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CEIP “LAS ANEJAS”
- TERUEL -
PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO
2
CEIP “LAS ANEJAS” - PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO
Preámbulo.
1.- Datos generales del centro.
1.1.- Denominación y ubicación.
1.2.- Características y peculiaridades.
1.3.- Principios educativos.
1.3.1.- Notas de identidad.
1.3.2.- Objetivos y propósitos de centro.
2.- Estructura organizativa.
2.1.- Órganos colegiados.
2.2.- Órganos unipersonales.
2.3.- Órganos de coordinación docente.
2.4.- Otros órganos y funciones de coordinación.
3.- El RRI y las normas de convivencia.
3.1.- Preámbulo y fundamentos legales.
3.2.- Normas de convivencia.
3.3.- Proceso de corrección de las conductas del alumnado - (Anexo I).
3.4.- Plan de convivencia - (Anexo II).
3.5.- Documento de tareas escolares.
4.- Los recursos humanos. Derechos y deberes.
4.1.- Profesorado.
4.2.- Alumnado.
4.3.- Padres y madres. AMPAs.
4.4.- Personal no docente.
5.- Organización de espacios y recursos. Normas para su utilización.
5.1.- Recursos materiales: distribución y utilización.
5.2.- Banco de libros
5.3.- Régimen administrativo.
5.4.- Régimen económico.
5.5.- Actividades extraescolares y complementarias.
5.6.- Plan de evacuación – (Anexo III).
6.- Distribución del horario lectivo.
6.1.- En Primaria
7.- Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) – (Anexo IV).
8.- Plan de Atención a la Diversidad (PAD) – (Anexo V).
9.- Proyecto Deportivo de Centro (PDC) – (Anexo VI)
10.- Los servicios complementarios.
10.1.- Comedor escolar.
10.2.- Aula madrugadora.
10.3.- Transporte escolar.
10.4.- Servicio de guardia o custodia.
10.5.- Aula de tarde.
11.- Relación entre los distintos sectores de la comunidad educativa.
12.- Relaciones con otras instituciones.
13.- Reforma del PEC.
14.- Disposición final.
3
PREÁMBULO
La finalidad del presente Proyecto Educativo de Centro (PEC), cuyo ámbito de aplicación
es el CEIP “LAS ANEJAS” de Teruel, es alcanzar un nivel óptimo de convivencia entre todos
los miembros que constituyen la comunidad educativa del centro y recoger los valores, objetivos
y prioridades de actuación en el mismo.
Para conseguir esta finalidad es preciso determinar una serie de objetivos que se
desarrollarán en el documento en unas normas básicas de actuación. Dichos objetivos son:
- Llevar a cabo el proceso educativo dentro de un modelo de tolerancia y respeto mutuo, en
orden a la consecución de los fines de la educación que define la legislación vigente.
- Promover el derecho de todos los miembros de la comunidad escolar a intervenir en las
decisiones que les afecten a través de sus representantes.
- Asegurar el orden interno del centro en aras a la consecución de los objetivos educativos.
- Desarrollar la autonomía y la responsabilidad de todas las personas que integran la
comunidad educativa del centro.
- Mantener con la comunidad y con el entorno del centro una relación comunicativa y
abierta al diálogo.
Consideramos que el PEC debe ser una referencia amplia en la que nos podamos apoyar
(profesorado, padres/madres, alumnos/as y personal no docente) para tener claro lo que hacemos,
es decir, plantear los objetivos, los tiempos y los fines educativos.
El presente PEC, además de tener en cuenta las características y peculiaridades del centro y
de su entorno, tiene una base legal en la normativa siguiente:
- Leyes generales:
o Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
o Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) en la redacción dada en la Ley
Orgánica 8/2013 para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
o Ley 30/92 sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
- Funcionamiento de centros:
o Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y
las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.
o Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y
la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la
titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación
Profesional
o Real Decreto 82/1996 por el que se aprueba del Reglamento Orgánico de las
Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
o Orden de 26 de junio de 2014 por la que se aprueban los instrucciones que
regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios de Educación Infantil
y Primaria y su corrección de errores en BOA de 16 de julio de 2014 y
modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016.
o Orden 63/2016 por la que se regula la implantación de Proyectos Educativos de
Organización de Tiempos Escolares y su convocatoria para el curso 2016/2017.
- Derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa:
4
o Real Decreto 73/2011 por el que se establece la carta de derechos y deberes de los
miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de convivencia en
los centros educativos.
o Real Decreto 1533/1986 por el que se regulan las Asociaciones de Padres de
Alumnos.
- Atención a la diversidad:
o Real Decreto 135/2014 por el que se regulan las condiciones para el éxito escolar
y la excelencia de todos los alumnos desde un enfoque inclusivo.
o Orden de 30 de julio de 2014 por la que se regulan las medidas de intervención
educativa para favorecer el éxito y la excelencia de todos los alumnos.
o Orden 1005/2018, de 7 de junio, por la que se regulan las actuaciones de
intervención educativa.
o Orden 1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones que
contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso
escolar en las comunidades educativas aragonesas.
o Ley 8/2012, de 13 de diciembre, de autoridad del profesorado en la Comunidad
Autónoma de Aragón.
o ORDEN ECD/1004/2018, de 7 de junio, por la que se regula la Red Integrada de
Orientación Educativa en los centros docentes no universitarios sostenidos con
fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón
o Decreto 188/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se
regula la respuesta educativa inclusiva y la convivencia en las comunidades
educativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
o ORDEN ECD/1005/2018, de 7 de junio, por la que se regulan las actuaciones de
intervención educativa inclusiva.
- Currículo y evaluación:
o ORDEN ECD/1112/2022, de 18 de julio, por la que se aprueban el currículo y las
características de la evaluación de la Educación Primaria y se autoriza su
aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
o Orden de 16 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad,
Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la Educación Primaria y
se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de
Aragón (BOA de 20 de junio).
o ORDEN de 21 de diciembre de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y
Deporte, por la que se regula la evaluación en Educación Primaria en los centros
docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón y se modifican la Orden de 16
de junio de 2014, por la que se aprueba el currículo de la Educación Primaria y se
autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de
Aragón y la Orden de 26 de junio de 2014, por la que se aprueban las
Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios
Públicos de Educación Infantil y Primaria y de los Colegios Públicos de
Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 30 de
diciembre).
o ORDEN ECD/850/2016, de 29 de julio, por la que se modifica la Orden de 16 de
junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por
la que se aprueba el currículo de la Educación Primaria y se autoriza su aplicación
en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 12 de
agosto).
5
o Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo
básico de la Educación Primaria.
o Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las
enseñanzas mínimas de la Educación Infantil.
o ORDEN ECD/853/2022, de 13 de junio, por la que se aprueban el currículo y las
características de la evaluación de la Educación Infantil y se autoriza su
aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
o Orden 823/2018, de 18 de mayo (BOA 28-5-2018) por la que se regula el modelo
BRIT-Aragón para el desarrollo de la competencia lingüística de y en lenguas
extranjeras en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad
Autónoma de Aragón.
La existencia, elaboración, aprobación y aplicación de este Proyecto Educativo de Centro
se contempla en:
- El artículo 121 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE).
- El artículo 48 del Real Decreto 82/1996 por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de
las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
- ORDEN ECD/598/2016, de 14 de junio, por la que se modifica la Orden de 26 de junio
de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se
aprueban las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los
Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de los Colegios Públicos de
Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 23 de junio).
6
1.- DATOS GENERALES DEL CENTRO
1.1.- DENOMINACIÓN Y UBICACIÓN
La denominación completa del centro escolar es:
Nombre.- CEIP “LAS ANEJAS”
Dirección.- C/Atarazanas, 10 (44003 – Teruel)
Teléfono y fax.- 978 60 35 87
Móvil.- 620431289
Página web.- ceiplasanejas.catedu.es
Blog.- https://ceiplasanejasteruel.blogspot.com/
E-mail institucional.- cplateruel@educa.aragon.es
E-mail atención padres.- lasanejas@gmail.com y secretaria@anejas.es
Nº código del centro.- 44003120
Nº código identificación fiscal.- Q-4468003-A
Centro bilingüe BRIT – Aragón (Convenio MEC-British Council)
El Colegio de Educación Infantil y Primaria “Las Anejas” es un centro de titularidad
pública, perteneciente a la red de centros de la Diputación General de Aragón. Se encuentra
situado en la periferia de Teruel, dentro de la Ciudad Escolar, entre los barrios de El Carrel y San
León.
Desde el curso 2019-2020 se completó el traslado a unas nuevas instalaciones en el
terreno donde se ubicaba el antiguo IES “Segundo de Chomón”. La primera fase de dicho
traslado se inició con la etapa de Infantil en el curso 2017-2018.
Cuenta con tres módulos donde están ubicadas las aulas de Infantil y Primaria, así como los
servicios comunes del centro. Rodeando estos módulos existe una amplia zona vallada en la que,
además de otros espacios, contiene unas pistas polideportivas. También cuenta para su
utilización con el gimnasio y pistas del que fue colegio “Atarazanas”.
1.2.- CARACTERÍSTICAS Y PECULIARIDADES
El CEIP “Las Anejas” inició su andadura hacia 1975 dentro del proyecto de la conocida
como Ciudad Escolar de Teruel. Es heredero de las Escuelas Anejas de las antiguas Escuelas
Normales de Magisterio, más tarde transformadas en colegios de Prácticas de las Escuelas del
Profesorado de EGB. En la actualidad ha perdido esta función exclusiva y sus condiciones y
dependencia administrativa son las mismas que el resto de los centros públicos de la Consejería
de Educación del Gobierno de Aragón.
Por decisión del Claustro y selección de la administración educativa, es un centro que
participa, desde el curso 1996-1997, en el programa de bilingüismo fruto del Convenio entre el
MEC y el British Council que, tras el traspaso de competencias, quedó asumido por la DGA.
Desde el curso 2014-2015, tras la aparición del PIBLEA, fue un centro CILE 2 de currículo
integrado y actualmente está incluido dentro de la red de centros BRIT-Aragón desde el curso
2017-2018.
7
También, desde el curso 2016/2017, participa en la convocatoria de Orden 63/2016 de 16
de febrero y dispone de su propio Proyecto Educativo de Organización de Tiempos Escolares.
Asimismo, acoge alumnado con necesidades educativas especiales. También está dotado,
entre otros, de un servicio complementario de comedor escolar y de aula madrugadora y
participa en el Plan Corresponsables.
Tras las diversas reformas educativas llevadas a término, en la actualidad, es un centro
que acoge alumnado de infantil y primaria.
La casi totalidad de las familias que envían sus hijos/as al centro provienen del medio
urbano y corresponden a grupos sociales variados. Existe alumnaddo con ayuda individualizada
de transporte o transportados en ruta escolar proceden de los pueblos o barrios rurales.
1.3.- PRINCIPIOS EDUCATIVOS
1.3.1.- Notas de identidad
La Comunidad Escolar del Colegio “Las Anejas” proclama las siguientes notas de
identidad que deberán definir nuestro Centro:
1. Nuestra escuela apuesta por la calidad de la educación para todo el alumnado, por
lo que será abierta, libre y democrática, donde niños/as, familias, docentes y
sociedad en general tengan cabida y cuyas relaciones sean de colaboración,
tolerancia, responsabilidad, justicia y respeto.
2. Se fomentará la consideración y el respeto hacia los docentes como autoridad
pública.
3. El Centro, como Institución Pública, acoge a la diversidad. En consecuencia, se
declara pluralista y respetuoso con todas las ideologías, comprometiéndose a no
hacer apología de ninguna tendencia específica. Todo ello se conjugará con el
derecho a la libertad de expresión individual, siempre respetando los derechos de los
demás. La escuela pondrá especial hincapié en el diálogo y respeto para la
prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la no
violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social y en especial en
el de acoso escolar y violencia de género.
4. La aconfesionalidad de los centros públicos está definida en la Constitución.
Nuestro colegio se declara aconfesional y se muestra respetuoso con las creencias
individuales de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
5. El Centro se declara a favor de la coeducación, teniendo como objetivo
fundamental ayudar al alumnado en la búsqueda de su propia identidad personal, a
través del respeto mutuo, e igualdad entre sexos en todos los ámbitos. El desarrollo
de la coeducación en nuestra escuela será a través de los valores que fomenten la
igualdad efectiva entre disitintos géneros, así como la prevención de la violencia de
género.
6. El Centro favorece la inclusión social de todo el alumnado, rechazando todo tipo
de discriminación. El Centro busca la equidad, que garantice la igualdad de
oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la
inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar
8
cualquier discriminación, la accesibilidad universal a la educación y que actúe como
elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y
sociales, con especial atención a las que se deriven de la diversidad funcional.
7. El Centro fomenta el cuidado del medio ambiente y potenciará la consecución de
los objetivos de desarrollo sostenible.
8. El Centro tiene una modalidad de gestión democrática y representativa, en la que
interviene toda la Comunidad Educativa. Será participativa a través de todos los
estamentos y estará abierta para compartir tareas, funciones y responsabilidades.
9. El Centro apuesta por una enseñanza plurilingüe (español-inglés y francés en 5º y
6º de Primaria) a través de un currículum integrado que favorece el conocimiento de
la cultura anglosajona y francesa y está establecido en el itinerario binlingüe del
centro.
10. El Centro desarrolla programas relacionados con la educación para la salud, la
seguridad vial, el consumo, la paz, la educación cívica y constitucional y el uso
adecuado de internet y redes sociales .
11. El Centro se constituye con un Centro Promotor de la actividad física y deporte,
agente que impulsa estilos de vida saludables, en los que la actividad física y el
deporte tengan un lugar destacado, en colaboración con las familias y los entes
locales.
12. El Centro favorece la integración del alumnado procedente de otros países, con
los recursos disponibles, facilitando el aprendizaje del idioma, cuando sea necesario,
y buscando una rápida adaptación e integración.
13. Nuestro Centro reconoce el derecho que corresponde a los padres, madres y
tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos/as. A este
respecto, para la consideración de la función docente como factor esencial de la
educación, es imprescindible el reconocimiento social del profesor y el apoyo a su
tarea.
14. La línea metodológica del Centro será:
- Orientada hacia la consecución de las competencias clave.
- Inductiva, a partir de los intereses del alumnado e incorporando las TICs
(Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación) , aplicación de las
TACs ( Tecnologías del Aprendizaje y Conocimiento) y un modelo pedagógico
basado en TEP (Tecnologías para el Empoderamiento y la participación).
- Respetuosa con los diversos ritmos de aprendizaje.
- Potenciadora del esfuerzo y del trabajo del alumnado.
- Participativa y que fomente la cooperación y el trabajo en equipo.
- Innovadora, activa y abierta a la observación y a la experimentación.
- Compensatoria con el alumnado con dificultades.
9
1.3.2.- Objetivos y propósitos de centro
Este PEC tiene como objetivo general regular la convivencia y el buen funcionamiento de los
diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, tanto de forma individual como colectiva,
dentro de un marco de tolerancia y respeto.
Objetivos concretos
1.1. Escuela abierta, libre y democrática
El Centro establece los siguientes objetivos:
1. Fomentar entre los miembros de la Comunidad Escolar hábitos de respeto,
diálogo y tolerancia.
2. Adquirir la responsabilidad y el compromiso de respetar y cumplir las normas
recogidas en el RRI, así como los acuerdos puntuales mayoritarios.
3. Impulsar la participación de los padres en la acción tutorial del Centro.
4. Promover la colaboración de los padres en actividades del Centro.
5. Implicar a los alumnos en la organización de normas de convivencia.
6. Preparar a los alumnos para el ejercicio responsable de la libertad.
7. Establecer contactos con otros centros.
8. Mantener la relación con las entidades e Instituciones locales y de Gobierno.
9. Impulsar la participación de la AMPA en la vida del Centro.
10. Apostar por el fomento de las TRIC o Tecnologías de la Relación, la
Información y la Comunicación, el factor relacional en un entorno digital es
clave.
11. Fomentar el hábito lector.
1.2. Pluralismo y derecho a la libertad de expresión
El Centro establece los siguientes objetivos:
1. Respetar la iniciativa y fomentar la tolerancia, procurando la búsqueda de la
propia identidad
2. Desarrollar en los niños los valores básicos de una sociedad democrática y plural,
desechando la violencia.
3. Mostrar una postura objetiva ante las distintas tendencias políticas, religiosas y
sociales.
4. Preparar a los alumnos para la participación en la vida democrática.
5. Formar a los alumnos en los principios de la paz, la cooperación, la solidaridad,...
entre los pueblos.
6. Promover la educción cívica y constitucional.
1.3. Aconfesionalidad
El Centro establece el siguiente objetivo:
1. Respetar todo tipo de creencias existentes en la Comunidad Escolar e impedir
cualquier discriminación por razón de confesionalidad.
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1.4. Coeducación
El Centro establece los siguientes objetivos:
1. Potenciar la coeducación, no como un simple agrupamiento de niños y niñas, sino
como una educación igual para todos sin discriminación por razón de sexo.
2. Eliminar del currículum cualquier sesgo sexista y discriminatorio.
3. Establecer criterios no sexistas en la selección de materiales.
4. Iniciar el conocimiento del mundo laboral y profesional, basado en aptitudes
personales y con independencia del sexo.
5. Infundir respeto y trato igualitario en futuras relaciones, eliminando el
sentimiento de superioridad o posesión evitando posible casos de acoso o violencia
de género.
1.5. Atención a la Diversidad
El Centro establece los siguientes objetivos:
1. Continuar con el proceso de inclusión que desde hace tiempo se desarrolla en el
Centro.
2. Organizar prioritariamente los recursos personales y materiales para atender a los
alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. (acneaes).
3. Adecuar el currículum a la realidad concreta de los alumnos mediante las medidas
educativas que se estimen necesarias y organizar racionalmente los recursos
personales y materiales.
4. Intentar de la Comunidad Escolar una actitud abierta y receptiva hacia los
alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. (acneaes).
5. Intensificar la coordinación entre los tutores y los especialistas en el tratamiento
de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. (acneaes).
6. Buscar la inclusión superando las posibles diferencias entre alumnos de un mismo
grupo.
7. Pretender que los alumnos se sientan afectivamente seguros entre sus compañeros
y sus profesores.
1.6. Gestión democrática
El centro establece los siguientes objetivos:
1. Facilitar a todos los órganos representativos del Centro la participación en la
gestión.
2. Diversificar las tareas de gestión escolar y responsabilizar a quienes las asuman.
3. Sacar el máximo rendimiento a los medios personales y materiales que dispone el
Centro.
4. Lograr la participación de la Comunidad Educativa y el mayor grado de consenso
posible en la gestión del Centro.
5. Impulsar la participación de los alumnos en la gestión, responsabilizándoles en
funciones específicas para las que estén capacitados (biblioteca de aula, cuidado de
materiales...).
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1.7. Enseñanza bilingüe
El centro establece los siguientes objetivos:
1. Potenciar el bilingüismo a todos los niveles y la segunda lengua extranjera
(Francés) en 5º y 6º de Primaria.
2. Favorecer la utilización del idioma inglés con los medios y recursos materiales de
que dispone el Centro.
3. Impulsar la participación del profesorado en actividades de perfeccionamiento
referidas a la utilización del inglés como segunda lengua.
4. Inculcar en los alumnos el interés por el conocimiento de otras culturas de habla
inglesa y francesa.
1.8. Educación para la salud
El centro establece los siguientes objetivos:
1. Constituirse como Centro Promotor de la Actividad Física y el Deporte. Integrar
el Proyecto Deportivo de Centro dentro de este Proyecto Educativo, aplicarlo y
evaluarlo.
2. Establecer, mediante la educación para la salud, hábitos de higiene y de
alimentación sana.
3. Conocer y participar en programas de prevención de drogodependencias.
4. Conocer y participar en programas de educación sexual infantil.
5. Conocer los accidentes y enfermedades más comunes de acuerdo con sus edades
para prevenirlos.
6. Conocer las normas básicas y hábitos de prevención de posibles accidentes y
enfermedades
7. Prestar atención a las características de cada alumno/a para prevenir problemas
que puedan afectar a su salud emocional.
12
2.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
2.1.- ÓRGANOS COLEGIADOS
2.1.1.- CONSEJO ESCOLAR
El Consejo Escolar del centro es el órgano colegiado de participación en el mismo de los
diferentes miembros de la comunidad educativa. Su composición y competencias vienen
reguladas en los artículos 126 y 127 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que
se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Su régimen de provisión y
funcionamiento así como otros aspectos del mismo se encuentran regulados en los artículos 8 a
21 del Real Decreto 82/1996 (ROC). También se hacen referencias a otros aspectos en artículos
dispersos de otras instrucciones del Departamento.
