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PARA INTERVENCIÓN POSICIÓN GP.SOCIALISTA EN
    RELACIÓN CON EL REAL DECRETO LEY DE MEDIDAS
 URGENTES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE (Nº EXPED.
                              …/…)
                       (17 de mayo de 2012)


Señor Presidente, Señorías.


Subo a esta tribuna para defender la posición de mi grupo
parlamentario, el grupo socialista, sobre el Real Decreto-Ley de
medidas urgentes en materia de medio ambiente.
Señorías ,100 días han bastado para destruir conquistas de 30
años. La paralización de la ley de la dependencia, recortes en la
educación, repago en la sanidad, despido prácticamente libre,
reducción del poder adquisitivo de los pensionistas, frenazo en la
energías renovables ...etc
Medidas que ocultaron y negaron durante la campaña. Todo
auguraba que la regresión en el área Ambiental no tardarían en
llegar.
A veces tengo la sensación de que este Gobierno tiene como
objetivo dar marcha atrás en el tiempo, desandar el camino
andado, destruir   lo que con mucho esfuerzo hemos construido
entre todos, utilizando el BOE para ello. Buscan la dura crisis que
vivimos como coartada      y repiten una y otra vez que es una
situación extraordinaria que exige adoptar, de forma decidida,
medidas extraordinarias. Permítanme una reflexión . Por supuesto
que estamos ante una situación extraordinaria , también lo era el
año pasado cuando aseguraban que con un cambio de Gobierno
se produciría el milagro. sin Embargo señorías, creemos           que
detrás de muchas de estas modificaciones y reformas hay una
verdadera   convicción   ideológica   del   gobierno.   Ustedes   no
responden con esto ante la crisis; la crisis les permite ir en la
dirección en la que quieren ir y hacia la meta que se han fijado. A
un Estado reducido a su mínima expresión, con ciudadanos
dejados a su suerte, sin protección social, y, en lo que aquí me
interesa destacar, sin protección ambiental .




                                                                    2
A lo largo de estos días lo hemos ido confirmando . Este Gobierno
no cree en una política de protección del medio ambiente.
No creen en una legislación garantista que proteja nuestro medio
natural para frenar su destrucción y preservarlo para generaciones
futuras. La ven, lo han hecho siempre, como una traba al libre
desarrollo económico.
Señorías:
Se desprende de cada intervención del Ministro Arias Cañete. Se
desprende también de la exposición de motivos o preámbulo de
cada iniciativa de este gobierno y del grupo parlamentario que le
apoya.


No creen en ello así que no van a defenderlo. Con ello ponen en
peligro no sólo a los españoles de hoy, retrasando el momento de
salida de esta crisis, sino a las generaciones futuras.


Y es que no es así. El medio ambiente no impide el progreso
económico, su defensa es imprescindible para un crecimiento
sostenible. No me voy a cansar de repetírselo. El cambio de




                                                                 3
modelo productivo sostenible ambiental y socialmente es el único
camino. No sólo para preservar nuestros espacios naturales,
nuestro agua, nuestro aire, nuestra biodiversidad. También es el
único camino para el desarrollo económico, para la creación de
empleo y, por tanto, para salir de esta crisis.


Pero no hace falta que lo diga yo, a la primera ocasión y por la vía
de urgencia, se han encargado de demostrarlo con este decreto-
ley.


Anticiparon este afán involutivo con el Real decreto-ley que
suspendía las renovables y ahora dan un paso más allá dando la
vuelta a buena parte de toda la normativa medioambiental con este
decreto-ley.


Así lo han puesto también           de manifiesto las principales
organizaciones ecologistas que han tildado este decreto-ley de
verdadero “atentado del Gobierno a la protección del medio
ambiente”.




                                                                   4
Entrando a analizar con más detalle esta norma que hoy traen al
Parlamento, lo primero que este grupo parlamentario quiere
cuestionar es la necesidad de recurrir a una norma de urgencia
para regular una materia tan sensible.


Parece que el Gobierno del Partido Popular le está cogiendo gusto
a legislar por decreto. Y quiero recordarles, aunque sé que lo
saben, que esta forma de elaborar normas debería ser excepcional
en una democracia parlamentaria. Por eso la Constitución exige
una “extraordinaria y urgente necesidad” para recurrir al decreto-
ley.


