Educación Especial: Atención a personas con discapacidad
1. Educación Especial
Educación especial es una educación que atiende a personas con diferentes
necesidades, discapacidades, dependiendo la dificultad que presente ya sean
niños, adolescentes o adultos, la atención está a cargo de docentes
especializados de la Reforma Educativa RE, donde establece objetivos de
apoyo técnico a diferentes instituciones de educación que se desglosará más
adelante.
Según la Reforma Educativa en su título III, Cap. IX, Art. 85º,86º; 73-74. Dice
que educación especial estará orientada a satisfacer las necesidades
educativas de los niños, adolescentes o adultos que requieren atención
educativa especializada y estarán a cargo de docentes especializados.
Por su parte el artículo 85º del reglamento sostiene que la educación especial
de los estudiantes que no presenten problemas de alta dificultad se
desarrollará integrándoles a las unidades educativas regulares del sistema
educativo, bajo la orientación permanente del personal debidamente calificado.
El artículo 86º señala que la educación especial de los niños y adolescentes
con deficiencias graves o profundas con compromiso intelectual, físico-
biológico, psíquico-afectivo y o social, se confía a la responsabilidad de las
entidades especializadas, tanto públicas como privadas, bajo las normas
específicas que para el efecto elabore la subsecretaría de educación
Alternativa. Las instituciones ejecutoras de la educación especial, cuentan
además con el apoyo técnico especializado de este organismo.
Una vez más se formula un concepto del ámbito de la educación Alternativa
como educación especial, que recupere el análisis, renueva el enfoque y
supere la vieja tradición aislacionista de la educación para diferentes
especialidades. Por ello entendemos como educación especial al ámbito
educativo que posibilita la integración social, laboral y ciudadana de las
personas con discapacidades diferentes, a través de procesos educativos
integradores.
2.1.2. Centros de Educación Especial.
2. Los centros de educación especial están destinados a niños(as) adolescentes
que puedan prepararse, capacitarse y así estos puedan ser incluidos en
escuelas regulares y estar a la par de los demás niños y adolescentes.
Según Guidugli, Susana; Marchesi, Álvaro; 2003; 67. Los centros de educación
especial escolarizarán a aquellos estudiantes que por la gravedad de los
retrasos en el desarrollo y de los problemas de aprendizaje no pueden recibir
una respuesta educativa adecuada en la escuela regular. Podrán existir centros
de educación especial que escolaricen a alumnos con necesidades educativas
específicas asociadas a un determinado tipo de discapacidad. Los centros de
educación especial dispondrán de los recursos necesarios (humanos y
materiales) para la atención educativa de los niños pequeños con graves
alteraciones en su desarrollo. Estos centros y unidades educativas regulares
ubicadas en una misma zona geográfica colaborarán (mediante convenio) en la
atención educativa de los alumnos con necesidades educativas especiales.
Ésta colaboración se concretará en el seguimiento de los alumnos, en el diseño
de programas educativos, en la organización de actividades de capacitación a
maestros y padres de familia, en el intercambio de información y en la
utilización compartida de los recursos disponibles.
Estos centros de educación especial benefician a muchas personas con
necesidades educativas siempre y cuando se trabaje con adaptaciones para
determinada discapacidad y para que el alumno no se quede y sea pasivo, sino
desarrollar sus capacidades enfrentando las distintas discapacidades que
presenten de acuerdo a los centros que apoyen y personas especializadas
que brinden el apoyo.
Con relación a los objetivos de apoyo técnico a las instituciones de educación
especial la Reforma Educativa, con la ley 1565 en su Título III, Cap. XI, Art.
87º: Dice que los objetivos a las instituciones de educación especial son las
siguientes.
1. Propiciar y apoyar la capacitación permanente de profesionales dedicados
a la educación especial.
3. 2. Elaborar planes de prevención y estimulación temprana para el desarrollo
óptimo de las potencialidades de niños especiales.
3. Realizar campañas de concientización, dirigidas a padres, comunidad y
sociedad en general.
4. Apoyar la labor de organismos dedicados a proyectos de integración
laboral y social de personas con discapacidad.