2.1.2.- CLAUSTRO DE PROFESORES
El Claustro de docentes es el órgano propio de participación de los maestros en el
gobierno del centro. Está integrado por la totalidad de los docentes que prestan servicios en el
centro. Su composición y competencias vienen reguladas en los artículos 128 y 129 de la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación. Su régimen de funcionamiento así como otros aspectos del mismo se
encuentran regulados en los artículos 8 a 21 del Real Decreto 82/1996 (ROC). También se hacen
referencias a otros aspectos en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento.
2.2.- ÓRGANOS UNIPERSONALES
2.2.1.- DIRECTOR/A
La directora es uno de los componentes del equipo directivo del centro tal como recoge el
artículo 131 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La forma de selección, nombramiento y cese se
hallan regulados en los artículos 132 a 139 de la misma ley. Estos y otros aspectos también se
desarrollan en los artículos 25 a 32 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en artículos dispersos de
otras instrucciones del Departamento.
2.2.2.- JEFATURA DE ESTUDIOS
El centro cuenta con una Jefa de Estudios que forma parte del equipo directivo del centro
tal como recoge el artículo 131 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se
modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Su nombramiento, competencias
y cese están desarrolladas en los artículos 33 a 37 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en artículos
dispersos de otras instrucciones del Departamento.
2.2.3.- SECRETARIO/A
El centro cuenta con un Secretario que forma parte del equipo directivo del centro tal
como recoge el artículo 131 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se
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modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Su nombramiento, competencias
y cese están desarrolladas en los artículos 33 a 37 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en artículos
dispersos de otras instrucciones del Departamento.
2.3.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
2.3.1.- COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
El centro cuenta con una Comisión de Coordinación Pedagógica cuya composición y
competencias vienen señaladas en los artículos 43 y 44 del Real Decreto 82/1996 (ROC). En los
artículos 9 a 13 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de
2016 (Instrucciones de organización) se recogen su régimen de funcionamiento y otras
cuestiones. Forman parte de la CCP la directora, la jefa de estudios, las coordinadorasde los
ciclos, la coordinadora de bilingüismo y la representante en el centro del EOEIP.
2.3.2.- EQUIPO Y OBSERVACIÓN DE CONVIVENCIA E IGUALDAD
En el centro hay formado un Equipo de Convivencia e Igualdad con el fin de planificar,
analizar y evaluar las distintas intervenciones en los planes de convivencia e igualdad del centro.
Este equipo está formado por la Jefatura de Estudios, el especialista de orientación educativa del
EOEIP, el coordinador del equipo de convivencia e igualdad y aquellos componentes del
claustro de profesores que participen en el mismo. Su composición y funcionamiento vienen
recogidos en el artículo 7 de la Orden 1003/2018 (BOA de 18 de junio).
Asimismo, hay formado una Observatorio de Convivencia e Igualdad en el que están
representados todos los sectores de la comunidad educativa con el fin de canalizar las
inquietudes de los mismos y propiciar acciones de promoción de la igualdad y prevención,
análisis y resolución de conflictos. Su composición y funcionamiento vienen recogidos en el
artículo 8 de la Orden 1003/2018 (BOA de 18 de junio).
Las funciones de la Comisión de Convivencia que estaba creada en el centro al amparo
del RD 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los alumnos) son ahora desarrolladas desde el
Observatorio de Convivencia e Igualdad.
2.3.3.- COMISIÓN DE COORDINACIÓN ENTRE CICLOS
El centro cuenta con una Comisión de Coordinación formada por el jefe de estudios, los
coordinadores de equipos didácticos, los tutores del último nivel y los que se harán cargo del
alumnado cuando se llevan a cabo reagrupamientos. Sus funciones son:
- Intercambiar información general sobre el nivel curricular (contenidos conseguidos,
refuerzos, velocidad lectora, metas alcanzadas, apoyos, ...).
- Establecer estrategias metodológicas que facilitan la adaptación de los alumnos a la
nueva etapa o al nuevo nivel (rutinas, hábitos, libretas, agenda, explicaciones, ...).
- Facilitar información de la dinámica de grupo.
- Intercambiar información individual del alumnado (rendimiento, motivación, conducta,
...).
14
2.3.4.- CICLOS
Los Equipos Didácticos son las unidades organizativas básicas del centro en los ámbitos
pedagógico, administrativo y económico. Su constitución se recoge en el artículo 130 de la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
Se establecen cuatro ciclos : uno de segundo ciclo de Educación Infantil y tres de
Educación Primaria (primer ciclo, segundo ciclo y tercer ciclo). Cada uno de ellos está
constituido por la totalidad de los tutores/as de dichos grupos y los docentes, especialistas y
colaboradores del programa bilingüe que imparten clase mayoritariamente en esos cursos. Todo
el profesorado estará adscrito a un ciclo en función de la organización del centro.
Cada ciclo tiene una coordinadora que es el responsable ante la Jefa de Estudios en el
ámbito pedagógico y ante el Secretario en los ámbitos administrativo y económico.
Las competencias de los ciclos y de sus coordinadoras están reflejadas en los artículos
39, 40, 41 y 42 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en el artículo 1.1 de la Orden de 26 de junio
de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización).
Además se establecen otras funciones, tanto para los equipos didácticos como para los
coordinadores:
- Adaptar a cada nivel la programación general de las diversas áreas.
- Profundizar en la metodología propia a adoptar por el equipo.
- Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar los objetivos terminales.
- Preparar las reuniones con los padres.
- Favorecer el trabajo interdisciplinar y mantener reuniones de nivel y con los profesores
colaboradores del programa bilingüe para coordinar el trabajo en el aula.
- Programar las actividades extraescolares y complementarias para su inclusión en la
Programación General Anual.
- Administrar y gestionar los presupuestos de que se dota a los equipos didácticos.
TUTORES/AS
Cada uno de los grupos de alumnado tendrá un maestro/a tutor/a. Su designación viene
regulada en el artículo 45 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en los artículos 14 a 17 de la Orden
de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de
organización).
PROFESORADO ESPECIALISTAS SIN TUTORÍA
Tendrán la misma consideración que el resto del profesorado. Sus funciones en el área
docente vienen determinadas por el puesto que ocupan en el centro. Los restos horarios se
distribuirán hasta completar su horario a criterio de la Dirección según las necesidades de
funcionamiento y de acuerdo con las instrucciones dadas por el Departamento.
A principio de curso se adscribirán al ciclo donde impartan mayor número de horas o al
que les adjudique la Directora a propuesta de la Jefa de Estudios si pasan por todos. Podrán ser
coordinadores de ciclo en igualdad de condiciones que el resto del profesorado.
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PROFESORADO COLABORADOR DEL PROGRAMA BILINGÜE
Todos ellos tendrán en lo docente la misma consideración que el resto del profesorado y
sus funciones vienen determinadas por el Convenio entre el MEC y el British Council de fecha 2
de noviembre de 1995 y desarrolladas en los artículos 35 y 36 (en función del profesorado de que
se trate) de la Orden 823/2018 (BOA de 28 de mayo) por la que se regula el modelo BRIT –
Aragón.
Entre ellos nombrarán a uno que será el coordinador del programa bilingüe y su
representante dentro de la Comisión de Coordinación Pedagógica. A la hora de elegir curso y
materia seguirán los mismos criterios que el resto del profesorado y que vienen establecidas en la
Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones
de organización y funcionamiento).
2.4.- OTROS ÓRGANOS Y FUNCIONES DE COORDINACIÓN
En cuanto a las funciones de coordinación se estará a lo establecido en el articulado de la
Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones
de organización).
2.4.1.- COORDINADOR/A DE CICLO
Cada uno de los ciclos a los que se hace referencia en el punto 2.3.4 de este Proyecto
Educativo de Centro estará dirigido por un coordinadora. Su designación y cese vienen recogidos
en los artículos 39 a 42 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en el artículo 4 del punto 1.1 de la
Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones
de organización).
Las competencias del coordinador/a de ciclo son las siguientes:
a) Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa y elevar a la Comisión de
Coordinación Pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el Equipo
Didáctico.
b) Coordinar las funciones de tutoría del alumnado.
c) Coordinar la enseñanza en los niveles correspondientes de acuerdo con el proyecto
curricular de etapa.
d) Llevar el dietario de los temas tratados y los acuerdos tomados en las reuniones.
e) Convocar y presidir las reuniones del Ciclo.
f) Representar al Equipo de Ciclo ante los diversos órganos del Centro.
g) Presentar a la Comisión de Coordinación Pedagógica informe del trabajo realizado por el
Equipo de Ciclo.
h) Coordinar la inversión de los fondos asignados.
i) Dinamizar el trabajo en grupo de los miembros ciclo.
j) Aportar a la Comisión de Coordinación Pedagógica todas las propuestas que desde el
Equipo de Ciclo se hagan a los documentos oficiales del Centro.
k) Aquellas otras funciones que le encomiende la Jefa de Estudios en el área de su
competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y
actividades complementarias.
16
2.4.2.- EQUIPOS DE COORDINACIÓN Y VIGILANCIA DE RECREOS
Para la coordinación y vigilancia de los espacios de recreo y las entradas y salidas del
alumnado del Centro, se formarán unos equipos rotativos de docentes. El profesorado de
Educación Infantil formará sus propios equipos dado que tienen espacio diferenciado y otros
tiempos.
De la formación y seguimiento de estos equipos se encargará la Jefatura de Estudios de
acuerdo con el artículo 82 de las Instrucciones del Departamento. En ellos habrá profesorado de
todas las etapas y ciclos.
Son funciones de los equipos de coordinación y vigilancia de recreos:
- Dirigir el acceso de los escolares al centro al inicio de las sesiones de mañana, de tarde y
al finalizar el tiempo de recreo.
- Controlar las salidas de los alumnos.
- Vigilar a los alumnos en los diferentes espacios del patio durante los recreos.
- Solventar los incidentes que se originen en estos momentos y ponerlos en comunicación
de los tutores/as y, si es necesario, la Jefa de Estudios.
- Acompañar y atender al alumnado accidentado al botiquín o a dirección según la
gravedad del percance.
2.4.3.- COORDINADOR/A DEL PROGRAMA DE BILINGÜISMO
La figura del coordinador del programa de bilingüismo del centro viene recogida en el
artículo 118 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de
2016 (Instrucciones de organización). Asimismo, se amplian en el artículo 34 de la Orden
823/2018 por la que se regula el modelo BRIT -Aragón.
Las funciones de coordinadora del programa de bilingüismo se completan en el Proyecto
de Bilingüismo del centro (BRIT-Aragón Convenio MEC-BC) y en este documento y son las
siguientes:
- Canalizar toda la información entre el centro y el British Council y distribuirla entre el
profesorado.
- Gestionar los recursos económicos destinados al programa y llevar el dietario con los
temas tratados y los acuerdos tomados.
- Organizar la Feria del Libro Inglés y las dramatizaciones para los alumnos.
- Asistir a las reuniones de coordinación pedagógica para trasladar la información al resto
de los asesores.
- Explicar, junto al Jefe de Estudios, el funcionamiento del programa cuando un nuevo
profesor llega al centro y proporcionarle material necesario para poder empezar en el
programa.
- Coordinar el desarrollo del currículo y los materiales específicos de uso común.
- Coordinar las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el
programa.
- Coordinar la realización de las pruebas finales que se organizan en el centro con los
alumnos de 6º de Primaria para evaluar el programa.
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2.4.4.- COORDINADOR/A DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA
El servicio de biblioteca lo gestiona una profesora del claustro de entre los interesados
que lo manifiesten. Su designación y funciones vienen señaladas en el artículo 24 de la Orden de
26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de
organización) y ampliadas en este documento:
- Asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de los recursos
documentales y de la biblioteca del centro.
- Difundir, entre la comunidad educativa, información administrativa, pedagógica y
cultural.
- Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información, entretenimiento y
ocio.
- Asesorar en la compra de nuevos materiales y fondos para la biblioteca y administrar y
gestionar los presupuestos de que se dota este servicio.
- Llevar el control y préstamo de libros y recursos y la apertura del servicio durante la hora
del recreo.
- Elaborar, junto al Jefe de Estudios, el reglamento que gestiona el uso de la biblioteca.
- Coordinar la actuación de la biblioteca con el personal responsable del Programa de
Apertura de Centros.
2.4.5.- COORDINADOR/A DEL SERVICIO DE TECNOLOGÍA
El servicio de tecnología (medios informáticos y audiovisuales) lo gestionan un profesor
del centro. Su designación y funciones vienen señaladas en el artículo 25 de la Orden de 26 de
junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización)
y ampliadas en este documento:
- Coordinar las actividades que se desarrollen en el centro relativas al uso de las
tecnologías de la información y la comunicación (TICs).
- Fomentar la utilización por parte del profesorado de las tecnologías informáticas o
audiovisuales en su actividad docente.
- Asesorar al centro en la adquisición de nuevos materiales y fondos y administrar y
gestionar los presupuestos de que se dota a este servicio.
- Mantener actualizado el inventario de medios informáticos y audiovisuales y coordinar su
reparación en caso de avería.
Además, se ha creado un grupo responsable de las TICs para cada uno de los ciclos.
2.4.6.- COORDINADOR/A DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
La figura del coordinador/a de actividades deportivas y su nombramiento vienen
recogidas en el artículo 23.1 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de
14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). Sus funciones son las siguientes:
- Coordinar todas las actividades en torno a este servicio.
- Coordinar la utilización de los recursos de que dispone el centro.
- Administrar y gestionar los presupuestos de que se dota este servicio.
- Gestionar los trámites relacionados con las actividades deportivas.
- Fomentar e impulsar la actividad deportiva entre el alumnado.
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- Asumir la Coordinación Deportiva de Centro junto con las funciones que le sean
asignado por el mismo, o delegar dichas funciones en otra persona según las
instrucciones del propio proyecto.
2.4.8.- COORDINADOR/A DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO
El DECRETO 166/2018, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se
regula la formación del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios
en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
establece lo siguiente en su artículo 21 puntos 1 y 3 lo siguiente:
1.En todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón sostenidos con fondos
públicos y en los Equipos de Orientación Educativa de Infantil y Primaria, existirá un
coordinador o coordinadora de formación
3.El coordinador de formación impulsará y promoverá las actuaciones de formación del
profesorado que afecten al profesorado del centro, constituyendo éstas el Plan de Formación
de Centro que deberá formar parte de la Programación General Anual.
La Orden de 14 de junio de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que
se modifica la Orden de 26 de Junio de 2014 de la Consejera de Educación, Universidad,
Cultura y Deporte, por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento
de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial de la
Comunidad Autónoma de Aragón. En su artículo único punto dos especifica que el
Coordinador de Formación del Profesorado asumirá además las funciones de coordinación e
impulso de la Innovación Educativa.Estas son:
- Detección de necesidades de formación del centro y coordinación con el órgano
competente en materia de formación del profesorado.
- Será el encargado de elaborar anualmente el plan de formación de centro, documento que
recoge las acciones formativas del profesorado para el curso.
- Si el centro participa en el Programa de Prácticas Escolares, el coordinador de formación
será también el coordinador de dicho programa (según la resolución anual que se publica
para el desarrollo de prácticas escolares).
2.4.9.- OTROS
Se podrán formar comisiones o coordinaciones para trabajar aspectos concretos en
función de las necesidades. Su designación y funciones vienen contempladas en el artículo 22 de
la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016
(Instrucciones de organización).
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3.- EL RRI Y LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
3.1.- PREÁMBULO Y FUNDAMENTOS LEGALES.
Preámbulo
El presente Reglamento pretende facilitar una óptima convivencia en el Centro y generar
un clima de buenas relaciones que propicien el ejercicio de la libertad, participación y respeto
entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Debe canalizar la participación de todos
los sectores educativos, incluyendo tanto derechos como deberes y planteando una exigencia más
cualitativa que cuantitativa. Tiene como objetivo fundamental el potenciar al máximo la
educación integral del alumno/a y el desarrollo de su personalidad, dentro de una proyección
social.
Ya que con él pretendemos seleccionar objetivos prioritarios para optimizar las relaciones
humanas, deseamos que sea considerado por todos los miembros de nuestra Comunidad, más que
como instrumento meramente sancionador y disciplinario, como un conjunto de normas
reguladoras de nuestra convivencia, favoreciendo entre nosotros el desarrollo de un clima de
diálogo, respeto, solidaridad y aceptación del hecho diferencial de cada uno, como base de una
convivencia pacífica, responsable y democrática.
Su marco jurídico se enmarca dentro de la Constitución y de la legislación en materia
educativa, así como de la que se determine con posterioridad por los órganos competentes del
Estado o los autonómicos legalmente constituidos.
Fundamentos legales
1.- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, de Educación.
2.- Real Decreto 73/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la
Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las
normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma
de Aragón (BOA 5-4-2011).
3.- Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación
Primaria (Real Decreto 82/96 de enero), donde se definen las funciones del tutor/a.
4.- Orden del 22 de agosto de 2002 del Gobierno de Aragón por la que se regula la organización
y funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y los Centros
Públicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
5.- Orden de 11 de noviembre de 2008, por la que se regula el procedimiento para la elaboración
y aprobación del Plan de Convivencia Escolar en los centros educativos públicos y privados
concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA del 10 de diciembre) y Orden
1003/2018 de 7 de junio y Orden 1003/2018 de 7 de junio (BOA del 18 de junio) por la que se
determinan las actuaciones que contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha
contra el acoso escolar en las comunidades educativas aragonesas.
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6.- Decreto 73/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Carta de
derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de
convivencia en los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
7.-El Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la
estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el artículo 1, dispone
que corresponde al Departamento de Educación, Cultura y Deporte la planificación,
implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón.
8.- LEY 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no
Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón.
9.- ORDEN ECD/1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones que
contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso escolar en las
comunidades educativas aragonesas.
10.- LEY 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en
Aragón.
11.- LEY 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la
discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la
Comunidad Autónoma de Aragón.
12.- RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2020, de la Directora General de Planifcación y
Equidad, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden del Consejero de
Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifca la Orden ECD/1003/2018, de 7 de junio,
por la que se determinan las actuaciones que contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad
y la lucha contra el acoso escolar en las comunidades educativas aragonesas.
13.- ORDEN ECD/1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones que
contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso escolar en las
comunidades educativas aragonesas.
3.2.- NORMAS DE CONVIVENCIA.
Normas Generales
1.- Las relaciones personales de todos los miembros de la comunidad educativa se basarán en el
respeto mutuo y favorecerán un clima de convivencia.
2.- La comunidad educativa, para el buen desarrollo de las funciones del profesorado, velará
porque reciba el trato, la consideración, el apoyo y el respeto acordes con la importancia de su
tarea.
3.- La convivencia en el centro escolar se basará en los siguientes principios:
a) El respeto a sí mismo y a los demás.
b) El ejercicio responsable de los derechos y el cumplimiento de los deberes establecidos
por parte de todos y cada uno de los componentes de la comunidad educativa.
21
c) La valoración y el respeto a las normas de funcionamiento y los principios democráticos,
así como a comportarse de acuerdo con ellos.
d) La promoción de la cultura democrática en el centro.
e) La igualdad de los derechos de todas las personas y colectivos, en particular entre
hombres y mujeres, la valoración de las diferencias y el rechazo de los prejuicios.
f) Los procesos de enseñanza y aprendizaje deben desarrollarse en un clima de respeto
mutuo.
4.- Los órganos de gobierno, el profesorado y demás personal del centro docente cuidarán de que
el ejercicio de los derechos y deberes del alumnado se someta a las limitaciones que las mismas
leyes les imponen y velarán porque no se produzcan situaciones de discriminación alguna por
razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil, orientación sexual e identidad de género,
capacidad, estado de salud, lengua, cultura, religión, creencia, ideología o cualquier otra
condición o circunstancia personal, económica o social.
5.- Todos los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a que se respete su integridad
física y moral y no podrán ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios y degradantes. Los
alumnos deben seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarles
el debido respeto y consideración.
6.- Los órganos de gobierno, los profesores y tutores del centro docente llevarán a cabo las
actuaciones necesarias para el conocimiento por parte del alumnado de sus derechos y deberes.
7.- Cualquier miembro de la comunidad educativa estará abierto a las sugerencias que,
respetuosamente, se le realicen sobre actitudes, relaciones, comportamientos...
8.- Los alumnos/as prestarán reconocimiento, colaboración y apoyo al profesorado, equipo
directivo, personal de administración y servicios y demás miembros de la comunidad educativa.
9.- El alumnado debe cumplir las instrucciones del profesorado y las del personal no docente
cuando éstas sean dictadas en ejercicio de las funciones que la normativa legal les encomienda.
