1 de
c/u
1 de
c/u
1de
c/u
1 de
c/u
1de
c/ u
Pinceles, brochas y esponjas de diferentes
tamaños y formas.
3 de
c/u
1de
c/u
1de
c/u
1de
c/u
1de
c/u
Masilla de diferentes colores, de material no
tóxico.
1 de
cada
color
1 de
cada
color
1 de
cada
color
1de
cada
color
1 de
cada
color
Juegos de armar, construir torres, encajados y
rompecabezas de diferentes niveles de dificultad.
3 de
c/u
3 de
c/u
6 de
c/u
6 de
c/u
6de
c/u
Normativas Generales
16
Materiales o envases que permitan la
clasificación, por tamaño, dimensión y atributo.
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
Bloques o cajas vacías de diferentes tamaños y
textura para hacer torres.
5 5 5 5 5
Materiales u objetos del medio que permitan
experimentar con texturas, tamaños, colores,
peso, aromas, etc.
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
Pinzas para colgar ropa en colores primarios, y
con diferente presión al momento de abrirlas.
N/A 12
presión
suave
12
presión
media
12
presión
fuerte
12
presión
fuerte
Pelotas de deportes (baloncesto, béisbol, tenis,
etc.).
N/A N/A N/A 1 de
c/u
1 de
c/u
Juegos que permitan trepar y bracear. 1 1 1 1 1
Juguetes con ruedas para montar. N/A 2 2 2 2
Juegos de halar y/o de arrastrar. 3 5 5 3 3
Materiales u objetos del medio que les permita
experimentar con texturas, tamaños, colores,
peso, aromas, etc.
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
5 de
c/u
Área de arenero. N/A 1 1 1 1
Accesorios para trasvasar, llenar, cargar. N/A 5 5 5 5
Área de agua. N/A 1 1 1 1
Espejo horizontal al nivel de los niños y niñas,
colocado desde el piso hasta 1 metro de altura por
2 de ancho.
1 1 N/A N/A N/A
Espejo vertical al nivel de los niños y niñas, que
les permita verse de cuerpo entero.
N/A N/A 1
de c/u
1
de c/u
1
de c/u
Barra de apoyo colocada en la pared a 1,5 pies
del piso (usar barra de cortina de madera de 1
pulgada de ancho, protegiendo sus extremos).
1 N/A N/A N/A N/A
Estantes firmes y seguros a la altura de los niños
y niñas, para colocar los materiales.
N/A 2 2 2 2
Normativas Generales
17
Losmaterialesdeeducacióninicialsonimprescindibleparaestimular
y promover el aprendizaje de los niños y las niñas según la etapa de desarrollo
en que se encuentre, en tal sentido, las Estancias Infantiles que se encuentren
operando, para su habilitación inicial se requiere que en cada salón o aula
según edad, exista de cada renglón por lo menos uno (1) de los materiales
listados.
h.2.1 La cantidad de equipos y materiales dependerá del número de niños
niñasautilizarlosserviciosen cadaEstancia.
a.1 Mesasysillasalaalturadelosniñosylasniñas.
a.2 Sillasdecomerparabebés.
a.3 Zafacón.
b.1 Escurridoresdeplatos.
b.2 Despensacontramosparalosalimentos.
b.3 Despensa con tramos para los utensilios de limpieza, fuera del
alcancedelosniñosylasniñas.
b.4Armariosdecocinaoestanteríasparacolocarutensiliosdecocina.
b.5Estufa.
b.6Freezer.
b.7Nevera.
b.8 Relojdepared.
b.9 Licuadora.
b.10Vasoscromados.
b.11Platoscromadosparaniñosyadultos.
b.12 Cubiertos pequeños para los niños (cucharas, tenedores y
cuchillos).
Párrafo.-
h.2.Requisitosmínimosparalaprestacióndelaofertade Alimentación:
a. Áreadecomedor:
b. Áreadecocina:
Mesa y sillas con la altura adecuada a la edad del
grupo.
N/A N/A 2 2 2
Sillas de bebé para comer y/o cargadores. 2 N/A N/A N/A
Estantes para las pertenencias de los niños y las
niñas, y útiles de las educadoras.
1 1 1 1 1
Colcha de 1 pulgada de grosor para los niños y
las niñas dormir o descansar.
1 para
c/niño
1para
c/niño
1 para
c/niño
1para
c/niño
1 para
c/niño
Normativas Generales
18
b.13Recipientescontapaparaalmacenaragua.
b.14Jarronesparaaguayjugo.
b.15 Bandejas para servir.
b.16 Platones o fuentes para servir los alimentos.
b.17 Ollas.
b.18 Calderos.
b.19 Sartenes.
b.20 Fuentes cromadas para colocar los alimentos durante la
preparación.
b.21 Cucharas de medir.
b.22 Taza de medir.
b.23 Cucharas para cocinar.
b.24 Coladores.
b.25 Cucharones soperos.
b.26 Tabla para picar carne.
b.27 Tabla para picar vegetales.
b.28 Tijeras para cortar.
b.29 Cuchillo de sierra.
b.30 Cuchillo para cortar.
b.31 Exprimidores de limón.
b.32 Exprimidores de naranja.
b.33 Guayos.
b.34 Majadores de víveres.
b.35 Tapas para cubrir los alimentos.
b.36 Morteros o pilones para majar.
b.37 Paños, toallas para secar los platos
b.38 Suaper.
b.39 Cubeta para trapear.
b.40 Escobas.
b.41 Poncheras Plásticas.
b.42 Zafacón con tapa.
c.1 Camisas, blusa o camiseta con manga.
c.2 Zapatoscerrados.
c.3 Delantal.
c.4 Pañoletaogorroparaelpelo.
h.3.1Saludbucal:
Cepillo individual para cada niño y niña, (suministrados por sus
respectivas familias), los mismos se sustituirán cada tres (3)
mesesoantelapresenciadecualquierinfecciónovirus.
c. Vestuario del personal de cocina:
h.3.RequisitosmínimosparalaofertadesaludMaterno-Infantil:
a.
Normativas Generales
19
Pastadentalconflúor.
Cepillera con cubierta por grupo, que garantice un espacio adecuado
entreuncepilloyotro,paraprevenirinfecciones.
d.1 Material gastable y otros: Sobres de Rehidratación Oral, Azúcar,
Bolsa de hielo, Baja-lengua, Vendajes, Gasas, Algodón, Alcohol,
Guantes desechables, Termómetro, Perita nasal individual por niño
o niña menores de 1 ½ año. (suministradas por sus respectivas
familias).
Extintor
Las instituciones que deseen prestar el Servicio de Estancias Infantiles
dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social, cumplirán con el
siguienteprocedimiento:
Entregar al Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) la
solicituddepermisodeHabilitaciónylasdocumentacionesexigidas.
Anexar a la solicitud de permiso de Habilitación los siguientes
documentos:
b.1 FormulariodeHabilitacióndebidamentelleno.
b.2 Documentos que avalen la personería jurídica de la institución (solo
aplicaalasinstitucionesprivadas).
b.3 Certificado de Título o contrato de compra-venta de inmueble,
presentandoelúltimopago,siseencuentrapagandounpréstamopor
laadquisicióndelinmueble(soloaplicaalasinstitucionesprivadas).
b.4 Si el inmueble es arrendado, Contrato de Alquiler y último recibo de
pago(soloaplicaalasinstitucionesprivadas).
b.5 Copia de la Cédulas de los representantes legales de la Estancia
Infantil(solo aplicaalasinstitucionesprivadas).
b.6 InventariodeequiposymaterialesconquecuentaelEstablecimiento.
b.7 Relación del personal, con definición de puestos y certificación de
grados académicos.
b.8 Proyecto Educativo de Centro (PEC) que define quiénes son, qué
hacen, cómo lo hacen, y criterios escritos para ingreso de los niños y
lasniñas.
b.9 Propuesta Técnica Educativa del Nivel Inicial que contenga:
b.
c.
d. Botiquíndeprimerosauxilios:
h.4. Equipo contra incendio:
a.
Título V
Del Proceso de Habilitación
Art. 4.-
a.
b.
Normativas Generales
20
Características evolutivas de desarrollo, clasificadas por edad de los
grupos con que se va a trabajar, propósitos y contenidos a desarrollar
por edad, unidades temáticas delimitadas por edad, Instrumentos de
evaluaciónporedad.
ContarenlaEstanciaInfantilconlosiguiente:
c.1 Libro foliado para asentar las supervisiones del CONDEI o de otras
instituciones.
c.2 Librofoliadopararegistrodeasistenciadiariadelosniñosyniñas.
c.3 Librofoliadopararegistrodeasistenciadelpersonal.
c.4 Librofoliadoparaegresodelosniñosylasniñas.
c.5 Buzóndesugerencias.
. Visitadelaautoridadcompetenteparaverificarlainformación
ofrecida, la cual se realizará en un plazo no mayor de 60 días,
despuésderecibidalasolicitud.
Luego de verificadas las condiciones de la Estancia Infantil, en un
plazo no mayor de 30 días calendario, se informará al solicitante si
cumpleonoconlosrequisitosparalaprestacióndelservicio.
Cuando una institución o persona física cuente con varios Servicios
deEstanciasInfantiles,lassolicitudesserealizaránporseparado.
Cuando una institución vaya a iniciar con Servicios de Estancias
Infantiles, ubicados en varias regiones y provincias del país, las habilitaciones
serealizaránporseparado.
Cada Estancia nueva será objeto de las evaluaciones pertinentes
paraconseguirsuhabilitaciónyregistro.
El CONDEI no otorgará la habilitación a los establecimientos
interesados en ofrecer los servicios de Estancias Infantiles, cuando estos no
cumplan con los requisitos establecidos. Mediante una comunicación escrita,
seinformaralascausasdelanegación.
Una vez depositados los documentos en el Consejo Nacional de
c.
d
e.
Párrafo I:
Párrafo II:
Párrafo III:
Art. 5.-
Título VI
De la Verificación de los Documentos y Requisitos exigidos por el
Consejo Nacional de Estancias Infantiles para la Solicitud de
Habilitación
Art. 6.-
Normativas Generales
21
EstanciasInfantiles(CONDEI),elDepartamentodeHabilitaciónyAcreditación
verificarálaveracidadylegalidaddelosmismos.
Los informes suministrados por el personal de las Estancias
Infantiles son confidenciales y de manejo estricto por el personal asignado
paraestasfunciones.
En adición a la verificación de la documentación anteriormente
expuesta, las autoridades del Consejo Nacional de Estancias Infantiles
(CONDEI) constatarán que el personal contratado cumpla con los requisitos
establecidosporlaNormasobreRecursosHumanos.
LasinformacionesydocumentacionessuministradasporlasEstancias
Infantiles para el proceso de habilitación serán supervisadas periódicamente,
por lo que las Estancias, que incumplan con las informaciones suministradas,
perderíansuCertificadodeHabilitación.
Los Servicios de Estancias Infantiles, para conservar su Certificado de
Habilitación mantendrán las condiciones en las cuales fueron habilitados y
examinados. En caso de incumplimiento perderán el Certificado de
Habilitación.
Cualquier cambio o modificación en la condición original en que se
otorgólaHabilitaciónalaEstanciaInfantilparasuoperación,serápreviamente
aprobadoporelConsejoNacionaldeEstanciasInfantiles.
Al año de haberse otorgado la Habilitación Provisional, el CONDEI re-
certificara, las Estancias Infantiles que al momento de ser evaluadas, no
obtengan los requisitos para otorgarle el Certificado de Acreditación,
establecidos en el Manual de Supervisión, y en el Procedimiento para el
Manejo Administrativo del Seguimiento al Proceso de Prestación de los
Sevicias de Estancias Infantiles; teniendo la obligatoriedad de cumplir con los
requisitosalterminodelSegundoAño.
Las Estancias Infantiles que al año de habérsele otorgado su
Certificado de Habilitación Provisional y luego de la supervisión y evaluación
de acuerdo al Manual de Supervisión, y el Procedimiento para el Manejo
Administrativo del Seguimiento al Proceso de Prestación de los Servicios de
Estancias Infantiles; que cumplan con todas las normas establecidas por el
CONDEI y contemplan otros estándares orientados a la calidad, se les
Párrafo I.
Párrafo II.
Título VII
Disposiciones Finales
Art.7.-
Art. 8.-
Art. 9.-
Art. 10.-
Art. 11.-
Normativas Generales
22
otorgará su Certificación de Acreditación, con los rangos establecidos en el
ManualdeSupervisión.
Para que el Servicio de Estancia Infantil en sentido general, pueda
ser calificado dentro del Rango de Normalidad (entre 71 y 90 puntos), los
componentes particulares de Educación Inicial , Salud Materno-Infantil y
Nutrición tienen que estar cada uno de ellos como mínimo dentro del rango de
n caso contrario, aunque la sumatoria de las puntuaciones
obtenidas por el total de los componente en relación a sus valores ponderados
ubiquen de manera general el Servicio de Estancia Infantil dentro del rango de
éstesecalificarácomoencondiciónde
El Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) mediante
resolución podrá definir nuevas modalidades para la prestación de los
servicios de Estancias Infantiles, en cuyo caso, se establecerán los requisitos
paralasmismas.
: por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y
resolutada con el Número: 01-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos
mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República
Dominicana.
: por mandato de la Resolución No. 187-02 del CNSS de 31 de Julio
del2008,quecreólaComisiónEspecialparaeliniciodelfuncionamientodelas
Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la
SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno
delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI.
Párrafo:
ACEPTABLE, e
ACEPTABLE, PONER ATENCIÓN.
Art. 12.-
Aprobada
Revisada
Normativas Generales
23
24
2.-NORMASOBRELA ALIMENTACIONENLASESTANCIASINFANTILES
Título I
Objeto
Art. 1.
Título II
De Los Menús
Art. 2. -
a.
b.
Art. 3.
Guía de Alimentación
del menor de 5 años Manual de Vigilancia del
EstadoNutricionaldeSESPAS
Art. 4.-
a. Carbohidratos, 50%
57%,
•Cereales
• Víveres
• Tubérculos
• Edulcorantes
b. Proteínas 12 % 13%
La presente norma tiene por objeto definir la oferta de alimentación
apropiada a la edad y salud de los niños y niñas de cuarenta y cinco (45) días
de nacidos hasta los cinco (5) años de edad, que utilizan los Servicios de
EstanciasInfantiles.
De acuerdo con el tiempo de permanencia del niño o la niña en la
EstanciaInfantil,selesuministraránmenúsacordeconsuedad:
Para niños y niñas desde 6 meses hasta cumplir los cinco años de
edad y con 8 horas de permanencia al día: desayuno, almuerzo y una
(1)meriendaenlatarde.
Para niños y niñas de 6 meses hasta cumplir los 5 años de edad y con
4horasdepermanenciaaldía:almuerzoy1merienda.
-La elaboración de los menús se realizará tomando en cuenta la edad,
los requerimientos nutricionales recomendados y la
que forma parte del citado
.
Los menús servidos a los niños y las niñas en las Estancias Infantiles
suministraránlossiguientesvalorescalóricos,segúncomponentes:
para niños y niñas desde 6 meses a un año, y
para niños y niñas de uno (1) a cinco (5) años por día: Cereales,
víveres, tubérculos y edulcorantes. Estos carbohidratos serán
suministradosmediantelossiguientesalimentos:
:Arroz,avena,trigo(pastaypan),maíz,cebada,entreotros
cereales.
:Plátanos,guineosyrulos.
: Batata, yuca, ñame, yautía, papa, zanahorias, entre
otrostubérculos.
:Azúcar,mielymelaza.
: para niños y niñas desde 6 meses a un año, y
para niños y niñas de uno (1) a cinco (5) años por día: Carnes, huevos y
lácteos, leguminosas y granos. Estas proteínas serán suministradas
mediantelossiguientesalimentos:
Normativas Generales
25
•Leguminosas
•Carnes
•Lácteos
c. Grasas, 38% 30%
• Aceite
• Mantequillas margarinas
d. Vitaminas y minerales
•Frutascítricas
•Frutasconpulpa
•Verduras
Párrafo I.
Párrafo II.
Título III
De la Manera de Ofrecer los Alimentos a los Niños y Niñas
Art. 5.-
a. Menoresdeseis(6)meses:
b. De seis (6) meses de edad hasta cumplir un (1) año:
:Habichuelas,guandules,arvejas,anconi,habas,
lentejas,garbanzos,entreotras.
:Carnesblancas(pollo,pavo,pescado,entreotras),ycarnes
rojasconmenorfrecuencia(res,cerdoychivo).
:Leche(líquidayenpolvo),yoguryqueso.
para niños niñas desde 6 meses a un año (1), y
para niños y niñas de uno (1) a cinco (5) años por día: Aceites,
margarinas y mantequillas. Estas grasas serán suministradas
mediantelossiguientesalimentos:
: De maíz y soya, y preferentemente de oliva, donde las
condicioneslopermitan.
y .
por día: Frutas y vegetales. Estas vitaminas y
mineralesseránsuministradasmediantelossiguientesalimentos:
:Limóndulceyagrio,naranja,toronja,mandarina,
piñaychinola.
:Mango,lechosa,melón,guanábana,guineo
maduro,jobo,jagua,níspero,mamey,granadillo,entreotras.
:Tomate,pepino,molondrón,berenjena,repollo,coles,
entreotras.
Está prohibido suministrar a los niños y las niñas desde 6 meses
hastacumplirun(1)añodeedad:
•Miel.
• Otros productos inapropiados o fuertes para la flora intestinal de esa
edad(picantes,muygrasos,muyfritos…).
Se prohíbe elaborar los menús con sazones artificiales (sopitas,
sazones), debido a su alta concentración de elementos cancerígenos y a la
disponibilidaddesazonesnaturales(verduras).
La oferta de los alimentos se realizará tomando en consideración los
gruposdeedadesdelasiguienteforma:
Lechematernaexclusivapormediodelas
siguientesmodalidades:
a.1 Amamantamientodirecto.
a.2Pormediodevasitos,demaneraindividualyasistida.
Suministrar
Normativas Generales
26
alimentos de forma individual y asistida, además de proseguir la lactancia
materna.
Suministrar
alimentos de manera colectiva en raciones individuales, asistidos los
niños y las niñas de uno (1) a dos (2) años, y supervisados los de dos
(2)acinco(5)años.
Solo en situaciones especiales como: Madres que viven con VIH, y
niños y niñas huérfanos, la Estancia Infantil valorará la posibilidad de
administrarformulasmaternizadapormediodevasitos,demaneraindividualy
asistida.
La Estancia Infantil promoverá que los niños y las niñas reciban los
suplementosdeMicroNutrientessiguientes:
Administrada por grupos de edad cada 6 meses (niños y
niñas) desde 6 meses a 11 meses, 100,000 unidades; y mayores de 1
año200,000unidades).
Administrando15mg.diariosapartirdel4to.mes,durante3
meses,utilizandolasiguienteforma:
•Niñosde6mesesaunaño,12.5Mg./ml.
•Niñosde1a3años,12.5Mg./ml.
•Niñosmayoresde3años,25Mg./ml.
Aportadaenlapreparacióndelosalimentos.
Suministradoatravésdelcepilladodental,conpastadentalque
locontenga.
Atravésdelaalimentación(Lecheysusderivados).
Para los micro-nutrientes de la , se operará de
acuerdo a las normas de Lactancia Materna de la Secretaría de Estado de
SaludPúblicayAsistenciaSocial(SESPAS).
En caso de que al niño o niña se le detecte malnutrición (desnutrición u
obesidad), la Estancia Infantil otorgará alimentación de acuerdo a las normas
de alimentación de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia
c. Deun(1)añodeedadhastacumplirloscinco(5)años:
Párrafo.-
Título IV
De la Dotación de Micro Nutrientes
Art. 6.
a. Vitamina A:
b. Hierro
c. Yodo
d. Flúor
e. Calcio
Párrafo. Lactancia Materna
Art 7.-
:
:
:
:
Normativas Generales
27
Social (SESPAS), se notificará o informará a la familia de la situación
detectada y orientará a la misma acerca de la mejora de la alimentación
familiar.
Mensualmente, y con carácter de obligatoriedad, la Estancia Infantil
actualizará los menús y realizará inventarios para facilitar la elaboración de
pedidos y garantizar el abastecimiento de los insumos y productos a utilizar,
deacuerdoalosmenúselaborados.
El almacenamiento de los insumos y productos se realizará en lugar
apropiado con las siguientes características: buena ventilación, iluminación,
seguridadehigiene,asícomorefrigeraciónsiesnecesario.
Los alimentos se presentarán de forma atractiva a los niños y niñas al
momento de la ingesta de los mismos, estimulando su consumo, probando y
hablandoconlosniñosyniñasalmomentodelaingesta.
El personal encargado de la preparación de los alimentos cumplirá
conlossiguientesrequisitoscuandoestépreparandolosmenús:
Lavarse las manos al comenzar su trabajo, y cuantas veces sea
necesario,especialmentedespuésdeiralsanitario.
Si está enfermo, avisará a su superior inmediato, siguiendo las
indicacionesdelpersonalmédicoquehayavisitado.
Cuando tenga gripe, tos, afecciones de garganta o diarrea, evitará
toser accidentalmente sobre los alimentos, tapándose la boca, y
lavándose las manos. Mientras dure esta condición, no trabajará en
preparacióndealimentos.
Si tiene heridas en las manos has de curarlas, cubriéndolas con
vendajes limpios para mantenerlas libre de infección. Mientras dure
estacondición,notrabajaráenpreparacióndealimentos.
La cabeza estará cubierta con redecilla, pañoleta o gorro que evite la
caídadecabellosenlosalimentos.
Lasuñassemantendráncortadasylimpias.
Se evitará tocar o rascar partes del cuerpo (pelo, nariz, ojos, piel,
cabello,etc.),mientrassemanipulenlosalimentos.
Seevitaráfumaromasticartabacoalmanipularalimentos.
Se prohíbe el uso de joyas y adornos que puedan caer sobre los
alimentosdurantesupreparaciónoservicio.
Título V
De la Garantía y Calidad de los Alimentos
Art. 8.-
Art. 9.-
Art. 10.-
Título VI
De la Manipulación e Higiene de los Alimentos
Art. 11.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
Normativas Generales
28
j.
k.
l.
Párrafo.-La Estancia Infantil
Art. 12.-
Aprobada:
Revisada
Los uniformes, delantales o ropa de trabajo se confeccionarán con
telasresistentesycoloresclaros, seconservaránlimpios. Seevitará
entraralbañoosaliralacalleconestaropadetrabajo.
Si la ropa traída de la calle se cambia por el uniforme, se mantendrá
enlugarlimpio, fueradelasaladeelaboracióndelosalimentos.
Los paños de la cocina no serán lavados junto a ropa de cama u otros
insumoslavablesdelaEstanciaInfantil.
extremará el seguimiento del estado de salud
del personal encargado de la manipulación de los alimentos, establecido en la
Norma de Recursos Humanos, mediante revisiones médicas al menos una (1)
vez al año, que incluyan radiografía de tórax, así como análisis coprológicos
cadaseis(6)meses.
El Consejo Nacional de Estancias Infantiles supervisará y velará para
quealosniñosyniñaslessuministrenlosalimentosenlaformaestablecidaen
estanorma.
por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y
resolutada con el Número: 02-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos
mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República
Dominicana.