No les voy a discutir a estas alturas que vivimos una situación
excepcional. Pero esto no justifica que en los cuatro meses del
Gobierno de Mariano Rajoy se hayan mandado a esta cámara para
su convalidación 19 decretos-leyes –algunos de ellos más que
justificados, otros no tanto- y sólo 6 proyectos de ley. La legislación
de urgencia por el gobierno en lugar de por el Parlamento, donde
se encuentra representado el titular de la soberanía, debe ser una
excepción y no la regla. No deberían olvidarlo.




                                                                      5
Es mas ,este decreto-ley modifica el alcance y contenido del
Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR). La ley que lo
regula (Ley 22/2011) establece (disposición adicional 8ª) un plazo
de tres años para realizar su desarrollo normativo. Todavía quedan
más de dos años para que finalice. En este contexto es difícil
justificar una extraordinaria y urgente necesidad.


Creo que, en realidad, esta vía permite al gobierno finiquitar la
legislación garantista, que en materia de medio ambiente viene
aplicándose en nuestro país, con menores trabas procedimentales.
Pero ello conlleva también un déficit democrático de la norma que
hoy nos piden que convalidemos. Los grupos parlamentarios
tenemos menos posibilidades de debate, de exponer ante la
opinión pública nuestros puntos de vista. Las Comunidades
Autónomas tienen menor poder de interlocución en temas que,
además, afectan a su ámbito de competencias. La sociedad ve
vulnerado su derecho de información y participación en el
procedimiento normativo que, por ejemplo, les reconoce la Ley por
la que se regulan los derechos de acceso a la información, de




                                                                 6
participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio
ambiente (2006)…


En definitiva, en un ámbito tan sensible como es el de la legislación
medioambiental, se ignoran los mínimos requisitos de participación
política y social, y por tanto se quiebra el consenso.


Por eso le pido al Ministro que cumpla con sus palabras emitidas
ante los periodistas hace unos días,que retire el decreto que
convoque al todos los órganos preceptivos, y una vez que haya
dialogado traiga aquí un Proyecto de Ley que podamos discutir.


Entrando ya en el contenido del decreto-ley, son varias las
objeciones de las que este grupo parlamentario quiere dejar
constancia en este debate.


En primer lugar, con carácter general, es evidente que nadie puede
oponerse a una simplificación de aquellos mecanismos que
imponen demoras difíciles de soportar para los ciudadanos y
dificultades de gestión para las Administraciones Públicas. Nadie




                                                                    7
se va a oponer a una simplificación y agilización administrativa
de las normas ambientales.


Pero es que, como sucede demasiado a menudo con las iniciativas
de este gobierno, lo que se dice poco tiene que ver con lo que se
enmascara. Más que busca simplificar la normativa medioambiental
ustedes pretenden flexibilizar o hacer desaparecer las garantías
que constituyen su propia esencia.


Así sucede, por ejemplo, en materia de protección del patrimonio
natural. Bajo la apariencia de unificación de las distintas figuras
protectoras y de los mecanismos de planificación, late la intención
(o puede hacerlo) de relajar la protección que reciben los espacios
protegidos y de la Red Natura 2000. A eso, como es lógico, nos
vamos a oponer desde el grupo socialista. Se trata, desde nuestro
punto de vista, de aplicar exhaustivamente la normativa ya
existente, no de modificarla.


En tercer lugar, en materia de gestión del agua, Este Decreto- Ley
contradice claramente La Directiva Marco del Agua,que hay que




                                                                  8
cumplí por parte de todos los Estados Miembros antes del 2027
com la corresponde te participación publica en el proceso, y con el
pertinente expediente si como parece se incumple fragantemente .
y es que este Decreto ley ignora todo esto ,parece dirigido a
contentar a los propietarios de suelos concesionarios de agua que
pueden ser beneficiados por la revalorización de su propiedades.




Por eso en materia de gestión de Agua ,les voy a pedir un favor,
señores del Gobierno y del Partido Popular. Por favor no utilicen
como elemento de defensa de su discurso en este ámbito una
obligación derivada de la Sentencia del Tribunal Constitucional de
2011 para erigirse en defensores del principio de unidad de
cuenca. Y es que, nada fragmenta más la unidad de cuenca que el
incremento y fomento de los intereses privados, en este caso en el
mercado del agua. Nada fragmenta más ese principio de unidad de
cuenca (al que, lógicamente, los socialistas no nos oponemos) que
la encubierta privatización del agua que ustedes pretenden llevar a
cabo con esta modificación normativa.