Todos los alumnos deben participar en las actividades formativas e intervenir en ellas con
interés, realizando los trabajos personales que se les encomienden y colaborando en los grupos
de trabajo que se organicen, contribuyendo a la creación y mantenimiento de un ambiente
adecuado al trabajo intelectual y evitando comportamientos perturbadores en el aula.
10.- Alumnos y profesores deben asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades
orientadas al desarrollo del currículo correspondiente. Todos los miembros de la comunidad
educativa deben cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades
del centro.
11.- Los alumnos deben respetar el ejercicio al derecho al estudio de sus compañeros. Deben
participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado
clima de estudio en el centro docente, respetando el derecho de sus compañeros a la educación,
la autoridad y orientaciones del profesorado y las indicaciones del personal no docente en el
ejercicio de sus funciones.
12.- Todos los miembros de la comunidad educativa deben cuidar, mantener las condiciones de
higiene y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro, así como
respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.
22
13.- Todos los miembros de la comunidad educativa cuidarán su higiene personal, asistiendo al
centro con la debida limpieza y con el atuendo adecuado en cada ocasión (actividades lectivas,
educación física, etc.) y sin gorras, pañuelos, etc. (salvo casos excepcionalmente autorizados).
14.- Se respetarán las normas de higiene y limpieza con el entorno.
15.- El uso de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos, tales como los smartwatches,
están prohibidos al alumnado dentro del recinto escolar (siempre que no sean necesarios para el
desarrollo de las actividades educativas). En caso de incumplimiento, serán retirados por el
profesorado que lo comunicará y entregará a los familiares del alumno/a.
16.- Los alumnos/as deben respetar las normas recogidas en el RRI sobre acceso, permanencia y
salida del centro, así como las relacionadas con las actividades complementarias y extraescolares
que se desarrollen fuera del mismo.
Relacionadas con las entradas y salidas del centro
1.- El horario lectivo del Centro será de 09:00 a 14:00 horas. Al inicio y al final de curso hay un
período de clase en horario reducido, de 09:00 a 13:00 horas.
2.- Las puertas del recinto escolar se abrirán diez minutos antes del comienzo de las clases y las
del centro a la hora de empezar las clases, salvo los días de lluvia que se abrirán diez minutos
antes para que el alumnado pueda acceder al vestíbulo.
3.- Las entradas y salidas del centro se avisarán mediante música recogido en el Proyecto “Siente
la música)”.
4.- El alumnado de Infantil entrará al centro por las puertas destinadas al mismo: cada alumno/a
accederá y abandonará el aula por la puerta de su clase que se abre directamente al patio (a
excepción de los que usen los servicios de aula madrugadora o comedor en los que se establecerá
la forma adecuada).
5.- El alumnado de Primaria entrará por las dos puertas de acceso de dicho edificio: los alumnos
de 1º-3º-5º utilizarán una puerta y los de 2º-4º-6º la otra puerta. El alumnado entrará en fila
atendiendo los criterios y forma que para ello se han acordado en los respectivos ciclos y en la
CCP.
6.- El profesorado de Infantil recogerá y entregará al alumnado con puntualidad en la puerta que
le sea asignada para ello.
7.- Los profesores de Primaria atenderán la entrada del alumnado con puntualidad y se
encargarán de que la entrada se realice de forma ordenada, evitando gritos y carreras. El resto del
profesorado se repartirá por los pasillos y escalera de acceso a las aulas.
8.- Los acompañantes que vienen a dejar y recoger al alumnado deberán permanecer alejados de
la puerta para no interrumpir la entrada y salida y se abstendrán de acceder al interior en esos
momentos. En los días de lluvia intensa o nieve, los acompañantes del alumnado de Infantil que
tienen sus clases en el ala derecha del edificio principal podrán acceder al centro y esperar en el
pasillo, enfrente de las aulas, hasta la hora de recogida.
23
9.- Al finalizar las sesiones lectivas, los padres o familiares, sobre todo de los más pequeños,
deberán estar muy atentos a su recogida, evitando el que permanezcan solos en las puertas de los
edificios o del colegio. En el caso de ausencia prolongada de padres o familiares, si no ha
mediado aviso y no hay posibilidad de ponerse en contacto con ellos, el profesor responsable
avisará a la policía municipal para que se hagan cargo del alumno/a y lo pondrá en comunicación
de la dirección del centro. En el caso de reincidir, se comunicará también a los Servicios Sociales
y al Servicio de Inspección.
10.- Al inicio de las clases no se permitirán retrasos de más de cinco minutos. En el caso de que
ocurran deberán justificarse; de lo contrario el tutor/a informará a la Jefatura de Estudios que
aplicará lo dispuesto en el RD. de Derechos y Deberes. Cuando sin causa justificada se
produjeran retrasos continuados a la hora de entrada se comunicará a la Jefatura de Estudios
quien informará a los padres con el fin de solucionar el problema. En caso de persistir los
retrasos se pondrá en conocimiento del Servicio de Inspección y a los responsables del Programa
de Absentismo Escolar.
11.- En el caso de las faltas de asistencia, las familias deben justificar por escrito dichas faltas.
En el caso de superar un alumno/a las faltas sin justificar marcadas por la Comisión de
Absentismo, se comunicará al Servicio de Inspección y a los responsables del Programa de
Absentismo Escolar.
12.- Se habituará al alumnado a no hacer salidas a los servicios en los períodos de clase.
13.- Todas las salidas colectivas al gimnasio, aulas de música e informática..., o dependencias
comunes se realizarán bajo el control del profesor/a o persona responsable correspondiente
evitando molestias al resto de clases y dejando cerrada la clase. Si no es una actividad habitual,
sería recomendable dejar una nota en la puerta indicando dónde está el grupo de alumnos.
14.- Los profesores/as de Educación Física, Música,… se encargarán de recoger al alumno en sus
aulas para conducirlos al gimnasio o al espacio donde imparta la clase. Al terminar la actividad
los conducirá de nuevo a sus aulas respectivas procurando evitar molestias al resto de clases.
15.- Para salir del Centro durante el horario escolar, se requerirá la presencia de los padres o
tutores. En el caso de que vengan otras personas a recogerlos, avisarán con antelación y firmarán
una autorización consintiendo dicha salida. Los mismos criterios se seguirán durante la
prestación del servicio de comedor. Las familias que consideren que sus hijos/as pueden salir
solos/as del centro o del comedor deberán firmar el anexo correspondiente y entregar a su tutor/a
que se facilita a todo el alumnado al principio del curso escolar.
16.- El profesorado saldrá con el grupo de alumnos que, en ese momento, les corresponda según
su horario.
17.- No se permitirá la entrada de animales al colegio, tanto en el patio como en el edificio, salvo
en el caso de actividades escolares.
Relacionadas con el tiempo de recreo
1.- El recreo se realizará en el patio. Los días que, por inclemencias meteorológicas o por
cualquier otra causa, no pueda ser utilizado el patio, el alumnado de Primaria permanecerá en su
24
aula bajo el cuidado del profesorado/a de su ciclo y el alumnado de Infantil irán a la sala de
psicomotricidad, al cuidado de las maestras que ese día tienen guardia de recreo. Será la jefatura
de estudios quien tome la decisión. Esos días no sonará la música de final de clase antes del
recreo.
2.- Ningún alumno/a permanecerá dentro del edificio durante el recreo sin la presencia de
personal responsable, por motivos de seguridad y organización y ningún alumno/a entrará a las
clases durante la hora de recreo excepto que vayan acompañados de un profesor/a.
3.- Los espacios exteriores dedicados al tiempo de recreo por el alumnado de cada ciclo se
definirán a principio de cada curso en la PGA, así como los servicios a utilizar durante dicho
recreo.
4.- Durante el tiempo de recreo, el alumnado seguirá las indicaciones que les haga el personal
responsable respecto al cumplimiento de normas de interés general; especialmente sobre juegos
peligrosos, situaciones de riesgo, agresiones e insultos, etc.
5.- Se evitarán todo tipo de acciones y juegos que atenten contra la integridad física o moral de
los miembros de la comunidad.
6.- En horario de patio, el alumnado no podrá salir del mismo sin el permiso del personal
responsable encargado de su vigilancia.
7.- Dentro del edificio no se puede jugar con balones, patines, cromos... que puedan ocasionar
algún perjuicio. El profesorado podrá retirar dichos objetos y entregarlos al tutor/a del alumno/a
o en jefatura de estudios que los devolverán al alumno/a tras ser amonestado.
8.- Queda prohibido arrojar al suelo bolsas, envoltorios, restos de comida, etc., para ello se
utilizarán las papeleras y contenedores correspondientes. Además, no se debe empezar a
almorzar hasta llegar al patio.
9.- Para el cuidado y vigilancia de los recreos se organizarán turnos entre el profesorado del
centro. Este profesorado velará por el cumplimiento de las normas de convivencia y las
referentes a la coordinación del patio que figuran en este reglamento. La coordinación de la
vigilancia y el uso del patio viene regulada en el punto 3.4.2 bajo el epígrafe “Equipos de
coordinación y Vigilancia de Recreos”.
10.- En caso de accidente, si la herida es leve, el alumno/a será debidamente atendido en el
Centro por el profesorado encargado de la vigilancia de patio y, si la herida requiere algún otro
tratamiento se seguirán los siguientes pasos:
o Atender al alumno/a.
o Ponerlo en conocimiento del Equipo Directivo.
o Comunicarlo al tutor/a y avisar a la familia del alumno.
o En caso de ausencia de ésta o de necesitarse un desplazamiento urgente, la Jefa de
Estudios tomará las medidas oportunas para que el alumnado del profesor/a
acompañante queden debidamente atendidos.
o Elaborar el parte de percance escolar.
11.- El Proyecto Deportivo de Centro indicará la forma y manera en la que se aplicarán el
programa “recreos activos” en consenso con el claustro de profesores.
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Relacionadas con el tiempo de clase
1.- Las entradas y salidas del aula se harán ordenadamente y controladas por el profesor/a
correspondiente. Los docentes abrirán las aulas al primer toque de la música y se repartirán por
pasillos y escaleras para controlar el acceso.
2.- Durante las horas de clase está terminantemente prohibido el alumnado permanecer en los
pasillos. Los maestros evitarán sacar alumnos al pasillo como castigo.
3.- En aquellos cursos cuyo horario motive cambio de profesorado/a, el alumnado mantendrá el
orden durante el tiempo que dure dicho cambio.
4.- Al terminar las actividades lectivas y en el período de recreo, el almumnado abandonará el
edificio. De permanecer en él, lo harán bajo la vigilancia de personal responsable.
5.- Al finalizar las clases, el aula deberá quedar correctamente ordenada, colaborando en ello
tanto los alumnos/as de Infantil como los de Primaria organizados por el profesor/a
correspondiente.
6.- Una vez finalizadas las clases y en el período de recreo las aulas permanecerán cerradas,
abriéndose solo en caso de necesidad justificada. No se considera necesidad el olvido de material
escolar, prendas de abrigo, etc.
7.- El paso por espacios comunes (pasillos, vestíbulo...) se realizará de la manera más silenciosa
posible, de forma que no interfiera en la realización de las actividades del resto de las aulas.
8.- Por respeto a los demás, no se permitirá comer chicles, pipas, etc... salvo en fiestas escolares
y bajo supervisión del profesor/a correspondiente. Juguetes, golosinas, cromos,móviles,
smartwatches, etc. no se deben llevar al colegio. Evitamos de este modo que los profesores/as
retiren objetos que no contribuyen al correcto desarrollo de la actividad educativa. El colegio no
se hace responsable de la pérdida de dichos aparatos u objetos.
Relacionadas con la utilización de instalaciones y materiales
1.- Todas las dependencias del centro se usarán de forma correcta y adecuada a su función.
2.- Al finalizar las actividades el material y mobiliario deberá quedar en orden. De producirse
algún deterioro o extravío deberá comunicarse al encargado de dicho servicio para que adopte las
medidas oportunas.
3.- El alumnado se responsabilizará de aportar el material que le soliciten sus maestros/as para la
realización de las actividades, es decir, asistirán a clase con el material correspondiente
(cuadernos, ropa deportiva, etc.) según las indicaciones del profesorado.
4.- La biblioteca del centro dispone de un servicio de préstamo. El alumnado y sus familias serán
responsables de la pérdida de libros u otro material que tengan en préstamo y se encargarán de su
reposición al centro.
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5.- Los daños graves causados por el uso indebido o sustracción en los locales o materiales del
centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa serán reparados o repuestos
a costa del causante.
6.- Los padres o tutores de del alumnado esperaran a sus hijos/as en el patio durante la
realización de las actividades extraescolares. También podrá utilizarse para ello el vestíbulo en
caso de lluvia o mal tiempo.
7.- Se facilitará el uso de las instalaciones para la realización de actividades extraescolares
promocionadas por el PDC, el AMPA, Ayuntamiento, DGA ... siempre con la supervisión de
alguna persona responsable y previa de autorización.
Relacionadas con los reagrupamientos del alumnado
1.- Por acuerdo del Claustro y aprobado por el Consejo Escolar, se realizará un reagrupamiento
del alumnado al finalizar Infantil y en Primaria cada dos cursos, por considerarse beneficioso
para el alumnado y para la convivencia en el centro.
2.- Los criterios establecidos por la Comisión de Convivencia para realizar los agrupamientos
son los siguientes: heterogeneidad en función de sexo, igual número de alumnado por grupo,
heterogeneidad en la diversidad curricular y en el caso de hermanos/as, el grupo de profesorado
encargado de efectuar el reagrupamiento de alumnos/as, tratará de forma individual cada caso.
3.- Los equipos docentes encargados de llevar a cabo los reagrupamientos estarán formados por
el profesorado que imparte clase en ese nivel. Posteriormente tendrán una reunión informativa
con el tutor/a que los recibe.
Relacionadas con los servicios de comedor, aula madrugadora y aula de tarde.
1.- Todas las normas de carácter general serán de aplicación a estos servicios.
2.- El precio de los servicios de comedor y desayuno lo determinará el Consejo Escolar al inicio
de cada curso de acuerdo con las instrucciones del Servicio Provincial de Educación.
3.- El pago de los servicios se realizará domiciliado por banco o en efectivo, según las
instrucciones aprobadas por el Consejo Escolar. En caso de impago también se seguirán las
instrucciones aprobadas por el Consejo Escolar.
4.- El alumnado deberá respetar y obedecer a los monitores/as responsables de cada servicio; si
un alumno/a incumple reiteradamente las normas de comportamiento, se le podrá privar de estos
servicios.
5.- El horario aula madrugadora es de 7:30 a 09:00 horas de la mañana durante todos los días
lectivos del curso. El alumnado que haga uso del mismo podrán elegir el horario de entrada
según las necesidades de cada familia. El desayuno se prepara a las 8:15 horas y no se sirve al
alumnado que llega más tarde de esa hora.
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6.- El horario de comedor es de 14:00 a 16:00 horas durante el curso y de 13:00 a 15:00 cuando
hay jornada reducida. Según el Proyecto de Organización de Tiempos Escolares, la primera hora
se dedica a la comida y en la segunda se llevan a cabo, tal como se reflejaba en el proyecto:
- Realización de tareas escolares voluntarias para el alumnado de 3º a 6º de Primaria que lo
desean, vigilados por monitores/as de comedor.
- Actividades de refuerzo educativo realizadas por el profesorado.
- Actividades de ocio y tiempo libre llevadas a cabo por los monitores/as de comedor.
Los adultos esperarán al niño/a en las zonas señaladas por los monitores/as de comedor y, si se
marcha sólo, deberán presentar autorización en Secretaría autorizándolo.
7.- Para avisar de la utilización del servicio de comedor diario se fija como hora máxima las
11:00 horas con el fin de facilitar el trabajo en la cocina. A partir de esa hora no se admitirá
ningún alumno/a ni se reintegrará el importe a los ya apuntados que no hagan uso del comedor.
8.- Siempre que un alumno/a abandone el centro con su familia en horario de comedor debe
informar a los monitores/as responsables del servicio.
9.- Es conveniente que el alumno/a traiga para su higiene una bolsita con su cepillo y pasta de
dientes.
10.- La variedad del menú pretende que todos el alumnado coma de todo, salvo excepciones
debidamente justificadas con certificación médica que la familia debe presentar en Secretaría
para que, de manera inmediata, se comunique al personal de cocina o aquellos que, por motivos
religiosos, tengan prohibido algún tipo de alimento. En el caso de que, de forma temporal, el
alumno/a necesite dieta blanda bastará con un justificante de los padres a la cocina o a los
monitores/as de comedor.
11.- Los usuarios del servicio de comedor de Primaria acudirán al punto de encuentro que cada
monitor/a considere para marchar después al comedor acompañados por sus monitores/as y los
de Infantil serán recogidos en su edificio por los suyos.
12.- El alumnado irá al baño antes de entrar al comedor. En la comida no se podrá salir salvo
necesidad ineludible.
13.- Entrarán al comedor cuando se de la señal, con orden, sin carreras y evitando los gritos. Al
comedor se accederá sin prendas de abrigo (chaquetas, gorros, guantes, ...) y otros objetos como
material escolar, balones, juguetes, etc.
14.- Cada uno ocupará su sitio permaneciendo bien sentado. No se levantará sin autorización del
monitor/a y procurará hablar en voz baja.
15.- El alumnado atenderá las indicaciones de los monitores/as del comedor, guardarán las
normas elementales en la mesa y comerán las cantidades que se les pongan adecuadas a su edad.
16.- Cuidarán y usarán el material del comedor para su finalidad.
17.- Se establece un tiempo razonable para comer de una hora aproximadamente.
18.- Al terminar de comer, cuando los monitores/as lo autoricen, saldrán a la dependencia que se
les indique, sin correr. Si un alumno/a tuviera que asistir a otra actividad en este período, no
podrá asistir a las mismas hasta que no termine de comer (si está sancionado cumplirá la sanción
al día siguiente).
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19.- Salvo excepciones puntuales, los servicios que presta el centro (comedor,aula madrugadora
y aula de tarde) tendrán preferencia en la distribución de espacios sobre las actividades
extraescolares que se desarrollen a lo largo del curso.
20.- Cada monitor/a del servicio de comedor se responsabiliza del grupo de alumnos/as que le
corresponde por lo que si, en algún momento, las familias necesitan alguna aclaración deben
hablar con los monitores/as concretos de su hijo/a.
21.- Trimestralmente se entregará a las familias un boletín informativo del comportamiento del
alumno/a en el comedor.
22.- En los servicios de comedor y aula de mañana no se administrará medicación alguna (salvo
excepciones y siempre con justificante médico y autorización de la familia).
23.- Cuando las condiciones climatológicas no permitan salir al patio, el alumnado de Infantil
utilizará el espacio de psicomotricidad y el alumnado de Primaria hará uso tanto de la sala de
usos múltiples como la biblioteca.
24.- Guardia y Custodia: dentro del proyecto de tiempos escolares se realizará la actividad de
Guardia y Custodia (en horario de 13 a 14 horas durante los días de jornada reducida y de 14 a
15 horas durante el resto del curso): atendido por monitores/as.
25.- Biblioteca: dentro del plan corresponsables se realizará la actividad de Biblioteca en horario
de 16:00 a 17:00 horas en el período general y de 15:00 a 16:00 horas en el período de horario
reducido. Puede ser utilizado por el alumnado de 2º a 6º curso de primariaEl alumnado del centro
podrá asistir con sus familiares para realizar tareas escolares, préstamo de libros y/o búsqueda de
información. Simultáneamente, el alumnado de infantil y 1º de Primaria realizará actividades
lúdicas en el aula de usos múltiples o en el patio. El alumnado deberá hacer caso en todo
momento a los monitores/as de este servicio.
3.3.- PROCESO DE CORRECCIÓN DE LAS CONDUCTAS DEL ALUMNADO.
El proceso a seguir en la corrección de las conductas del alumnado lo encontramos en el
ANEXO I de este Proyecto Educativo de Centro y fue aprobado en Consejo Escolar de 26 de
junio de 2013.
3.4.- PLAN DE CONVIVENCIA.
El Plan de Convivencia del Centro lo encontramos desarrollado en el ANEXO II de este
Proyecto Educativo de Centro.
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3.5 .- DOCUMENTO DE ACUERDO SOBRE LAS TAREAS ESCOLARES
Todo el profesorado y familias están de acuerdo en que la prescripción de los deberes
escolares debe seguir el principio que guía cualquier proceso de enseñanza, es decir, estar
adaptada a los intereses, necesidades, conocimientos y las competencias de cada estudiante.
CRITERIOS GENERALES
1. Los docentes, en función de la etapa, nivel madurativo, realidad social, etc. de sus alumnos,
orientarán y recomendarán al alumnado y familias las tareas que consideren especialmente
interesantes.
2. La realización de las tareas no podrá ser tenida en cuenta en las calificaciones de los alumnos.
Si se podrán evaluar como parte del proceso de enseñanza aprendizaje del alumno. No
calificables, pero sí evaluables.