5. Brindar apoyo técnico a las escuelas bajo la modalidad regular mediante
procesos de capacitación, producción de materiales didácticos y de
formación docente para facilitar la integración gradual de niños especiales.
6. Propiciar acciones dirigidas a favorecer la integración gradual a mediano y
largo plazo a la modalidad regular de los educandos atendidos bajo la
modalidad especial.
7. Asegurar que los programas de formación de asesores pedagógicos
incluyan objetivos y contenidos referidos a la educación especial y en
particular, a la integración de niños especiales a la modalidad regular.
Entre estos objetivos están las capacitaciones para profesionales dedicados a
la educación especial, puesto que en Bolivia encontramos una que otra
institución que saca profesionales especializados en educación especial para
que estos puedan elaborar planes y programas de trabajo para desarrollar
potencialidades en el ámbito especial, también es necesario trabajar con los
padres, sobre las necesidades de las personas con discapacidad, apoyar los
proyectos de integración laboral y toda acción referente a esto y que además
se brinde apoyo técnico a escuelas bajo la modalidad regular ya sea por medio
de capacitación, formación docente y producción de materiales.
2.1.3. Necesidades Educativas especiales N.E.E.
Alumno con n.e.e. es un término utilizado de forma general en el entorno
internacional de países desarrollados, el término que a continuación se
menciona es utilizado por varios textos oficiales para la Reforma Educativa de
cada país.
Los alumnos con necesidades educativas especiales (n.e.e.), presentan
características individuales que lo diferencian de los demás; teniendo en cuenta
4. que la educación debe aportar a cada alumno la enseñanza de acuerdo a su
individualidad, es lógico que necesidades educativas especiales pueda ser
aplicado a todo alumno. Según Kropveld; 1987; 35.
Cuando se habla de alumnos con necesidades educativas especiales nos
referimos a estudiantes que presentan distintos tipos de discapacidades.
Uno de los autores que habla de necesidades educativas especiales muestra
una definición general que llega a muchos de los autores, que a continuación
se define como: Brennan; 1988; 36. Hay una necesidad educativa especial
cuando una deficiencia (física, sensorial, intelectual, emocional, social o
cualquier combinación de estas) afecta al aprendizaje, hasta tal punto que son
necesarios algunos o todos los accesos especiales al currículo, especial o
modificado, o a unas condiciones de aprendizaje especialmente adaptadas
para que el alumno sea educado adecuado y tratado eficazmente. La
necesidad puede presentarse en cualquier punto de manera continua que va
desde leve hasta aguda; puede ser permanente o una fase temporal en el
desarrollo del alumno.
Hay niños y niñas que, además de las diferencias individuales para aprender,
tienen dificultades de mayor o menor grado para progresar en relación con las
competencias establecidas en el currículo que requieren más ayuda y/o una
ayuda muy distinta que a veces no se le puede dar sólo el profesor, en este
caso hablamos de necesidades educativas especiales.
La definición que mostramos anteriormente deduce un enfoque general y una
definición tratada como ciencia y como realidad educativa donde deduce que
las necesidades educativas especiales aluden a una situación del alumno, pero
también y sobre todo a una respuesta especial que da o debe dar la educación.
Posiblemente el término necesidades educativas especiales evoque en la
mente de los lectores a los niños con discapacidad, y es lógico que así sea
porque tradicionalmente sólo los niños y niñas con discapacidad tenían
derecho a recibir una educación especial, siendo atendidos en escuelas
especiales a cargo de especialistas.
5. Sin embargo, los docentes también saben que existen otros niños que están en
sus clases en la escuela regular y que tienen una serie de dificultades para
progresar en relación con los aprendizajes establecidos en el currículo escolar.
Según el Informe Warnock; 1974; Estado de Educación del Reino Unido;.6, 7.
Este informe estaba encargado por una comisión de expertos precedida por
Mary Warnock donde se recogió cambios presentes en educación especial e
implanto un nuevo término que tuvo un gran impacto futuro: Alumnos con
necesidades educativas especiales donde reconoce que agrupar las
dificultades de los niños en términos de categorías fijas no es beneficioso para
los niños, para los maestros ni para los padres y señala cuatro razones
principales:
1. Muchos niños están afectados por distintas discapacidades.
2. Las categorías confunden el tipo de educación especial que es necesaria ya
que promueven la idea de que todos los niños que están en la misma
categoría tienen similares necesidades educativas.