                                                                   9
Nosotros no discutimos la necesidad o conveniencia de que sea el
Estado el que ejerza las competencias de policía o sancionadoras
en las cuencas que transcurren por más de una Comunidad
Autónoma. Lo que discutimos, sencillamente, es la conveniencia de
especular con un bien tan preciado como es el agua. El Señor
Ministro dijo el pasado Jueves, que no iba permitir que se especule
con los derechos concesionales del agua. Permitame que le diga,
no se si le traiciono el subconsciente, pero si el máximo
responsable de la política de Medio Ambiente se tiene que
preocupar por ello es porque sabe que con este Decreto-Ley se
abre la puerta a la especulación .


En este sentido, por citar solo un par de ejemplos, el abrir la puerta
a la posibilidad de otorgar nuevas concesiones de aguas
subterráneas resulta incompatible con el objetivo de reducir las
extracciones en masa de este tipo de aguas y contradice la
Directiva Marco del agua al suponer un riesgo para la continuidad
de los mismos. En la misma dirección, desde nuestro punto de
vista, resulta criticable la posibilidad de establecer excepciones al
principio de recuperación de costes relacionados con la gestión del




                                                                    10
agua   para   determinados   usos.   Según    la   citada   directiva
comunitaria, las excepciones a los objetivos de sostenibilidad que
ella misma establece deben ser absolutamente excepcionales y su
establecimiento corresponde al Plan de Gestión de Cuenca
correspondiente.


Mención separada merece la situación del Alto Guadiana, dentro
de esta nueva regulación de la gestión del agua.


Como sus señorías saben, el Plan Especial del Alto Guadiana,
finalmente fue aprobado en 2008, constituye un ambicioso plan de
recuperación de esta cuenca, que incluye, como saben, el parque
nacional de las Tablas de Daimiel y el Parque Natural de las
Lagunas de Ruidera y que fue decla Reserva mundial de la
biosfera ya en 1980. Para ello, para conseguir la recuperación de
los ecosistemas de la Mancha Húmeda que, en gran medida,
depende del buen estado de las aguas subterráneas, se procedía a
reordenar los derechos de usos de aguas, se autorizaban
modificiaciones en el régimen de explotación de los pozos
existentes, permitía la concesión de aguas subterráneas en




                                                                   11
situación de sequía y establecía otras medidas orientadas a lograr
el equilibrio hídrico y ambiental de este espacio protegido.


A pesar de los resultados notables y esperanzadores que su
aplicación   ha   producido   estos    tres   años,   propiciando   la
recuperación ambiental de la misma sin mermar la actividad agraria
en la misma (incluso ha salido a la superficie un tramo de “los ojos
del Guadiana” que no se veían desde los 80), el mal estado de
éstas ha llevado a la Unión Europea a abrir expediente de
infracción contra España.


En nuestra opinión esta finalidad de recuperación de ecosistemas
quiebra con la reforma que hoy nos proponen al permitir que todos
los derechos de usos de aguas sean objeto de intercambio entre
particulares, acabando con la reserva del 70% que debían
dedicarse a la recuperación de los humedales que contemplaba
hasta ahora el PEAG y olvidando, quiero pensar, que existen
muchas más concesiones de uso que recurso en estos humedales.




                                                                    12
También consideramos necesario oponernos al otorgamiento de
nuevas concesiones de plazo superior a 20 años (hasta 2035) pues
indudablemente van a contribuir a legitimar situaciones de deterioro
que también son incompatibles con la Directiva Marco del Agua.


En definitiva, resulta obvio que no es una prioridad para este
gobierno el mantenimiento ambiental del Alto Guadiana. Primero
disminuyen notablemente la dotación para el PEAG en los
Presupuestos Generales del Estado para 2012 que todavía
estamos tramitando. Ahora vacían de contenido ambiental el propio
Plan con este decreto-ley de medidas urgentes en materia de
medio ambiente.


Les anuncio ya que, desde el grupo parlamentario socialista, no
solo nos vamos a oponer a este decreto-ley en este punto.
También hemos registrado una Proposición no de Ley que
pretende evitar este abandono de la zona del Alto Guadiana y de
los Humedales Manchegos.