3. En la etapa de Educación Infantil existirán puntualmente actividades para desarrollar en
familia para que conozcan el trabajo de su hijo en clase.
4. El tiempo dedicado a la realización de tareas en Primaria será directamente proporcional a la
edad del alumno. Desde unos pocos minutos en los primeros cursos de Educación Primaria, hasta
incrementar progresivamente en los últimos cursos.
5. Se realizará una explicación previa de las tareas y lo que se espera de las mismas. Estarán
adaptadas en la medida de lo posible a las necesidades y capacidades del alumnado.
6. No se utilizarán las tareas como medida disciplinaria, pero se informará a la familia de la
actitud del alumno y se buscará solución a su problema.
7. Conviene proponer actividades atractivas, orientadas a desarrollar el interés por aprender,
evitando la copia literal y generalizada de enunciados del libro de texto. Valorando la utilidad y
explicación.
8. El profesorado ofrecerá estrategias de organización y planificación del tiempo en la
realización de deberes y técnicas de estudio para fomentar el trabajo autónomo del alumnado.
9. Favorecer la utilización de la agenda personal de trabajo del alumno, encargando las tareas
para un período de tiempo de cierta amplitud, de forma que el alumno pueda organizarse.
10. Se debe evitar una acumulación excesiva de tareas para lo que es imprescindible la
coordinación entre el equipo docente.
11. Los Equipos Didácticos del mismo nivel unificarán los contenidos de las tareas a realizar.
12. Las familias deben mantener un seguimiento del trabajo de su hijo, tanto en el centro como
en casa. Su función debería ser facilitar (espacios apropiados y tiempos), apoyar, animar y
tranquilizar a los hijos en la realización de las tareas mostrando actitudes positivas hacia las
mismas y el trabajo del profesor. Dar orientaciones pero no prestar un exceso de ayuda que
limite su trabajo.
13. La responsabilidad que se les debe otorgar a los alumnos es apuntar los deberes, coger el
material necesario y hacerlos. La responsabilidad de las familias es el apoyo al profesorado a
través de una supervisión de las tareas realizadas, limpieza y orden.
Objetivos y Tipos de Tareas
La base de toda planificación y actividad dentro de nuestra Comunidad de Aprendizaje
será la comunicación constante y positiva entre todos los componentes de la comunidad
educativa, alumnos, familias y profesores, guiados por unos objetivos comunes que son el
aprendizaje y la convivencia.
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Ciclo de Infantil
- Ayudar a las familias a conocer el trabajo en el aula: Lectura en casa.
- Implicar a las familias en el proceso de aprendizaje de los alumnos: Buscar información y
materiales sobre los temas que se están trabajando.
- Colaborar con el centro en las unidades didácticas que estamos trabajando: Escritura sencilla.
- Estimular actitudes de investigación, cooperación y esfuerzo: Actividades lógico-matemáticas.
- Favorecer el desarrollo de la competencia comunicativa, compartiendo momentos y disfrutando
en familia: Visualización de videos y canciones.
1º y 2º de Primaria
- Desarrollar comprensión y velocidad lectora : lectura biblioteca de aula y fichas de
comprensión.
- Desarrollar memoria y expresión verbal : Memorizar poesías, canciones, teatros, trabalenguas.
- Potenciar competencia de aprender a aprender : Buscar información sobre diferentes temas
vistos en clase ( animales, países, comida… )
- Desarrollar la expresión escrita y artística : Elaborar pequeños carteles o murales sobre
distintos temas ( festividades, anuncios, unidades temáticas…)
- Afianzar la mecánica de cálculo :Tareas para afianzar el cálculo escrito y mental.
- Desarrollar la motricidad fina y afianzar lazos familiares : Manualidades
- Trabajar redacción, ortografía e imaginación : Escritura creativa de temas variados (
vacaciones, fin de semana, poesía… )
- Utilizar razonamiento lógico : Retos matemáticos.
- Por supuesto los alumnos que no tengan medios para realizar las tareas podrán utilizar el aula
de informática y la biblioteca.
3º y 4º de Primaria
- Promover la creatividad y espíritu emprendedor :Trabajos de investigación.
- Reforzar aprendizajes básicos para avanzar en el proceso de aprendizaje: Tareas
Instrumentales.
- Desarrollar la Competencia Comunicativa: Tareas de comprensión oral y escrita.
- Adquirir estrategias y hábitos de estudio: actividades para promover los hábitos de estudio.
- Fomento de la competencia comunicativa : Exposiciones, producción de diferentes tipos de
textos ( recetas, poesías, cuentos… ) y escritura creativa.
- Utilizar la biblioteca de aula y del colegio : Tareas de fomento de la lectura por placer.
- Afianzar lazos familiares: manualidades, textos cooperativos, retos, búsqueda de información,
recopilación de materiales…
- Promover la competencia de aprender a aprender: investigaciones, representaciones…
5º y 6º de Primaria
- Mejorar la ortografía, redacción y fomentar la creatividad : Por ejemplo con la elaboración de
textos de creación propia.
- Afianzar los contenidos presentados y trabajados en el aula : Por ejemplo realización de
actividades, lectura de textos y/o libros, repaso y/o estudio de la materia que se ha explicado en
el aula.
- Potenciar la creatividad y la autonomía : Por ejemplo elaboración de producciones
audiovisuales.
- Motivar al alumnado en su proceso de enseñanza-aprendizaje: Juegos para repasar contenidos.
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- Despertar el interés, favorecer la autonomía en el alumnado y desarrollar el pensamiento
crítico: Información, búsqueda, recopilación, organización...( soporte informático, audiovisual,
visita a museos )...
- Favorecer que el alumno maximice y amplíe su comprensión de los hechos cotidianos: Tareas
periódicas a nivel escrito y oral como por ejemplo anuncios, cuñas y/o entrevistas radiofónicas.
- Valorar la importancia del trabajo bien hecho a nivel individual para la posterior conjunción
grupal: alguna tarea para el trabajo por proyectos.
- Participar en la elaboración y producción artística: Representación escénica, musical, teatral…
- Favorecer el autoconocimiento y valorar la convivencia: Llevar a cabo reflexiones individuales
y/o grupales relacionadas con ámbitos de la cotidianidad.
CONCLUSIÓN
Las anteriores orientaciones supondrán un esfuerzo importante por parte del profesorado,
para organizar unos deberes adaptados a las distintas realidades y que faciliten el aprendizaje de
cada alumno. De la misma manera será básico el apoyo y trabajo de las familias, con el
seguimiento de las tareas y el desarrollo de la responsabilidad en sus hijos.
En el caso de alumnos que no realicen las tareas de forma reiterada, se deben conocer las
causas y adoptar las medidas más indicadas en colaboración con las familias.
Con la aprobación de este documento sobre tareas escolares, en el que todas las partes
implicadas están de acuerdo, es necesario recordar la importancia del cumplimiento en la
realización de las tareas escolares por parte del alumno y la implicación de los padres en su
seguimiento, apoyando unos deberes que favorecen el aprendizaje del alumnado.
32
4.- LOS RECURSOS HUMANOS. DERECHOS Y DEBERES
4.1.- PROFESORADO
Las funciones, derechos y deberes del profesorado vienen recogidas en el capítulo 2,
título 1, del Real Decreto 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los miembros de la
comunidad educativa) y en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento.
4.1.1.- FUNCIONES DEL PROFESORADO
1.- La programación y la enseñanza de las áreas, materias , módulos y otras tareas docentes que
tengan encomendadas.
2.- La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los
procesos de enseñanza.
3.- La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
4.- La promoción, organización y participación en las actividades complementarias programadas
por los centros dentro o fuera del recinto educativo.
5.- La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de
tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores propios de una
sociedad democrática.
6.- La tutoría de alumnos para dirigir su aprendizaje, transmitirles valores y ayudarlos, en
colaboración con los padres, a superar sus dificultades.
7.- La colaboración con los servicios de orientación en el proceso de orientación educativa y
académica de los alumnos.
8.- La información periódica a los padres sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos, así como
la orientación para su cooperación en el mismo.
9.- La coordinación de las actividades docentes de gestión y de dirección que les sean
encomendadas.
10.- La participación en la actividad general del centro.
11.- La participación en los planes de evaluación que determinen las administraciones educativas
o los propios centros.
12.- La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza
correspondiente.
4.1.2.- DERECHOS DEL PROFESORADO
1.- A participar en los órganos del centro: consejo escolar, claustro de profesores y otros órganos
de coordinación docente.
2.- A desempeñar con libertad su función docente de conformidad con los principios establecidos
en la legislación educativa.
3.- A participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa, la programación general anual
y las programaciones de aula.
4.- A participar en la vida del centro y en la gestión de la convivencia escolar.
5.- A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal
desarrollo de las actividades docentes.
6.- Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad
educativa en el ejercicio de sus funciones.
7.- A utilizar, de acuerdo con sus funciones, los medios materiales y las instalaciones del centro.
8.- A recibir formación continua que posibilite su desarrollo personal y profesional a lo largo de
su carrera docente.
33
9.- A que se le facilite la información y la asistencia a actividades de perfeccionamiento.
10.- A no ser interrumpido en horario de clase para atender a los padres, salvo en casos
excepcionales.
11.- A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.
4.1.3.- DEBERES DEL PROFESORADO
1.- Ejercer sus funciones de acuerdo a la legislación vigente, al proyecto educativo de centro, a
los proyectos curriculares de etapa y a lo previsto en el reglamento de régimen interior del
centro.
2.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad,
integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
3.- Favorecer un clima de convivencia y respecto en la comunidad educativa.
4.- Informar a la comunidad educativa de las normas de convivencia y de las medidas correctoras
aplicadas a los alumnos por conductas contrarias a la convivencia del centro.
5.- Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y contribuir a la mejora de la
convivencia escolar.
6.- Velar por la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible.
7.- Además de los regulados en los puntos anteriores, el profesor debe:
- Asistir puntualmente al centro y cumplir con su horario laboral.
- Controlar la entrada a clase y las faltas de asistencia de sus alumnos.
- Asumir el cargo o responsabilidad sobre las tareas que le encomiende el equipo directivo.
- Tratar de forma reservada los datos referentes al alumnado y al centro.
- Comunicar a la dirección cualquier información, incidencia, ... de la que tuviera
conocimiento y que afecten al funcionamiento del centro.
- Ser responsable del material destinado a su nivel.
- Mantener el orden y la disciplina dentro de la clase y resolver, cuando sea responsable de
un grupo de alumnos, los conflictos que pueden surgir entre los mismos.
- Atender a los alumnos en caso de percance. Si es leve se curará en el botiquín y si
presenta alguna duda, es grave o susceptible de reclamación por parte de los padres, se
comunicará inmediatamente a la dirección del centro para actuar en consecuencia.
- En caso de necesitar ausentarse de la clase lo comunicará al compañero más próximo.
8.- Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente.
4.1.4.- ADSCRIPCIÓN DEL PROFESORADO
El orden para la asignación de tutorías, cursos, áreas de conocimiento y actividades
docentes se regirá por lo establecido en la Orden de 26 de junio de 2014 (Instrucciones de
organización) teniendo en cuenta además otras cuestiones:
1.- Para un mejor desarrollo de la acción tutorial, se tendrá en cuenta la continuidad del tutor con
un mismo grupo de alumnos, salvo casos excepcionales según el ROC, a lo largo de los tres
cursos de la etapa de Infantil y de dos cursos consecutivos en Educación Primaria (1-2, 3-4, 5-6).
2.- Como norma, quedan vacantes todos los cursos impares y aquellos donde se haya producido
la baja de un tutor al finalizar curso. La dirección notificará al inicio de curso al profesorado las
plazas que haya vacantes (por terminar dos cursos consecutivos el maestro o por baja en su
tutoría de alguno de ellos).
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3.- Los especialistas cubrirán las necesidades del centro en su área en primer lugar. En educación
física se adscribirán uno a cada dos cursos de Primaria. En inglés se distribuirán de manera que
haya tres especialistas de esta materia por lo menos para cada dos cursos.
4.- Los maestros se pondrán de acuerdo ocupando aquellas bajas que hubiera. Si hay consenso y
teniendo presente lo anterior, los maestros que estén libres optarán a las vacantes que les
correspondan por su especialidad y por orden de antigüedad en el claustro y el director procederá
a su nombramiento.
5.- La misma antigüedad en el centro servirá como criterio de elección para los profesores
colaboradores del programa bilingüe.
6.- La plaza de apoyo en Educación Infantil se cubrirá atendiendo a los siguientes criterios: si
hay varias personas interesadas en la misma se atenderá al criterio de antigüedad entre las que
terminan ciclo; si no hay voluntarias entre las que terminan ciclo, será la más reciente en el
centro que no la haya ocupado anteriormente o que haga más tiempo que haya estado de apoyo.
7.- Respetando los criterios descritos, el director, a propuesta del jefe de estudios, asignará los
grupos de alumnos y tutorías teniendo en cuenta los acuerdos alcanzados por el claustro de
profesores en su primera reunión del curso. Si no se produce el acuerdo, el director los asignará
atendiendo a lo establecido en la Orden de 26 de junio de 2014 (Instrucciones de organización).
8.- Respecto a las coordinaciones de ciclos y servicios, los maestros se pondrán de acuerdo para
ocupar dichas coordinaciones; si hay consenso, el director procederá a su nombramiento en el
primer claustro del curso y si no lo hay se atenderá a los siguientes criterios:
- Se respetará la continuidad de la persona que ha desempeñado correctamente una
coordinación y tiene intención de continuar (se atenderá especialmente el compromiso de
continuidad de la persona interesada en coordinar un servicio).
- Si hay varias personas interesadas en una coordinación se atenderá al criterio de
antigüedad en el centro; si no hay voluntarios, será la más reciente en el centro o la que
haga más tiempo que ha ocupado esa coordinación.
4.1.5.- SUSTITUCIONES
Las ausencias del profesorado serán suplidas según la Orden de 26 de junio de 2014
(Instrucciones de organización) por profesores del centro que no cubran su horario lectivo. El
jefe de estudios notificará a cada profesor las sustituciones que haya de realizar y llevará un
cuadro en el cual se contemplen las mismas.
El maestro que tenga que ausentarse, según establece la normativa de permisos, deberá
dejar actividades preparadas y justificar su ausencia documentalmente, si es posible.
En las sustituciones, el jefe de estudios procurará que recaigan por este orden: en el
propio tutor, personal del mismo curso, del ciclo y, salvo situaciones extremas, de la misma
etapa (Infantil o Primaria). En ambos casos, al principio de curso se organizarán los horarios en
base a la disponibilidad de personal y a las necesidades.
4.2.- ALUMNADO
Los derechos y deberes de los alumnos están recogidos en el capítulo 1 del Real Decreto
73/2011 (Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa) y en artículos
dispersos de otras instrucciones del Departamento.
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4.2.1.- DERECHOS DE LOS ALUMNOS
Todos los alumnos, en las condiciones establecidas por la normativa vigente, tienen
derecho a:
1.- Recibir una formación integral que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
2.- Que se respete su identidad, intimidad y dignidad personales.
3.- Que se respete su libertad de conciencia.
4.- La integridad física y moral.
5.- Ser valorado con objetividad.
7.- Que se respete su libertad de expresión.
8.- Reunirse en el centro en las condiciones establecidas por la normativa.
9.- Participar en la vida del centro utilizando los cauces para ello establecidos.
10.- Utilizar las instalaciones del centro con finalidad educativa en actividades escolares y
extraescolares respetando la normativa.
11.- La igualdad de oportunidades.
12.- La protección social y el apoyo educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente.
4.2.2.- DEBERES DE LOS ALUMNOS
Todos los alumnos, en las condiciones establecidas por la normativa vigente, tienen el
deber de:
1.- Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades (asistir a
clase con puntualidad, participar en las actividades, cumplir los horarios, seguir las orientaciones
del profesorado y respetar a los miembros de la comunidad educativa).
2.- Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias.
3.- Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar.
4.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad,
integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
5.- Respetar las normas de organización, de funcionamiento y de convivencia del centro
educativo.
6.- Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.
4.2.3.- ADSCRIPCIÓN DE LOS ALUMNOS EN DUCACIÓN INFANTIL TRES AÑOS
A su ingreso en tres años, los alumnos se agruparán siguiendo el orden de fecha de
nacimiento numerados 1, 2 y 3 (en función de las vías), por un lado los chicos y por otro las
chicas en diferentes listas. Se forman grupos: uno por cada uno de los números. Al final se
redondea el número para que todos los grupos, de ser posible, tengan el mismo número de
alumnado. De esta forma se reparten por igual niños y niñas.
En el caso de gemelos se atenderá la solicitud de los padres en el momento de realizar la
matrícula y, en caso de duda, se aconsejará colocarlos por separado.
De igual modo, si hubiera varios alumnos con idioma diferente al castellano de ellos
mismos o de los progenitores y/o tutores legales tratarán de distribuirse equitativamente en las
diferentes aulas o gupos.
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En el caso de que entren varios ACNEAES, alumnos con informe, que vayan al IASS o
minorías étnicas se distribuirán para que no vayan al mismo grupo.
En las nuevas altas se igualan las clases por orden o se incorporan a la A.
Al finalizar el ciclo, a criterio del equipo docente, se realizarán los reagrupamientos
aprobados en el centro.
4.2.4.- READSCRIPCIÓN DE LOS ALUMNOS POR CAMBIO DE ETAPA O EQUIPO
DIDÁCTICO
1.- Por acuerdo del Claustro y aprobado por el Consejo Escolar, se realizará un reagrupamiento
de alumnos al finalizar la etapa de Educación Infantil o cambiar de Equipo Didáctico en
Primaria, por considerarse beneficioso para el alumnado y para la convivencia en el centro.
2.- Los criterios establecidos por la Comisión de Convivencia para realizar los agrupamientos
son los siguientes: heterogeneidad en función de sexo, igual número de alumnos por grupo,
heterogeneidad en la diversidad curricular y en el caso de hermanos, el grupo de profesores
encargado de efectuar el reagrupamiento de alumnos, tratará de forma individual cada caso.
3.- Los equipos docentes encargados de llevar a cabo los reagrupamientos estarán formados por
el profesorado que imparte clase en ese nivel. Posteriormente tendrán una reunión informativa
con el tutor que los recibe.
4.2.5.- NECESIDAD DE ATENCIÓN SANITARIA EN TIEMPO ESCOLAR
El alumno necesitado de una especial atención sanitaria en el tiempo escolar debe ser
considerado como un menor necesitado de un cuidado especial para su integración e inclusión
escolar. Los centros educativos, por lo general, no disponen de los medios ni del personal
necesarios para prestar la asistencia sanitaria.
El Gobierno de Aragón (a través de la Dirección General de Ordenación Académica, la
Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud y la Dirección General Pública), en
Resolución de 16 de marzo de 2015 elaboró instrucciones relativas a la organización y el
funcionamiento de la atención sanitaria no titulada en los centros docentes de la Comunidad
Autónoma de Aragón.
En casos crónicos y con alumnos en situación de emergencia previsible (asma, reacciones
alérgicas graves, hipoglucemia y epilepsia), así como en temas relativos a la administración de
medicamentos y siempre que se considere necesario se seguirá el protocolo marcado en dichas
instrucciones y se cumplimentarán los documentos especificados en las mismas.
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4.3.- PADRE Y MADRES. AMPAS.
Los derechos y deberes de los padres o tutores legales de los alumnos están recogidos en
el capítulo 3 del Real Decreto 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los miembros de la
comunidad educativa) y en numerosos artículos dispersos de otra normativa e instrucciones del
Departamento. También hace referencia a los mismos la Disposición Final Primera de la
LOMCE (Ley Orgánica 8/2013).
Por otra parte, las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPAS) vienen
reguladas por el Real Decreto 1533/1986 de 11 de julio y sus funciones están establecidas en al
título 6 del Real Decreto 82/1996 de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico
de Centros.
4.3.1.- DERECHOS DE LOS PADRES O TUTORES LEGALES
Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos o tutelados, tienen
los siguientes derechos:
1.- A que sus hijos o tutelados reciban una educación con las máximas garantías de calidad, en
consonancia con los fines establecidos en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía de
Aragón, en las leyes educativas, en el Proyecto educativo de centro y en el Proyecto curricular de
etapa.
2.- A escoger centro docente, tanto público como distinto de los creados por los poderes
públicos.
3. A que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones.
4.- A estar informados sobre el progreso de aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos
o tutelados.
5.- Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad
educativa.
6.- A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo,
en los términos establecidos en las disposiciones vigentes.
7.- A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus
hijos.
8.- A ser informados sobre todas aquellas decisiones relacionadas con la convivencia escolar que
afecten a sus hijos.
