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Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 5138
“DEFENSORES DE LA PATRIA”
REGLAMENTO INTERNO
Defensores de La Patria, marzo del 2016
CONTENIDO DEL REGLAMENTO INTERNO
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
I. Generalidades
I.1 Presentación
I.2 Base legal
I.3 Valores
I.4 Alcance
I.5 Fines y objetivos
II. Estructura orgánica de la instituciones educativas y funciones
2.1. Órgano de dirección
2.2. Órgano de apoyo
2.3. Órgano Técnico Pedagógico
2.4. Órganos de Participación (CONEI, APAFA y otros)
III. Gestión Pedagógica e Institucional
3.1. Calendarización y horario académico
3.2. Del Proyecto Educativo Institucional
3.3. Del Proyecto Curricular de la Institución
3.4. Del Plan Anual de Trabajo
3.5. De la evaluación y recuperación pedagógica
3.6. Del comité de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia
3.7. De los materiales y biblioteca escolar
3.8. De las actividades recreativas y deportivas
IV. Gestión Administrativa y Organizativa
4.1. De la matrícula y actualización de datos
4.2. Del horario del personal
4.4. De los deberes y derechos del personal
4.5. Estimulación y sanciones del personal
4.6. Del monitoreo y asesoramiento al personal
4.7. De los recursos propios de la institución educativa
4.8. Del clima institucional
4.9. De los deberes de los padres de familia
4.10. De los derechos, atribuciones, prohibiciones, estímulos, faltas, acciones reparadoras
de los estudiantes teniendo en cuenta la Ley N° 27337 “Código del Niño y del Adolescente”
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
CAPITULO I: GENERALIDADES
1.1. PRESENTACIÓN
El presente Reglamento Interno 2016 de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE
LA PATRIA”, del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local de Ventanilla, ha sido
elaborado en cumplimiento de las normas vigentes del sector, siendo de prioridad La Norma
Técnica, aprobada por la R.M. N° 0572-2015-ED, que permite desarrollar el Año Lectivo 2016;
con la finalidad de orientar, conducir y regular el trabajo educativo del personal directivo,
docente, administrativo, padres de familia y estudiantes.
El presente Reglamento Interno es un documento que regula la gestión Pedagógica,
Administrativa e Institucional, que norma los aspectos de administración y funcionamiento
interno de la Institución Educativa Pública N° 5138 “Los Defensores de la Patria” de
Secundaria de EBR - Ventanilla – Callao.
El Reglamento Interno, recoge normas específicas sobre la organización interna de la I.E. y ha
sido elaborado teniendo en cuenta sus características propias desde las perspectivas
económicas, sociales, culturales y sobre todo educativas.
El Reglamento Interno de la I.E. N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”, tiene como
objetivo fijar pautas y normas internas a la que deben sujetarse todo los actores de la
comunidad educativa. Proporcionar a las autoridades de la I.E. docentes, alumnos y Padres de
Familia un medio de comunicación y disciplina en la organización y funcionamiento.
Estamos seguros de brindar un excelente servicio educativo a la población escolar del Distrito
de Ventanilla, como una oportunidad más que las y los estudiantes deben alcanzar un óptimo
desarrollo y formación en todas las áreas tanto intelectuales como afectivas y sociales.
LA DIRECCIÓN
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
Art. 1º.- Del Concepto.
El Reglamento Interno es un conjunto de normas que permiten regular y optimizar los servicios educativos que
ofrece la Institución Educativa N° 5138 “Defensores de La Patria” del Distrito de Ventanilla.
Art. 2º.- De la Línea Axiológica.
El presente Reglamento tiene por valor y principio establecer las normas y procedimientos para el cumplimiento
de las funciones, obligaciones y ejercer nuestros derechos al que debemos de sujetarnos como personal Directivo,
Jerárquico, Docente, Administrativo, Estudiantes y Padres de familia de la Institución Educativa Pública 5138
“Los Defensores de la Patria”.
1.2.Base legal
ARTÍCULO 03º. Las disposiciones legales sobre las cuales se fundamenta el presente Reglamento
Interno, son:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
• Ley N° 28044 Ley General de Educación y su modificatoria, Ley 28123.
• Ley Nº 29944. Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento D.S.004- 2013- ED.
• Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la función pública, modificada por la Ley Nº 28496 y
reglamentada con Decreto Supremo Nº 033-05 PCM.
• Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la información pública, del 02 Ago. 2002.
• Ley Nº 27927 - Ley que modifica la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública", Publicado el 03 Feb. 2003.
• Ley N° 27337 Código de los Niños y Adolescentes.
• Ley Nº 27911, Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o
administrativo implicado en delitos de violación sexual.
• Ley Nº 27942 Ley de prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
• Ley N° 28628-2005 Reglamento de APAFA Art. 6 (atribuciones, 12 (Deberes) y 13 (Derechos).
Capitulo IX art. 40º incisos a), b), c) y d).
• Ley N° 29719 del 21 de junio de 2011. Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las
Instituciones Educativas.
• Ley N° 29733, Ley de Protección de datos personales y su reglamento DS N° 003-2013-JUS
• Ley N° 28119, que prohíbe el acceso del menores de edad a páginas WEB de contenido
pornográfico y a cualquier otra forma de comunicación en red de igual contenido.
• Directiva N° 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de la campaña de sensibilización
y promoción “Tengo Derecho al Buen Trato” que incluye a la convivencia escolar democrática;
• Directiva N° 002-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de las acciones y funcionamiento
de las defensorías escolares del niño y del adolescente (DESNAS) en las IIEE;
• Directiva N° 0343-2010-ME, Normas para el desarrollo del programa de Tutoría y Orientación
Educativa;
• RM N° 0572-2015-ED, que Aprueba las “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año
Escolar 2016 en la Educación Básica Regular”.
1.3.Valores
ARTÍCULO 04º.
Nuestra Institución Educativa, asume los tres (03) valores:
Responsabilidad
La responsabilidad es la virtud o disposición habitual de asumir las
consecuencias de las propias decisiones, respondiendo de ellas ante alguien.
Responsabilidad es la capacidad de dar respuesta de los propios actos, y se
puede observar en uno mismo o en el prójimo. Se dice que una persona es
responsable cuando consciente de sus actos sabe que es la causa directa o
indirecta de un hecho, por el cual deberá responder.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
Respeto
El respeto es un valor que permite que el hombre pueda reconocer, aceptar,
apreciar y valorar las cualidades del prójimo y sus derechos. Es decir, el
respeto es el reconocimiento del valor propio y de los derechos de los
individuos y de la sociedad.
Solidaridad
Es el vínculo que enlaza al individuo con la especie, al hombre con el resto de
la humanidad en el orden material, intelectual y moral. Es el sentimiento que
conlleva a los hombres a prestarse una ayuda mutua, al punto de que no puedan
ser felices unos si no lo son del demás.
La solidaridad no espera recompensa, más bien entrega sin reservas, para
vencer obstáculos, resolver problemas; es derecho de carácter colectivo, es
esencia misma de la comunidad, es vínculo ejemplar, es base fundamental de
las grandes obras.
1.4. Alcance.
ARTÍCULO 05º. Los alcances del presente Reglamento Interno comprende al Personal Docente,
Administrativo y de Servicio que labora en la Institución Educativa; los estudiantes y padres de familia
se rigen por la segunda y tercera parte respectivamente de este documento; que conforman la comunidad
educativa quienes asumen su ejecución consciente y voluntariamente.
ARTÍCULO 06º. El Reglamento Interno, tiene como finalidad establecer las normas que posibiliten
la convivencia y coherencia en un clima de respeto mutuo, responsabilidad y solidaridad; entre los
miembros de nuestra comunidad educativa con el fin de hacer realidad la Visión y Misión de nuestro
PEI.
ARTÍCULO 07º. Son objetivos del Reglamento Interno:
a) Garantizar la aplicación de los instrumentos de Gestión Educativa: PEI, PAT y PCI.
b) Concretizar desde la práctica cotidiana la misión y visión institucional.
c) Garantizar un clima Institucional óptimo, para establecer buenas relaciones interpersonales a
través del respeto de la normatividad, buenos niveles de comunicación, la coordinación
permanente y el establecimiento de espacios para la convivencia fraterna.
d) Garantizar una educación integral de calidad promoviendo el desarrollo de competencias, de
capacidades, la práctica permanente de actitudes y valores; y el aprendizaje de contenidos
actualizados por parte de nuestros estudiantes.
1.5. Fines y objetivos.
ARTÍCULO 08º.Objetivos generales de la Institución Educativa:
a. Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular
Institucional, así como su Plan Anual de Trabajo y su Reglamento Interno en concordancia con su
línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes.
b. Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión administrativa, institucional y pedagógica.
c. Diversificar y complementar el currículo básico, realizar acciones tutoriales y seleccionar los libros
de texto y materiales educativos.
d. Otorgar certificados, diplomas y resoluciones según corresponda.
e. Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.
f. Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los
estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje.
g. Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución.
h. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e
investigación educativa.
i. Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad.
j. Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad.
k. Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso, ascenso y
permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con
las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica.
l. Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
m. Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la
comunidad educativa.
ARTÍCULO 09º. Son objetivos específicos de la Institución Educativa:
a. Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad, sin exclusiones,
en razón de la diversidad de las personas con el apoyo de SAANE.
b. Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su
entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad
democrática, justa e inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad.
c. Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos, desarrollen
capacidades, actitudes y valores, y sean capaces de construir su proyecto de vida.
d. Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de los alumnos y de
la gestión institucional.
e. Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión educativa organizando
procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el
buen desempeño de sus responsabilidades.
f. Propiciar un clima institucional que coadyuve al logro de objetivos, facilitando la interacción de los
actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz y creativa, respetando el
principio de autoridad.
g. Facilitar la acción del Estado para garantizar la gratuidad de la enseñanza, el acceso y la
permanencia de los estudiantes en la Educación Básica Regular considerando el Modelo Jornada
Escolar Completa, en la institución.
h. Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el
desarrollo comunal.
CAPITULO II: ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Y FUNCIÓN.
ARTÍCULO 10º. La Institución Educativa Nº 5138 “Defensores de La Patria” tiene una estructura
conformada por cuatro (04) órganos según RSG N° 041-2016-MINEDU (6.2):
2.1. Órgano de dirección: En la I.E. Nº 5138 está conformado por el Director/a, responsable de
mejorar los resultados educativos mediante el ejercicio de un liderazgo pedagógico.
Para el funcionamiento de la institución, el órgano de dirección organiza un equipo directivo, en el que
se integran los coordinadores pedagógicos, coordinador de tutoría, coordinadores de innovación y
soporte tecnológico, así como el coordinador administrativo y de recursos educativos y la psicóloga,
como colectivo que contribuye a la conducción de la I.E.
2.2. Órgano pedagógico: Está conformado por los Coordinadores Pedagógicos de áreas curriculares,
Coordinador de Tutoría y coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico (CIST).
El Coordinador Pedagógico es responsable del fortalecimiento del trabajo de un área o un conjunto de
áreas afines.
El Coordinador de tutoría es responsable de las acciones de apoyo y acompañamiento de la atención de
tutorial integral dirigida a los estudiantes con enfoque orientador y preventivo.
El CIST es el encargado de coordinar y acompañar a los directivos, coordinadores y profesores de la
comunidad educativa en la ejecución de actividades pedagógicas integradas a las TIC mediante la
asistencia técnica, el uso eficiente de los recursos educativos y ambientes de aprendizaje.
2.3. Órgano de Soporte al proceso Pedagógico:
Está conformado por el Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos, quien articula la labor
del psicólogo, el personal der oficina o secretariado y el personal de mantenimiento y vigilancia y
seguridad. Cumplen las funciones establecidas para cada uno de ellos, en el marco de una gestión
escolar orientada a mejorar la calidad del servicio educativo y el logro de los aprendizajes de los
estudiantes
2.4. Órgano de Participación.
Es el órgano que participa en la toma de decisiones y en la promoción de una gestión transparente y
eficaz de la institución educativa. Constituido como el espacio de participación, concertación y
vigilancia, está orientado a fortalecer la organización y funcionamiento de la institución educativa.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
Integra a todos los actores educativos como aliados para el desarrollo de una gestión democrática,
autónoma y centrada en los procesos pedagógicos. Se constituye en grupos de trabajo que integran a los
diversos comités o secretarías especializadas constituidas en la institución educativa para asumir un rol
preponderante en el funcionamiento de la misma, propiciando el tratamiento de las temáticas
transversales.
ARTÍCULO 11º. Son funciones del (la) Director(a)
En lo INSTITUCIONAL:
a) Representar legalmente a la Institución Educativa, en todo acto público y privado.
b) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución Educativa,
siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales; y atendiendo equitativamente las
necesidades existentes en la Institución Educativa.
c) Presidir el Consejo Educativo Institucional – CONEI-, promover las relaciones humanas
armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la comunidad educativa.
d) Adjudicar la administración de kiosco de la Institución Educativa de acuerdo a las normas y
disposiciones vigentes, teniendo en cuenta el informe de la Comisión de Kiosco.
e) Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos, de la Institución Educativa, de
acuerdo con las normas oficiales; y, que la utilización de estos bienes no distorsione los fines
educativos de la Institución.
f) Mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre el rendimiento académico y
comportamiento de sus hijos.
g) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en
cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual.
h) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones
humanas positivas al interior de la comunidad educativa.
i) Promover un clima escolar favorable al logro de aprendizajes, gestionando estrategias orientadas a
mejorar el ambiente laboral y la participación de los miembros de la comunidad educativa
j) Otras funciones inherentes a su cargo especificado por ley.
En lo PEDAGOGICO:
a) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de Inter-aprendizaje y reflexión, así como
actividades dirigidas a mejorar la calidad de los de los aprendizajes y el servicio educativo en el
marco del PEI y PCI.
b) Aprobar la Programación Curricular Institucional, el sistema de evaluación.
c) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando estrategias de
estimulación de talentos y promoviendo la innovación pedagógica.
d) Supervisar, Monitorear y acompañar el servicio educativo.
e) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones, viajes de excursión y demás actividades
pedagógicas en diversos lugares de la comunidad.
f) Suscribir con Instituciones Educativas y/o afines, convenios y/o contratos con fines educativos y
organizar eventos de capacitación y actualización docente.
g) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la Institución Educativa en eventos de
carácter deportivo, cultural y de prevención convocados por el Ministerio de Educación, y otras
instituciones.
h) Otras funciones inherentes a su cargo.
En lo ADMINISTRATIVO:
a) Aprobar el calendario anual, en base a los criterios técnicos dados por el ministerio de educación y
de acuerdo a la realidad regional y local.
b) Maximizar la calidad de los aprendizajes procurando elevar el rendimiento académico, estudiantil y
docente, la innovación y la ejecución de acciones permanentes de mantenimiento y mejoras de la
planta física, instalaciones, equipos y mobiliario.
c) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de
estudios. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los
estudiantes en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, pruebas
de revalidación y de ubicación, en cualquier momento del año.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
d) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de
rendimiento deficiente o regular, adoptar medidas correctivas según por lo dispuesto en normas
vigentes.
e) Otorgar permiso al personal de la Institución Educativa. Hasta por tres (03) días no consecutivos, en
casos debidamente justificados.
f) Informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y
bienes de la Institución Educativa.
g) Formular el presupuesto de la Institución Educativa y velar por la correcta administración de todos
los recursos, incluyendo los recursos propios.
h) Controla la asistencia y puntualidad del personal de la Institución Educativa
i) Aprobar documentos normativos que orienten la vida de la Institución Educativa, en concordancia
con las normas oficiales, sin saturar el tiempo de los docentes con obligaciones formales que limiten
a las innovaciones.
j) Otras funciones inherentes a su cargo.
ARTICULO 12° Son funciones) de los/las coordinadores(as) pedagógicos
a) Programar acciones para implementar y realizar seguimiento a las estrategias establecidas en el plan
de mejora para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo
a su cargo.
b) Coordinar la elaboración del análisis estadístico de los logros de aprendizaje en el diagnostico
pedagógico de los logros de aprendizaje de las áreas curriculares a su cargo.
c) Analizar, de manera colegiada y en forma periódica, los resultados de aprendizaje obtenido por los
estudiantes en las distintas áreas curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejora de los
aprendizajes.
d) Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias
formativas diversas (sesiones compartidas, aula abierta) para garantizar la mejora de los procesos
pedagógicos y los aprendizajes.
e) Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial
con el apoyo de los coordinadores correspondientes.
f) Organizar al equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grado o
ciclo, a partir de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de acompañamiento, para la
mejora de su desempeño.
g) Promover en los profesores el uso de estrategias y acciones de comunicación permanente y
colaboración con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas, y la comunidad
(Visitas de estudio, proyectos curriculares).
h) Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones compartidas, aulas abiertas) para usar como insumo en
la asesoría a los docentes.
i) Orientar a los profesores el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la
implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares a su cargo
j) Coordinar con el personal directivo de la I.E, la participación de los profesionales u otros actores
de la comunidad en el proceso de aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de
estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad.
k) Orientar y supervisar especialmente el desarrollo de competencias socioemocionales en el área de
educación para el trabajo.
ARTICULO 13° Son funciones del coordinador(a) de tutoría
a) Realizar el diagnostico de las necesidades de orientación de las y los estudiantes
b) Elaborar la propuesta de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador y preventivo
y adecuarla periódicamente.
c) Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las actividades de tutoría.
d) Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesores tutores.
e) Sistematizar la experiencia de la implementación del sistema tutorial bimestre / trimestre para mejorar
oportunamente.
f) Implementar estrategias de articulación de la I.E con las familias de los estudiantes para la mejora de sus
capacidades socioemocionales y cognitiva.
g) Coordinar con el equipo directivo, docentes tutores y auxiliares la identificación de estudiantes que
requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de recuperación.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
h) Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la institución educativa y del aula para fortalecer las
habilidades sociales de los estudiantes.
i) Coordina con el director (a) la gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción
tutorial en la I.E.
j) Coordinar con los docentes de educación para el trabajo actividades relacionadas a la orientación
vocacional (visitas, charlas, etc.)
ARTÍCULO 14º. Son funciones del coordinador de innovación y soporte tecnológico
ASPECTO TECNICO:
• Realizar el mantenimiento preventivo de los equipos informáticos y de comunicación,
protegerlos y detectar necesidades de reparación.
• Asegurar el correcto funcionamiento de la red de datos.
• Informar sobre el estado de los recursos tecnológicos a la dirección de la institución educativa.
ASPECTO DE ASESORAMIENTO Y FORMACION DOCENTE:
• Orientar a los docentes acerca del empleo adecuado y eficiente de los recursos educativos
tecnológicos con los que cuenta la IE.
• Coordinar el uso de los equipos disponibles.
• Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación con el equipo directivo y en
las reuniones convocadas por el docente del Aula de innovación (si lo hubiera)
• Desarrollar propuestas de formación en alfabetización digital para el personal de la institución
educativa, tomando en cuenta los diagnósticos iniciales.
a) Cumplir las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato así como con las
normas y directivas internas vigentes de la ENTIDAD que resulten aplicables a esta
modalidad contractual, sobre la base de la buena fe laboral.
b) Cumplir con la prestación de servicios pactados, según el horario que oportunamente le
comunique la ENTIDAD.
c) Sujetarse a la supervisión de la ejecución de los servicios por parte de la ENTIDAD.
d) No divulgar, revelar, entregar o poner a disposición de terceros, dentro o fuera del centro
de trabajo salvo autorización expresa de la ENTIDAD, la información proporcionada por
esta para la prestación de servicio y en general y después de concluida la vigencia del
presente contrato.
e) Abstenerse de realizar acciones u omisiones que pudieran perjudicar o atentar la imagen
institucional de la ENTIDAD, guardando absoluta confidencialidad
f) Adoptar las medidas de seguridad que garantice la garantice la integridad de la
documentación que se proporción
g) No delegar ni subcontratar total ni parcialmente la prestación de sus servicios, teniendo
responsabilidad por su ejecución y cumplimiento
ARTÍCULO 15º. Son funciones del profesor:
En lo INSTITUCIONAL
a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PAT, PCI, RI, Proyecto de innovación,
etc.
b) Participar en la Institución Educativa y en otras instancias a fin de contribuir al desarrollo del
Proyecto Educativo Institucional así como del Proyecto Educativo Local, Regional y Nacional.
c) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y
técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por la
Institución Educativa.
d) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las
tareas que les competan.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
e) Promover la participación de los padres de familia para el equipamiento, mantenimiento y
conservación de la infraestructura, mobiliario y material educativo de la Institución Educativa.
f) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se
desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones
Regionales de Educación o Ministerio de Educación.
g) Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la Institución Educativa.
h) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos
relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de los estudiantes.
i) Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que determinen las
autoridades de la institución educativa o las entidades competentes.
j) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de
discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o
de cualquier otra índole
k) Presentarse con la indumentaria adecuada y aseo personal para realizar su labor docente dentro del
criterio que exige el buen ejemplo.