                                                                  13
En cuarto lugar, en materia de residuos. Lo que viene a hacer este
decreto-ley es, de nuevo (porque esta es una melodía que nos
empieza a resultar familiar), dejar vacía de contenido una
normativa (Ley de residuos y suelos) que fue aprobada hace
apenas diez meses.


Y es que, contradice, directamente, los principios de prevención y
fomento de la reutilización que estableció la mencionada ley al
establecer el carácter voluntario y subsidiario del Sistema de
Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) como voluntario y
subsidiario. Y lo que hace, en definitiva, el decreto-ley es
establecer una serie de obstáculos, prácticamente insalvables que
va a hacer inviable el SDDR. En lenguaje claro y llano: impide la
posibilidad, contemplada en la ley, de establecer un sistema de
retribuir por envases que permitiría fomentar el reciclaje.


Y este es un sistema que se deriva directamente, ustedes lo saben,
de   la   normativa   europea    (especialmente     de   la   Directiva
2008/98/CE). Con este decreto-ley se vulnera ese marco jurídico




                                                                     14
supranacional. Y esta vulneración puede tener consecuencias
sancionadoras a nivel europeo, ténganlo en cuenta.


En los países de nuestro entorno donde se ha establecido un
SDDR se ha demostrado que es el sistema más eficaz, desde el
punto de vista económico, social y medioambiental. No parecen
querer darse cuenta de ello.


Pero es que, además, esta “voladura controlada” del SDDR no
tendrá solo efectos medioambientales. Va a tener, necesariamente,
efectos negativos en la creación de empleo y va a incrementar (o al
menos mantener) el gasto que, hoy por hoy, realizan las
administraciones     públicas    (y    muy      especialmente      las
administraciones locales, que ya tienen un problema serio de
financiación) en la incineración y vertido de residuos reciclables. Si
no lo hacen las empresas lo tendrá que seguir haciendo la
administración.




                                                                    15
En conclusión, tanto desde el punto de vista económico como
medioambiental esta nueva regulación en materia de residuos nos
parece un error que puede tener consecuencias irreparables.


Finalmente, en materia de subastas de derecho de emisión. No
nos oponemos a esta modificación de la Ley del Mercado de
Valores pero no entendemos por qué, si esta reforma estaba ya
prevista, no se han contemplado, en los Presupuestos Generales
del Estado que estamos tramitando en esta cámara, los ingresos
que necesariamente se van a derivar de este mecanismo.


En definitiva, ello la postura de este grupo parlamentario no puede
ser otra que la de oponernos a la convalidación de este decreto-ley.
Y le sugerimos que lo devuelva al Ministerio,convoque a los
órganos consultivos , rehaga el proceso, y rectifique.




                                                                  16

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MUD: Oferta legislativa para el cambio
 

(Decreto ley medio ambiente)

