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Elaborado por:
Dr. Jaime Alberto Manjarres Palacio
Médico – Especialista en Salud Ocupacional
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Tabla de Contenido
Página
INTRODUCCIÓN 3
1. MARCO LEGAL 3
2. NORMAS TÉCNICAS 5
3. OBJETIVOS 6
4. ALCANCE 7
5. ROLES Y RESPONSABILIDADES 7
6. REQUERIMIENTOS ADMINISTATIVOS 8
6.1. Para Personas Naturales 8
6.2. Para Personas Jurídicas 9
7.
REQUERIMIENTOS GENERALES DE SALUD OCPACIONAL PARA
CONTRATISTAS, PERSONAS NATURALES O JURIDICAS
10
7.1. Elementos de Protección Personal 10
7.2. Accidentes de Trabajo 10
7.3. Emergencias 10
7.4. Charlas de Seguridad 10
7.5. Inspecciones de Seguridad 11
8. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA OBRAS CIVILES 11
9.
REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA CAFETERIAS Y
RESTAURANTES
9
10. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA ASEO 13
11.
REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS DE SALUD OCUPACIONAL PARA
CONTRATISTAS, PERSONAS JURIDICAS Y NATURALES, QUE
REALICEN ACTIVIDADES DE CLASE DE RIESGO III, IV y V.
13
3
INTRODUCCION:
El presente documento se constituye en una herramienta para el control y
seguimiento del obligatorio cumplimiento de las normas de salud ocupacional
vigentes en el País, de parte de las personas naturales o jurídicas con las
cuales la Universidad de la Guajira, realice contratos para la prestación de
servicios en general y específicamente para la construcción de Obras Civiles y
prestación de servicios de cafetería restaurante y aseo, y para la realización de
actividades de la clase de riesgo III, IV y V.
Su propósito es asegurar el cumplimiento de la legislación vigente y de esta
manera preservar la salud e integridad de las personas y evitar pérdidas para
la Institución.
Debe ser aceptado por toda persona Natural o Jurídica interesada en contratar
con la Universidad de la Guajira, como instrumento de obligatorio
cumplimiento para que la realización de sus actividades en el marco de su
contrato se haga de manera segura.
1. MARCO LEGAL:
 Ley 9 Título III, de enero 2 de 1979 del Congreso de la República:
“Normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en
sus ocupaciones”.
 Resolución No 2400 de mayo 22 de 1979 del Ministerio del Trabajo y
Seguridad Social: “Estatuto de Seguridad”.
 Resolución No 2413 de Mayo 22 de 1979 del Ministerio del Trabajo y
Seguridad Social: “Por el cual se dicta el Reglamento de Higiene y
Seguridad para la Industria de la construcción”.
 Decreto No 614 de marzo 14 de 1984, de Presidencia de la República: “Por
el cual se determinan las bases para la Organización y Administración de
Salud Ocupacional en el País”.
4
 Resolución No 2013 de junio 6 de 1986, de los Ministerios de Trabajo de
Seguridad Social y Salud: “Por el cual se reglamenta la Organización y
Funcionamiento de los Comités de Medicina Higiene y Seguridad Industrial
en los lugares de Trabajo”.
 Resolución No 1016 de marzo de 1989, de los Ministerios de Trabajo de
Seguridad Social y Salud: “Por el cual se reglamenta la Organización,
funcionamiento y forma de la Programas de Salud Ocupacional que deben
desarrollar los Patronos o Empleadores en el País”.
 Resolución No 1792 1990, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:
“Valores Límites Permisibles para la exposición Ocupacional al Ruido”.
 Ley 100 de 1993 Del Congreso de la República: “Crea e implementa el
Nuevo Sistema de Seguridad Social Integral”.
 Decreto Ley 1295 de junio 22 de 1994, de Presidencia de la
República:“Determina la Organización y Administración del Sistema General
de Riesgos Profesionales”.
 Resolución No 0541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente: “Manejo de
Desecho de la Construcción”.
 Decreto 1772 de 1994, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: “Afiliación
al Sistema General de Riesgos Profesionales”.
 Decreto No 0948 de 1995, del Ministerio del Medio Ambiente: “Prevención
y Control de la Contaminación Atmosférica y Protección de la Calidad del
Aire”.
 Decreto 0357 de 1997, del Ministerio del Medio Ambiente: “Por el Cual se
Regula el Manejo, transporte y disposición final de escombros y materiales
de construcción”.
 Ley 776 de 2002, del Congreso de la República: “Por la cual se dictan
Normas Sobre la Organización, Administración y Prestaciones del Sistema
General de Riesgos Profesionales”.
5
 Decreto No 1607 de 2002, Del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:
“Por el cual Modifica la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas
para el Sistema General de Riesgos Profesionales y se dictan otras
disposiciones”.
 Decreto No 2800 de 2003, del Ministerio de Protección Social: “Afiliación a
Riesgos Profesionales de Contratistas y Trabajadores Independientes”.
 Resolución No 0627 de 2006, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial:“Por la cual se establece la norma Nacional de emisión
de Ruido y Ruido ambiental”.
 Resolución 1401 de 2007, del Ministerio de Protección Social: “Por la cual se
reglamenta la Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo”.