En lo PEDAGOGICO
a) Programar, ejecutar y evaluar la programación curricular en el grado o área a su cargo y emitir los
informes de orden pedagógico y disciplinario que se le solicite.
b) Utilizar estrategias metodológicas para el proceso de enseñanza y aprendizaje de acuerdo a los
enfoques que sustenta el PCI y Ministerio de Educación, que garanticen el mejoramiento de los
aprendizajes en los estudiantes.
c) Realizar acciones de recuperación pedagógica de sus estudiantes.
d) Desarrollar el cronograma de las fechas del Calendario Cívico Patriótico, culturales, etc.
e) Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanece en la Institución
Educativa, incluyendo los momentos del recreo y del almuerzo.
f) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con
responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las
actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y
evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional.
g) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia
h) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente,
conforme a los procedimientos que establezca el reglamento
i) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.
En lo ADMINISTRATIVO
a) Mantiene actualizada la documentación pedagógica administrativa (carpeta pedagógica o portafolio)
de su área curricular y de las comisiones que forma parte integrante.
b) Participar en las jornadas de capacitación docente, círculos de estudios o talleres que promueva la
Institución Educativa para mejorar su desempeño profesional.
c) Asistir a la Institución Educativa y al desarrollo de sus sesiones de enseñanza - aprendizaje
puntualmente, haciendo las previsiones de material, equipos y otros, para no interrumpir el
desarrollo de las mismas.
d) Orientar las acciones educativas al fortalecimiento de un estilo de vida democrático, y a una sólida
formación ética y moral fundamentado en los valores institucionales.
e) Registrar, los calificativos de las evaluaciones de los estudiantes a su cargo, evitando borrones y
enmendaduras, presentando los registros a la coordinación técnico-pedagógica para su revisión y
entrega a la Dirección.
f) Detectar a los estudiantes con problemas en el aprendizaje y comportamiento, informando al tutor
o padre de familia y/o instancias que tenga esta función a dar solución.
g) Informar a los estudiantes las capacidades, aprendizajes esperados y actitudes a desarrollar en su
área, así como las estrategias metodológicas y los indicadores de evaluación.
h) Solicitar a la Dirección la autorización para ingresar a la Institución Educativa los días no laborables
para realizar actividades concernientes a su labor educativa.
i) Las demás funciones, obligaciones establecidas en la legislación laboral y en la Constitución
Política del Perú.
ARTÍCULO 16º. Son funciones del auxiliar de educación
En lo INSTITUCIONAL
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
a) Orientar y dirigir las formaciones de los días, fechas y actividades de la Institución Educativa.
b) Atender en primera instancia a los padres de familia sobre asuntos relacionados con el
comportamiento, disciplina y asistencia; con la finalidad de solucionar los problemas manifestados
en el estudiante.
c) Propiciar el mantenimiento de un clima de responsabilidad, respeto y solidaridad sus compañeros,
con los docentes, padres de familia y comunidad.
d) Acompañar a los estudiantes que requieran atención médica en situaciones de enfermedad o cuando
se suscite accidentes dentro de la Institución Educativa o fuera; siempre en cuando se trate de
actividades programadas y aprobadas por la Dirección de la Institución Educativa.
e) Acompañar a las delegaciones de estudiantes, a las actuaciones cívicas - patrióticas que realicen
fuera de la Institución Educativa.
f) Conformar y orientar a la escolta estudiantil, seleccionar brigadieres.
g) Realizar otras funciones, afines al cargo que se les asigne.
En lo PEDAGOGICO
a) Orientar, dirigir y controlar el comportamiento de los estudiantes, según Normas de Convivencia y
Disciplina establecidas por la Institución Educativa.
b) Conformar y coordinar acciones con el Comité de Disciplina Escolar para mejorar el
comportamiento de estudiantes observados.
c) Fomentar hábitos de buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los estudiantes, así
como el correcto y adecuado uso del uniforme y agenda escolar.
d) Exigir que los estudiantes tengan una adecuada presentación personal con el uso correcto de las
prendas de vestir.
e) Orientar y apoyar a los estudiantes para que realicen actividades o acciones que permita la
conservación de la infraestructura, mobiliario, material educativo, entre otros de la Institución
Educativa.
f) Dar charlas a los estudiantes sobre normas de urbanidad, drogadicción, amor y respeto a los
símbolos patrios y otros en horas libres o en ausencia del profesor.
g) Efectuar rondas periódicas en los diferentes ambientes de la Institución para velar por el
cumplimiento de las normas disciplinarias.
h) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia.
i) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.
j) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de
discriminación por motivos de origen, raza, sexo, cualquier otra índole.
k) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución
Educativa a su cargo.
l) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos
humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una
cultura de paz y democracia.
m) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del código de Ética de las Función Pública.
n) Otros que se desprendan de la presente norma.
En lo ADMINISTRATIVO
a) Llevar al día registros de asistencia, control de la agenda estudiantil y disciplinaria, fichas de
seguimiento de los estudiantes con problemas de comportamiento y fichas únicas de matrícula.
b) Evaluar la conducta de los estudiantes, mediante el control de asistencia, puntualidad, orden
disciplina y aseo.
c) Entregar y recabar las tarjetas de información, citaciones, recomendaciones y otros.
d) Participar en la matrícula, rellenado de libretas y otros.
e) Informar a los docentes, sobre justificación de inasistencias de los estudiantes, a efecto de no
establecer impedimento de los exámenes, dando cuenta a la Dirección.
f) Controlar el ingreso y salida de los estudiantes a la Institución Educativa, velando por el orden.
g) Informar a la Dirección sobre la inasistencia o ausencia del profesor utilizando para ello el parte de
clase.
h) Ingresar y salir obligatoriamente veinticinco (25) minutos antes y después respectivamente a la de la
Institución Educativa.
i) Otras funciones inherentes al cargo.
ARTÍCULO 17º. Son funciones de la secretaria
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
a) Elaborar la correspondencia oficial de la Institución Educativa: Resoluciones directorales, oficios,
memorándum, estadísticas, etc.
b) Organizar, cuidar y conservar la documentación a su cargo.
c) Llevar el registro diario de ingreso y egreso de la documentación y derivarlos oportunamente.
d) Actualizar las Nóminas de Matrícula, Actas, Consolidado de Notas de los estudiantes, por
secciones, grados de estudios y remitirlas a través del SIAGIE a la UGEL (vía virtual).
e) Mantener la existencia de útiles de oficina y encargarse de su disponibilidad.
f) Orientar al público en general sobre gestiones a realizar y la situación de los documentos en los que
tengan interés.
g) Organizar la documentación del personal, Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la
Institución
h) Preparar y revisar la documentación para la firma respectiva del/la directora/a.
i) Realizar otras funciones a fines al cargo que le asigne la Dirección.
j) (CAS) Cumplir las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato así como con las normas
y directivas internas vigentes de la institución que resulten aplicables a esta modalidad contractual,
sobre la base de la buena fe laboral.
k) Cumplir con la prestación de servicios pactados, según el horario que oportunamente le comunique
la institución.
l) Sujetarse a la supervisión de la ejecución de los servicios por parte de la institución.
m) No divulgar, revelar, entregar o poner a disposición de terceros, dentro o fuera del centro de trabajo
salvo autorización expresa de la institución, la información proporcionada por esta para la
prestación de servicio y en general y después de concluida la vigencia del presente contrato.
n) Abstenerse de realizar acciones u omisiones que pudieran perjudicar o atentar la imagen
institucional de la institución, guardando absoluta confidencialidad.
o) Adoptar las medidas de seguridad que garantice la integridad de la documentación que se
proporciona.
p) No delegar ni subcontratar total ni parcialmente la prestación de sus servicios, teniendo
responsabilidad por su ejecución y cumplimiento.
q) Otras que establezcan la entidad o que sean propias del puesto o función a desempeñar.
ARTÍCULO 18º. Son funciones del personal de mantenimiento
a) Mantener el aseo permanente de las aulas, patio, pisos, servicios higiénicos, paredes, ventanas, etc.,
de acuerdo a la racionalización y distribución del trabajo.
b) Custodiar los equipos, herramientas, bienes y enseres de la Institución Educativa.
c) Vigilar el adecuado uso del fluido eléctrico, así como el buen estado de las lámparas fluorescentes.
d) Apoyar en el desarrollo de las diversas actividades de la Institución Educativa.
e) Arreglar las instalaciones de agua e instalaciones eléctricas, dentro de sus posibilidades.
f) Tratar cordialmente y con respeto a todos los miembros de la Comunidad Educativa y visitas a la
Institución Educativa.
g) Registrar durante su turno en forma escrita y detalladamente las ocurrencias en el cuaderno.
h) Participar en las diversas actividades de la Institución Educativa.
i) Realizar otras funciones afines, que lo asigne el /la directora(a). de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 19º. Son funciones del personal de vigilancia
a) Cumplir actividades de vigilancia y seguridad en horario y en días establecidos.
b) Controlar el ingreso de materiales diversos dentro de su jornada de trabajo, dando cuenta en el día a
la Dirección.
c) Velar por la seguridad y conservación de los bienes de la Institución Educativa.
h) Realizar rondas permanentes por todos los ambientes de la Institución Educativa, verificando que
todo este sin novedad, en caso contrario tomará las acciones más convenientes.
i) Revisar cada uno de los ambientes verificando que no existen aulas, luces y/o artefactos encendidos.
j) Controlar y orientar el ingreso y salida de personas del interior del local, así como de los equipos,
materiales y otros, que cuenten con autorización del / de la directora(a).
k) Recepcionar el inventario de los bienes muebles e inmuebles que estará bajo su custodia en el turno
y horario establecido.
l) Informar oportunamente y bajo responsabilidad a la Dirección de la Institución Educativa sobre
irregularidades suscitadas.
m) Informar a la autoridad inmediata, a la Policía Nacional o Serenazgo, de cualquier emergencia que
se pudiera presentar.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
n) Realiza otras funciones afines, que lo asigne la Dirección de la Institución Educativa.
CAPITULO III: GESTIÓN PEDAGÓGICA E INSTITUCIONAL
3.1. Calendarización y horario académico
ARTÍCULO 20°. De la calendarización.
El año lectivo tiene una duración mínima de 49 semanas divididas en cuatro Bimestres, con un mínimo
de 1600 horas efectivas.
• Primer Bimestre: Del 14 de Marzo al 20 de Mayo
• Segundo Bimestre: Del 23 de Mayo al 22 de Julio
Vacaciones: Del 25 de Julio al 05 de Agosto
• Tercer Bimestre: Del 08 de Agosto al 14 de Octubre
• Cuarto Bimestre: Del 17 de Octubre al 16 de Diciembre
ARTÍCULO 21°. Del horario académico. La hora pedagógica tiene una duración de 45 minutos. Con
dos recreos: el primero de 10 minutos y el segundo de 45 minutos diarios durante los cinco (05) días de
la semana.
ACTIVIDAD DÍAS HORAS
Ingreso Lunes a Viernes 07:00 a 7:30
Formación Lunes a Viernes 07:30 a 07:45
Clases y Actividades permanentes Lunes a Viernes 07:45 a 03:30
3.2. Artículo 22° Del Proyecto Educativo Institucional
El Proyecto Educativo Institucional (PEI) es el principio ordenador de la institución Educativa, en él
está plasmado el marco teórico bajo el cual surgen los objetivos pedagógicos; aquí se presenta la
"Visión" de la Institución, es decir, la propuesta a futuro, la mirada hacia el horizonte.
3.3. Artículo 23° Del Proyecto Curricular de la Institución
Constituye la concretización del Proceso de Diversificación Curricular a nivel de I.E. Es el Instrumento
matriz para la programación curricular; es elaborado y aprobado por el equipo de docentes de las
diferentes Áreas, recoge los Lineamientos del PEI, del Diseño Curricular Nacional, las necesidades e
intereses de los estudiantes. El PCI orienta la programación y el desarrollo curricular a nivel
Institucional hacia la concretización de la Misión y Visión del PEI. Por tanto; su elaboración, ejecución
y evaluación, exige la participación de la Comunidad Educativa; una vez aprobado es de uso obligatorio
por todos los docentes.
3.4. Artículo 24° Del Plan Anual de Trabajo
El Plan Anual de Trabajo (PAT) es una herramienta de gestión que orienta las acciones de la IE en
función de los aprendizajes. Su propósito es ordenar las tareas en la IE a través de los compromisos de
gestión escolar, para ello realiza actividades específicas, operativas, que se dirijan y estén centradas en
la mejora de los aprendizajes de los estudiantes
3.5. De la evaluación y recuperación pedagógica
ARTÍCULO 25º.De la evaluación: La evaluación de los aprendizajes en las Instituciones Educativas
de Educación Secundaria está normada en las disposiciones señaladas en la Directiva Nº 004-2005
VMGP – ED. Evaluación de los Aprendizajes de aprobada por R.M. Nº 0234- 2005-ED.
ARTÍCULO 26º. Recuperación pedagógica: El Programa de Recuperación Pedagógica en la IE tiene
una duración de seis (06) semanas y/o 18 días efectivos. La Dirección de la Institución Educativa está
facultada para programar, organizar y ejecutar el PRP en el período vacacional. Los estudiantes que por
razones de viaje u otros motivos, no pueden asistir al programa en su IE, pueden llevarlo en otra IE,
siempre y cuando tengan –obligatoriamente- la autorización expedida por la Dirección de la Institución
Educativa de procedencia u origen. También comprende la Evaluación de Recuperación que atiende a
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
los estudiantes que no acudieron presencialmente al programa y se someten a una sola evaluación en
fecha programada con anticipación.
ARTÍCULO 27º. El Programa de Recuperación Pedagógica, es autofinanciado, en nuestra Institución
Educativa comprende a su vez dos programas:
1) Programa de Recuperación Pedagógica (PRP) dirigido a estudiantes de 1ro a 5to grado que al
finalizar el año tengan de una a tres áreas desaprobadas;
2) Programa de Reforzamiento, dirigido a alumnas de 1ro a 4to que deseen reforzar contenidos o
adelantar al año siguiente.
ARTÍCULO 28º. Los estudiantes que después de la evaluación de recuperación, se mantengan con un
área desaprobada serán evaluados en el transcurso del año en los meses de Agosto a Octubre, hasta
nueva disposición del Ministerio de Educación, lo cual no impide la actualización de datos o matrícula.
ARTÍCULO 29°. Los estudiantes que, después de participar en el programa de recuperación y en la
evaluación de recuperación, se mantengan con dos áreas desaprobadas repiten automáticamente el
grado.
3.6. Artículo Del Comité de Tutoría y Orientación Educativa y Convivencia Democrática
Escolar y Normas de Convivencia actualizadas.
Este comité está encargado de organizar y coordinar las actividades tutoriales (Directiva Nº 003-2005-
OTUPI/VMGP). Una vez conformado, se instala mediante un acta, que será remitida inmediatamente a
la UGEL - Ventanilla.
ARTÍCULO 30º Integran el Comité de Tutoría:
a) El/la Director/a, quien lo preside, o su representante.
b) El/la Coordinador/a de Tutoría y Orientación Educativa.
c) El/la Subdirector/a de Disciplina y Valores incorporado por la Región Callao.
d) Un representante de los tutores por ciclo.
e) Un representante de los auxiliares de educación, cuando sea pertinente.
f) Psicólogo(a) o asistenta social.
g) Representantes del Municipio Escolar y del Consejo de Brigadieres de la institución Educativa.
ARTÍCULO 31º Las funciones del Comité de Tutoría y Convivencia Estudiantil son:
a) Contextualizar las actividades de (ATI), que incluyen los Programas de Prevención y
Convivencia Escolar, de acuerdo al diagnóstico del PEI.
b) Organizar, programar, orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de Tutoría y
Orientación Educacional.
c) Promover y organizar capacitaciones dirigidas a los estudiantes, docentes y padres de familia.
d) Asegurar la incorporación de las acciones de (ATI) en el PEI, PCI y PAT.
Promover la realización de reuniones entre tutores por grado para el intercambio de experiencias, de
forma periódica a lo largo del año.
COORDINADOR/A DE TUTORÍA Y CONVIVENCIA
ARTÍCULO 32º.
El profesor que esté a cargo de coordinar la tutoría debe ser elegida considerando las características que
se describen en el perfil del tutor (vigentes (RSG N° 041-2016-MINEDU), que incluyen: integridad,
compromiso y capacidad profesional. Debe ser reconocido por la UGEL mediante Resolución
Directoral.
a) En la Institución Educativa existe el Comité de Disciplina Escolar, que forma parte del presente
reglamento, con sus propios objetivos, funciones, integrantes, procedimientos.
ARTÍCULO 33º Las funciones del Coordinador de Tutoría son:
b) Convocar las reuniones y velar por el cumplimiento de las funciones del Comité de Tutoría.
c) Verificar la elaboración del Plan Tutorial de Aula.
d) Asesorar a los tutores en el desarrollo de sus actividades.
e) Administrar el archivo de los documentos elaborados por cada tutor, sobre la labor realizada
con sus respectivos estudiantes.
f) Además de las funciones que consigna la ( RSG N° 041-2016-MINEDU)
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
g) Coordinar y ejecutar los talleres de la escuela de padres.
h) Propiciar actividades extracurriculares.
3.7. De los materiales y biblioteca escolar
ARTÍCULO 34° El conjunto de medios y materiales educativos de la Institución Educativa constituye
el Centro de Recursos Educativos y está conformado por:
a) Los materiales y equipos de los laboratorios del área de Ciencias, Tecnología y Ambiente.
b) Materiales y equipos del área de Inglés
c) Materiales y equipos del área de Matemática, Comunicación, EPT y CRT
d) La bibliografía física y virtual de la Biblioteca.
e) Los recursos audiovisuales.
f) Los recursos del Área de Educación Física.
g) Recursos de otras Áreas.
Todos deben estar al servicio de las diferentes Áreas, docentes y estudiantes, su cuidado, mantenimiento
e implementación es de responsabilidad de toda la comunidad educativa.
ARTÍCULO 35º Los recursos educativos a que se hace mención en el artículo anterior, deben estar
registrados en el inventario de la Institución Educativa. Los bienes adquiridos ingresan al inventario vía
Resolución Directoral, así mismo se da de baja un material previo informe de los responsables, previa
verificación y Resolución Directoral de baja respectiva. En ambos casos debe informarse a la
superioridad.
3.5. De las actividades recreativas y deportivas
DE LAS ACTIVIDADES EXTRA-CURRICULARES
ARTÍCULO 36º. Las actividades recreativas y deportivas constituyen espacios formativos importantes
en nuestra Institución Educativa que deben estar establecidas y programadas, en el Plan Anual de
Trabajo.
ARTÍCULO 37°. Constituyen espacios recreativos con carácter educativo:
• Los paseos y excursiones.
• Las actividades del Calendario Cívico Escolar.
• Las visitas a otras instituciones y lugares públicos o privados.
• El recreo cotidiano.
• Los encuentros de confraternidad entre Padres de Familia y los del Personal de la Institución
Educativa.
ARTÍCULO 38°. Constituyen espacios deportivos con carácter educativo:
• Los Juegos Deportivos Escolares Nacionales.
• Las actividades deportivas por el día de la Educación Física.
• El campeonato de Copa de Valores de la Institución Educativa
• El campeonato “Deporte Magisterial” organizado por el SUTEP y la UGEL – Ventanilla.
• Los estudiantes, que sean calificados y tengan aptitudes para ser seleccionados en las diferentes
disciplinas deportivas, deberán participar en forma responsable en representación de la Institución
Educativa, UGEL, DREC y MINEDU.
• Los encuentros deportivos de Padres de Familia y del personal
CAPITULO IV: Gestión Administrativa y Organizativa
4.1 De la matrícula y actualización de datos.
ARTÍCULO 39º. Por delegación de funciones la Dirección, es responsable de la programación,
ejecución y evaluación del proceso de Matrícula de los estudiantes en cada año escolar.
a) La matrícula y ratificación de la matrícula, se inicia la segunda quincena del mes de Diciembre y
concluye la segunda semana del mes de Enero del año escolar correspondiente, previo cronograma
y publicación establecida.
b) Para que el estudiante esté legalmente matriculado en la Institución Educativa, el padre de familia
debe ACTUALIZAR sus datos y cumplir con la presentación de los siguientes documentos: libreta
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
de notas, partida de nacimiento original, DNI del estudiante y de los Padres o apoderados, ficha de
matrícula, certificado de buena conducta, ficha de afiliación al seguro y otros.
c) La expedición y control de las vacantes por cada grado es responsabilidad de la Dirección de la
Institución Educativa.
d) Para conceder traslados de matrícula, se requerirá la presentación de constancias de No adeudar
libros a la Biblioteca u otros bienes pertenecientes a la Institución Educativa.
e) El estudiante que solicite ser trasladado a nuestra Institución deberá presentar todos los documentos
legales, así como el Certificado de Buena Conducta con nota aprobatoria literal “A y/o AD”.
f) Se matriculará y se ejercerá orientación y monitoreo a aquellos estudiantes que tengan Compromiso
de matrícula por actos de indisciplina, dentro y fuera de la Institución Educativa. Asimismo, se
tendrá en cuenta el informe del Comité de Disciplina Escolar para la ratificación de la matrícula.
g) Se matriculará al estudiante que repite por única vez, previo compromiso de matrícula del padre de
familia y del estudiante, acogiéndose al taller psicológico de la Institución.