  • 1. PARA INTERVENCIÓN POSICIÓN GP.SOCIALISTA EN RELACIÓN CON EL REAL DECRETO LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE (Nº EXPED. …/…) (17 de mayo de 2012) Señor Presidente, Señorías. Subo a esta tribuna para defender la posición de mi grupo parlamentario, el grupo socialista, sobre el Real Decreto-Ley de medidas urgentes en materia de medio ambiente. Señorías ,100 días han bastado para destruir conquistas de 30 años. La paralización de la ley de la dependencia, recortes en la educación, repago en la sanidad, despido prácticamente libre, reducción del poder adquisitivo de los pensionistas, frenazo en la energías renovables ...etc
  • 2. Medidas que ocultaron y negaron durante la campaña. Todo auguraba que la regresión en el área Ambiental no tardarían en llegar. A veces tengo la sensación de que este Gobierno tiene como objetivo dar marcha atrás en el tiempo, desandar el camino andado, destruir lo que con mucho esfuerzo hemos construido entre todos, utilizando el BOE para ello. Buscan la dura crisis que vivimos como coartada y repiten una y otra vez que es una situación extraordinaria que exige adoptar, de forma decidida, medidas extraordinarias. Permítanme una reflexión . Por supuesto que estamos ante una situación extraordinaria , también lo era el año pasado cuando aseguraban que con un cambio de Gobierno se produciría el milagro. sin Embargo señorías, creemos que detrás de muchas de estas modificaciones y reformas hay una verdadera convicción ideológica del gobierno. Ustedes no responden con esto ante la crisis; la crisis les permite ir en la dirección en la que quieren ir y hacia la meta que se han fijado. A un Estado reducido a su mínima expresión, con ciudadanos dejados a su suerte, sin protección social, y, en lo que aquí me interesa destacar, sin protección ambiental . 2
  • 3. A lo largo de estos días lo hemos ido confirmando . Este Gobierno no cree en una política de protección del medio ambiente. No creen en una legislación garantista que proteja nuestro medio natural para frenar su destrucción y preservarlo para generaciones futuras. La ven, lo han hecho siempre, como una traba al libre desarrollo económico. Señorías: Se desprende de cada intervención del Ministro Arias Cañete. Se desprende también de la exposición de motivos o preámbulo de cada iniciativa de este gobierno y del grupo parlamentario que le apoya. No creen en ello así que no van a defenderlo. Con ello ponen en peligro no sólo a los españoles de hoy, retrasando el momento de salida de esta crisis, sino a las generaciones futuras. Y es que no es así. El medio ambiente no impide el progreso económico, su defensa es imprescindible para un crecimiento sostenible. No me voy a cansar de repetírselo. El cambio de 3
  • 4. modelo productivo sostenible ambiental y socialmente es el único camino. No sólo para preservar nuestros espacios naturales, nuestro agua, nuestro aire, nuestra biodiversidad. También es el único camino para el desarrollo económico, para la creación de empleo y, por tanto, para salir de esta crisis. Pero no hace falta que lo diga yo, a la primera ocasión y por la vía de urgencia, se han encargado de demostrarlo con este decreto- ley. Anticiparon este afán involutivo con el Real decreto-ley que suspendía las renovables y ahora dan un paso más allá dando la vuelta a buena parte de toda la normativa medioambiental con este decreto-ley. Así lo han puesto también de manifiesto las principales organizaciones ecologistas que han tildado este decreto-ley de verdadero “atentado del Gobierno a la protección del medio ambiente”. 4
  • 5. Entrando a analizar con más detalle esta norma que hoy traen al Parlamento, lo primero que este grupo parlamentario quiere cuestionar es la necesidad de recurrir a una norma de urgencia para regular una materia tan sensible. Parece que el Gobierno del Partido Popular le está cogiendo gusto a legislar por decreto. Y quiero recordarles, aunque sé que lo saben, que esta forma de elaborar normas debería ser excepcional en una democracia parlamentaria. Por eso la Constitución exige una “extraordinaria y urgente necesidad” para recurrir al decreto- ley. No les voy a discutir a estas alturas que vivimos una situación excepcional. Pero esto no justifica que en los cuatro meses del Gobierno de Mariano Rajoy se hayan mandado a esta cámara para su convalidación 19 decretos-leyes –algunos de ellos más que justificados, otros no tanto- y sólo 6 proyectos de ley. La legislación de urgencia por el gobierno en lugar de por el Parlamento, donde se encuentra representado el titular de la soberanía, debe ser una excepción y no la regla. No deberían olvidarlo. 5
  • 6. Es mas ,este decreto-ley modifica el alcance y contenido del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR). La ley que lo regula (Ley 22/2011) establece (disposición adicional 8ª) un plazo de tres años para realizar su desarrollo normativo. Todavía quedan más de dos años para que finalice. En este contexto es difícil justificar una extraordinaria y urgente necesidad. Creo que, en realidad, esta vía permite al gobierno finiquitar la legislación garantista, que en materia de medio ambiente viene aplicándose en nuestro país, con menores trabas procedimentales. Pero ello conlleva también un déficit democrático de la norma que hoy nos piden que convalidemos. Los grupos parlamentarios tenemos menos posibilidades de debate, de exponer ante la opinión pública nuestros puntos de vista. Las Comunidades Autónomas tienen menor poder de interlocución en temas que, además, afectan a su ámbito de competencias. La sociedad ve vulnerado su derecho de información y participación en el procedimiento normativo que, por ejemplo, les reconoce la Ley por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de 6
  • 7. participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (2006)… En definitiva, en un ámbito tan sensible como es el de la legislación medioambiental, se ignoran los mínimos requisitos de participación política y social, y por tanto se quiebra el consenso. Por eso le pido al Ministro que cumpla con sus palabras emitidas ante los periodistas hace unos días,que retire el decreto que convoque al todos los órganos preceptivos, y una vez que haya dialogado traiga aquí un Proyecto de Ley que podamos discutir. Entrando ya en el contenido del decreto-ley, son varias las objeciones de las que este grupo parlamentario quiere dejar constancia en este debate. En primer lugar, con carácter general, es evidente que nadie puede oponerse a una simplificación de aquellos mecanismos que imponen demoras difíciles de soportar para los ciudadanos y dificultades de gestión para las Administraciones Públicas. Nadie 7
  • 8. se va a oponer a una simplificación y agilización administrativa de las normas ambientales. Pero es que, como sucede demasiado a menudo con las iniciativas de este gobierno, lo que se dice poco tiene que ver con lo que se enmascara. Más que busca simplificar la normativa medioambiental ustedes pretenden flexibilizar o hacer desaparecer las garantías que constituyen su propia esencia. Así sucede, por ejemplo, en materia de protección del patrimonio natural. Bajo la apariencia de unificación de las distintas figuras protectoras y de los mecanismos de planificación, late la intención (o puede hacerlo) de relajar la protección que reciben los espacios protegidos y de la Red Natura 2000. A eso, como es lógico, nos vamos a oponer desde el grupo socialista. Se trata, desde nuestro punto de vista, de aplicar exhaustivamente la normativa ya existente, no de modificarla. En tercer lugar, en materia de gestión del agua, Este Decreto- Ley contradice claramente La Directiva Marco del Agua,que hay que 8
  • 9. cumplí por parte de todos los Estados Miembros antes del 2027 com la corresponde te participación publica en el proceso, y con el pertinente expediente si como parece se incumple fragantemente . y es que este Decreto ley ignora todo esto ,parece dirigido a contentar a los propietarios de suelos concesionarios de agua que pueden ser beneficiados por la revalorización de su propiedades. Por eso en materia de gestión de Agua ,les voy a pedir un favor, señores del Gobierno y del Partido Popular. Por favor no utilicen como elemento de defensa de su discurso en este ámbito una obligación derivada de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 2011 para erigirse en defensores del principio de unidad de cuenca. Y es que, nada fragmenta más la unidad de cuenca que el incremento y fomento de los intereses privados, en este caso en el mercado del agua. Nada fragmenta más ese principio de unidad de cuenca (al que, lógicamente, los socialistas no nos oponemos) que la encubierta privatización del agua que ustedes pretenden llevar a cabo con esta modificación normativa. 9
  • 10. Nosotros no discutimos la necesidad o conveniencia de que sea el Estado el que ejerza las competencias de policía o sancionadoras en las cuencas que transcurren por más de una Comunidad Autónoma. Lo que discutimos, sencillamente, es la conveniencia de especular con un bien tan preciado como es el agua. El Señor Ministro dijo el pasado Jueves, que no iba permitir que se especule con los derechos concesionales del agua. Permitame que le diga, no se si le traiciono el subconsciente, pero si el máximo responsable de la política de Medio Ambiente se tiene que preocupar por ello es porque sabe que con este Decreto-Ley se abre la puerta a la especulación . En este sentido, por citar solo un par de ejemplos, el abrir la puerta a la posibilidad de otorgar nuevas concesiones de aguas subterráneas resulta incompatible con el objetivo de reducir las extracciones en masa de este tipo de aguas y contradice la Directiva Marco del agua al suponer un riesgo para la continuidad de los mismos. En la misma dirección, desde nuestro punto de vista, resulta criticable la posibilidad de establecer excepciones al principio de recuperación de costes relacionados con la gestión del 10
  • 11. agua para determinados usos. Según la citada directiva comunitaria, las excepciones a los objetivos de sostenibilidad que ella misma establece deben ser absolutamente excepcionales y su establecimiento corresponde al Plan de Gestión de Cuenca correspondiente. Mención separada merece la situación del Alto Guadiana, dentro de esta nueva regulación de la gestión del agua. Como sus señorías saben, el Plan Especial del Alto Guadiana, finalmente fue aprobado en 2008, constituye un ambicioso plan de recuperación de esta cuenca, que incluye, como saben, el parque nacional de las Tablas de Daimiel y el Parque Natural de las Lagunas de Ruidera y que fue decla Reserva mundial de la biosfera ya en 1980. Para ello, para conseguir la recuperación de los ecosistemas de la Mancha Húmeda que, en gran medida, depende del buen estado de las aguas subterráneas, se procedía a reordenar los derechos de usos de aguas, se autorizaban modificiaciones en el régimen de explotación de los pozos existentes, permitía la concesión de aguas subterráneas en 11
  • 12. situación de sequía y establecía otras medidas orientadas a lograr el equilibrio hídrico y ambiental de este espacio protegido. A pesar de los resultados notables y esperanzadores que su aplicación ha producido estos tres años, propiciando la recuperación ambiental de la misma sin mermar la actividad agraria en la misma (incluso ha salido a la superficie un tramo de “los ojos del Guadiana” que no se veían desde los 80), el mal estado de éstas ha llevado a la Unión Europea a abrir expediente de infracción contra España. En nuestra opinión esta finalidad de recuperación de ecosistemas quiebra con la reforma que hoy nos proponen al permitir que todos los derechos de usos de aguas sean objeto de intercambio entre particulares, acabando con la reserva del 70% que debían dedicarse a la recuperación de los humedales que contemplaba hasta ahora el PEAG y olvidando, quiero pensar, que existen muchas más concesiones de uso que recurso en estos humedales. 12
  • 13. También consideramos necesario oponernos al otorgamiento de nuevas concesiones de plazo superior a 20 años (hasta 2035) pues indudablemente van a contribuir a legitimar situaciones de deterioro que también son incompatibles con la Directiva Marco del Agua. En definitiva, resulta obvio que no es una prioridad para este gobierno el mantenimiento ambiental del Alto Guadiana. Primero disminuyen notablemente la dotación para el PEAG en los Presupuestos Generales del Estado para 2012 que todavía estamos tramitando. Ahora vacían de contenido ambiental el propio Plan con este decreto-ley de medidas urgentes en materia de medio ambiente. Les anuncio ya que, desde el grupo parlamentario socialista, no solo nos vamos a oponer a este decreto-ley en este punto. También hemos registrado una Proposición no de Ley que pretende evitar este abandono de la zona del Alto Guadiana y de los Humedales Manchegos. 13
  • 14. En cuarto lugar, en materia de residuos. Lo que viene a hacer este decreto-ley es, de nuevo (porque esta es una melodía que nos empieza a resultar familiar), dejar vacía de contenido una normativa (Ley de residuos y suelos) que fue aprobada hace apenas diez meses. Y es que, contradice, directamente, los principios de prevención y fomento de la reutilización que estableció la mencionada ley al establecer el carácter voluntario y subsidiario del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) como voluntario y subsidiario. Y lo que hace, en definitiva, el decreto-ley es establecer una serie de obstáculos, prácticamente insalvables que va a hacer inviable el SDDR. En lenguaje claro y llano: impide la posibilidad, contemplada en la ley, de establecer un sistema de retribuir por envases que permitiría fomentar el reciclaje. Y este es un sistema que se deriva directamente, ustedes lo saben, de la normativa europea (especialmente de la Directiva 2008/98/CE). Con este decreto-ley se vulnera ese marco jurídico 14
  • 15. supranacional. Y esta vulneración puede tener consecuencias sancionadoras a nivel europeo, ténganlo en cuenta. En los países de nuestro entorno donde se ha establecido un SDDR se ha demostrado que es el sistema más eficaz, desde el punto de vista económico, social y medioambiental. No parecen querer darse cuenta de ello. Pero es que, además, esta “voladura controlada” del SDDR no tendrá solo efectos medioambientales. Va a tener, necesariamente, efectos negativos en la creación de empleo y va a incrementar (o al menos mantener) el gasto que, hoy por hoy, realizan las administraciones públicas (y muy especialmente las administraciones locales, que ya tienen un problema serio de financiación) en la incineración y vertido de residuos reciclables. Si no lo hacen las empresas lo tendrá que seguir haciendo la administración. 15
  • 16. En conclusión, tanto desde el punto de vista económico como medioambiental esta nueva regulación en materia de residuos nos parece un error que puede tener consecuencias irreparables. Finalmente, en materia de subastas de derecho de emisión. No nos oponemos a esta modificación de la Ley del Mercado de Valores pero no entendemos por qué, si esta reforma estaba ya prevista, no se han contemplado, en los Presupuestos Generales del Estado que estamos tramitando en esta cámara, los ingresos que necesariamente se van a derivar de este mecanismo. En definitiva, ello la postura de este grupo parlamentario no puede ser otra que la de oponernos a la convalidación de este decreto-ley. Y le sugerimos que lo devuelva al Ministerio,convoque a los órganos consultivos , rehaga el proceso, y rectifique. 16