: por mandato de la Resolución No. 187-02 del CNSS, del 31 de Julio
del 2008, que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de
las Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la
SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno
delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI.
Normativas Generales
29
Normativas Generales
30
3.- NORMASOBRELAEDUCACIONINICIALENLASESTANCIAS
INFANTILES
Título I
Del Propósito General
Art.1.-
Título II
De los Propósitos Específicos
Art.2.
a.
b.
Título III
De los Principios Rectores de la Educación Inicial en las Estancias
Infantiles
Art. 3.-
a. Integralidad
b. Pertinencia Cultural
c. Participación:
d. Democracia
LapresentenormaproponegarantizarlacalidaddelaEducaciónInicial
que prestan las Estancias Infantiles a los niños y niñas desde cuarenta y cinco
(45) días de nacidos hasta los cinco (5) años de edad, dentro del Sistema
Dominicano de Seguridad Social, asegurando el cumplimiento de estándares
básicos establecidos en la presente norma, así como en las ordenanzas y
resolucionesdelaSecretariadeEstadodeEducación(SEE).
Sonpropósitosespecíficosdelapresentenorma:
Garantizar que el cuidado y atención del niño y la niña potencie su
desarrollointegral.
Ofrecer a las Estancias Infantiles estándares básicos para la
implementación de un servicio educativo integrado para niños y niñas
desdecuarentaycinco(45)díasdenacidoshastaloscinco(5)añosde
edad,orientadoshacialacalidaddelosserviciosintegrados.
Son principios rectores de la Educación Inicial en las Estancias
Infantileslossiguientes:
: El programa pedagógico otorgado por las Estancias
Infantiles abarcará todos los aspectos de la personalidad y del
desarrollo infantil: físico, emocional, cognitivo y social,
desarrollándolosconequilibrio.
: Los programas educativos ofrecidos en las
Estancias Infantiles deben corresponder y respetar la cultura y
contextolocal delniñoylaniña.
La familia y la comunidad participarán en el proceso
educativo. La Estancia Infantil no sustituirá a la familia,
complementando su función educativa y el ambiente cultural de la
comunidad.
: Los niños, las niñas, sus familias y educadores tendrán
derecho al respeto de su libertad y su dignidad, por lo que podrán
externar libremente sus opiniones sobre el proceso educativo, sin
Normativas Generales
31
discriminaciónpormotivoderaza,nacionalidadoreligión.
El programa educativo de las Estancias Infantiles respetará
las diferencias individuales de los niños y las niñas, atendiendo a sus
necesidades particulares, incluyendo a aquellos y aquellas con
necesidades educativas especiales. Los educadores y las educadoras
evitarán toda discriminación por nacionalidad, color, sexo, religión,
antecedentes familiares, condiciones personales (discapacidad o
trastornosdeldesarrollo)yculturales.
Los servicios de Estancias Infantiles implementarán una
serie de acciones tendentes a lograr el máximo aprovechamiento de
losrecursoshumanosymateriales.
Los aprendizajes que se propicien en cada ambiente se
generarán a partir de experiencias previas, de modo que se
establezcan múltiples relaciones entre lo que se sabe y nuevos
aprendizajes,motivandolaindagaciónysolucióndeproblemas.
: La experiencia educativa
propiciará un desarrollo que armonice las relaciones entre los
individuos y la naturaleza, respetando el Medio Ambiente como parte
esencialdeldesarrollohumano.
.- La educación inicial en las Estancias Infantiles tiene como finalidad
principal el desarrollo emocional, físico, sensorial, intelectual, social y moral de
los niños y niñas para su ingreso a la educación básica. Las Estancias
Infantiles promoverán la colaboración de los padres, madres, familiares o
tutores a cargo, para ayudarlos a ejercer una paternidad y maternidad
responsable.
.- Los propósitos educativos son la base de todas las decisiones que se
tomen en las estancias infantiles, involucradas directamente con los procesos
pedagógicos. Es necesario ser conscientes del contenido a trabajar con los
niños y niñas, así como del por qué y para qué se hace, contribuyendo así al
desarrollodelassiguientescapacidades:
Conocer supropiocuerpoysusposibilidadesdeacción.
Desarrollarsucapacidadsensorial.
Observar yexplorarsuentornofamiliar,socialynatural.
Adquirirunaprogresivaautonomíaensusactividadeshabituales.
Relacionarse con los demás y aprender las pautas elementales de
e. Equidad:
f. Calidad:
g. Globalidad:
h. Respeto y defensa del medio ambiente
Título IV
De la Finalidad de la Educación Inicial
Art. 4
Título V
De los Propósitos Educativos
Art. 5
a.
b.
c.
d.
e.
32
convivenciayorden.
Desarrollar sus habilidades comunicativas orales e iniciarse en el
aprendizajedelalecturaylaescritura.
Iniciarseenlashabilidadesnuméricasbásicas.
La Educación Inicial atenderá, fundamentalmente, los siguientes
ámbitos, que constituyen los aspectos básicos presentes en estas edades,
para atender la educación integral de los niños y niñas, contemplando todas
susnecesidades:
Eldesarrollodellenguaje,comocentrodeaprendizaje.
Elconocimientoyprogresivocontroldesupropiocuerpo.
Eljuegoyelmovimiento.
Eldescubrimientodelentorno.
Laconvivenciaconlosdemás.
Eldesarrollodesuscapacidadessensoriales.
Elequilibrioydesarrollodesuafectividad.
Las Estancias Infantiles contarán con una propuesta curricular avalada
por el Consejo Nacional de Estancias Infantiles, basada obligatoriamente en el
CurrículoOficialdelaSecretaríadeEstadodeEducaciónparaelNivelInicial.
LaPlanificaciónseelaborarátomandoenconsideración:
Lospropósitosycontenidoseducativosdelcurrículooficial.
Losinteresesdelniñoylaniña.
Lasdiferenciasyritmosindividuales.
Los elementos del medio que favorecen la experimentación, invención
ylibreexpresión.
Los aportes de todos los sujetos (niño, niña, educador, educadora,
familia y miembros de la comunidad), involucrados en la experiencia
educativa.
Coordinación con las Instituciones de apoyo a niños y niñas con
necesidadeseducativasespeciales.
Eljuegocomoformanaturaldeaprenderdelosniñosyniñas.
Motivar el desarrollo de la autonomía en el niño y la niña, así como su
creatividad.
f.
g.
Título VI
De la Dimensión Educativa
Art. 6.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
Título VII
Del Currículo
Art. 7.-
Título VIII
De la Planificación
Art.8.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
33
i.
j.
k.
Párrafo
Titulo IX
De la Guía de Actividades Diarias
Art.9.-LaEstanciaInfantildiseñarásuguíade actividadesdiarias(rutina
diaria) de acuerdo a la edad,
Art. 10.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
Art. 11.-
Art.12.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
El fomento de hábitos de higiene, orden y responsabilidad en sus
relacionesinterpersonalesyenelcuidadodesuambiente.
Que ofrezca oportunidad a los niños y niñas de implicarlos en la toma
dedecisiones,trabajoautónomoyresolucióndeconflictos.
Lossaberespreviosdelosniñosylasniñas.
. La planificación será elaborada anualmente. Basada en ésta se
realizarálaplanificaciónsemanaldelaEstanciaInfantil.
el ambiente, los recursos disponibles, y
tomandoencuentalascaracterísticasfísicasybiológicasdelgrupo.
Son criterios para la determinación del horario de actividades en la
guíadeactividadesdiarias(rutinadiaria):
Querespondaalasnecesidadeseinteresesdelosniñosylasniñas.
Queseaflexible,variadoydeaplicaciónsistemática.
Que proporcione tiempos para vivenciar experiencias de aprendizaje
endiversosambientes.
Queintegreactividadesdiariasdealimentación,aseoydescanso.
Que alterne actividades de cuidado diario con actividades de juego y
trabajolúdicos.
Quealterneactividadestranquilasconactividadesdemovimiento.
La guía de actividades diarias (rutina diaria) diseñada por la Estancia
Infantil se informará al inicio de cada año escolar al Consejo Nacional de
Estancias Infantiles (CONDEI), para verificar si cumplen con los criterios
establecidosenlapresentenorma.
Eneltranscursodecadadíaseincluiránperíodosparalasactividades
siguientes:
Iniciadasoelegidasporlosniñosyniñaslibremente.
Iniciadasoelegidasporlosadultosoadultas(estructuradas).
Alairelibreyenespacioscerrados.
Períodos para descanso, higiene y alimentación (permanentes o
rutinarios).
Enpequeñosgruposeindividuales.
De apoyo, según programas específicos de cada niño o niña con
necesidades educativasespeciales.
Normativas Generales
34
Art. 13.-
Art. 14.-
a.
b.
c.
d.
e.
Titulo X
De la Interacción Niños / Niñas y Educadores / Educadoras
Art. 15.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
Las actividades rutinarias de alimentación, aseo y descanso se
integrarán como parte del currículo y de la formación integral de los niños y las
niñas.
Las actividades seleccionadas para desarrollar el horario
responderándemodoflexible,entreotros,alossiguientescriterios:
Queesténacordesconlospropósitosdelprocesodeplanificación.
Que propicien la participación activa de todos los sujetos del proceso
educativo.
Quepropicienelencuentrodelniñooniñaconlosmateriales.
Que sean del agrado de los niños y las niñas y desarrollen su
creatividad, motivaciónyaprendizaje.
Querefuercenlaconfianzaycomunicacióndelosniñosylasniñas.
La interacción niño / niña – educador / educadora pondrá de
manifiesto:
Que los niños y niñas son el centro del proceso enseñanza-
aprendizaje(intenciónpedagógicadelaEstanciaInfantil).
Que se expresa afecto y respeto entre los niños y las niñas y los
educadoresyeducadoras.
Que los educadores y las educadoras se sitúan al nivel visual y
auditivodelosniñosylasniñas.
Que los educadores y las educadoras les responden a solicitudes
verbalesynoverbales.
Que los educadores y las educadoras estimulan las respuestas de los
niños y niñas, más allá de las expectativas creadas sobre sus niveles
delogroenfuncióndesuedad.
Que los educadores y las educadoras promuevan el intercambio y el
autocontrolentrelosniñosyniñas.
Que los educadores y las educadoras den seguimiento y atención
permanentealdesarrollodelasactividadesdelosniñosyniñas.
Que los educadores y las educadoras eviten discriminación por
nacionalidad, raza, sexo, religión, antecedentes familiares, o
condiciones personales (discapacidad o trastornos del desarrollo) y
culturales.
Que las técnicas disciplinarias en ningún caso incluirán castigo
corporal, tratos humillantes o que ocasionen temor. La comida y la
bebidanuncasenegaráncomoformadedisciplina.
Que los educadores y las educadoras utilizan una variedad de
Normativas Generales
35
estrategiasdeenseñanzaparafomentarelaprendizajeydesarrollode
losniñosyniñasalolargodeldía.
Que los educadores y las educadoras asumen y apoyan los
programas externos que puedan estar llevando a cabo los niños y las
niñasconnecesidadeseducativasespeciales.
Que los educadores y las educadoras estimulen constantemente a los
niños y las niñas para fortalecer en los mimos la confianza en si
mismo.
.- Las Estancias Infantiles cumplirán la siguiente proporción de número
niñosyniñasporeducadoroeducadora:
De45díasdenacidohastacumplir1añodeedad:6Niñosoniñaspor
educadoroeducadora.
De 1 año hasta cumplir los 2 años de edad: 6 niños/as por educador o
educadora.
De 2 años hasta cumplir 3 años de edad: 12 Niños o Niñas por
educadoroeducadora.
De 3 años de edad hasta cumplir 4 años de edad: 18 Niños y Niñas
poreducadoroeducadora.
De 4 años de edad hasta 5 años de edad: 20 Niños y Niñas por
educadoroeducadora.
El ambiente en el cual se desarrolle el proceso enseñanza-
aprendizaje,seorganizará deacuerdoconlossiguientesparámetros:
Que responda a las necesidades, intereses y aprendizaje de los niños
yniñas.
Que evidencie la integración entre las áreas de conocimiento y las
dimensionesdeldesarrollointegral.
Quegenereseguridad,autonomíaydeseodeexplorarlo.
Que se encuentre distribuido por áreas, tomando en cuenta el espacio
de cada salón, a fin de delimitar un área de otra con equipos o
materiales para proveer espacios que propicien el desplazamiento y la
exploración, así como la adecuada interacción del niño y la niña con su
ambiente.
Que el mobiliario esté colocado de forma tal que permita el
desplazamiento libre y fluido de los niños y niñas entre las distintas
áreas.
Que la iluminación y ventilación sea adecuada y segura,
k.
l.
Art. 16
a.
b.
c.
d.
e.
Titulo XI
De la Organización del Ambiente
Art. 17.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
Normativas Generales
36
preferiblementenatural.
Quelospisosseandeunasuperficietotalmentelisa.
Que las paredes se encuentren pintadas con pinturas lavables, a fin de
queseencuentren siemprelimpiasehigienizadas.
Que la ambientación sea atractiva, no muy cargada, y de fácil
renovación.
18 Es necesario que haya variedad de materiales, en cantidad suficiente
para satisfacer las particularidades y necesidades de cada grupo, colocados
losmismosalaalturadelosniñosylasniñas.
Los materiales y el mobiliario serán seguros, estables y contarán con
condiciones mínimas de seguridad: sin piezas muy pequeñas, filosos, con
punta,etc.
La presentación delosmaterialesseráordenadaenestantes,conun
lugar para cada material al alcance de los niños y las niñas, que los invite a
jugar.
Cada área debe tener material que estimule la creatividad, la
exploraciónyqueseamanejadodeformaapropiadaporcadagrupoetario.
Para los niños y niñas de cuarenta y cinco (45) días de nacidos hasta
cumplir dos (2) años de edad, la estancia infantil dispondrá de los siguientes
materiales:
a.1 Unabañeraplásticapequeña.
a.2 Colchasdestinadasparaelcambiodelosniñosylasniñas.
a.3 Repisasparacolocarlosmaterialesdehigiene,yespaciospara
ubicarenfundasobultoslaropadecadabebé.
a.4 Zafaconescontapas(confundasdesechablesdentro).
b.1 Colchasocolchoncitosforradosdeplásticocubiertoscon
sabanitas paradormiro descansar.
b.2 Toallas.
b.3 Las colchas se ubicarán sin interferir en la zona de actividad y
desplazamiento de los niños y las niñas, colocándolas de modo
que queden uno arriba y otro abajo, y viceversa, o sea, cabeza
frenteapies,cabezafrenteapies,etc.
g.
h.
i.
Titulo XII
Materiales y Mobiliarios
Art. .-
Art. 19.-
Art.20.-
Art. 21.-
Art. 22.-
a. Paraelmomentodehigiene:
b. Paraelmomentodesueño:
Normativas Generales
37
c. Paralaalimentación:
d. Para las actividades de juego, aprendizaje y maduración del
desarrollointegral:
Art. 23.-
a. Paralahigiene
b. Paraelmomentodesueño
c. ParalaAlimentación
c.1 Estanteomesaauxiliarparaubicarlosutensiliosdecomidas.
c.2 Sillas seguras para los bebés, y mesas con sillitas para los niños y
niñasmásgrandes.
d.1 Una barra del diámetro de un palo de escoba pegado a la pared,
con la finalidad de que los niños y las niñas puedan sujetarse y
pararse.
d.2 Unapequeñaescaleradedosescalones.
d.3 Un espejopróximoalabarraparaquesimultáneamenteelniñoo
laniñasevea.
d.4 Materialesmanipulablesalaalturadelosniñosylasniñas.
d.5 Un canasto o estante para guardar materiales, desarrollando
hábitosdehigieneyorden.
d.6 Algún mueble (estante) con puertas para ubicar materiales de
usodeloseducadoresyeducadoras.
d.7 Materialesdediferentestexturas,coloresformasytamaños.
d.8 Pelotasdetamañogrande,medianasypequeñas.
d.9 Materiales que favorezcan el desplazamiento (carritos para
empujar,sogas),enningúncaso“andadores”.
d.10Distintos materiales que tengan sonidos para desarrollar la
acústica: sonajeros, pitos, xilófonos, campanitas, radio-
cassettes,uotrosaparatosoinstrumentosdemúsicasinriesgo.
Para los niños y niñas desde dos años (2) hasta los cinco (5) años de
edad,elespaciocontarádelossiguientesmateriales:
a.1 Inodoros a la altura de los niños y las niñas, con soporte o
adaptador adicional que los ayude a utilizarlos con
independencia.
a.2 Una ponchera grande, en caso de que no exista otro espacio
donde asear a los niños y las niñas, para que los que aún no
controlan esfínteres,seinicienenesteaprendizaje.
a.3 La instalación sanitaria estará próxima al área donde se
encuentren niños y niñas, facilitando su autonomía, así como la
supervisiónadulta.
b.1 Colchasparaeldescanso.
Normativas Generales
38
c.1 Mesasysillas,segúneltamañodelosniñosylasniñas,lascuales,
también serán utilizadas para realizar técnicas grafo-plásticas y jugar
condistintosmaterialesyjuegosdeingenio.
d.1 Para el juego dramático: Materiales alusivos a áreas del hogar,
del supermercado, el consultorio médico, el restaurante, el
circo, el muelle, la escuela, el banco, la panadería, el bohío, etc.
Los materiales requeridos se obtendrán con aportes de los
mismos niños y niñas con artículos del hogar, materiales del
medioyotros,defácilmanejoparaellosyellas.
d.2 Materiales didácticos que permitan alinear, trazar, contornear,
encajar, ensartar, ensamblar, agrupar, clasificar, seriar, entre
otras que desarrollen la madurez intelectual y motora. Los
materiales sugeridos son: rompecabezas, bingos, dominós,
juegos de armar, bloques pequeños, cartón e hilo para ensartar,
juegos de memoria, así como otros localizables en su medio,
todosacordesalaedaddelosniñosylasniñas.
d.3 Materiales que permitan construir, diseñar y crear. Con esta
actividad, el niño o la fortalecerá su capacidad creativa,
experimentando la elaboración de diseños propios, la destreza
para manipular diferentes formas y tamaños de objetos, y su
capacidad para solucionar problemas. Los materiales a utilizar
son: Bloques de diferentes tamaños y texturas, cajas, casas,
granjas,animalesplásticos,maquetas,muñecosdepersonas.
La educadora o el educador proveerán, mediante su modelaje,
formasinteresantesde utilizarelárea.
d.4 Materiales de literatura infantil que aproximen a los niños y las
niñas a la comunicación escrita y ampliación de su vocabulario,
y desarrollo de la imaginación y el lenguaje, mediante la
manipulación de diferentes libros de cuentos, enciclopedias,
poemarios, cancioneros, así como un radio-casette o CD de ser
posible. Para estas actividades se contará con una mesa y silla,
o bien con cojines para que los niños y las niñas trabajen con
comodidad.
d.5 Materiales de recreación en espacios exteriores e interiores:
Gomas, sogas, barras de equilibrios, carritos, materiales de
d. Para actividades del juego-aprendizaje y maduración del
desarrollointegral
Normativas Generales
39
desechos, entreotros.
d.6 Materiales variados para fomentar la creatividad y destrezas
artísticas de los niños y las niñas, para promover la creatividad,
como por ejemplo: lápices de colores, temperas, crayones,
marcadores, tizas, pastel en tizas, pintura acrílica, brochas de
diferentes gruesos y tamaños, papeles de seda, de dibujo, de
construcción,materialesdedesecho,etc.
También aquí es posible utilizar recursos del medio ambiente
comosoportesparadistintasmanualidadesuobras.
d.7 Materiales para las actividades de expresión musical que
permitirán ampliar sus experiencias, la transmisión de la cultura,
y la inclinación por la música. Se proveerán instrumentos
musicales como panderetas, güiras, palitos, xilófonos, radio-
cassettes,uotroselaboradosconmaterialesdelmedio.
d.8 Materiales que permitan que el niño o la niña explore,
experimente y manipule, como: lupas, balanzas, espejos,
animales, plantas, agua, imanes, arena, coladores, pinturas,
caracoles,etc.,comosoportedeactividadesdeinvestigaciónen
las ciencias, los estudios sociales y las matemáticas
integradamente. Estasactividadesestimulaneldescubrimiento
y exploración del medio natural mediante la observación de
características y cualidades de los seres vivos (plantas,
animales, personas), así como de otros componentes de la
naturaleza, descubriendo y experimentando relaciones
dinámicas de causa-efecto, y formando hábitos de valoración y
cuidado del medio ambiente. El personal de las
Estancias Infantiles evaluará cuidadosamente todo tipo de
material a manipular por los niños y las niñas, constatando que
se encuentren libres de toda toxicidad, especialmente útiles de
pintar,colasypapeles.
La Evaluación tendrá por objeto verificar el proceso de maduración y
desarrollo de las capacidades de los niños y niñas. Será global, formativa y
continua. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal
delprocesodeevaluación.
Los procedimientos e instrumentos para el seguimiento y evaluación
Párrafo.-
Titulo XIII
Del Sistema de Evaluación del Proceso Educativo en la Estancia
Infantil
Art. 24.-
Art. 25.-
Normativas Generales
40
delos niños yniñas seránlos indicados paraelNivel Inicial porlaSecretaríade
Estado de Educación en la Ordenanza 1-96, o cualquier otra norma de la
SecretaríadeEstadodeEducación(SEE)quelamodifiqueconposterioridad.
- Las Estancias Infantiles se basarán en el calendario escolar
establecido por la Secretaria de Estado de Educación (SEE) para la apertura y
cierre de clases, ofreciendo programas alternativos en el verano, como
estrategia para la continuidad de la prestación de los servicios. Elaborarán su
calendario escolar, por su naturaleza y fines, de atención a los niños y niñas en
funcióndelperiododetrabajodelospadres,padresotutoresasucargo.
Párrafo.- Para los periodos de vacaciones colectivas y días feriados, las
Estancias Infantiles se acogerán a lo establecido para cada año, por la
SecretaríadeEstadodeTrabajo(SET),basadoenlaLey139-97.
por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y
resolutada con el Número: 03-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos
mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República
Dominicana.
pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio
del 2008 que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las
Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la
SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno
delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI.
Titulo XIV
Calendario Escolar
Art. 26.
Aprobada:
Revisada:
Normativas Generales
41
Normativas Generales
42
4.- NORMA SOBRE LA RELACION DE LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD EN
LASESTANCIASINFANTILES
Título I
De la Responsabilidad de la Estancia Infantil
Art.1.-
Art. 2.-
Art. 3.-
Art. 4.-
Art. 5.-
Art. 6.-
Art. 7.-
Art. 8.-
Título II
De la Responsabilidad del Comité de Padres, Madres, Tutores y
Amigos de la Estancia Infantil
Art. 9.-
Art. 10.-
Art. 11.-
CumplircontodaslasregulacionesemanadasdelConsejoNacionalde
EstanciasInfantiles(CONDEI).
Manejar como una comunidad única el equipo de trabajo que sea
colectivamenteresponsabledelprocesodedesarrollointegraldelniñooniña.