4.2. Del horario del personal
a) Personal directivo. La jornada laboral para el personal directivo corresponde a 40 horas
cronológicas semanales tomando en cuenta la Jornada Escolar Completa.
b) Personal docente. La jornada laboral de los profesores en el Modelo Jornada Escolar Completa
es de 30 horas de las cuales se tomarán hasta 26 horas pedagógicas y (JEC). Cada hora
pedagógica tiene una duración de 45 minutos.
c) Personal administrativo. Establece el horario 7 horas 45 minutos diarios de Enero a
Diciembre, con 45 minutos de refrigerio adicionales diarios. La jornada de trabajo se cumple de
lunes a viernes, de conformidad con el D.L Nº 17082 y D.L Nº 18223.
ARTÍCULO 40º. La jornada laboral de todos los trabajadores de la Institución Educativas se registra
en el cuaderno de Asistencia Diaria (visado y enumerado) y/o tarjetero, donde deberá anotar
apellidos y nombres, hora de ingreso y hora de salida acompañada con su respectiva firma. Es el
documento que sustenta la formulación única de pagos.
ARTÍCULO 41º. En caso de no registrarse la hora de ingreso o salida y su respectiva firma en el
cuaderno de Asistencia Diaria (visado y enumerado) y/o tarjetero se considera inasistencia a la
Institución Educativa.
ARTÍCULO 42º. Los descuentos por inasistencias procederán en forma automática. Sólo se justificarán
aquellas inasistencias refrendadas por el certificado médico oficial por ESSALUD o visado por la
asistenta social de ESSALUD y/o UGEL las atenciones en particulares.
ARTÍCULO 43º. En casos excepcionales, si no se llegara afirmar la hora de salida, se deberá justificar
dentro de las 24 horas en forma escrita.
ARTÍCULO 44º. Los servidores que por razones de enfermedad se encuentran impedidos de concurrir
a la institución Educativa, están obligados a dar aviso a la Dirección por teléfono en el mismo día y en
el término de las 24 horas posteriores por escrito y con documentos sustentatorios según sea el caso.
ARTÍCULO 45º. Los profesores darán atención a los Padres de Familia con previa cita por escrito en
la Agenda Escolar, y en concordancia con su respectivo horario; en caso de no llegar a la hora puntual el
profesor tomará su criterio para la atención al Padre de Familia.
TARDANZAS
ARTÍCULO 46º. Tardanza es el ingreso a la institución Educativa después de las 7:45 a.m., y de
acuerdo a la carga horaria del personal docente.
ARTÍCULO 47º. Constituye inasistencia:
a) La no concurrencia a la institución Educativa.
b) Habiendo asistido y no desempeñar sus funciones.
c) El retiro antes de la hora de salida, sin justificación alguna.
d) La omisión del registro de asistencia sin justificación.
e) La omisión de firma al ingreso y salida al centro de la institución Educativa.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
ARTÍCULO 48º. Las tardanzas e inasistencias injustificadas no solo dan lugar a los descuentos
correspondientes, sino que las mismas son consideradas como faltas de carácter disciplinario, sujetas a
las sanciones de ley.
4.4. De los deberes y derechos del personal
ARTÍCULO 49º. Son derechos del (la) Director(a)
a) A ser consultada para la toma de decisiones en concordancia al cargo.
b) A liderar en mejora de la calidad educativa con el apoyo de los diferentes instrumentos de gestión
educativa.
c) A racionalizar los bienes, servicios y personal en provecho de la Institución Educativa.
d) A hacer carrera dentro del Magisterio Peruano en base al mérito, sin discriminación política,
religiosa.
ARTÍCULO 50º. Son derechos de los/las coordinadores(as) 1
pedagógicos
a) A ser respetadas en sus funciones como profesores/as y como personas humanas.
b) A formular sus ideas innovadoras, opiniones y ser escuchadas.
c) A ser consultadas en los temas relacionados al cargo.
d) A propiciar acciones para mejorar y ejecutar el PCI, PEI y otros instrumentos de gestión.
e) A propiciar charlas o diálogos de intercambio de conocimientos y experiencias educativas.
f) A acompañar al director en los momentos de monitoreo y acompañamiento.
g) A ser reconocidos por su labor.
ARTÍCULO 51º. Son derechos del coordinador de innovación y soporte tecnológico
a) Percibir la remuneración mensual acordada en la cláusula sexta del presente contrato.
b) Gozar de veinticuatro (48) horas continuas mínimas de descanso por semana. Dicho descanso se
tomara todos los días domingo de cada semana, salvo pacto en contrario.
c) Hacer uso de quince (15) días calendarios de descanso físico por año cumplido. Para determinar la
oportunidad del ejercicio de este descanso, se decidirá de mutuo acuerdo. A falta de acuerdo,
decidirá la ENTIDAD observando las disposiciones correspondientes.
d) Gozar efectivamente de las prestaciones de ESSALUD, conforme a las disposiciones aplicables.
e) Afiliarse a un régimen de pensiones. En el plazo de (10), días, contados a partir de la suscripción del
contrato, el trabajador deberá presentar Declaración Jurada especificando el régimen de pensiones al
que desea estar afiliado o al que ya se encuentra afiliado.
f) Gozar del permiso de lactancia materna y/o licencia por paternidad según las normas
correspondientes.
g) Gozar de los derechos colectivos de sindicalización y huelga conforme a las normas sobre la
materia.
h) Gozar de los derechos a que hace referencia la ley 29783-Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
e) Los demás derechos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo N° 075-2008 económica, de raza o de sexo, ni de ninguna otra índole.
ARTÍCULO. 52º son derechos de los profesores.
a) A estar informado de todas las acciones educativas realizadas en la Institución Educativa
b) A ser elegido y elegir a los representantes de los diferentes órganos de la Institución Educativa.
c) A ser escuchados y ser respetados por sus opiniones democráticamente
d) Tener un (01) día de descanso remunerado por onomástico, un (01) día de descanso por Día del
Maestro.
e) Acceso al uso de los medios, materiales y ambientes de la Institución Educativa, previa coordinación
con las instancias responsables.
f) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base del
mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición
económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona.
g) Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala magisterial.
h) Recibir las asignaciones y los incentivos que se establecen en la presente ley.
i) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la presente Ley.
j) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su
revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en el escalafón.
1
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
k) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que
está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la institución educativa y
a que se respete la normatividad vigente.
l) Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de carácter
cultural y social fomentados por el Estado.
m) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en la presente
Ley y su reglamento.
n) Vacaciones
o) Seguridad social, de acuerdo a ley.
p) Libre asociación y sindicalización.
q) Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos.
r) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política y
sindical, según el caso.
s) Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la
labor educativa.
t) Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en Ley.
u) Percibir una compensación por tiempo de servicios.
v) Gozar del cincuenta por ciento de descuento en las tarifas para espectáculos culturales.
w) Mención honorífica con el otorgamiento de las Palmas Magisteriales y otros reconocimientos
similares.
x) Agradecimientos, felicitaciones y condecoraciones mediante resolución directoral regional,
Ministerial o suprema.
y) Viajes de estudio, becas y pasantías al interior del país o al exterior.
ARTÍCULO 53º. Son derechos de los auxiliares de educación
a) A ser tratado con respeto y cordialidad como personas humanas.
b) A ser escuchados y respetados en sus opiniones y funciones
c) A ser elegidos y elegir a sus representantes en distintas acciones educativas.
d) Participar sin distinción en eventos pedagógicos y culturales organizados por la Institución Educativa
e) Percibir oportunamente una remuneración justa, acorde al costo de vida actual y asimismo a los
beneficios y bonificaciones que otorga el estado a los demás servidores públicos.
f) Disfrutar los descansos y vacaciones correspondiente
g) Hacer uso de 60 días calendarios de descanso físico por año cumplido.
h) Gozar efectivamente de las prestaciones de ESSALUD, conforme a las disposiciones aplicables.
i) Afiliarse a un régimen de pensiones.
j) Gozar del permiso de lactancia materna y/o licencia por paternidad según las normas
correspondientes.
k) Libre asociación y sindicalización. Gozar de los derechos colectivos de sindicalización y huelga
conforme a las normas sobre la materia.
l) Gozar de los derechos a que hace referencia la ley 29783-Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
m) Los demás derechos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo N° 075-2008-PCMy modificatorias.
n) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le corresponde.
o) Recibir las asignaciones, incentivos y demás beneficios que correspondan de acuerdo a ley.
p) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece el presente reglamento.
q) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas.
r) Vacaciones.
s) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por motivos de representación política y
sindical, según sea el caso.
t) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los
alcances de la presente norma.
u) Reconocimiento por parte del estado la comunidad y los padres de familia de sus acciones
sobresalientes en el ejercicio de su función.
v) Designar al equipo de brigadieres y policías escolares de la I.E.
w) Velar por el cumplimiento de las fechas cívicas del calendario cívico escolar.
ARTÍCULO 54º. Son derechos del personal administrativo (secretaria, mantenimiento y
guardianía) CAS
a) A tener un trato humanitario y comprensivo desde todos los estamentos.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
b) A recibir estímulos por el trabajo eficiente y sobresaliente.
c) A recibir cursos de actualización desde las funciones.
d) A respetar el horario de trabajo considerando el refrigerio y días de descanso.
e) Ser informados oportunamente para evitar imprecisiones
f) Percibir la remuneración mensual acordada en la cláusula sexta del presente contrato.
g) Gozar de descanso por semana de 48 horas.
h) Hacer uso de quince (15) días calendarios de descanso físico por año cumplido.
i) Gozar efectivamente de las prestaciones de ESSALUD, conforme a las disposiciones aplicables.
j) Afiliarse a un régimen de pensiones.
k) Gozar del permiso de lactancia materna y/o licencia por paternidad.
ARTÍCULO 55º Son derechos del vigilante
a) Percibir la remuneración mensual acordada en la clausula sexta del presente contrato.
b) Gozar de veinticuatro (24) horas continuas mínimas de descanso por semana. Dicho descanso se
tomara previo pacto considerando la seguridad de los bienes de la institución.
c) Hacer uso de quince (15) días calendarios de descanso físico por año cumplido.
d) Gozar efectivamente de las prestaciones de ESSALUD, conforme a las disposiciones aplicables.
e) Afiliarse a un régimen de pensiones.
f) Gozar del permiso de lactancia materna y/o licencia por paternidad.
4.5. Estimulación y sanciones del personal
ARTÍCULO 56º. De los estímulos. Las acciones positivas, meritorias extraordinarias y sobresalientes
en el cumplimiento de sus funciones:
• Por obtener primeros puestos en concursos locales, regionales y nacionales;
• Acciones de promoción educativa en horarios extraescolares;
• Planificación y ejecución de proyectos de innovación, cumplimiento eficiente y sobresaliente del
trabajador de la Institución Educativa en el desempeño de sus funciones.
Previa evaluación e informe serán estimuladas con:
a) Reconocimiento y agradecimiento verbal y escrito.
b) Mención honrosa pública.
c) Ser promovidos a nivel interno.
d) Participar en eventos académicos como representantes de la Institución Educativa.
e) Participar en el Programa Educativo Vacacional u otros beneficios de la Institución Educativa.
f) Emisión y Gestión de oficios, certificados y Resoluciones de Felicitación.
g) Trámite ante la UGEL- Ventanilla, DRE-Callao y/o MED de resoluciones de felicitación u
otros estímulos.
ARTÍCULO 57º. Son faltas del (la) Director(a). Las que incurra en las faltas del procedimiento
administrativo a su cargo
a) Negarse a recibir injustificadamente solicitudes, recursos, declaraciones, informaciones o expedir
constancia sobre ellas.
b) No entregar, dentro del término legal, los documentos recibidos a la autoridad que deba decidir u
opinar sobre ellos.
c) Demorar injustificadamente la remisión de datos, actuados o expedientes solicitados para resolver
un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del
procedimiento administrativo.
d) Resolver sin motivación algún asunto sometido a su competencia.
e) Ejecutar un acto que no se encuentre expedito para ello.
f) No comunicar dentro del término legal la causal de abstención en la cual se encuentra incurso.
g) Dilatar el cumplimiento de mandatos superiores o administrativos o contradecir sus decisiones.
h) Intimidar de alguna manera a quien desee plantear queja administrativa o contradecir sus decisiones.
i) Incurrir en ilegalidad manifiesta.
j) Difundir información confidencial a que se refiere el numeral 160.1 de esta Ley.
k) Brindar información no veraz de la Comunidad Educativa.
ARTÍCULO 58º. Son faltas de los coordinadores(as)
a) Inasistir o llegar tarde a las reuniones y demás actividades a su cargo y actividades programadas.
b) Descuidar la coordinación oportuna de las acciones a realizar a nivel de Áreas y Comisiones.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
c) Divulgar y distorsionar acuerdos internos del Equipo entre otros, generando malestar y ruptura de
las relaciones humanas.
d) Plantear opiniones y hacer afirmaciones que dañen la dignidad de los demás.
e) Incumplir adecuadamente sus funciones.
f) Abandonar la Institución Educativa, en horario de trabajo sin previa justificación.
ARTÍCULO 57º. Son faltas de los docentes
a) Mostrar indiferencia, desinterés e improvisación en las acciones relacionadas a los objetivos
PEI y de la tarea educativa.
b) Causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa.
c) Ejecutar, promover o encubrir, dentro o fuera de la institución educativa, actos de violencia
física, de calumnia, injuria o difamación, en agravio de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
d) Incurrir en actos de violencia o causar grave perjuicio contra los derechos fundamentales de
los estudiantes y otros miembros de la comunidad educativa y /o institución educativa, así como
impedir el normal funcionamiento de los servicios públicos.
e) Maltratar físicamente o psicológicamente al estudiante causando daño grave
f) Realizar conductas de hostigamiento sexual y actos que atenten contra la integridad, intimidad y
libertad sexual tipificados como delito en el código penal.
g) Llegar en estado de ebriedad a la Institución Educativa o bajo los efectos de alguna droga
h) Realizar actividades comerciales o lucrativas, en beneficio propio o de terceros, aprovechando
el cargo o la función que se tiene dentro de la institución educativa, con excepción de las
actividades que tengan objetivos académicos.
i) Incurrir tardanzas reiteradas e inasistencias injustificadas al trabajo educativo por más de tres
(3) días consecutivos o cinco (5) discontinuos en un periodo de dos (2) meses.
j) Realizar en su centro de trabajo actividades ajenas al cumplimiento de sus funciones de profesor
o directivo, sin la correspondiente autorización
k) Abandonar la Institución Educativa en horario de trabajo sin previa justificación
l) Firmar y retirarse sin explicación o justificación alguna en eventos y asambleas convocadas
oportunamente.
m) Fomentar comentarios negativos que dañan a la persona y a nuestra institución.
n) Realizar en su centro de trabajo actividades de proselitismo político partidario en favor de
partidos políticos, movimientos, alianzas o dirigencias políticas nacionales, regionales o
municipales.
o) Provocar conflictos de todo tipo o instigar a los estudiantes a actos de indisciplina.
p) Condicionar las notas a cuotas u otros requerimientos a los estudiantes y compañeros de trabajo.
q) Vender textos, así como pedir cuotas de cualquier índole o por cualquier motivo sin previa
coordinación y aprobación de la Dirección.
r) Privar del descanso y recreo a los estudiantes.
s) Inasistir a las actividades acordadas y programadas en el PAT. Para las Jornada Pedagógicas y
fechas del calendario cívico y otros que se acuerden democráticamente.
t) Incumplimiento en la entrega de Programas Curriculares, resultados de evaluaciones, informes
y demás informes requerido.
u) Hacer abstracta, difícil y rutinaria la programación y desarrollo de los aprendizajes.
ARTÍCULO 58º. Son faltas de los auxiliares de educación
a) Mostrar indiferencia, desinterés e improvisación en las acciones relacionadas a los objetivos PEI y
de la tarea educativa.
b) Actuar con apatía, deficiencia y rutina en el ejercicio de sus funciones.
c) Rechazo y deficiencia en la entrega de libretas, citaciones y avisos varios a los estudiantes.
d) Crear conflictos en la relación de estudiantes y de compañeros de trabajo.
e) Tratar con maneras discriminatorias a los estudiantes.
f) Trato vertical y autoritario a los estudiantes y compañeros de trabajo.
g) Impuntualidad reincidente.
h) Inasistencias injustificadas al trabajo educativo y a las actividades del PAT.
i) Firmar y retirarse sin explicación o justificación alguna en eventos y asambleas convocadas
oportunamente.
j) Incumplir con la entrega de notas, registros, informes u otros documentos que se requiera.
k) Suplantar firmas de asistencia del compañero de trabajo en horas de ingreso y salida.
l) Maltrato físico y/o psicológico al estudiante.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
m) Hostigamiento sexual y tocamientos indebidos
ARTÍCULO 59° Son faltas del personal administrativo
a) La reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores relacionadas con sus
labores.
b) Realizar otros trabajos que no correspondan a la Institución Educativa.
c) Deteriorar el mobiliario o equipo de trabajo.
d) Faltar a la verdad, calumniar a sus compañeros de trabajo.
e) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de su
superior del personal jerárquico y de los compañeros de labor.
f) Abandonar la Institución Educativa en horario de trabajo sin previa justificación.
g) Provocar conflictos de todo tipo.
h) Impuntualidad reincidente o incumplir el horario establecido de ingreso y salida.
i) La negligencia en el desempeño de las funciones.
j) El impedir el funcionamiento del servicio público.
k) La utilización o disposición de los bienes de la entidad en beneficios propio o de terceros.
l) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas.
m) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la función con fines de lucro.
n) El causar intencionalmente daños materiales en los locales, instalaciones, obras, maquinarias,
instrumentos, documentación y demás bienes de propiedad de la entidad o en posesión de ésta.
o) Los actos de inmoralidad.
p) Las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o por más de cinco días no
consecutivos en un período de treinta días calendario o más de quince días no consecutivos en un
período de ciento ochenta días calendario.
q) Inasistencia injustificada al trabajo educativo y a las actividades el PAT.
r) Alterar el turno que se les haya asignado durante las horas destinadas para el período de almuerzo
o descanso.
ARTÍCULO 60º. Son prohibiciones e impedimentos. De los empleados públicos que presten
servicios en los órganos de gestión y administración del Ministerio de Educación, se encuentran
prohibidos de impedidos de:
a) Ejercer la actividad pública con el objeto de obtener ventajas de cualquier índole para sí o para
terceras personas naturales o jurídicas y/o como mecanismo de coacción ante cualquier entidad del
Estado o del sector privado.
b) Trasladar o entregar a personas naturales o jurídicas la documentación clasificada como “secreta”,
“reservada” o “confidencial”, incluyendo la contenida en medios magnéticos, en lugares no
autorizados o no vinculados con la actuación pública.
c) Recibir y/o solicitar, directa o indirectamente, para sí u otras personas, algún estipendio, obsequio,
honorario u otro tipo de retribución económica, así como cualquier otro beneficio, distinción,
agasajo, atención u otros presentes, cualquiera sea la forma, modalidad o cuantía patrimonial de los
mismos, por parte de personas naturales o jurídicas.
d) Realizar dentro de la jornada de trabajo o durante la prestación del servicio contratado, actividades
distintas a las asignadas.
e) Prestar por cuenta propia o por intermedio de terceros, servicios permanentes o eventuales de
asesoramiento, vinculados a actividades que se encuentren enmarcadas dentro de las funciones
asignadas o establecidas en la relación contractual. No está comprendida la actividad docente,
siempre que ésta no genere un conflicto de intereses.
f) Transmitir, divulgar y/o difundir a terceros, total o parcialmente, el contenido de la información de
la cual tenga o haya tenido conocimiento en el ejercicio de la actuación pública, salvo que se trate
de información de carácter público, o que medie mandato judicial que así lo requiera.
g) Formalizar relaciones laborales, económicas o financieras con entidades que pudieran estar en
conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones públicas que ejercen, para lo cual se
tendrá presente que constituye “intereses en conflicto”: la situación en la que los intereses
personales de los servidores públicos que prestan servicios en los órganos de gestión y
administración del Ministerio de Educación, colisionan con el interés público y el ejercicio de sus
funciones, entendiéndose que cualquier actuación que realicen debe estar dirigida a asegurar el
interés público y no a favorecer intereses personales o de terceros.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
h) Ser postores y/o contratistas en los procesos de selección que se convoquen en las Unidades
Ejecutoras del Sector Educación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9° del TUO de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM.
i) En los casos en que se formulen consultas profesionales especializadas o se recurra a servicios de
investigación u otros similares; se exigirá contractualmente a los terceros la confidencialidad en la
información.
j) Realizar actividad política partidaria durante el cumplimiento de las labores
k) Emitir opinión a través de los medios de comunicación social sobre asuntos del Estado, salvo
autorización expresa de la autoridad competente.
l) Celebrar por sí o por terceras personas o intervenir, directa o indirectamente, en los contratos con su
Entidad en los que tengan intereses el propio servidor, su cónyuge o parientes hasta el cuarto grado
de consanguinidad o segundo de afinidad.
m) Realizar actos de hostigamiento sexual.