9.-A participar en la elaboración del Plan de convivencia y de las normas de convivencia del
centro e implicarse en su seguimiento.
10.- A colaborar en la propuesta de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia
escolar.
11.- A conocer el Plan de convivencia y las normas de convivencia del centro.
12.- A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.
4.3.2.- DEBERES DE LOS PADRES O TUTORES LEGALES
Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o
tutelados, tienen los siguientes deberes:
1.- Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con el
profesorado y el centro.
38
2.- Contribuir a la mejora de la convivencia escolar, respetando las normas establecidas por el
centro y procurando que sus hijos o tutelados las cumplan.
3.- Colaborar en todos aquellos aspectos relacionados con la convivencia escolar y en la
aplicación y cumplimiento de las medidas educativas de corrección de conductas que afecten a
sus hijos o tutelados.
4.- Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad,
para que sus hijos o tutelados cursen los niveles obligatorios de la educación y asistan
regularmente a clase.
5.- Proporcionarles, en la medida de sus posibilidades, los recursos y las condiciones necesarias
para el progreso escolar.
6.- Estimularlos para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.
7.- Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los
compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el proceso
educativo y el rendimiento de sus hijos o tutelados.
8.-Fomentar el respeto por todos los miembros de la comunidad educativa.
9.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad,
integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
4.3.3.- ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS. AMPA.
El centro cuenta con una Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) creada y
regulada por el Real Decreto 1533/1986 de 11 de julio. Sus funciones están establecidas en el
título 6 del Real Decreto 82/1996 de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico
de Centros y son las siguientes:
1.- Elevar al consejo escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la
programación general anual.
2.- Informar al consejo escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren
oportuno.
3.- Informar a los padres de su actividad.
4.- Recibir información del consejo escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como
recibir el orden del día de dicho consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar
propuestas.
5.- Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
6.- Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior.
7.- Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.
8.- Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el consejo
escolar.
9.- Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus
modificaciones.
10.- Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el
centro.
11.- Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del centro para el buen
funcionamiento del mismo.
12.- Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el consejo escolar.
4.4.- PERSONAL NO DOCENTE
En el centro desempeñan su trabajo una serie de personas dependientes del Servicio
Provincial de Educación, del Ayuntamiento o de determinadas empresas que han contratado
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  • 1. CEIP “LAS ANEJAS” - TERUEL - PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO
  • 2. 2 CEIP “LAS ANEJAS” - PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO Preámbulo. 1.- Datos generales del centro. 1.1.- Denominación y ubicación. 1.2.- Características y peculiaridades. 1.3.- Principios educativos. 1.3.1.- Notas de identidad. 1.3.2.- Objetivos y propósitos de centro. 2.- Estructura organizativa. 2.1.- Órganos colegiados. 2.2.- Órganos unipersonales. 2.3.- Órganos de coordinación docente. 2.4.- Otros órganos y funciones de coordinación. 3.- El RRI y las normas de convivencia. 3.1.- Preámbulo y fundamentos legales. 3.2.- Normas de convivencia. 3.3.- Proceso de corrección de las conductas del alumnado - (Anexo I). 3.4.- Plan de convivencia - (Anexo II). 3.5.- Documento de tareas escolares. 4.- Los recursos humanos. Derechos y deberes. 4.1.- Profesorado. 4.2.- Alumnado. 4.3.- Padres y madres. AMPAs. 4.4.- Personal no docente. 5.- Organización de espacios y recursos. Normas para su utilización. 5.1.- Recursos materiales: distribución y utilización. 5.2.- Banco de libros 5.3.- Régimen administrativo. 5.4.- Régimen económico. 5.5.- Actividades extraescolares y complementarias. 5.6.- Plan de evacuación – (Anexo III). 6.- Distribución del horario lectivo. 6.1.- En Primaria 7.- Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) – (Anexo IV). 8.- Plan de Atención a la Diversidad (PAD) – (Anexo V). 9.- Proyecto Deportivo de Centro (PDC) – (Anexo VI) 10.- Los servicios complementarios. 10.1.- Comedor escolar. 10.2.- Aula madrugadora. 10.3.- Transporte escolar. 10.4.- Servicio de guardia o custodia. 10.5.- Aula de tarde. 11.- Relación entre los distintos sectores de la comunidad educativa. 12.- Relaciones con otras instituciones. 13.- Reforma del PEC. 14.- Disposición final.
  • 3. 3 PREÁMBULO La finalidad del presente Proyecto Educativo de Centro (PEC), cuyo ámbito de aplicación es el CEIP “LAS ANEJAS” de Teruel, es alcanzar un nivel óptimo de convivencia entre todos los miembros que constituyen la comunidad educativa del centro y recoger los valores, objetivos y prioridades de actuación en el mismo. Para conseguir esta finalidad es preciso determinar una serie de objetivos que se desarrollarán en el documento en unas normas básicas de actuación. Dichos objetivos son: - Llevar a cabo el proceso educativo dentro de un modelo de tolerancia y respeto mutuo, en orden a la consecución de los fines de la educación que define la legislación vigente. - Promover el derecho de todos los miembros de la comunidad escolar a intervenir en las decisiones que les afecten a través de sus representantes. - Asegurar el orden interno del centro en aras a la consecución de los objetivos educativos. - Desarrollar la autonomía y la responsabilidad de todas las personas que integran la comunidad educativa del centro. - Mantener con la comunidad y con el entorno del centro una relación comunicativa y abierta al diálogo. Consideramos que el PEC debe ser una referencia amplia en la que nos podamos apoyar (profesorado, padres/madres, alumnos/as y personal no docente) para tener claro lo que hacemos, es decir, plantear los objetivos, los tiempos y los fines educativos. El presente PEC, además de tener en cuenta las características y peculiaridades del centro y de su entorno, tiene una base legal en la normativa siguiente: - Leyes generales: o Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. o Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) en la redacción dada en la Ley Orgánica 8/2013 para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE). o Ley 30/92 sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. - Funcionamiento de centros: o Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. o Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional o Real Decreto 82/1996 por el que se aprueba del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. o Orden de 26 de junio de 2014 por la que se aprueban los instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios de Educación Infantil y Primaria y su corrección de errores en BOA de 16 de julio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016. o Orden 63/2016 por la que se regula la implantación de Proyectos Educativos de Organización de Tiempos Escolares y su convocatoria para el curso 2016/2017. - Derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa:
  • 4. 4 o Real Decreto 73/2011 por el que se establece la carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos. o Real Decreto 1533/1986 por el que se regulan las Asociaciones de Padres de Alumnos. - Atención a la diversidad: o Real Decreto 135/2014 por el que se regulan las condiciones para el éxito escolar y la excelencia de todos los alumnos desde un enfoque inclusivo. o Orden de 30 de julio de 2014 por la que se regulan las medidas de intervención educativa para favorecer el éxito y la excelencia de todos los alumnos. o Orden 1005/2018, de 7 de junio, por la que se regulan las actuaciones de intervención educativa. o Orden 1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones que contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso escolar en las comunidades educativas aragonesas. o Ley 8/2012, de 13 de diciembre, de autoridad del profesorado en la Comunidad Autónoma de Aragón. o ORDEN ECD/1004/2018, de 7 de junio, por la que se regula la Red Integrada de Orientación Educativa en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón o Decreto 188/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la respuesta educativa inclusiva y la convivencia en las comunidades educativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. o ORDEN ECD/1005/2018, de 7 de junio, por la que se regulan las actuaciones de intervención educativa inclusiva. - Currículo y evaluación: o ORDEN ECD/1112/2022, de 18 de julio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Primaria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón. o Orden de 16 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la Educación Primaria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 20 de junio). o ORDEN de 21 de diciembre de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la evaluación en Educación Primaria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón y se modifican la Orden de 16 de junio de 2014, por la que se aprueba el currículo de la Educación Primaria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Orden de 26 de junio de 2014, por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de los Colegios Públicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 30 de diciembre). o ORDEN ECD/850/2016, de 29 de julio, por la que se modifica la Orden de 16 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la Educación Primaria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 12 de agosto).
  • 5. 5 o Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria. o Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil. o ORDEN ECD/853/2022, de 13 de junio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Infantil y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón. o Orden 823/2018, de 18 de mayo (BOA 28-5-2018) por la que se regula el modelo BRIT-Aragón para el desarrollo de la competencia lingüística de y en lenguas extranjeras en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón. La existencia, elaboración, aprobación y aplicación de este Proyecto Educativo de Centro se contempla en: - El artículo 121 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE). - El artículo 48 del Real Decreto 82/1996 por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. - ORDEN ECD/598/2016, de 14 de junio, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de los Colegios Públicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 23 de junio).
  • 6. 6 1.- DATOS GENERALES DEL CENTRO 1.1.- DENOMINACIÓN Y UBICACIÓN La denominación completa del centro escolar es: Nombre.- CEIP “LAS ANEJAS” Dirección.- C/Atarazanas, 10 (44003 – Teruel) Teléfono y fax.- 978 60 35 87 Móvil.- 620431289 Página web.- ceiplasanejas.catedu.es Blog.- https://ceiplasanejasteruel.blogspot.com/ E-mail institucional.- cplateruel@educa.aragon.es E-mail atención padres.- lasanejas@gmail.com y secretaria@anejas.es Nº código del centro.- 44003120 Nº código identificación fiscal.- Q-4468003-A Centro bilingüe BRIT – Aragón (Convenio MEC-British Council) El Colegio de Educación Infantil y Primaria “Las Anejas” es un centro de titularidad pública, perteneciente a la red de centros de la Diputación General de Aragón. Se encuentra situado en la periferia de Teruel, dentro de la Ciudad Escolar, entre los barrios de El Carrel y San León. Desde el curso 2019-2020 se completó el traslado a unas nuevas instalaciones en el terreno donde se ubicaba el antiguo IES “Segundo de Chomón”. La primera fase de dicho traslado se inició con la etapa de Infantil en el curso 2017-2018. Cuenta con tres módulos donde están ubicadas las aulas de Infantil y Primaria, así como los servicios comunes del centro. Rodeando estos módulos existe una amplia zona vallada en la que, además de otros espacios, contiene unas pistas polideportivas. También cuenta para su utilización con el gimnasio y pistas del que fue colegio “Atarazanas”. 1.2.- CARACTERÍSTICAS Y PECULIARIDADES El CEIP “Las Anejas” inició su andadura hacia 1975 dentro del proyecto de la conocida como Ciudad Escolar de Teruel. Es heredero de las Escuelas Anejas de las antiguas Escuelas Normales de Magisterio, más tarde transformadas en colegios de Prácticas de las Escuelas del Profesorado de EGB. En la actualidad ha perdido esta función exclusiva y sus condiciones y dependencia administrativa son las mismas que el resto de los centros públicos de la Consejería de Educación del Gobierno de Aragón. Por decisión del Claustro y selección de la administración educativa, es un centro que participa, desde el curso 1996-1997, en el programa de bilingüismo fruto del Convenio entre el MEC y el British Council que, tras el traspaso de competencias, quedó asumido por la DGA. Desde el curso 2014-2015, tras la aparición del PIBLEA, fue un centro CILE 2 de currículo integrado y actualmente está incluido dentro de la red de centros BRIT-Aragón desde el curso 2017-2018.
  • 7. 7 También, desde el curso 2016/2017, participa en la convocatoria de Orden 63/2016 de 16 de febrero y dispone de su propio Proyecto Educativo de Organización de Tiempos Escolares. Asimismo, acoge alumnado con necesidades educativas especiales. También está dotado, entre otros, de un servicio complementario de comedor escolar y de aula madrugadora y participa en el Plan Corresponsables. Tras las diversas reformas educativas llevadas a término, en la actualidad, es un centro que acoge alumnado de infantil y primaria. La casi totalidad de las familias que envían sus hijos/as al centro provienen del medio urbano y corresponden a grupos sociales variados. Existe alumnaddo con ayuda individualizada de transporte o transportados en ruta escolar proceden de los pueblos o barrios rurales. 1.3.- PRINCIPIOS EDUCATIVOS 1.3.1.- Notas de identidad La Comunidad Escolar del Colegio “Las Anejas” proclama las siguientes notas de identidad que deberán definir nuestro Centro: 1. Nuestra escuela apuesta por la calidad de la educación para todo el alumnado, por lo que será abierta, libre y democrática, donde niños/as, familias, docentes y sociedad en general tengan cabida y cuyas relaciones sean de colaboración, tolerancia, responsabilidad, justicia y respeto. 2. Se fomentará la consideración y el respeto hacia los docentes como autoridad pública. 3. El Centro, como Institución Pública, acoge a la diversidad. En consecuencia, se declara pluralista y respetuoso con todas las ideologías, comprometiéndose a no hacer apología de ninguna tendencia específica. Todo ello se conjugará con el derecho a la libertad de expresión individual, siempre respetando los derechos de los demás. La escuela pondrá especial hincapié en el diálogo y respeto para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social y en especial en el de acoso escolar y violencia de género. 4. La aconfesionalidad de los centros públicos está definida en la Constitución. Nuestro colegio se declara aconfesional y se muestra respetuoso con las creencias individuales de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 5. El Centro se declara a favor de la coeducación, teniendo como objetivo fundamental ayudar al alumnado en la búsqueda de su propia identidad personal, a través del respeto mutuo, e igualdad entre sexos en todos los ámbitos. El desarrollo de la coeducación en nuestra escuela será a través de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre disitintos géneros, así como la prevención de la violencia de género. 6. El Centro favorece la inclusión social de todo el alumnado, rechazando todo tipo de discriminación. El Centro busca la equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar
  • 8. 8 cualquier discriminación, la accesibilidad universal a la educación y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de la diversidad funcional. 7. El Centro fomenta el cuidado del medio ambiente y potenciará la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible. 8. El Centro tiene una modalidad de gestión democrática y representativa, en la que interviene toda la Comunidad Educativa. Será participativa a través de todos los estamentos y estará abierta para compartir tareas, funciones y responsabilidades. 9. El Centro apuesta por una enseñanza plurilingüe (español-inglés y francés en 5º y 6º de Primaria) a través de un currículum integrado que favorece el conocimiento de la cultura anglosajona y francesa y está establecido en el itinerario binlingüe del centro. 10. El Centro desarrolla programas relacionados con la educación para la salud, la seguridad vial, el consumo, la paz, la educación cívica y constitucional y el uso adecuado de internet y redes sociales . 11. El Centro se constituye con un Centro Promotor de la actividad física y deporte, agente que impulsa estilos de vida saludables, en los que la actividad física y el deporte tengan un lugar destacado, en colaboración con las familias y los entes locales. 12. El Centro favorece la integración del alumnado procedente de otros países, con los recursos disponibles, facilitando el aprendizaje del idioma, cuando sea necesario, y buscando una rápida adaptación e integración. 13. Nuestro Centro reconoce el derecho que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos/as. A este respecto, para la consideración de la función docente como factor esencial de la educación, es imprescindible el reconocimiento social del profesor y el apoyo a su tarea. 14. La línea metodológica del Centro será: - Orientada hacia la consecución de las competencias clave. - Inductiva, a partir de los intereses del alumnado e incorporando las TICs (Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación) , aplicación de las TACs ( Tecnologías del Aprendizaje y Conocimiento) y un modelo pedagógico basado en TEP (Tecnologías para el Empoderamiento y la participación). - Respetuosa con los diversos ritmos de aprendizaje. - Potenciadora del esfuerzo y del trabajo del alumnado. - Participativa y que fomente la cooperación y el trabajo en equipo. - Innovadora, activa y abierta a la observación y a la experimentación. - Compensatoria con el alumnado con dificultades.
  • 9. 9 1.3.2.- Objetivos y propósitos de centro Este PEC tiene como objetivo general regular la convivencia y el buen funcionamiento de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, tanto de forma individual como colectiva, dentro de un marco de tolerancia y respeto. Objetivos concretos 1.1. Escuela abierta, libre y democrática El Centro establece los siguientes objetivos: 1. Fomentar entre los miembros de la Comunidad Escolar hábitos de respeto, diálogo y tolerancia. 2. Adquirir la responsabilidad y el compromiso de respetar y cumplir las normas recogidas en el RRI, así como los acuerdos puntuales mayoritarios. 3. Impulsar la participación de los padres en la acción tutorial del Centro. 4. Promover la colaboración de los padres en actividades del Centro. 5. Implicar a los alumnos en la organización de normas de convivencia. 6. Preparar a los alumnos para el ejercicio responsable de la libertad. 7. Establecer contactos con otros centros. 8. Mantener la relación con las entidades e Instituciones locales y de Gobierno. 9. Impulsar la participación de la AMPA en la vida del Centro. 10. Apostar por el fomento de las TRIC o Tecnologías de la Relación, la Información y la Comunicación, el factor relacional en un entorno digital es clave. 11. Fomentar el hábito lector. 1.2. Pluralismo y derecho a la libertad de expresión El Centro establece los siguientes objetivos: 1. Respetar la iniciativa y fomentar la tolerancia, procurando la búsqueda de la propia identidad 2. Desarrollar en los niños los valores básicos de una sociedad democrática y plural, desechando la violencia. 3. Mostrar una postura objetiva ante las distintas tendencias políticas, religiosas y sociales. 4. Preparar a los alumnos para la participación en la vida democrática. 5. Formar a los alumnos en los principios de la paz, la cooperación, la solidaridad,... entre los pueblos. 6. Promover la educción cívica y constitucional. 1.3. Aconfesionalidad El Centro establece el siguiente objetivo: 1. Respetar todo tipo de creencias existentes en la Comunidad Escolar e impedir cualquier discriminación por razón de confesionalidad.
  • 10. 10 1.4. Coeducación El Centro establece los siguientes objetivos: 1. Potenciar la coeducación, no como un simple agrupamiento de niños y niñas, sino como una educación igual para todos sin discriminación por razón de sexo. 2. Eliminar del currículum cualquier sesgo sexista y discriminatorio. 3. Establecer criterios no sexistas en la selección de materiales. 4. Iniciar el conocimiento del mundo laboral y profesional, basado en aptitudes personales y con independencia del sexo. 5. Infundir respeto y trato igualitario en futuras relaciones, eliminando el sentimiento de superioridad o posesión evitando posible casos de acoso o violencia de género. 1.5. Atención a la Diversidad El Centro establece los siguientes objetivos: 1. Continuar con el proceso de inclusión que desde hace tiempo se desarrolla en el Centro. 2. Organizar prioritariamente los recursos personales y materiales para atender a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. (acneaes). 3. Adecuar el currículum a la realidad concreta de los alumnos mediante las medidas educativas que se estimen necesarias y organizar racionalmente los recursos personales y materiales. 4. Intentar de la Comunidad Escolar una actitud abierta y receptiva hacia los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. (acneaes). 5. Intensificar la coordinación entre los tutores y los especialistas en el tratamiento de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. (acneaes). 6. Buscar la inclusión superando las posibles diferencias entre alumnos de un mismo grupo. 7. Pretender que los alumnos se sientan afectivamente seguros entre sus compañeros y sus profesores. 1.6. Gestión democrática El centro establece los siguientes objetivos: 1. Facilitar a todos los órganos representativos del Centro la participación en la gestión. 2. Diversificar las tareas de gestión escolar y responsabilizar a quienes las asuman. 3. Sacar el máximo rendimiento a los medios personales y materiales que dispone el Centro. 4. Lograr la participación de la Comunidad Educativa y el mayor grado de consenso posible en la gestión del Centro. 5. Impulsar la participación de los alumnos en la gestión, responsabilizándoles en funciones específicas para las que estén capacitados (biblioteca de aula, cuidado de materiales...).
  • 11. 11 1.7. Enseñanza bilingüe El centro establece los siguientes objetivos: 1. Potenciar el bilingüismo a todos los niveles y la segunda lengua extranjera (Francés) en 5º y 6º de Primaria. 2. Favorecer la utilización del idioma inglés con los medios y recursos materiales de que dispone el Centro. 3. Impulsar la participación del profesorado en actividades de perfeccionamiento referidas a la utilización del inglés como segunda lengua. 4. Inculcar en los alumnos el interés por el conocimiento de otras culturas de habla inglesa y francesa. 1.8. Educación para la salud El centro establece los siguientes objetivos: 1. Constituirse como Centro Promotor de la Actividad Física y el Deporte. Integrar el Proyecto Deportivo de Centro dentro de este Proyecto Educativo, aplicarlo y evaluarlo. 2. Establecer, mediante la educación para la salud, hábitos de higiene y de alimentación sana. 3. Conocer y participar en programas de prevención de drogodependencias. 4. Conocer y participar en programas de educación sexual infantil. 5. Conocer los accidentes y enfermedades más comunes de acuerdo con sus edades para prevenirlos. 6. Conocer las normas básicas y hábitos de prevención de posibles accidentes y enfermedades 7. Prestar atención a las características de cada alumno/a para prevenir problemas que puedan afectar a su salud emocional.