 Resolución No. 003673 de 2008 del Ministerio de Protección Social por el
cual se establece el reglamento técnico de trabajo seguro en altura.
Es importante señalar que los contratistas deben conocer y aplicar
todas las normas legales y técnicas vigentes en el país, y que sean de
aplicación especifica en el tipo de labor contratada, aunque no estén
registradas en este manual.
2. NORMAS TECNICAS:
TIPODE
NORMA
TECNICA
No NOMBRE DESCRIPCION
GTC 34
Guía estructura básica
del Programa de
Salud Ocupacional
Suministra los lineamientos
para estructurar y
desarrollar un Programa de
Salud Ocupacional para las
empresas establecidas en
Colombia. Contiene
definición y requisitos
GTC 45
Guía para el
diagnóstico de
condiciones de
trabajo o panorama
de factores de riesgo,
identificación y
Contiene definiciones,
requisitos, escala para la
valoración de riesgos que
generan enfermedades
profesionales.
6
valoración.
NTC 1461
Higiene y Seguridad.
Colores y señales de
seguridad.
Establece definiciones,
colores de contraste,
diseños, de símbolos
gráficos y clasificación de
señales.
NTC 2095
Higiene y Seguridad.
Código de practica
Para el uso de redes
De seguridad en
trabajos de
construcción.
Establece guías para el uso
De redes de seguridad, las
cuales tienen por objeto dar
protección contra lesiones
en el caso de que las
personas caigan cuando
están trabajando en labores
de construcción.
Demolición, mantenimiento
y de proteger a las
personas de objetos que
caigan.
NTC 2771
Higiene y seguridad.
Mallas para seguridad
Industrial.
Esta norma específica los
requisitos para mallas de
seguridad industrial.
Construidas con fibras
sintéticas o naturales y
diseñadas para atrapar
personal y escombros que
caigan mientras se trabaja
en edificios altos, en
constructoras o en
construcciones navales.
3. OBJETIVOS.
 Garantizar el cumplimiento de las normas de salud ocupacional de las
personas naturales o jurídicas con las cuales realice contratos la
Universidad de la Guajira.
 Minimizar la ocurrencia de eventos epidemiológicos ocupacionales dentro de
las instalaciones de la Universidad de la Guajira del personal vinculado de
las personas naturales o jurídicas, con las cuales haya realizado contratos la
Universidad.
7
 Servir a la Universidad como instrumento de evaluación, seguimiento y
control del cumplimiento obligatorio de las normas de salud ocupacional por
los contratistas, ya sean personas naturales o jurídicas.
 Incluir como requisito en el proceso de selección de proponentes, el
cumplimiento de las normas de salud ocupacional.
4. ALCANCE:
Este Manual es aplicable a todas las personas Jurídicas o Naturales con las que
la Universidad de la Guajira realice contratos, ya sea en su sede principal en
Riohacha, o en sus extensiones: Maicao, Fonseca, Villanueva y Montería.
Las disposiciones contenidas en este Manual son de obligatorio cumplimiento
para los contratistas.
Este Manual se dará a conocer a todo contratista durante el proceso de
selección, y en el momento en el que se le apruebe el contrato y autorice la
realización de trabajos en la Universidad.
5. ROLES Y RESPONSABILIDADES:
 Contratista. Persona Natural o Jurídica legalmente constituida con quienes
la Universidad de la Guajira, contrata la prestación de un servicio o la
ejecución de una labor.
 El contratista tiene como responsabilidad cumplir con la normatividad
vigente en salud ocupacional y seguridad social y conocer, acatar y cumplir
lo establecido en el presente manual.
 Personal contratista. Es toda persona contratada directa o indirectamente
(Subcontratista), por la empresa o persona contratista para trabajar dentro
de las instalaciones de la Universidad de la Guajira, pero sin tener ningún
vinculo laboral con ella. Todas estas personas tienen la responsabilidad de
cumplir con las normas vigentes en salud ocupacional y conocer, acatar y
cumplir lo establecido en el presente manual.
 Interventor asignado por la Universidad de la Guajira. Profesional
designado para vigilar el cumplimiento del objeto del contrato y verificar el
8
cumplimiento de los requerimientos establecidos en el presente manual y
obrar en consecuencia, en coordinación con el Jefe de salud ocupacional de
la Universidad, en el control y solución en las desviaciones halladas en lo
pertinente a la salud ocupacional.
 Jefe de salud Ocupacional de la Universidad de la Guajira. Realiza visita de
inspección a las obras o instalaciones en donde se presten los servicios, a
fin de verificar el cumplimiento de las normas de salud ocupacional y de los
requerimientos establecidos en el presente manual, y brindar apoyo técnico
al interventor cuando lo considere pertinente o le sea solicitado por él.
6. REQUERIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
6.1 Para personas Naturales.
Los proponentes Personas Naturales, ya seleccionados por la Universidad,
deben entregar junto con los documentos exigidos por la oficina de
Contratación, los siguientes documentos referentes a Salud Ocupacional y
Seguridad Social.
 Certificado de Afiliación vigente a Salud y Pensiones, según la normatividad
vigente sobre seguridad social en Salud y Pensiones.
 El Contratista debe afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales
(ARP).