Formular y desarrollar programas formativos para la familia y
comunidad, con la finalidad de renovar actitudes, comportamientos y
prácticas.
Mantener informados de los procesos, cambios, actividades, eventos,
así como enviar a las madres, padres y tutores la agenda o calendario de
actividadesarealizarseenlaEstanciaInfantil.
Facilitar la creación de comités de padres, madres, tutores y amigos,
conlafinalidaddeapoyarlosproyectoseducativos.
Participar activamente, a través de su personal técnico, en las
reunionesdepadres,madres,tutoresyamigos.
Involucrar al comité de padres, madres, tutores y amigos en diferentes
decisiones,planesyactividadespropiasdeldesempeñodelaEstanciaInfantil.
Fomentar la creación de Escuelas de padres, madres, tutores y
amigos, como forma de fortalecer los vínculos entre Familia, Estancia y
Comunidad.
Conformar un Comité o Junta DirectivaAnual, con un número de 5 a 9
miembrosyelaborarunreglamentointerno.
Convocar a reuniones de trabajo y participar en las reuniones y/o
actividadesenlasqueseestablezcasuparticipaciónenlaEstanciaInfantil.
Participar en actividades permanentes de gestión, aportando
elementosdeanálisisdesituación(diagnóstico)delacomunidad.
Normativas Generales
43
Título III
De la Responsabilidad de la Familia con la Estancia Infantil
Art. 12.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
Título IV
De la Relación de la Estancia Infantil y la Comunidad
Art. 13.-
a.
b.
Son responsabilidades fundamentales de la familia con el servicio de
EstanciasInfantileslasquesedescribenacontinuación:
Propiciar la asistencia y puntualidad de sus hijos e hijas a la Estancia
Infantil.
Recoger al niño o niña a la hora establecida por la Estancia Infantil. De
no poder hacerlo personalmente el niño o la niña será recogido sólo
por laolaspersonas autorizadasporescritoatalfin.
Participar en actividades permanentes y coyunturales de toma de
decisiones, a través del Comité de Padres y Amigos, reuniones,
talleres de capacitación, evaluación de los niños y las niñas, cuando la
dirección de la Estancia le cite, y otras de apoyo al proceso educativo
desushijosohijas.
Cumplirlasnormas,políticasyprocedimientosdelaEstanciaInfantil.
Colaborar, participar y ser parte de las acciones del Comité de
padres,madresytutoresdelaEstanciaInfantil.
Mantener una comunicación abierta con el personal de la Estancia
Infantil,participandoenlaevaluaciónpermanentedelprograma.
Informar a la Estancia Infantil en caso de ausencia del niño o la niña
pormásdeundía.
Informar a la dirección de la Estancia Infantil, en caso de enfermedad
infecto-contagiosa, con la finalidad de que se tomen las medidas
correspondientes.
Informar cambios significativos en la vida del niño o la niña
(separación, divorcio, enfermedad en la familia, muerte de seres
queridos, mudanza, abuso, hermano o hermana nuevo, otros) para
brindar al niño o la niña el apoyo necesario para que aprenda a
adaptarseasituacionesnuevasdesuambiente.
Mantener actualizada la documentación requerida por la Estancia
Infantil.
La Estancia Infantil gestionará la colaboración de personas u
organizacionesdelacomunidadpara:
Apoyar profesional y técnicamente sus áreas de atención, según los
saberesycompetenciasdelosintegrantesdelacomunidad.
Desarrollar tareas voluntarias, con la participación de adultos,
jóvenes, estudiantes y cualquier otro personal que cumpla los
Normativas Generales
44
requisitos establecidos en la norma de Recursos Humanos
elaborados por el Consejo Nacional de Estancias Infantiles
(CONDEI).
Involucrar a organizaciones o instituciones, especialmente a las que
agrupan a personas con discapacidad, para que participen en la
determinación de necesidades, formulación de opiniones y
prioridades,evaluacióndelosserviciosypromocióndecambiosdesu
interés.
por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y
resolutada con el Número: 04-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos
mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República
Dominicana.
pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio
del 2008 que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las
Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la
SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno
delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI.
c.
Aprobada:
Revisada:
Normativas Generales
45
46
5.- NORMA SOBRE LOS RECURSOS HUMANOS EN LAS ESTANCIAS
INFANTILES
Título I
Objeto
Art. 1.-
Título II
De la Estructura Organizativa
Art. 2.
a) PersonalAdministrativo
b) PersonalDocente
c) PersonalMultidisciplinario
d) PersonaldeApoyo
Párrafo.
La presente norma tiene por objeto definir el perfil de los Recursos
Humanos que laboran directamente con los niños y niñas desde cuarenta y
cinco(45)díasdenacidoshastaloscinco(5)añosenlasEstanciasInfantiles.
- La Estancia Infantil de acuerdo con su estructura organizativa contará
conelsiguientepersonal:
1. EncargadooEncargada
2. Secretarioosecretariaasistente
1. CoordinadorocoordinadoraEducativa
2. EducadoroEducadora
3. EducadoroEducadoraasistente(animadora)
1. AuxiliardeEnfermería
2. PsicólogooPsicóloga
3. TrabajadoroTrabajadoraSocial
4. EspecialistasenNeurodesarrollo
5. Logopeda
6. TerapeutaOcupacional
7. TerapeutaFísico-motor
8. Nutricionista
1. PersonaldeCocina
2. PersonaldeLimpieza
3. PorterooPorteraasistente
4. Sereno
La prestación de los servicios de Psicología, Trabajo Social,
Promoción de la Salud, así como atención a necesidades educativas
especiales, es obligatoria en todas las Estancias, bien a través de personal
Normativas Generales
47
permanente de planta, de personal contratado a medio tiempo o a tiempo
parcial, o bien mediante acuerdos con instituciones o profesionales que
brindenestosservicios,tantoenlapropiaEstanciacomoenotroespacio.
Las estancias infantiles observarán estrictamente una adecuada
relación del número máximo de niños y niñas por cada persona adulta
(educadoroeducadora)encargadodesuatención.
De45díasdenacidosa1año :6niñosy/oniñasporeducador/a.
De1a2añosdeedad :6niñosy/oniñasporeducador/a.
De2 a3añosdeedad :12niñosy/oniñasporeducador/a.
De3a4añosdeedad :18niñosy/oniñasporeducador/a.
De4a5añosdeedad :20niñosy/oniñasporeducador/a.
Serán requisitos generales para todo el personal que se reclute o
laboreenlasEstanciasInfantiles:
Buenasaludfísicaymental.
Buenasrelacioneshumanas.
Buenahigienepersonal.
Facilidaddeexpresión.
Vocacióndeservicio.
Actitudpositivaanteloscambios.
Disposiciónparaasumirloscambios.
Noantecedentespenales.
Notoxicomanía.
.- En virtud de la alta responsabilidad de atender a la primera infancia, el
personal que se reclute o labore en una Estancia Infantil se someterá de forma
obligatoriaarevisiónanualdesuestadodesalud,62,60tantofísicocomo
mentalyaexámenesdelaboratorioscomolosquesiguen:
Hemograma.
Hepatitis.
Orina.
Coprologico.
Tuberculosis.
DRL.
Título III
De la Relación Adulto / Niño o Niña
Art. 3.-
a.
b.
c.
d.
e.
Título IV
De los Requisitos Generales para el Personal de las Estancias
Infantiles
Art. 4.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
Art. 5
a.
b.
c.
d.
e.
f.
Normativas Generales
48
g.
Párrafo I.
Párrafo II.
Título V
De la Descripción de Puestos
Art. 6.-
a.
b.
c.
PárrafoI
Párrafo II
Mapa Nacional de la Pobreza
Art. 7.-
a.
Cualesquiera otras pruebas que se requieran para detectar
enfermedades infecto-contagiosas cuando existan sospechas
clínicasoepidemiológicasdelasmismas.
Todas las pruebas que se requieran para evaluar el estado general
de salud del personal, serán gestionadas por cada institución, pudiendo
solicitarse pruebas adicionales en los casos en que proceda, siempre que
estén directamente referidas a situaciones de salud que interfieran en la
seguridad de los niños y las niñas, o en el desenvolvimiento de las tareas
asignadas.
La persona que presente o se le constate una enfermedad infecto-
contagiosa a raíz de los exámenes practicados, o de cualquier otra forma, NO
podrá ejercer sus funciones en la Estancia Infantil mientras persista la
condiciónpatológica.
El Encargado o Encargada, como responsable de los procesos de
dirección, coordinación, organización, supervisión y evaluación del trabajo
docente y administrativo del centro deberá permanecer en la estancia durante
toda la jornada y contará como requisito, al menos, con alguno de los
siguientestítulos:
LicenciadoolicenciadaenEducación,conpreferenciaenEducación
Inicialosimilar.
LicenciadooLicenciadaenPsicología.
Licenciado o licenciada en Administración u otra área afín, con
HabilitaciónDocente.
.Enadición,mostraráunaexperienciapreviaeneláreadeunmínimo
dedos(2)añosyhabilidadesgerenciales.
. En aquellas Estancias ubicadas en zonas definidas de extrema
pobreza en el donde no exista el perfil
requerido, podrá optar por la posición de encargado o encargada de Estancia
Infantil,personalformadocomomaestroomaestranormal.
La secretaria o secretario, bajo la supervisión del encargado o
encargada realiza labores secretariales y de apoyo administrativo para
mantener al día todo lo relacionado con la oficina y el desempeño de la
EstanciaInfantil,contandoconlossiguientesrequisitos:
TítulodeBachiller.
,
Normativas Generales
49
b.
c.
Art. 8.-
a.
b.
Párrafo.
a.
b.
Art. 9.-
a.
b.
c.
Párrafo.
CertificadodecursoSecretarial.
Preferentementeconexperienciaenelárea.
El coordinador o la coordinadora educativa es la persona que ,
coordina, guía y participa en los procesos de planificación, evaluación y
ejecución de los programas educativos, acompañando a los educadores y
educadoras y manteniendo bajo su responsabilidad directa a las educadoras
asistentes (animadoras), con orientaciones e indicaciones pertinentes, a fin de
garantizar la calidad de los servicios. El coordinador o la coordinadora
educativa contarán como requisito, al menos, con alguno de los siguientes
títulos:
LicenciadoolicenciadaenEducaciónInicial.
LicenciadoolicenciadaenEducaciónBásica,conespecializaciónen
EducaciónInicial.
Adicionalmente mostrará una experiencia previa en el área de un mínimo de
dos(2)añosy habilidadesgerenciales.
La posición de coordinador o coordinadora educativa se requerirá
obligatoriamenteenunodelossiguientescasos:
Cuando el encargado o encargada de la Estancia Infantil no sea del
áreaeducativa.
Cuando la Estancia Infantil tenga más de cuatro (4) salones o aulas,
aunque el encargado o encargada sea del área educativa, cada
Estancia tendrá un coordinador o coordinadora educativo por cada
ocho(8)salonesoaulas.
El educador o educadora es la persona responsable de guiar al grupo
de niños y niñas en el desarrollo del programa educativo, a través de
estrategias y actividades coherentes con las características evolutivas e
intereses propios a la edad de cada niño o niña. El educador o educadora,
ademásdetenerconocimientodelanormadeeducaciónInicialdelCONDEI,
contarácomorequisito,almenos, conalgunodelossiguientestítulos:
Licenciadoolicenciada enEducaciónInicial.
LicenciadoolicenciadaenEducaciónBásicaespecializadoen
EducaciónInicial.
Gradodeprofesoradoodehabilitacióndocente.
Se evaluara el personal con trayectoria de participación en cursos,
Normativas Generales
50
talleresyseminariosdeactualizacióneneducaciónyconexperienciadocente.
El educador o educadora asistente (animador o animadora), es la
segunda con carácter de permanencia en el salón, y que
acompaña al educador o educadora en el desarrollo del programa educativo
paraungrupodeniñosyniñas.Tienecarácterdeobligatoriedadenlossalones
de aquellas Estancias donde se supere la relación niño/niña-
educador/educadora indicada para cada edad. El Educador o educadora
asistentereunirácomorequisitoser:
Bachiller.
EncontrarsecursandoestudiossuperioresdeEducaciónoáreaafín.
Tanto el encargado o encargada de la Estancia Infantil, como el
coordinador o la coordinadora educativa y los educadores o educadoras
tendránconocimientosobre:
LaLey87-01quecreaelSistemaDominicanodeSeguridadSocial.
LaLey136-03,oCódigoparaelSistemadeProtecciónylosDerechos
FundamentalesdelosNiños,NiñasyAdolescentes.
ElcurrículoparaelnivelinicialdelaSEE.
La Ley General de Salud 42-01y la Cedula de salud del Niño y de la
Niña.
Losreglamentos,normas,procedimientosyguíasdelCONDEI.
LaVisión,Misión yMetodologíapropiadelaEstanciaInfantil.
LasetapasEvolutivasdelapoblaciónde0a5añosdeedad.
La encargada o encargado de cocina es responsable de la
preparación de los alimentos de los niños y niñas, según el menú establecido,
contandoconlossiguientesrequisitos:
Saberleeryescribir.
Sermayordeedad.
Destrezaenelárea.
Preferentementeconexperienciacomprobada.
La encargada o encargado de limpieza realiza labores de limpieza
para garantizar una óptima higiene en la Estancia Infantil, contando con los
siguientesrequisitos:
Saberleeryescribir.
Sermayordeedad.
Habilidadenelárea.
Art. 10.-
persona adulta
a.
b.
Art. 11.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
Art. 12.-
a.
b.
c.
d.
Art. 13.-
a.
b.
c.
,
Normativas Generales
51
Art. 14.-
a.
b.
Título VI
De los Programas de Capacitación
Art. 15.-
Art. 16.-
Art. 17.-
Título VII
De la Responsabilidad de la Estancia Infantil
Art. 18.-
Párrafo.
Título VIII
De la Responsabilidad del CONDEI
Art. 19.-
Art. 20.-
Aprobada:
El portero o la portera asistente, realiza labores de seguridad y
limpieza,contandoconlossiguientesrequisitos:
Saberleeryescribir.
Sermayordeedad.
El CONDEI acompañará a la AEISS en el cumplimiento de los
programas de capacitación necesarios para el personal que labora en las
EstanciasInfantiles,entemasrelacionadosconcadaáreadedesempeño.
La AEISS será responsable de gestionar acuerdos con las
universidades o instituciones reconocidas por Secretaria de Estado de
Educación Superior, Ciencia y Tecnología para el desarrollo de los programas
decapacitación.
El CONDEI, mediante supervisión, verificará el cumplimiento de los
programas de capacitación, a través de los certificados y títulos expedidos
incluidosenelexpedientelaboral.
Las Estancias Infantiles, víaAEISS, suministrarán trimestralmente al
Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) la relación del personal
quelaboradirectamenteconlosniñosylasniñas.
Al momento de producirse cambios en este personal de la Estancia
Infantil,seránnotificadosinmediatamenteporlaAEISSalCONDEI.
El Consejo Nacional de Estancias Infantiles supervisará y evaluará
los expedientes relativos a los recursos humanos que laboren directamente
conlosniñosylasniñas.
El CONDEI velará para que se definan y ejecuten políticas para la
evaluacióndeldesempeñoeincentivodelpersonal.
por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y
resolutada con el Número: 05-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos
Normativas Generales
52
mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República
Dominicana.
pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio
del 2008 que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las
Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la
SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno
delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI.
Revisada:
Normativas Generales
53
Normativas Generales
54
6.- NORMA SOBRE LA SALUD AMBIENTAL EN LAS ESTANCIAS
INFANTILES
Título I
Objeto
Art. 1.-
Título II
DelaExposiciónaPeligrosyRiesgosAmbientalesalNiñoylaNiña
Art. 2.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
Art. 3.-
a. Lavarselasmanosconaguayjabónenlossiguientescasos:
Art. 4.-
a.
b.
c.
d.
La presente norma tiene por objeto definir los parámetros que permitan
a las Estancias Infantiles identificar y prevenir las amenazas y riesgos
ambientalesalasaluddelosniñosyniñas.
Las Estancias Infantiles tomarán como indicadores de peligro y riesgo
ambientaleslossiguientes:
AguaInsalubre
Deficientehigieneysaneamientobásico
Inadecuadadisposicióndelosresiduossólidos
Contaminacióndelaire
Contaminaciónacústica
Enfermedadestrasmitidasporvectores
Peligrosquímicos
Traumatismosnointencionales
Contaminaciónvisual.
La Estancia Infantil garantizará, el desarrollo de las siguientes
prácticashigiénicasenlosniñosyniñas:
a.1 Antesdecadacomida.
a.2 Despuésdecadacomida.
a.3 Despuésdejugar.
a.4 Antesydespuésdeirelbañoycadavezqueesténsucias.
Como parte de la higiene y el saneamiento básico la Estancia Infantil
contribuirá a prevenir la contaminación fecal, para lo cual desarrollará las
siguientesactividades:
Revisarquelasuñasdelosniñosyniñas esténcortasylimpias.
Limpiar bien al niño y la niña, o ayudarlo a hacerlo, siempre que sea
necesario.
Verificar,traselusodelinodoro,quesehayatiradodelapalancayque
elmismohayaquedadolimpio.
Encasodequeestéafectadoelfuncionamientodelserviciosanitario,
laEstanciaInfantilgarantizaráaguaparaladescargadelasheces.
Normativas Generales
55
e.
f.
g.
h.
Art. 5.
a. AlinteriordelaEstanciaInfantil
b. AlexteriordelaEstanciaInfantil
c. ConrelaciónalosDesechosSólidos
Art. 6.-
a. Medidasinherentesalservicio
b. Medidasdecoordinación
En caso de usar “bacinilla”, se asegurará la disposición final de la
excretaenlaletrinaoinodoro,tanprontoelniñofinalicesunecesidad.
Lavar los genitales del niño o niña cuantas veces sea necesario para
evitaracumulacionesderestosdeorinaysecrecionesdiversas.
Cambiar la ropa después del baño, y cada vez que sea necesario, con
laropaentregadacadadíaporlamadre,padreotutordelniñoolaniña.
Garantizar un adecuado sistema de disposición de las heces así como
demantenimientoregular paraqueopereadecuadamente.
La Estancia Infantil desarrollará actividades de prevención de
contaminacióndelairededosformas:
a.1 ManteniendolaEstanciaInfantillibredelconsumodetabaco.
a.2 Manteniendounabuenaventilación.
a.3 Mantener los alrededores libre de humo o quemas de desechos
sólidos
b.1Coordinandoactividadesdecapacitaciónatravésdelasociedadde
padres,madres,tutores,amigosyamigasdelaEstanciaInfantil.
b.2CoordinandoactividadesdepromocióndesaludconlasUnidadesde
AtenciónPrimaria(UNAP)delsector.
b.3 Coordinando con entidades del sector el control de fuentes emisoras
de contaminación.
c.1Disponerderecipientesplásticoscontapaofundasplásticasparalos
residuossólidosdomiciliarios
c.2Gestionarconelayuntamientolarecogidadelasfundasplásticasque
contienenlosresiduossólidos
Los riesgos de enfermedades transmitidas por vectores se manejarán
porlosserviciosdeEstanciasInfantilesendosvertientes.
a.1 Espacios libres de mosquitos y otras plagas (cucarachas, ratones,
etc.)
a.2 Mantenerloslugareslibresdeaguaacumulada.
a.3 Taparadecuadamentelosrecipientesdondesealmacenaagua.
b.1 Coninstituciones
b.2 Conorganizaciones
b.3 Con la sociedad de padres, madres, tutores, amigos y amigas de la
Normativas Generales
56
Estancia Infantil entre otros, en la misma línea que las medidas
establecidasenelacápitea.
En las Estancias Infantiles se adoptarán las siguientes medidas de
protecciónparamanejarlassituacionesderiesgodelentorno:
a.1 Mantener los productos de limpieza, combustibles, solventes,
plaguicidas y otros productos químicos de uso domestico, para uso
de la Estancia Infantil, envasados y guardados en un lugar alto y
seguro, claramente etiquetados, nunca en recipientes de uso
alimenticioreconocido(botellas,…).
a.2 Usarenvasesconcierredeseguridadparaproductosfarmacéuticos
yquímicos.
a.3 Mantenerlosbajollaveyenlugaresinaccesiblesparalosniñosylas
niñas.
a.4 Tenerespaciosclaramentediferenciadosparaguardarlosalimentos
yparaguardarlosproductosquímicos.
a.5 Colocarletrerosorótulosvisiblesparaquetodoelpersonalque
trabajeconlosniñosylasniñasconozcasobrelaexistenciadeestos
productos.
ElServiciodeEstanciaInfantildesarrollaráaccionesparaevitarquelos
niñosylasniñassufranintoxicaciones,caídasyquemaduras;paraello:
Utilizará tapas con cierre de seguridad en los recipientes de
plaguicidas,medicamentosy sustanciasquímicas.
Vigilaráalosniñosyniñasdurantesuperiododejuego.
Evitaráelpasodeniñosyniñasaláreadecocina.
Mantendráaisladoslostomacorrientes.
La Estancia Infantil puede funcionar en cualquier área geográfica del
país:Urbana,urbanamarginalyrural,siempreycuandocumplaencuantoasu
ubicación,conlossiguientesrequisitos:
Fácilacceso.
Salud Ambiental: Alejada de prostíbulos, lugares de apuestas, bares,
vertederos de basura, basureros, estaciones de gasolina, talleres de
baterías, ebanistería o soldadura, granjas de animales, estaciones
eléctricas,transformadores,tendidoseléctricosdealtatensión,aguas
negras,calleso avenidasdemuchotránsito.
Al momento en que el niño y niña juegue, se tomarán en cuenta en el
áreaexteriorpararecreaciónlosiguiente:
c.1 Que se encuentre rodeada por una cerca con una altura mínima de
Art. 7.-
a. Contralospeligrosquímicos
Art.8.-
a.
b.
c.
d.
Título III
Del Medio Ambiente exterior a la Estancia Infantil
Art. 9.-
a.
b.
c.
Normativas Generales
57
1.50 metros, que impida el paso de niños o niñas, y sobre la cual no
puedantrepar.
c.2 Contarconmedidasdeprotecciónybarandasdeseguridad.
c.3 Quenoexistanbasurasydesperdicios.
c.4 Quenohayaobjetospunzantesoquerepresentenpeligros.
c.5 Queenlazonanoexistaaguaestancada.
c.6 Que el terreno no tenga pozos, cuevas, cambios bruscos de altura o
lugarespróximosacarreteras.
c.7 Quetengavisibilidadparalaspersonasadultasacargo.
c.8 Queseencuentrelibredeaccesoapersonasnoautorizadas.
c.9 Quetengajuegosdepatio.
c.10Quenoexistanplantaspunzantesoquepuedanproduciralergias.
-En lo referente a la planta física la Estancia Infantil cumplirá los
siguientesrequisitos:
Construida a una distancia mínima de 5 metros de las calles que le
circundan,enunazonalibredemuchotránsito,oenunacalleapacible.
: De Madera o Block, en buenas condiciones, sin presencia de
insectos.
: De cemento, mosaico o granito, sin desniveles ni escalones
innecesarios.