3. El enfoque de categorizar a los alumnos en diferentes tipos de
discapacidad, se tienen serias dificultades para valorar los problemas de los
alumnos que no se ajustan a las categorías establecidas. Estos alumnos,
por tanto, tienen el riesgo de no recibir ayuda, las adaptaciones y los
recursos que necesitan para progresar en sus aprendizajes.
4. Las categorías clasifican a los niños poniéndoles etiquetas, lo cual produce
efectos negativos.
Este informe refleja que los alumnos con discapacidad o con dificultades
significativas de aprendizaje pueden presentar necesidades educativas en
distintos momentos de su escolarización. En algunos casos las necesidades
educativas especiales son permanentes, en otros pueden ser temporales, lo
que demandaría una atención específica sólo durante un tiempo. Las
necesidades educativas especiales son de carácter relativo y contextual, por lo
que es preciso tener en cuenta el contexto en el que se produce el
aprendizaje: la familia y la escuela principalmente.
6. En este informe se habla de alumnos con necesidades educativas especiales
pero que es muy importante clasificar las distintas necesidades educativas
especiales que existe y así poder aplicar de acuerdo al contexto actividades.
Para conocer clasificaciones de las necesidades educativas especiales, es
necesario mostrar los diversos tipos (etiológicas, sintomáticas, psicométricas,
evolutivas y educativas), ya que no es necesario mencionar o explicar a
profundidad cada una de las discapacidades pero si hacerlas conocer de
manera general (cuadro1).
CLASIFICACIÓN DE NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
1.6.1. PSÍQUICAS Cuadro 1
1. DIFICULUATADES DE APRENDIZAJE:
Evolutivas
- Perceptivas
- Motrices
- Atencionales
- Mnemónicas
- Verbales = Dislalia, disfémia
Académicas
- Dislexia
- Disortografía
- Discalculia
- Disgrafía
2. DEFICIENCIAS INTELECTUALES, DEFICIENCIA MENTAL:
- Ligera - Severa
- Media - Profunda
3. DEFICIENCIAS EMOCIONALES, AFECTIVAS Y SOCIALES:
- Psicosis infantil
- Autismo
- Trastornos de conducta.
- Inadaptación social.
1.6.2. FÍSICAS
1. SENSORIALES:
Visuales. 1.3. MOTRICES
- Invidencia - Miembros superiores
- Ambliopía - Miembros inferiores
Auditivas - Sordera, hipoacusia
7. Fuente: ADAPTACIONES CURRICULARES. (1993)
Para resolver las dificultades de aprendizaje hay que evaluar al alumno en el
contexto en el que está aprendiendo e introducir cambios y ajustes a la
respuesta y el contexto educativo que se le ofrece. Muchos cambios o ajustes
son sencillos y resuelven algunas dificultades de aprendizaje de los niños, pero
otras necesidades educativas especiales (n.e.e.) requieren ayudas y recursos
que no están disponibles para la mayoría de estos alumnos. Las n.e.e. no se
definen en función al origen del problema, sino en función al tipo de respuesta
educativa y ayuda que precisa el alumno para compensar sus dificultades de
aprendizaje.
Se adopta el término de n.e.e. Con el fin de evitar rotulaciones que dificulten la
integración del niño o niña a la sociedad como así también evitar nominaciones
que atenten a la dignidad de las personas. No se trata de ignorar el origen del
problema, pero el desarrollo del niño y su aprendizaje no se explica tan sólo a
partir de sus condiciones personales. Guidugli, Susana; R. E. 2000; 6,7.
Esto significa que no se debe centrar solo en las limitaciones del alumno sino
sobre todo en sus posibilidades. Las necesidades educativas especiales tienen
un carácter interactivo y por tanto son relativas y cambiantes pero dependen
mucho del diagnóstico que presentan y de acuerdo a eso realizar una
8. adaptación curricular correspondiente y así ayudar a desarrollarse como
individuo independientemente y lograr mejorar el aprendizaje.