 Si la persona Natural va a realizar actividades que implique la generación
de ruido, material Particulado, gases y/o vapores, deben presentar un plan
de mitigación para el control de dichas emisiones.
NOTA: El contratista Persona Natural que requiera tener a su cargo personal,
debe exigirle los mismos requerimientos exigidos a él.
Durante la ejecución de las actividades, el contratista debe cumplir los
requerimientos presentados a continuación y entregar periódicamente
los siguientes documentos:
9
 El Contratista debe presentar al Interventor constancia de pago actualizado
a “EPS, ARP y AFP”, según la normatividad de Seguridad Social en Salud y
Pensiones.
 Cuando el contratista deba desarrollar su trabajo en zonas endémicas, diez
(10) días antes de iniciar labores, debe presentar los certificados de
vacunación aplicables para las enfermedades identificadas en las zonas en
que se encuentra el frente de trabajo.
 Portar el Carnet de afiliación a EPS, ARP y cédula de ciudadanía.
6.2 PARA PERSONAS JURIDICAS
Documentos que el proponente debe entregar con la propuesta.
 Todas las personas jurídicas invitadas a concursar, deben entregar junto
con los documentos exigidos en la invitación, una certificación suscrita por
el representante legal de la misma, en la cual conste que cuenta con
políticas escritas de Salud Ocupacional y Seguridad Social.
Durante la ejecución del contrato, el contratista debe cumplir con
los siguientes requerimientos:
 Antes de iniciar las actividades en las instalaciones de la Universidad de la
Guajira, sede principal o extensiones, el contratista debe presentar una
lista con los nombres y números de cédulas de ciudadanía de sus
trabajadores y subcontratistas. Cada vez que se presenten novedades
deben ser notificadas al interventor del contrato.
 El contratista pagará a sus trabajadores los pagos correspondientes de
seguridad social como lo exige la Ley, y exigirá a sus subcontratistas lo
mismo.
 Todos los trabajadores o subcontratistas de la empresa contratista deben
portar el carnet de afiliados a EPS, ARP, cédula de ciudadanía y carnet de
identificación de la empresa contratista.
10
7. REQUERIMIENTOS GENERALES DE SALUD OCUPACIONAL PARA
CONTRATISTAS, PERSONAS NATURALES O JURIDICAS.
7.1 Elementos de protección personal.
 El contratista persona natural debe usar ropa apropiada y los elementos de
protección personal requeridos y específicos para la actividad que realice
en las instalaciones de la Universidad.
 El contratista persona jurídica garantizará el uso de ropa adecuada y
elementos de protección personal, de acuerdo a los factores de riesgos a
que estarán expuestos sus trabajadores o subcontratistas.
 Los elementos de protección personal utilizados deben cumplir con las
especificaciones técnicas exigidas por la Legislación Colombiana.
7.2 Accidentes de Trabajo
 Cada vez que se presente un accidente de trabajo, el contratista persona
natural, con personas a cargo y el contratista persona jurídica, están
obligados a garantizar el traslado y atención inmediata del accidentado.
 El contratista persona natural, si está afiliado a ARP y el contratista
persona jurídica, en caso de accidente de trabajo deben reportarlo a su
ARP, y seguir el procedimiento establecido para tal fin.
 El contratista deberá realizar la investigación del accidente de trabajo y
hacer los correctivos de los riesgos involucrados en el accidente de trabajo,
y presentar el Plan de Acción para el control de los mismos.
7.3 Emergencias
 Si en el ejercicio de los trabajos de los contratistas se presentará una
emergencia, deben acogerse al Plan de emergencia de la Universidad y
Acatar las orientaciones dadas por quienes lo dirigen.
7.4 Charlas de Seguridad
 Al iniciar las actividades de cada día los contratistas realizaran charlas de
seguridad de acuerdo con los trabajos a realizar.
11
7.5 Inspecciones de Seguridad
 Previo a la iniciación de los trabajos, el contratista o quien lo represente, el
interventor asignado y el Jefe de Salud Ocupacional de la Universidad
acordarán el Plan de Inspecciones de Seguridad, que se realizaran durante
la ejecución de la obra en cumplimiento del objeto del contrato.
 El jefe de Salud Ocupacional y el Interventor de la Universidad, podrán
realizar inspecciones de seguridad en el momento en que lo consideren
necesario.
8. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA OBRAS CIVILES.
Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, las
personas jurídicas que contraten con la universidad obras civiles o de
mantenimiento deberán cumplir lo siguiente:
 Antes de iniciar las actividades el contratista debe presentar un plan de
control de los riesgos, generados por las obras a realizar, que garantice la
seguridad de sus trabajadores, subcontratistas, personal de la universidad,
visitantes y el ambiente, el cual debe quedar incluido en el acta de inicio de
la obra; además del cumplimiento de todas las normas de salud ocupacional
vigentes en el país, debe contener lo siguiente:
o Control de la emisión de material particulado.
o Correcto almacenamiento, transporte y uso de productos químicos.
o Medidas para el control de ruidos.
o Demarcación y control de área donde ejecute la obra.
o Cumplimiento del Decreto 0317 de 1997 y Resolución 06541 de
1994, referidos al manejo de escombros y disposiciones de residuos
solidos y líquidos, que genere la ejecución de la obra.
o El contratista de común acuerdo con el interventor de la obra, deben
determinar el lugar, la cantidad máxima de escombros y la frecuencia
12
de retiro de los mismos de la universidad, compromiso que debe
quedar consignado en un acta.
o El contratista debe garantizar, que al termino de la obra, todos los
espacios de la universidad utilizados para el almacenamiento de
escombros deben quedar libre de ellos.
9. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA CAFETERIAS Y RESTAURANTES.
Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, las
personas jurídicas que presten el servicio de cafetería y restaurante en la
universidad deberán cumplir lo siguiente:
 Previo a la prestación de los servicios el contratista debe presentar al jefe
de salud ocupacional de la universidad, el registro sanitario de
funcionamiento.
 Además del cumplimiento de las normas de salud ocupacional vigentes en
el país, se hará énfasis en los siguientes aspectos.
o Proceso de almacenamiento, conservación y manipulación de
alimentos.
o Botiquín de primeros auxilios.
o Ubicar, revisar y mantener el número de extinguidores requeridos de
acuerdo a la carga combustible.
o Todos los empleados que lo ameriten deben tramitar el carnet de
manipuladores de alimentos, para la realización de sus actividades.
o Todos los empleados deben estar vacunados, contra tétanos y
hepatitis B.
 Cumplir con lo establecido en el Decreto 0357 de 1997 y la Resolución 0541
de 1994. Para ello debe tener escrito el procedimiento para:
o Almacenamiento de desechos, para evitar contaminación.
13
o Retiro de desechos.
o Frecuencia de retiro de los desechos.
o Tratamiento y/o disposición final.
 El lugar de almacenamiento de desechos, debe estar aparte de la zona de
alimentos, debidamente señalizado, en buen estado de limpieza y orden.
10. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA ASEO.
Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, Los
contratistas, personas jurídicas que presten el servicio de aseo en la
universidad deberán cumplir lo siguiente:
 Tener actualizado el carnet de vacunación de todos sus trabajadores y sub-
contratistas, especialmente, las inmunizaciones contra tétanos y hepatitis
B.
 Desarrollar un plan de capacitación que contenga entre otros temas:
o Normas básica de bioseguridad.
o Ergonomía: Higiene Postural, Almacenamiento y Transporte de
pesos.
11. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS DE SALUD OCUPACIONAL PARA
CONTRATISTAS, PERSONAS JURIDICAS Y NATURALES, QUE REALICEN
ACTIVIDADES DE CLASE DE RIESGO III, IV y V.
Además de cumplir con los requisitos establecidos en los numerales 6 y 7, los
contratistas, personas jurídicas o naturales, que realicen actividades de clase
de riesgo III, IV y V, deben cumplir con los siguientes requerimientos:
a) Antes de legalizar el contrato. El contratista persona natural debe entregar
un documento que contenga:
14
o Nombre y cédula del contratista.
o Nombre, celular y teléfono fijo de la persona contacto en caso de
emergencia.
o Clínicas adscritas a su EPS, con los correspondientes números
telefónicos.
 El contratista persona jurídica debe entregar los procedimientos de
emergencia necesarios, según los riesgos y las actividades que realizará en
la ejecución del contrato. En cada uno se debe especificar la cadena de
atención y el sistema de comunicaciones previsto para cada situación,
incluido diagrama de flujo. Como mínimo debe contar los siguientes
procedimientos:
o Lesionados: procedimiento para la atención, transporte y traslado
de lesionados.
o Incendios: procedimientos que aplicaran para controlar conatos de
incendio.
 El contratista persona jurídica debe suministrar el nombre, dirección y
teléfono de la persona encargada de salud ocupacional de su empresa.
b) Antes de iniciar las actividades del contrato.
 El contratista persona jurídica debe entregar al interventor de la obra, copia
de los formularios de pago de EPS, AFP y ARP del personal del personal que
trabajar en la universidad.
 El contratista persona jurídica o natural debe presentar el panorama de
factores de riesgos de acuerdo a las actividades a desarrollar y las medidas
de control que implementaran, para evitar el impacto en sus trabajadores,
sub-contratistas, personal de la universidad, visitantes y medio ambiente.
 Todos los contratistas, sus trabajadores y sub-contratistas, deben conocer
las políticas y las medidas de salud ocupacional de su empresa.
15
c) Requerimientos que debe cumplir el contratista durante la ejecución de las
actividades del contrato.
 El contratista, personas jurídica o natural, debe mantener actualizadas las
actas de entrega y reposición de elementos de protección personal,
firmadas por sus trabajadores y/o sub-contratistas.
 El contratista, persona natural o jurídica debe tener una lista de chequeo,
que garantice que cumple con las normas de seguridad para realizar
actividades de alto riesgo.
 El contratista, persona natural o jurídica deberá suministrar o exigir los
elementos de protección personal, para el ingreso de visitantes de acuerdo
a los factores de riesgos existentes.
 El contratista dará cumplimiento al Decreto 0317 de 1997 y a la Resolución
06541 de 1994, referidos al manejo de escombros y disposiciones de
residuos sólidos y líquidos, que genere la ejecución de la obra.
 El contratista de común acuerdo con el interventor de la obra, deben
determinar el lugar, la cantidad máxima de escombros y la frecuencia de
retiro de los mismos de la universidad, compromiso que debe quedar
consignado en un acta.
 El contratista debe garantizar, que al término de la obra, todos los espacios
de la universidad utilizados para el almacenamiento de escombros deben
quedar libre de ellos.
LEDYS MARIA VARGAS MUÑOZ JAIME MANJARREZ PALACIO
Jefe Oficina Salud Ocupacional Medico--Laboral

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Manual salud ocupacional_contratistas (1)

  • 1. 1 Elaborado por: Dr. Jaime Alberto Manjarres Palacio Médico – Especialista en Salud Ocupacional
  • 2. 2 Tabla de Contenido Página INTRODUCCIÓN 3 1. MARCO LEGAL 3 2. NORMAS TÉCNICAS 5 3. OBJETIVOS 6 4. ALCANCE 7 5. ROLES Y RESPONSABILIDADES 7 6. REQUERIMIENTOS ADMINISTATIVOS 8 6.1. Para Personas Naturales 8 6.2. Para Personas Jurídicas 9 7. REQUERIMIENTOS GENERALES DE SALUD OCPACIONAL PARA CONTRATISTAS, PERSONAS NATURALES O JURIDICAS 10 7.1. Elementos de Protección Personal 10 7.2. Accidentes de Trabajo 10 7.3. Emergencias 10 7.4. Charlas de Seguridad 10 7.5. Inspecciones de Seguridad 11 8. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA OBRAS CIVILES 11 9. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA CAFETERIAS Y RESTAURANTES 9 10. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA ASEO 13 11. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS DE SALUD OCUPACIONAL PARA CONTRATISTAS, PERSONAS JURIDICAS Y NATURALES, QUE REALICEN ACTIVIDADES DE CLASE DE RIESGO III, IV y V. 13
  • 3. 3 INTRODUCCION: El presente documento se constituye en una herramienta para el control y seguimiento del obligatorio cumplimiento de las normas de salud ocupacional vigentes en el País, de parte de las personas naturales o jurídicas con las cuales la Universidad de la Guajira, realice contratos para la prestación de servicios en general y específicamente para la construcción de Obras Civiles y prestación de servicios de cafetería restaurante y aseo, y para la realización de actividades de la clase de riesgo III, IV y V. Su propósito es asegurar el cumplimiento de la legislación vigente y de esta manera preservar la salud e integridad de las personas y evitar pérdidas para la Institución. Debe ser aceptado por toda persona Natural o Jurídica interesada en contratar con la Universidad de la Guajira, como instrumento de obligatorio cumplimiento para que la realización de sus actividades en el marco de su contrato se haga de manera segura. 1. MARCO LEGAL:  Ley 9 Título III, de enero 2 de 1979 del Congreso de la República: “Normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones”.  Resolución No 2400 de mayo 22 de 1979 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social: “Estatuto de Seguridad”.  Resolución No 2413 de Mayo 22 de 1979 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social: “Por el cual se dicta el Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la construcción”.  Decreto No 614 de marzo 14 de 1984, de Presidencia de la República: “Por el cual se determinan las bases para la Organización y Administración de Salud Ocupacional en el País”.
  • 4. 4  Resolución No 2013 de junio 6 de 1986, de los Ministerios de Trabajo de Seguridad Social y Salud: “Por el cual se reglamenta la Organización y Funcionamiento de los Comités de Medicina Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de Trabajo”.  Resolución No 1016 de marzo de 1989, de los Ministerios de Trabajo de Seguridad Social y Salud: “Por el cual se reglamenta la Organización, funcionamiento y forma de la Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los Patronos o Empleadores en el País”.  Resolución No 1792 1990, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: “Valores Límites Permisibles para la exposición Ocupacional al Ruido”.  Ley 100 de 1993 Del Congreso de la República: “Crea e implementa el Nuevo Sistema de Seguridad Social Integral”.  Decreto Ley 1295 de junio 22 de 1994, de Presidencia de la República:“Determina la Organización y Administración del Sistema General de Riesgos Profesionales”.  Resolución No 0541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente: “Manejo de Desecho de la Construcción”.  Decreto 1772 de 1994, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: “Afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales”.  Decreto No 0948 de 1995, del Ministerio del Medio Ambiente: “Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica y Protección de la Calidad del Aire”.  Decreto 0357 de 1997, del Ministerio del Medio Ambiente: “Por el Cual se Regula el Manejo, transporte y disposición final de escombros y materiales de construcción”.  Ley 776 de 2002, del Congreso de la República: “Por la cual se dictan Normas Sobre la Organización, Administración y Prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales”.
  • 5. 5  Decreto No 1607 de 2002, Del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: “Por el cual Modifica la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones”.  Decreto No 2800 de 2003, del Ministerio de Protección Social: “Afiliación a Riesgos Profesionales de Contratistas y Trabajadores Independientes”.  Resolución No 0627 de 2006, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial:“Por la cual se establece la norma Nacional de emisión de Ruido y Ruido ambiental”.  Resolución 1401 de 2007, del Ministerio de Protección Social: “Por la cual se reglamenta la Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo”.  Resolución No. 003673 de 2008 del Ministerio de Protección Social por el cual se establece el reglamento técnico de trabajo seguro en altura. Es importante señalar que los contratistas deben conocer y aplicar todas las normas legales y técnicas vigentes en el país, y que sean de aplicación especifica en el tipo de labor contratada, aunque no estén registradas en este manual. 2. NORMAS TECNICAS: TIPODE NORMA TECNICA No NOMBRE DESCRIPCION GTC 34 Guía estructura básica del Programa de Salud Ocupacional Suministra los lineamientos para estructurar y desarrollar un Programa de Salud Ocupacional para las empresas establecidas en Colombia. Contiene definición y requisitos GTC 45 Guía para el diagnóstico de condiciones de trabajo o panorama de factores de riesgo, identificación y Contiene definiciones, requisitos, escala para la valoración de riesgos que generan enfermedades profesionales.
  • 6. 6 valoración. NTC 1461 Higiene y Seguridad. Colores y señales de seguridad. Establece definiciones, colores de contraste, diseños, de símbolos gráficos y clasificación de señales. NTC 2095 Higiene y Seguridad. Código de practica Para el uso de redes De seguridad en trabajos de construcción. Establece guías para el uso De redes de seguridad, las cuales tienen por objeto dar protección contra lesiones en el caso de que las personas caigan cuando están trabajando en labores de construcción. Demolición, mantenimiento y de proteger a las personas de objetos que caigan. NTC 2771 Higiene y seguridad. Mallas para seguridad Industrial. Esta norma específica los requisitos para mallas de seguridad industrial. Construidas con fibras sintéticas o naturales y diseñadas para atrapar personal y escombros que caigan mientras se trabaja en edificios altos, en constructoras o en construcciones navales. 3. OBJETIVOS.  Garantizar el cumplimiento de las normas de salud ocupacional de las personas naturales o jurídicas con las cuales realice contratos la Universidad de la Guajira.  Minimizar la ocurrencia de eventos epidemiológicos ocupacionales dentro de las instalaciones de la Universidad de la Guajira del personal vinculado de las personas naturales o jurídicas, con las cuales haya realizado contratos la Universidad.
  • 7. 7  Servir a la Universidad como instrumento de evaluación, seguimiento y control del cumplimiento obligatorio de las normas de salud ocupacional por los contratistas, ya sean personas naturales o jurídicas.  Incluir como requisito en el proceso de selección de proponentes, el cumplimiento de las normas de salud ocupacional. 4. ALCANCE: Este Manual es aplicable a todas las personas Jurídicas o Naturales con las que la Universidad de la Guajira realice contratos, ya sea en su sede principal en Riohacha, o en sus extensiones: Maicao, Fonseca, Villanueva y Montería. Las disposiciones contenidas en este Manual son de obligatorio cumplimiento para los contratistas. Este Manual se dará a conocer a todo contratista durante el proceso de selección, y en el momento en el que se le apruebe el contrato y autorice la realización de trabajos en la Universidad. 5. ROLES Y RESPONSABILIDADES:  Contratista. Persona Natural o Jurídica legalmente constituida con quienes la Universidad de la Guajira, contrata la prestación de un servicio o la ejecución de una labor.  El contratista tiene como responsabilidad cumplir con la normatividad vigente en salud ocupacional y seguridad social y conocer, acatar y cumplir lo establecido en el presente manual.  Personal contratista. Es toda persona contratada directa o indirectamente (Subcontratista), por la empresa o persona contratista para trabajar dentro de las instalaciones de la Universidad de la Guajira, pero sin tener ningún vinculo laboral con ella. Todas estas personas tienen la responsabilidad de cumplir con las normas vigentes en salud ocupacional y conocer, acatar y cumplir lo establecido en el presente manual.  Interventor asignado por la Universidad de la Guajira. Profesional designado para vigilar el cumplimiento del objeto del contrato y verificar el
  • 8. 8 cumplimiento de los requerimientos establecidos en el presente manual y obrar en consecuencia, en coordinación con el Jefe de salud ocupacional de la Universidad, en el control y solución en las desviaciones halladas en lo pertinente a la salud ocupacional.  Jefe de salud Ocupacional de la Universidad de la Guajira. Realiza visita de inspección a las obras o instalaciones en donde se presten los servicios, a fin de verificar el cumplimiento de las normas de salud ocupacional y de los requerimientos establecidos en el presente manual, y brindar apoyo técnico al interventor cuando lo considere pertinente o le sea solicitado por él. 6. REQUERIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. 6.1 Para personas Naturales. Los proponentes Personas Naturales, ya seleccionados por la Universidad, deben entregar junto con los documentos exigidos por la oficina de Contratación, los siguientes documentos referentes a Salud Ocupacional y Seguridad Social.  Certificado de Afiliación vigente a Salud y Pensiones, según la normatividad vigente sobre seguridad social en Salud y Pensiones.  El Contratista debe afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales (ARP).  Si la persona Natural va a realizar actividades que implique la generación de ruido, material Particulado, gases y/o vapores, deben presentar un plan de mitigación para el control de dichas emisiones. NOTA: El contratista Persona Natural que requiera tener a su cargo personal, debe exigirle los mismos requerimientos exigidos a él. Durante la ejecución de las actividades, el contratista debe cumplir los requerimientos presentados a continuación y entregar periódicamente los siguientes documentos:
  • 9. 9  El Contratista debe presentar al Interventor constancia de pago actualizado a “EPS, ARP y AFP”, según la normatividad de Seguridad Social en Salud y Pensiones.  Cuando el contratista deba desarrollar su trabajo en zonas endémicas, diez (10) días antes de iniciar labores, debe presentar los certificados de vacunación aplicables para las enfermedades identificadas en las zonas en que se encuentra el frente de trabajo.  Portar el Carnet de afiliación a EPS, ARP y cédula de ciudadanía. 6.2 PARA PERSONAS JURIDICAS Documentos que el proponente debe entregar con la propuesta.  Todas las personas jurídicas invitadas a concursar, deben entregar junto con los documentos exigidos en la invitación, una certificación suscrita por el representante legal de la misma, en la cual conste que cuenta con políticas escritas de Salud Ocupacional y Seguridad Social. Durante la ejecución del contrato, el contratista debe cumplir con los siguientes requerimientos:  Antes de iniciar las actividades en las instalaciones de la Universidad de la Guajira, sede principal o extensiones, el contratista debe presentar una lista con los nombres y números de cédulas de ciudadanía de sus trabajadores y subcontratistas. Cada vez que se presenten novedades deben ser notificadas al interventor del contrato.  El contratista pagará a sus trabajadores los pagos correspondientes de seguridad social como lo exige la Ley, y exigirá a sus subcontratistas lo mismo.  Todos los trabajadores o subcontratistas de la empresa contratista deben portar el carnet de afiliados a EPS, ARP, cédula de ciudadanía y carnet de identificación de la empresa contratista.
  • 10. 10 7. REQUERIMIENTOS GENERALES DE SALUD OCUPACIONAL PARA CONTRATISTAS, PERSONAS NATURALES O JURIDICAS. 7.1 Elementos de protección personal.  El contratista persona natural debe usar ropa apropiada y los elementos de protección personal requeridos y específicos para la actividad que realice en las instalaciones de la Universidad.  El contratista persona jurídica garantizará el uso de ropa adecuada y elementos de protección personal, de acuerdo a los factores de riesgos a que estarán expuestos sus trabajadores o subcontratistas.  Los elementos de protección personal utilizados deben cumplir con las especificaciones técnicas exigidas por la Legislación Colombiana. 7.2 Accidentes de Trabajo  Cada vez que se presente un accidente de trabajo, el contratista persona natural, con personas a cargo y el contratista persona jurídica, están obligados a garantizar el traslado y atención inmediata del accidentado.  El contratista persona natural, si está afiliado a ARP y el contratista persona jurídica, en caso de accidente de trabajo deben reportarlo a su ARP, y seguir el procedimiento establecido para tal fin.  El contratista deberá realizar la investigación del accidente de trabajo y hacer los correctivos de los riesgos involucrados en el accidente de trabajo, y presentar el Plan de Acción para el control de los mismos. 7.3 Emergencias  Si en el ejercicio de los trabajos de los contratistas se presentará una emergencia, deben acogerse al Plan de emergencia de la Universidad y Acatar las orientaciones dadas por quienes lo dirigen. 7.4 Charlas de Seguridad  Al iniciar las actividades de cada día los contratistas realizaran charlas de seguridad de acuerdo con los trabajos a realizar.
  • 11. 11 7.5 Inspecciones de Seguridad  Previo a la iniciación de los trabajos, el contratista o quien lo represente, el interventor asignado y el Jefe de Salud Ocupacional de la Universidad acordarán el Plan de Inspecciones de Seguridad, que se realizaran durante la ejecución de la obra en cumplimiento del objeto del contrato.  El jefe de Salud Ocupacional y el Interventor de la Universidad, podrán realizar inspecciones de seguridad en el momento en que lo consideren necesario. 8. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA OBRAS CIVILES. Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, las personas jurídicas que contraten con la universidad obras civiles o de mantenimiento deberán cumplir lo siguiente:  Antes de iniciar las actividades el contratista debe presentar un plan de control de los riesgos, generados por las obras a realizar, que garantice la seguridad de sus trabajadores, subcontratistas, personal de la universidad, visitantes y el ambiente, el cual debe quedar incluido en el acta de inicio de la obra; además del cumplimiento de todas las normas de salud ocupacional vigentes en el país, debe contener lo siguiente: o Control de la emisión de material particulado. o Correcto almacenamiento, transporte y uso de productos químicos. o Medidas para el control de ruidos. o Demarcación y control de área donde ejecute la obra. o Cumplimiento del Decreto 0317 de 1997 y Resolución 06541 de 1994, referidos al manejo de escombros y disposiciones de residuos solidos y líquidos, que genere la ejecución de la obra. o El contratista de común acuerdo con el interventor de la obra, deben determinar el lugar, la cantidad máxima de escombros y la frecuencia
  • 12. 12 de retiro de los mismos de la universidad, compromiso que debe quedar consignado en un acta. o El contratista debe garantizar, que al termino de la obra, todos los espacios de la universidad utilizados para el almacenamiento de escombros deben quedar libre de ellos. 9. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA CAFETERIAS Y RESTAURANTES. Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, las personas jurídicas que presten el servicio de cafetería y restaurante en la universidad deberán cumplir lo siguiente:  Previo a la prestación de los servicios el contratista debe presentar al jefe de salud ocupacional de la universidad, el registro sanitario de funcionamiento.  Además del cumplimiento de las normas de salud ocupacional vigentes en el país, se hará énfasis en los siguientes aspectos. o Proceso de almacenamiento, conservación y manipulación de alimentos. o Botiquín de primeros auxilios. o Ubicar, revisar y mantener el número de extinguidores requeridos de acuerdo a la carga combustible. o Todos los empleados que lo ameriten deben tramitar el carnet de manipuladores de alimentos, para la realización de sus actividades. o Todos los empleados deben estar vacunados, contra tétanos y hepatitis B.  Cumplir con lo establecido en el Decreto 0357 de 1997 y la Resolución 0541 de 1994. Para ello debe tener escrito el procedimiento para: o Almacenamiento de desechos, para evitar contaminación.
  • 13. 13 o Retiro de desechos. o Frecuencia de retiro de los desechos. o Tratamiento y/o disposición final.  El lugar de almacenamiento de desechos, debe estar aparte de la zona de alimentos, debidamente señalizado, en buen estado de limpieza y orden. 10. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA ASEO. Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, Los contratistas, personas jurídicas que presten el servicio de aseo en la universidad deberán cumplir lo siguiente:  Tener actualizado el carnet de vacunación de todos sus trabajadores y sub- contratistas, especialmente, las inmunizaciones contra tétanos y hepatitis B.  Desarrollar un plan de capacitación que contenga entre otros temas: o Normas básica de bioseguridad. o Ergonomía: Higiene Postural, Almacenamiento y Transporte de pesos. 11. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS DE SALUD OCUPACIONAL PARA CONTRATISTAS, PERSONAS JURIDICAS Y NATURALES, QUE REALICEN ACTIVIDADES DE CLASE DE RIESGO III, IV y V. Además de cumplir con los requisitos establecidos en los numerales 6 y 7, los contratistas, personas jurídicas o naturales, que realicen actividades de clase de riesgo III, IV y V, deben cumplir con los siguientes requerimientos: a) Antes de legalizar el contrato. El contratista persona natural debe entregar un documento que contenga:
  • 14. 14 o Nombre y cédula del contratista. o Nombre, celular y teléfono fijo de la persona contacto en caso de emergencia. o Clínicas adscritas a su EPS, con los correspondientes números telefónicos.  El contratista persona jurídica debe entregar los procedimientos de emergencia necesarios, según los riesgos y las actividades que realizará en la ejecución del contrato. En cada uno se debe especificar la cadena de atención y el sistema de comunicaciones previsto para cada situación, incluido diagrama de flujo. Como mínimo debe contar los siguientes procedimientos: o Lesionados: procedimiento para la atención, transporte y traslado de lesionados. o Incendios: procedimientos que aplicaran para controlar conatos de incendio.  El contratista persona jurídica debe suministrar el nombre, dirección y teléfono de la persona encargada de salud ocupacional de su empresa. b) Antes de iniciar las actividades del contrato.  El contratista persona jurídica debe entregar al interventor de la obra, copia de los formularios de pago de EPS, AFP y ARP del personal del personal que trabajar en la universidad.  El contratista persona jurídica o natural debe presentar el panorama de factores de riesgos de acuerdo a las actividades a desarrollar y las medidas de control que implementaran, para evitar el impacto en sus trabajadores, sub-contratistas, personal de la universidad, visitantes y medio ambiente.  Todos los contratistas, sus trabajadores y sub-contratistas, deben conocer las políticas y las medidas de salud ocupacional de su empresa.
  • 15. 15 c) Requerimientos que debe cumplir el contratista durante la ejecución de las actividades del contrato.  El contratista, personas jurídica o natural, debe mantener actualizadas las actas de entrega y reposición de elementos de protección personal, firmadas por sus trabajadores y/o sub-contratistas.  El contratista, persona natural o jurídica debe tener una lista de chequeo, que garantice que cumple con las normas de seguridad para realizar actividades de alto riesgo.  El contratista, persona natural o jurídica deberá suministrar o exigir los elementos de protección personal, para el ingreso de visitantes de acuerdo a los factores de riesgos existentes.  El contratista dará cumplimiento al Decreto 0317 de 1997 y a la Resolución 06541 de 1994, referidos al manejo de escombros y disposiciones de residuos sólidos y líquidos, que genere la ejecución de la obra.  El contratista de común acuerdo con el interventor de la obra, deben determinar el lugar, la cantidad máxima de escombros y la frecuencia de retiro de los mismos de la universidad, compromiso que debe quedar consignado en un acta.  El contratista debe garantizar, que al término de la obra, todos los espacios de la universidad utilizados para el almacenamiento de escombros deben quedar libre de ellos. LEDYS MARIA VARGAS MUÑOZ JAIME MANJARREZ PALACIO Jefe Oficina Salud Ocupacional Medico--Laboral