: Zinc o plato de concreto. Toda estructura estará en buenas
condiciones, sin filtraciones, grietas, etc., o tener presencia de
insectos. Todos los ambientes tendrán suficiente ventilación e
iluminaciónnatural.
:DeBlockomallaciclónica,nuncaconpuyasovidriosensutope.
En caso de que haya escalera poseerán pasamanos y anti-
resbalantes.
Rampadeaccesoparapersonasdiscapacitadas.
Que las tuberías de aguas blancas y residuales se encuentren
empotradas.
: De vidrio, madera o aluminio; limpias, en buenas
condicionesysinpresenciadeinsectos.
El espacio interior de la Estancia Infantil cumplirá los siguientes
requisitos:
Buenailuminación conlamayorcantidaddeluznatural,denoserposi-
Título IV
De la Estructura Física de la Estancia Infantil
Art. 10.
a.
b. Paredes
c. Pisos
d. Techos
e. Verja
f.
g.
h.
i. Puertas y ventanas
Título V
Del Medio Ambiente Interior de la Estancia Infantil
Art. 11.-
a.
,
,
Normativas Generales
58
ble, luzartificialconlámpara.
Buena ventilación e iluminación natural
ventilación, con máxima circulación de aire fresco, con ventanales
grandes a la altura de los niños y niñas, a fin de que alcancen a ver
el espacio exterior. La ventilación será con aire acondicionado, aba-
nicos de techo o de pared, nunca de pedestal o de piso.
Lasinstalacioneseléctricas,empotradasenparedesytechoscomo
medidadeseguridadparaevitarquelosniñosylasniñasseaccidenten,
estará cuidadosamente protegida. Los toma corrientes se situarán
altosparausodelosadultos,oconprotectoresdeseguridad.
Las instalaciones sanitarias estarán equidistantes de todas las áreas,
diseñadas según el tamaño y características de los niños y las niñas,
propiciando el manejo independiente de los mismos, por parte de los
niños y las niñas, y la supervisión adulta. Poseerán papel, jabón y
toallas a disposición de los niños y las niñas. Muy importante es que los
niños y las niñas sientan que pueden contribuir al mantenimiento de la
limpieza, por lo que se tendrán zafacones para depositar el papel luego
de su uso. Si es posible, dentro de cada salón habrá un lavamanos
(como área de aseo) que contribuya al permanente ejercicio de las
prácticas de higiene y fortalecimiento de los hábitos de auto-cuidado.
En lo posible, los baños funcionarán por separado para niños y para
niñas,asícomodelbañoparalosadultosacargo.
Es indispensable el agua en el funcionamiento de las Estancias
Infantiles. En caso de que no se reciba apta para el consumo humano,
se implementará tratamiento del agua a nivel domiciliario (hervida,
filtrada o mediante tratamiento químico), si en el sector se presentan
problemas con el fluido del agua es necesario tener cisterna, pozo o
tinacos de gran capacidad, debiendo lavarse y desinfectarse con
regularidad. Los puntos donde se debe hacer llegar llaves de agua son:
lacocina,losbaños,eláreadesaludyelpatio.
Las estancias mantendrán uniformidad en los colores, usando pintura
sin plomo, con colores para los salones que se correspondan con los
gustos e intereses de los niños y las niñas, y que las paredes de los
salones sean fácilmente lavables a fin de mantenerlas limpias e
higiénicas.
El área de alimentación y comidas estará ubicada preferentemente en
el centro, o en el patio, con acceso fácil para los días de lluvia. Tendrá
mesasysillas,pudiendoserunáreacerradaoungacebo.Espreferible
que tenga los lavamanos cerca y que pueda ser usado para otras
actividades.
La cocina será obligatoriamente limpiada cada vez que se utilice; sus
paredes estarán revestidas preferentemente de azulejos; tendrá
zafacón con tapa para los residuos; fregadero para el lavado de vajilla;
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
Normativas Generales
59
y preferiblemente un extractor de humos y olores; estando alejada del
áreadetrabajodelosniñosylasniñas.
Los equipos utilizados para la preparación de los alimentos, diariamente
seguardaránlimpiosyenunlugarlibredelaccesoderatasyalimañas.
La Estancia contará con un espacio habilitado para el almacenamiento
de los alimentos no perecederos, así como congelador y/o nevera para
losperecederos.
Los instrumentos cortantes se guardarán en lugares fuera del alcance
deniñosyniñas.
Los alimentos, juguetes, equipos y todos los artículos en contacto con
elniñoolaniñaseprotegeránparaevitartodacontaminación.
La Estancia tendrá un buen estado de limpieza en paredes, pisos,
baños, realizándose una limpieza general de la misma una vez por
semana.
El mantenimiento general de la Estancia se realizará por lo menos dos
veces por año, abarcando limpieza de cisterna, fumigación, poda de
árboles,asícomorevisiónyreparacióndelasinstalacionesfísicas.
La basura y desperdicios serán sacados diariamente de la Estancia
Infantil, almacenadas en fundas con amarres, y colocada en el lugar
apropiadoparasurecogidaporelcamiónrecolector.
Los cilindros de gas estarán ubicados en lugares alejados del área de
trabajo con los niños y las niñas, fuera de la cocina y de la despensa,
preferiblementeenunlugarhabilitadoparaestosfines.
por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y
resolutada con el Número: 06-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos
mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República
Dominicana.
pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio
del2008 quecreólaComisiónEspecialparaeliniciodelfuncionamientodelas
Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la
SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno
delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI.
j.
k.
l.
m.
n.
ñ.
o.
p.
Aprobada:
Revisada:
Normativas Generales
60
7.- NORMA SOBRE LA SALUD MATERNO-INFANTIL EN LAS ESTANCIAS
INFANTILES
Título I
Objeto
Art. 1.-
Título II
De la Promoción de la Salud
Art. 2.-
Art. 3.-
Art. 4.-
Art. 5.-
Art. 6.-
Art. 7.-
Título III
Servicios de Atención de la Salud
Art.8.-
Art. 9.-
La presente norma tiene por objeto contribuir con la salud materno-
infantil y el cumplimiento de estándares básicos que garanticen el bienestar y
eldesarrolloplenodelosniñosylasniñasatendidosenlasEstanciasInfantiles
delSistemaDominicanodeSeguridadSocial.
La promoción de la salud es el proceso que proporciona a las
poblaciones los medios necesarios para ejercer un mayor control sobre su
propiasaludyasípodermejorarla.
En las Estancias Infantiles se realizarán actividades de educación para
la salud, con la finalidad de que los niños y las niñas aprendan a conocer su
cuerpoyacuidarsusaluddesarrollandohábitossaludables.
Las familias se beneficiarán de actividades de promoción de la salud a
travésdecharlas,talleres,conferencias,odecualquierotratécnicainteractiva,
con la finalidad de potenciar el desarrollo de sus hijos o hijas respecto a su
salud,prevencióndeviolenciaintra-familiarydelabusoinfantil.
Las Estancias Infantiles desarrollarán actividades de promoción de la
saludconlacomunidadysusorganizaciones.
La Estancia Infantil planificará y desarrollará actividades educativas
paraeldesarrollodelhábitodelahigienebucal.
La Estancia Infantil promoverá jornadas, encuentros u otras
actividades interactivas de carácter preventivo, para los familiares del niño o
niña,conlafinalidaddequedesarrollenunamejorsaludfísicaymental.
LaEstanciaInfantilvelaráporquealniñoylaniñaleseanrealizadaslas
evaluaciones de salud periódicas relacionadas con su edad, en función de las
normativasdelaSESPASparaelgrupoetariode0a5años.
La Estancia Infantil vigilará el crecimiento y desarrollo de los niños y las
61
Normativas Generales
niñas.
- La Estancia Infantil revisará la tarjeta de vacunación de los niños y las
niñas con la finalidad de conocer el estado de vacunación de los mismo y
mantener actualizada dicha tarjeta de acuerdo a las Normas del Programa
Ampliado de Inmunización (PAI). En caso de que le falten algunas vacunas,
informaráalafamiliaparaquegestionelaaplicacióndelasmismas.
En caso de que el niño o niña sufra un accidente, trauma o lesión
dentro de la Estancia Infantil, que amerite remisión y atención médica, será
llevado o llevada al establecimiento de salud más cercano, y se le avisará a su
padre,madreotutor.
En caso de disfrutar de servicio de emergencia próximo ofertado por
una Prestadora de Servicios de Salud (PSS) especificada por los padres o
adultos a cargo, se acudirá a la misma, a no ser que se priorice el uso de otro
establecimiento de salud con concierto o de uso habitual por la Estancia
Infantil.
En caso de que al niño o niña se le esté administrando uno o varios
medicamentos, será responsabilidad del padre, madre y tutor, llevar el o los
mismos a la Estancia Infantil, acompañado de la prescripción para su correcta
administración.
La Estancia Infantil promoverá y fomentará hábitos saludables, para
prevenirenfermedadestalescomo:
EDA(EnfermedadesDiarreicas Agudas).
Parasitosis.
IRA(InfeccionesRespiratoriasAgudas),administrando vitaminaA.
Conjuntivitis.
Anemia,mediantemonitoreoperiódico.
Enfermedadesdelapiel.
Cualquier otra enfermedad que padezca el niño o niña, que lo afecte en
sudesenvolvimientoenlaEstanciaInfantil.
.- En caso de que en las Estancias Infantiles se detecten algunas de
las enfermedades descritas anteriormente, u otra infecto-contagiosa o
crónica-degenerativa, informará a la familia para que gestionen la atención
correspondiente. Si la condición del niño o niña amerita atención inmediata se
trasladará a la Unidad de Atención Primaria (UNAP) más cercana, o a la
PrestadoradeServiciodeSalud(PSS)quecorresponda.
Art. 10.
Art. 11.-
Párrafo.-
Art. 12.-
Art. 13.-
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
Párrafo
Normativas Generales
62
Art. 14.-
Art. 15.-
a.
b.
Art. 16.-
Art.17.-
Art. 18.-
Art. 19.-
Art.20.-
Párrafo.-
La Estancia Infantil promoverá la higiene y salud bucal revisando, y
dando seguimiento a la cavidad bucal de los niños y niñas. En casos de que se
amerite de atención especializada en el área, informará a la familia para que
gestionedichaatención.
La Estancia Infantil realizará actividades de prevención de caries en
losniñosyniñassuministrandoflúordelasiguientemanera:
Desde que surgen los dientes, hasta los cinco (5) años de edad,
cepillado oral con pasta dental con flúor después de cada
alimentación.
Desde los tres (3) a los cinco (5) años de edad, enjuague bucal con
flúor cada quince (15) días, o administración de flúor oral cada seis (6)
meses.
La Estancia Infantil detectará indicadores de abuso infantil:
Psicológico, físico y sexual, en caso de conocimiento o sospecha Informará a
lasautoridadescompetentes,segúnestableceelArtículo14delaLey136-03.
LaEstanciaInfantildaráseguimientoaldesenvolvimientoydesarrollo
físico y psíquico del niño o niña, para, en caso de ser necesario, brindar apoyo
en la propia Estancia Infantil, así como informará a la familia para que
gestionenlaatencióncorrespondiente.
La Estancia Infantil velará por la realización de un tamizaje visual
inicial al ingreso del niño o la niña. Adicionalmente, realizará una evaluación
cada seis (6) meses durante el primer año de vida, con la finalidad de observar
el alineamiento visual, para la temprana detección del estrabismo. En caso de
detectarse estrabismo en algún niño o niña, se informará a la familia para que
gestionelaatencióncorrespondiente.
La Estancia Infantil velará por la aplicación del Test de la Campana
(Bell Test), o equivalente, a cada niño o niña que ingrese a la Estancia, para
contribuirasudesarrolloauditivo.
ElpersonaldelaEstanciaInfantilobservaráeldesarrollodellenguaje
de los niños y niñas, iniciando con el gorjeo a los seis (6) meses de edad, y en
caso de alguna alteración, informará a la familia para que gestione la atención
correspondiente.
La Estancia Infantil desarrollará actividades formativas dirigidas a
promover la salud infantil, orientando a los padres, madres o tutores de los
niñosyniñasatendidosenlamisma.
Normativas Generales
63
Título IV
De la Vigilancia de la Salud
Art. 21.-
Art. 22.-
Art. 23.-
Título V
Del Servicio de Farmacia
Art. 24.-
Párrafo. tales como
Título VI
De las Emergencias y Desastres
Art. 25.-
Título VII
De la Cédula de Salud del Niño y de la Niña
Art. 26.-
La vigilancia epidemiológica se realizará en coordinación con la
Unidad de Atención Primaria más cercana a su área de influencia, para los
problemas de salud ambiental, riesgos de enfermedades infecto-contagiosas
yprevencióndeenfermedadescrónicas.
El control de vectores y roedores se realizará mediante el
mantenimiento de espacios libres de residuos sólidos, y manteniendo los
zafaconestapados.Igualmenteseestablecerá controldelasaguasservidasy
almacenadas.
La Estancia Infantil vigilará la presencia de roedores, insectos, aves y
animales con riesgo de transmitir enfermedades al ser humano, aplicando las
medidas de control pertinentes, en coordinación con la Unidad de Atención
Primaria(UNAP)máscercana.
Las Estancias Infantiles garantizarán la gestión, provisión y
administración de medicamentos de emergencia a través de un botiquín que
contenga Analgésicos, Antipiréticos, Antisépticos, Antialérgicos, Materiales
Gastables,Guantes,Baja-Lengua,Vendajes,AlgodónyAlcohol.
Para el suministro de los medicamentos analgésicos,
antipiréticos y antisépticos, se contará con la previa autorización del padre,
madre, tutorotutoradelniñoolaniña.
Las Estancias Infantiles contarán con un plan de emergencia y
desastres, y para estos fines coordinarán con instituciones como la Cruz Roja
Dominicana, Defensa Civil, Cuerpo de Bomberos, el Centro de Operaciones
deEmergencias(COE),entreotras.
La Estancia Infantil tendrá para cada niño y niña una Cédula de Salud
elaborada por la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social
(SESPAS), con la colaboración de la Organización Mundial de la Salud (OMS),
dondesecontemplen lossiguientesaspectos:
Normativas Generales
64
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
l.
m.
n.
o.
p.
q.
Aprobada:
Revisada:
Datosgeneralesdelniñoolaniña.
Datosfamiliares.
Datossobrelavivienda.
Ubicacióngeográficadelavivienda.
Interacciónfamiliar.
AntecedentesMaternos.
AntecedentesPerinatales.
Desarrollopsicomotor.
Desarrollodellenguaje.
Desarrollosocio-emocional.
Desarrollocognoscitivo.
Enfermedadespadecidas.
Antecedentesdeenfermedadesenlafamilia.
Examenfísico.
Inmunizaciones.Programaampliadodeinmunización(PAI)
Observacionesdelniñoydelaniña.
CompromisodelafamiliaconlaEstanciaInfantil.
por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y
resolutada con el Número: 07-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos
mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República
Dominicana.
pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio
del 2008 que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las
Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la
SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno
delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI.
Normativas Generales
65
66
Normativas del consejo nacional de estancias infantile
Normativas del consejo nacional de estancias infantile
Normativas del consejo nacional de estancias infantile
Normativas del consejo nacional de estancias infantile
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  • 1. Normativas Generales Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) Para la Habilitación y Regulación del servicio de las Estancias Infantiles dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social República Dominicana Serie Regulaciones del CONDEI No. 1 2009 Consejo Nacional de Estancias Infantiles CONDEI 1
  • 2. Titulo Original Normativas Generales del Consejo Nacional de Estancias Infantiles CONDEI Diagramación e Impresión Julio 2004 Primera Edición Febrero 2006 Segunda Edición Julio 2009 Tercera Edición E-mail: condei@codetel.net.do Website: www.condei.gov.do Derechos Reservados por el Consejo Nacional de Estancias Infantiles José Abismael García Impresora de León, S.A. 809.530.3062 Santo Domingo, R.D. Impreso en República Dominicana 2
  • 3. INDICE Creación del Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI)....................................................................................... Agradecimientos............................................................................. Presentación................................................................................... 1. Norma que regula el proceso de Habilitación de las Estancias Infantiles en el Sistema Dominicano de Seguridad Social.............. 2. Norma sobre la Alimentación en las Estancias Infantiles 3. Norma sobre la Educación Inicial en las Estancias Infantiles.... 4. Norma sobre la Relación de la Familia y la Comunidad en las Estancias Infantiles........................................................................ 5. Norma sobre los Recursos Humanos en las Estancias Infantiles 6. Norma sobre la Salud Ambiental en las Estancias Infantiles...... 7. Norma sobre la Salud Materno-Infantil en las Estancias Infantiles......................................................................................... 8. Norma sobre la Admisión de Niños y de las Niñas en las Estancias Infantiles......................................................................... 9. Glosario de Términos de las Estancias Infantiles...................... 10. Documentos generales revisados............................................ Autoridades revisoras de las Normativas del CONDEI.................. 05 06 09 11 31 43 47 55 61 67 .79 89 91 ...........25 ......................................................................................... 3
  • 4. 4
  • 5. CreacióndelConsejoNacionaldeEstanciasInfantiles(CONDEI) ElCONDEIestáconformadodeacuerdoalartículo138,porlassiguientes instituciones: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. Se crea mediante el artículo 137 de la Ley 87- 01, con las siguientes atribuciones: Un representante del Órgano Rector del Sistema de Protección al Niño,Niñay Adolescente,quienlopresidirá. El Sub-secretario de Asuntos Sociales de la Secretaría de Salud PúblicayAsistenciaSocial(SESPAS). Un representante del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS). UnrepresentantedelaSecretaríadeEstadodeEducación(SEE). UnrepresentantedelaSecretaríadeEstadodeTrabajo(SET). UnrepresentantedelaSecretaríadeEstadodelaMujer(SEM). El Presidente del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) y/o quien dirija la institución encargada de la niñez por el PoderEjecutivo. Además,porresolucióndelConsejoNacionaldelaSeguridadSocial: LaCentralNacionaldeUnidadSindical(CNUS). ElConsejoNacionaldelaEmpresaPrivada(CONEP). LaSociedadDominicanadePediatría(SDP). a. b. c. d. e. f. g. Formular las políticas, normas y procedimientos para la creación, diseño, construcción y/o habilitación, equipamiento y operación de las estanciasinfantiles. Elaborar y poner en ejecución un reglamento sobre financiamiento, gestión y supervisión de las estancias infantiles; Elaborar proyectos y gestionar recursos internos y externos para extender y/o mejorar los servicios de las estancias infantiles; Supervisar y evaluar las estancias infantiles para el constante mejoramiento de su desempeño. Crear y supervisar Consejos de Estancias Infantiles regionales y provinciales con una estructura y composición similar al CONDEI. Coordinar sus actividades con el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS). Velar por el cumplimiento de las políticas, planes de expansión y desarrollo y de las disposiciones adoptadas por CONDEI y CNSS. Normativas Generales 5
  • 6. Agradecimientos OrganismosdeCooperaciónInternacional • InstitucionesPúblicasNacionales InstitucionesPrivadasNacionales A continuación se detallan las instituciones y profesionales que en diferentes oportunidades han ofrecido significativos aportes al contenido de las presentes Normas, y a quienes brindamos testimonio de permanente gratitud porsucompromisoyapoyo. BancoInteramericanodeDesarrollo (BID) • FondodelasNacionesUnidasparalaInfancia(UNICEF) • ProyectodeReforzamientodelosServiciosdeSalud(PROSISA) • OrganizaciónPanamericanadelaSalud(OPS/OMS) • ComisiónEjecutivaparalaReformadelSectorSalud(CERSS) • ConsejoNacionalparalaNiñezy Adolescencia(CONANI) • ConsejoNacionaldelaSeguridadSocial(CNSS) • AdministradoradeEstanciasInfantilesSalud Segura(AEISS) • InstitutoDominicanodelSeguroSocial(IDSS) • OficinaNacionaldePlanificación(ONAPLAN) • SecretaríadeEstadodeEducación(SEE) • SecretaríadeEstadodelaMujer(SEM) • SecretaríadeEstadodeSaludPúblicayAsistenciaSocial(SESPAS) • SecretaríadeEstadodeTrabajo(SET) • SuperintendenciadeSaludyRiesgosLaborales(SISALRIL) • UniversidadAutónomadeSantoDomingo(UASD) • AcciónparalaEducaciónBásica(EDUCA) • AsociaciónDominicanadeRehabilitación(ADR) • AsociaciónDominicanadelSíndromedeDown(ADOSID) • AldeasInfantilesSOS • Ce-Mujer • CentrodeEstimulaciónTemprana“ ” • EducaciónSinFronteras(ESF) • InstitutoTecnológicodeSantoDomingo(INTEC) • JardínInfantil ONERESPE LaCasitadeColores • Normativas Generales 6
  • 7. • Pre-escolarMontessori • ServicioSocialdeIglesias • UniversidadCatólicadeSantoDomingo(UCSD) • UniversidadIberoamericana(UNIBE) • UnióndeJuventudesEcuménicasDominicanas(UJEDO) • VisiónMundial • FundaciónDominicanadeDéficitdeAtención • Pre-escolarKIDS-N-TAS • Pre-escolarRetoños • MC-SCHOOL • Lic.JoannAlmonte,DirectoraPre-escolarKIDS-N-TAS • Lic.JazmínEstrella,DirectoraGeneralColegioMC-SCHOOL • Dra.JuanaGonzález,Técnico Nacional–ConsejoNacionaldela SeguridadSocial(CNSS) • Ing.HenryHernández,AsesordeSaludAmbiental–Organización PanamericanadelaSalud(OPS-OMS) • Dr.JoséMelchorHerrera,AsesordeSalud-SecretaríadeEstadode SaludPúblicayAsistenciaSocial (SESPAS) Lic.DorkaMartínez,EncargadadeHabilitaciónyAcreditacióna InstitucionesPúblicasyPrivadas,Distrito15-03SecretaríadeEstadode Educación(SEE) Lic.MaritzaMéndez,TécnicoDocenteNacionalDpto.deNivelInicial- SecretaríadeEstadodeEducación(SEE) • Lic.AnaPellerano,DirectoraPre-escolarRetoños Lic.SoniaSosa,DirectoraCentrodeEstimulaciónTemprana“LACASITA DECOLORES” Lic.OlgaTejada,GerentegeneraldeProgramasdeServiciosde CONANI Dra.AmarilysThen,DirectoraDpto.Nutrición-SecretaríadeEstadode SaludPúblicayAsistenciaSocial(SESPAS) EspecialistasConsultados ? ? ? ? ? Normativas Generales 7
  • 8. 8