4.6. Del monitoreo y asesoramiento al personal
ARTÍCULO 61º. Para comprender el concepto de monitoreo en el país, es importante precisar los
términos y acepciones que se vinculan a ella. Al respecto el Consejo Nacional de Educación indica.
Monitoreo es el recojo de información en el terreno, haciendo seguimiento a los indicadores que nos
permiten comprobar la calidad y el logro a nivel de los insumos, procesos y productos esperados. (...)
Acompañamiento es el acto de ofrecer asesoría continua, es decir, el despliegue de estrategias y
acciones de asistencia técnica, a través de las cuales, una persona o equipo especializado visita, apoya y
ofrece asesoramiento permanente al docente y al director en temas relevantes a su práctica.
... proceso sistemático y permanente, mediado por el acompañante, con el objeto de interactuar con el
docente y el director para promover la reflexión sobre su práctica; es decir, para incentivar tanto el
descubrimiento de los supuestos que están detrás de dicha práctica como la toma de decisiones para
realizar los cambios necesarios. Esta reflexión debe servir para iniciar un proceso de transformación
y mejora de la práctica pedagógica misma de modo que se garantice el logro de aprendizajes desde
una perspectiva integral. (Ministerio de Educación Lima 2014- Protocolo de acompañamiento
pedagógico)
ARTÍCULO 62º. Se llama así, al Proceso Técnico de Orientación y Asesoramiento instituido para
optimizar las actividades pedagógicas en las instancias de gestión educativa descentralizada. Está
centrada en el mejoramiento continuo de los procesos de aprendizaje, el desempeño profesional de los
docentes, y el ofrecimiento de la oportuna y consistente información para una acertada toma de
decisiones.
Entendida así, la supervisión pedagógica garantiza una acción más enriquecedora y formativa, facilita
un trato más humano a todos los agentes y actores educativos; dando pase a la creatividad y criticidad,
dejando de lado la búsqueda de errores para mal juzgar y sancionar.
ARTÍCULO 63º. Sobre los lineamientos como proceso incorpora el Monitoreo Pedagógico como
estrategia de seguimiento destinado a identificar de manera sistemática la calidad de desempeño de un
sistema, sub-sistema o proceso a efecto, de introducir los ajustes a los cambios pertinentes y oportunos
para el logro de resultados y efectos en el entorno; y el Acompañamiento Pedagógico entendido como
un servicio destinado a ofrecer asesoría planificada, continua, contextualizada, interactiva y respetuosa
del saber adquirido por directores, especialistas y docentes, orientado a la mejora de la calidad de los
aprendizajes de los estudiantes, del desempeño docente y de la gestión de la institución educativa.
a. Recabar información relevante y actualizada sobre la gestión educativa y sus resultados, e
integrar de manera coherente los datos de los diversos contextos educativos.
b. Establecer mecanismos que ayuden y estimulen a los agentes educativos para mejorar su
intervención, en función de los estándares educativos nacionales, a través de su involucramiento
y participación responsable.
c. Tomar decisiones estratégicas en todas las instancias de Gestión Educativa descentralizada
orientadas a mejorar la calidad de la supervisión pedagógica sobre la base de un mapa integral
de los problemas, resultados e impactos de la labor educativa.
En busca de estos resultados, la Supervisión Pedagógica debe mostrar la interacción real de los Agentes
Educativos en sus contextos y debe hacer participar a esos mismos agentes en la evolución positiva de
sus acciones y la mejora de la calidad educativa. Asimismo, permite que la interacción de los distintos
niveles normativos y de gestión (Ministerio de Educación, Direcciones Regionales, Unidades de
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas) sea transparente y adecuada a cada escenario
educativo específico, en la medida que la diversidad sea reconocida y asumida, que la inclusión sea un
indicador de un ambiente escolar propicio, como componente básico de calidad educativa.
ARTÍCULO 64º. Los lineamientos según sus responsabilidades y funciones que tiene la Institución
Educativa son:
En nuestra Institución Educativa, ejercen el monitoreo y acompañamiento pedagógicos el/la
directora(a), coordinadores pedagógicos y acompañantes de área, en
a. El nivel secundario y con modalidad presencial, aplicando el marco conceptual, las directivas y los
estándares metodológicos diseñados por el MED que han sido adaptados a la realidad local por la
DRE y la UGEL. Este proceso de monitoreo en la IE será conducido por el el/la directora(a).
b. La Institución Educativa 5138 “Defensores de La Patria”, debe formular un plan de Monitoreo y
Acompañamiento detallado integrado al PCI y al PAT. Será formulado por el equipo directivo
presidido por el/la directora(a) de la IE, e integrado por coordinadores pedagógicos.
c. El/la directora(a), y los coordinadores pedagógicos prestarán asesoría y apoyo permanente al
personal docente en el diseño de estrategias, metodologías y técnicas de enseñanza, y en uso y diseño
de recursos y materiales didácticos y fomentarán el análisis y estudio de las formas de evaluación del
aprendizaje a través de talleres de estudio buscando la participación de especialistas de las
instituciones de educación superior del medio.
d. La Institución Educativa consagrará como práctica permanente en el proceso de monitoreo la
autoevaluación pedagógica en todos sus niveles para identificar los problemas y determinar
indicadores que muestren información relevante sobre el mejoramiento de la calidad del aprendizaje,
para cuyo efecto se elaborará una guía contextualizada de autoevaluación pedagógica.
e. La Institución Educativa orientará el proceso de monitoreo para tomar en cuenta de manera
prioritaria el estímulo para la mejora de la calidad educativa, asegurará la inclusión, permanencia y
culminación de los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) y monitoreo del
cumplimiento de las funciones de los SAANEE.
ARTÍCULO 65º. Dentro de las Estrategias para las visitas al aula y reuniones en la Institución
Educativa son:
a. Visitas a la Institución Educativa y al aula, e intercambio de opiniones. Una manera más
directa de ponerse en contacto directo con la realidad escolar consiste en el encuentro del
acompañante pedagógico y el docente; las observaciones recogidas, permiten hacer más fácil el
intercambio de ideas y el señalamiento de las sugerencias para mejorar el trabajo docente.
b. Reuniones con el personal de la Institución Educativa Ayudan a unificar y armonizar las
actividades del personal, así como intercambiar ideas sobre aspectos que posibiliten mejorar el
proceso enseñanza-aprendizaje.
4.7. De los recursos propios de la institución educativa
B. RÉGIMEN ECONÓMICO.
ARTÍCULO 66º. El presupuesto es un Instrumento de Gestión de corto plazo (un año) constituye el
recurso financiero con que cuenta nuestra Institución Educativa, para posibilitar la realización de todas
las acciones previstas en el Plan Anual de Trabajo. Se formula en función de las necesidades planteadas
en el PEI y PAT para el siguiente año. Contiene a su vez dos tipos de presupuestos: Presupuesto de
ingresos y presupuesto de egresos.
ARTÍCULO 67º. El Presupuesto de Ingresos se estructura a partir de los:.
• Recursos Directamente Recaudados.
o Ingresos propios
o Recursos propios
o Donaciones
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
ARTÍCULO 68º. Los Recursos Directamente Recaudados comprenden los ingresos anteriormente
conocidos como:
INGRESOS
PROPIOS
CONCEPTO EJEMPLOS
RM Nº 178-91-ED
DS Nº 014-98-ED
DS Nº 012-2004-
ED. TUPA
Constituidos por recursos financieros que la
IE está permitida captar, cuya
denominación de Ingresos Propios se
origina en las tasas del Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Ministerio de Educación.
• Expedición de certificados
• Autorización de Pruebas de
Ubicación
• Evaluación de Subsanación
• Convalidación de estudios
RECURSOS
PROPIOS
CONCEPTO EJEMPLOS
RM Nº 048-94-ED
DS Nº 005-96-ED
RM Nº 425-97-ED
DS Nº 0057-85
Son aquellos recursos financieros
netamente generados por la IE y que no
están contemplados en el TUPA, que se
encuentran en el marco del DS. Nº 005-96-
ED, que sustituye el artículo 1º del DS. Nº
48-94-ED. Así mismo se incluye en este
rubro los ingresos provenientes de las
actividades productivas DS. Nº 057-85-ED.
• Alquiler campo deportivo
• Alquiler auditorio
• Venta Cuaderno de Control
• Venta de separatas
• Venta de buzos, insignias
• Producción de Bienes
• Prestación de Servicios
ARTÍCULO 69º. El Presupuesto de Egresos se estructura en base a las adquisiciones y egresos que se
realizan en las tres Áreas de Gestión:
• Gestión Institucional.
• Gestión Pedagógica.
• Gestión Administrativa.
Ambos presupuestos: Presupuesto de Ingresos y Presupuesto de Egresos, deben estar equilibrados en su
monto.
ARTÍCULO 70º. Los recursos económicos de la Institución Educativa, deben ser utilizados
estrictamente en beneficio de la Institución Educativa y de los estudiantes, los gastos realizados, serán
registrados en los respectivos libros de caja y archivo de documentos probatorios, debiendo elevar la
Dirección un informe trimestral a la UGEL - Ventanilla.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
ARTÍCULO 71º. De igual modo, el Consejo Directivo de la APAFA ejecuta el gasto del presupuesto
de los Padres de Familia en función a su Plan Operativo Anual que debe elaborarse a partir de las
necesidades y demandas de la Institución Educativa señalados en el PEI y el PAT; así mismo están
obligados a registrar los gastos en su libro de caja y el archivo de documentos probatorios, para ser
informado a la asamblea de padres de familia previa revisión, seguimiento y fiscalización del Consejo
de Vigilancia. Todas las actividades que generen movimiento económico deben realizarse bajo la
autorización de la Dirección, elevando un informe al finalizar.
ARTÍCULO 72º. Los recursos propios de las Institución Educativa (recursos económicos) son
gestionados por el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales
de la Institución Educativa, de acuerdo a las normas legales y está integrado por:
• Director de la Institución Educativa, quien lo preside y tiene voto dirimente.
• El/la coordinador/a pedagógico. (Con mayor nivel )
• Un representante del personal docente. (Elegido en asamblea general de docentes)
• Un representante del personal administrativo. (Con mayor preparación académica, actúa como
tesorero).
ARTÍCULO 73º. Es responsabilidad del Comité de Recursos Propios dar a conocer los ingresos y
egresos de la Institución Educativa en asamblea general trimestral de manera detallada (sustentando con
boletas, facturas y otros comprobantes de pagos) de docentes y administrativos. Además, publicaren un
lugar visible un resumen de lo expuesto a los trabajadores.
4.8. Del Clima Institucional
ARTÍCULO 74°
El clima institucional se desarrolla en función al Compromiso 5. La Institución Educativa cuenta con un
Comité de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Democrática Escolar reconocido por una
Resolución Directoral representados por las siguientes personas:
 Director quien lo preside.
 El Coordinador de Tutoría.
 01 Representante de Convivencia, que será responsable de “SISEVE contra la Violencia Escolar”.
 Un Tutor representante de cada ciclo (VI y VII).
 01 psicólogo.
 01 representante de los Auxiliares de Educación.
 01 representante de los estudiantes del Municipio Escolar y del equipo de brigadieres.
 Otros, de acuerdo a la necesidad de la IE.
La IE cuenta con el Libro de Incidencias para registrar todo los casos de violencia que suscite dentro y
fuera de las instalaciones educativas.
Para la atención de los casos se debe ceñir a los 5 pasos establecidos en el PROTOCOLO de atención,
para ello la persona responsable debe de estar afiliado al SISEVE.
La IEP N° 5138 “Los Defensores de la Patria” cuenta con los Acuerdos de Convivencia por Aula y
con la Norma de Convivencia Institucional.
Asimismo, es de nuestra responsabilidad promover las campañas nacionales que ayuden al desarrollo
de una convivencia escolar sana y saludable.
4.9. De los deberes de los padres de familia.
Artículo 75°
Los padres de familia tienen los siguientes deberes que cumplir:
a) Matricular a su menor hijo en las fechas y horarios establecidos por la I.E. Asistir con
puntualidad, responsabilidad y respeto a las reuniones convocadas.
b) Participar activamente en la ENCUESTA DE PADRES DE FAMILIA.
c) Mantener comunicación permanente con el profesor, director para recibir información del avance
o deficiencia de la o del estudiante.
d) Enviar al alumno (a) a la I.E. en el horario establecido completamente aseado y uniformado.
e) Asumir la responsabilidad de los daños y perjuicios de materiales y personales que origine el
menor.
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
f) Acatar las disposiciones emanadas por la dirección que no dañen el aspecto físico – psicológico
de la persona.
g) No fomentar actos de indisciplina dentro y fuera de la I.E.
h) Enviar el material educativo solicitado por el profesor.
i) Contribuir en las jornadas y campañas en la práctica de valores, festivales folclóricas, festivales
de creación literaria, aniversario de la I.E.
j) Fortalecer la armonía, la paz y el buen trato en el hogar y en la escuela.
Art.76º.- Son derechos de los padres de familia:
a) Matricular a sus hijos en la I.E.
b) Consultar al profesor del avance y aprendizaje de su hijo.
c) Proponer ideas y proyectos para mejorar el servicio en la institución.
d) Recibir información de los requerimientos necesarios.
e) Entrevistarse con el docente, tutor y directivo previa solicitud anticipada.
f) Solicitar permiso, exoneración, etc.
g) Trasladar a su hijo a otra I.E.
4.10. De los derechos, atribuciones, prohibiciones, estímulos, faltas, acciones reparadoras de
los estudiantes teniendo en cuenta la Ley N° 27337 “Código del Niño y del Adolescente.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
A) DERECHOS ACADÉMICOS
ARTÍCULO 77°. Los estudiantes de la IE Nº 5138 “Defensores de La Patria” tienen los siguientes
derechos académicos:
a) A una formación integral acorde con lo establecido en la Ley General de Educación y con los fines
propios que atienda la visión institucional de la IE.
b) A que los y las profesores(as) guían el proceso formativo, cumplan con sus responsabilidades
profesionales:
i. Puntualidad en el inicio y término de la sesión de aprendizaje.
ii. Entrega oportuna del material didáctico y de las guías de trabajo estudiantil.
iii. Entrega de los resultados de las evaluaciones realizadas. No se podrá administrar una nueva
evaluación sin antes conocer los resultados de la precedente y cuyo plazo de entrega no
podrá exceder los quince días contados desde su aplicación.
c) A que los y las profesores(as) actúen de manera equilibrada y justa con todos, respeten el ritmo y
estilos de los aprendizajes.
d) A que se brinden oportunidades para regularizar las evaluaciones académicas, cuando haya tenido
dificultades para asumirlos normalmente.
e) A una programación dosificada de trabajo, tareas y evaluaciones, respetando el cronograma y el
horario previamente establecido por la IE.
f) A conocer la información sobre el rendimiento académico y comportamiento que se consigna en los
registros de evaluación, registro de incidencias y otros.
g) A recibir los textos de las áreas Educativas en calidad de préstamo, para su uso correspondiente
durante el año escolar2
.
B) DERECHOS SOCIALES
ARTÍCULO 78°. Los estudiantes de la IE Nº 5138 “Defensores de La Patria” tienen los siguientes
derechos sociales:
a) A recibir atención respetuosa y digna por parte de los miembros de la comunidad educativa.
b) A exigir el buen uso y la conservación de los bienes de la IE a los miembros de la comunidad
educativa y a particulares.
c) A ser estimulado(a) permanentemente y a ser gratificado(a) cuando se haga merecedor(a) de ello.
d) A ser informado(a) oportunamente sobre horarios y actividades que le competan.
e) A la asistencia inmediata en caso de accidente y el aviso oportuno al padre de familia.
f) A la posibilidad de acudir a instancias superiores en caso de no ser escuchado(a) o representado(a),
siguiendo los conductos regulares existentes en la Institución Educativa.
g) A la libre expresión, a la discrepancia y a ser escuchado(a) en la explicación de las equivocaciones,
asumiendo las consecuencias de los actos.
h) A disfrutar del descanso, el deporte y las distintas formas de recreación en los tiempos previstos
para ello.
2
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
i) A la utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que ofrece la IE, en los tiempos
previstos para ello.
j) A presentar documentos probatorios justificando exoneración o postergación de evaluaciones, ya
sea por razones de enfermedad u otro.
k) A la protección integral de los profesores y autoridades educativas en caso de ser víctima de
maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual.
l) A la aplicación del principio de celeridad, en la investigación o denuncias que violan sus derechos
como persona, de modo que el procedimiento tenga la máxima prontitud, siendo responsable la
autoridad educativa de la instancia correspondiente en la que se encuentre el proceso, de cualquier
demora por su inactividad.
C) DERECHOS DE PARTICIPACIÓN
ARTÍCULO 79°. Los estudiantes de la IE Nº 5138 “Defensores de La Patria” tienen los siguientes
derechos de participación:
a) A elegir y ser elegido(a) para las distintas formas de representación estudiantil, siempre que reúna
los requisitos para tal efecto: vivencia de valores institucionales, comportamiento y actitudes
acordes con las exigencias de este Manual, rendimiento académico satisfactorio.
b) A conocer, divulgar y cumplir la presente Norma de Convivencia y Disciplina Democrática.
c) A ser elegido para desempeñar cargos. (Municipio Escolar, Policía Escolar, Defensa Civil, Cruz
Roja, Etc.).
d) A ser escuchado antes de la aplicación de una medida disciplinaria.
e) A Gozar de los derechos del Código del Niño y del Adolescente3
.
DEL FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONAL
A) DE LA PRESENTACIÒN
ARTÍCULO 80°.De la presentación personal. Los estudiantes deben observar las siguientes pautas en lo
relacionado a la presentación.
DAMAS VARONES
a) El cabello debe mantenerse limpio, peinado y
sujeto con colette y cinta de color azulino y
blanco, para evitar el cerquillo sujetarlo con
ganchos, con su moño y su malla azulino.
b) El uso de trenza está permitido.
c) No está permitido el uso de aretes.
d) Sólo está autorizado el uso de un reloj pulsera.
e) Está prohibido el uso de maquillaje y de uñas
pintadas.
a) La cara deberá estar cuidadosamente
rasurada, sin barba, bigotes y patillas
largas.
b) El corte de cabello será estrictamente de
tipo estudiantil manteniéndolo siempre
corto, limpio y ordenado (corte escolar).
c) Está prohibido depilarse las cejas
(pintarse el cabello)
ARTÍCULO 81°. Está prohibido el uso de accesorios tales como pulseras, “cueritos”, shakiras,
collares, pearcings”, etc. Así como las modas generacionales como tatuajes, cabello teñido, peinados
inapropiados para los escolares, maquillaje en rostro y uñas, aretes, prendas en la cabeza, etc. porque no
forman parte de la vestimenta estudiantil.
ARTÍCULO 82°. El estudiante deberá portar su carnet de biblioteca como documento de identidad
para préstamos de libros en la biblioteca de la IE Nº 5138 “Defensores de La Patria”
B) DEL UNIFORME UNICO ESTUDIANTIL
ARTÍCULO 83°. El Uniforme estudiantil, es la vestimenta que distingue a un estudiante. Su uso y
cuidados garantizan una buena presentación.
ARTÍCULO 84°. Los estudiantes deben observar las siguientes pautas en relación al uso del uniforme
estudiantil:
Tanto damas como varones tienen la obligación de usar siempre el uniforme de la IE y los accesorios
del mismo, sin agregados, ni mutilaciones tal y como lo establecen las disposiciones de inicio del año
escolar y el presente Reglamento. El Uniforme Único Estudiantil deberá mantenerse limpio, libre de
mancha, pintas, corrosiones, alteraciones y/o agregados, (pitillo).
3
Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”
Sólo en el horario de Educación Física o cuando se requiera en una actividad explícita, los estudiantes
asistirán con el uniforme de Educación Física Institucional.
ARTÍCULO 85°. El Uniforme Único Estudiantil de la IE Nº 5138 está conformado por las siguientes
prendas:
DAMAS VARONES
a) Falda tipo escocesa, color plomo y azul
marino, con 10 centímetros por debajo
de las rodillas de largo.
b) Blusa blanca con insignia bordada en el
bolsillo izquierdo, esta prenda deberá
mantenerse dentro de la falda.
c) Chompa azul marino con el bordado de
la insignia de la I.E.
d) Medias de color Azul Marino con el
bordado de la I.E.
e) Zapato de estudiante de color negro.
f) Gorro de color azul noche en educación
física y formación.
a) Pantalón de color Azul Marino, en perfecto
estado sin bastas deterioradas, con pretina a la
cintura y uso de correa negra.
b) Camisa blanca, manga corta con la insignia
bordada en el bolsillo; esta prenda deberá
mantenerse permanentemente dentro del
pantalón.
c) Medias de color Azul Marino.
d) Zapato de estudiante de color negro. No se
permitirá el uso de zapatillas con el uniforme de
estudiante.
e) Chompa Azul Marino y la insignia en el lado
izquierdo.
f) Gorro de color azul noche en educación física y
formación.