  • 12. 12 2.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA 2.1.- ÓRGANOS COLEGIADOS 2.1.1.- CONSEJO ESCOLAR El Consejo Escolar del centro es el órgano colegiado de participación en el mismo de los diferentes miembros de la comunidad educativa. Su composición y competencias vienen reguladas en los artículos 126 y 127 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Su régimen de provisión y funcionamiento así como otros aspectos del mismo se encuentran regulados en los artículos 8 a 21 del Real Decreto 82/1996 (ROC). También se hacen referencias a otros aspectos en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento. 2.1.2.- CLAUSTRO DE PROFESORES El Claustro de docentes es el órgano propio de participación de los maestros en el gobierno del centro. Está integrado por la totalidad de los docentes que prestan servicios en el centro. Su composición y competencias vienen reguladas en los artículos 128 y 129 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Su régimen de funcionamiento así como otros aspectos del mismo se encuentran regulados en los artículos 8 a 21 del Real Decreto 82/1996 (ROC). También se hacen referencias a otros aspectos en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento. 2.2.- ÓRGANOS UNIPERSONALES 2.2.1.- DIRECTOR/A La directora es uno de los componentes del equipo directivo del centro tal como recoge el artículo 131 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La forma de selección, nombramiento y cese se hallan regulados en los artículos 132 a 139 de la misma ley. Estos y otros aspectos también se desarrollan en los artículos 25 a 32 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento. 2.2.2.- JEFATURA DE ESTUDIOS El centro cuenta con una Jefa de Estudios que forma parte del equipo directivo del centro tal como recoge el artículo 131 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Su nombramiento, competencias y cese están desarrolladas en los artículos 33 a 37 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento. 2.2.3.- SECRETARIO/A El centro cuenta con un Secretario que forma parte del equipo directivo del centro tal como recoge el artículo 131 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se
  • 13. 13 modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Su nombramiento, competencias y cese están desarrolladas en los artículos 33 a 37 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento. 2.3.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 2.3.1.- COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA El centro cuenta con una Comisión de Coordinación Pedagógica cuya composición y competencias vienen señaladas en los artículos 43 y 44 del Real Decreto 82/1996 (ROC). En los artículos 9 a 13 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización) se recogen su régimen de funcionamiento y otras cuestiones. Forman parte de la CCP la directora, la jefa de estudios, las coordinadorasde los ciclos, la coordinadora de bilingüismo y la representante en el centro del EOEIP. 2.3.2.- EQUIPO Y OBSERVACIÓN DE CONVIVENCIA E IGUALDAD En el centro hay formado un Equipo de Convivencia e Igualdad con el fin de planificar, analizar y evaluar las distintas intervenciones en los planes de convivencia e igualdad del centro. Este equipo está formado por la Jefatura de Estudios, el especialista de orientación educativa del EOEIP, el coordinador del equipo de convivencia e igualdad y aquellos componentes del claustro de profesores que participen en el mismo. Su composición y funcionamiento vienen recogidos en el artículo 7 de la Orden 1003/2018 (BOA de 18 de junio). Asimismo, hay formado una Observatorio de Convivencia e Igualdad en el que están representados todos los sectores de la comunidad educativa con el fin de canalizar las inquietudes de los mismos y propiciar acciones de promoción de la igualdad y prevención, análisis y resolución de conflictos. Su composición y funcionamiento vienen recogidos en el artículo 8 de la Orden 1003/2018 (BOA de 18 de junio). Las funciones de la Comisión de Convivencia que estaba creada en el centro al amparo del RD 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los alumnos) son ahora desarrolladas desde el Observatorio de Convivencia e Igualdad. 2.3.3.- COMISIÓN DE COORDINACIÓN ENTRE CICLOS El centro cuenta con una Comisión de Coordinación formada por el jefe de estudios, los coordinadores de equipos didácticos, los tutores del último nivel y los que se harán cargo del alumnado cuando se llevan a cabo reagrupamientos. Sus funciones son: - Intercambiar información general sobre el nivel curricular (contenidos conseguidos, refuerzos, velocidad lectora, metas alcanzadas, apoyos, ...). - Establecer estrategias metodológicas que facilitan la adaptación de los alumnos a la nueva etapa o al nuevo nivel (rutinas, hábitos, libretas, agenda, explicaciones, ...). - Facilitar información de la dinámica de grupo. - Intercambiar información individual del alumnado (rendimiento, motivación, conducta, ...).
  • 14. 14 2.3.4.- CICLOS Los Equipos Didácticos son las unidades organizativas básicas del centro en los ámbitos pedagógico, administrativo y económico. Su constitución se recoge en el artículo 130 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Se establecen cuatro ciclos : uno de segundo ciclo de Educación Infantil y tres de Educación Primaria (primer ciclo, segundo ciclo y tercer ciclo). Cada uno de ellos está constituido por la totalidad de los tutores/as de dichos grupos y los docentes, especialistas y colaboradores del programa bilingüe que imparten clase mayoritariamente en esos cursos. Todo el profesorado estará adscrito a un ciclo en función de la organización del centro. Cada ciclo tiene una coordinadora que es el responsable ante la Jefa de Estudios en el ámbito pedagógico y ante el Secretario en los ámbitos administrativo y económico. Las competencias de los ciclos y de sus coordinadoras están reflejadas en los artículos 39, 40, 41 y 42 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en el artículo 1.1 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). Además se establecen otras funciones, tanto para los equipos didácticos como para los coordinadores: - Adaptar a cada nivel la programación general de las diversas áreas. - Profundizar en la metodología propia a adoptar por el equipo. - Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar los objetivos terminales. - Preparar las reuniones con los padres. - Favorecer el trabajo interdisciplinar y mantener reuniones de nivel y con los profesores colaboradores del programa bilingüe para coordinar el trabajo en el aula. - Programar las actividades extraescolares y complementarias para su inclusión en la Programación General Anual. - Administrar y gestionar los presupuestos de que se dota a los equipos didácticos. TUTORES/AS Cada uno de los grupos de alumnado tendrá un maestro/a tutor/a. Su designación viene regulada en el artículo 45 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en los artículos 14 a 17 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). PROFESORADO ESPECIALISTAS SIN TUTORÍA Tendrán la misma consideración que el resto del profesorado. Sus funciones en el área docente vienen determinadas por el puesto que ocupan en el centro. Los restos horarios se distribuirán hasta completar su horario a criterio de la Dirección según las necesidades de funcionamiento y de acuerdo con las instrucciones dadas por el Departamento. A principio de curso se adscribirán al ciclo donde impartan mayor número de horas o al que les adjudique la Directora a propuesta de la Jefa de Estudios si pasan por todos. Podrán ser coordinadores de ciclo en igualdad de condiciones que el resto del profesorado.
  • 15. 15 PROFESORADO COLABORADOR DEL PROGRAMA BILINGÜE Todos ellos tendrán en lo docente la misma consideración que el resto del profesorado y sus funciones vienen determinadas por el Convenio entre el MEC y el British Council de fecha 2 de noviembre de 1995 y desarrolladas en los artículos 35 y 36 (en función del profesorado de que se trate) de la Orden 823/2018 (BOA de 28 de mayo) por la que se regula el modelo BRIT – Aragón. Entre ellos nombrarán a uno que será el coordinador del programa bilingüe y su representante dentro de la Comisión de Coordinación Pedagógica. A la hora de elegir curso y materia seguirán los mismos criterios que el resto del profesorado y que vienen establecidas en la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización y funcionamiento). 2.4.- OTROS ÓRGANOS Y FUNCIONES DE COORDINACIÓN En cuanto a las funciones de coordinación se estará a lo establecido en el articulado de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). 2.4.1.- COORDINADOR/A DE CICLO Cada uno de los ciclos a los que se hace referencia en el punto 2.3.4 de este Proyecto Educativo de Centro estará dirigido por un coordinadora. Su designación y cese vienen recogidos en los artículos 39 a 42 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en el artículo 4 del punto 1.1 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). Las competencias del coordinador/a de ciclo son las siguientes: a) Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa y elevar a la Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el Equipo Didáctico. b) Coordinar las funciones de tutoría del alumnado. c) Coordinar la enseñanza en los niveles correspondientes de acuerdo con el proyecto curricular de etapa. d) Llevar el dietario de los temas tratados y los acuerdos tomados en las reuniones. e) Convocar y presidir las reuniones del Ciclo. f) Representar al Equipo de Ciclo ante los diversos órganos del Centro. g) Presentar a la Comisión de Coordinación Pedagógica informe del trabajo realizado por el Equipo de Ciclo. h) Coordinar la inversión de los fondos asignados. i) Dinamizar el trabajo en grupo de los miembros ciclo. j) Aportar a la Comisión de Coordinación Pedagógica todas las propuestas que desde el Equipo de Ciclo se hagan a los documentos oficiales del Centro. k) Aquellas otras funciones que le encomiende la Jefa de Estudios en el área de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.
  • 16. 16 2.4.2.- EQUIPOS DE COORDINACIÓN Y VIGILANCIA DE RECREOS Para la coordinación y vigilancia de los espacios de recreo y las entradas y salidas del alumnado del Centro, se formarán unos equipos rotativos de docentes. El profesorado de Educación Infantil formará sus propios equipos dado que tienen espacio diferenciado y otros tiempos. De la formación y seguimiento de estos equipos se encargará la Jefatura de Estudios de acuerdo con el artículo 82 de las Instrucciones del Departamento. En ellos habrá profesorado de todas las etapas y ciclos. Son funciones de los equipos de coordinación y vigilancia de recreos: - Dirigir el acceso de los escolares al centro al inicio de las sesiones de mañana, de tarde y al finalizar el tiempo de recreo. - Controlar las salidas de los alumnos. - Vigilar a los alumnos en los diferentes espacios del patio durante los recreos. - Solventar los incidentes que se originen en estos momentos y ponerlos en comunicación de los tutores/as y, si es necesario, la Jefa de Estudios. - Acompañar y atender al alumnado accidentado al botiquín o a dirección según la gravedad del percance. 2.4.3.- COORDINADOR/A DEL PROGRAMA DE BILINGÜISMO La figura del coordinador del programa de bilingüismo del centro viene recogida en el artículo 118 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). Asimismo, se amplian en el artículo 34 de la Orden 823/2018 por la que se regula el modelo BRIT -Aragón. Las funciones de coordinadora del programa de bilingüismo se completan en el Proyecto de Bilingüismo del centro (BRIT-Aragón Convenio MEC-BC) y en este documento y son las siguientes: - Canalizar toda la información entre el centro y el British Council y distribuirla entre el profesorado. - Gestionar los recursos económicos destinados al programa y llevar el dietario con los temas tratados y los acuerdos tomados. - Organizar la Feria del Libro Inglés y las dramatizaciones para los alumnos. - Asistir a las reuniones de coordinación pedagógica para trasladar la información al resto de los asesores. - Explicar, junto al Jefe de Estudios, el funcionamiento del programa cuando un nuevo profesor llega al centro y proporcionarle material necesario para poder empezar en el programa. - Coordinar el desarrollo del currículo y los materiales específicos de uso común. - Coordinar las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el programa. - Coordinar la realización de las pruebas finales que se organizan en el centro con los alumnos de 6º de Primaria para evaluar el programa.
  • 17. 17 2.4.4.- COORDINADOR/A DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA El servicio de biblioteca lo gestiona una profesora del claustro de entre los interesados que lo manifiesten. Su designación y funciones vienen señaladas en el artículo 24 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización) y ampliadas en este documento: - Asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de los recursos documentales y de la biblioteca del centro. - Difundir, entre la comunidad educativa, información administrativa, pedagógica y cultural. - Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información, entretenimiento y ocio. - Asesorar en la compra de nuevos materiales y fondos para la biblioteca y administrar y gestionar los presupuestos de que se dota este servicio. - Llevar el control y préstamo de libros y recursos y la apertura del servicio durante la hora del recreo. - Elaborar, junto al Jefe de Estudios, el reglamento que gestiona el uso de la biblioteca. - Coordinar la actuación de la biblioteca con el personal responsable del Programa de Apertura de Centros. 2.4.5.- COORDINADOR/A DEL SERVICIO DE TECNOLOGÍA El servicio de tecnología (medios informáticos y audiovisuales) lo gestionan un profesor del centro. Su designación y funciones vienen señaladas en el artículo 25 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización) y ampliadas en este documento: - Coordinar las actividades que se desarrollen en el centro relativas al uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs). - Fomentar la utilización por parte del profesorado de las tecnologías informáticas o audiovisuales en su actividad docente. - Asesorar al centro en la adquisición de nuevos materiales y fondos y administrar y gestionar los presupuestos de que se dota a este servicio. - Mantener actualizado el inventario de medios informáticos y audiovisuales y coordinar su reparación en caso de avería. Además, se ha creado un grupo responsable de las TICs para cada uno de los ciclos. 2.4.6.- COORDINADOR/A DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS La figura del coordinador/a de actividades deportivas y su nombramiento vienen recogidas en el artículo 23.1 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). Sus funciones son las siguientes: - Coordinar todas las actividades en torno a este servicio. - Coordinar la utilización de los recursos de que dispone el centro. - Administrar y gestionar los presupuestos de que se dota este servicio. - Gestionar los trámites relacionados con las actividades deportivas. - Fomentar e impulsar la actividad deportiva entre el alumnado.
  • 18. 18 - Asumir la Coordinación Deportiva de Centro junto con las funciones que le sean asignado por el mismo, o delegar dichas funciones en otra persona según las instrucciones del propio proyecto. 2.4.8.- COORDINADOR/A DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO El DECRETO 166/2018, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la formación del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón. establece lo siguiente en su artículo 21 puntos 1 y 3 lo siguiente: 1.En todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón sostenidos con fondos públicos y en los Equipos de Orientación Educativa de Infantil y Primaria, existirá un coordinador o coordinadora de formación 3.El coordinador de formación impulsará y promoverá las actuaciones de formación del profesorado que afecten al profesorado del centro, constituyendo éstas el Plan de Formación de Centro que deberá formar parte de la Programación General Anual. La Orden de 14 de junio de 2016, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Orden de 26 de Junio de 2014 de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón. En su artículo único punto dos especifica que el Coordinador de Formación del Profesorado asumirá además las funciones de coordinación e impulso de la Innovación Educativa.Estas son: - Detección de necesidades de formación del centro y coordinación con el órgano competente en materia de formación del profesorado. - Será el encargado de elaborar anualmente el plan de formación de centro, documento que recoge las acciones formativas del profesorado para el curso. - Si el centro participa en el Programa de Prácticas Escolares, el coordinador de formación será también el coordinador de dicho programa (según la resolución anual que se publica para el desarrollo de prácticas escolares). 2.4.9.- OTROS Se podrán formar comisiones o coordinaciones para trabajar aspectos concretos en función de las necesidades. Su designación y funciones vienen contempladas en el artículo 22 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización).
  • 19. 19 3.- EL RRI Y LAS NORMAS DE CONVIVENCIA 3.1.- PREÁMBULO Y FUNDAMENTOS LEGALES. Preámbulo El presente Reglamento pretende facilitar una óptima convivencia en el Centro y generar un clima de buenas relaciones que propicien el ejercicio de la libertad, participación y respeto entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Debe canalizar la participación de todos los sectores educativos, incluyendo tanto derechos como deberes y planteando una exigencia más cualitativa que cuantitativa. Tiene como objetivo fundamental el potenciar al máximo la educación integral del alumno/a y el desarrollo de su personalidad, dentro de una proyección social. Ya que con él pretendemos seleccionar objetivos prioritarios para optimizar las relaciones humanas, deseamos que sea considerado por todos los miembros de nuestra Comunidad, más que como instrumento meramente sancionador y disciplinario, como un conjunto de normas reguladoras de nuestra convivencia, favoreciendo entre nosotros el desarrollo de un clima de diálogo, respeto, solidaridad y aceptación del hecho diferencial de cada uno, como base de una convivencia pacífica, responsable y democrática. Su marco jurídico se enmarca dentro de la Constitución y de la legislación en materia educativa, así como de la que se determine con posterioridad por los órganos competentes del Estado o los autonómicos legalmente constituidos. Fundamentos legales 1.- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 2.- Real Decreto 73/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 5-4-2011). 3.- Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (Real Decreto 82/96 de enero), donde se definen las funciones del tutor/a. 4.- Orden del 22 de agosto de 2002 del Gobierno de Aragón por la que se regula la organización y funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y los Centros Públicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón. 5.- Orden de 11 de noviembre de 2008, por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan de Convivencia Escolar en los centros educativos públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA del 10 de diciembre) y Orden 1003/2018 de 7 de junio y Orden 1003/2018 de 7 de junio (BOA del 18 de junio) por la que se determinan las actuaciones que contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso escolar en las comunidades educativas aragonesas.
  • 20. 20 6.- Decreto 73/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón. 7.-El Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el artículo 1, dispone que corresponde al Departamento de Educación, Cultura y Deporte la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón. 8.- LEY 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón. 9.- ORDEN ECD/1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones que contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso escolar en las comunidades educativas aragonesas. 10.- LEY 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón. 11.- LEY 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón. 12.- RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2020, de la Directora General de Planifcación y Equidad, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifca la Orden ECD/1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones que contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso escolar en las comunidades educativas aragonesas. 13.- ORDEN ECD/1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones que contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso escolar en las comunidades educativas aragonesas. 3.2.- NORMAS DE CONVIVENCIA. Normas Generales 1.- Las relaciones personales de todos los miembros de la comunidad educativa se basarán en el respeto mutuo y favorecerán un clima de convivencia. 2.- La comunidad educativa, para el buen desarrollo de las funciones del profesorado, velará porque reciba el trato, la consideración, el apoyo y el respeto acordes con la importancia de su tarea. 3.- La convivencia en el centro escolar se basará en los siguientes principios: a) El respeto a sí mismo y a los demás. b) El ejercicio responsable de los derechos y el cumplimiento de los deberes establecidos por parte de todos y cada uno de los componentes de la comunidad educativa.
  • 21. 21 c) La valoración y el respeto a las normas de funcionamiento y los principios democráticos, así como a comportarse de acuerdo con ellos. d) La promoción de la cultura democrática en el centro. e) La igualdad de los derechos de todas las personas y colectivos, en particular entre hombres y mujeres, la valoración de las diferencias y el rechazo de los prejuicios. f) Los procesos de enseñanza y aprendizaje deben desarrollarse en un clima de respeto mutuo. 4.- Los órganos de gobierno, el profesorado y demás personal del centro docente cuidarán de que el ejercicio de los derechos y deberes del alumnado se someta a las limitaciones que las mismas leyes les imponen y velarán porque no se produzcan situaciones de discriminación alguna por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil, orientación sexual e identidad de género, capacidad, estado de salud, lengua, cultura, religión, creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal, económica o social. 5.- Todos los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y no podrán ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios y degradantes. Los alumnos deben seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarles el debido respeto y consideración. 6.- Los órganos de gobierno, los profesores y tutores del centro docente llevarán a cabo las actuaciones necesarias para el conocimiento por parte del alumnado de sus derechos y deberes. 7.- Cualquier miembro de la comunidad educativa estará abierto a las sugerencias que, respetuosamente, se le realicen sobre actitudes, relaciones, comportamientos... 8.- Los alumnos/as prestarán reconocimiento, colaboración y apoyo al profesorado, equipo directivo, personal de administración y servicios y demás miembros de la comunidad educativa. 9.- El alumnado debe cumplir las instrucciones del profesorado y las del personal no docente cuando éstas sean dictadas en ejercicio de las funciones que la normativa legal les encomienda. Todos los alumnos deben participar en las actividades formativas e intervenir en ellas con interés, realizando los trabajos personales que se les encomienden y colaborando en los grupos de trabajo que se organicen, contribuyendo a la creación y mantenimiento de un ambiente adecuado al trabajo intelectual y evitando comportamientos perturbadores en el aula. 10.- Alumnos y profesores deben asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo del currículo correspondiente. Todos los miembros de la comunidad educativa deben cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro. 11.- Los alumnos deben respetar el ejercicio al derecho al estudio de sus compañeros. Deben participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro docente, respetando el derecho de sus compañeros a la educación, la autoridad y orientaciones del profesorado y las indicaciones del personal no docente en el ejercicio de sus funciones. 12.- Todos los miembros de la comunidad educativa deben cuidar, mantener las condiciones de higiene y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro, así como respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.