  • 9. Presentación Las normativas que se ofrecen a continuación son la muestra del empeño del CONDEI por ofrecer parámetros, que aunque ambiciosos en su perspectiva, suponen un esfuerzo formativo para contextualizar a la realidad de cada comunidad e institución dominicana los principios de Derechos de la Niñez vigentes. Por otra parte, la distancia entre su materialización concreta y este horizonte normativo en todos los casos supone el necesario sinceramiento del sub- sistema de Estancias Infantiles en cuanto a su capacidad, recursos, nivel formativo y comunicación de experiencias y logros, especialmente en el caso deinstitucionesconnumerososañosdetrayectoriaenlaatenciónintegral. A ese rico bagaje experiencial, así como a las instituciones que lo identifican, las presentes normas rinden también un emotivo tributo. El proceso de trabajo ha sido arduo, pero podemos presentar productos consensuados y validados con los diferentes actores y sectores que integran el Sistema Dominicano de Seguridad Social y el Sistema Nacional de Protección a niños, niñas y adolescentes, en la fase de socialización que ha permitido introducir los aportestécnicosquecaracterizanlapresenteedición. También la función de supervisión del CONDEI ha sido aprovechada para nutriryvalidaraspectosespecíficosdelaspresentesnormativas. Respecto a la presentación de las Normas, en primer lugar se ofrece la Norma de Habilitación, por ser la que primero ha de analizar y asumir una institución quedeseeserreconocidaparaofertarelserviciodeEstanciaInfantil.Todaslas restantes Normas, son extensiones sectoriales de los aspectos que dan mantenimientoaunaEstanciaInfantilunavezaprobadasuapertura. Además de que se asuman, el cumplimiento de estas Normas es el requisito indispensableparapodermantenerlaHabilitaciónylaprestacióndelservicio. Las presentes Normas presentan la mayor homogeneidad formal posible y cada una de ellas ostenta el énfasis de especialización propio de cada área Inter-disciplinar, indispensableparagarantizarhoydíalaatenciónintegral. Normativas Generales 9
  • 10. 10
  • 11. 1. -NORMA QUE REGULA EL PROCESO DE HABILITACION DE LAS ESTANCIAS INFANTILES EN ELSISTEMADOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL Título I Del Propósito General Art. 1.- Título II De los Propósitos Específicos Art.2.- Sonpropósitosespecíficosdelapresentenorma,lossiguientes: a. b. c. d. Título III De los Requisitos Mínimos Art.3 a. Cupoporgrupossegúnlaedad: Regular el proceso de habilitación, mediante la definición y establecimiento de los requisitos básicos para la organización y funcionamiento de las prestaciones de Servicios de Estancias Infantiles con criteriosdecalidadenelSistemaDominicanodeSeguridadSocial. Establecer los requisitos mínimos indispensables para planta física, equipos,mobiliarios,materialesyrecursoshumanosnecesarios,para la prestación de los servicios en coherencia con las normativas del CONDEI. Garantizar en las Estancias Infantiles las condiciones mínimas necesariasparaofertarunserviciodecalidad. Ampliar la cobertura de Servicios de Estancias Infantiles con equidad y calidad, favoreciendo la creación de una red Nacional de Estancias InfantilesenelSistemaDominicanodeSeguridadSocial. Impulsar la expansión de la Atención Integral y la Educación Oportuna, mejorando la calidad y proporcionando igualdad de oportunidades para todos los niños y las niñas de las Estancias Infantilesyotrosespacios. .- Las Estancias Infantiles podrán ser regenteadas por personas particulares o instituciones públicas, privadas o mixtas, que ofertan los servicios con o sin fines de lucro, en cualquiera de los casos, cumplirán con los siguientesrequisitos: a.1 El cupo máximo por grupo, para los niños y niñas comprendidos entre los cuarenta y cinco (45) días de nacidos hasta cumplir los dos(2)Añosdeedad,esde12niñosyniñasporsalónoespacio. a.2 El cupo máximo para los grupos de niños y niñas que estén entre las edades de dos (2) años hasta cumplir los cinco (5) años de edad, Normativas Generales 11
  • 12. esde25niñosoniñasporsalónoespacio. a.3 En cada grupo de niños y niñas se dispondrá de un (1) cupo para niños o niñas con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o a trastornos generales del desarrollo, contándose su inclusión como dos (2) cupos dentro del grupo, dadas las demandas especificas,acordeasusnecesidades. La amplitud de espacio es un factor determinante en los procesosdedesarrollodelosniñosylasniñas,durantesusprimeros años de vida; la medida de un (1) metro cuadrado por niño / niña, ha sido establecida de manera provisional, como requisito mínimo, en tanto se puedan adecuar los factores externos que inciden en la determinacióndeltamañodelosespacios. Las Estancias Infantiles deberán operar una jornada completa mínimo 8 horas, considerandolas necesidades laborales de los padres, y para completar el programa deserviciosqueseofrecenenlaestancia. Para los niños o niñas de 45 días de nacidos hasta 5 años de edad, esde1metro porcadaniñooniña. d.1 De 45 días de nacido hasta cumplir 2 años de edad: 6 niños o niñas poreducadoroeducadora. d.2 De 2 años hasta cumplir 3 años de edad: 12 niños o niñas por educadoroeducadora. d.3 De 3 años de edad hasta cumplir 4 años de edad: 18 niños o niñas poreducadoroeducadora. d.4 De 4 años de edad hasta cumplir los 5 años de edad: 20 niños o niñas poreducadoroeducadora. e.1Queseadefácilacceso. e.2 Que responda a criterios de salud ambiental (situada a una distancia mínima de 200 metros de cañadas, barrancones, basureros o vertederos, centros de expendios de bebidas alcohólicas, bocinas a alto volumen, estaciones de gas propano, bombas de gasolina, fábricas de baterías, talleres de ebanistería, de desabolladura y pintura, de soldadura, granjas de animales, transformadores, tendido Párrafo.- b. Jornadasdetrabajo c. RelaciónNiño–Niña-Espacio d. RelaciónNiño-Niña/EducadoroEducadora e. UbicaciónGeográfica estableciendo el horario de recepción (entrada) yretiro(salida) delosniñosyniñasalamisma, ² Normativas Generales 12
  • 13. eléctricodealtatensión,aguasnegras). f.1 Que la estructura física sea segura. En ningún caso debe poner en riesgo integridadfísicadelosniñosylasniñas. f.2 Los salones o espacios, organizados de tal forma que les permitan sentarse,acostarseodesplazarseenformanaturaly segura. f.3 Entre un salón y otro, que haya divisiones completas, para evitar el ruido. f.4 Las puertas de los salones o aulas abran hacia fuera y tengan protecciónenlosbordeslaterales. f.5 Lasventanascolocadasalaalturadelosniñosylasniñas. f.6 Elpisoliso,sindesnivelesodaños,yenningúncasodetierra. f.7 Lapinturadelasparedes,sinplomoy lavable. f.8 Se evitarán colores positivos (muy fuertes) y/o colores oscuros en paredes completas; sólo hasta la mitad de ellas, para evitar saturación visual. f.9 Los cables eléctricos estarán empotrados en las paredes y techos, o protegidosportuberías. f.10 Los toma corrientes tendrán protectores de seguridad o se situarán altos. f.11 Buenailuminación, preferiblementenatural. f.12 Buena ventilación, o, en su defecto, abanicos de techo o pared, (nunca de pedestal o de piso), o aire acondicionado donde sea posible. f.13 Provisión de agua permanente, y en caso de problema con el abastecimiento del fluido, será necesario poseer cisterna, pozo, o tinacos de gran capacidad. Los puntos imprescindibles de llegada de agua son: cocina, baños, área de salud (en caso de que exista) y patio. f.14 Las instalaciones sanitarias tendrán sus inodoros a la altura de la rodilla de los niños y niñas. Según él número de niños y niñas, se proponeunsanitarioporcada30niñosyniñas. f.15 Si en la comunidad no existe servicio sanitario, excepcionalmente se dispondrá de letrina, usada por los niños y niñas siempre con supervisiónadulta. f.16 Provisión de lavamanos: un lavamanos por cada treinta (30) niños y niñas, a la altura de estos, con toallitas desechables para el secado de lasmanos. f.17 En caso de que no haya lavamanos se tendrá una ponchera pequeña conaguaquecorra. f.18 Que disponga de un área de cocina, con un área para los utensilios, y f. PlantaFísica Normativas Generales 13
  • 14. otra para el almacenamiento de los alimentos, con ventilación e iluminaciónapropiada. f.19 Las instalaciones de gas serán seguras, con tuberías de cobre y alejadasdelasáreasdeconcentracióndelosniñosylasniñas. f.20 Los lugares donde habrá zafacones son: cocina, baños, salones de losgruposdeniñosyniñas,comedorypatio. f.21 Eláreadecomedortendrámesasysillasadecuadasaltamañodelos niñosyniñas. g.1 Con verja perimetral de seguridad, con una altura mínima de cinco pies,dematerialseguroyenbuenestado. g.2 El área de recreación o patio, con terreno limpio y sin accidentes, con una superficie mínima de 1.5 metro por cada niño o niña que lo utilice. g.3 Se evitarán árboles y plantas tóxicas, con espinas o que favorezcan unaexcesivaacumulaciónde g Juegosdepatioubicadosconvisibilidadparalaspersonasadultas encargadas. g.5 Accesoseñalizado:“sólopersonalautorizado”,dondeproceda. g.6 En caso de contar con pozo, cisternas, cuevas, cambios bruscos de niveles, deben estar protegidos y no permitir el acceso de los niños y lasniñas. Requisitos mínimos porgruposdeedadparalaprestación delaoferta deEducaciónInicial: h.1.1Observacionesgenerales: Cada uno de los materiales del salón estarán a la altura de los niños y asudisposicióndiariamente. Los materiales pueden ser comprados, o elaborados con materiales de la comunidad, guardando en todo momento las normas de seguridad. Cadasalónposeeráunzafacón. Losmaterialesestaránsiempreenbuenascondicionesylimpios. Paraelgrupode45díasa2años,eltamañodelosmaterialesserá mayorde3pulgadas,demaneraquenolospuedantragar. Nuncahabrámaterialesrotosexpuestosalosniñosyniñas. Los materiales indicados en la tabla siguiente son el requerimiento mínimodecadasalóndeniñosyniñas,segúnsuedad. Hayedadesquenorequierendeterminadosmateriales.Seespecifica “N/A”(Noaplica). g. EntornoExterior h. Equipamientodemateriales yMobiliario: h.1 a. b. c. d. e. f. g. h. agua. .4 ² Normativas Generales 14
  • 15. Materiales de Educación Inicial Cantidad Mínima Materiales para cada salón según edad 0-1 año 1-2 años 2-3 años 3-4 años 4-5 años Instrumentos Musicales o Sonoros, tales como: Sonajeros, maracas, panderetas, campanitas, xilófono, entre otros. 1 c/u 1 c/u 1 c/u 1 c/u 1 c/u Cuentos de tela Nota: Posibilidades de confección. 3 2 2 N/A Cuentos cartón piedra. N/A 3 3 N/A N/A Cuentos de papel. Revistas viejas. 5 5 10 10 10 Pelotas grandes, medianas y pequeñas de diferentes texturas. 2 de c/u 2 de c/u 2 De c/u 2 de c/u 2 de c/u Paños o pañoletas de diferentes colores, en tamaños acorde a la edad. 2 2 4 4 4 Figuras y láminas de oficios y profesiones. 1 set 1 set 1 set 1 set 1 set Figuras y láminas de grupos alimenticios. 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u Figuras y láminas de animales domésticos, de la granja y de la selva. 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u Figuras y láminas de vehículos en tamaño grande. 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u 1 set de c/u N/A N/A N/A 3 5 5 Normativas Generales 15
  • 16. colores. Cantidad Mínima Materiales para cada salón según edad 0-1 año 1-2 años 2-3 años 3-4 años 4-5 años Vestimenta para dramatización (sombreros, ropas, corbatas, collares, carteras...). 1de c/u 1 de c/u 1 de c/u 1de c/u 1de c/u Papeles grandes para garabateo (rollo de papel traza). 1 1 1 1 1 Lápices de cera gruesos, en diferentes 2 Por niño 2 por niño N/A N/A N/A Muñecas y muñecos. 2 2 2 2 2 Radio con música infantil o clásica. 1 1 1 1 1 Enseres del hogar y de la vida cotidiana. Varios Varios Varios Varios Varios Lápices de cera medianos, en diferentes colores. N/A N/A 3por niño N/A N/A Lápices de cera finos, en diferentes colores. N/A N/A N/A 3por niño 3por niño Tempera o pintura de agua de colores primarios y demás: Rojo, Azul,Amarillo, Blanco. 1 de c/u 1 de c/u 1de c/u 1 de c/u 1de c/ u Pinceles, brochas y esponjas de diferentes tamaños y formas. 3 de c/u 1de c/u 1de c/u 1de c/u 1de c/u Masilla de diferentes colores, de material no tóxico. 1 de cada color 1 de cada color 1 de cada color 1de cada color 1 de cada color Juegos de armar, construir torres, encajados y rompecabezas de diferentes niveles de dificultad. 3 de c/u 3 de c/u 6 de c/u 6 de c/u 6de c/u Normativas Generales 16
  • 17. Materiales o envases que permitan la clasificación, por tamaño, dimensión y atributo. 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u Bloques o cajas vacías de diferentes tamaños y textura para hacer torres. 5 5 5 5 5 Materiales u objetos del medio que permitan experimentar con texturas, tamaños, colores, peso, aromas, etc. 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u Pinzas para colgar ropa en colores primarios, y con diferente presión al momento de abrirlas. N/A 12 presión suave 12 presión media 12 presión fuerte 12 presión fuerte Pelotas de deportes (baloncesto, béisbol, tenis, etc.). N/A N/A N/A 1 de c/u 1 de c/u Juegos que permitan trepar y bracear. 1 1 1 1 1 Juguetes con ruedas para montar. N/A 2 2 2 2 Juegos de halar y/o de arrastrar. 3 5 5 3 3 Materiales u objetos del medio que les permita experimentar con texturas, tamaños, colores, peso, aromas, etc. 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u 5 de c/u Área de arenero. N/A 1 1 1 1 Accesorios para trasvasar, llenar, cargar. N/A 5 5 5 5 Área de agua. N/A 1 1 1 1 Espejo horizontal al nivel de los niños y niñas, colocado desde el piso hasta 1 metro de altura por 2 de ancho. 1 1 N/A N/A N/A Espejo vertical al nivel de los niños y niñas, que les permita verse de cuerpo entero. N/A N/A 1 de c/u 1 de c/u 1 de c/u Barra de apoyo colocada en la pared a 1,5 pies del piso (usar barra de cortina de madera de 1 pulgada de ancho, protegiendo sus extremos). 1 N/A N/A N/A N/A Estantes firmes y seguros a la altura de los niños y niñas, para colocar los materiales. N/A 2 2 2 2 Normativas Generales 17
  • 18. Losmaterialesdeeducacióninicialsonimprescindibleparaestimular y promover el aprendizaje de los niños y las niñas según la etapa de desarrollo en que se encuentre, en tal sentido, las Estancias Infantiles que se encuentren operando, para su habilitación inicial se requiere que en cada salón o aula según edad, exista de cada renglón por lo menos uno (1) de los materiales listados. h.2.1 La cantidad de equipos y materiales dependerá del número de niños niñasautilizarlosserviciosen cadaEstancia. a.1 Mesasysillasalaalturadelosniñosylasniñas. a.2 Sillasdecomerparabebés. a.3 Zafacón. b.1 Escurridoresdeplatos. b.2 Despensacontramosparalosalimentos. b.3 Despensa con tramos para los utensilios de limpieza, fuera del alcancedelosniñosylasniñas. b.4Armariosdecocinaoestanteríasparacolocarutensiliosdecocina. b.5Estufa. b.6Freezer. b.7Nevera. b.8 Relojdepared. b.9 Licuadora. b.10Vasoscromados. b.11Platoscromadosparaniñosyadultos. b.12 Cubiertos pequeños para los niños (cucharas, tenedores y cuchillos). Párrafo.- h.2.Requisitosmínimosparalaprestacióndelaofertade Alimentación: a. Áreadecomedor: b. Áreadecocina: Mesa y sillas con la altura adecuada a la edad del grupo. N/A N/A 2 2 2 Sillas de bebé para comer y/o cargadores. 2 N/A N/A N/A Estantes para las pertenencias de los niños y las niñas, y útiles de las educadoras. 1 1 1 1 1 Colcha de 1 pulgada de grosor para los niños y las niñas dormir o descansar. 1 para c/niño 1para c/niño 1 para c/niño 1para c/niño 1 para c/niño Normativas Generales 18
  • 19. b.13Recipientescontapaparaalmacenaragua. b.14Jarronesparaaguayjugo. b.15 Bandejas para servir. b.16 Platones o fuentes para servir los alimentos. b.17 Ollas. b.18 Calderos. b.19 Sartenes. b.20 Fuentes cromadas para colocar los alimentos durante la preparación. b.21 Cucharas de medir. b.22 Taza de medir. b.23 Cucharas para cocinar. b.24 Coladores. b.25 Cucharones soperos. b.26 Tabla para picar carne. b.27 Tabla para picar vegetales. b.28 Tijeras para cortar. b.29 Cuchillo de sierra. b.30 Cuchillo para cortar. b.31 Exprimidores de limón. b.32 Exprimidores de naranja. b.33 Guayos. b.34 Majadores de víveres. b.35 Tapas para cubrir los alimentos. b.36 Morteros o pilones para majar. b.37 Paños, toallas para secar los platos b.38 Suaper. b.39 Cubeta para trapear. b.40 Escobas. b.41 Poncheras Plásticas. b.42 Zafacón con tapa. c.1 Camisas, blusa o camiseta con manga. c.2 Zapatoscerrados. c.3 Delantal. c.4 Pañoletaogorroparaelpelo. h.3.1Saludbucal: Cepillo individual para cada niño y niña, (suministrados por sus respectivas familias), los mismos se sustituirán cada tres (3) mesesoantelapresenciadecualquierinfecciónovirus. c. Vestuario del personal de cocina: h.3.RequisitosmínimosparalaofertadesaludMaterno-Infantil: a. Normativas Generales 19
  • 20. Pastadentalconflúor. Cepillera con cubierta por grupo, que garantice un espacio adecuado entreuncepilloyotro,paraprevenirinfecciones. d.1 Material gastable y otros: Sobres de Rehidratación Oral, Azúcar, Bolsa de hielo, Baja-lengua, Vendajes, Gasas, Algodón, Alcohol, Guantes desechables, Termómetro, Perita nasal individual por niño o niña menores de 1 ½ año. (suministradas por sus respectivas familias). Extintor Las instituciones que deseen prestar el Servicio de Estancias Infantiles dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social, cumplirán con el siguienteprocedimiento: Entregar al Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) la solicituddepermisodeHabilitaciónylasdocumentacionesexigidas. Anexar a la solicitud de permiso de Habilitación los siguientes documentos: b.1 FormulariodeHabilitacióndebidamentelleno. b.2 Documentos que avalen la personería jurídica de la institución (solo aplicaalasinstitucionesprivadas). b.3 Certificado de Título o contrato de compra-venta de inmueble, presentandoelúltimopago,siseencuentrapagandounpréstamopor laadquisicióndelinmueble(soloaplicaalasinstitucionesprivadas). b.4 Si el inmueble es arrendado, Contrato de Alquiler y último recibo de pago(soloaplicaalasinstitucionesprivadas). b.5 Copia de la Cédulas de los representantes legales de la Estancia Infantil(solo aplicaalasinstitucionesprivadas). b.6 InventariodeequiposymaterialesconquecuentaelEstablecimiento. b.7 Relación del personal, con definición de puestos y certificación de grados académicos. b.8 Proyecto Educativo de Centro (PEC) que define quiénes son, qué hacen, cómo lo hacen, y criterios escritos para ingreso de los niños y lasniñas. b.9 Propuesta Técnica Educativa del Nivel Inicial que contenga: b. c. d. Botiquíndeprimerosauxilios: h.4. Equipo contra incendio: a. Título V Del Proceso de Habilitación Art. 4.- a. b. Normativas Generales 20
  • 21. Características evolutivas de desarrollo, clasificadas por edad de los grupos con que se va a trabajar, propósitos y contenidos a desarrollar por edad, unidades temáticas delimitadas por edad, Instrumentos de evaluaciónporedad. ContarenlaEstanciaInfantilconlosiguiente: c.1 Libro foliado para asentar las supervisiones del CONDEI o de otras instituciones. c.2 Librofoliadopararegistrodeasistenciadiariadelosniñosyniñas. c.3 Librofoliadopararegistrodeasistenciadelpersonal. c.4 Librofoliadoparaegresodelosniñosylasniñas. c.5 Buzóndesugerencias. . Visitadelaautoridadcompetenteparaverificarlainformación ofrecida, la cual se realizará en un plazo no mayor de 60 días, despuésderecibidalasolicitud. Luego de verificadas las condiciones de la Estancia Infantil, en un plazo no mayor de 30 días calendario, se informará al solicitante si cumpleonoconlosrequisitosparalaprestacióndelservicio. Cuando una institución o persona física cuente con varios Servicios deEstanciasInfantiles,lassolicitudesserealizaránporseparado. Cuando una institución vaya a iniciar con Servicios de Estancias Infantiles, ubicados en varias regiones y provincias del país, las habilitaciones serealizaránporseparado. Cada Estancia nueva será objeto de las evaluaciones pertinentes paraconseguirsuhabilitaciónyregistro. El CONDEI no otorgará la habilitación a los establecimientos interesados en ofrecer los servicios de Estancias Infantiles, cuando estos no cumplan con los requisitos establecidos. Mediante una comunicación escrita, seinformaralascausasdelanegación. Una vez depositados los documentos en el Consejo Nacional de c. d e. Párrafo I: Párrafo II: Párrafo III: Art. 5.- Título VI De la Verificación de los Documentos y Requisitos exigidos por el Consejo Nacional de Estancias Infantiles para la Solicitud de Habilitación Art. 6.- Normativas Generales 21
  • 22. EstanciasInfantiles(CONDEI),elDepartamentodeHabilitaciónyAcreditación verificarálaveracidadylegalidaddelosmismos. Los informes suministrados por el personal de las Estancias Infantiles son confidenciales y de manejo estricto por el personal asignado paraestasfunciones. En adición a la verificación de la documentación anteriormente expuesta, las autoridades del Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) constatarán que el personal contratado cumpla con los requisitos establecidosporlaNormasobreRecursosHumanos. LasinformacionesydocumentacionessuministradasporlasEstancias Infantiles para el proceso de habilitación serán supervisadas periódicamente, por lo que las Estancias, que incumplan con las informaciones suministradas, perderíansuCertificadodeHabilitación. Los Servicios de Estancias Infantiles, para conservar su Certificado de Habilitación mantendrán las condiciones en las cuales fueron habilitados y examinados. En caso de incumplimiento perderán el Certificado de Habilitación. Cualquier cambio o modificación en la condición original en que se otorgólaHabilitaciónalaEstanciaInfantilparasuoperación,serápreviamente aprobadoporelConsejoNacionaldeEstanciasInfantiles. Al año de haberse otorgado la Habilitación Provisional, el CONDEI re- certificara, las Estancias Infantiles que al momento de ser evaluadas, no obtengan los requisitos para otorgarle el Certificado de Acreditación, establecidos en el Manual de Supervisión, y en el Procedimiento para el Manejo Administrativo del Seguimiento al Proceso de Prestación de los Sevicias de Estancias Infantiles; teniendo la obligatoriedad de cumplir con los requisitosalterminodelSegundoAño. Las Estancias Infantiles que al año de habérsele otorgado su Certificado de Habilitación Provisional y luego de la supervisión y evaluación de acuerdo al Manual de Supervisión, y el Procedimiento para el Manejo Administrativo del Seguimiento al Proceso de Prestación de los Servicios de Estancias Infantiles; que cumplan con todas las normas establecidas por el CONDEI y contemplan otros estándares orientados a la calidad, se les Párrafo I. Párrafo II. Título VII Disposiciones Finales Art.7.- Art. 8.- Art. 9.- Art. 10.- Art. 11.- Normativas Generales 22