C) DEL UNIFORME PARA EDUCACION FISICA
ARTÍCULO 86°. El uniforme de Educación Física (buzo completo) de la IE estará conformado por las
siguientes prendas:
a) Casaca y pantalón azulino con dos líneas blancas y delgadas.
b) Zapatillas blancas de lona.
c) 2 Polos blancos de la IE.
d) Short y/o falda pantalón azul marino del mismo material del buzo, el que será usado sólo durante las
horas de clase del área de Educación Física y/o excepcionalmente para alguna actividad
previamente programada por la IE.
D) DE LA PERMANENCIA EN LA IE
ARTÍCULO 87°. Del horario académico. El horario de trabajo en la Institución Educativa de Jornada
Escolar Completa, es de 09 horas diarias y 45 horas semanales haciendo un total de 1600 horas mínimas
al año. Cada hora pedagógica es de 45 minutos distribuidos de la siguiente manera:
ACTIVIDAD DÍAS HORAS
Ingreso Lunes a Viernes 7:15 a 7:30
Formación Lunes 7:30 a 7:45
Clases y Actividades permanentes Lunes a Viernes 7:45 a 3:30
ARTÍCULO 88°. De las inasistencias
a) A una jornada pedagógica o una hora de clase se justifica a través de una comunicación escrita en
la Agenda Escolar o bien personalmente por el padre de familia.
b) Cuando el alumno falta más de 2 días, justificará por intermedio de una solicitud en la dirección a
través de mesa de parte.
c) A una evaluación calendarizada se justifica con la presentación del certificado médico u otro
documento, para conocimiento del auxiliar y los profesores de área.
ARTÍCULO 89°. De los permisos. Los estudiantes tendrán permiso para salir de la IE durante la
jornada académica a solicitud del padre de familia y/o apoderado, previa autorización de la Dirección o
delegación de funciones por parte de la Dirección, cuando el alumno se encuentre mal de salud se
llamará a su padre o apoderado para la coordinación del caso.
ARTÍCULO 90°. La Representación pública. Los estudiantes convocados para representar a la IE en
actos públicos, lo harán con la autorización de la Dirección y en compañía del profesor(a) o auxiliar de
educación que la situación amerite. (Asistirá correctamente uniformado de acuerdo a la actividad).
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  • 1. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” REGLAMENTO INTERNO Defensores de La Patria, marzo del 2016 CONTENIDO DEL REGLAMENTO INTERNO
  • 2. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” I. Generalidades I.1 Presentación I.2 Base legal I.3 Valores I.4 Alcance I.5 Fines y objetivos II. Estructura orgánica de la instituciones educativas y funciones 2.1. Órgano de dirección 2.2. Órgano de apoyo 2.3. Órgano Técnico Pedagógico 2.4. Órganos de Participación (CONEI, APAFA y otros) III. Gestión Pedagógica e Institucional 3.1. Calendarización y horario académico 3.2. Del Proyecto Educativo Institucional 3.3. Del Proyecto Curricular de la Institución 3.4. Del Plan Anual de Trabajo 3.5. De la evaluación y recuperación pedagógica 3.6. Del comité de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia 3.7. De los materiales y biblioteca escolar 3.8. De las actividades recreativas y deportivas IV. Gestión Administrativa y Organizativa 4.1. De la matrícula y actualización de datos 4.2. Del horario del personal 4.4. De los deberes y derechos del personal 4.5. Estimulación y sanciones del personal 4.6. Del monitoreo y asesoramiento al personal 4.7. De los recursos propios de la institución educativa 4.8. Del clima institucional 4.9. De los deberes de los padres de familia 4.10. De los derechos, atribuciones, prohibiciones, estímulos, faltas, acciones reparadoras de los estudiantes teniendo en cuenta la Ley N° 27337 “Código del Niño y del Adolescente”
  • 3. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” CAPITULO I: GENERALIDADES 1.1. PRESENTACIÓN El presente Reglamento Interno 2016 de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”, del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local de Ventanilla, ha sido elaborado en cumplimiento de las normas vigentes del sector, siendo de prioridad La Norma Técnica, aprobada por la R.M. N° 0572-2015-ED, que permite desarrollar el Año Lectivo 2016; con la finalidad de orientar, conducir y regular el trabajo educativo del personal directivo, docente, administrativo, padres de familia y estudiantes. El presente Reglamento Interno es un documento que regula la gestión Pedagógica, Administrativa e Institucional, que norma los aspectos de administración y funcionamiento interno de la Institución Educativa Pública N° 5138 “Los Defensores de la Patria” de Secundaria de EBR - Ventanilla – Callao. El Reglamento Interno, recoge normas específicas sobre la organización interna de la I.E. y ha sido elaborado teniendo en cuenta sus características propias desde las perspectivas económicas, sociales, culturales y sobre todo educativas. El Reglamento Interno de la I.E. N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA”, tiene como objetivo fijar pautas y normas internas a la que deben sujetarse todo los actores de la comunidad educativa. Proporcionar a las autoridades de la I.E. docentes, alumnos y Padres de Familia un medio de comunicación y disciplina en la organización y funcionamiento. Estamos seguros de brindar un excelente servicio educativo a la población escolar del Distrito de Ventanilla, como una oportunidad más que las y los estudiantes deben alcanzar un óptimo desarrollo y formación en todas las áreas tanto intelectuales como afectivas y sociales. LA DIRECCIÓN
  • 4. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” Art. 1º.- Del Concepto. El Reglamento Interno es un conjunto de normas que permiten regular y optimizar los servicios educativos que ofrece la Institución Educativa N° 5138 “Defensores de La Patria” del Distrito de Ventanilla. Art. 2º.- De la Línea Axiológica. El presente Reglamento tiene por valor y principio establecer las normas y procedimientos para el cumplimiento de las funciones, obligaciones y ejercer nuestros derechos al que debemos de sujetarnos como personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo, Estudiantes y Padres de familia de la Institución Educativa Pública 5138 “Los Defensores de la Patria”. 1.2.Base legal ARTÍCULO 03º. Las disposiciones legales sobre las cuales se fundamenta el presente Reglamento Interno, son: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ • Ley N° 28044 Ley General de Educación y su modificatoria, Ley 28123. • Ley Nº 29944. Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento D.S.004- 2013- ED. • Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la función pública, modificada por la Ley Nº 28496 y reglamentada con Decreto Supremo Nº 033-05 PCM. • Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la información pública, del 02 Ago. 2002. • Ley Nº 27927 - Ley que modifica la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública", Publicado el 03 Feb. 2003. • Ley N° 27337 Código de los Niños y Adolescentes. • Ley Nº 27911, Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicado en delitos de violación sexual. • Ley Nº 27942 Ley de prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual. • Ley N° 28628-2005 Reglamento de APAFA Art. 6 (atribuciones, 12 (Deberes) y 13 (Derechos). Capitulo IX art. 40º incisos a), b), c) y d). • Ley N° 29719 del 21 de junio de 2011. Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas. • Ley N° 29733, Ley de Protección de datos personales y su reglamento DS N° 003-2013-JUS • Ley N° 28119, que prohíbe el acceso del menores de edad a páginas WEB de contenido pornográfico y a cualquier otra forma de comunicación en red de igual contenido. • Directiva N° 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción “Tengo Derecho al Buen Trato” que incluye a la convivencia escolar democrática; • Directiva N° 002-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de las acciones y funcionamiento de las defensorías escolares del niño y del adolescente (DESNAS) en las IIEE; • Directiva N° 0343-2010-ME, Normas para el desarrollo del programa de Tutoría y Orientación Educativa; • RM N° 0572-2015-ED, que Aprueba las “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en la Educación Básica Regular”. 1.3.Valores ARTÍCULO 04º. Nuestra Institución Educativa, asume los tres (03) valores: Responsabilidad La responsabilidad es la virtud o disposición habitual de asumir las consecuencias de las propias decisiones, respondiendo de ellas ante alguien. Responsabilidad es la capacidad de dar respuesta de los propios actos, y se puede observar en uno mismo o en el prójimo. Se dice que una persona es responsable cuando consciente de sus actos sabe que es la causa directa o indirecta de un hecho, por el cual deberá responder.
  • 5. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” Respeto El respeto es un valor que permite que el hombre pueda reconocer, aceptar, apreciar y valorar las cualidades del prójimo y sus derechos. Es decir, el respeto es el reconocimiento del valor propio y de los derechos de los individuos y de la sociedad. Solidaridad Es el vínculo que enlaza al individuo con la especie, al hombre con el resto de la humanidad en el orden material, intelectual y moral. Es el sentimiento que conlleva a los hombres a prestarse una ayuda mutua, al punto de que no puedan ser felices unos si no lo son del demás. La solidaridad no espera recompensa, más bien entrega sin reservas, para vencer obstáculos, resolver problemas; es derecho de carácter colectivo, es esencia misma de la comunidad, es vínculo ejemplar, es base fundamental de las grandes obras. 1.4. Alcance. ARTÍCULO 05º. Los alcances del presente Reglamento Interno comprende al Personal Docente, Administrativo y de Servicio que labora en la Institución Educativa; los estudiantes y padres de familia se rigen por la segunda y tercera parte respectivamente de este documento; que conforman la comunidad educativa quienes asumen su ejecución consciente y voluntariamente. ARTÍCULO 06º. El Reglamento Interno, tiene como finalidad establecer las normas que posibiliten la convivencia y coherencia en un clima de respeto mutuo, responsabilidad y solidaridad; entre los miembros de nuestra comunidad educativa con el fin de hacer realidad la Visión y Misión de nuestro PEI. ARTÍCULO 07º. Son objetivos del Reglamento Interno: a) Garantizar la aplicación de los instrumentos de Gestión Educativa: PEI, PAT y PCI. b) Concretizar desde la práctica cotidiana la misión y visión institucional. c) Garantizar un clima Institucional óptimo, para establecer buenas relaciones interpersonales a través del respeto de la normatividad, buenos niveles de comunicación, la coordinación permanente y el establecimiento de espacios para la convivencia fraterna. d) Garantizar una educación integral de calidad promoviendo el desarrollo de competencias, de capacidades, la práctica permanente de actitudes y valores; y el aprendizaje de contenidos actualizados por parte de nuestros estudiantes. 1.5. Fines y objetivos. ARTÍCULO 08º.Objetivos generales de la Institución Educativa: a. Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular Institucional, así como su Plan Anual de Trabajo y su Reglamento Interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes. b. Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión administrativa, institucional y pedagógica. c. Diversificar y complementar el currículo básico, realizar acciones tutoriales y seleccionar los libros de texto y materiales educativos. d. Otorgar certificados, diplomas y resoluciones según corresponda. e. Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante. f. Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje. g. Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución. h. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa. i. Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad. j. Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad. k. Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica. l. Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente
  • 6. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” m. Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la comunidad educativa. ARTÍCULO 09º. Son objetivos específicos de la Institución Educativa: a. Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad, sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas con el apoyo de SAANE. b. Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad. c. Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes y valores, y sean capaces de construir su proyecto de vida. d. Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de los alumnos y de la gestión institucional. e. Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus responsabilidades. f. Propiciar un clima institucional que coadyuve al logro de objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz y creativa, respetando el principio de autoridad. g. Facilitar la acción del Estado para garantizar la gratuidad de la enseñanza, el acceso y la permanencia de los estudiantes en la Educación Básica Regular considerando el Modelo Jornada Escolar Completa, en la institución. h. Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el desarrollo comunal. CAPITULO II: ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Y FUNCIÓN. ARTÍCULO 10º. La Institución Educativa Nº 5138 “Defensores de La Patria” tiene una estructura conformada por cuatro (04) órganos según RSG N° 041-2016-MINEDU (6.2): 2.1. Órgano de dirección: En la I.E. Nº 5138 está conformado por el Director/a, responsable de mejorar los resultados educativos mediante el ejercicio de un liderazgo pedagógico. Para el funcionamiento de la institución, el órgano de dirección organiza un equipo directivo, en el que se integran los coordinadores pedagógicos, coordinador de tutoría, coordinadores de innovación y soporte tecnológico, así como el coordinador administrativo y de recursos educativos y la psicóloga, como colectivo que contribuye a la conducción de la I.E. 2.2. Órgano pedagógico: Está conformado por los Coordinadores Pedagógicos de áreas curriculares, Coordinador de Tutoría y coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico (CIST). El Coordinador Pedagógico es responsable del fortalecimiento del trabajo de un área o un conjunto de áreas afines. El Coordinador de tutoría es responsable de las acciones de apoyo y acompañamiento de la atención de tutorial integral dirigida a los estudiantes con enfoque orientador y preventivo. El CIST es el encargado de coordinar y acompañar a los directivos, coordinadores y profesores de la comunidad educativa en la ejecución de actividades pedagógicas integradas a las TIC mediante la asistencia técnica, el uso eficiente de los recursos educativos y ambientes de aprendizaje. 2.3. Órgano de Soporte al proceso Pedagógico: Está conformado por el Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos, quien articula la labor del psicólogo, el personal der oficina o secretariado y el personal de mantenimiento y vigilancia y seguridad. Cumplen las funciones establecidas para cada uno de ellos, en el marco de una gestión escolar orientada a mejorar la calidad del servicio educativo y el logro de los aprendizajes de los estudiantes 2.4. Órgano de Participación. Es el órgano que participa en la toma de decisiones y en la promoción de una gestión transparente y eficaz de la institución educativa. Constituido como el espacio de participación, concertación y vigilancia, está orientado a fortalecer la organización y funcionamiento de la institución educativa.
  • 7. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” Integra a todos los actores educativos como aliados para el desarrollo de una gestión democrática, autónoma y centrada en los procesos pedagógicos. Se constituye en grupos de trabajo que integran a los diversos comités o secretarías especializadas constituidas en la institución educativa para asumir un rol preponderante en el funcionamiento de la misma, propiciando el tratamiento de las temáticas transversales. ARTÍCULO 11º. Son funciones del (la) Director(a) En lo INSTITUCIONAL: a) Representar legalmente a la Institución Educativa, en todo acto público y privado. b) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución Educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales; y atendiendo equitativamente las necesidades existentes en la Institución Educativa. c) Presidir el Consejo Educativo Institucional – CONEI-, promover las relaciones humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la comunidad educativa. d) Adjudicar la administración de kiosco de la Institución Educativa de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes, teniendo en cuenta el informe de la Comisión de Kiosco. e) Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos, de la Institución Educativa, de acuerdo con las normas oficiales; y, que la utilización de estos bienes no distorsione los fines educativos de la Institución. f) Mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos. g) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual. h) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad educativa. i) Promover un clima escolar favorable al logro de aprendizajes, gestionando estrategias orientadas a mejorar el ambiente laboral y la participación de los miembros de la comunidad educativa j) Otras funciones inherentes a su cargo especificado por ley. En lo PEDAGOGICO: a) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de Inter-aprendizaje y reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI y PCI. b) Aprobar la Programación Curricular Institucional, el sistema de evaluación. c) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando estrategias de estimulación de talentos y promoviendo la innovación pedagógica. d) Supervisar, Monitorear y acompañar el servicio educativo. e) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones, viajes de excursión y demás actividades pedagógicas en diversos lugares de la comunidad. f) Suscribir con Instituciones Educativas y/o afines, convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de capacitación y actualización docente. g) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la Institución Educativa en eventos de carácter deportivo, cultural y de prevención convocados por el Ministerio de Educación, y otras instituciones. h) Otras funciones inherentes a su cargo. En lo ADMINISTRATIVO: a) Aprobar el calendario anual, en base a los criterios técnicos dados por el ministerio de educación y de acuerdo a la realidad regional y local. b) Maximizar la calidad de los aprendizajes procurando elevar el rendimiento académico, estudiantil y docente, la innovación y la ejecución de acciones permanentes de mantenimiento y mejoras de la planta física, instalaciones, equipos y mobiliario. c) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudios. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los estudiantes en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, en cualquier momento del año.
  • 8. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” d) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de rendimiento deficiente o regular, adoptar medidas correctivas según por lo dispuesto en normas vigentes. e) Otorgar permiso al personal de la Institución Educativa. Hasta por tres (03) días no consecutivos, en casos debidamente justificados. f) Informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes de la Institución Educativa. g) Formular el presupuesto de la Institución Educativa y velar por la correcta administración de todos los recursos, incluyendo los recursos propios. h) Controla la asistencia y puntualidad del personal de la Institución Educativa i) Aprobar documentos normativos que orienten la vida de la Institución Educativa, en concordancia con las normas oficiales, sin saturar el tiempo de los docentes con obligaciones formales que limiten a las innovaciones. j) Otras funciones inherentes a su cargo. ARTICULO 12° Son funciones) de los/las coordinadores(as) pedagógicos a) Programar acciones para implementar y realizar seguimiento a las estrategias establecidas en el plan de mejora para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a su cargo. b) Coordinar la elaboración del análisis estadístico de los logros de aprendizaje en el diagnostico pedagógico de los logros de aprendizaje de las áreas curriculares a su cargo. c) Analizar, de manera colegiada y en forma periódica, los resultados de aprendizaje obtenido por los estudiantes en las distintas áreas curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejora de los aprendizajes. d) Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas, aula abierta) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los aprendizajes. e) Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los coordinadores correspondientes. f) Organizar al equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grado o ciclo, a partir de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de acompañamiento, para la mejora de su desempeño. g) Promover en los profesores el uso de estrategias y acciones de comunicación permanente y colaboración con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas, y la comunidad (Visitas de estudio, proyectos curriculares). h) Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones compartidas, aulas abiertas) para usar como insumo en la asesoría a los docentes. i) Orientar a los profesores el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares a su cargo j) Coordinar con el personal directivo de la I.E, la participación de los profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso de aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad. k) Orientar y supervisar especialmente el desarrollo de competencias socioemocionales en el área de educación para el trabajo. ARTICULO 13° Son funciones del coordinador(a) de tutoría a) Realizar el diagnostico de las necesidades de orientación de las y los estudiantes b) Elaborar la propuesta de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador y preventivo y adecuarla periódicamente. c) Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las actividades de tutoría. d) Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesores tutores. e) Sistematizar la experiencia de la implementación del sistema tutorial bimestre / trimestre para mejorar oportunamente. f) Implementar estrategias de articulación de la I.E con las familias de los estudiantes para la mejora de sus capacidades socioemocionales y cognitiva. g) Coordinar con el equipo directivo, docentes tutores y auxiliares la identificación de estudiantes que requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de recuperación.
  • 9. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” h) Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la institución educativa y del aula para fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes. i) Coordina con el director (a) la gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial en la I.E. j) Coordinar con los docentes de educación para el trabajo actividades relacionadas a la orientación vocacional (visitas, charlas, etc.) ARTÍCULO 14º. Son funciones del coordinador de innovación y soporte tecnológico ASPECTO TECNICO: • Realizar el mantenimiento preventivo de los equipos informáticos y de comunicación, protegerlos y detectar necesidades de reparación. • Asegurar el correcto funcionamiento de la red de datos. • Informar sobre el estado de los recursos tecnológicos a la dirección de la institución educativa. ASPECTO DE ASESORAMIENTO Y FORMACION DOCENTE: • Orientar a los docentes acerca del empleo adecuado y eficiente de los recursos educativos tecnológicos con los que cuenta la IE. • Coordinar el uso de los equipos disponibles. • Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación con el equipo directivo y en las reuniones convocadas por el docente del Aula de innovación (si lo hubiera) • Desarrollar propuestas de formación en alfabetización digital para el personal de la institución educativa, tomando en cuenta los diagnósticos iniciales. a) Cumplir las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato así como con las normas y directivas internas vigentes de la ENTIDAD que resulten aplicables a esta modalidad contractual, sobre la base de la buena fe laboral. b) Cumplir con la prestación de servicios pactados, según el horario que oportunamente le comunique la ENTIDAD. c) Sujetarse a la supervisión de la ejecución de los servicios por parte de la ENTIDAD. d) No divulgar, revelar, entregar o poner a disposición de terceros, dentro o fuera del centro de trabajo salvo autorización expresa de la ENTIDAD, la información proporcionada por esta para la prestación de servicio y en general y después de concluida la vigencia del presente contrato. e) Abstenerse de realizar acciones u omisiones que pudieran perjudicar o atentar la imagen institucional de la ENTIDAD, guardando absoluta confidencialidad f) Adoptar las medidas de seguridad que garantice la garantice la integridad de la documentación que se proporción g) No delegar ni subcontratar total ni parcialmente la prestación de sus servicios, teniendo responsabilidad por su ejecución y cumplimiento ARTÍCULO 15º. Son funciones del profesor: En lo INSTITUCIONAL a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PAT, PCI, RI, Proyecto de innovación, etc. b) Participar en la Institución Educativa y en otras instancias a fin de contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional así como del Proyecto Educativo Local, Regional y Nacional. c) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por la Institución Educativa. d) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan.