  • 22. 22 13.- Todos los miembros de la comunidad educativa cuidarán su higiene personal, asistiendo al centro con la debida limpieza y con el atuendo adecuado en cada ocasión (actividades lectivas, educación física, etc.) y sin gorras, pañuelos, etc. (salvo casos excepcionalmente autorizados). 14.- Se respetarán las normas de higiene y limpieza con el entorno. 15.- El uso de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos, tales como los smartwatches, están prohibidos al alumnado dentro del recinto escolar (siempre que no sean necesarios para el desarrollo de las actividades educativas). En caso de incumplimiento, serán retirados por el profesorado que lo comunicará y entregará a los familiares del alumno/a. 16.- Los alumnos/as deben respetar las normas recogidas en el RRI sobre acceso, permanencia y salida del centro, así como las relacionadas con las actividades complementarias y extraescolares que se desarrollen fuera del mismo. Relacionadas con las entradas y salidas del centro 1.- El horario lectivo del Centro será de 09:00 a 14:00 horas. Al inicio y al final de curso hay un período de clase en horario reducido, de 09:00 a 13:00 horas. 2.- Las puertas del recinto escolar se abrirán diez minutos antes del comienzo de las clases y las del centro a la hora de empezar las clases, salvo los días de lluvia que se abrirán diez minutos antes para que el alumnado pueda acceder al vestíbulo. 3.- Las entradas y salidas del centro se avisarán mediante música recogido en el Proyecto “Siente la música)”. 4.- El alumnado de Infantil entrará al centro por las puertas destinadas al mismo: cada alumno/a accederá y abandonará el aula por la puerta de su clase que se abre directamente al patio (a excepción de los que usen los servicios de aula madrugadora o comedor en los que se establecerá la forma adecuada). 5.- El alumnado de Primaria entrará por las dos puertas de acceso de dicho edificio: los alumnos de 1º-3º-5º utilizarán una puerta y los de 2º-4º-6º la otra puerta. El alumnado entrará en fila atendiendo los criterios y forma que para ello se han acordado en los respectivos ciclos y en la CCP. 6.- El profesorado de Infantil recogerá y entregará al alumnado con puntualidad en la puerta que le sea asignada para ello. 7.- Los profesores de Primaria atenderán la entrada del alumnado con puntualidad y se encargarán de que la entrada se realice de forma ordenada, evitando gritos y carreras. El resto del profesorado se repartirá por los pasillos y escalera de acceso a las aulas. 8.- Los acompañantes que vienen a dejar y recoger al alumnado deberán permanecer alejados de la puerta para no interrumpir la entrada y salida y se abstendrán de acceder al interior en esos momentos. En los días de lluvia intensa o nieve, los acompañantes del alumnado de Infantil que tienen sus clases en el ala derecha del edificio principal podrán acceder al centro y esperar en el pasillo, enfrente de las aulas, hasta la hora de recogida.
  • 23. 23 9.- Al finalizar las sesiones lectivas, los padres o familiares, sobre todo de los más pequeños, deberán estar muy atentos a su recogida, evitando el que permanezcan solos en las puertas de los edificios o del colegio. En el caso de ausencia prolongada de padres o familiares, si no ha mediado aviso y no hay posibilidad de ponerse en contacto con ellos, el profesor responsable avisará a la policía municipal para que se hagan cargo del alumno/a y lo pondrá en comunicación de la dirección del centro. En el caso de reincidir, se comunicará también a los Servicios Sociales y al Servicio de Inspección. 10.- Al inicio de las clases no se permitirán retrasos de más de cinco minutos. En el caso de que ocurran deberán justificarse; de lo contrario el tutor/a informará a la Jefatura de Estudios que aplicará lo dispuesto en el RD. de Derechos y Deberes. Cuando sin causa justificada se produjeran retrasos continuados a la hora de entrada se comunicará a la Jefatura de Estudios quien informará a los padres con el fin de solucionar el problema. En caso de persistir los retrasos se pondrá en conocimiento del Servicio de Inspección y a los responsables del Programa de Absentismo Escolar. 11.- En el caso de las faltas de asistencia, las familias deben justificar por escrito dichas faltas. En el caso de superar un alumno/a las faltas sin justificar marcadas por la Comisión de Absentismo, se comunicará al Servicio de Inspección y a los responsables del Programa de Absentismo Escolar. 12.- Se habituará al alumnado a no hacer salidas a los servicios en los períodos de clase. 13.- Todas las salidas colectivas al gimnasio, aulas de música e informática..., o dependencias comunes se realizarán bajo el control del profesor/a o persona responsable correspondiente evitando molestias al resto de clases y dejando cerrada la clase. Si no es una actividad habitual, sería recomendable dejar una nota en la puerta indicando dónde está el grupo de alumnos. 14.- Los profesores/as de Educación Física, Música,… se encargarán de recoger al alumno en sus aulas para conducirlos al gimnasio o al espacio donde imparta la clase. Al terminar la actividad los conducirá de nuevo a sus aulas respectivas procurando evitar molestias al resto de clases. 15.- Para salir del Centro durante el horario escolar, se requerirá la presencia de los padres o tutores. En el caso de que vengan otras personas a recogerlos, avisarán con antelación y firmarán una autorización consintiendo dicha salida. Los mismos criterios se seguirán durante la prestación del servicio de comedor. Las familias que consideren que sus hijos/as pueden salir solos/as del centro o del comedor deberán firmar el anexo correspondiente y entregar a su tutor/a que se facilita a todo el alumnado al principio del curso escolar. 16.- El profesorado saldrá con el grupo de alumnos que, en ese momento, les corresponda según su horario. 17.- No se permitirá la entrada de animales al colegio, tanto en el patio como en el edificio, salvo en el caso de actividades escolares. Relacionadas con el tiempo de recreo 1.- El recreo se realizará en el patio. Los días que, por inclemencias meteorológicas o por cualquier otra causa, no pueda ser utilizado el patio, el alumnado de Primaria permanecerá en su
  • 24. 24 aula bajo el cuidado del profesorado/a de su ciclo y el alumnado de Infantil irán a la sala de psicomotricidad, al cuidado de las maestras que ese día tienen guardia de recreo. Será la jefatura de estudios quien tome la decisión. Esos días no sonará la música de final de clase antes del recreo. 2.- Ningún alumno/a permanecerá dentro del edificio durante el recreo sin la presencia de personal responsable, por motivos de seguridad y organización y ningún alumno/a entrará a las clases durante la hora de recreo excepto que vayan acompañados de un profesor/a. 3.- Los espacios exteriores dedicados al tiempo de recreo por el alumnado de cada ciclo se definirán a principio de cada curso en la PGA, así como los servicios a utilizar durante dicho recreo. 4.- Durante el tiempo de recreo, el alumnado seguirá las indicaciones que les haga el personal responsable respecto al cumplimiento de normas de interés general; especialmente sobre juegos peligrosos, situaciones de riesgo, agresiones e insultos, etc. 5.- Se evitarán todo tipo de acciones y juegos que atenten contra la integridad física o moral de los miembros de la comunidad. 6.- En horario de patio, el alumnado no podrá salir del mismo sin el permiso del personal responsable encargado de su vigilancia. 7.- Dentro del edificio no se puede jugar con balones, patines, cromos... que puedan ocasionar algún perjuicio. El profesorado podrá retirar dichos objetos y entregarlos al tutor/a del alumno/a o en jefatura de estudios que los devolverán al alumno/a tras ser amonestado. 8.- Queda prohibido arrojar al suelo bolsas, envoltorios, restos de comida, etc., para ello se utilizarán las papeleras y contenedores correspondientes. Además, no se debe empezar a almorzar hasta llegar al patio. 9.- Para el cuidado y vigilancia de los recreos se organizarán turnos entre el profesorado del centro. Este profesorado velará por el cumplimiento de las normas de convivencia y las referentes a la coordinación del patio que figuran en este reglamento. La coordinación de la vigilancia y el uso del patio viene regulada en el punto 3.4.2 bajo el epígrafe “Equipos de coordinación y Vigilancia de Recreos”. 10.- En caso de accidente, si la herida es leve, el alumno/a será debidamente atendido en el Centro por el profesorado encargado de la vigilancia de patio y, si la herida requiere algún otro tratamiento se seguirán los siguientes pasos: o Atender al alumno/a. o Ponerlo en conocimiento del Equipo Directivo. o Comunicarlo al tutor/a y avisar a la familia del alumno. o En caso de ausencia de ésta o de necesitarse un desplazamiento urgente, la Jefa de Estudios tomará las medidas oportunas para que el alumnado del profesor/a acompañante queden debidamente atendidos. o Elaborar el parte de percance escolar. 11.- El Proyecto Deportivo de Centro indicará la forma y manera en la que se aplicarán el programa “recreos activos” en consenso con el claustro de profesores.
  • 25. 25 Relacionadas con el tiempo de clase 1.- Las entradas y salidas del aula se harán ordenadamente y controladas por el profesor/a correspondiente. Los docentes abrirán las aulas al primer toque de la música y se repartirán por pasillos y escaleras para controlar el acceso. 2.- Durante las horas de clase está terminantemente prohibido el alumnado permanecer en los pasillos. Los maestros evitarán sacar alumnos al pasillo como castigo. 3.- En aquellos cursos cuyo horario motive cambio de profesorado/a, el alumnado mantendrá el orden durante el tiempo que dure dicho cambio. 4.- Al terminar las actividades lectivas y en el período de recreo, el almumnado abandonará el edificio. De permanecer en él, lo harán bajo la vigilancia de personal responsable. 5.- Al finalizar las clases, el aula deberá quedar correctamente ordenada, colaborando en ello tanto los alumnos/as de Infantil como los de Primaria organizados por el profesor/a correspondiente. 6.- Una vez finalizadas las clases y en el período de recreo las aulas permanecerán cerradas, abriéndose solo en caso de necesidad justificada. No se considera necesidad el olvido de material escolar, prendas de abrigo, etc. 7.- El paso por espacios comunes (pasillos, vestíbulo...) se realizará de la manera más silenciosa posible, de forma que no interfiera en la realización de las actividades del resto de las aulas. 8.- Por respeto a los demás, no se permitirá comer chicles, pipas, etc... salvo en fiestas escolares y bajo supervisión del profesor/a correspondiente. Juguetes, golosinas, cromos,móviles, smartwatches, etc. no se deben llevar al colegio. Evitamos de este modo que los profesores/as retiren objetos que no contribuyen al correcto desarrollo de la actividad educativa. El colegio no se hace responsable de la pérdida de dichos aparatos u objetos. Relacionadas con la utilización de instalaciones y materiales 1.- Todas las dependencias del centro se usarán de forma correcta y adecuada a su función. 2.- Al finalizar las actividades el material y mobiliario deberá quedar en orden. De producirse algún deterioro o extravío deberá comunicarse al encargado de dicho servicio para que adopte las medidas oportunas. 3.- El alumnado se responsabilizará de aportar el material que le soliciten sus maestros/as para la realización de las actividades, es decir, asistirán a clase con el material correspondiente (cuadernos, ropa deportiva, etc.) según las indicaciones del profesorado. 4.- La biblioteca del centro dispone de un servicio de préstamo. El alumnado y sus familias serán responsables de la pérdida de libros u otro material que tengan en préstamo y se encargarán de su reposición al centro.
  • 26. 26 5.- Los daños graves causados por el uso indebido o sustracción en los locales o materiales del centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa serán reparados o repuestos a costa del causante. 6.- Los padres o tutores de del alumnado esperaran a sus hijos/as en el patio durante la realización de las actividades extraescolares. También podrá utilizarse para ello el vestíbulo en caso de lluvia o mal tiempo. 7.- Se facilitará el uso de las instalaciones para la realización de actividades extraescolares promocionadas por el PDC, el AMPA, Ayuntamiento, DGA ... siempre con la supervisión de alguna persona responsable y previa de autorización. Relacionadas con los reagrupamientos del alumnado 1.- Por acuerdo del Claustro y aprobado por el Consejo Escolar, se realizará un reagrupamiento del alumnado al finalizar Infantil y en Primaria cada dos cursos, por considerarse beneficioso para el alumnado y para la convivencia en el centro. 2.- Los criterios establecidos por la Comisión de Convivencia para realizar los agrupamientos son los siguientes: heterogeneidad en función de sexo, igual número de alumnado por grupo, heterogeneidad en la diversidad curricular y en el caso de hermanos/as, el grupo de profesorado encargado de efectuar el reagrupamiento de alumnos/as, tratará de forma individual cada caso. 3.- Los equipos docentes encargados de llevar a cabo los reagrupamientos estarán formados por el profesorado que imparte clase en ese nivel. Posteriormente tendrán una reunión informativa con el tutor/a que los recibe. Relacionadas con los servicios de comedor, aula madrugadora y aula de tarde. 1.- Todas las normas de carácter general serán de aplicación a estos servicios. 2.- El precio de los servicios de comedor y desayuno lo determinará el Consejo Escolar al inicio de cada curso de acuerdo con las instrucciones del Servicio Provincial de Educación. 3.- El pago de los servicios se realizará domiciliado por banco o en efectivo, según las instrucciones aprobadas por el Consejo Escolar. En caso de impago también se seguirán las instrucciones aprobadas por el Consejo Escolar. 4.- El alumnado deberá respetar y obedecer a los monitores/as responsables de cada servicio; si un alumno/a incumple reiteradamente las normas de comportamiento, se le podrá privar de estos servicios. 5.- El horario aula madrugadora es de 7:30 a 09:00 horas de la mañana durante todos los días lectivos del curso. El alumnado que haga uso del mismo podrán elegir el horario de entrada según las necesidades de cada familia. El desayuno se prepara a las 8:15 horas y no se sirve al alumnado que llega más tarde de esa hora.
  • 27. 27 6.- El horario de comedor es de 14:00 a 16:00 horas durante el curso y de 13:00 a 15:00 cuando hay jornada reducida. Según el Proyecto de Organización de Tiempos Escolares, la primera hora se dedica a la comida y en la segunda se llevan a cabo, tal como se reflejaba en el proyecto: - Realización de tareas escolares voluntarias para el alumnado de 3º a 6º de Primaria que lo desean, vigilados por monitores/as de comedor. - Actividades de refuerzo educativo realizadas por el profesorado. - Actividades de ocio y tiempo libre llevadas a cabo por los monitores/as de comedor. Los adultos esperarán al niño/a en las zonas señaladas por los monitores/as de comedor y, si se marcha sólo, deberán presentar autorización en Secretaría autorizándolo. 7.- Para avisar de la utilización del servicio de comedor diario se fija como hora máxima las 11:00 horas con el fin de facilitar el trabajo en la cocina. A partir de esa hora no se admitirá ningún alumno/a ni se reintegrará el importe a los ya apuntados que no hagan uso del comedor. 8.- Siempre que un alumno/a abandone el centro con su familia en horario de comedor debe informar a los monitores/as responsables del servicio. 9.- Es conveniente que el alumno/a traiga para su higiene una bolsita con su cepillo y pasta de dientes. 10.- La variedad del menú pretende que todos el alumnado coma de todo, salvo excepciones debidamente justificadas con certificación médica que la familia debe presentar en Secretaría para que, de manera inmediata, se comunique al personal de cocina o aquellos que, por motivos religiosos, tengan prohibido algún tipo de alimento. En el caso de que, de forma temporal, el alumno/a necesite dieta blanda bastará con un justificante de los padres a la cocina o a los monitores/as de comedor. 11.- Los usuarios del servicio de comedor de Primaria acudirán al punto de encuentro que cada monitor/a considere para marchar después al comedor acompañados por sus monitores/as y los de Infantil serán recogidos en su edificio por los suyos. 12.- El alumnado irá al baño antes de entrar al comedor. En la comida no se podrá salir salvo necesidad ineludible. 13.- Entrarán al comedor cuando se de la señal, con orden, sin carreras y evitando los gritos. Al comedor se accederá sin prendas de abrigo (chaquetas, gorros, guantes, ...) y otros objetos como material escolar, balones, juguetes, etc. 14.- Cada uno ocupará su sitio permaneciendo bien sentado. No se levantará sin autorización del monitor/a y procurará hablar en voz baja. 15.- El alumnado atenderá las indicaciones de los monitores/as del comedor, guardarán las normas elementales en la mesa y comerán las cantidades que se les pongan adecuadas a su edad. 16.- Cuidarán y usarán el material del comedor para su finalidad. 17.- Se establece un tiempo razonable para comer de una hora aproximadamente. 18.- Al terminar de comer, cuando los monitores/as lo autoricen, saldrán a la dependencia que se les indique, sin correr. Si un alumno/a tuviera que asistir a otra actividad en este período, no podrá asistir a las mismas hasta que no termine de comer (si está sancionado cumplirá la sanción al día siguiente).
  • 28. 28 19.- Salvo excepciones puntuales, los servicios que presta el centro (comedor,aula madrugadora y aula de tarde) tendrán preferencia en la distribución de espacios sobre las actividades extraescolares que se desarrollen a lo largo del curso. 20.- Cada monitor/a del servicio de comedor se responsabiliza del grupo de alumnos/as que le corresponde por lo que si, en algún momento, las familias necesitan alguna aclaración deben hablar con los monitores/as concretos de su hijo/a. 21.- Trimestralmente se entregará a las familias un boletín informativo del comportamiento del alumno/a en el comedor. 22.- En los servicios de comedor y aula de mañana no se administrará medicación alguna (salvo excepciones y siempre con justificante médico y autorización de la familia). 23.- Cuando las condiciones climatológicas no permitan salir al patio, el alumnado de Infantil utilizará el espacio de psicomotricidad y el alumnado de Primaria hará uso tanto de la sala de usos múltiples como la biblioteca. 24.- Guardia y Custodia: dentro del proyecto de tiempos escolares se realizará la actividad de Guardia y Custodia (en horario de 13 a 14 horas durante los días de jornada reducida y de 14 a 15 horas durante el resto del curso): atendido por monitores/as. 25.- Biblioteca: dentro del plan corresponsables se realizará la actividad de Biblioteca en horario de 16:00 a 17:00 horas en el período general y de 15:00 a 16:00 horas en el período de horario reducido. Puede ser utilizado por el alumnado de 2º a 6º curso de primariaEl alumnado del centro podrá asistir con sus familiares para realizar tareas escolares, préstamo de libros y/o búsqueda de información. Simultáneamente, el alumnado de infantil y 1º de Primaria realizará actividades lúdicas en el aula de usos múltiples o en el patio. El alumnado deberá hacer caso en todo momento a los monitores/as de este servicio. 3.3.- PROCESO DE CORRECCIÓN DE LAS CONDUCTAS DEL ALUMNADO. El proceso a seguir en la corrección de las conductas del alumnado lo encontramos en el ANEXO I de este Proyecto Educativo de Centro y fue aprobado en Consejo Escolar de 26 de junio de 2013. 3.4.- PLAN DE CONVIVENCIA. El Plan de Convivencia del Centro lo encontramos desarrollado en el ANEXO II de este Proyecto Educativo de Centro.
  • 29. 29 3.5 .- DOCUMENTO DE ACUERDO SOBRE LAS TAREAS ESCOLARES Todo el profesorado y familias están de acuerdo en que la prescripción de los deberes escolares debe seguir el principio que guía cualquier proceso de enseñanza, es decir, estar adaptada a los intereses, necesidades, conocimientos y las competencias de cada estudiante. CRITERIOS GENERALES 1. Los docentes, en función de la etapa, nivel madurativo, realidad social, etc. de sus alumnos, orientarán y recomendarán al alumnado y familias las tareas que consideren especialmente interesantes. 2. La realización de las tareas no podrá ser tenida en cuenta en las calificaciones de los alumnos. Si se podrán evaluar como parte del proceso de enseñanza aprendizaje del alumno. No calificables, pero sí evaluables. 3. En la etapa de Educación Infantil existirán puntualmente actividades para desarrollar en familia para que conozcan el trabajo de su hijo en clase. 4. El tiempo dedicado a la realización de tareas en Primaria será directamente proporcional a la edad del alumno. Desde unos pocos minutos en los primeros cursos de Educación Primaria, hasta incrementar progresivamente en los últimos cursos. 5. Se realizará una explicación previa de las tareas y lo que se espera de las mismas. Estarán adaptadas en la medida de lo posible a las necesidades y capacidades del alumnado. 6. No se utilizarán las tareas como medida disciplinaria, pero se informará a la familia de la actitud del alumno y se buscará solución a su problema. 7. Conviene proponer actividades atractivas, orientadas a desarrollar el interés por aprender, evitando la copia literal y generalizada de enunciados del libro de texto. Valorando la utilidad y explicación. 8. El profesorado ofrecerá estrategias de organización y planificación del tiempo en la realización de deberes y técnicas de estudio para fomentar el trabajo autónomo del alumnado. 9. Favorecer la utilización de la agenda personal de trabajo del alumno, encargando las tareas para un período de tiempo de cierta amplitud, de forma que el alumno pueda organizarse. 10. Se debe evitar una acumulación excesiva de tareas para lo que es imprescindible la coordinación entre el equipo docente. 11. Los Equipos Didácticos del mismo nivel unificarán los contenidos de las tareas a realizar. 12. Las familias deben mantener un seguimiento del trabajo de su hijo, tanto en el centro como en casa. Su función debería ser facilitar (espacios apropiados y tiempos), apoyar, animar y tranquilizar a los hijos en la realización de las tareas mostrando actitudes positivas hacia las mismas y el trabajo del profesor. Dar orientaciones pero no prestar un exceso de ayuda que limite su trabajo. 13. La responsabilidad que se les debe otorgar a los alumnos es apuntar los deberes, coger el material necesario y hacerlos. La responsabilidad de las familias es el apoyo al profesorado a través de una supervisión de las tareas realizadas, limpieza y orden. Objetivos y Tipos de Tareas La base de toda planificación y actividad dentro de nuestra Comunidad de Aprendizaje será la comunicación constante y positiva entre todos los componentes de la comunidad educativa, alumnos, familias y profesores, guiados por unos objetivos comunes que son el aprendizaje y la convivencia.