  • 23. otorgará su Certificación de Acreditación, con los rangos establecidos en el ManualdeSupervisión. Para que el Servicio de Estancia Infantil en sentido general, pueda ser calificado dentro del Rango de Normalidad (entre 71 y 90 puntos), los componentes particulares de Educación Inicial , Salud Materno-Infantil y Nutrición tienen que estar cada uno de ellos como mínimo dentro del rango de n caso contrario, aunque la sumatoria de las puntuaciones obtenidas por el total de los componente en relación a sus valores ponderados ubiquen de manera general el Servicio de Estancia Infantil dentro del rango de éstesecalificarácomoencondiciónde El Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) mediante resolución podrá definir nuevas modalidades para la prestación de los servicios de Estancias Infantiles, en cuyo caso, se establecerán los requisitos paralasmismas. : por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y resolutada con el Número: 01-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana. : por mandato de la Resolución No. 187-02 del CNSS de 31 de Julio del2008,quecreólaComisiónEspecialparaeliniciodelfuncionamientodelas Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI. Párrafo: ACEPTABLE, e ACEPTABLE, PONER ATENCIÓN. Art. 12.- Aprobada Revisada Normativas Generales 23
  • 24. 24
  • 25. 2.-NORMASOBRELA ALIMENTACIONENLASESTANCIASINFANTILES Título I Objeto Art. 1. Título II De Los Menús Art. 2. - a. b. Art. 3. Guía de Alimentación del menor de 5 años Manual de Vigilancia del EstadoNutricionaldeSESPAS Art. 4.- a. Carbohidratos, 50% 57%, •Cereales • Víveres • Tubérculos • Edulcorantes b. Proteínas 12 % 13% La presente norma tiene por objeto definir la oferta de alimentación apropiada a la edad y salud de los niños y niñas de cuarenta y cinco (45) días de nacidos hasta los cinco (5) años de edad, que utilizan los Servicios de EstanciasInfantiles. De acuerdo con el tiempo de permanencia del niño o la niña en la EstanciaInfantil,selesuministraránmenúsacordeconsuedad: Para niños y niñas desde 6 meses hasta cumplir los cinco años de edad y con 8 horas de permanencia al día: desayuno, almuerzo y una (1)meriendaenlatarde. Para niños y niñas de 6 meses hasta cumplir los 5 años de edad y con 4horasdepermanenciaaldía:almuerzoy1merienda. -La elaboración de los menús se realizará tomando en cuenta la edad, los requerimientos nutricionales recomendados y la que forma parte del citado . Los menús servidos a los niños y las niñas en las Estancias Infantiles suministraránlossiguientesvalorescalóricos,segúncomponentes: para niños y niñas desde 6 meses a un año, y para niños y niñas de uno (1) a cinco (5) años por día: Cereales, víveres, tubérculos y edulcorantes. Estos carbohidratos serán suministradosmediantelossiguientesalimentos: :Arroz,avena,trigo(pastaypan),maíz,cebada,entreotros cereales. :Plátanos,guineosyrulos. : Batata, yuca, ñame, yautía, papa, zanahorias, entre otrostubérculos. :Azúcar,mielymelaza. : para niños y niñas desde 6 meses a un año, y para niños y niñas de uno (1) a cinco (5) años por día: Carnes, huevos y lácteos, leguminosas y granos. Estas proteínas serán suministradas mediantelossiguientesalimentos: Normativas Generales 25
  • 26. •Leguminosas •Carnes •Lácteos c. Grasas, 38% 30% • Aceite • Mantequillas margarinas d. Vitaminas y minerales •Frutascítricas •Frutasconpulpa •Verduras Párrafo I. Párrafo II. Título III De la Manera de Ofrecer los Alimentos a los Niños y Niñas Art. 5.- a. Menoresdeseis(6)meses: b. De seis (6) meses de edad hasta cumplir un (1) año: :Habichuelas,guandules,arvejas,anconi,habas, lentejas,garbanzos,entreotras. :Carnesblancas(pollo,pavo,pescado,entreotras),ycarnes rojasconmenorfrecuencia(res,cerdoychivo). :Leche(líquidayenpolvo),yoguryqueso. para niños niñas desde 6 meses a un año (1), y para niños y niñas de uno (1) a cinco (5) años por día: Aceites, margarinas y mantequillas. Estas grasas serán suministradas mediantelossiguientesalimentos: : De maíz y soya, y preferentemente de oliva, donde las condicioneslopermitan. y . por día: Frutas y vegetales. Estas vitaminas y mineralesseránsuministradasmediantelossiguientesalimentos: :Limóndulceyagrio,naranja,toronja,mandarina, piñaychinola. :Mango,lechosa,melón,guanábana,guineo maduro,jobo,jagua,níspero,mamey,granadillo,entreotras. :Tomate,pepino,molondrón,berenjena,repollo,coles, entreotras. Está prohibido suministrar a los niños y las niñas desde 6 meses hastacumplirun(1)añodeedad: •Miel. • Otros productos inapropiados o fuertes para la flora intestinal de esa edad(picantes,muygrasos,muyfritos…). Se prohíbe elaborar los menús con sazones artificiales (sopitas, sazones), debido a su alta concentración de elementos cancerígenos y a la disponibilidaddesazonesnaturales(verduras). La oferta de los alimentos se realizará tomando en consideración los gruposdeedadesdelasiguienteforma: Lechematernaexclusivapormediodelas siguientesmodalidades: a.1 Amamantamientodirecto. a.2Pormediodevasitos,demaneraindividualyasistida. Suministrar Normativas Generales 26
  • 27. alimentos de forma individual y asistida, además de proseguir la lactancia materna. Suministrar alimentos de manera colectiva en raciones individuales, asistidos los niños y las niñas de uno (1) a dos (2) años, y supervisados los de dos (2)acinco(5)años. Solo en situaciones especiales como: Madres que viven con VIH, y niños y niñas huérfanos, la Estancia Infantil valorará la posibilidad de administrarformulasmaternizadapormediodevasitos,demaneraindividualy asistida. La Estancia Infantil promoverá que los niños y las niñas reciban los suplementosdeMicroNutrientessiguientes: Administrada por grupos de edad cada 6 meses (niños y niñas) desde 6 meses a 11 meses, 100,000 unidades; y mayores de 1 año200,000unidades). Administrando15mg.diariosapartirdel4to.mes,durante3 meses,utilizandolasiguienteforma: •Niñosde6mesesaunaño,12.5Mg./ml. •Niñosde1a3años,12.5Mg./ml. •Niñosmayoresde3años,25Mg./ml. Aportadaenlapreparacióndelosalimentos. Suministradoatravésdelcepilladodental,conpastadentalque locontenga. Atravésdelaalimentación(Lecheysusderivados). Para los micro-nutrientes de la , se operará de acuerdo a las normas de Lactancia Materna de la Secretaría de Estado de SaludPúblicayAsistenciaSocial(SESPAS). En caso de que al niño o niña se le detecte malnutrición (desnutrición u obesidad), la Estancia Infantil otorgará alimentación de acuerdo a las normas de alimentación de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia c. Deun(1)añodeedadhastacumplirloscinco(5)años: Párrafo.- Título IV De la Dotación de Micro Nutrientes Art. 6. a. Vitamina A: b. Hierro c. Yodo d. Flúor e. Calcio Párrafo. Lactancia Materna Art 7.- : : : : Normativas Generales 27
  • 28. Social (SESPAS), se notificará o informará a la familia de la situación detectada y orientará a la misma acerca de la mejora de la alimentación familiar. Mensualmente, y con carácter de obligatoriedad, la Estancia Infantil actualizará los menús y realizará inventarios para facilitar la elaboración de pedidos y garantizar el abastecimiento de los insumos y productos a utilizar, deacuerdoalosmenúselaborados. El almacenamiento de los insumos y productos se realizará en lugar apropiado con las siguientes características: buena ventilación, iluminación, seguridadehigiene,asícomorefrigeraciónsiesnecesario. Los alimentos se presentarán de forma atractiva a los niños y niñas al momento de la ingesta de los mismos, estimulando su consumo, probando y hablandoconlosniñosyniñasalmomentodelaingesta. El personal encargado de la preparación de los alimentos cumplirá conlossiguientesrequisitoscuandoestépreparandolosmenús: Lavarse las manos al comenzar su trabajo, y cuantas veces sea necesario,especialmentedespuésdeiralsanitario. Si está enfermo, avisará a su superior inmediato, siguiendo las indicacionesdelpersonalmédicoquehayavisitado. Cuando tenga gripe, tos, afecciones de garganta o diarrea, evitará toser accidentalmente sobre los alimentos, tapándose la boca, y lavándose las manos. Mientras dure esta condición, no trabajará en preparacióndealimentos. Si tiene heridas en las manos has de curarlas, cubriéndolas con vendajes limpios para mantenerlas libre de infección. Mientras dure estacondición,notrabajaráenpreparacióndealimentos. La cabeza estará cubierta con redecilla, pañoleta o gorro que evite la caídadecabellosenlosalimentos. Lasuñassemantendráncortadasylimpias. Se evitará tocar o rascar partes del cuerpo (pelo, nariz, ojos, piel, cabello,etc.),mientrassemanipulenlosalimentos. Seevitaráfumaromasticartabacoalmanipularalimentos. Se prohíbe el uso de joyas y adornos que puedan caer sobre los alimentosdurantesupreparaciónoservicio. Título V De la Garantía y Calidad de los Alimentos Art. 8.- Art. 9.- Art. 10.- Título VI De la Manipulación e Higiene de los Alimentos Art. 11.- a. b. c. d. e. f. g. h. i. Normativas Generales 28
  • 29. j. k. l. Párrafo.-La Estancia Infantil Art. 12.- Aprobada: Revisada Los uniformes, delantales o ropa de trabajo se confeccionarán con telasresistentesycoloresclaros, seconservaránlimpios. Seevitará entraralbañoosaliralacalleconestaropadetrabajo. Si la ropa traída de la calle se cambia por el uniforme, se mantendrá enlugarlimpio, fueradelasaladeelaboracióndelosalimentos. Los paños de la cocina no serán lavados junto a ropa de cama u otros insumoslavablesdelaEstanciaInfantil. extremará el seguimiento del estado de salud del personal encargado de la manipulación de los alimentos, establecido en la Norma de Recursos Humanos, mediante revisiones médicas al menos una (1) vez al año, que incluyan radiografía de tórax, así como análisis coprológicos cadaseis(6)meses. El Consejo Nacional de Estancias Infantiles supervisará y velará para quealosniñosyniñaslessuministrenlosalimentosenlaformaestablecidaen estanorma. por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y resolutada con el Número: 02-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana. : por mandato de la Resolución No. 187-02 del CNSS, del 31 de Julio del 2008, que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI. Normativas Generales 29
  • 31. 3.- NORMASOBRELAEDUCACIONINICIALENLASESTANCIAS INFANTILES Título I Del Propósito General Art.1.- Título II De los Propósitos Específicos Art.2. a. b. Título III De los Principios Rectores de la Educación Inicial en las Estancias Infantiles Art. 3.- a. Integralidad b. Pertinencia Cultural c. Participación: d. Democracia LapresentenormaproponegarantizarlacalidaddelaEducaciónInicial que prestan las Estancias Infantiles a los niños y niñas desde cuarenta y cinco (45) días de nacidos hasta los cinco (5) años de edad, dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social, asegurando el cumplimiento de estándares básicos establecidos en la presente norma, así como en las ordenanzas y resolucionesdelaSecretariadeEstadodeEducación(SEE). Sonpropósitosespecíficosdelapresentenorma: Garantizar que el cuidado y atención del niño y la niña potencie su desarrollointegral. Ofrecer a las Estancias Infantiles estándares básicos para la implementación de un servicio educativo integrado para niños y niñas desdecuarentaycinco(45)díasdenacidoshastaloscinco(5)añosde edad,orientadoshacialacalidaddelosserviciosintegrados. Son principios rectores de la Educación Inicial en las Estancias Infantileslossiguientes: : El programa pedagógico otorgado por las Estancias Infantiles abarcará todos los aspectos de la personalidad y del desarrollo infantil: físico, emocional, cognitivo y social, desarrollándolosconequilibrio. : Los programas educativos ofrecidos en las Estancias Infantiles deben corresponder y respetar la cultura y contextolocal delniñoylaniña. La familia y la comunidad participarán en el proceso educativo. La Estancia Infantil no sustituirá a la familia, complementando su función educativa y el ambiente cultural de la comunidad. : Los niños, las niñas, sus familias y educadores tendrán derecho al respeto de su libertad y su dignidad, por lo que podrán externar libremente sus opiniones sobre el proceso educativo, sin Normativas Generales 31
  • 32. discriminaciónpormotivoderaza,nacionalidadoreligión. El programa educativo de las Estancias Infantiles respetará las diferencias individuales de los niños y las niñas, atendiendo a sus necesidades particulares, incluyendo a aquellos y aquellas con necesidades educativas especiales. Los educadores y las educadoras evitarán toda discriminación por nacionalidad, color, sexo, religión, antecedentes familiares, condiciones personales (discapacidad o trastornosdeldesarrollo)yculturales. Los servicios de Estancias Infantiles implementarán una serie de acciones tendentes a lograr el máximo aprovechamiento de losrecursoshumanosymateriales. Los aprendizajes que se propicien en cada ambiente se generarán a partir de experiencias previas, de modo que se establezcan múltiples relaciones entre lo que se sabe y nuevos aprendizajes,motivandolaindagaciónysolucióndeproblemas. : La experiencia educativa propiciará un desarrollo que armonice las relaciones entre los individuos y la naturaleza, respetando el Medio Ambiente como parte esencialdeldesarrollohumano. .- La educación inicial en las Estancias Infantiles tiene como finalidad principal el desarrollo emocional, físico, sensorial, intelectual, social y moral de los niños y niñas para su ingreso a la educación básica. Las Estancias Infantiles promoverán la colaboración de los padres, madres, familiares o tutores a cargo, para ayudarlos a ejercer una paternidad y maternidad responsable. .- Los propósitos educativos son la base de todas las decisiones que se tomen en las estancias infantiles, involucradas directamente con los procesos pedagógicos. Es necesario ser conscientes del contenido a trabajar con los niños y niñas, así como del por qué y para qué se hace, contribuyendo así al desarrollodelassiguientescapacidades: Conocer supropiocuerpoysusposibilidadesdeacción. Desarrollarsucapacidadsensorial. Observar yexplorarsuentornofamiliar,socialynatural. Adquirirunaprogresivaautonomíaensusactividadeshabituales. Relacionarse con los demás y aprender las pautas elementales de e. Equidad: f. Calidad: g. Globalidad: h. Respeto y defensa del medio ambiente Título IV De la Finalidad de la Educación Inicial Art. 4 Título V De los Propósitos Educativos Art. 5 a. b. c. d. e. 32
  • 33. convivenciayorden. Desarrollar sus habilidades comunicativas orales e iniciarse en el aprendizajedelalecturaylaescritura. Iniciarseenlashabilidadesnuméricasbásicas. La Educación Inicial atenderá, fundamentalmente, los siguientes ámbitos, que constituyen los aspectos básicos presentes en estas edades, para atender la educación integral de los niños y niñas, contemplando todas susnecesidades: Eldesarrollodellenguaje,comocentrodeaprendizaje. Elconocimientoyprogresivocontroldesupropiocuerpo. Eljuegoyelmovimiento. Eldescubrimientodelentorno. Laconvivenciaconlosdemás. Eldesarrollodesuscapacidadessensoriales. Elequilibrioydesarrollodesuafectividad. Las Estancias Infantiles contarán con una propuesta curricular avalada por el Consejo Nacional de Estancias Infantiles, basada obligatoriamente en el CurrículoOficialdelaSecretaríadeEstadodeEducaciónparaelNivelInicial. LaPlanificaciónseelaborarátomandoenconsideración: Lospropósitosycontenidoseducativosdelcurrículooficial. Losinteresesdelniñoylaniña. Lasdiferenciasyritmosindividuales. Los elementos del medio que favorecen la experimentación, invención ylibreexpresión. Los aportes de todos los sujetos (niño, niña, educador, educadora, familia y miembros de la comunidad), involucrados en la experiencia educativa. Coordinación con las Instituciones de apoyo a niños y niñas con necesidadeseducativasespeciales. Eljuegocomoformanaturaldeaprenderdelosniñosyniñas. Motivar el desarrollo de la autonomía en el niño y la niña, así como su creatividad. f. g. Título VI De la Dimensión Educativa Art. 6.- a. b. c. d. e. f. g. Título VII Del Currículo Art. 7.- Título VIII De la Planificación Art.8.- a. b. c. d. e. f. g. h. 33
  • 34. i. j. k. Párrafo Titulo IX De la Guía de Actividades Diarias Art.9.-LaEstanciaInfantildiseñarásuguíade actividadesdiarias(rutina diaria) de acuerdo a la edad, Art. 10.- a. b. c. d. e. f. Art. 11.- Art.12.- a. b. c. d. e. f. El fomento de hábitos de higiene, orden y responsabilidad en sus relacionesinterpersonalesyenelcuidadodesuambiente. Que ofrezca oportunidad a los niños y niñas de implicarlos en la toma dedecisiones,trabajoautónomoyresolucióndeconflictos. Lossaberespreviosdelosniñosylasniñas. . La planificación será elaborada anualmente. Basada en ésta se realizarálaplanificaciónsemanaldelaEstanciaInfantil. el ambiente, los recursos disponibles, y tomandoencuentalascaracterísticasfísicasybiológicasdelgrupo. Son criterios para la determinación del horario de actividades en la guíadeactividadesdiarias(rutinadiaria): Querespondaalasnecesidadeseinteresesdelosniñosylasniñas. Queseaflexible,variadoydeaplicaciónsistemática. Que proporcione tiempos para vivenciar experiencias de aprendizaje endiversosambientes. Queintegreactividadesdiariasdealimentación,aseoydescanso. Que alterne actividades de cuidado diario con actividades de juego y trabajolúdicos. Quealterneactividadestranquilasconactividadesdemovimiento. La guía de actividades diarias (rutina diaria) diseñada por la Estancia Infantil se informará al inicio de cada año escolar al Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI), para verificar si cumplen con los criterios establecidosenlapresentenorma. Eneltranscursodecadadíaseincluiránperíodosparalasactividades siguientes: Iniciadasoelegidasporlosniñosyniñaslibremente. Iniciadasoelegidasporlosadultosoadultas(estructuradas). Alairelibreyenespacioscerrados. Períodos para descanso, higiene y alimentación (permanentes o rutinarios). Enpequeñosgruposeindividuales. De apoyo, según programas específicos de cada niño o niña con necesidades educativasespeciales. Normativas Generales 34
  • 35. Art. 13.- Art. 14.- a. b. c. d. e. Titulo X De la Interacción Niños / Niñas y Educadores / Educadoras Art. 15.- a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. Las actividades rutinarias de alimentación, aseo y descanso se integrarán como parte del currículo y de la formación integral de los niños y las niñas. Las actividades seleccionadas para desarrollar el horario responderándemodoflexible,entreotros,alossiguientescriterios: Queesténacordesconlospropósitosdelprocesodeplanificación. Que propicien la participación activa de todos los sujetos del proceso educativo. Quepropicienelencuentrodelniñooniñaconlosmateriales. Que sean del agrado de los niños y las niñas y desarrollen su creatividad, motivaciónyaprendizaje. Querefuercenlaconfianzaycomunicacióndelosniñosylasniñas. La interacción niño / niña – educador / educadora pondrá de manifiesto: Que los niños y niñas son el centro del proceso enseñanza- aprendizaje(intenciónpedagógicadelaEstanciaInfantil). Que se expresa afecto y respeto entre los niños y las niñas y los educadoresyeducadoras. Que los educadores y las educadoras se sitúan al nivel visual y auditivodelosniñosylasniñas. Que los educadores y las educadoras les responden a solicitudes verbalesynoverbales. Que los educadores y las educadoras estimulan las respuestas de los niños y niñas, más allá de las expectativas creadas sobre sus niveles delogroenfuncióndesuedad. Que los educadores y las educadoras promuevan el intercambio y el autocontrolentrelosniñosyniñas. Que los educadores y las educadoras den seguimiento y atención permanentealdesarrollodelasactividadesdelosniñosyniñas. Que los educadores y las educadoras eviten discriminación por nacionalidad, raza, sexo, religión, antecedentes familiares, o condiciones personales (discapacidad o trastornos del desarrollo) y culturales. Que las técnicas disciplinarias en ningún caso incluirán castigo corporal, tratos humillantes o que ocasionen temor. La comida y la bebidanuncasenegaráncomoformadedisciplina. Que los educadores y las educadoras utilizan una variedad de Normativas Generales 35
  • 36. estrategiasdeenseñanzaparafomentarelaprendizajeydesarrollode losniñosyniñasalolargodeldía. Que los educadores y las educadoras asumen y apoyan los programas externos que puedan estar llevando a cabo los niños y las niñasconnecesidadeseducativasespeciales. Que los educadores y las educadoras estimulen constantemente a los niños y las niñas para fortalecer en los mimos la confianza en si mismo. .- Las Estancias Infantiles cumplirán la siguiente proporción de número niñosyniñasporeducadoroeducadora: De45díasdenacidohastacumplir1añodeedad:6Niñosoniñaspor educadoroeducadora. De 1 año hasta cumplir los 2 años de edad: 6 niños/as por educador o educadora. De 2 años hasta cumplir 3 años de edad: 12 Niños o Niñas por educadoroeducadora. De 3 años de edad hasta cumplir 4 años de edad: 18 Niños y Niñas poreducadoroeducadora. De 4 años de edad hasta 5 años de edad: 20 Niños y Niñas por educadoroeducadora. El ambiente en el cual se desarrolle el proceso enseñanza- aprendizaje,seorganizará deacuerdoconlossiguientesparámetros: Que responda a las necesidades, intereses y aprendizaje de los niños yniñas. Que evidencie la integración entre las áreas de conocimiento y las dimensionesdeldesarrollointegral. Quegenereseguridad,autonomíaydeseodeexplorarlo. Que se encuentre distribuido por áreas, tomando en cuenta el espacio de cada salón, a fin de delimitar un área de otra con equipos o materiales para proveer espacios que propicien el desplazamiento y la exploración, así como la adecuada interacción del niño y la niña con su ambiente. Que el mobiliario esté colocado de forma tal que permita el desplazamiento libre y fluido de los niños y niñas entre las distintas áreas. Que la iluminación y ventilación sea adecuada y segura, k. l. Art. 16 a. b. c. d. e. Titulo XI De la Organización del Ambiente Art. 17.- a. b. c. d. e. f. Normativas Generales 36