  • 10. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” e) Promover la participación de los padres de familia para el equipamiento, mantenimiento y conservación de la infraestructura, mobiliario y material educativo de la Institución Educativa. f) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación. g) Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la Institución Educativa. h) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de los estudiantes. i) Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que determinen las autoridades de la institución educativa o las entidades competentes. j) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole k) Presentarse con la indumentaria adecuada y aseo personal para realizar su labor docente dentro del criterio que exige el buen ejemplo. En lo PEDAGOGICO a) Programar, ejecutar y evaluar la programación curricular en el grado o área a su cargo y emitir los informes de orden pedagógico y disciplinario que se le solicite. b) Utilizar estrategias metodológicas para el proceso de enseñanza y aprendizaje de acuerdo a los enfoques que sustenta el PCI y Ministerio de Educación, que garanticen el mejoramiento de los aprendizajes en los estudiantes. c) Realizar acciones de recuperación pedagógica de sus estudiantes. d) Desarrollar el cronograma de las fechas del Calendario Cívico Patriótico, culturales, etc. e) Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanece en la Institución Educativa, incluyendo los momentos del recreo y del almuerzo. f) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional. g) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia h) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento i) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. En lo ADMINISTRATIVO a) Mantiene actualizada la documentación pedagógica administrativa (carpeta pedagógica o portafolio) de su área curricular y de las comisiones que forma parte integrante. b) Participar en las jornadas de capacitación docente, círculos de estudios o talleres que promueva la Institución Educativa para mejorar su desempeño profesional. c) Asistir a la Institución Educativa y al desarrollo de sus sesiones de enseñanza - aprendizaje puntualmente, haciendo las previsiones de material, equipos y otros, para no interrumpir el desarrollo de las mismas. d) Orientar las acciones educativas al fortalecimiento de un estilo de vida democrático, y a una sólida formación ética y moral fundamentado en los valores institucionales. e) Registrar, los calificativos de las evaluaciones de los estudiantes a su cargo, evitando borrones y enmendaduras, presentando los registros a la coordinación técnico-pedagógica para su revisión y entrega a la Dirección. f) Detectar a los estudiantes con problemas en el aprendizaje y comportamiento, informando al tutor o padre de familia y/o instancias que tenga esta función a dar solución. g) Informar a los estudiantes las capacidades, aprendizajes esperados y actitudes a desarrollar en su área, así como las estrategias metodológicas y los indicadores de evaluación. h) Solicitar a la Dirección la autorización para ingresar a la Institución Educativa los días no laborables para realizar actividades concernientes a su labor educativa. i) Las demás funciones, obligaciones establecidas en la legislación laboral y en la Constitución Política del Perú. ARTÍCULO 16º. Son funciones del auxiliar de educación En lo INSTITUCIONAL
  • 11. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” a) Orientar y dirigir las formaciones de los días, fechas y actividades de la Institución Educativa. b) Atender en primera instancia a los padres de familia sobre asuntos relacionados con el comportamiento, disciplina y asistencia; con la finalidad de solucionar los problemas manifestados en el estudiante. c) Propiciar el mantenimiento de un clima de responsabilidad, respeto y solidaridad sus compañeros, con los docentes, padres de familia y comunidad. d) Acompañar a los estudiantes que requieran atención médica en situaciones de enfermedad o cuando se suscite accidentes dentro de la Institución Educativa o fuera; siempre en cuando se trate de actividades programadas y aprobadas por la Dirección de la Institución Educativa. e) Acompañar a las delegaciones de estudiantes, a las actuaciones cívicas - patrióticas que realicen fuera de la Institución Educativa. f) Conformar y orientar a la escolta estudiantil, seleccionar brigadieres. g) Realizar otras funciones, afines al cargo que se les asigne. En lo PEDAGOGICO a) Orientar, dirigir y controlar el comportamiento de los estudiantes, según Normas de Convivencia y Disciplina establecidas por la Institución Educativa. b) Conformar y coordinar acciones con el Comité de Disciplina Escolar para mejorar el comportamiento de estudiantes observados. c) Fomentar hábitos de buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los estudiantes, así como el correcto y adecuado uso del uniforme y agenda escolar. d) Exigir que los estudiantes tengan una adecuada presentación personal con el uso correcto de las prendas de vestir. e) Orientar y apoyar a los estudiantes para que realicen actividades o acciones que permita la conservación de la infraestructura, mobiliario, material educativo, entre otros de la Institución Educativa. f) Dar charlas a los estudiantes sobre normas de urbanidad, drogadicción, amor y respeto a los símbolos patrios y otros en horas libres o en ausencia del profesor. g) Efectuar rondas periódicas en los diferentes ambientes de la Institución para velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias. h) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia. i) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. j) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, cualquier otra índole. k) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución Educativa a su cargo. l) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia. m) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del código de Ética de las Función Pública. n) Otros que se desprendan de la presente norma. En lo ADMINISTRATIVO a) Llevar al día registros de asistencia, control de la agenda estudiantil y disciplinaria, fichas de seguimiento de los estudiantes con problemas de comportamiento y fichas únicas de matrícula. b) Evaluar la conducta de los estudiantes, mediante el control de asistencia, puntualidad, orden disciplina y aseo. c) Entregar y recabar las tarjetas de información, citaciones, recomendaciones y otros. d) Participar en la matrícula, rellenado de libretas y otros. e) Informar a los docentes, sobre justificación de inasistencias de los estudiantes, a efecto de no establecer impedimento de los exámenes, dando cuenta a la Dirección. f) Controlar el ingreso y salida de los estudiantes a la Institución Educativa, velando por el orden. g) Informar a la Dirección sobre la inasistencia o ausencia del profesor utilizando para ello el parte de clase. h) Ingresar y salir obligatoriamente veinticinco (25) minutos antes y después respectivamente a la de la Institución Educativa. i) Otras funciones inherentes al cargo. ARTÍCULO 17º. Son funciones de la secretaria
  • 12. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” a) Elaborar la correspondencia oficial de la Institución Educativa: Resoluciones directorales, oficios, memorándum, estadísticas, etc. b) Organizar, cuidar y conservar la documentación a su cargo. c) Llevar el registro diario de ingreso y egreso de la documentación y derivarlos oportunamente. d) Actualizar las Nóminas de Matrícula, Actas, Consolidado de Notas de los estudiantes, por secciones, grados de estudios y remitirlas a través del SIAGIE a la UGEL (vía virtual). e) Mantener la existencia de útiles de oficina y encargarse de su disponibilidad. f) Orientar al público en general sobre gestiones a realizar y la situación de los documentos en los que tengan interés. g) Organizar la documentación del personal, Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Institución h) Preparar y revisar la documentación para la firma respectiva del/la directora/a. i) Realizar otras funciones a fines al cargo que le asigne la Dirección. j) (CAS) Cumplir las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato así como con las normas y directivas internas vigentes de la institución que resulten aplicables a esta modalidad contractual, sobre la base de la buena fe laboral. k) Cumplir con la prestación de servicios pactados, según el horario que oportunamente le comunique la institución. l) Sujetarse a la supervisión de la ejecución de los servicios por parte de la institución. m) No divulgar, revelar, entregar o poner a disposición de terceros, dentro o fuera del centro de trabajo salvo autorización expresa de la institución, la información proporcionada por esta para la prestación de servicio y en general y después de concluida la vigencia del presente contrato. n) Abstenerse de realizar acciones u omisiones que pudieran perjudicar o atentar la imagen institucional de la institución, guardando absoluta confidencialidad. o) Adoptar las medidas de seguridad que garantice la integridad de la documentación que se proporciona. p) No delegar ni subcontratar total ni parcialmente la prestación de sus servicios, teniendo responsabilidad por su ejecución y cumplimiento. q) Otras que establezcan la entidad o que sean propias del puesto o función a desempeñar. ARTÍCULO 18º. Son funciones del personal de mantenimiento a) Mantener el aseo permanente de las aulas, patio, pisos, servicios higiénicos, paredes, ventanas, etc., de acuerdo a la racionalización y distribución del trabajo. b) Custodiar los equipos, herramientas, bienes y enseres de la Institución Educativa. c) Vigilar el adecuado uso del fluido eléctrico, así como el buen estado de las lámparas fluorescentes. d) Apoyar en el desarrollo de las diversas actividades de la Institución Educativa. e) Arreglar las instalaciones de agua e instalaciones eléctricas, dentro de sus posibilidades. f) Tratar cordialmente y con respeto a todos los miembros de la Comunidad Educativa y visitas a la Institución Educativa. g) Registrar durante su turno en forma escrita y detalladamente las ocurrencias en el cuaderno. h) Participar en las diversas actividades de la Institución Educativa. i) Realizar otras funciones afines, que lo asigne el /la directora(a). de la Institución Educativa. ARTÍCULO 19º. Son funciones del personal de vigilancia a) Cumplir actividades de vigilancia y seguridad en horario y en días establecidos. b) Controlar el ingreso de materiales diversos dentro de su jornada de trabajo, dando cuenta en el día a la Dirección. c) Velar por la seguridad y conservación de los bienes de la Institución Educativa. h) Realizar rondas permanentes por todos los ambientes de la Institución Educativa, verificando que todo este sin novedad, en caso contrario tomará las acciones más convenientes. i) Revisar cada uno de los ambientes verificando que no existen aulas, luces y/o artefactos encendidos. j) Controlar y orientar el ingreso y salida de personas del interior del local, así como de los equipos, materiales y otros, que cuenten con autorización del / de la directora(a). k) Recepcionar el inventario de los bienes muebles e inmuebles que estará bajo su custodia en el turno y horario establecido. l) Informar oportunamente y bajo responsabilidad a la Dirección de la Institución Educativa sobre irregularidades suscitadas. m) Informar a la autoridad inmediata, a la Policía Nacional o Serenazgo, de cualquier emergencia que se pudiera presentar.
  • 13. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” n) Realiza otras funciones afines, que lo asigne la Dirección de la Institución Educativa. CAPITULO III: GESTIÓN PEDAGÓGICA E INSTITUCIONAL 3.1. Calendarización y horario académico ARTÍCULO 20°. De la calendarización. El año lectivo tiene una duración mínima de 49 semanas divididas en cuatro Bimestres, con un mínimo de 1600 horas efectivas. • Primer Bimestre: Del 14 de Marzo al 20 de Mayo • Segundo Bimestre: Del 23 de Mayo al 22 de Julio Vacaciones: Del 25 de Julio al 05 de Agosto • Tercer Bimestre: Del 08 de Agosto al 14 de Octubre • Cuarto Bimestre: Del 17 de Octubre al 16 de Diciembre ARTÍCULO 21°. Del horario académico. La hora pedagógica tiene una duración de 45 minutos. Con dos recreos: el primero de 10 minutos y el segundo de 45 minutos diarios durante los cinco (05) días de la semana. ACTIVIDAD DÍAS HORAS Ingreso Lunes a Viernes 07:00 a 7:30 Formación Lunes a Viernes 07:30 a 07:45 Clases y Actividades permanentes Lunes a Viernes 07:45 a 03:30 3.2. Artículo 22° Del Proyecto Educativo Institucional El Proyecto Educativo Institucional (PEI) es el principio ordenador de la institución Educativa, en él está plasmado el marco teórico bajo el cual surgen los objetivos pedagógicos; aquí se presenta la "Visión" de la Institución, es decir, la propuesta a futuro, la mirada hacia el horizonte. 3.3. Artículo 23° Del Proyecto Curricular de la Institución Constituye la concretización del Proceso de Diversificación Curricular a nivel de I.E. Es el Instrumento matriz para la programación curricular; es elaborado y aprobado por el equipo de docentes de las diferentes Áreas, recoge los Lineamientos del PEI, del Diseño Curricular Nacional, las necesidades e intereses de los estudiantes. El PCI orienta la programación y el desarrollo curricular a nivel Institucional hacia la concretización de la Misión y Visión del PEI. Por tanto; su elaboración, ejecución y evaluación, exige la participación de la Comunidad Educativa; una vez aprobado es de uso obligatorio por todos los docentes. 3.4. Artículo 24° Del Plan Anual de Trabajo El Plan Anual de Trabajo (PAT) es una herramienta de gestión que orienta las acciones de la IE en función de los aprendizajes. Su propósito es ordenar las tareas en la IE a través de los compromisos de gestión escolar, para ello realiza actividades específicas, operativas, que se dirijan y estén centradas en la mejora de los aprendizajes de los estudiantes 3.5. De la evaluación y recuperación pedagógica ARTÍCULO 25º.De la evaluación: La evaluación de los aprendizajes en las Instituciones Educativas de Educación Secundaria está normada en las disposiciones señaladas en la Directiva Nº 004-2005 VMGP – ED. Evaluación de los Aprendizajes de aprobada por R.M. Nº 0234- 2005-ED. ARTÍCULO 26º. Recuperación pedagógica: El Programa de Recuperación Pedagógica en la IE tiene una duración de seis (06) semanas y/o 18 días efectivos. La Dirección de la Institución Educativa está facultada para programar, organizar y ejecutar el PRP en el período vacacional. Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, no pueden asistir al programa en su IE, pueden llevarlo en otra IE, siempre y cuando tengan –obligatoriamente- la autorización expedida por la Dirección de la Institución Educativa de procedencia u origen. También comprende la Evaluación de Recuperación que atiende a
  • 14. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” los estudiantes que no acudieron presencialmente al programa y se someten a una sola evaluación en fecha programada con anticipación. ARTÍCULO 27º. El Programa de Recuperación Pedagógica, es autofinanciado, en nuestra Institución Educativa comprende a su vez dos programas: 1) Programa de Recuperación Pedagógica (PRP) dirigido a estudiantes de 1ro a 5to grado que al finalizar el año tengan de una a tres áreas desaprobadas; 2) Programa de Reforzamiento, dirigido a alumnas de 1ro a 4to que deseen reforzar contenidos o adelantar al año siguiente. ARTÍCULO 28º. Los estudiantes que después de la evaluación de recuperación, se mantengan con un área desaprobada serán evaluados en el transcurso del año en los meses de Agosto a Octubre, hasta nueva disposición del Ministerio de Educación, lo cual no impide la actualización de datos o matrícula. ARTÍCULO 29°. Los estudiantes que, después de participar en el programa de recuperación y en la evaluación de recuperación, se mantengan con dos áreas desaprobadas repiten automáticamente el grado. 3.6. Artículo Del Comité de Tutoría y Orientación Educativa y Convivencia Democrática Escolar y Normas de Convivencia actualizadas. Este comité está encargado de organizar y coordinar las actividades tutoriales (Directiva Nº 003-2005- OTUPI/VMGP). Una vez conformado, se instala mediante un acta, que será remitida inmediatamente a la UGEL - Ventanilla. ARTÍCULO 30º Integran el Comité de Tutoría: a) El/la Director/a, quien lo preside, o su representante. b) El/la Coordinador/a de Tutoría y Orientación Educativa. c) El/la Subdirector/a de Disciplina y Valores incorporado por la Región Callao. d) Un representante de los tutores por ciclo. e) Un representante de los auxiliares de educación, cuando sea pertinente. f) Psicólogo(a) o asistenta social. g) Representantes del Municipio Escolar y del Consejo de Brigadieres de la institución Educativa. ARTÍCULO 31º Las funciones del Comité de Tutoría y Convivencia Estudiantil son: a) Contextualizar las actividades de (ATI), que incluyen los Programas de Prevención y Convivencia Escolar, de acuerdo al diagnóstico del PEI. b) Organizar, programar, orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de Tutoría y Orientación Educacional. c) Promover y organizar capacitaciones dirigidas a los estudiantes, docentes y padres de familia. d) Asegurar la incorporación de las acciones de (ATI) en el PEI, PCI y PAT. Promover la realización de reuniones entre tutores por grado para el intercambio de experiencias, de forma periódica a lo largo del año. COORDINADOR/A DE TUTORÍA Y CONVIVENCIA ARTÍCULO 32º. El profesor que esté a cargo de coordinar la tutoría debe ser elegida considerando las características que se describen en el perfil del tutor (vigentes (RSG N° 041-2016-MINEDU), que incluyen: integridad, compromiso y capacidad profesional. Debe ser reconocido por la UGEL mediante Resolución Directoral. a) En la Institución Educativa existe el Comité de Disciplina Escolar, que forma parte del presente reglamento, con sus propios objetivos, funciones, integrantes, procedimientos. ARTÍCULO 33º Las funciones del Coordinador de Tutoría son: b) Convocar las reuniones y velar por el cumplimiento de las funciones del Comité de Tutoría. c) Verificar la elaboración del Plan Tutorial de Aula. d) Asesorar a los tutores en el desarrollo de sus actividades. e) Administrar el archivo de los documentos elaborados por cada tutor, sobre la labor realizada con sus respectivos estudiantes. f) Además de las funciones que consigna la ( RSG N° 041-2016-MINEDU)
  • 15. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” g) Coordinar y ejecutar los talleres de la escuela de padres. h) Propiciar actividades extracurriculares. 3.7. De los materiales y biblioteca escolar ARTÍCULO 34° El conjunto de medios y materiales educativos de la Institución Educativa constituye el Centro de Recursos Educativos y está conformado por: a) Los materiales y equipos de los laboratorios del área de Ciencias, Tecnología y Ambiente. b) Materiales y equipos del área de Inglés c) Materiales y equipos del área de Matemática, Comunicación, EPT y CRT d) La bibliografía física y virtual de la Biblioteca. e) Los recursos audiovisuales. f) Los recursos del Área de Educación Física. g) Recursos de otras Áreas. Todos deben estar al servicio de las diferentes Áreas, docentes y estudiantes, su cuidado, mantenimiento e implementación es de responsabilidad de toda la comunidad educativa. ARTÍCULO 35º Los recursos educativos a que se hace mención en el artículo anterior, deben estar registrados en el inventario de la Institución Educativa. Los bienes adquiridos ingresan al inventario vía Resolución Directoral, así mismo se da de baja un material previo informe de los responsables, previa verificación y Resolución Directoral de baja respectiva. En ambos casos debe informarse a la superioridad. 3.5. De las actividades recreativas y deportivas DE LAS ACTIVIDADES EXTRA-CURRICULARES ARTÍCULO 36º. Las actividades recreativas y deportivas constituyen espacios formativos importantes en nuestra Institución Educativa que deben estar establecidas y programadas, en el Plan Anual de Trabajo. ARTÍCULO 37°. Constituyen espacios recreativos con carácter educativo: • Los paseos y excursiones. • Las actividades del Calendario Cívico Escolar. • Las visitas a otras instituciones y lugares públicos o privados. • El recreo cotidiano. • Los encuentros de confraternidad entre Padres de Familia y los del Personal de la Institución Educativa. ARTÍCULO 38°. Constituyen espacios deportivos con carácter educativo: • Los Juegos Deportivos Escolares Nacionales. • Las actividades deportivas por el día de la Educación Física. • El campeonato de Copa de Valores de la Institución Educativa • El campeonato “Deporte Magisterial” organizado por el SUTEP y la UGEL – Ventanilla. • Los estudiantes, que sean calificados y tengan aptitudes para ser seleccionados en las diferentes disciplinas deportivas, deberán participar en forma responsable en representación de la Institución Educativa, UGEL, DREC y MINEDU. • Los encuentros deportivos de Padres de Familia y del personal CAPITULO IV: Gestión Administrativa y Organizativa 4.1 De la matrícula y actualización de datos. ARTÍCULO 39º. Por delegación de funciones la Dirección, es responsable de la programación, ejecución y evaluación del proceso de Matrícula de los estudiantes en cada año escolar. a) La matrícula y ratificación de la matrícula, se inicia la segunda quincena del mes de Diciembre y concluye la segunda semana del mes de Enero del año escolar correspondiente, previo cronograma y publicación establecida. b) Para que el estudiante esté legalmente matriculado en la Institución Educativa, el padre de familia debe ACTUALIZAR sus datos y cumplir con la presentación de los siguientes documentos: libreta
  • 16. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” de notas, partida de nacimiento original, DNI del estudiante y de los Padres o apoderados, ficha de matrícula, certificado de buena conducta, ficha de afiliación al seguro y otros. c) La expedición y control de las vacantes por cada grado es responsabilidad de la Dirección de la Institución Educativa. d) Para conceder traslados de matrícula, se requerirá la presentación de constancias de No adeudar libros a la Biblioteca u otros bienes pertenecientes a la Institución Educativa. e) El estudiante que solicite ser trasladado a nuestra Institución deberá presentar todos los documentos legales, así como el Certificado de Buena Conducta con nota aprobatoria literal “A y/o AD”. f) Se matriculará y se ejercerá orientación y monitoreo a aquellos estudiantes que tengan Compromiso de matrícula por actos de indisciplina, dentro y fuera de la Institución Educativa. Asimismo, se tendrá en cuenta el informe del Comité de Disciplina Escolar para la ratificación de la matrícula. g) Se matriculará al estudiante que repite por única vez, previo compromiso de matrícula del padre de familia y del estudiante, acogiéndose al taller psicológico de la Institución. 4.2. Del horario del personal a) Personal directivo. La jornada laboral para el personal directivo corresponde a 40 horas cronológicas semanales tomando en cuenta la Jornada Escolar Completa. b) Personal docente. La jornada laboral de los profesores en el Modelo Jornada Escolar Completa es de 30 horas de las cuales se tomarán hasta 26 horas pedagógicas y (JEC). Cada hora pedagógica tiene una duración de 45 minutos. c) Personal administrativo. Establece el horario 7 horas 45 minutos diarios de Enero a Diciembre, con 45 minutos de refrigerio adicionales diarios. La jornada de trabajo se cumple de lunes a viernes, de conformidad con el D.L Nº 17082 y D.L Nº 18223. ARTÍCULO 40º. La jornada laboral de todos los trabajadores de la Institución Educativas se registra en el cuaderno de Asistencia Diaria (visado y enumerado) y/o tarjetero, donde deberá anotar apellidos y nombres, hora de ingreso y hora de salida acompañada con su respectiva firma. Es el documento que sustenta la formulación única de pagos. ARTÍCULO 41º. En caso de no registrarse la hora de ingreso o salida y su respectiva firma en el cuaderno de Asistencia Diaria (visado y enumerado) y/o tarjetero se considera inasistencia a la Institución Educativa. ARTÍCULO 42º. Los descuentos por inasistencias procederán en forma automática. Sólo se justificarán aquellas inasistencias refrendadas por el certificado médico oficial por ESSALUD o visado por la asistenta social de ESSALUD y/o UGEL las atenciones en particulares. ARTÍCULO 43º. En casos excepcionales, si no se llegara afirmar la hora de salida, se deberá justificar dentro de las 24 horas en forma escrita. ARTÍCULO 44º. Los servidores que por razones de enfermedad se encuentran impedidos de concurrir a la institución Educativa, están obligados a dar aviso a la Dirección por teléfono en el mismo día y en el término de las 24 horas posteriores por escrito y con documentos sustentatorios según sea el caso. ARTÍCULO 45º. Los profesores darán atención a los Padres de Familia con previa cita por escrito en la Agenda Escolar, y en concordancia con su respectivo horario; en caso de no llegar a la hora puntual el profesor tomará su criterio para la atención al Padre de Familia. TARDANZAS ARTÍCULO 46º. Tardanza es el ingreso a la institución Educativa después de las 7:45 a.m., y de acuerdo a la carga horaria del personal docente. ARTÍCULO 47º. Constituye inasistencia: a) La no concurrencia a la institución Educativa. b) Habiendo asistido y no desempeñar sus funciones. c) El retiro antes de la hora de salida, sin justificación alguna. d) La omisión del registro de asistencia sin justificación. e) La omisión de firma al ingreso y salida al centro de la institución Educativa.
  • 17. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” ARTÍCULO 48º. Las tardanzas e inasistencias injustificadas no solo dan lugar a los descuentos correspondientes, sino que las mismas son consideradas como faltas de carácter disciplinario, sujetas a las sanciones de ley. 4.4. De los deberes y derechos del personal ARTÍCULO 49º. Son derechos del (la) Director(a) a) A ser consultada para la toma de decisiones en concordancia al cargo. b) A liderar en mejora de la calidad educativa con el apoyo de los diferentes instrumentos de gestión educativa. c) A racionalizar los bienes, servicios y personal en provecho de la Institución Educativa. d) A hacer carrera dentro del Magisterio Peruano en base al mérito, sin discriminación política, religiosa. ARTÍCULO 50º. Son derechos de los/las coordinadores(as) 1 pedagógicos a) A ser respetadas en sus funciones como profesores/as y como personas humanas. b) A formular sus ideas innovadoras, opiniones y ser escuchadas. c) A ser consultadas en los temas relacionados al cargo. d) A propiciar acciones para mejorar y ejecutar el PCI, PEI y otros instrumentos de gestión. e) A propiciar charlas o diálogos de intercambio de conocimientos y experiencias educativas. f) A acompañar al director en los momentos de monitoreo y acompañamiento. g) A ser reconocidos por su labor. ARTÍCULO 51º. Son derechos del coordinador de innovación y soporte tecnológico a) Percibir la remuneración mensual acordada en la cláusula sexta del presente contrato. b) Gozar de veinticuatro (48) horas continuas mínimas de descanso por semana. Dicho descanso se tomara todos los días domingo de cada semana, salvo pacto en contrario. c) Hacer uso de quince (15) días calendarios de descanso físico por año cumplido. Para determinar la oportunidad del ejercicio de este descanso, se decidirá de mutuo acuerdo. A falta de acuerdo, decidirá la ENTIDAD observando las disposiciones correspondientes. d) Gozar efectivamente de las prestaciones de ESSALUD, conforme a las disposiciones aplicables. e) Afiliarse a un régimen de pensiones. En el plazo de (10), días, contados a partir de la suscripción del contrato, el trabajador deberá presentar Declaración Jurada especificando el régimen de pensiones al que desea estar afiliado o al que ya se encuentra afiliado. f) Gozar del permiso de lactancia materna y/o licencia por paternidad según las normas correspondientes. g) Gozar de los derechos colectivos de sindicalización y huelga conforme a las normas sobre la materia. h) Gozar de los derechos a que hace referencia la ley 29783-Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. e) Los demás derechos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008 económica, de raza o de sexo, ni de ninguna otra índole. ARTÍCULO. 52º son derechos de los profesores. a) A estar informado de todas las acciones educativas realizadas en la Institución Educativa b) A ser elegido y elegir a los representantes de los diferentes órganos de la Institución Educativa. c) A ser escuchados y ser respetados por sus opiniones democráticamente d) Tener un (01) día de descanso remunerado por onomástico, un (01) día de descanso por Día del Maestro. e) Acceso al uso de los medios, materiales y ambientes de la Institución Educativa, previa coordinación con las instancias responsables. f) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona. g) Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala magisterial. h) Recibir las asignaciones y los incentivos que se establecen en la presente ley. i) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la presente Ley. j) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en el escalafón. 1
  • 18. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” k) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la normatividad vigente. l) Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de carácter cultural y social fomentados por el Estado. m) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su reglamento. n) Vacaciones o) Seguridad social, de acuerdo a ley. p) Libre asociación y sindicalización. q) Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos. r) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política y sindical, según el caso. s) Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa. t) Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en Ley. u) Percibir una compensación por tiempo de servicios. v) Gozar del cincuenta por ciento de descuento en las tarifas para espectáculos culturales. w) Mención honorífica con el otorgamiento de las Palmas Magisteriales y otros reconocimientos similares. x) Agradecimientos, felicitaciones y condecoraciones mediante resolución directoral regional, Ministerial o suprema. y) Viajes de estudio, becas y pasantías al interior del país o al exterior. ARTÍCULO 53º. Son derechos de los auxiliares de educación a) A ser tratado con respeto y cordialidad como personas humanas. b) A ser escuchados y respetados en sus opiniones y funciones c) A ser elegidos y elegir a sus representantes en distintas acciones educativas. d) Participar sin distinción en eventos pedagógicos y culturales organizados por la Institución Educativa e) Percibir oportunamente una remuneración justa, acorde al costo de vida actual y asimismo a los beneficios y bonificaciones que otorga el estado a los demás servidores públicos. f) Disfrutar los descansos y vacaciones correspondiente g) Hacer uso de 60 días calendarios de descanso físico por año cumplido. h) Gozar efectivamente de las prestaciones de ESSALUD, conforme a las disposiciones aplicables. i) Afiliarse a un régimen de pensiones. j) Gozar del permiso de lactancia materna y/o licencia por paternidad según las normas correspondientes. k) Libre asociación y sindicalización. Gozar de los derechos colectivos de sindicalización y huelga conforme a las normas sobre la materia. l) Gozar de los derechos a que hace referencia la ley 29783-Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. m) Los demás derechos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCMy modificatorias. n) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le corresponde. o) Recibir las asignaciones, incentivos y demás beneficios que correspondan de acuerdo a ley. p) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece el presente reglamento. q) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas. r) Vacaciones. s) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por motivos de representación política y sindical, según sea el caso. t) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente norma. u) Reconocimiento por parte del estado la comunidad y los padres de familia de sus acciones sobresalientes en el ejercicio de su función. v) Designar al equipo de brigadieres y policías escolares de la I.E. w) Velar por el cumplimiento de las fechas cívicas del calendario cívico escolar. ARTÍCULO 54º. Son derechos del personal administrativo (secretaria, mantenimiento y guardianía) CAS a) A tener un trato humanitario y comprensivo desde todos los estamentos.
  • 19. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” b) A recibir estímulos por el trabajo eficiente y sobresaliente. c) A recibir cursos de actualización desde las funciones. d) A respetar el horario de trabajo considerando el refrigerio y días de descanso. e) Ser informados oportunamente para evitar imprecisiones f) Percibir la remuneración mensual acordada en la cláusula sexta del presente contrato. g) Gozar de descanso por semana de 48 horas. h) Hacer uso de quince (15) días calendarios de descanso físico por año cumplido. i) Gozar efectivamente de las prestaciones de ESSALUD, conforme a las disposiciones aplicables. j) Afiliarse a un régimen de pensiones. k) Gozar del permiso de lactancia materna y/o licencia por paternidad. ARTÍCULO 55º Son derechos del vigilante a) Percibir la remuneración mensual acordada en la clausula sexta del presente contrato. b) Gozar de veinticuatro (24) horas continuas mínimas de descanso por semana. Dicho descanso se tomara previo pacto considerando la seguridad de los bienes de la institución. c) Hacer uso de quince (15) días calendarios de descanso físico por año cumplido. d) Gozar efectivamente de las prestaciones de ESSALUD, conforme a las disposiciones aplicables. e) Afiliarse a un régimen de pensiones. f) Gozar del permiso de lactancia materna y/o licencia por paternidad. 4.5. Estimulación y sanciones del personal ARTÍCULO 56º. De los estímulos. Las acciones positivas, meritorias extraordinarias y sobresalientes en el cumplimiento de sus funciones: • Por obtener primeros puestos en concursos locales, regionales y nacionales; • Acciones de promoción educativa en horarios extraescolares; • Planificación y ejecución de proyectos de innovación, cumplimiento eficiente y sobresaliente del trabajador de la Institución Educativa en el desempeño de sus funciones. Previa evaluación e informe serán estimuladas con: a) Reconocimiento y agradecimiento verbal y escrito. b) Mención honrosa pública. c) Ser promovidos a nivel interno. d) Participar en eventos académicos como representantes de la Institución Educativa. e) Participar en el Programa Educativo Vacacional u otros beneficios de la Institución Educativa. f) Emisión y Gestión de oficios, certificados y Resoluciones de Felicitación. g) Trámite ante la UGEL- Ventanilla, DRE-Callao y/o MED de resoluciones de felicitación u otros estímulos. ARTÍCULO 57º. Son faltas del (la) Director(a). Las que incurra en las faltas del procedimiento administrativo a su cargo a) Negarse a recibir injustificadamente solicitudes, recursos, declaraciones, informaciones o expedir constancia sobre ellas. b) No entregar, dentro del término legal, los documentos recibidos a la autoridad que deba decidir u opinar sobre ellos. c) Demorar injustificadamente la remisión de datos, actuados o expedientes solicitados para resolver un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo. d) Resolver sin motivación algún asunto sometido a su competencia. e) Ejecutar un acto que no se encuentre expedito para ello. f) No comunicar dentro del término legal la causal de abstención en la cual se encuentra incurso. g) Dilatar el cumplimiento de mandatos superiores o administrativos o contradecir sus decisiones. h) Intimidar de alguna manera a quien desee plantear queja administrativa o contradecir sus decisiones. i) Incurrir en ilegalidad manifiesta. j) Difundir información confidencial a que se refiere el numeral 160.1 de esta Ley. k) Brindar información no veraz de la Comunidad Educativa. ARTÍCULO 58º. Son faltas de los coordinadores(as) a) Inasistir o llegar tarde a las reuniones y demás actividades a su cargo y actividades programadas. b) Descuidar la coordinación oportuna de las acciones a realizar a nivel de Áreas y Comisiones.
  • 20. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” c) Divulgar y distorsionar acuerdos internos del Equipo entre otros, generando malestar y ruptura de las relaciones humanas. d) Plantear opiniones y hacer afirmaciones que dañen la dignidad de los demás. e) Incumplir adecuadamente sus funciones. f) Abandonar la Institución Educativa, en horario de trabajo sin previa justificación. ARTÍCULO 57º. Son faltas de los docentes a) Mostrar indiferencia, desinterés e improvisación en las acciones relacionadas a los objetivos PEI y de la tarea educativa. b) Causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa. c) Ejecutar, promover o encubrir, dentro o fuera de la institución educativa, actos de violencia física, de calumnia, injuria o difamación, en agravio de cualquier miembro de la comunidad educativa. d) Incurrir en actos de violencia o causar grave perjuicio contra los derechos fundamentales de los estudiantes y otros miembros de la comunidad educativa y /o institución educativa, así como impedir el normal funcionamiento de los servicios públicos. e) Maltratar físicamente o psicológicamente al estudiante causando daño grave f) Realizar conductas de hostigamiento sexual y actos que atenten contra la integridad, intimidad y libertad sexual tipificados como delito en el código penal. g) Llegar en estado de ebriedad a la Institución Educativa o bajo los efectos de alguna droga h) Realizar actividades comerciales o lucrativas, en beneficio propio o de terceros, aprovechando el cargo o la función que se tiene dentro de la institución educativa, con excepción de las actividades que tengan objetivos académicos. i) Incurrir tardanzas reiteradas e inasistencias injustificadas al trabajo educativo por más de tres (3) días consecutivos o cinco (5) discontinuos en un periodo de dos (2) meses. j) Realizar en su centro de trabajo actividades ajenas al cumplimiento de sus funciones de profesor o directivo, sin la correspondiente autorización k) Abandonar la Institución Educativa en horario de trabajo sin previa justificación l) Firmar y retirarse sin explicación o justificación alguna en eventos y asambleas convocadas oportunamente. m) Fomentar comentarios negativos que dañan a la persona y a nuestra institución. n) Realizar en su centro de trabajo actividades de proselitismo político partidario en favor de partidos políticos, movimientos, alianzas o dirigencias políticas nacionales, regionales o municipales. o) Provocar conflictos de todo tipo o instigar a los estudiantes a actos de indisciplina. p) Condicionar las notas a cuotas u otros requerimientos a los estudiantes y compañeros de trabajo. q) Vender textos, así como pedir cuotas de cualquier índole o por cualquier motivo sin previa coordinación y aprobación de la Dirección. r) Privar del descanso y recreo a los estudiantes. s) Inasistir a las actividades acordadas y programadas en el PAT. Para las Jornada Pedagógicas y fechas del calendario cívico y otros que se acuerden democráticamente. t) Incumplimiento en la entrega de Programas Curriculares, resultados de evaluaciones, informes y demás informes requerido. u) Hacer abstracta, difícil y rutinaria la programación y desarrollo de los aprendizajes. ARTÍCULO 58º. Son faltas de los auxiliares de educación a) Mostrar indiferencia, desinterés e improvisación en las acciones relacionadas a los objetivos PEI y de la tarea educativa. b) Actuar con apatía, deficiencia y rutina en el ejercicio de sus funciones. c) Rechazo y deficiencia en la entrega de libretas, citaciones y avisos varios a los estudiantes. d) Crear conflictos en la relación de estudiantes y de compañeros de trabajo. e) Tratar con maneras discriminatorias a los estudiantes. f) Trato vertical y autoritario a los estudiantes y compañeros de trabajo. g) Impuntualidad reincidente. h) Inasistencias injustificadas al trabajo educativo y a las actividades del PAT. i) Firmar y retirarse sin explicación o justificación alguna en eventos y asambleas convocadas oportunamente. j) Incumplir con la entrega de notas, registros, informes u otros documentos que se requiera. k) Suplantar firmas de asistencia del compañero de trabajo en horas de ingreso y salida. l) Maltrato físico y/o psicológico al estudiante.
  • 21. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” m) Hostigamiento sexual y tocamientos indebidos ARTÍCULO 59° Son faltas del personal administrativo a) La reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores relacionadas con sus labores. b) Realizar otros trabajos que no correspondan a la Institución Educativa. c) Deteriorar el mobiliario o equipo de trabajo. d) Faltar a la verdad, calumniar a sus compañeros de trabajo. e) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de su superior del personal jerárquico y de los compañeros de labor. f) Abandonar la Institución Educativa en horario de trabajo sin previa justificación. g) Provocar conflictos de todo tipo. h) Impuntualidad reincidente o incumplir el horario establecido de ingreso y salida. i) La negligencia en el desempeño de las funciones. j) El impedir el funcionamiento del servicio público. k) La utilización o disposición de los bienes de la entidad en beneficios propio o de terceros. l) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas. m) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la función con fines de lucro. n) El causar intencionalmente daños materiales en los locales, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentación y demás bienes de propiedad de la entidad o en posesión de ésta. o) Los actos de inmoralidad. p) Las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendario o más de quince días no consecutivos en un período de ciento ochenta días calendario. q) Inasistencia injustificada al trabajo educativo y a las actividades el PAT. r) Alterar el turno que se les haya asignado durante las horas destinadas para el período de almuerzo o descanso. ARTÍCULO 60º. Son prohibiciones e impedimentos. De los empleados públicos que presten servicios en los órganos de gestión y administración del Ministerio de Educación, se encuentran prohibidos de impedidos de: a) Ejercer la actividad pública con el objeto de obtener ventajas de cualquier índole para sí o para terceras personas naturales o jurídicas y/o como mecanismo de coacción ante cualquier entidad del Estado o del sector privado. b) Trasladar o entregar a personas naturales o jurídicas la documentación clasificada como “secreta”, “reservada” o “confidencial”, incluyendo la contenida en medios magnéticos, en lugares no autorizados o no vinculados con la actuación pública. c) Recibir y/o solicitar, directa o indirectamente, para sí u otras personas, algún estipendio, obsequio, honorario u otro tipo de retribución económica, así como cualquier otro beneficio, distinción, agasajo, atención u otros presentes, cualquiera sea la forma, modalidad o cuantía patrimonial de los mismos, por parte de personas naturales o jurídicas. d) Realizar dentro de la jornada de trabajo o durante la prestación del servicio contratado, actividades distintas a las asignadas. e) Prestar por cuenta propia o por intermedio de terceros, servicios permanentes o eventuales de asesoramiento, vinculados a actividades que se encuentren enmarcadas dentro de las funciones asignadas o establecidas en la relación contractual. No está comprendida la actividad docente, siempre que ésta no genere un conflicto de intereses. f) Transmitir, divulgar y/o difundir a terceros, total o parcialmente, el contenido de la información de la cual tenga o haya tenido conocimiento en el ejercicio de la actuación pública, salvo que se trate de información de carácter público, o que medie mandato judicial que así lo requiera. g) Formalizar relaciones laborales, económicas o financieras con entidades que pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones públicas que ejercen, para lo cual se tendrá presente que constituye “intereses en conflicto”: la situación en la que los intereses personales de los servidores públicos que prestan servicios en los órganos de gestión y administración del Ministerio de Educación, colisionan con el interés público y el ejercicio de sus funciones, entendiéndose que cualquier actuación que realicen debe estar dirigida a asegurar el interés público y no a favorecer intereses personales o de terceros.