  • 30. 30 Ciclo de Infantil - Ayudar a las familias a conocer el trabajo en el aula: Lectura en casa. - Implicar a las familias en el proceso de aprendizaje de los alumnos: Buscar información y materiales sobre los temas que se están trabajando. - Colaborar con el centro en las unidades didácticas que estamos trabajando: Escritura sencilla. - Estimular actitudes de investigación, cooperación y esfuerzo: Actividades lógico-matemáticas. - Favorecer el desarrollo de la competencia comunicativa, compartiendo momentos y disfrutando en familia: Visualización de videos y canciones. 1º y 2º de Primaria - Desarrollar comprensión y velocidad lectora : lectura biblioteca de aula y fichas de comprensión. - Desarrollar memoria y expresión verbal : Memorizar poesías, canciones, teatros, trabalenguas. - Potenciar competencia de aprender a aprender : Buscar información sobre diferentes temas vistos en clase ( animales, países, comida… ) - Desarrollar la expresión escrita y artística : Elaborar pequeños carteles o murales sobre distintos temas ( festividades, anuncios, unidades temáticas…) - Afianzar la mecánica de cálculo :Tareas para afianzar el cálculo escrito y mental. - Desarrollar la motricidad fina y afianzar lazos familiares : Manualidades - Trabajar redacción, ortografía e imaginación : Escritura creativa de temas variados ( vacaciones, fin de semana, poesía… ) - Utilizar razonamiento lógico : Retos matemáticos. - Por supuesto los alumnos que no tengan medios para realizar las tareas podrán utilizar el aula de informática y la biblioteca. 3º y 4º de Primaria - Promover la creatividad y espíritu emprendedor :Trabajos de investigación. - Reforzar aprendizajes básicos para avanzar en el proceso de aprendizaje: Tareas Instrumentales. - Desarrollar la Competencia Comunicativa: Tareas de comprensión oral y escrita. - Adquirir estrategias y hábitos de estudio: actividades para promover los hábitos de estudio. - Fomento de la competencia comunicativa : Exposiciones, producción de diferentes tipos de textos ( recetas, poesías, cuentos… ) y escritura creativa. - Utilizar la biblioteca de aula y del colegio : Tareas de fomento de la lectura por placer. - Afianzar lazos familiares: manualidades, textos cooperativos, retos, búsqueda de información, recopilación de materiales… - Promover la competencia de aprender a aprender: investigaciones, representaciones… 5º y 6º de Primaria - Mejorar la ortografía, redacción y fomentar la creatividad : Por ejemplo con la elaboración de textos de creación propia. - Afianzar los contenidos presentados y trabajados en el aula : Por ejemplo realización de actividades, lectura de textos y/o libros, repaso y/o estudio de la materia que se ha explicado en el aula. - Potenciar la creatividad y la autonomía : Por ejemplo elaboración de producciones audiovisuales. - Motivar al alumnado en su proceso de enseñanza-aprendizaje: Juegos para repasar contenidos.
  • 31. 31 - Despertar el interés, favorecer la autonomía en el alumnado y desarrollar el pensamiento crítico: Información, búsqueda, recopilación, organización...( soporte informático, audiovisual, visita a museos )... - Favorecer que el alumno maximice y amplíe su comprensión de los hechos cotidianos: Tareas periódicas a nivel escrito y oral como por ejemplo anuncios, cuñas y/o entrevistas radiofónicas. - Valorar la importancia del trabajo bien hecho a nivel individual para la posterior conjunción grupal: alguna tarea para el trabajo por proyectos. - Participar en la elaboración y producción artística: Representación escénica, musical, teatral… - Favorecer el autoconocimiento y valorar la convivencia: Llevar a cabo reflexiones individuales y/o grupales relacionadas con ámbitos de la cotidianidad. CONCLUSIÓN Las anteriores orientaciones supondrán un esfuerzo importante por parte del profesorado, para organizar unos deberes adaptados a las distintas realidades y que faciliten el aprendizaje de cada alumno. De la misma manera será básico el apoyo y trabajo de las familias, con el seguimiento de las tareas y el desarrollo de la responsabilidad en sus hijos. En el caso de alumnos que no realicen las tareas de forma reiterada, se deben conocer las causas y adoptar las medidas más indicadas en colaboración con las familias. Con la aprobación de este documento sobre tareas escolares, en el que todas las partes implicadas están de acuerdo, es necesario recordar la importancia del cumplimiento en la realización de las tareas escolares por parte del alumno y la implicación de los padres en su seguimiento, apoyando unos deberes que favorecen el aprendizaje del alumnado.
  • 32. 32 4.- LOS RECURSOS HUMANOS. DERECHOS Y DEBERES 4.1.- PROFESORADO Las funciones, derechos y deberes del profesorado vienen recogidas en el capítulo 2, título 1, del Real Decreto 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa) y en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento. 4.1.1.- FUNCIONES DEL PROFESORADO 1.- La programación y la enseñanza de las áreas, materias , módulos y otras tareas docentes que tengan encomendadas. 2.- La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza. 3.- La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. 4.- La promoción, organización y participación en las actividades complementarias programadas por los centros dentro o fuera del recinto educativo. 5.- La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores propios de una sociedad democrática. 6.- La tutoría de alumnos para dirigir su aprendizaje, transmitirles valores y ayudarlos, en colaboración con los padres, a superar sus dificultades. 7.- La colaboración con los servicios de orientación en el proceso de orientación educativa y académica de los alumnos. 8.- La información periódica a los padres sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos, así como la orientación para su cooperación en el mismo. 9.- La coordinación de las actividades docentes de gestión y de dirección que les sean encomendadas. 10.- La participación en la actividad general del centro. 11.- La participación en los planes de evaluación que determinen las administraciones educativas o los propios centros. 12.- La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente. 4.1.2.- DERECHOS DEL PROFESORADO 1.- A participar en los órganos del centro: consejo escolar, claustro de profesores y otros órganos de coordinación docente. 2.- A desempeñar con libertad su función docente de conformidad con los principios establecidos en la legislación educativa. 3.- A participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa, la programación general anual y las programaciones de aula. 4.- A participar en la vida del centro y en la gestión de la convivencia escolar. 5.- A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes. 6.- Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones. 7.- A utilizar, de acuerdo con sus funciones, los medios materiales y las instalaciones del centro. 8.- A recibir formación continua que posibilite su desarrollo personal y profesional a lo largo de su carrera docente.
  • 33. 33 9.- A que se le facilite la información y la asistencia a actividades de perfeccionamiento. 10.- A no ser interrumpido en horario de clase para atender a los padres, salvo en casos excepcionales. 11.- A los demás derechos contemplados en la legislación vigente. 4.1.3.- DEBERES DEL PROFESORADO 1.- Ejercer sus funciones de acuerdo a la legislación vigente, al proyecto educativo de centro, a los proyectos curriculares de etapa y a lo previsto en el reglamento de régimen interior del centro. 2.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 3.- Favorecer un clima de convivencia y respecto en la comunidad educativa. 4.- Informar a la comunidad educativa de las normas de convivencia y de las medidas correctoras aplicadas a los alumnos por conductas contrarias a la convivencia del centro. 5.- Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y contribuir a la mejora de la convivencia escolar. 6.- Velar por la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible. 7.- Además de los regulados en los puntos anteriores, el profesor debe: - Asistir puntualmente al centro y cumplir con su horario laboral. - Controlar la entrada a clase y las faltas de asistencia de sus alumnos. - Asumir el cargo o responsabilidad sobre las tareas que le encomiende el equipo directivo. - Tratar de forma reservada los datos referentes al alumnado y al centro. - Comunicar a la dirección cualquier información, incidencia, ... de la que tuviera conocimiento y que afecten al funcionamiento del centro. - Ser responsable del material destinado a su nivel. - Mantener el orden y la disciplina dentro de la clase y resolver, cuando sea responsable de un grupo de alumnos, los conflictos que pueden surgir entre los mismos. - Atender a los alumnos en caso de percance. Si es leve se curará en el botiquín y si presenta alguna duda, es grave o susceptible de reclamación por parte de los padres, se comunicará inmediatamente a la dirección del centro para actuar en consecuencia. - En caso de necesitar ausentarse de la clase lo comunicará al compañero más próximo. 8.- Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente. 4.1.4.- ADSCRIPCIÓN DEL PROFESORADO El orden para la asignación de tutorías, cursos, áreas de conocimiento y actividades docentes se regirá por lo establecido en la Orden de 26 de junio de 2014 (Instrucciones de organización) teniendo en cuenta además otras cuestiones: 1.- Para un mejor desarrollo de la acción tutorial, se tendrá en cuenta la continuidad del tutor con un mismo grupo de alumnos, salvo casos excepcionales según el ROC, a lo largo de los tres cursos de la etapa de Infantil y de dos cursos consecutivos en Educación Primaria (1-2, 3-4, 5-6). 2.- Como norma, quedan vacantes todos los cursos impares y aquellos donde se haya producido la baja de un tutor al finalizar curso. La dirección notificará al inicio de curso al profesorado las plazas que haya vacantes (por terminar dos cursos consecutivos el maestro o por baja en su tutoría de alguno de ellos).
  • 34. 34 3.- Los especialistas cubrirán las necesidades del centro en su área en primer lugar. En educación física se adscribirán uno a cada dos cursos de Primaria. En inglés se distribuirán de manera que haya tres especialistas de esta materia por lo menos para cada dos cursos. 4.- Los maestros se pondrán de acuerdo ocupando aquellas bajas que hubiera. Si hay consenso y teniendo presente lo anterior, los maestros que estén libres optarán a las vacantes que les correspondan por su especialidad y por orden de antigüedad en el claustro y el director procederá a su nombramiento. 5.- La misma antigüedad en el centro servirá como criterio de elección para los profesores colaboradores del programa bilingüe. 6.- La plaza de apoyo en Educación Infantil se cubrirá atendiendo a los siguientes criterios: si hay varias personas interesadas en la misma se atenderá al criterio de antigüedad entre las que terminan ciclo; si no hay voluntarias entre las que terminan ciclo, será la más reciente en el centro que no la haya ocupado anteriormente o que haga más tiempo que haya estado de apoyo. 7.- Respetando los criterios descritos, el director, a propuesta del jefe de estudios, asignará los grupos de alumnos y tutorías teniendo en cuenta los acuerdos alcanzados por el claustro de profesores en su primera reunión del curso. Si no se produce el acuerdo, el director los asignará atendiendo a lo establecido en la Orden de 26 de junio de 2014 (Instrucciones de organización). 8.- Respecto a las coordinaciones de ciclos y servicios, los maestros se pondrán de acuerdo para ocupar dichas coordinaciones; si hay consenso, el director procederá a su nombramiento en el primer claustro del curso y si no lo hay se atenderá a los siguientes criterios: - Se respetará la continuidad de la persona que ha desempeñado correctamente una coordinación y tiene intención de continuar (se atenderá especialmente el compromiso de continuidad de la persona interesada en coordinar un servicio). - Si hay varias personas interesadas en una coordinación se atenderá al criterio de antigüedad en el centro; si no hay voluntarios, será la más reciente en el centro o la que haga más tiempo que ha ocupado esa coordinación. 4.1.5.- SUSTITUCIONES Las ausencias del profesorado serán suplidas según la Orden de 26 de junio de 2014 (Instrucciones de organización) por profesores del centro que no cubran su horario lectivo. El jefe de estudios notificará a cada profesor las sustituciones que haya de realizar y llevará un cuadro en el cual se contemplen las mismas. El maestro que tenga que ausentarse, según establece la normativa de permisos, deberá dejar actividades preparadas y justificar su ausencia documentalmente, si es posible. En las sustituciones, el jefe de estudios procurará que recaigan por este orden: en el propio tutor, personal del mismo curso, del ciclo y, salvo situaciones extremas, de la misma etapa (Infantil o Primaria). En ambos casos, al principio de curso se organizarán los horarios en base a la disponibilidad de personal y a las necesidades. 4.2.- ALUMNADO Los derechos y deberes de los alumnos están recogidos en el capítulo 1 del Real Decreto 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa) y en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento.
  • 35. 35 4.2.1.- DERECHOS DE LOS ALUMNOS Todos los alumnos, en las condiciones establecidas por la normativa vigente, tienen derecho a: 1.- Recibir una formación integral que asegure el pleno desarrollo de su personalidad. 2.- Que se respete su identidad, intimidad y dignidad personales. 3.- Que se respete su libertad de conciencia. 4.- La integridad física y moral. 5.- Ser valorado con objetividad. 7.- Que se respete su libertad de expresión. 8.- Reunirse en el centro en las condiciones establecidas por la normativa. 9.- Participar en la vida del centro utilizando los cauces para ello establecidos. 10.- Utilizar las instalaciones del centro con finalidad educativa en actividades escolares y extraescolares respetando la normativa. 11.- La igualdad de oportunidades. 12.- La protección social y el apoyo educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente. 4.2.2.- DEBERES DE LOS ALUMNOS Todos los alumnos, en las condiciones establecidas por la normativa vigente, tienen el deber de: 1.- Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades (asistir a clase con puntualidad, participar en las actividades, cumplir los horarios, seguir las orientaciones del profesorado y respetar a los miembros de la comunidad educativa). 2.- Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias. 3.- Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar. 4.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 5.- Respetar las normas de organización, de funcionamiento y de convivencia del centro educativo. 6.- Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos. 4.2.3.- ADSCRIPCIÓN DE LOS ALUMNOS EN DUCACIÓN INFANTIL TRES AÑOS A su ingreso en tres años, los alumnos se agruparán siguiendo el orden de fecha de nacimiento numerados 1, 2 y 3 (en función de las vías), por un lado los chicos y por otro las chicas en diferentes listas. Se forman grupos: uno por cada uno de los números. Al final se redondea el número para que todos los grupos, de ser posible, tengan el mismo número de alumnado. De esta forma se reparten por igual niños y niñas. En el caso de gemelos se atenderá la solicitud de los padres en el momento de realizar la matrícula y, en caso de duda, se aconsejará colocarlos por separado. De igual modo, si hubiera varios alumnos con idioma diferente al castellano de ellos mismos o de los progenitores y/o tutores legales tratarán de distribuirse equitativamente en las diferentes aulas o gupos.
  • 36. 36 En el caso de que entren varios ACNEAES, alumnos con informe, que vayan al IASS o minorías étnicas se distribuirán para que no vayan al mismo grupo. En las nuevas altas se igualan las clases por orden o se incorporan a la A. Al finalizar el ciclo, a criterio del equipo docente, se realizarán los reagrupamientos aprobados en el centro. 4.2.4.- READSCRIPCIÓN DE LOS ALUMNOS POR CAMBIO DE ETAPA O EQUIPO DIDÁCTICO 1.- Por acuerdo del Claustro y aprobado por el Consejo Escolar, se realizará un reagrupamiento de alumnos al finalizar la etapa de Educación Infantil o cambiar de Equipo Didáctico en Primaria, por considerarse beneficioso para el alumnado y para la convivencia en el centro. 2.- Los criterios establecidos por la Comisión de Convivencia para realizar los agrupamientos son los siguientes: heterogeneidad en función de sexo, igual número de alumnos por grupo, heterogeneidad en la diversidad curricular y en el caso de hermanos, el grupo de profesores encargado de efectuar el reagrupamiento de alumnos, tratará de forma individual cada caso. 3.- Los equipos docentes encargados de llevar a cabo los reagrupamientos estarán formados por el profesorado que imparte clase en ese nivel. Posteriormente tendrán una reunión informativa con el tutor que los recibe. 4.2.5.- NECESIDAD DE ATENCIÓN SANITARIA EN TIEMPO ESCOLAR El alumno necesitado de una especial atención sanitaria en el tiempo escolar debe ser considerado como un menor necesitado de un cuidado especial para su integración e inclusión escolar. Los centros educativos, por lo general, no disponen de los medios ni del personal necesarios para prestar la asistencia sanitaria. El Gobierno de Aragón (a través de la Dirección General de Ordenación Académica, la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud y la Dirección General Pública), en Resolución de 16 de marzo de 2015 elaboró instrucciones relativas a la organización y el funcionamiento de la atención sanitaria no titulada en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón. En casos crónicos y con alumnos en situación de emergencia previsible (asma, reacciones alérgicas graves, hipoglucemia y epilepsia), así como en temas relativos a la administración de medicamentos y siempre que se considere necesario se seguirá el protocolo marcado en dichas instrucciones y se cumplimentarán los documentos especificados en las mismas.
  • 37. 37 4.3.- PADRE Y MADRES. AMPAS. Los derechos y deberes de los padres o tutores legales de los alumnos están recogidos en el capítulo 3 del Real Decreto 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa) y en numerosos artículos dispersos de otra normativa e instrucciones del Departamento. También hace referencia a los mismos la Disposición Final Primera de la LOMCE (Ley Orgánica 8/2013). Por otra parte, las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPAS) vienen reguladas por el Real Decreto 1533/1986 de 11 de julio y sus funciones están establecidas en al título 6 del Real Decreto 82/1996 de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de Centros. 4.3.1.- DERECHOS DE LOS PADRES O TUTORES LEGALES Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos o tutelados, tienen los siguientes derechos: 1.- A que sus hijos o tutelados reciban una educación con las máximas garantías de calidad, en consonancia con los fines establecidos en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía de Aragón, en las leyes educativas, en el Proyecto educativo de centro y en el Proyecto curricular de etapa. 2.- A escoger centro docente, tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos. 3. A que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. 4.- A estar informados sobre el progreso de aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos o tutelados. 5.- Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad educativa. 6.- A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las disposiciones vigentes. 7.- A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos. 8.- A ser informados sobre todas aquellas decisiones relacionadas con la convivencia escolar que afecten a sus hijos. 9.-A participar en la elaboración del Plan de convivencia y de las normas de convivencia del centro e implicarse en su seguimiento. 10.- A colaborar en la propuesta de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia escolar. 11.- A conocer el Plan de convivencia y las normas de convivencia del centro. 12.- A los demás derechos contemplados en la legislación vigente. 4.3.2.- DEBERES DE LOS PADRES O TUTORES LEGALES Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o tutelados, tienen los siguientes deberes: 1.- Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con el profesorado y el centro.
  • 38. 38 2.- Contribuir a la mejora de la convivencia escolar, respetando las normas establecidas por el centro y procurando que sus hijos o tutelados las cumplan. 3.- Colaborar en todos aquellos aspectos relacionados con la convivencia escolar y en la aplicación y cumplimiento de las medidas educativas de corrección de conductas que afecten a sus hijos o tutelados. 4.- Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o tutelados cursen los niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a clase. 5.- Proporcionarles, en la medida de sus posibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar. 6.- Estimularlos para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden. 7.- Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el proceso educativo y el rendimiento de sus hijos o tutelados. 8.-Fomentar el respeto por todos los miembros de la comunidad educativa. 9.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 4.3.3.- ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS. AMPA. El centro cuenta con una Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) creada y regulada por el Real Decreto 1533/1986 de 11 de julio. Sus funciones están establecidas en el título 6 del Real Decreto 82/1996 de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de Centros y son las siguientes: 1.- Elevar al consejo escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual. 2.- Informar al consejo escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren oportuno. 3.- Informar a los padres de su actividad. 4.- Recibir información del consejo escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas. 5.- Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de éste. 6.- Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior. 7.- Formular propuestas para la realización de actividades complementarias. 8.- Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el consejo escolar. 9.- Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones. 10.- Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro. 11.- Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del centro para el buen funcionamiento del mismo. 12.- Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el consejo escolar. 4.4.- PERSONAL NO DOCENTE En el centro desempeñan su trabajo una serie de personas dependientes del Servicio Provincial de Educación, del Ayuntamiento o de determinadas empresas que han contratado