  • 37. preferiblementenatural. Quelospisosseandeunasuperficietotalmentelisa. Que las paredes se encuentren pintadas con pinturas lavables, a fin de queseencuentren siemprelimpiasehigienizadas. Que la ambientación sea atractiva, no muy cargada, y de fácil renovación. 18 Es necesario que haya variedad de materiales, en cantidad suficiente para satisfacer las particularidades y necesidades de cada grupo, colocados losmismosalaalturadelosniñosylasniñas. Los materiales y el mobiliario serán seguros, estables y contarán con condiciones mínimas de seguridad: sin piezas muy pequeñas, filosos, con punta,etc. La presentación delosmaterialesseráordenadaenestantes,conun lugar para cada material al alcance de los niños y las niñas, que los invite a jugar. Cada área debe tener material que estimule la creatividad, la exploraciónyqueseamanejadodeformaapropiadaporcadagrupoetario. Para los niños y niñas de cuarenta y cinco (45) días de nacidos hasta cumplir dos (2) años de edad, la estancia infantil dispondrá de los siguientes materiales: a.1 Unabañeraplásticapequeña. a.2 Colchasdestinadasparaelcambiodelosniñosylasniñas. a.3 Repisasparacolocarlosmaterialesdehigiene,yespaciospara ubicarenfundasobultoslaropadecadabebé. a.4 Zafaconescontapas(confundasdesechablesdentro). b.1 Colchasocolchoncitosforradosdeplásticocubiertoscon sabanitas paradormiro descansar. b.2 Toallas. b.3 Las colchas se ubicarán sin interferir en la zona de actividad y desplazamiento de los niños y las niñas, colocándolas de modo que queden uno arriba y otro abajo, y viceversa, o sea, cabeza frenteapies,cabezafrenteapies,etc. g. h. i. Titulo XII Materiales y Mobiliarios Art. .- Art. 19.- Art.20.- Art. 21.- Art. 22.- a. Paraelmomentodehigiene: b. Paraelmomentodesueño: Normativas Generales 37
  • 38. c. Paralaalimentación: d. Para las actividades de juego, aprendizaje y maduración del desarrollointegral: Art. 23.- a. Paralahigiene b. Paraelmomentodesueño c. ParalaAlimentación c.1 Estanteomesaauxiliarparaubicarlosutensiliosdecomidas. c.2 Sillas seguras para los bebés, y mesas con sillitas para los niños y niñasmásgrandes. d.1 Una barra del diámetro de un palo de escoba pegado a la pared, con la finalidad de que los niños y las niñas puedan sujetarse y pararse. d.2 Unapequeñaescaleradedosescalones. d.3 Un espejopróximoalabarraparaquesimultáneamenteelniñoo laniñasevea. d.4 Materialesmanipulablesalaalturadelosniñosylasniñas. d.5 Un canasto o estante para guardar materiales, desarrollando hábitosdehigieneyorden. d.6 Algún mueble (estante) con puertas para ubicar materiales de usodeloseducadoresyeducadoras. d.7 Materialesdediferentestexturas,coloresformasytamaños. d.8 Pelotasdetamañogrande,medianasypequeñas. d.9 Materiales que favorezcan el desplazamiento (carritos para empujar,sogas),enningúncaso“andadores”. d.10Distintos materiales que tengan sonidos para desarrollar la acústica: sonajeros, pitos, xilófonos, campanitas, radio- cassettes,uotrosaparatosoinstrumentosdemúsicasinriesgo. Para los niños y niñas desde dos años (2) hasta los cinco (5) años de edad,elespaciocontarádelossiguientesmateriales: a.1 Inodoros a la altura de los niños y las niñas, con soporte o adaptador adicional que los ayude a utilizarlos con independencia. a.2 Una ponchera grande, en caso de que no exista otro espacio donde asear a los niños y las niñas, para que los que aún no controlan esfínteres,seinicienenesteaprendizaje. a.3 La instalación sanitaria estará próxima al área donde se encuentren niños y niñas, facilitando su autonomía, así como la supervisiónadulta. b.1 Colchasparaeldescanso. Normativas Generales 38
  • 39. c.1 Mesasysillas,segúneltamañodelosniñosylasniñas,lascuales, también serán utilizadas para realizar técnicas grafo-plásticas y jugar condistintosmaterialesyjuegosdeingenio. d.1 Para el juego dramático: Materiales alusivos a áreas del hogar, del supermercado, el consultorio médico, el restaurante, el circo, el muelle, la escuela, el banco, la panadería, el bohío, etc. Los materiales requeridos se obtendrán con aportes de los mismos niños y niñas con artículos del hogar, materiales del medioyotros,defácilmanejoparaellosyellas. d.2 Materiales didácticos que permitan alinear, trazar, contornear, encajar, ensartar, ensamblar, agrupar, clasificar, seriar, entre otras que desarrollen la madurez intelectual y motora. Los materiales sugeridos son: rompecabezas, bingos, dominós, juegos de armar, bloques pequeños, cartón e hilo para ensartar, juegos de memoria, así como otros localizables en su medio, todosacordesalaedaddelosniñosylasniñas. d.3 Materiales que permitan construir, diseñar y crear. Con esta actividad, el niño o la fortalecerá su capacidad creativa, experimentando la elaboración de diseños propios, la destreza para manipular diferentes formas y tamaños de objetos, y su capacidad para solucionar problemas. Los materiales a utilizar son: Bloques de diferentes tamaños y texturas, cajas, casas, granjas,animalesplásticos,maquetas,muñecosdepersonas. La educadora o el educador proveerán, mediante su modelaje, formasinteresantesde utilizarelárea. d.4 Materiales de literatura infantil que aproximen a los niños y las niñas a la comunicación escrita y ampliación de su vocabulario, y desarrollo de la imaginación y el lenguaje, mediante la manipulación de diferentes libros de cuentos, enciclopedias, poemarios, cancioneros, así como un radio-casette o CD de ser posible. Para estas actividades se contará con una mesa y silla, o bien con cojines para que los niños y las niñas trabajen con comodidad. d.5 Materiales de recreación en espacios exteriores e interiores: Gomas, sogas, barras de equilibrios, carritos, materiales de d. Para actividades del juego-aprendizaje y maduración del desarrollointegral Normativas Generales 39
  • 40. desechos, entreotros. d.6 Materiales variados para fomentar la creatividad y destrezas artísticas de los niños y las niñas, para promover la creatividad, como por ejemplo: lápices de colores, temperas, crayones, marcadores, tizas, pastel en tizas, pintura acrílica, brochas de diferentes gruesos y tamaños, papeles de seda, de dibujo, de construcción,materialesdedesecho,etc. También aquí es posible utilizar recursos del medio ambiente comosoportesparadistintasmanualidadesuobras. d.7 Materiales para las actividades de expresión musical que permitirán ampliar sus experiencias, la transmisión de la cultura, y la inclinación por la música. Se proveerán instrumentos musicales como panderetas, güiras, palitos, xilófonos, radio- cassettes,uotroselaboradosconmaterialesdelmedio. d.8 Materiales que permitan que el niño o la niña explore, experimente y manipule, como: lupas, balanzas, espejos, animales, plantas, agua, imanes, arena, coladores, pinturas, caracoles,etc.,comosoportedeactividadesdeinvestigaciónen las ciencias, los estudios sociales y las matemáticas integradamente. Estasactividadesestimulaneldescubrimiento y exploración del medio natural mediante la observación de características y cualidades de los seres vivos (plantas, animales, personas), así como de otros componentes de la naturaleza, descubriendo y experimentando relaciones dinámicas de causa-efecto, y formando hábitos de valoración y cuidado del medio ambiente. El personal de las Estancias Infantiles evaluará cuidadosamente todo tipo de material a manipular por los niños y las niñas, constatando que se encuentren libres de toda toxicidad, especialmente útiles de pintar,colasypapeles. La Evaluación tendrá por objeto verificar el proceso de maduración y desarrollo de las capacidades de los niños y niñas. Será global, formativa y continua. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal delprocesodeevaluación. Los procedimientos e instrumentos para el seguimiento y evaluación Párrafo.- Titulo XIII Del Sistema de Evaluación del Proceso Educativo en la Estancia Infantil Art. 24.- Art. 25.- Normativas Generales 40
  • 41. delos niños yniñas seránlos indicados paraelNivel Inicial porlaSecretaríade Estado de Educación en la Ordenanza 1-96, o cualquier otra norma de la SecretaríadeEstadodeEducación(SEE)quelamodifiqueconposterioridad. - Las Estancias Infantiles se basarán en el calendario escolar establecido por la Secretaria de Estado de Educación (SEE) para la apertura y cierre de clases, ofreciendo programas alternativos en el verano, como estrategia para la continuidad de la prestación de los servicios. Elaborarán su calendario escolar, por su naturaleza y fines, de atención a los niños y niñas en funcióndelperiododetrabajodelospadres,padresotutoresasucargo. Párrafo.- Para los periodos de vacaciones colectivas y días feriados, las Estancias Infantiles se acogerán a lo establecido para cada año, por la SecretaríadeEstadodeTrabajo(SET),basadoenlaLey139-97. por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y resolutada con el Número: 03-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana. pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio del 2008 que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI. Titulo XIV Calendario Escolar Art. 26. Aprobada: Revisada: Normativas Generales 41
  • 43. 4.- NORMA SOBRE LA RELACION DE LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD EN LASESTANCIASINFANTILES Título I De la Responsabilidad de la Estancia Infantil Art.1.- Art. 2.- Art. 3.- Art. 4.- Art. 5.- Art. 6.- Art. 7.- Art. 8.- Título II De la Responsabilidad del Comité de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Estancia Infantil Art. 9.- Art. 10.- Art. 11.- CumplircontodaslasregulacionesemanadasdelConsejoNacionalde EstanciasInfantiles(CONDEI). Manejar como una comunidad única el equipo de trabajo que sea colectivamenteresponsabledelprocesodedesarrollointegraldelniñooniña. Formular y desarrollar programas formativos para la familia y comunidad, con la finalidad de renovar actitudes, comportamientos y prácticas. Mantener informados de los procesos, cambios, actividades, eventos, así como enviar a las madres, padres y tutores la agenda o calendario de actividadesarealizarseenlaEstanciaInfantil. Facilitar la creación de comités de padres, madres, tutores y amigos, conlafinalidaddeapoyarlosproyectoseducativos. Participar activamente, a través de su personal técnico, en las reunionesdepadres,madres,tutoresyamigos. Involucrar al comité de padres, madres, tutores y amigos en diferentes decisiones,planesyactividadespropiasdeldesempeñodelaEstanciaInfantil. Fomentar la creación de Escuelas de padres, madres, tutores y amigos, como forma de fortalecer los vínculos entre Familia, Estancia y Comunidad. Conformar un Comité o Junta DirectivaAnual, con un número de 5 a 9 miembrosyelaborarunreglamentointerno. Convocar a reuniones de trabajo y participar en las reuniones y/o actividadesenlasqueseestablezcasuparticipaciónenlaEstanciaInfantil. Participar en actividades permanentes de gestión, aportando elementosdeanálisisdesituación(diagnóstico)delacomunidad. Normativas Generales 43
  • 44. Título III De la Responsabilidad de la Familia con la Estancia Infantil Art. 12.- a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. Título IV De la Relación de la Estancia Infantil y la Comunidad Art. 13.- a. b. Son responsabilidades fundamentales de la familia con el servicio de EstanciasInfantileslasquesedescribenacontinuación: Propiciar la asistencia y puntualidad de sus hijos e hijas a la Estancia Infantil. Recoger al niño o niña a la hora establecida por la Estancia Infantil. De no poder hacerlo personalmente el niño o la niña será recogido sólo por laolaspersonas autorizadasporescritoatalfin. Participar en actividades permanentes y coyunturales de toma de decisiones, a través del Comité de Padres y Amigos, reuniones, talleres de capacitación, evaluación de los niños y las niñas, cuando la dirección de la Estancia le cite, y otras de apoyo al proceso educativo desushijosohijas. Cumplirlasnormas,políticasyprocedimientosdelaEstanciaInfantil. Colaborar, participar y ser parte de las acciones del Comité de padres,madresytutoresdelaEstanciaInfantil. Mantener una comunicación abierta con el personal de la Estancia Infantil,participandoenlaevaluaciónpermanentedelprograma. Informar a la Estancia Infantil en caso de ausencia del niño o la niña pormásdeundía. Informar a la dirección de la Estancia Infantil, en caso de enfermedad infecto-contagiosa, con la finalidad de que se tomen las medidas correspondientes. Informar cambios significativos en la vida del niño o la niña (separación, divorcio, enfermedad en la familia, muerte de seres queridos, mudanza, abuso, hermano o hermana nuevo, otros) para brindar al niño o la niña el apoyo necesario para que aprenda a adaptarseasituacionesnuevasdesuambiente. Mantener actualizada la documentación requerida por la Estancia Infantil. La Estancia Infantil gestionará la colaboración de personas u organizacionesdelacomunidadpara: Apoyar profesional y técnicamente sus áreas de atención, según los saberesycompetenciasdelosintegrantesdelacomunidad. Desarrollar tareas voluntarias, con la participación de adultos, jóvenes, estudiantes y cualquier otro personal que cumpla los Normativas Generales 44
  • 45. requisitos establecidos en la norma de Recursos Humanos elaborados por el Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI). Involucrar a organizaciones o instituciones, especialmente a las que agrupan a personas con discapacidad, para que participen en la determinación de necesidades, formulación de opiniones y prioridades,evaluacióndelosserviciosypromocióndecambiosdesu interés. por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y resolutada con el Número: 04-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana. pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio del 2008 que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI. c. Aprobada: Revisada: Normativas Generales 45
  • 46. 46
  • 47. 5.- NORMA SOBRE LOS RECURSOS HUMANOS EN LAS ESTANCIAS INFANTILES Título I Objeto Art. 1.- Título II De la Estructura Organizativa Art. 2. a) PersonalAdministrativo b) PersonalDocente c) PersonalMultidisciplinario d) PersonaldeApoyo Párrafo. La presente norma tiene por objeto definir el perfil de los Recursos Humanos que laboran directamente con los niños y niñas desde cuarenta y cinco(45)díasdenacidoshastaloscinco(5)añosenlasEstanciasInfantiles. - La Estancia Infantil de acuerdo con su estructura organizativa contará conelsiguientepersonal: 1. EncargadooEncargada 2. Secretarioosecretariaasistente 1. CoordinadorocoordinadoraEducativa 2. EducadoroEducadora 3. EducadoroEducadoraasistente(animadora) 1. AuxiliardeEnfermería 2. PsicólogooPsicóloga 3. TrabajadoroTrabajadoraSocial 4. EspecialistasenNeurodesarrollo 5. Logopeda 6. TerapeutaOcupacional 7. TerapeutaFísico-motor 8. Nutricionista 1. PersonaldeCocina 2. PersonaldeLimpieza 3. PorterooPorteraasistente 4. Sereno La prestación de los servicios de Psicología, Trabajo Social, Promoción de la Salud, así como atención a necesidades educativas especiales, es obligatoria en todas las Estancias, bien a través de personal Normativas Generales 47
  • 48. permanente de planta, de personal contratado a medio tiempo o a tiempo parcial, o bien mediante acuerdos con instituciones o profesionales que brindenestosservicios,tantoenlapropiaEstanciacomoenotroespacio. Las estancias infantiles observarán estrictamente una adecuada relación del número máximo de niños y niñas por cada persona adulta (educadoroeducadora)encargadodesuatención. De45díasdenacidosa1año :6niñosy/oniñasporeducador/a. De1a2añosdeedad :6niñosy/oniñasporeducador/a. De2 a3añosdeedad :12niñosy/oniñasporeducador/a. De3a4añosdeedad :18niñosy/oniñasporeducador/a. De4a5añosdeedad :20niñosy/oniñasporeducador/a. Serán requisitos generales para todo el personal que se reclute o laboreenlasEstanciasInfantiles: Buenasaludfísicaymental. Buenasrelacioneshumanas. Buenahigienepersonal. Facilidaddeexpresión. Vocacióndeservicio. Actitudpositivaanteloscambios. Disposiciónparaasumirloscambios. Noantecedentespenales. Notoxicomanía. .- En virtud de la alta responsabilidad de atender a la primera infancia, el personal que se reclute o labore en una Estancia Infantil se someterá de forma obligatoriaarevisiónanualdesuestadodesalud,62,60tantofísicocomo mentalyaexámenesdelaboratorioscomolosquesiguen: Hemograma. Hepatitis. Orina. Coprologico. Tuberculosis. DRL. Título III De la Relación Adulto / Niño o Niña Art. 3.- a. b. c. d. e. Título IV De los Requisitos Generales para el Personal de las Estancias Infantiles Art. 4.- a. b. c. d. e. f. g. h. i. Art. 5 a. b. c. d. e. f. Normativas Generales 48
  • 49. g. Párrafo I. Párrafo II. Título V De la Descripción de Puestos Art. 6.- a. b. c. PárrafoI Párrafo II Mapa Nacional de la Pobreza Art. 7.- a. Cualesquiera otras pruebas que se requieran para detectar enfermedades infecto-contagiosas cuando existan sospechas clínicasoepidemiológicasdelasmismas. Todas las pruebas que se requieran para evaluar el estado general de salud del personal, serán gestionadas por cada institución, pudiendo solicitarse pruebas adicionales en los casos en que proceda, siempre que estén directamente referidas a situaciones de salud que interfieran en la seguridad de los niños y las niñas, o en el desenvolvimiento de las tareas asignadas. La persona que presente o se le constate una enfermedad infecto- contagiosa a raíz de los exámenes practicados, o de cualquier otra forma, NO podrá ejercer sus funciones en la Estancia Infantil mientras persista la condiciónpatológica. El Encargado o Encargada, como responsable de los procesos de dirección, coordinación, organización, supervisión y evaluación del trabajo docente y administrativo del centro deberá permanecer en la estancia durante toda la jornada y contará como requisito, al menos, con alguno de los siguientestítulos: LicenciadoolicenciadaenEducación,conpreferenciaenEducación Inicialosimilar. LicenciadooLicenciadaenPsicología. Licenciado o licenciada en Administración u otra área afín, con HabilitaciónDocente. .Enadición,mostraráunaexperienciapreviaeneláreadeunmínimo dedos(2)añosyhabilidadesgerenciales. . En aquellas Estancias ubicadas en zonas definidas de extrema pobreza en el donde no exista el perfil requerido, podrá optar por la posición de encargado o encargada de Estancia Infantil,personalformadocomomaestroomaestranormal. La secretaria o secretario, bajo la supervisión del encargado o encargada realiza labores secretariales y de apoyo administrativo para mantener al día todo lo relacionado con la oficina y el desempeño de la EstanciaInfantil,contandoconlossiguientesrequisitos: TítulodeBachiller. , Normativas Generales 49
  • 50. b. c. Art. 8.- a. b. Párrafo. a. b. Art. 9.- a. b. c. Párrafo. CertificadodecursoSecretarial. Preferentementeconexperienciaenelárea. El coordinador o la coordinadora educativa es la persona que , coordina, guía y participa en los procesos de planificación, evaluación y ejecución de los programas educativos, acompañando a los educadores y educadoras y manteniendo bajo su responsabilidad directa a las educadoras asistentes (animadoras), con orientaciones e indicaciones pertinentes, a fin de garantizar la calidad de los servicios. El coordinador o la coordinadora educativa contarán como requisito, al menos, con alguno de los siguientes títulos: LicenciadoolicenciadaenEducaciónInicial. LicenciadoolicenciadaenEducaciónBásica,conespecializaciónen EducaciónInicial. Adicionalmente mostrará una experiencia previa en el área de un mínimo de dos(2)añosy habilidadesgerenciales. La posición de coordinador o coordinadora educativa se requerirá obligatoriamenteenunodelossiguientescasos: Cuando el encargado o encargada de la Estancia Infantil no sea del áreaeducativa. Cuando la Estancia Infantil tenga más de cuatro (4) salones o aulas, aunque el encargado o encargada sea del área educativa, cada Estancia tendrá un coordinador o coordinadora educativo por cada ocho(8)salonesoaulas. El educador o educadora es la persona responsable de guiar al grupo de niños y niñas en el desarrollo del programa educativo, a través de estrategias y actividades coherentes con las características evolutivas e intereses propios a la edad de cada niño o niña. El educador o educadora, ademásdetenerconocimientodelanormadeeducaciónInicialdelCONDEI, contarácomorequisito,almenos, conalgunodelossiguientestítulos: Licenciadoolicenciada enEducaciónInicial. LicenciadoolicenciadaenEducaciónBásicaespecializadoen EducaciónInicial. Gradodeprofesoradoodehabilitacióndocente. Se evaluara el personal con trayectoria de participación en cursos, Normativas Generales 50
  • 51. talleresyseminariosdeactualizacióneneducaciónyconexperienciadocente. El educador o educadora asistente (animador o animadora), es la segunda con carácter de permanencia en el salón, y que acompaña al educador o educadora en el desarrollo del programa educativo paraungrupodeniñosyniñas.Tienecarácterdeobligatoriedadenlossalones de aquellas Estancias donde se supere la relación niño/niña- educador/educadora indicada para cada edad. El Educador o educadora asistentereunirácomorequisitoser: Bachiller. EncontrarsecursandoestudiossuperioresdeEducaciónoáreaafín. Tanto el encargado o encargada de la Estancia Infantil, como el coordinador o la coordinadora educativa y los educadores o educadoras tendránconocimientosobre: LaLey87-01quecreaelSistemaDominicanodeSeguridadSocial. LaLey136-03,oCódigoparaelSistemadeProtecciónylosDerechos FundamentalesdelosNiños,NiñasyAdolescentes. ElcurrículoparaelnivelinicialdelaSEE. La Ley General de Salud 42-01y la Cedula de salud del Niño y de la Niña. Losreglamentos,normas,procedimientosyguíasdelCONDEI. LaVisión,Misión yMetodologíapropiadelaEstanciaInfantil. LasetapasEvolutivasdelapoblaciónde0a5añosdeedad. La encargada o encargado de cocina es responsable de la preparación de los alimentos de los niños y niñas, según el menú establecido, contandoconlossiguientesrequisitos: Saberleeryescribir. Sermayordeedad. Destrezaenelárea. Preferentementeconexperienciacomprobada. La encargada o encargado de limpieza realiza labores de limpieza para garantizar una óptima higiene en la Estancia Infantil, contando con los siguientesrequisitos: Saberleeryescribir. Sermayordeedad. Habilidadenelárea. Art. 10.- persona adulta a. b. Art. 11.- a. b. c. d. e. f. g. Art. 12.- a. b. c. d. Art. 13.- a. b. c. , Normativas Generales 51
  • 52. Art. 14.- a. b. Título VI De los Programas de Capacitación Art. 15.- Art. 16.- Art. 17.- Título VII De la Responsabilidad de la Estancia Infantil Art. 18.- Párrafo. Título VIII De la Responsabilidad del CONDEI Art. 19.- Art. 20.- Aprobada: El portero o la portera asistente, realiza labores de seguridad y limpieza,contandoconlossiguientesrequisitos: Saberleeryescribir. Sermayordeedad. El CONDEI acompañará a la AEISS en el cumplimiento de los programas de capacitación necesarios para el personal que labora en las EstanciasInfantiles,entemasrelacionadosconcadaáreadedesempeño. La AEISS será responsable de gestionar acuerdos con las universidades o instituciones reconocidas por Secretaria de Estado de Educación Superior, Ciencia y Tecnología para el desarrollo de los programas decapacitación. El CONDEI, mediante supervisión, verificará el cumplimiento de los programas de capacitación, a través de los certificados y títulos expedidos incluidosenelexpedientelaboral. Las Estancias Infantiles, víaAEISS, suministrarán trimestralmente al Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) la relación del personal quelaboradirectamenteconlosniñosylasniñas. Al momento de producirse cambios en este personal de la Estancia Infantil,seránnotificadosinmediatamenteporlaAEISSalCONDEI. El Consejo Nacional de Estancias Infantiles supervisará y evaluará los expedientes relativos a los recursos humanos que laboren directamente conlosniñosylasniñas. El CONDEI velará para que se definan y ejecuten políticas para la evaluacióndeldesempeñoeincentivodelpersonal. por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y resolutada con el Número: 05-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos Normativas Generales 52
  • 53. mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana. pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio del 2008 que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI. Revisada: Normativas Generales 53
  • 55. 6.- NORMA SOBRE LA SALUD AMBIENTAL EN LAS ESTANCIAS INFANTILES Título I Objeto Art. 1.- Título II DelaExposiciónaPeligrosyRiesgosAmbientalesalNiñoylaNiña Art. 2.- a. b. c. d. e. f. g. h. i. Art. 3.- a. Lavarselasmanosconaguayjabónenlossiguientescasos: Art. 4.- a. b. c. d. La presente norma tiene por objeto definir los parámetros que permitan a las Estancias Infantiles identificar y prevenir las amenazas y riesgos ambientalesalasaluddelosniñosyniñas. Las Estancias Infantiles tomarán como indicadores de peligro y riesgo ambientaleslossiguientes: AguaInsalubre Deficientehigieneysaneamientobásico Inadecuadadisposicióndelosresiduossólidos Contaminacióndelaire Contaminaciónacústica Enfermedadestrasmitidasporvectores Peligrosquímicos Traumatismosnointencionales Contaminaciónvisual. La Estancia Infantil garantizará, el desarrollo de las siguientes prácticashigiénicasenlosniñosyniñas: a.1 Antesdecadacomida. a.2 Despuésdecadacomida. a.3 Despuésdejugar. a.4 Antesydespuésdeirelbañoycadavezqueesténsucias. Como parte de la higiene y el saneamiento básico la Estancia Infantil contribuirá a prevenir la contaminación fecal, para lo cual desarrollará las siguientesactividades: Revisarquelasuñasdelosniñosyniñas esténcortasylimpias. Limpiar bien al niño y la niña, o ayudarlo a hacerlo, siempre que sea necesario. Verificar,traselusodelinodoro,quesehayatiradodelapalancayque elmismohayaquedadolimpio. Encasodequeestéafectadoelfuncionamientodelserviciosanitario, laEstanciaInfantilgarantizaráaguaparaladescargadelasheces. Normativas Generales 55
  • 56. e. f. g. h. Art. 5. a. AlinteriordelaEstanciaInfantil b. AlexteriordelaEstanciaInfantil c. ConrelaciónalosDesechosSólidos Art. 6.- a. Medidasinherentesalservicio b. Medidasdecoordinación En caso de usar “bacinilla”, se asegurará la disposición final de la excretaenlaletrinaoinodoro,tanprontoelniñofinalicesunecesidad. Lavar los genitales del niño o niña cuantas veces sea necesario para evitaracumulacionesderestosdeorinaysecrecionesdiversas. Cambiar la ropa después del baño, y cada vez que sea necesario, con laropaentregadacadadíaporlamadre,padreotutordelniñoolaniña. Garantizar un adecuado sistema de disposición de las heces así como demantenimientoregular paraqueopereadecuadamente. La Estancia Infantil desarrollará actividades de prevención de contaminacióndelairededosformas: a.1 ManteniendolaEstanciaInfantillibredelconsumodetabaco. a.2 Manteniendounabuenaventilación. a.3 Mantener los alrededores libre de humo o quemas de desechos sólidos b.1Coordinandoactividadesdecapacitaciónatravésdelasociedadde padres,madres,tutores,amigosyamigasdelaEstanciaInfantil. b.2CoordinandoactividadesdepromocióndesaludconlasUnidadesde AtenciónPrimaria(UNAP)delsector. b.3 Coordinando con entidades del sector el control de fuentes emisoras de contaminación. c.1Disponerderecipientesplásticoscontapaofundasplásticasparalos residuossólidosdomiciliarios c.2Gestionarconelayuntamientolarecogidadelasfundasplásticasque contienenlosresiduossólidos Los riesgos de enfermedades transmitidas por vectores se manejarán porlosserviciosdeEstanciasInfantilesendosvertientes. a.1 Espacios libres de mosquitos y otras plagas (cucarachas, ratones, etc.) a.2 Mantenerloslugareslibresdeaguaacumulada. a.3 Taparadecuadamentelosrecipientesdondesealmacenaagua. b.1 Coninstituciones b.2 Conorganizaciones b.3 Con la sociedad de padres, madres, tutores, amigos y amigas de la Normativas Generales 56
  • 57. Estancia Infantil entre otros, en la misma línea que las medidas establecidasenelacápitea. En las Estancias Infantiles se adoptarán las siguientes medidas de protecciónparamanejarlassituacionesderiesgodelentorno: a.1 Mantener los productos de limpieza, combustibles, solventes, plaguicidas y otros productos químicos de uso domestico, para uso de la Estancia Infantil, envasados y guardados en un lugar alto y seguro, claramente etiquetados, nunca en recipientes de uso alimenticioreconocido(botellas,…). a.2 Usarenvasesconcierredeseguridadparaproductosfarmacéuticos yquímicos. a.3 Mantenerlosbajollaveyenlugaresinaccesiblesparalosniñosylas niñas. a.4 Tenerespaciosclaramentediferenciadosparaguardarlosalimentos yparaguardarlosproductosquímicos. a.5 Colocarletrerosorótulosvisiblesparaquetodoelpersonalque trabajeconlosniñosylasniñasconozcasobrelaexistenciadeestos productos. ElServiciodeEstanciaInfantildesarrollaráaccionesparaevitarquelos niñosylasniñassufranintoxicaciones,caídasyquemaduras;paraello: Utilizará tapas con cierre de seguridad en los recipientes de plaguicidas,medicamentosy sustanciasquímicas. Vigilaráalosniñosyniñasdurantesuperiododejuego. Evitaráelpasodeniñosyniñasaláreadecocina. Mantendráaisladoslostomacorrientes. La Estancia Infantil puede funcionar en cualquier área geográfica del país:Urbana,urbanamarginalyrural,siempreycuandocumplaencuantoasu ubicación,conlossiguientesrequisitos: Fácilacceso. Salud Ambiental: Alejada de prostíbulos, lugares de apuestas, bares, vertederos de basura, basureros, estaciones de gasolina, talleres de baterías, ebanistería o soldadura, granjas de animales, estaciones eléctricas,transformadores,tendidoseléctricosdealtatensión,aguas negras,calleso avenidasdemuchotránsito. Al momento en que el niño y niña juegue, se tomarán en cuenta en el áreaexteriorpararecreaciónlosiguiente: c.1 Que se encuentre rodeada por una cerca con una altura mínima de Art. 7.- a. Contralospeligrosquímicos Art.8.- a. b. c. d. Título III Del Medio Ambiente exterior a la Estancia Infantil Art. 9.- a. b. c. Normativas Generales 57
  • 58. 1.50 metros, que impida el paso de niños o niñas, y sobre la cual no puedantrepar. c.2 Contarconmedidasdeprotecciónybarandasdeseguridad. c.3 Quenoexistanbasurasydesperdicios. c.4 Quenohayaobjetospunzantesoquerepresentenpeligros. c.5 Queenlazonanoexistaaguaestancada. c.6 Que el terreno no tenga pozos, cuevas, cambios bruscos de altura o lugarespróximosacarreteras. c.7 Quetengavisibilidadparalaspersonasadultasacargo. c.8 Queseencuentrelibredeaccesoapersonasnoautorizadas. c.9 Quetengajuegosdepatio. c.10Quenoexistanplantaspunzantesoquepuedanproduciralergias. -En lo referente a la planta física la Estancia Infantil cumplirá los siguientesrequisitos: Construida a una distancia mínima de 5 metros de las calles que le circundan,enunazonalibredemuchotránsito,oenunacalleapacible. : De Madera o Block, en buenas condiciones, sin presencia de insectos. : De cemento, mosaico o granito, sin desniveles ni escalones innecesarios. : Zinc o plato de concreto. Toda estructura estará en buenas condiciones, sin filtraciones, grietas, etc., o tener presencia de insectos. Todos los ambientes tendrán suficiente ventilación e iluminaciónnatural. :DeBlockomallaciclónica,nuncaconpuyasovidriosensutope. En caso de que haya escalera poseerán pasamanos y anti- resbalantes. Rampadeaccesoparapersonasdiscapacitadas. Que las tuberías de aguas blancas y residuales se encuentren empotradas. : De vidrio, madera o aluminio; limpias, en buenas condicionesysinpresenciadeinsectos. El espacio interior de la Estancia Infantil cumplirá los siguientes requisitos: Buenailuminación conlamayorcantidaddeluznatural,denoserposi- Título IV De la Estructura Física de la Estancia Infantil Art. 10. a. b. Paredes c. Pisos d. Techos e. Verja f. g. h. i. Puertas y ventanas Título V Del Medio Ambiente Interior de la Estancia Infantil Art. 11.- a. , , Normativas Generales 58
  • 59. ble, luzartificialconlámpara. Buena ventilación e iluminación natural ventilación, con máxima circulación de aire fresco, con ventanales grandes a la altura de los niños y niñas, a fin de que alcancen a ver el espacio exterior. La ventilación será con aire acondicionado, aba- nicos de techo o de pared, nunca de pedestal o de piso. Lasinstalacioneseléctricas,empotradasenparedesytechoscomo medidadeseguridadparaevitarquelosniñosylasniñasseaccidenten, estará cuidadosamente protegida. Los toma corrientes se situarán altosparausodelosadultos,oconprotectoresdeseguridad. Las instalaciones sanitarias estarán equidistantes de todas las áreas, diseñadas según el tamaño y características de los niños y las niñas, propiciando el manejo independiente de los mismos, por parte de los niños y las niñas, y la supervisión adulta. Poseerán papel, jabón y toallas a disposición de los niños y las niñas. Muy importante es que los niños y las niñas sientan que pueden contribuir al mantenimiento de la limpieza, por lo que se tendrán zafacones para depositar el papel luego de su uso. Si es posible, dentro de cada salón habrá un lavamanos (como área de aseo) que contribuya al permanente ejercicio de las prácticas de higiene y fortalecimiento de los hábitos de auto-cuidado. En lo posible, los baños funcionarán por separado para niños y para niñas,asícomodelbañoparalosadultosacargo. Es indispensable el agua en el funcionamiento de las Estancias Infantiles. En caso de que no se reciba apta para el consumo humano, se implementará tratamiento del agua a nivel domiciliario (hervida, filtrada o mediante tratamiento químico), si en el sector se presentan problemas con el fluido del agua es necesario tener cisterna, pozo o tinacos de gran capacidad, debiendo lavarse y desinfectarse con regularidad. Los puntos donde se debe hacer llegar llaves de agua son: lacocina,losbaños,eláreadesaludyelpatio. Las estancias mantendrán uniformidad en los colores, usando pintura sin plomo, con colores para los salones que se correspondan con los gustos e intereses de los niños y las niñas, y que las paredes de los salones sean fácilmente lavables a fin de mantenerlas limpias e higiénicas. El área de alimentación y comidas estará ubicada preferentemente en el centro, o en el patio, con acceso fácil para los días de lluvia. Tendrá mesasysillas,pudiendoserunáreacerradaoungacebo.Espreferible que tenga los lavamanos cerca y que pueda ser usado para otras actividades. La cocina será obligatoriamente limpiada cada vez que se utilice; sus paredes estarán revestidas preferentemente de azulejos; tendrá zafacón con tapa para los residuos; fregadero para el lavado de vajilla; b. c. d. e. f. g. h. i. Normativas Generales 59
  • 60. y preferiblemente un extractor de humos y olores; estando alejada del áreadetrabajodelosniñosylasniñas. Los equipos utilizados para la preparación de los alimentos, diariamente seguardaránlimpiosyenunlugarlibredelaccesoderatasyalimañas. La Estancia contará con un espacio habilitado para el almacenamiento de los alimentos no perecederos, así como congelador y/o nevera para losperecederos. Los instrumentos cortantes se guardarán en lugares fuera del alcance deniñosyniñas. Los alimentos, juguetes, equipos y todos los artículos en contacto con elniñoolaniñaseprotegeránparaevitartodacontaminación. La Estancia tendrá un buen estado de limpieza en paredes, pisos, baños, realizándose una limpieza general de la misma una vez por semana. El mantenimiento general de la Estancia se realizará por lo menos dos veces por año, abarcando limpieza de cisterna, fumigación, poda de árboles,asícomorevisiónyreparacióndelasinstalacionesfísicas. La basura y desperdicios serán sacados diariamente de la Estancia Infantil, almacenadas en fundas con amarres, y colocada en el lugar apropiadoparasurecogidaporelcamiónrecolector. Los cilindros de gas estarán ubicados en lugares alejados del área de trabajo con los niños y las niñas, fuera de la cocina y de la despensa, preferiblementeenunlugarhabilitadoparaestosfines. por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y resolutada con el Número: 06-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana. pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio del2008 quecreólaComisiónEspecialparaeliniciodelfuncionamientodelas Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI. j. k. l. m. n. ñ. o. p. Aprobada: Revisada: Normativas Generales 60
  • 61. 7.- NORMA SOBRE LA SALUD MATERNO-INFANTIL EN LAS ESTANCIAS INFANTILES Título I Objeto Art. 1.- Título II De la Promoción de la Salud Art. 2.- Art. 3.- Art. 4.- Art. 5.- Art. 6.- Art. 7.- Título III Servicios de Atención de la Salud Art.8.- Art. 9.- La presente norma tiene por objeto contribuir con la salud materno- infantil y el cumplimiento de estándares básicos que garanticen el bienestar y eldesarrolloplenodelosniñosylasniñasatendidosenlasEstanciasInfantiles delSistemaDominicanodeSeguridadSocial. La promoción de la salud es el proceso que proporciona a las poblaciones los medios necesarios para ejercer un mayor control sobre su propiasaludyasípodermejorarla. En las Estancias Infantiles se realizarán actividades de educación para la salud, con la finalidad de que los niños y las niñas aprendan a conocer su cuerpoyacuidarsusaluddesarrollandohábitossaludables. Las familias se beneficiarán de actividades de promoción de la salud a travésdecharlas,talleres,conferencias,odecualquierotratécnicainteractiva, con la finalidad de potenciar el desarrollo de sus hijos o hijas respecto a su salud,prevencióndeviolenciaintra-familiarydelabusoinfantil. Las Estancias Infantiles desarrollarán actividades de promoción de la saludconlacomunidadysusorganizaciones. La Estancia Infantil planificará y desarrollará actividades educativas paraeldesarrollodelhábitodelahigienebucal. La Estancia Infantil promoverá jornadas, encuentros u otras actividades interactivas de carácter preventivo, para los familiares del niño o niña,conlafinalidaddequedesarrollenunamejorsaludfísicaymental. LaEstanciaInfantilvelaráporquealniñoylaniñaleseanrealizadaslas evaluaciones de salud periódicas relacionadas con su edad, en función de las normativasdelaSESPASparaelgrupoetariode0a5años. La Estancia Infantil vigilará el crecimiento y desarrollo de los niños y las 61 Normativas Generales
  • 62. niñas. - La Estancia Infantil revisará la tarjeta de vacunación de los niños y las niñas con la finalidad de conocer el estado de vacunación de los mismo y mantener actualizada dicha tarjeta de acuerdo a las Normas del Programa Ampliado de Inmunización (PAI). En caso de que le falten algunas vacunas, informaráalafamiliaparaquegestionelaaplicacióndelasmismas. En caso de que el niño o niña sufra un accidente, trauma o lesión dentro de la Estancia Infantil, que amerite remisión y atención médica, será llevado o llevada al establecimiento de salud más cercano, y se le avisará a su padre,madreotutor. En caso de disfrutar de servicio de emergencia próximo ofertado por una Prestadora de Servicios de Salud (PSS) especificada por los padres o adultos a cargo, se acudirá a la misma, a no ser que se priorice el uso de otro establecimiento de salud con concierto o de uso habitual por la Estancia Infantil. En caso de que al niño o niña se le esté administrando uno o varios medicamentos, será responsabilidad del padre, madre y tutor, llevar el o los mismos a la Estancia Infantil, acompañado de la prescripción para su correcta administración. La Estancia Infantil promoverá y fomentará hábitos saludables, para prevenirenfermedadestalescomo: EDA(EnfermedadesDiarreicas Agudas). Parasitosis. IRA(InfeccionesRespiratoriasAgudas),administrando vitaminaA. Conjuntivitis. Anemia,mediantemonitoreoperiódico. Enfermedadesdelapiel. Cualquier otra enfermedad que padezca el niño o niña, que lo afecte en sudesenvolvimientoenlaEstanciaInfantil. .- En caso de que en las Estancias Infantiles se detecten algunas de las enfermedades descritas anteriormente, u otra infecto-contagiosa o crónica-degenerativa, informará a la familia para que gestionen la atención correspondiente. Si la condición del niño o niña amerita atención inmediata se trasladará a la Unidad de Atención Primaria (UNAP) más cercana, o a la PrestadoradeServiciodeSalud(PSS)quecorresponda. Art. 10. Art. 11.- Párrafo.- Art. 12.- Art. 13.- a. b. c. d. e. f. g. Párrafo Normativas Generales 62
  • 63. Art. 14.- Art. 15.- a. b. Art. 16.- Art.17.- Art. 18.- Art. 19.- Art.20.- Párrafo.- La Estancia Infantil promoverá la higiene y salud bucal revisando, y dando seguimiento a la cavidad bucal de los niños y niñas. En casos de que se amerite de atención especializada en el área, informará a la familia para que gestionedichaatención. La Estancia Infantil realizará actividades de prevención de caries en losniñosyniñassuministrandoflúordelasiguientemanera: Desde que surgen los dientes, hasta los cinco (5) años de edad, cepillado oral con pasta dental con flúor después de cada alimentación. Desde los tres (3) a los cinco (5) años de edad, enjuague bucal con flúor cada quince (15) días, o administración de flúor oral cada seis (6) meses. La Estancia Infantil detectará indicadores de abuso infantil: Psicológico, físico y sexual, en caso de conocimiento o sospecha Informará a lasautoridadescompetentes,segúnestableceelArtículo14delaLey136-03. LaEstanciaInfantildaráseguimientoaldesenvolvimientoydesarrollo físico y psíquico del niño o niña, para, en caso de ser necesario, brindar apoyo en la propia Estancia Infantil, así como informará a la familia para que gestionenlaatencióncorrespondiente. La Estancia Infantil velará por la realización de un tamizaje visual inicial al ingreso del niño o la niña. Adicionalmente, realizará una evaluación cada seis (6) meses durante el primer año de vida, con la finalidad de observar el alineamiento visual, para la temprana detección del estrabismo. En caso de detectarse estrabismo en algún niño o niña, se informará a la familia para que gestionelaatencióncorrespondiente. La Estancia Infantil velará por la aplicación del Test de la Campana (Bell Test), o equivalente, a cada niño o niña que ingrese a la Estancia, para contribuirasudesarrolloauditivo. ElpersonaldelaEstanciaInfantilobservaráeldesarrollodellenguaje de los niños y niñas, iniciando con el gorjeo a los seis (6) meses de edad, y en caso de alguna alteración, informará a la familia para que gestione la atención correspondiente. La Estancia Infantil desarrollará actividades formativas dirigidas a promover la salud infantil, orientando a los padres, madres o tutores de los niñosyniñasatendidosenlamisma. Normativas Generales 63
  • 64. Título IV De la Vigilancia de la Salud Art. 21.- Art. 22.- Art. 23.- Título V Del Servicio de Farmacia Art. 24.- Párrafo. tales como Título VI De las Emergencias y Desastres Art. 25.- Título VII De la Cédula de Salud del Niño y de la Niña Art. 26.- La vigilancia epidemiológica se realizará en coordinación con la Unidad de Atención Primaria más cercana a su área de influencia, para los problemas de salud ambiental, riesgos de enfermedades infecto-contagiosas yprevencióndeenfermedadescrónicas. El control de vectores y roedores se realizará mediante el mantenimiento de espacios libres de residuos sólidos, y manteniendo los zafaconestapados.Igualmenteseestablecerá controldelasaguasservidasy almacenadas. La Estancia Infantil vigilará la presencia de roedores, insectos, aves y animales con riesgo de transmitir enfermedades al ser humano, aplicando las medidas de control pertinentes, en coordinación con la Unidad de Atención Primaria(UNAP)máscercana. Las Estancias Infantiles garantizarán la gestión, provisión y administración de medicamentos de emergencia a través de un botiquín que contenga Analgésicos, Antipiréticos, Antisépticos, Antialérgicos, Materiales Gastables,Guantes,Baja-Lengua,Vendajes,AlgodónyAlcohol. Para el suministro de los medicamentos analgésicos, antipiréticos y antisépticos, se contará con la previa autorización del padre, madre, tutorotutoradelniñoolaniña. Las Estancias Infantiles contarán con un plan de emergencia y desastres, y para estos fines coordinarán con instituciones como la Cruz Roja Dominicana, Defensa Civil, Cuerpo de Bomberos, el Centro de Operaciones deEmergencias(COE),entreotras. La Estancia Infantil tendrá para cada niño y niña una Cédula de Salud elaborada por la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS), con la colaboración de la Organización Mundial de la Salud (OMS), dondesecontemplen lossiguientesaspectos: Normativas Generales 64
  • 65. a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. m. n. o. p. q. Aprobada: Revisada: Datosgeneralesdelniñoolaniña. Datosfamiliares. Datossobrelavivienda. Ubicacióngeográficadelavivienda. Interacciónfamiliar. AntecedentesMaternos. AntecedentesPerinatales. Desarrollopsicomotor. Desarrollodellenguaje. Desarrollosocio-emocional. Desarrollocognoscitivo. Enfermedadespadecidas. Antecedentesdeenfermedadesenlafamilia. Examenfísico. Inmunizaciones.Programaampliadodeinmunización(PAI) Observacionesdelniñoydelaniña. CompromisodelafamiliaconlaEstanciaInfantil. por los miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles y resolutada con el Número: 07-05, de fecha seis (6) de Septiembre del año dos mil cinco (2005), en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana. pormandatodelaResoluciónNo.187-02delCNSS,del31deJulio del 2008 que creó la Comisión Especial para el inicio del funcionamiento de las Estancias Infantiles, conformada por la Gerencia General del CNSS, la SISALRIL, laAEISS del IDSS, la TSS, la DIDA, un representante de cada uno delossectoresGobierno,EmpleadoryLaboral,yelCONDEI. Normativas Generales 65
  • 66. 66