  • 22. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” h) Ser postores y/o contratistas en los procesos de selección que se convoquen en las Unidades Ejecutoras del Sector Educación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. i) En los casos en que se formulen consultas profesionales especializadas o se recurra a servicios de investigación u otros similares; se exigirá contractualmente a los terceros la confidencialidad en la información. j) Realizar actividad política partidaria durante el cumplimiento de las labores k) Emitir opinión a través de los medios de comunicación social sobre asuntos del Estado, salvo autorización expresa de la autoridad competente. l) Celebrar por sí o por terceras personas o intervenir, directa o indirectamente, en los contratos con su Entidad en los que tengan intereses el propio servidor, su cónyuge o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. m) Realizar actos de hostigamiento sexual. 4.6. Del monitoreo y asesoramiento al personal ARTÍCULO 61º. Para comprender el concepto de monitoreo en el país, es importante precisar los términos y acepciones que se vinculan a ella. Al respecto el Consejo Nacional de Educación indica. Monitoreo es el recojo de información en el terreno, haciendo seguimiento a los indicadores que nos permiten comprobar la calidad y el logro a nivel de los insumos, procesos y productos esperados. (...) Acompañamiento es el acto de ofrecer asesoría continua, es decir, el despliegue de estrategias y acciones de asistencia técnica, a través de las cuales, una persona o equipo especializado visita, apoya y ofrece asesoramiento permanente al docente y al director en temas relevantes a su práctica. ... proceso sistemático y permanente, mediado por el acompañante, con el objeto de interactuar con el docente y el director para promover la reflexión sobre su práctica; es decir, para incentivar tanto el descubrimiento de los supuestos que están detrás de dicha práctica como la toma de decisiones para realizar los cambios necesarios. Esta reflexión debe servir para iniciar un proceso de transformación y mejora de la práctica pedagógica misma de modo que se garantice el logro de aprendizajes desde una perspectiva integral. (Ministerio de Educación Lima 2014- Protocolo de acompañamiento pedagógico) ARTÍCULO 62º. Se llama así, al Proceso Técnico de Orientación y Asesoramiento instituido para optimizar las actividades pedagógicas en las instancias de gestión educativa descentralizada. Está centrada en el mejoramiento continuo de los procesos de aprendizaje, el desempeño profesional de los docentes, y el ofrecimiento de la oportuna y consistente información para una acertada toma de decisiones. Entendida así, la supervisión pedagógica garantiza una acción más enriquecedora y formativa, facilita un trato más humano a todos los agentes y actores educativos; dando pase a la creatividad y criticidad, dejando de lado la búsqueda de errores para mal juzgar y sancionar. ARTÍCULO 63º. Sobre los lineamientos como proceso incorpora el Monitoreo Pedagógico como estrategia de seguimiento destinado a identificar de manera sistemática la calidad de desempeño de un sistema, sub-sistema o proceso a efecto, de introducir los ajustes a los cambios pertinentes y oportunos para el logro de resultados y efectos en el entorno; y el Acompañamiento Pedagógico entendido como un servicio destinado a ofrecer asesoría planificada, continua, contextualizada, interactiva y respetuosa del saber adquirido por directores, especialistas y docentes, orientado a la mejora de la calidad de los aprendizajes de los estudiantes, del desempeño docente y de la gestión de la institución educativa. a. Recabar información relevante y actualizada sobre la gestión educativa y sus resultados, e integrar de manera coherente los datos de los diversos contextos educativos. b. Establecer mecanismos que ayuden y estimulen a los agentes educativos para mejorar su intervención, en función de los estándares educativos nacionales, a través de su involucramiento y participación responsable. c. Tomar decisiones estratégicas en todas las instancias de Gestión Educativa descentralizada orientadas a mejorar la calidad de la supervisión pedagógica sobre la base de un mapa integral de los problemas, resultados e impactos de la labor educativa. En busca de estos resultados, la Supervisión Pedagógica debe mostrar la interacción real de los Agentes Educativos en sus contextos y debe hacer participar a esos mismos agentes en la evolución positiva de sus acciones y la mejora de la calidad educativa. Asimismo, permite que la interacción de los distintos niveles normativos y de gestión (Ministerio de Educación, Direcciones Regionales, Unidades de
  • 23. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas) sea transparente y adecuada a cada escenario educativo específico, en la medida que la diversidad sea reconocida y asumida, que la inclusión sea un indicador de un ambiente escolar propicio, como componente básico de calidad educativa. ARTÍCULO 64º. Los lineamientos según sus responsabilidades y funciones que tiene la Institución Educativa son: En nuestra Institución Educativa, ejercen el monitoreo y acompañamiento pedagógicos el/la directora(a), coordinadores pedagógicos y acompañantes de área, en a. El nivel secundario y con modalidad presencial, aplicando el marco conceptual, las directivas y los estándares metodológicos diseñados por el MED que han sido adaptados a la realidad local por la DRE y la UGEL. Este proceso de monitoreo en la IE será conducido por el el/la directora(a). b. La Institución Educativa 5138 “Defensores de La Patria”, debe formular un plan de Monitoreo y Acompañamiento detallado integrado al PCI y al PAT. Será formulado por el equipo directivo presidido por el/la directora(a) de la IE, e integrado por coordinadores pedagógicos. c. El/la directora(a), y los coordinadores pedagógicos prestarán asesoría y apoyo permanente al personal docente en el diseño de estrategias, metodologías y técnicas de enseñanza, y en uso y diseño de recursos y materiales didácticos y fomentarán el análisis y estudio de las formas de evaluación del aprendizaje a través de talleres de estudio buscando la participación de especialistas de las instituciones de educación superior del medio. d. La Institución Educativa consagrará como práctica permanente en el proceso de monitoreo la autoevaluación pedagógica en todos sus niveles para identificar los problemas y determinar indicadores que muestren información relevante sobre el mejoramiento de la calidad del aprendizaje, para cuyo efecto se elaborará una guía contextualizada de autoevaluación pedagógica. e. La Institución Educativa orientará el proceso de monitoreo para tomar en cuenta de manera prioritaria el estímulo para la mejora de la calidad educativa, asegurará la inclusión, permanencia y culminación de los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) y monitoreo del cumplimiento de las funciones de los SAANEE. ARTÍCULO 65º. Dentro de las Estrategias para las visitas al aula y reuniones en la Institución Educativa son: a. Visitas a la Institución Educativa y al aula, e intercambio de opiniones. Una manera más directa de ponerse en contacto directo con la realidad escolar consiste en el encuentro del acompañante pedagógico y el docente; las observaciones recogidas, permiten hacer más fácil el intercambio de ideas y el señalamiento de las sugerencias para mejorar el trabajo docente. b. Reuniones con el personal de la Institución Educativa Ayudan a unificar y armonizar las actividades del personal, así como intercambiar ideas sobre aspectos que posibiliten mejorar el proceso enseñanza-aprendizaje. 4.7. De los recursos propios de la institución educativa B. RÉGIMEN ECONÓMICO. ARTÍCULO 66º. El presupuesto es un Instrumento de Gestión de corto plazo (un año) constituye el recurso financiero con que cuenta nuestra Institución Educativa, para posibilitar la realización de todas las acciones previstas en el Plan Anual de Trabajo. Se formula en función de las necesidades planteadas en el PEI y PAT para el siguiente año. Contiene a su vez dos tipos de presupuestos: Presupuesto de ingresos y presupuesto de egresos. ARTÍCULO 67º. El Presupuesto de Ingresos se estructura a partir de los:. • Recursos Directamente Recaudados. o Ingresos propios o Recursos propios o Donaciones
  • 24. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” ARTÍCULO 68º. Los Recursos Directamente Recaudados comprenden los ingresos anteriormente conocidos como: INGRESOS PROPIOS CONCEPTO EJEMPLOS RM Nº 178-91-ED DS Nº 014-98-ED DS Nº 012-2004- ED. TUPA Constituidos por recursos financieros que la IE está permitida captar, cuya denominación de Ingresos Propios se origina en las tasas del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Educación. • Expedición de certificados • Autorización de Pruebas de Ubicación • Evaluación de Subsanación • Convalidación de estudios RECURSOS PROPIOS CONCEPTO EJEMPLOS RM Nº 048-94-ED DS Nº 005-96-ED RM Nº 425-97-ED DS Nº 0057-85 Son aquellos recursos financieros netamente generados por la IE y que no están contemplados en el TUPA, que se encuentran en el marco del DS. Nº 005-96- ED, que sustituye el artículo 1º del DS. Nº 48-94-ED. Así mismo se incluye en este rubro los ingresos provenientes de las actividades productivas DS. Nº 057-85-ED. • Alquiler campo deportivo • Alquiler auditorio • Venta Cuaderno de Control • Venta de separatas • Venta de buzos, insignias • Producción de Bienes • Prestación de Servicios ARTÍCULO 69º. El Presupuesto de Egresos se estructura en base a las adquisiciones y egresos que se realizan en las tres Áreas de Gestión: • Gestión Institucional. • Gestión Pedagógica. • Gestión Administrativa. Ambos presupuestos: Presupuesto de Ingresos y Presupuesto de Egresos, deben estar equilibrados en su monto. ARTÍCULO 70º. Los recursos económicos de la Institución Educativa, deben ser utilizados estrictamente en beneficio de la Institución Educativa y de los estudiantes, los gastos realizados, serán registrados en los respectivos libros de caja y archivo de documentos probatorios, debiendo elevar la Dirección un informe trimestral a la UGEL - Ventanilla.
  • 25. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” ARTÍCULO 71º. De igual modo, el Consejo Directivo de la APAFA ejecuta el gasto del presupuesto de los Padres de Familia en función a su Plan Operativo Anual que debe elaborarse a partir de las necesidades y demandas de la Institución Educativa señalados en el PEI y el PAT; así mismo están obligados a registrar los gastos en su libro de caja y el archivo de documentos probatorios, para ser informado a la asamblea de padres de familia previa revisión, seguimiento y fiscalización del Consejo de Vigilancia. Todas las actividades que generen movimiento económico deben realizarse bajo la autorización de la Dirección, elevando un informe al finalizar. ARTÍCULO 72º. Los recursos propios de las Institución Educativa (recursos económicos) son gestionados por el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales de la Institución Educativa, de acuerdo a las normas legales y está integrado por: • Director de la Institución Educativa, quien lo preside y tiene voto dirimente. • El/la coordinador/a pedagógico. (Con mayor nivel ) • Un representante del personal docente. (Elegido en asamblea general de docentes) • Un representante del personal administrativo. (Con mayor preparación académica, actúa como tesorero). ARTÍCULO 73º. Es responsabilidad del Comité de Recursos Propios dar a conocer los ingresos y egresos de la Institución Educativa en asamblea general trimestral de manera detallada (sustentando con boletas, facturas y otros comprobantes de pagos) de docentes y administrativos. Además, publicaren un lugar visible un resumen de lo expuesto a los trabajadores. 4.8. Del Clima Institucional ARTÍCULO 74° El clima institucional se desarrolla en función al Compromiso 5. La Institución Educativa cuenta con un Comité de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Democrática Escolar reconocido por una Resolución Directoral representados por las siguientes personas:  Director quien lo preside.  El Coordinador de Tutoría.  01 Representante de Convivencia, que será responsable de “SISEVE contra la Violencia Escolar”.  Un Tutor representante de cada ciclo (VI y VII).  01 psicólogo.  01 representante de los Auxiliares de Educación.  01 representante de los estudiantes del Municipio Escolar y del equipo de brigadieres.  Otros, de acuerdo a la necesidad de la IE. La IE cuenta con el Libro de Incidencias para registrar todo los casos de violencia que suscite dentro y fuera de las instalaciones educativas. Para la atención de los casos se debe ceñir a los 5 pasos establecidos en el PROTOCOLO de atención, para ello la persona responsable debe de estar afiliado al SISEVE. La IEP N° 5138 “Los Defensores de la Patria” cuenta con los Acuerdos de Convivencia por Aula y con la Norma de Convivencia Institucional. Asimismo, es de nuestra responsabilidad promover las campañas nacionales que ayuden al desarrollo de una convivencia escolar sana y saludable. 4.9. De los deberes de los padres de familia. Artículo 75° Los padres de familia tienen los siguientes deberes que cumplir: a) Matricular a su menor hijo en las fechas y horarios establecidos por la I.E. Asistir con puntualidad, responsabilidad y respeto a las reuniones convocadas. b) Participar activamente en la ENCUESTA DE PADRES DE FAMILIA. c) Mantener comunicación permanente con el profesor, director para recibir información del avance o deficiencia de la o del estudiante. d) Enviar al alumno (a) a la I.E. en el horario establecido completamente aseado y uniformado. e) Asumir la responsabilidad de los daños y perjuicios de materiales y personales que origine el menor.
  • 26. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” f) Acatar las disposiciones emanadas por la dirección que no dañen el aspecto físico – psicológico de la persona. g) No fomentar actos de indisciplina dentro y fuera de la I.E. h) Enviar el material educativo solicitado por el profesor. i) Contribuir en las jornadas y campañas en la práctica de valores, festivales folclóricas, festivales de creación literaria, aniversario de la I.E. j) Fortalecer la armonía, la paz y el buen trato en el hogar y en la escuela. Art.76º.- Son derechos de los padres de familia: a) Matricular a sus hijos en la I.E. b) Consultar al profesor del avance y aprendizaje de su hijo. c) Proponer ideas y proyectos para mejorar el servicio en la institución. d) Recibir información de los requerimientos necesarios. e) Entrevistarse con el docente, tutor y directivo previa solicitud anticipada. f) Solicitar permiso, exoneración, etc. g) Trasladar a su hijo a otra I.E. 4.10. De los derechos, atribuciones, prohibiciones, estímulos, faltas, acciones reparadoras de los estudiantes teniendo en cuenta la Ley N° 27337 “Código del Niño y del Adolescente. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES A) DERECHOS ACADÉMICOS ARTÍCULO 77°. Los estudiantes de la IE Nº 5138 “Defensores de La Patria” tienen los siguientes derechos académicos: a) A una formación integral acorde con lo establecido en la Ley General de Educación y con los fines propios que atienda la visión institucional de la IE. b) A que los y las profesores(as) guían el proceso formativo, cumplan con sus responsabilidades profesionales: i. Puntualidad en el inicio y término de la sesión de aprendizaje. ii. Entrega oportuna del material didáctico y de las guías de trabajo estudiantil. iii. Entrega de los resultados de las evaluaciones realizadas. No se podrá administrar una nueva evaluación sin antes conocer los resultados de la precedente y cuyo plazo de entrega no podrá exceder los quince días contados desde su aplicación. c) A que los y las profesores(as) actúen de manera equilibrada y justa con todos, respeten el ritmo y estilos de los aprendizajes. d) A que se brinden oportunidades para regularizar las evaluaciones académicas, cuando haya tenido dificultades para asumirlos normalmente. e) A una programación dosificada de trabajo, tareas y evaluaciones, respetando el cronograma y el horario previamente establecido por la IE. f) A conocer la información sobre el rendimiento académico y comportamiento que se consigna en los registros de evaluación, registro de incidencias y otros. g) A recibir los textos de las áreas Educativas en calidad de préstamo, para su uso correspondiente durante el año escolar2 . B) DERECHOS SOCIALES ARTÍCULO 78°. Los estudiantes de la IE Nº 5138 “Defensores de La Patria” tienen los siguientes derechos sociales: a) A recibir atención respetuosa y digna por parte de los miembros de la comunidad educativa. b) A exigir el buen uso y la conservación de los bienes de la IE a los miembros de la comunidad educativa y a particulares. c) A ser estimulado(a) permanentemente y a ser gratificado(a) cuando se haga merecedor(a) de ello. d) A ser informado(a) oportunamente sobre horarios y actividades que le competan. e) A la asistencia inmediata en caso de accidente y el aviso oportuno al padre de familia. f) A la posibilidad de acudir a instancias superiores en caso de no ser escuchado(a) o representado(a), siguiendo los conductos regulares existentes en la Institución Educativa. g) A la libre expresión, a la discrepancia y a ser escuchado(a) en la explicación de las equivocaciones, asumiendo las consecuencias de los actos. h) A disfrutar del descanso, el deporte y las distintas formas de recreación en los tiempos previstos para ello. 2
  • 27. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” i) A la utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que ofrece la IE, en los tiempos previstos para ello. j) A presentar documentos probatorios justificando exoneración o postergación de evaluaciones, ya sea por razones de enfermedad u otro. k) A la protección integral de los profesores y autoridades educativas en caso de ser víctima de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y/o violación de la libertad sexual. l) A la aplicación del principio de celeridad, en la investigación o denuncias que violan sus derechos como persona, de modo que el procedimiento tenga la máxima prontitud, siendo responsable la autoridad educativa de la instancia correspondiente en la que se encuentre el proceso, de cualquier demora por su inactividad. C) DERECHOS DE PARTICIPACIÓN ARTÍCULO 79°. Los estudiantes de la IE Nº 5138 “Defensores de La Patria” tienen los siguientes derechos de participación: a) A elegir y ser elegido(a) para las distintas formas de representación estudiantil, siempre que reúna los requisitos para tal efecto: vivencia de valores institucionales, comportamiento y actitudes acordes con las exigencias de este Manual, rendimiento académico satisfactorio. b) A conocer, divulgar y cumplir la presente Norma de Convivencia y Disciplina Democrática. c) A ser elegido para desempeñar cargos. (Municipio Escolar, Policía Escolar, Defensa Civil, Cruz Roja, Etc.). d) A ser escuchado antes de la aplicación de una medida disciplinaria. e) A Gozar de los derechos del Código del Niño y del Adolescente3 . DEL FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONAL A) DE LA PRESENTACIÒN ARTÍCULO 80°.De la presentación personal. Los estudiantes deben observar las siguientes pautas en lo relacionado a la presentación. DAMAS VARONES a) El cabello debe mantenerse limpio, peinado y sujeto con colette y cinta de color azulino y blanco, para evitar el cerquillo sujetarlo con ganchos, con su moño y su malla azulino. b) El uso de trenza está permitido. c) No está permitido el uso de aretes. d) Sólo está autorizado el uso de un reloj pulsera. e) Está prohibido el uso de maquillaje y de uñas pintadas. a) La cara deberá estar cuidadosamente rasurada, sin barba, bigotes y patillas largas. b) El corte de cabello será estrictamente de tipo estudiantil manteniéndolo siempre corto, limpio y ordenado (corte escolar). c) Está prohibido depilarse las cejas (pintarse el cabello) ARTÍCULO 81°. Está prohibido el uso de accesorios tales como pulseras, “cueritos”, shakiras, collares, pearcings”, etc. Así como las modas generacionales como tatuajes, cabello teñido, peinados inapropiados para los escolares, maquillaje en rostro y uñas, aretes, prendas en la cabeza, etc. porque no forman parte de la vestimenta estudiantil. ARTÍCULO 82°. El estudiante deberá portar su carnet de biblioteca como documento de identidad para préstamos de libros en la biblioteca de la IE Nº 5138 “Defensores de La Patria” B) DEL UNIFORME UNICO ESTUDIANTIL ARTÍCULO 83°. El Uniforme estudiantil, es la vestimenta que distingue a un estudiante. Su uso y cuidados garantizan una buena presentación. ARTÍCULO 84°. Los estudiantes deben observar las siguientes pautas en relación al uso del uniforme estudiantil: Tanto damas como varones tienen la obligación de usar siempre el uniforme de la IE y los accesorios del mismo, sin agregados, ni mutilaciones tal y como lo establecen las disposiciones de inicio del año escolar y el presente Reglamento. El Uniforme Único Estudiantil deberá mantenerse limpio, libre de mancha, pintas, corrosiones, alteraciones y/o agregados, (pitillo). 3
  • 28. Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 5138 “DEFENSORES DE LA PATRIA” Sólo en el horario de Educación Física o cuando se requiera en una actividad explícita, los estudiantes asistirán con el uniforme de Educación Física Institucional. ARTÍCULO 85°. El Uniforme Único Estudiantil de la IE Nº 5138 está conformado por las siguientes prendas: DAMAS VARONES a) Falda tipo escocesa, color plomo y azul marino, con 10 centímetros por debajo de las rodillas de largo. b) Blusa blanca con insignia bordada en el bolsillo izquierdo, esta prenda deberá mantenerse dentro de la falda. c) Chompa azul marino con el bordado de la insignia de la I.E. d) Medias de color Azul Marino con el bordado de la I.E. e) Zapato de estudiante de color negro. f) Gorro de color azul noche en educación física y formación. a) Pantalón de color Azul Marino, en perfecto estado sin bastas deterioradas, con pretina a la cintura y uso de correa negra. b) Camisa blanca, manga corta con la insignia bordada en el bolsillo; esta prenda deberá mantenerse permanentemente dentro del pantalón. c) Medias de color Azul Marino. d) Zapato de estudiante de color negro. No se permitirá el uso de zapatillas con el uniforme de estudiante. e) Chompa Azul Marino y la insignia en el lado izquierdo. f) Gorro de color azul noche en educación física y formación. C) DEL UNIFORME PARA EDUCACION FISICA ARTÍCULO 86°. El uniforme de Educación Física (buzo completo) de la IE estará conformado por las siguientes prendas: a) Casaca y pantalón azulino con dos líneas blancas y delgadas. b) Zapatillas blancas de lona. c) 2 Polos blancos de la IE. d) Short y/o falda pantalón azul marino del mismo material del buzo, el que será usado sólo durante las horas de clase del área de Educación Física y/o excepcionalmente para alguna actividad previamente programada por la IE. D) DE LA PERMANENCIA EN LA IE ARTÍCULO 87°. Del horario académico. El horario de trabajo en la Institución Educativa de Jornada Escolar Completa, es de 09 horas diarias y 45 horas semanales haciendo un total de 1600 horas mínimas al año. Cada hora pedagógica es de 45 minutos distribuidos de la siguiente manera: ACTIVIDAD DÍAS HORAS Ingreso Lunes a Viernes 7:15 a 7:30 Formación Lunes 7:30 a 7:45 Clases y Actividades permanentes Lunes a Viernes 7:45 a 3:30 ARTÍCULO 88°. De las inasistencias a) A una jornada pedagógica o una hora de clase se justifica a través de una comunicación escrita en la Agenda Escolar o bien personalmente por el padre de familia. b) Cuando el alumno falta más de 2 días, justificará por intermedio de una solicitud en la dirección a través de mesa de parte. c) A una evaluación calendarizada se justifica con la presentación del certificado médico u otro documento, para conocimiento del auxiliar y los profesores de área. ARTÍCULO 89°. De los permisos. Los estudiantes tendrán permiso para salir de la IE durante la jornada académica a solicitud del padre de familia y/o apoderado, previa autorización de la Dirección o delegación de funciones por parte de la Dirección, cuando el alumno se encuentre mal de salud se llamará a su padre o apoderado para la coordinación del caso. ARTÍCULO 90°. La Representación pública. Los estudiantes convocados para representar a la IE en actos públicos, lo harán con la autorización de la Dirección y en compañía del profesor(a) o auxiliar de educación que la situación amerite. (Asistirá correctamente uniformado de acuerdo a la actividad).