2. QUÉ ES UN CONTRATO LABORAL?
Es la celebración de un acuerdo entre el empleador y el empleado,
que se hace de forma verbal o escrita, en el cual se especifican cada
uno de los componentes del mismo, es decir el salario que va a
devengar, las obligaciones o tareas que debe ejecutar y las ordenes
en tiempo y modo que debe atender.
3. ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO
DE TRABAJO O LABORAL
*Prestación personal del servicio.
*Subordinación o dependencia.
*Salario.
4. CARACTERISTICAS DEL CONTRATO
LABORAL
Dentro de las
modalidades del
contrato se tiene en
cuenta las siguientes
características:
La forma, el
contenido, la
duración, la
suspensión y prueba
del contrato.
El contrato de trabajo
puede ser verbal o por
escrito cualquiera
tiene validez
El sueldo , la forma de
remuneración y la
duración del contrato
La labor a realizar, el
sitio donde se
realizará
Para el caso del contrato verbal
el patrono y el trabajador deben
ponerse de acuerdo en los
siguientes aspectos:
6. CONTRATO POR ESCRITO
En el contrato por escrito al igual que en el verbal se deben
especificar los tres elementos primordiales del contrato,
además de la forma de pago en el caso que haya habitación
y alimentación como parte de pago del salario y su
terminación . Se debe entregar un ejemplar al trabajador y
otro al empleador.
7. QUE DEBE CONTENER UN
CONTRATO DE TRABAJO
*Nombre del empleador y el empleado
*Domicilio de ambas partes
*Lugar y fecha de celebración del contrato
*Lugar en el que el empleado prestara el servicio
*Tipo de remuneración y periodos de pago
*Cualquier otra circunstancia que quieran
convenir.
8. Contrato a termino fijo
Este contrato debe estar por escrito y su periodo de duración
no debe ser superior a tres años, pero si es renovable
indefinidamente.
Características:
• Si antes de la fecha de vencimiento, ninguna de las partes informa por
escrito de la no prorrogación del contrato, este quedara renovado por
un periodo igual al pactado inicialmente
• En los contratos fijos a un año el trabajador tiene derecho al pago de
prima, vacaciones en proporción al tiempo laborado.
• Si el contrato a termino fijo es por un año este se podrá prorrogar
solo hasta por tres años, en periodos iguales o inferiores y para los
cuales el periodo de renovación no puede ser inferior a un año.
11. CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO
Es el contrato en el cual no
se ha fijado una fecha de
limite , o no se refiera a un
trabajo transitorio u
ocasional
Este contrato estará vigente
mientras se de
cumplimiento a las causas
que fueron su origen
En este contrato el
trabajador puede darlo por
terminado o por mutuo
acuerdo de las partes o por
decisión del empleador.
13. Contrato obra labor
Este contrato se realiza cuando la duración del mismo
esta dada por el termino en que se terminara la obra, en
este contrato no hay limitantes, ni mínimos ni máximos,
como la construcción de un edificio o el reemplazo
durante una licencia
En este contrato no existe el
preaviso ya que al terminar la
labor se termina el contrato
15. Contrato accidental
ocasional o transitorio
Es un trabajo que se
realiza en un periodo no
mayor de un mes, y es
para realizar labores no
habituales.
Para este tipo de contrato el
empleado también tiene
derecho a prima y cesantías
proporcional al tiempo en
que realice su labor.
Puede ser verbal
o escrito.
16. SE PUEDEN CELEBRAR DOS CONTRATOS LABORALES O
CONTRATOS DE ARENDAMIENTO ENTRE TRABAJADOR Y
EMPLEADOR?
Si para el caso de contratos laborales y de arrendamiento el
proceso recibe el nombre de concurrencia de contratos lo que
significa que se pueden celebrar dos contratos, y esto a su vez
tendrán independencia uno del otro la falta de uno no significa la
terminación del otro.
Para el caso de dos contratos laborales recibe el nombre de
coexistencia de contratos laborales con el mismo empleador, al
igual que el anterior se deben liquidar y pagar prestaciones de
cada uno y su terminación es independiente.
17. CAUSALES DE TERMINACION DEL
CONTRATO
• Por muerte del trabajador
• Por el vencimiento del tiempo pactado
• Por la terminación de la obra y labor contratada
• Por la liquidación o sellamiento de la empresa.
• Por suspensión de actividades superiores a 120 días
• Por decisión unilateral.
• Por el abandono del trabajo sin justificación del trabajador.
• Por haber sufrido engaño el patrono por parte del trabajador en la
entrega de documentación falsa.
18. PERIODO DE PRUEBA
Es la etapa inicial de un contrato de trabajo y cuyo objetivo es que el empleador evalué
las aptitudes del trabajador , y esta las condiciones del trabajo.
Se puede dar por terminado un contrato en este periodo de forma unilateral, o por parte
del empleador o trabajador sin necesidad de justiciarlo.
Su duración no puede exceder de dos meses , en el caso del contrato fijo a menos de un
año este no puede exceder de las quinta parte del periodo inicialmente pactado.
Durante este periodo el trabajador tendrá derecho a todas sus prestaciones sociales
legales.
En caso de un embarazo la trabajadora no podrá ser despedida.
El contrato de trabajo inicia desde el primer día del periodo.
19. TERMINACION DEL CONTRATO SIN JUSTA
CAUSA
*Si no hay una justa causa para terminar el contrato, igual se
puede hacer, ya que no es obligación para ninguna de las partes
seguir con la relación de trabajo, pero esto tendrá consecuencias
y especialmente para el empleador, ya que este tendrá que
indemnizar al empleado, bajo los términos del articulo 64 del
código sustantivo del trabajo.
*En algunas ocasiones así el empleador quiera pagar la
indemnización un juez podrá ordenar el reintegro de esa persona,
si el considera que lo acoge el fuero de la estabilidad laboral
reforzada.
20. REFERENCIAS
Código sustantivo del trabajo decretos 263 y 3743 de 1961,
adoptados por la ley 141 de 1961.Capitulo 1,titulo 1 contrato
individual del trabajo, definición y normas generales.
Imágenes tomadas de google imágenes
Gómez, Gallego. Cartilla del Trabajo recuperado de:
http://aulas.uniminuto.edu/campus/pregrado/pluginfile.php/107
965/mod_resource/content/2/Cap%C3%ADtulo%202-
%20Contrato%20de%20trabajo-
%20Elementos%20esenciales.%20colorPDF.PDF