El concepto de Necesidades Educativas especiales (n.e.e), se desplaza en el
centro de atención del individuo considerando como portador o paciente de
alguna discapacidad hacia la interacción educativa.
2.1.4. Discapacidad
El término discapacidad fue aceptada por la Real Academia Española de la
lengua hace diez años y aparece en el diccionario de la lengua española. Para
que pueda ser usado por todos el término discapacidad, viene de
discapacitado, dicho de una persona que tiene impedida algunas de las
actividades cotidianas consideradas normales, por alteración de sus funciones
intelectuales o físicas. Diccionario Real de la Lengua Española; 1996.
Este concepto indica la restricción o limitación en el desempeño de funciones y
la imposibilidad de realizar una o más actividades de la vida cotidiana ya sea
en el ámbito físico o sociocultural.
Inicialmente se trata de establecer una definición y diferenciación entre tres
conceptos que hacen a las personas con discapacidad. Estas son:
discapacidad, deficiencia y minusvalía. Según La Ley 1678 de la persona con
discapacidad; Cáp. Art.1º; 2002: 7 define estos tres conceptos relacionados
entre si, diferenciando cada uno de ellos.
a. Deficiencia. Es toda pérdida o anormalidad de una estructura o función
psicológica, fisiológica o anatómica.
La deficiencia se caracteriza por pérdidas o anormalidades que pueden ser
temporales o permanentes, entre las que se incluye la existencia o
aparición de una cierta anomalía.
.b Discapacidad. Es toda restricción o ausencia, debida a una deficiencia, de
la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que
se considera normal para un ser humano.
9. Es la restricción o ausencia (debido a una deficiencia) de la capacidad de
realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera
normal para un ser humano.
c. Minusvalía. Es una situación desventajosa para un individuo determinado,
consecuencia de una deficiencia o de una discapacidad, que limita e impide
el desempeño de un rol que es normal, en función de la edad, del sexo y de
los factores sociales y culturales concurrentes.
La minusvalía surge del fracaso o incapacidad para satisfacer las
expectativas o normas del universo del individuo, sobreviene cuando se
produce un entorpecimiento en la capacidad de mantener lo que podría de
designarse como los roles de “supervivencia”.
Esta Ley Nº 1678 indica que se debe utilizar estos tres conceptos de
deficiencia, discapacidad y minusvalía sin omitir ninguno de estos términos.
La ley 1678: Ley de la Persona con Discapacidad que fue promulgada el 15 de
diciembre de 1995 durante el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada cuenta
con 26 artículos y un reglamento para su mejor interpretación.
Según esta Ley 1678, la discapacidad tiene el siguiente concepto: Es toda
restricción o ausencia, debido a una deficiencia de la capacidad de realizar una
actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal par un ser
humano.
El artículo 6 de esta ley refleja todos los derechos de las personas con
discapacidad, que en nuestro ámbito vendrían a ser las personas sordas o
personas con discapacidad auditiva.
Tomando como vigente esta ley, hablamos de derechos para las personas con
discapacidad donde hacemos referencia a nuestro campo y tema que
intervienen también las personas con discapacidad auditiva que se desglosará
más adelante.
BIBLIOGRAFÍA
- Monereo, Font Carles; Castelló Badia, Montserrat. (1997); LAS
ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE, 2da edición, Barcelona.
10. - Ministerio de educación y cultura; (2000) LEY 1678 LEY DE LA PERSONA
CON DISCAPACIDAD. La Paz - Bolivia
- Calero Pérez Mavilo, (1998) TEORÍAS Y APLICACIONES BÁSICAS DE
CONSTRUCTIVISMO PEDAGÓGICO.
- Lengua de señas en Bolivia. Cochabamba Bolivia
- Susana Guidugli. (2000) ADAPTACIONES CURRICULARES PARA NIÑOS
Y NIÑAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.
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- Plan y programas de estudio para el nivel primario.2000.
- Porfirio Tintaya (1999) ESTRUCTURAS POSIBLES Y APRENDIZAJE
SIGNIFICATIVO.
- Marco Antonio Bellot. (2004) GUÍA PRÁCTICA PARA LA ELABORACIÓN
DE UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN.